ACTA N.º 100-2018

Sesión extraordinaria celebrada por el Tribunal Supremo de Elecciones a las quince horas del diecisiete de octubre de dos mil dieciocho, con asistencia de los señores Magistrados Max Alberto Esquivel Faerron       quien preside, Juan Antonio Casafont Odor y Mary Anne Mannix Arnold.


ARTÍCULO ÚNICO. ASUNTOS PRESUPUESTARIOS.

A) Mociones al proyecto de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para 2019, expediente N.° 20.964. Se dispone: En atención al trámite de mociones al proyecto de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para 2019, expediente n.° 20.964, manifestar a la estimable Comisión de Asuntos Hacendarios de la Asamblea Legislativa lo siguiente:

“Este Tribunal, consecuente con los esfuerzos del Gobierno de la República en reducir el gasto público y con ello sanear las finanzas públicas, formuló para el 2019 un plan de gastos enmarcado dentro de una política de austeridad presupuestaria, presentando una propuesta que contempla un mínimo de recursos para hacer frente al quehacer de la institución. Ese plan mostró, sin considerar los fondos destinados al financiamiento estatal a los partidos políticos, un decrecimiento de casi un 5% con respecto al 2018, lo cual es muy significativo tratándose de un año que, dentro de la dinámica organizacional, se define como “preelectoral”.

La reciente presentación por parte de varios diputados que conforman esa Comisión de las mociones número 32, 44, 52 y 194 al proyecto de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para 2019, expediente N° 20.964 para rebajar varias subpartidas presupuestarias del citado plan, las que totalizan ¢ 2.629.511.800 y que representan un 5.90% del presupuesto institucional propuesto para ese año, hace necesario exponer la preocupación por el impacto negativo que tal rebaja tendría sobre la gestión de este Tribunal y, especialmente, sobre la organización de las próximas elecciones municipales a celebrarse en febrero de 2020.

En cuanto a las rebajas propuestas en las referidas mociones que suponen una mayor afectación en el accionar de este Tribunal, se destacan las siguientes:

       Supresión de los ¢ 1.876.500.000,00 que conforman la subpartida 90202 Sumas con Destino específico sin Asignación Presupuestaria del subprograma 850-02. De aplicarse esta rebaja, se estaría eliminando la previsión de ¢ 300.000.000,00 del Fondo General de Elecciones, suma que, al amparo del artículo 25 del Código Electoral, se presupuesta para la atención de situaciones imprevistas durante la organización de las elecciones o procesos consultivos. Asimismo, con la eliminación de los restantes ¢ 1.576.500.000 se estaría cercenando la mayor parte de los recursos (60%) que por disposición del artículo 31 de la Ley n. ° 8492 Regulación del Referéndum, se deben incluir anualmente para sufragar los gastos que ocasione la organización y adecuada difusión del referéndum. Actualmente se encuentran seis solicitudes de referéndum en trámite.

       Disminución del 45.94% de la subpartida 10406 Servicios Generales del subprograma 850-02. Indudablemente los ¢ 302.009.700,00 que se pretenden recortar, imposibilitaría honrar el pago de contratos continuados de limpieza, de seguridad y vigilancia (5 en sede central y 32 en oficinas regionales).

       La reducción de ¢ 34.633.060,00 en la subpartida 10301 Información del subprograma 850-02, lo que representa el 19.95% de esta, tiene una afectación en las campañas informativas (información necesaria a la ciudadanía sobre dónde y cómo votar) que se llevan a cabo con miras para el proceso electoral de 2020. 

       Recorte en el rubro de jornada extraordinaria que representa el 25% de lo presupuestado en los dos subprogramas presupuestarios del Tribunal.  En total la reducción de ¢ 280.416.750,00 es muy significativa; toda vez que debe considerarse que el citado rubro fue reducido en casi un 2% al destinado para 2018. Además, el 2019, por tratarse de año preelectoral, requiere intensificar la jornada de trabajo de una gran cantidad de funcionarios que apoyan de manera directa o indirecta las actividades vinculadas con la logística electoral. Igualmente, habría repercusión al limitarse la ampliación de la jornada para mantener los tiempos de atención de los servicios institucionales cuando por efecto de la demanda se ven incrementados. Dicho recorte, en específico, impactaría en las siguientes tareas:

       Rebajo del 100% del monto previsto en ambos subprogramas presupuestarios que se destinan para el pago de recargo de funciones que totalizan ¢ 50.000.000,00. La eliminación de esta previsión impide la sustitución de funcionarios, especialmente los de puestos de jefaturas y en áreas que atienden servicios estratégicos, lo cual implica situaciones de orden administrativo que generarán afectación de servicios.

       En cuanto al resto de recortes de menor cuantía en otros rubros, si bien el impacto individual de cada subpartida presupuestaria no representan riesgos mayores, en casos como el pago de los alquileres en dólares, y de los servicios de agua y electricidad, probablemente requerirá refuerzos presupuestarios que tendrán que provenir del sacrificio de otras necesidades institucionales.

Por lo expuesto, este Tribunal reitera su interés y compromiso en contribuir con los esfuerzos de los señores y de las señoras diputadas para la contención del gasto público. Sin embargo, el recorte a nuestro presupuesto afectaría la prestación de los servicios institucionales, por lo que de la manera más atenta, se les solicita su reconsideración en los términos indicados.”. ACUERDO FIRME.

A las dieciséis horas terminó la sesión.




Max Alberto Esquivel Faerron




Juan Antonio Casafont Odor




Mary Anne Mannix Arnold