ACTA N.º 55-2022

 

 

Sesión ordinaria celebrada por el Tribunal Supremo de Elecciones a las diez horas del siete de junio de dos mil veintidós, con asistencia de los señores Magistrados Eugenia María Zamora Chavarría –quien preside–, Max Alberto Esquivel Faerron, Luz de los Ángeles Retana Chinchilla, Zetty María Bou Valverde y Luis Diego Brenes Villalobos.

 

ARTÍCULO PRIMERO. APROBACIÓN DE ACTAS ANTERIORES.

A) Se leyeron y aprobaron las actas de las sesiones ordinaria y extraordinaria inmediatas anteriores.

ARTÍCULO SEGUNDO. ASUNTOS DE ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL.

A) Renuncia de la funcionaria Karen Venegas Amador de la Sección de Infraestructura Tecnológica. De la señora Kattya Varela Gómez, Jefa a. i. del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° RH-1358-2022 del 1.° de junio de 2022, recibido el día siguiente en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Para conocimiento del Tribunal Supremo de Elecciones, se remite nota de fecha 30 de mayo del corriente, recibida en este departamento el mismo día al ser las 14:42 horas, mediante la cual la señora Karen Venegas Amador, presenta su renuncia al cargo que ostenta, por los motivos que se sirve exponer. La funcionaria de cita ocupa interinamente el puesto n° 368573 de Secretaria 1, clase Asistente Funcional 2, destacada en la Sección de Infraestructura Tecnológica y labora para la institución desde el 18 de agosto de 2021. Según se desprende de la misiva, la citada funcionaria desea que la separación del cargo antes indicado, se haga efectiva a partir del 31 de mayo del año en curso.

Con respecto a la aplicación del artículo 28 del Código de Trabajo relativo al preaviso de ley, el cual, por la permanencia de la funcionaria de cita en estos organismos electorales, debería considerar dos semanas de previo a su salida, sin embargo, éste sería innecesario ya que mediante memorando ITI-0073-2022 de fecha 1° de junio del corriente, suscrito por el señor Mario Pereira Granados, Jefe de la Sección de Infraestructura, manifiesta que “… la renuncia de la señora Karen Venegas Amador no deriva en perjuicios de ningún tipo para la Administración. Sin embargo, esta Unidad Administrativa requiere llenar la plaza vacante a la brevedad posible, a fin de contar con este importante recurso, el cual, es necesario para realizar los trámites administrativos de la Sección”.

Así las cosas, salvo superior criterio, bien puede aprobarse la renuncia a partir de la fecha solicitada por la señora Venegas Amador […]".

Se dispone: Tener por presentada la renuncia de la señora Venegas Amador, conforme lo propone el Departamento de Recursos Humanos. ACUERDO FIRME.

B) Renuncia de la funcionaria Elieth Arias Rodríguez de la Oficina Regional de Alajuela. De la señora Kattya Varela Gómez, Jefa a. i. del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° RH-1344-2022 del 27 de mayo de 2022, recibido en la Secretaría General de este Tribunal el 2 de junio de 2002, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Para conocimiento del Tribunal Supremo de Elecciones, se remite nota de fecha 15 de mayo de 2022, recibida en este departamento el 23 de mayo de 2022, mediante la cual presenta su renuncia al puesto en que fue nombrado [sic], la señora Elieth Arias Rodríguez, por los motivos que se sirve exponer. Cabe mencionar que el Superior le ha concedido a la fecha dos permisos sin goce de salario, uno del 5 de julio de 2021 al 4 de enero de 2022, aprobado en oficio STSE-1302-2021 de fecha 15 de junio de 2021 y el segundo, del 05 de enero 2022 al 5 de julio de 2022, aprobado en oficio STSE-2728-2021 de fecha 16 de noviembre de 2021. Aunado a lo anterior se adjunta oficio ORAL-0626-2022 de fecha 26 de mayo en el cual la señora Maricel Gabriela Vargas Jiménez, jefa de la Oficina Regional de Alajuela, remite su aval a la solicitud planteada por parte de la funcionaria Arias Rodríguez.

Cabe mencionar que la funcionaria Arias Rodríguez labora para la institución desde el 4 de enero de 1999 y actualmente posee una plaza en propiedad perteneciente a la clase de Asistente de Servicios Regionales, puesto Asistente Funcional 3, número 76397 destacado en la Oficina Regional de Alajuela. La citada funcionaria desea que se renuncia sea efectiva a partir del 6 de julio del año en curso, toda vez que el día 5 de julio del corriente, finaliza su permiso sin goce salarial, siendo este día su último día laboral, con lo que estaría cumpliendo con el periodo del preaviso pertinente.

Así las cosas, salvo superior criterio, bien puede aprobarse la renuncia a partir de la fecha solicitada por la señora Arias Rodríguez […]".

Se dispone: Tener por presentada la renuncia de la señora Arias Rodríguez, conforme lo propone el Departamento de Recursos Humanos. ACUERDO FIRME.

C) Encargo de funciones de la jefatura del Archivo del TSE. Del señor Erick Adrián Guzmán Vargas, Secretario General de este Tribunal, se conoce oficio n.° STSE-1289-2022 del 1.° de junio de 2022, mediante el cual literalmente manifiesta:

"En atención a lo solicitado por la respectiva jefatura y previo análisis de los requisitos y condiciones, me permito proponer la aprobación del encargo de funciones que se detalla a continuación:

Unidad Administrativa

Titular

Sustituye

Período

Tipo

Archivo del TSE

Adriana Mena Aguilar

Adriana María Pacheco Madrigal

Del 13 al 17 de junio de 2022

Encargo de funciones

 

Quedo atento a lo que a bien estime disponer el Tribunal.".

Se dispone: Aprobar el encargo de funciones conforme se solicita. ACUERDO FIRME.

D) Informe respecto de la renuncia del señor José Ricardo Arias Piedra. Del señor Vinicio Mora Mora, Subjefe del Departamento Legal, se conoce oficio n.° DL-196-2022 del 2 de junio de 2022, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual, según lo ordenado en el acuerdo adoptado en el artículo segundo de la sesión ordinaria n.° 48-2022, celebrada el 17 de mayo de 2022, rinde informe con respecto a la renuncia del señor José Ricardo Arias Piedra y con fundamento en una serie de consideraciones, literalmente concluye:

"[...] En virtud de lo expuesto, se tiene que la Sección de Servicios Generales en oficio n.° SG-195-2022 del 10 de mayo de 2022, informó al Departamento de Recursos Humanos que la renuncia anticipada presentada por el exfuncionario Arias Piedra, no generó ningún inconveniente, daño o perjuicio en dicha Sección, ya que, se tomarían las medidas administrativas necesarias para no afectar el servicio que brindan.

Así las cosas, y con base en lo expuesto, esta instancia asesora considera que resulta innecesario instar un cobro judicial por la renuncia anticipada presentada por el exfuncionario Arias Piedra, al constatar a partir de lo indicado por la propia Administración, que su renuncia no causó afectación alguna en las labores propias de la Sección de Servicios Generales.".

Se dispone: Tener por rendido el informe, cuya conclusión se acoge. ACUERDO FIRME.

E) Informe respecto de la renuncia de la señora Carolina Chacón Madrigal. Del señor Vinicio Mora Mora, Subjefe del Departamento Legal, se conoce oficio n.° DL-197-2022 del 2 de junio de 2022, recibido el día siguiente en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual, según lo ordenado en el acuerdo adoptado en el artículo segundo de la sesión ordinaria n.° 48-2022, celebrada el 17 de mayo de 2022, rinde informe con respecto a la renuncia de la señora Carolina Chacón Madrigal y con fundamento en una serie de consideraciones, literalmente concluye:

"[...] En virtud de lo expuesto, se tiene que el Departamento de Programas Electorales en oficio n.° DPE-121-2022 del 25 de mayo de 2022, informó al Departamento de Recursos Humanos que la renuncia anticipada presentada por la exfuncionaria Chacón Madrigal “desde el punto de vista de las labores asociadas a este Departamento no hay ninguna afectación, considérese también que la relación laboral entre la servidora Chacón Madrigal y esta institución estaba próxima a finalizar, por lo tanto, esta renuncia no representa ningún perjuicio para la Administración”.

Así las cosas, esta instancia asesora considera que resulta innecesario instar un cobro judicial por la renuncia anticipada presentada por la exfuncionaria Chacón Madrigal, al constatar, a partir de lo indicado por la propia Administración, que su renuncia no causó afectación alguna en las labores propias del Departamento de Programas Electorales.".

Se dispone: Tener por rendido el informe, cuya conclusión se acoge. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO TERCERO. ASUNTOS DEL REGISTRO CIVIL.

A) Autorización para firmar certificaciones del Departamento Civil. Del señor Luis Antonio Bolaños Bolaños, Director General del Registro Civil, se conoce oficio n.° DGRC-0368-2022 del 31 de mayo de 2022, recibido el día siguiente en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"De conformidad a lo establecido en la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil, respetuosamente elevo a conocimiento de las señoras magistradas y señores magistrados del Tribunal Supremo de Elecciones, la solicitud para firmar certificaciones del Departamento Civil que detallo a continuación:

NOMBRE

CÉDULA

UNIDAD

OFICIO DE LA JEFATURA

Wendy Melissa Arias Chacón

303880002

Departamento Civil

DC-0287-2022 del 30 de mayo de 2022

 

Con la finalidad de no desmejorar el servicio al público, muy respetuosamente solicito conceder las autorizaciones requeridas.".

Se dispone: De conformidad con lo dispuesto en el párrafo segundo del artículo 110 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil, se autoriza a la referida funcionaria para que firme certificaciones y constancias del Departamento Civil, a partir de la respectiva publicación en el Diario Oficial. Para esos efectos regístrense la firma y el sello que utilizará. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO CUARTO. ASUNTOS INTERNOS DIVERSOS.

A) Informe respecto de recomendación del Informe MRC-9 “Estudio Administrativo Integral de la Sección de Cédulas”. De los señores Franklin Mora González, Director Ejecutivo y Kattya Varela Gómez, Jefa a. i. del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° DE-1480-2022 del 30 de mayo de 2022, recibido el día siguiente en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual, según lo ordenado en el acuerdo adoptado en el artículo octavo de la sesión ordinaria n.º 23-2022, celebrada el 3 de marzo de 2022, rinden informe relativo a la recomendación n.° 7.9 del Informe MRC-9 “Estudio Administrativo Integral de la Sección de Cédulas” y con fundamento en una serie de consideraciones, literalmente concluyen y recomiendan:

"4 CONCLUSIONES

4.1 El traslado definitivo de la plaza n.°95551 al Departamento Electoral, constituye una acción necesaria en función de consolidar las estructuras ocupacionales de la Sección de Personalización y Distribución de Documentos de Identidad y del Departamento Electoral, en correspondencia con dictámenes técnicos jurídicos emitidos por el Departamento Legal de nuestra Institución y aprobados por el Superior, en punto a las alternativas que puede aplicar la Administración ante el incumplimiento de requisitos de personas funcionarias ocupantes de plazas candidatas a reclasificar en el marco de estudios administrativos integrales.

4.2 La incorporación de la plaza n.°95551 a la estructura ocupacional del Departamento Electoral, deviene en el reforzamiento de su gestión, específicamente, en la atención de gestiones relacionadas con la asesoría y administración de los sistemas de identificación que administra o supervisa dicho departamento, contribuyendo además en la mejora continua del proceso de identificación de las personas.

5 RECOMENDACIONES

5.1 Aprobar con rige 16 de junio de 2022, el traslado definitivo de la plaza n.° 95551 al Departamento Electoral, para que se integre en la atención de los procedimientos de trabajo asociados con la asesoría y administración funcional de los sistemas de identificación en ese departamento. Asimismo, que se apruebe la actualización de la descripción del puesto, cambiando su nomenclatura de Supervisor /a en Impresión de Cédulas de Identidad a Técnico /a en Gestión, conservando su clase actual de Técnico/a Funcional 2, de lo que tomarán nota para los efectos administrativos subsecuentes, la Dirección General del Registro Civil y la Dirección Ejecutiva.

5.2 Que el Departamento de Recursos Humanos proceda con la actualización del Manual Descriptivo de Clases de Puestos del TSE, incorporando en la clase Técnico/a Funcional 2 y en el cargo específico de Técnico/a en Gestión, la descripción provista para la plaza n.° 95551 en este estudio.

5.3 Que el Departamento de Recursos Humanos, en su programación que rige la competencia de la verificación de tareas mediante el procedimiento establecido para estos fines, es decir, seguimiento ocupacional, lleve a cabo el estudio del cargo para el año 2023.

5.4 Que la Dirección Ejecutiva integre los resultados del presente informe, en el Estudio Administrativo Integral del Departamento Electoral MRC-11. Asimismo, el Departamento de Recursos Humanos, en lo relativo a la creación o actualización de perfiles de puestos que pudieran derivar del citado informe.".

Se dispone: Tener por rendido el informe, cuyas conclusiones y recomendaciones se acogen. ACUERDO FIRME.

B) Autorización para prorrogar convenio con el Sistema Nacional de Información y Registro Único de Beneficiarios del Estado (SINIRUBE). De la señora Armenia Masís Soto, Jefa a. i. del Departamento de Tecnologías de Información y Comunicaciones, se conoce oficio n.° DTIC-273-2022 del 1.° de junio de 2022, recibido el día siguiente en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"En atención a lo comunicado mediante oficio STSE-0995-2022 del 20 de abril de año en curso, referente al Convenio suscrito entre el Sistema Nacional de Información y Registro Único de Beneficiarios del Estado (SINIRUBE) y el Tribunal Supremo de Elecciones, se adjunta el oficio Nº IMAS-SINIRUBE-511-2022, del 31 de mayo de 2022, suscrito por el señor Erickson Alexander Álvarez Calonge, en su condición de Director Ejecutivo de esa entidad, en respuesta al oficio Nº DTIC-264-2022, concerniente a la confirmación de interés para la primera prórroga del convenio de cita.

Lo anterior según lo establecido en la cláusula décima primera del convenio, que permite mantener el servicio de conexión de referencia.".

Se dispone: Prorrogar conforme se solicita. ACUERDO FIRME.

C) Respuesta de cumplimiento al Informe n.° SRICI-07-2022, relativo a la evaluación del Programa de Transmisión de Datos. De los señores Erick Adrián Guzmán Vargas, Coordinador del Consejo de Directores, Armenia Masís Soto, Jefa a. i. del Departamento de Tecnologías de Información y Comunicaciones y Alejandra Peraza Retana, Jefa del Departamento de Programas Electorales, se conoce oficio n.° DTIC-269-2022 del 1.° de junio de 2022, recibido el día siguiente en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual se refieren al cumplimiento de lo indicado en el Informe de Seguimiento n.° SRICI-07-2022, sobre las acciones de mejora emitidas mediante el Informe de control interno n.° ICI-07-2020, relativo a la evaluación del Programa de Transmisión de Datos y seguimiento al informe n.° SRICI-01-2018. 

Se dispone: Tener por rendido el informe. Hágase del conocimiento de la Auditoría Interna. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO QUINTO. ASUNTOS DE ORGANISMOS ELECTORALES INTERNACIONALES.

Sale del salón de sesiones el señor Magistrado Brenes Villalobos.

A) Misión de Observación Internacional (MOI) – Elecciones Presidenciales Segunda Vuelta de la República de Colombia. De los señores César Augusto Abreo Méndez, Presidente del Consejo Nacional Electoral y Alexander Vega Rocha, Registrador Nacional del Estado Civil de la República de Colombia, se conoce memorial del 6 de junio de 2022, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiestan:

"La Organización Electoral de Colombia, conformada por el Consejo Nacional Electoral y la Registraduría Nacional del Estado Civil, nos encontramos en el proceso de organización de la Misión de Observación Internacional (MOI) – Elecciones Presidenciales Segunda Vuelta, que tendrá lugar en nuestro país del 17 al 19 de junio de 2022.

Dada la importancia de estos comicios para nuestro país, deseamos que sean los presidentes y miembros del pleno de cada corporación quienes participen en calidad de observadores internacionales en la mencionada misión, por ello, nos permitimos extender a usted la invitación a formar parte de este grupo.

Los gastos correspondientes a tiquetes aéreos, hospedaje, alimentación y transporte interno que demande su participación serán cubiertos en su totalidad por la Organización Electoral.

Así mismo, extendemos esta invitación a otro miembro del pleno de su corporación a quien se le cubrirán los gastos de hospedaje, alimentación y transporte interno.

La llegada al país se tiene prevista para el día jueves 16 de junio y el retorno el día lunes 20 de junio del presente año. Cada observador debe gestionar la cobertura de su seguro médico internacional antes del ingreso al país.

Agradecemos confirmar su participación antes del 9 de junio de 2022 al correo electrónico […] para adelantar las gestiones logísticas pertinentes al evento. Si en esta fecha no hemos recibido la confirmación o la designación de la respectiva participación, se entenderá que en esta oportunidad no contaremos con el acompañamiento de su corporación.".

Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Agradecer a los señores Abreo Méndez y Vega Rocha la cordial invitación que cursan. Para atenderla se designa a los señores Luis Diego Brenes Villalobos, Magistrado suplente de este Tribunal y Xenia Guerrero Arias, Directora General de Estrategia Tecnológica. De conformidad con lo establecido por este Tribunal en el inciso h) del artículo cuarto de la sesión ordinaria n.º 87-2008, celebrada el 2 de octubre de 2008, en relación con el viaje en cuestión se detalla lo siguiente:

Nombre completo del funcionario (a)

Cargo que desempeña

País a visitar

Período del viaje

Objetivos del viaje

Monto del adelanto de gastos de viaje y justificación

Gastos conexos y justificación

Luis Diego Brenes Villalobos

Magistrado suplente del TSE

República de Colombia

16 al 20 de junio de 2022

Misión de Observación Internacional (MOI) – Elecciones Presidenciales Segunda Vuelta

Ninguno.

Ninguno.

Xenia Guerrero Arias

Directora General de Estrategia Tecnológica

República de Colombia

16 al 20 de junio de 2022

Misión de Observación Internacional (MOI) – Elecciones Presidenciales Segunda Vuelta

Los necesarios para atender la actividad.

Tiquete aéreo, necesario para atender la actividad.

 

ACUERDO FIRME.

Reingresa al salón de sesiones el señor Magistrado Brenes Villalobos.

A las doce horas terminó la sesión.

 

 

 

Eugenia María Zamora Chavarría

 

 

 

 

Max Alberto Esquivel Faerron

 

 

 

 

Luz de los Ángeles Retana Chinchilla

 

 

 

 

Zetty María Bou Valverde

 

 

 

 

Luis Diego Brenes Villalobos