ACTA N.º 68-2022

 

 

Sesión ordinaria celebrada por el Tribunal Supremo de Elecciones a las diez horas del doce de julio de dos mil veintidós, con asistencia de los señores Magistrados Eugenia María Zamora Chavarría –quien preside–, Max Alberto Esquivel Faerron, Luz de los Ángeles Retana Chinchilla, Hugo Ernesto Picado León y Zetty María Bou Valverde.

 

ARTÍCULO PRIMERO. APROBACIÓN DE ACTAS ANTERIORES.

A) Se leyeron y aprobaron las actas de las sesiones ordinaria y extraordinaria inmediatas anteriores.

ARTÍCULO SEGUNDO. ASUNTOS DE ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL.

A) Informe sobre modificaciones al Manual Descriptivo de Clases de Puestos. Del señor Franklin Mora González, Director Ejecutivo, se conoce oficio n.° DE-1883-2022 del 7 de julio de 2022, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual se refiere a modificaciones al Manual Descriptivo de Clases de Puestos, para el cargo de Encargado del Área de Gestión de Planillas en el Departamento de Contaduría.

Se dispone: De previo a resolver y por tratarse de eventuales modificaciones al Manual Descriptivo de Clases de Puestos, se concede audiencia a la Unión Nacional de Empleados Electorales y Civiles (UNEC) y al Sindicato de Empleados del Tribunal Supremo de Elecciones (SETSE), por el plazo de diez días hábiles, para lo cual la Dirección Ejecutiva suministrará a los estimables representantes sindicales la información que sea de su interés. ACUERDO FIRME.

B) Encargo de funciones de la señora Jefa a. i. del Departamento de Recursos Humanos. De la señora Adriana Pacheco Madrigal, Prosecretaria General a. i. de este Tribunal, se conoce oficio n.° STSE-1516-2022 del 7 de julio de 2022, mediante el cual literalmente manifiesta:

"En atención a lo solicitado por la respectiva jefatura y previo análisis de los requisitos y condiciones, me permito proponer la aprobación del encargo de funciones que se detalla a continuación:

Unidad Administrativa

Titular

Sustituye

Período

Tipo

 

Departamento de Recursos Humanos

 

Kattya Marcela Varela Gómez

Marilyn Bravo Cordero

13 al 15 de julio de 2022

Encargo de funciones

 

Quedo atenta a lo que a bien estime disponer el Tribunal.".

Se dispone: Aprobar el encargo de funciones conforme se propone. ACUERDO FIRME.

C) Solicitud de licencia sin goce de salario de la funcionaria Lucrecia Sánchez Aguilar. De la señora Kattya Varela Gómez, Jefa a. i. del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° RH-1778-2022 del 8 de julio de 2022, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Para lo que a bien tenga disponer el Tribunal Supremo de Elecciones, se eleva para su consideración nota suscrita por la señora Lucrecia Sánchez Aguilar, destacada en la Oficina Regional de Sarapiquí, mediante la cual solicita que se le conceda una licencia sin goce de salario por espacio de quince días, dados los motivos que se sirve exponer, contados a partir del 5 de agosto de los corrientes. La señora Sánchez Aguilar labora para la institución desde el 16 de noviembre de 1994, actualmente ocupa el puesto número 54402, de Jefe/a de Oficina Regional 1, de la clase Profesional en Gestión 1, en esa oficina.

Con respecto a la solicitud que nos ocupa, la funcionaria en cuestión, durante su trayectoria laboral no ha solicitado una licencia como la que ahora pretende, misma que pudiera encontrar su asidero, de forma supletoria, en lo dispuesto en el artículo 33 del Reglamento del Estatuto de Servicio Civil, inciso C, punto 1, el cual dicta, para este tipo de licencia, lo siguiente: “1) Seis meses para asuntos personales del servidor. Esta licencia podrá ser prorrogada hasta por seis meses más en casos muy especiales a juicio del Ministro o máximo jerarca de la Institución.” (lo subrayado no corresponde al original). De aprobarse la presente solicitud, conforme es usual tratándose de licencias sin goce de salario, la señora Sánchez Aguilar debería previamente disfrutar las vacaciones ordinarias y proporcionales a las que tiene derecho, de conformidad con el siguiente detalle:

Días

Periodo

Tipo

2

21-22

Ordinarias

10,5

2022-2023

Proporcionales

Expuesto lo anterior, bien puede aprobarse el disfrute de las vacaciones (12,5 días) del 15 de julio, a partir del mediodía y hasta el 04 de agosto 2022, siendo que el permiso sin goce salarial sería efectivo a partir de la fecha solicitada por la servidora, sea 5 de agosto 2022 y hasta el 26 de agosto del corriente, Finalmente, puede apreciarse que la gestión cuenta con el visto bueno del señor Alcides Chavarría Vargas, jefe del Departamento de Coordinación de Servicios Regionales y del señor Luis Antonio Bolaños Bolaños, Director General del Registro Civil. Por lo tanto, salvo superior criterio, bien puede aprobarse el permiso sin goce salarial pretendido y por el lapso que la funcionaria de cita requiere.".

Se dispone: Conceder la licencia sin goce de salario de la señora Sánchez Aguilar, conforme lo propone el Departamento de Recursos Humanos. ACUERDO FIRME.

D) Solicitud de vacaciones y encargo de funciones del Secretario General del TSE. Del señor Luis Guillermo Chinchilla Mora, Secretario General de este Tribunal, se conoce oficio n.° STSE-1539-2022 del 11 de julio de 2022, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Solicito respetuosamente autorización para el disfrute de vacaciones del 12 al 15 de julio de 2022 y que, durante tales fechas, se encarguen mis funciones a la señora Adriana María Pacheco Madrigal, Prosecretaria General a. i. del TSE.".

Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Autorizar conforme se solicita. ACUERDO FIRME.

E) Solicitud para dejar sin efecto recargo de funciones del señor Director Ejecutivo. De la señora Kattya Varela Gómez, Jefa a. i. del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° RH-1798-2022 del 11 de julio de 2022, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Mediante acuerdo adoptado en el artículo tercero de la sesión ordinaria n.º 62- 2022, celebrada el 28 de junio de 2022 por el Tribunal Supremo de Elecciones comunicado por oficio STSE-1455-2022 se dispuso aprobar el recargo de funciones del Lic. Franklin Mora González, Director Ejecutivo por doce días del 13 al 21 de julio de 2022 en la señora Sandra Mora Navarro, Secretaria General en esa misma Dirección.

Sin embargo, a través del oficio DE-1925-2022 recibido el día de hoy, el Lic. Mora González, solicita cancelar dicha solicitud para atender asuntos laborales recién presentados y por consiguiente el reintegro de los días solicitados.

Conforme a lo expuesto, se solicita dejar sin efecto la resolución de cita.".

Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Aprobar conforme se propone. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO TERCERO. ASUNTOS DEL PADRÓN NACIONAL ELECTORAL.

A) Informe de la sumaria de actualización al Padrón Nacional Electoral de mayo de 2022. Del señor Nicolás Prado Hidalgo, entonces Contralor Electoral, se conoce oficio n.° CE-212-2022 del 6 de julio de 2022, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Para los fines de lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil y para que se sirva elevarlo al Superior, me permito informar que por medio de oficio n.° PE-104-2022, el señor Carlos Arguedas Rojas, Jefe de la Sección de Padrón Electoral, remitió a esta Contraloría los archivos con el resumen de las actualizaciones al Padrón Nacional Electoral, correspondiente al mes de mayo de 2022, según el siguiente detalle:

PADRÓN NACIONAL ELECTORAL

TOTAL PADRÓN NACIONAL ELECTORAL ANTERIOR

3.568.076

TOTAL INCLUSIONES

7.922

TOTAL EXCLUSIONES

16.463                          

VARIACIÓN NETA

-8.541

PADRÓN NACIONAL ELECTORAL DEL MES

3.559.535

ELECTORES EN EL EXTRANJERO

53.242

TOTAL DE ELECTORES INSCRITOS EN EL PAÍS

3.506.293

Dichas cifras, en atención al desglose mensual de los movimientos que se detallan en el documento adjunto, se cotejaron con los datos del SINCE, los generados por las Secciones de Análisis y Control y de Padrón Electoral, así como con los informes diarios extraídos del SICI sobre la producción diaria del centro de impresión de la Sección de Cédulas.

Además, esa información se corroboró con lo dispuesto en el oficio n.° DGRC-0439-2022, suscrito por el señor Luis Guillermo Chinchilla Mora, Director General a. i. del Registro Civil, el cual fue conocido por el Tribunal Supremo de Elecciones en el artículo quinto de la sesión ordinaria n.° 65-2022, celebrada el 5 de julio de 2022, cuya verificación resultó satisfactoria.".

Se dispone: Tener por rendido el informe; continúese informando sobre el particular. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO CUARTO. ASUNTOS INTERNOS DIVERSOS.

A) Informe sobre la actualización de Manuales de Procedimientos del Tribunal Supremo de Elecciones. De los señores Franklin Mora González, Director Ejecutivo, y Elizabeth Quirós Meza, Coordinadora de Control Interno de la Dirección Ejecutiva, se conoce oficio n.° DE-1819-2022 del 30 de junio de 2022, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual rinden informe sobre la actualización de los Manuales de Procedimientos del Tribunal Supremo de Elecciones y, con fundamento en una serie de consideraciones, literalmente concluyen y recomiendan:

"4. Conclusiones

Con base en los argumentos antes descritos, se concluye lo siguiente:

1. En ausencia de pautas claras a seguir en relación con los manuales de procedimientos, es la Dirección Ejecutiva, la dependencia con las competencias asignadas para planear, organizar, dirigir, coordinar, supervisar y evaluar la ejecución de las labores administrativas de la Institución. En consecuencia, a través de la Unidad de Control Interno, le corresponde establecer los lineamientos o pautas a seguir para la correcta elaboración, actualización, y aprobación de los manuales de procedimientos de la institución, así como velar porque estos se encuentren debidamente actualizados.

2. El no contar con manuales de procedimientos actualizados, con un formato estandarizado según las buenas prácticas y con información correcta de la unidad administrativa, no permite realizar estudios confiables, evaluación y seguimiento, entre otros; demorando y dificultando la realización de los análisis, perdiendo valor el instrumento e impactando la toma de decisiones.

 3. La ausencia de una revisión previa por parte de la UCI ocasiona que dichos documentos oficializados, no cuenten con información correcta y actualizada, tanto de forma como de fondo, al ser aprobados por la jefatura sin aplicarse las posibles observaciones o correcciones que pueda emitir la UCI; en consecuencia, impide la identificación de riesgos que pueden estar asociados a las actividades de los procedimientos, así como la acción de mejora o mitigación, por lo tanto, pueden materializarse y eventualmente, podría impactar la consecución de los objetivos tanto de la unidad administrativa como de la institución.

5. Recomendaciones.

De lo anterior, se recomienda:

A las Direcciones Institucionales y sus unidades administrativas adscritas y demás dependencias del TSE.

 1. Que la Dirección Ejecutiva, a través de la Unidad de Control Interno y con base en las competencias que le han sido conferidas en materia administrativa, establezca los lineamientos y pautas a seguir en la elaboración y actualización de los manuales de procedimientos, las cuales serán vinculantes y de acatamiento obligatorio para todas las dependencias.

 2. Que previo a la aprobación de los manuales de procedimientos de las unidades administrativas por parte de cada Dirección, sean remitidos a la Unidad de Control Interno, para su revisión -por su forma y por el fondo-, con el propósito de velar por su correcto contenido. Una vez que la UCI haya dado el V.B° [sic] el Director correspondiente podrá realizar la aprobación definitiva.".

Se dispone: Tener por rendido el informe, cuyas conclusiones y recomendaciones se acogen. ACUERDO FIRME.

B) Informe final de gestión de la señora Auditora Interna a. i. De la señora Nidia Elvira Aguilar Acuña, para entonces Auditora Interna a. i., se conoce oficio n.° AI-0244-2022-Sustituir del 30 de junio de 2022, recibido en la Secretaría General de este Tribunal el 4 de julio de 2022, mediante el cual literalmente manifiesta:

"De conformidad con lo establecido en el artículo12, inciso e), de la Ley General de Control Interno, n.º 8292, en la Directriz n.º R-CO-61 del 24 de junio de 2005, de la Contraloría General de la República; así como, del oficio n.º RH-1661-2022 del 30 de junio de 2022, sírvanse encontrar adjunto mi informe de fin de gestión para el período comprendido entre el 16 de octubre de 2020 y el 30 de junio de 2022, en razón de mi desempeño en el puesto de Auditora Interna a.i. del Tribunal Supremo de Elecciones.

En el referido informe se exponen los asuntos que se estimaron de mayor relevancia sobre los resultados alcanzados, el estado de las principales actividades propias de mis funciones y el manejo de recursos asignados.".

Se dispone: Tener por rendido el informe, el cual se colocará en el sitio web institucional. Tomen nota la Auditoría Interna y el Departamento de Recursos Humanos. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO QUINTO. ASUNTOS DE ORGANIZACIONES GREMIALES DEL TRIBUNAL.

A) Comunicación de la nueva integración de la Junta Directiva de la Unión Nacional de Empleados Electorales y Civiles (UNEC). De las señoras Arlene Castro Jiménez y Ilenia Ortiz Ceciliano, Secretaria General Adjunta y Secretaria General, respectivamente, de la Unión Nacional de Empleados Electorales y Civiles (UNEC), se conoce oficio n.° UNEC-017-2022 del 5 de julio de 2022, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiestan:

"En atención a que el pasado 18 de marzo de 2022, esta organización realizó la Asamblea General de Inicio de Período, en la cual se eligió a la Junta Directiva que nos representará durante el ciclo 2022- 2024, hacemos de su conocimiento que la misma ya se encuentra debidamente inscrita en el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, quedando conformada de la siguiente manera:

Nombre

Puesto

Ilenia Linoa Ortiz Ceciliano

Secretaria General

Arlene Castro Jiménez

Secretaria General Adjunta

Azariel Súarez Fallas

Secretario de Actas

Gerardo Orozco Herrera

Secretario de Finanzas 

Ana Julia Madriz Flores

Secretaria de Organización 

Julio  César Arroyo López 

Suplente.".

 

Se dispone: Tomar nota. Hágase del conocimiento de las Direcciones Generales, de la Jefatura del Departamento de Recursos Humanos y de las inmediatas de los funcionarios indicados, así como de la Junta de Relaciones Laborales. ACUERDO FIRME.

B) Solicitud de prórroga para referirse a la audiencia otorgada respecto de la promulgación de la Ley Marco de Empleo Público. De las señoras Ilenia Ortiz Ceciliano y Arlene Castro Jiménez, Secretaria General y Secretaria General Adjunta, respectivamente, de la Unión Nacional de Empleados Electorales y Civiles (UNEC), se conoce oficio n.° UNEC-020-2022 del 5 de julio de 2019, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiestan:

"En atención del oficio STSE- 1432-2022 [sic], de fecha 23 de junio de 2022, en el cual conceden diez días hábiles para presentar observaciones, respecto al informe emitido por la Comisión, sobre las eventuales implicaciones administrativas en virtud de la aplicación de la Ley Marco de Empleo Público, y dado lo delicado del tema, así como a la adición que, al respecto se comunicó el 30 de junio de este año, mediante oficio STSE-1475-2022, referido a “Informe de ajuste en recomendación de informe sobre la implementación de la Ley Marco de Empleo Público”; así como, a los abundantes compromisos que hemos tenido en estos días al prepararnos para atender 3 reuniones de socialización de resultados de las mejoras de la Dirección General de Registro Civil (profesionalización), atender las constantes audiencias, respecto a los informes de modificación del Manual Descriptivo de Clases de Puestos, a los asuntos propios de nuestros afiliados, así como al deber de no descuidar el volumen de las cargas de trabajo y las responsabilidades que demanda nuestros puestos de trabajo, entre otros; es que respetuosamente solicitamos que, nos concedan una prórroga por todo el mes de julio, para poder atender esta audiencia, en virtud de la importancia que reviste y que el tiempo otorgado a los representantes sindicales es limitada en contraposición al del personal administrativo que se dispuso por parte del Jerarca para el análisis y elaboración del citado informe, ya que como se expuso nuestra disponibilidad en tiempo es restringida y éste informe requiere ser escrutado objetivamente por la importancia y afectación en el quehacer institucional y en la población laboral.

En ese orden de ideas y en seguimiento a la recomendación 6.3 del informe sobre las eventuales implicaciones administrativas que se deben adoptar en virtud de la promulgación de la Ley Marco de Empleo Público, así como al oficio DE-1606-2022-sustituir- del 21 de junio de 2022 y a fin de tener un criterio debidamente fundamentado; solicitamos, por favor, se nos facilite la siguiente información:

1. Cuántos expedientes de estudios de puestos para reasignar o reclasificar se encuentran pendientes de resolver, en el Departamento de Recursos Humanos, Dirección Ejecutiva y Letrados del TSE.

2 De acuerdo al ítem anterior, desde que fecha esos expedientes se encuentran en estudio en las distintas instancias, especialmente en conocimiento de los letrados, ya que es de conocimiento de esta Organización que en esa instancia el trámite se extiende por mucho tiempo, por ejemplo, uno de nuestros afiliados tiene un trámite en de ese tipo- que data de bastante tiempo atrás.

3 Cuál es el porcentaje de avance que presentan esos expedientes en las distintas instancias administrativas.

Es por los argumentos anteriormente expuestos que, solicitamos se prorrogue el plazo de atención de la presente audiencia durante el mes de julio del año en curso.".

Del señor Rui Steven López González, Secretario General del Sindicato de Empleados del Tribunal Supremo de Elecciones, se conoce conjuntamente oficio n.° SETSE-017-2022 del 7 de julio de 2022, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Con el debido respeto les solicitamos una prórroga, hasta por un término igual al concedido originalmente, a la audiencia concedida para referirnos al análisis y conclusiones vertidas en el oficio n.° DE-1341-2022 del 12 de mayo de 2022, mediante el cual rinden informe sobre las eventuales implicaciones y medidas administrativas que se deben adoptar en virtud de la promulgación de la Ley Marco de Empleo Público. Lo anterior, debido a la relevancia del tema y la necesidad de realizar un análisis minucioso sobre este particular.".

Se dispone: 1.- Conceder la prórroga conforme se solicita en cada caso. 2.- Procedan la Dirección Ejecutiva, el Departamento de Recursos Humanos y el Cuerpo de Letrados a informar a los estimables personeros sindicales lo solicitado. ACUERDO FIRME.

A las doce horas terminó la sesión.

 

 

 

Eugenia María Zamora Chavarría

 

 

 

 

Max Alberto Esquivel Faerron

 

 

 

 

Luz de los Ángeles Retana Chinchilla

 

 

 

 

Hugo Ernesto Picado León

 

 

 

 

Zetty María Bou Valverde