ACTA N.º 113-2023

 

 

Sesión ordinaria celebrada por el Tribunal Supremo de Elecciones a las once horas del siete de diciembre de dos mil veintitrés, con asistencia de la señora Magistrada Eugenia María Zamora Chavarría        –quien preside–, del señor Magistrado Max Alberto Esquivel Faerron, de la señora Magistrada Zetty María Bou Valverde, del señor Magistrado Luis Diego Brenes Villalobos y de la señora Magistrada Mary Anne Mannix Arnold. Asiste también el señor Luis Guillermo Chinchilla Mora, Secretario General del Tribunal Supremo de Elecciones.

 

ARTÍCULO PRIMERO. APROBACIÓN DEL ORDEN DEL DÍA Y DE ACTAS ANTERIORES.

A) Se tiene por leído y aprobado el orden del día de la presente sesión ordinaria.

B) Se incorporan al orden del día los siguientes asuntos:

        Criterio solicitado a la Auditoría Interna respecto del estado de seguimiento de la recomendación 4.5 del Informe Especial IES-03-2023.

        Solicitud de licencia sin goce de salario del señor Carlos Aguilar Durán del Departamento de Financiamiento de Partidos Politicos.

        Consulta de encargos de funciones en la Secretaría General del TSE.

        Consulta de encargos de funciones en la Dirección Ejecutiva.

C) Se tiene por leída y aprobada la minuta de la sesión ordinaria n.° 112-2023.

ARTÍCULO SEGUNDO. ASUNTOS DE ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL.

A) Consulta de encargo de funciones en la Oficina de Comunicación Organizacional. Del señor Luis Guillermo Chinchilla Mora, Secretario General de este Tribunal, se conoce oficio n.° STSE-3011-2023 del 4 de diciembre de 2023, mediante el cual literalmente manifiesta:

"En atención a lo solicitado por la respectiva jefatura y previo análisis de los requisitos y condiciones, me permito proponer el encargo de funciones de la señora Ana María Jiménez Rodríguez, Jefa de la Oficina de Comunicación Organizacional, en la señora Laura Serrano Echeverría, Profesional en Comunicación en esa misma oficina, del 14 al 20 de diciembre de 2023.".

Se dispone: Aprobar el encargo de funciones conforme se solicita. ACUERDO FIRME.

B) Consulta de prórrogas de nombramientos interinos en distintas unidades administrativas. Del señor Luis Guillermo Chinchilla Mora, Secretario General de este Tribunal, y del señor Luis Antonio Bolaños Bolaños, Director General del Registro Civil, se conoce oficio n.° STSE-3012-2023 del 4 de diciembre de 2023, mediante el cual literalmente manifiestan:

"En atención a lo planteado por el Departamento de Recursos Humanos, en oficio n.° RH-3551-2023 y de conformidad con lo estipulado en el artículo 25 del Reglamento a la Ley de Salarios y Régimen de Méritos del TSE, nos permitimos proponer la aprobación de las prórrogas de los nombramientos interinos que se detallan a continuación:

NOMBRE DEL SERVIDOR

OFICINA / DEPARTAMENTO

NÚMERO Y CLASE

DEL PUESTO

1.     Eva Liliana Cubero Marín

Departamento Civil

45552. Asistente Administrativo 2

2.     Ana Yancy Vásquez Villalobos

Inspección Electoral

368541. Profesional Ejecutor 3

3.     Carlos Antonio León Jiménez

Sección de Opciones y Naturalizaciones

45876. Profesional Ejecutor 3

4.     Carlos Alberto Camacho Fernández

Departamento Civil

45654. Profesional Asistente 1

5.     Johanna Rodríguez Badilla

Departamento Civil

45798. Técnico Funcional 2

6.     Alejandro José Villegas Hernández

Departamento de Financiamiento de Partidos Políticos

361409. Profesional en Gestión 2

7.     Nabila Rojas Segura

Inspección Electoral

104975. Profesional Funcional 2

8.     Nuria Isabel Barboza Torres

Departamento Electoral

86323. Asistente Administrativo 1

9.     Vanderlyn Rojas Rojas

Oficina de Seguridad Integral

86912. Auxiliar Operativo 2

10.    Blanca Iris Villarreal Medina

Departamento de Programas Electorales

382408. Conserje Electoral

11.    Jorge Fernando Peñaranda Muñoz

Oficina Regional de Cartago

45456.  Asistente Funcional 2

12.    Mery Jeannette Angulo Gómez

Oficina Regional de Santa Cruz

104986. Técnico Funcional 2

13.    José Alexander Monge Mora

Departamento de Programas Electorales

382392. Conserje Electoral

14.    Marco Vinicio Alvarez Rivera

Departamento de Proveeduría

349958. Asistente Administrativo 2

15.    Juan Manuel Fernández Durán

Departamento de Registro de Partidos Políticos

361358. Asistente Funcional 2

16.    Abigail Monge Rivas

Oficina de Seguridad Integral

99734. Auxiliar Operativo 2

17.    Wendy Pamela Valverde Bonilla

Departamento Legal

72876, Asistente Administrativo 2

18.    Gerardo Arroyo Víquez

Departamento de Programas Electorales

353448. Profesional Ejecutor 3

19.    Juan Gabriel Gómez Pérez

Departamento de Programas Electorales

357823. Profesional Asistente 2

20.    Ericka Castillo Jiménez

Departamento de Programas Electorales

353471. Profesional Asistente 1

21.    Fabricio Sáenz Acuña

Departamento de Proveeduría

93962. Profesional Asistente 2

22.    Johanna Indira Coto Arguijo

Sección de Servicio al Cliente de T.I.

368799. Asistente Funcional 2

23.   Karla Cervantes Mora

Sección de Inscripciones

72878, Asistente Funcional 3

24.    Jason Eduardo Contreras Moxi

Sección de Inscripciones

45632. Asistente Funcional 2

25.    Francisco Javier Arguedas Arguedas

Sección de Personalización y Distribución de Documentos de Identidad

45815. Profesional Ejecutor 3

26.    José Francisco Morales Zamora

Sección de Servicios Generales

353550. Auxiliar Operativo 2

27.    Dinny Moya Alvarez

Departamento Electoral

101921. Profesional en Gestión 2

28.    Adriana María Madrigal Piedra

Departamento de Proveeduría

21524. Técnico Funcional 1

29.    Sandy Patricio Monney Guzmán

Departamento Civil

54383. Asistente Administrativo 2

30.    Estefanía Vindas Salguera

Sección de Ingeniería y Arquitectura

45479. Asistente Administrativo 1

31.    Juan José Guzmán Gutiérrez

Departamento de Proveeduría

45452. Asistente Funcional 2

32.    Elizabeth Rocha Núñez

Sección de Archivo

45531. Asistente Funcional 2

33.    Bernardo Romero Díaz

Oficina Regional de Talamanca

368812. Asistente Funcional 3

34.    Arelys Duarte Calvo

Oficina Regional de Osa

370673. Técnico Funcional 2

35.    Alexander Vásquez González

Sección de Servicios Generales

36259. Auxiliar Operativo 1

36.    Juan Manuel Sancho Bolaños

Servicios Médicos

107601. Profesional Funcional 1

37.    Max Romeo Viana Guzmán

Inspección Electoral

45904. Profesional Ejecutor 3

38.    Jafet Abner Maltez Calderón

Oficina de Seguridad Integral

45576. Auxiliar Operativo 2

39.    Ciinthya María Quirós Zúñiga

Oficina de Seguridad Integral

353562. Auxiliar Operativo 2

40.    German Alfonso Díaz Gómez

Oficina de Seguridad Integral

95547. Auxiliar Operativo 2

41.    Erick David Zamora Carranza

Sección de Inscripciones

357811. Asistente Administrativo 2

42.    Henry Jesús Chavarría Cubillo

Sección de Servicios Generales

45947. Asistente Administrativo 2

43.    Karla Vanessa Maroto Sibaja

Departamento de Proveeduría

45448. Profesional Ejecutor 2

44.    Helga Xiomara Solanos Morales

Servicios Médicos

90235. Asistente Funcional 2

45.    Ronald Gerardo Solano Otárola

Sección de Servicio al Cliente de TI

76357. Técnico Funcional 1

46.    Herbeth Chaves Ramírez 

 Del 1°-01-2024 al l 15-02-2024

Departamento de Registro de Partidos Políticos

361395. Técnico Funcional 2

47.   Richard Avendaño Romero

Del 16-12-2023 al 15-05-2024

Departamento de Registro de Partidos Políticos

382372. Profesional Ejecutor 2

 

En el caso de los ocupantes de las líneas de la 1 a la 17, sería a partir del 16 de diciembre de 2023, y de la línea 18 a la 45, a partir del 1.° de enero de 2024, por un lapso de 6 meses prorrogables, según el artículo 9 del Reglamento a la Ley de Salarios y Régimen de Méritos del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil o hasta que se concrete el trámite respectivo para designar al nuevo propietario o regrese el titular de la plaza a ocuparla (según sea el caso), lo que ocurra primero. En los casos indicados en las líneas de la 46 a la 47 la prórroga procede según se indica.

Quedamos atentos a lo que a bien estime disponer el Tribunal.".

Se dispone: Prorrogar conforme se solicita, con la observación según la cual eventuales nuevas prórrogas deben ser expresamente autorizadas por este Tribunal. ACUERDO FIRME.

C) Solicitud de licencia sin goce de salario del señor Carlos Aguilar Durán del Departamento de Financiamiento de Partidos Politicos. De la señora Hirlanny Ortiz Campos, Jefa del Departamento de Recursos Humanos, se conocen oficios n.° RH-3499-2023 del 4 de diciembre de 2023 y RH-3564-2023 del 7 de diciembre de 2023, mediante los cuales remite la solicitud del funcionario Carlos Aguilar Durán, destacado en el Departamento de Financiamiento de Partidos Politicos, para que se le conceda una licencia sin goce de salario por espacio de seis meses a partir del 7 de diciembre de 2023, conforme se detalla.

Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Aprobar la licencia sin goce de salario, conforme a lo indicado por el Departamento de Recursos Humanos. ACUERDO FIRME.

D) Consulta de encargo de funciones en la Secretaría General del TSE. Del señor Luis Guillermo Chinchilla Mora, Secretario General de este Tribunal, se conoce memorial del 6 de diciembre de 2023, mediante el cual, por las razones que detalla, solicita autorización para ausentarse durante los días del 11 al 15 de diciembre de 2023, solicitando que durante su ausencia se encarguen sus funciones en la señora Adriana Pacheco Madrigal, Prosecretaria General a. i. de este Tribunal.

Se dispone: 1. Incorporar al orden del día. 2.- Aprobar conforme se propone. ACUERDO FIRME.

E) Consulta de encargo de funciones en la Dirección Ejecutiva. Del señor Luis Guillermo Chinchilla Mora, Secretario General de este Tribunal, se conoce oficio n.° STSE-3036-2023 del 6 de diciembre de 2023, mediante el cual literalmente manifiesta:

"En atención a lo solicitado por la respectiva jefatura y previo análisis de los requisitos y condiciones, me permito proponer el encargo de funciones de la señora Sandra María Mora Navarro, Directora Ejecutiva, en el señor Jefferson Vargas Salas, Secretario General de esa misma Dirección, el 11 y 12 de diciembre de 2023.".

Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Aprobar el encargo de funciones conforme se solicita. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO TERCERO. ASUNTOS INTERNOS DIVERSOS.

A) Solicitud de prórroga para rendir informe sobre condiciones de trabajo en la Sección de Documentos de Identidad. Del señor Luis Antonio Bolaños Bolaños, Director General del Registro Civil, se conoce oficio n.° DGRC-0886-2023 del 4 de diciembre de 2023, mediante el cual literalmente manifiesta:

"En relación con el acuerdo adoptado por el Tribunal en el artículo tercero de la sesión ordinaria n.º 101-2023, celebrada el 2 de noviembre de 2023, comunicado mediante oficio STSE-2723-2023 de fecha 2 de noviembre del año en curso, respetuosamente solicito una prórroga de 10 días hábiles a efecto de rendir el informe ahí señalado.

Lo anterior, en virtud de que la comisión que se creara para analizar lo manifestado sobre las condiciones de trabajo de la Sección de Documentos de Identidad, se encuentra abordando aspectos -incluso estructurales- que han requerido mayor estudio y análisis.".

Se dispone: Conceder la prórroga conforme se solicita. ACUERDO FIRME.

B) Comunicación de acuerdos de la Comisión Institucional de Implementación de las Normas Internacionales del Sector Público (NICSP). Del señor Mario Gudiño Umaña, en su condición de Coordinador de la Comisión Institucional de Implementación de las Normas Internacionales del Sector Público (NICSP), se conoce oficio n.° CNIC-0014-2023 del 4 de diciembre de 2023, mediante el cual literalmente manifiesta:

"En cumplimiento de las funciones que competen a la Comisión Institucional de Implementación de las NICSP y su deber de informar de los resultados de su gestión al Superior, lo cual además está contenido en el Informe No. ICI-03-2011. Informe de control Interno sobre el seguimiento de las Normas Internaciones del Sector Público (NICSP), con el objetivo de evaluar el grado de cumplimiento y oportunidad en la implementación de las referidas normas.” [sic] Se remite a conocimiento del Superior los acuerdos tomados por esta Comisión correspondientes a la sesión n°02-2023 celebrada el 28 de setiembre de 2023.

Es importante señalar que además de los acuerdos que se exponen en este oficio es función preponderante de esta Comisión revisar, discutir, aprobar y remitir a la Dirección General de Contabilidad Nacional (DGCN) de forma trimestral el instrumento “Matriz de Autoevaluación de Implementación de NICSP en el TSE” y sus respectivos Planes de Acción, herramientas con las cuales la DGCN mide la gestión y el avance que posee cada entidad del Sector Público en la implementación de estas Normas.".

Se dispone: Tener por rendido el informe; continúese informando sobre el particular. ACUERDO FIRME.

C) Criterio sobre solicitud de prórroga para el cumplimiento de recomendación en informe de control de la Auditoría Interna. Del señor José Andrés Blanco Chaves, Auditor Interno a. i., se conoce oficio n.° AI-0397-2023 del 4 de diciembre de 2023, mediante el cual, según lo ordenado en el acuerdo adoptado en el artículo quinto de la sesión ordinaria n.º 100-2023, celebrada el 31 de octubre de 2023, rinde criterio sobre la solicitud realizada por la señora Jefa de la Sección de Archivo del Registro Civil, en torno a la prórroga del plazo establecido para el cumplimiento la recomendación 4.1 del informe de control n.° ICI-04-2016 de esa Auditoría.

Se dispone: Tener por rendido el criterio, el cual se acoge. Hágase del conocimiento de la señora Jefa de la Sección de Archivo del Registro Civil. ACUERDO FIRME.

D) Estado de cumplimiento de recomendaciones en el informe n.° IES-03-2020. Del señor José Andrés Blanco Chaves, Auditor Interno a. i., se conoce oficio n.° AI-0400-2023 del 5 de diciembre de 2023, mediante el cual remite el estado de cumplimiento de las recomendaciones 4.2, 4.5, 4.6, 4.7 y 4.8 contenidas en el informe n.° IES-03-2020, según detalla.

Se dispone: Tener por rendido el informe, el cual se acoge. Hágase del conocimiento de la Comisión de Implementación de la Ley Marco de Empleo Público. ACUERDO FIRME.

E) Solicitud de prórroga para atender recomendación 4.1 del informe especial IES-01-2023. Del señor Allan Herrera Herrera, Proveedor, se conoce oficio n.° PROV-0632-2023 del 30 de noviembre de 2023, mediante el cual remiten las recomendaciones, actividades y fechas respecto de la actividad 4.1 del Informe de Estudio Especial de Auditoría Interna n.° IES-001-2023 “Estudio especial relativo a los controles de la Contraparte Técnica en relación con las boletas del mantenimiento de los aires acondicionados de la Institución”, según detallan.

Se dispone: De previo a resolver, rinda criterio la Auditoría Interna. ACUERDO FIRME.

F) Criterio solicitado a la Auditoría Interna respecto del estado de seguimiento de la recomendación 4.5 del Informe Especial IES-03-2023. Del señor José Andrés Blanco Chaves, Auditor Interno a. i., se conoce oficio n.° AI-0401-2023 del 5 de diciembre de 2023, mediante el cual remite el criterio solicitado respecto del estado de seguimiento de la recomendación 4.5 del Informe Especial IES-03-2023, según detalla.

Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Tener por rendido el criterio, el cual se acoge. Hágase del conocimiento de la Dirección Ejecutiva, la cual deberá dentro del plazo de cinco días hábiles, rendir informe de lo indicado por el señor Blanco Chaves, respecto de la información que se indica de actividades por cumplir. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO CUARTO. ASUNTOS ELECTORALES.

A) Consulta legislativa del proyecto de “Reforma a la Ley de emergencias y de prevención de riesgos, para que el estado pueda atender emergencias a causa de ataques informáticos”, expediente n.° 23.134. De la señora Daniella Agüero Bermúdez, Jefa de Área de Comisiones Legislativas VII de la Asamblea Legislativa, se conoce oficio n.° AL-CPESEG-382-2023 del 5 de diciembre 2023, mediante el cual literalmente manifiesta:

"La Comisión Permanente Especial de Seguridad y Narcotráfico, mediante moción aprobada en sesión extraordinaria N°12 del 28 de noviembre, 2023, acordó solicitar criterio a su representada sobre el proyecto de ley “REFORMA A LA LEY 8488 DEL 21 DE NOVIEMBRE DEL 2005 Y SUS REFORMAS LEY DE EMERGENCIAS Y DE PREVENCIÓN DE RIESGOS, PARA QUE EL ESTADO PUEDA ATENDER EMERGENCIAS A CAUSA DE ATAQUES INFORMÁTICOS”, expediente 23.134, el cual se adjunta.

De conformidad con lo que establece el artículo 157 del Reglamento de la Asamblea Legislativa se le agradece evacuar la consulta en el plazo de ocho días hábiles que vence el 15 de diciembre 2023. De ser posible, enviar el criterio de forma digital […]".

Se dispone: Para que se proponga el respectivo proyecto de respuesta -el cual habrá de rendirse a más tardar el 13 de diciembre de 2023- pase a la señora Xenia Guerrero Arias, Directora General de Estrategia Tecnológica, y al señor Ronny Alexander Jiménez Padilla, Jefe a. i. del Departamento Legal. Para su examen se fijan las 10:15 horas del 12 de diciembre de 2023. Tomen nota los referidos funcionarios y la Secretaría General de este Tribunal que el plazo para responder la consulta planteada vence el 15 de diciembre de 2023. ACUERDO FIRME.

B) Directrices y recordatorio a todas las fuerzas policiales nacionales y municipales del país sobre las elecciones municipales 2024. Se dispone: Emitir las siguientes directrices y recordatorio:

"EL TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

De conformidad con las atribuciones que le confieren los artículos 9, 99 y 102 incisos 6) y 10) de la Constitución Política y el artículo 12 inciso a) del Código Electoral, y 

CONSIDERANDO

I.-          Que, en virtud de lo dispuesto por la Constitución Política en sus artículos 9 párrafo tercero, 99 y 102, es competencia exclusiva y obligatoria del Tribunal Supremo de Elecciones organizar, dirigir y vigilar los actos relativos al sufragio.

II.-         Que para el cumplimiento de sus funciones, el numeral 102 inciso 6) habilita a esta Magistratura Electoral para dictar directrices a las fuerzas de policía del país.

III.- Que, en la convocatoria a elecciones municipales celebrada el 4 de octubre de 2023, el Presidente de la República y los altos mandos policiales, en cumplimiento del precepto constitucional reseñado en el párrafo anterior, trasladaron el mando de la Fuerza Pública a este Tribunal Supremo de Elecciones.

IV.- Que desde el referido 4 de octubre recién pasado, este Tribunal Supremo de Elecciones ejerce un mando compartido sobre las autoridades de policía, lo cual implica que la Autoridad Electoral puede ordenar                  –directamente y sin necesidad de que los jerarcas del Ministerio de Seguridad Pública las aprueben– las medidas necesarias para ejecutar sus decisiones en el marco estricto de lo electoral y en procura de la buena conducción de las votaciones y sus etapas preliminares (acuerdo adoptado en la sesión n.º 86-2007 del 13 de setiembre de 2007).

V.- Que el ordinal 6 de la Ley General de Policía (Ley n.º 7410) señala cuáles son los cuerpos policiales del país y, además, indica que también lo serán aquellas fuerzas policiales “cuya competencia esté prevista en la ley”.

VI.- Que la Ley de Fortalecimiento de la Policía Municipal (Ley n.º 9542), modificó el numeral 61 del Código Municipal (Ley n.º 7794) para indicar que la policía municipal de los respectivos cantones funcionará como “auxiliar de la Fuerza Pública”.

VII.- Que el Ministerio de Obras Públicas y Transportes, en resolución n.º 2023-001160 de las 7:55 horas del 5 de setiembre de 2023, excepcionó de la restricción vehicular a los automotores que conforman la flotilla vehicular de este Tribunal Supremo de Elecciones, los vehículos utilizados por quienes integran el Cuerpo Nacional de Delegados y para cualquier otro automotor de otra institución o contratado por el Tribunal Supremo de Elecciones para llevar a cabo labores propias del proceso electoral municipal. Lo anterior por el período que va del 4 de octubre de 2023 hasta el 31 de marzo de 2024, ambas fechas inclusive.

APRUEBA:

Las siguientes:

DIRECTRICES Y RECORDATORIO A TODAS LAS FUERZAS POLICIALES NACIONALES Y MUNICIPALES DEL PAÍS SOBRE LAS

ELECCIONES MUNICIPALES 2024

Primero.- Los personas integrantes de los cuerpos policiales, tanto nacionales como municipales, deberán prestar el auxilio y la colaboración que requiera el funcionariado electoral y los miembros del Cuerpo Nacional de Delegados en la atención y supervisión de todas aquellas actividades proselitistas que realicen las agrupaciones políticas, tal y como ha ocurrido en pasados comicios. La siempre atenta colaboración de las fuerzas de policía ha sido fundamental para asegurar el éxito de los procesos electorales.

Segundo.- A los vehículos debidamente identificados con la placa especial que ha sido confeccionada para las elecciones municipales de 2024, así como con la placa ordinaria asignada a quienes integran el Cuerpo Nacional de Delegados, según lo ha dispuesto el Ministerio de Obras Públicas y Transportes, no les alcanza la restricción vehicular, por lo que pueden circular libremente. En ese sentido, las autoridades de la policía de tránsito y de las policías municipales autorizadas para ejercer un control vial no podrán considerar como una infracción que los citados automotores ingresen en las zonas restringidas de circulación.

Tercero.- En estricto cumplimiento de sus funciones, deberá permitirse al funcionariado electoral e integrantes del Cuerpo Nacional de Delegados aparcarse en zonas restringidas o en aquellas en donde esté permitido, sin que para ello deban pagar un importe, como podría serlo el correspondiente a parquímetro.

Cuarto.- Todas las fuerzas policiales del país, como es tradicional, colaborarán en los aspectos relativos a la custodia, el traslado, la entrega y la recolección del material electoral. Además, deberán prestar la ayuda y ejecutar las acciones pertinentes -en coordinación con las personas funcionarias responsables de este Tribunal- para que, cuando sea necesario, se asegure el orden público, el libre tránsito por las vías el día de la elección y el fomento de un ambiente de concordia y paz social. Su invaluable participación en tales procesos coadyuva en garantizar al país que el sufragio, como función cívica primordial, se ejercerá en condiciones irrestrictas de libertad.

Quinto.- Cualquier abuso o incorrección en la que incurra el funcionariado electoral o quienes integran el Cuerpo Nacional de Delegados, tratándose de las facilidades que han sido dispuestas para la adecuada organización de los comicios, deberán ser puestas en conocimiento de la Dirección General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos para que instruya el procedimiento correspondiente.

Sexto.- Se recuerda a todas las personas integrantes de los diferentes cuerpos de policía nacional y municipal que, de conformidad con el artículo 146 del Código Electoral y la jurisprudencia de este Tribunal, tienen prohibido: participar en las actividades de los partidos políticos, asistir a clubes, a reuniones de carácter político, utilizar la autoridad o influencia de sus cargos en beneficio de los partidos políticos, colocar divisas en sus viviendas o vehículos y hacer ostentación partidista de cualquier otro género (lo cual incluye manifestaciones en redes sociales y plataformas similares). Como autoridades de policía, en materia político-electoral, únicamente podrán ejercer el derecho a emitir su voto el día de las elecciones. Según la legislación nacional, el incumplimiento a esta prohibición se sanciona con la destitución inmediata del cargo y la inhabilitación para el ejercicio de cargos públicos de dos a cuatro años.

Comuníquese a la Dirección General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos, a la Jefatura Nacional del Cuerpo Nacional de Delegados, al Delegado Permanente Adjunto, a los señores Ministros de Seguridad Pública y de Obras Públicas y Transportes, a los mandos policiales, a las alcaldías e intendencias municipales y al Instituto de Fomento y Asesoría Municipal (IFAM). Publíquese en el Diario Oficial.". ACUERDO FIRME.

A las once horas y veintiún minutos terminó la sesión.

 

 

 

Eugenia María Zamora Chavarría

 

 

 

 

Max Alberto Esquivel Faerron

 

 

 

 

Zetty María Bou Valverde

 

 

 

 

 

Luis Diego Brenes Villalobos

 

 

 

 

 

Mary Anne Mannix Arnold