ACTA N.º 79-2017

Sesión ordinaria celebrada por el Tribunal Supremo de Elecciones a las diez horas del veintiséis de setiembre de dos mil diecisiete, con asistencia de los señores Magistrados Luis Antonio Sobrado González quien preside, Eugenia María Zamora Chavarría, Max Alberto Esquivel Faerron, Zetty María Bou Valverde y Luis Diego Brenes Villalobos.


ARTÍCULO PRIMERO. APROBACIÓN DE ACTAS ANTERIORES.

A) Se leyó y aprobó el acta de la sesión ordinaria inmediata anterior.

ARTÍCULO SEGUNDO. ASUNTOS DE LAS ELECCIONES PRESIDENCIALES Y LEGISLATIVAS 2018.

A) Autorización para notificar resoluciones de inscripción de candidaturas en horario ampliado. Del señor Gerardo Felipe Abarca Guzmán, Director General a. i. del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos, se conoce oficio n.° DGRE-496-2017 del 22 de setiembre de 2017, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Como es de su conocimiento, en el marco de la evaluación del pasado proceso electoral municipal el TSE aprobó (acuerdo adoptado en el artículo segundo de la sesión ordinaria n° 25-2017, de la misma fecha, relacionada con el informe de costos y la evaluación de las Elecciones Municipales celebradas en el año 2016)  la recomendación de este despacho para que se habilitará un horario ampliado de notificación de resoluciones de inscripción de candidaturas atinentes a elecciones municipales; ahora, si bien la recomendación y el acuerdo del Superior lo fueron en esa especificidad, lo cierto es que la posibilidad de contar con ese horario especial también en elecciones nacionales como la que se avecina, permitirían  al Programa Electoral de Inscripción de Candidaturas contar con un espacio mayor de tiempo a los efectos de aumentar el desempeño en una tarea tan esencial como lo es la notificación efectiva de las resoluciones que les ocupa.

Así las cosas, en virtud del inminente inicio del programa Inscripción de Candidaturas el próximo 04 de octubre y con el fin antes apuntado de agilizar la actividad de notificación de dicho macro proceso y alcanzar un mayor desempeño en el mismo, le solicito respetuosamente se sirva elevar a consideración de las señoras y los señores magistrados, autorizar la habilitación de un horario ampliado de las ocho horas hasta las veinte horas todos los días, inclusive fines de semana y días feriados, del 4 de octubre hasta el 15 diciembre próximo para efectos de comunicar las resoluciones que dicte esta Dirección en la ejecución del Programa de Inscripción de Candidaturas.".

Se dispone: Autorizar conforme se solicita. Hágase del conocimiento de los partidos políticos. ACUERDO FIRME.

B) Plan General de las Elecciones Nacionales 2018. Del señor Gerardo Felipe Abarca Guzmán, Director General a. i. del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos, se conoce oficio n.° DGRE-487-2017 del 21 de setiembre de 2017, recibido el día siguiente en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"En atención a lo dispuesto en el artículo 2 del Reglamento de la Dirección General del Registro Electoral y Financiamiento de Partidos Políticos adjunto le remito el Plan General de las Elecciones Nacionales 2018, a los efectos de que se sirva elevarlo a conocimiento y consideración del Tribunal Supremo de Elecciones.

Así mismo, [sic] me permito recomendar que en el momento en que dicho plan sea aprobado por el Superior, se publique en el apartado web institucional.".

Se dispone: Tener por presentado el referido plan, el cual se aprueba y se hará del conocimiento de los partidos políticos, así como de las jefaturas institucionales. El Departamento de Comunicaciones y Relaciones Públicas divulgará lo correspondiente. ACUERDO FIRME.

C) Recordatorio del registro de institutos, universidades, cualquier ente público o privado y empresas dedicadas a elaborar encuestas y sondeos de opinión de carácter político-electoral. Se dispone: Recordarles a los institutos, las universidades, cualquier ente público o privado y las empresas dedicadas a elaborar encuestas y sondeos de opinión de carácter político-electoral que, para difundirlas o publicarlas por cualquier medio, según lo dispuesto en el artículo 138 del Código Electoral, deberán registrarse ante este Tribunal dentro de los quince días posteriores a la convocatoria de elecciones, conforme a la legislación vigente. Proceda el Departamento de Comunicaciones y Relaciones Públicas a difundir ampliamente el presente acuerdo. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO TERCERO. ASUNTOS DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA.

A) Solicitud de autorización para realizar contratación directa con los contratistas que brindan servicio de aseo. Del señor José Francisco Rodríguez Siles, Director Ejecutivo, se conoce oficio n.° DE-2938-2017 del 21 de setiembre de 2017, recibido en la Secretaría General de este Tribunal el 25 de setiembre de 2017, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Mediante Circular DGABCA-NC-0090-2016 del 08 de julio de 2016 el señor Luis Segura Amador, Subdirector General del Ministerio de Hacienda, comunicó la fecha de finalización de los convenios marco vigentes en el sistema Compr@Red, evento ratificado por el señor Fabián David Quirós Álvarez, Director General de ese Ministerio, mediante circular DGABCA-0100-2016 del 30 de agosto del año anterior. Dentro de los convenios vigentes actualmente se encuentra la contratación N° “2013LN-000009-CMBYC “Convenio marco para el Servicio de Limpieza, Jardinería, Fumigación, Lavado de Vehículos y Lavado de Motor, para las Instituciones Públicas que utilizan Compr@RED”; de acuerdo con las circulares de cita, el convenio vence el próximo 18 de noviembre del año en curso.

Con base en la información suministrada, esta Dirección dio inicio al proceso de solicitar a las distintas unidades involucradas en el servicio la remisión de las especificaciones que servirían de base para promover los procesos de contratación a fin de que tanto la Sede Central como sus distintas oficinas no se queden desprovistas (o se priven) de esta esencial prestación. Como resultado de las gestiones, fueron creadas las solicitudes de contratación N° 0062017002800120 “Servicio de aseo y limpieza para Oficinas del Edificio Thor del TSE (20 de abril de 2017), 0062017002800142 “servicio de limpieza en oficinas regionales del Tribunal Supremo de Elecciones (incluido insumos)” (3 de mayo de 2017) y 0062017002800111 “Servicio de aseo y limpieza para Oficinas Centrales del TSE” (9 de junio de 2017). La Proveeduría Institucional inició el proceso de contratación con este último documento y se creó en el sistema SICOP la Licitación Pública N°2017LN-000004-0012300004, con fecha estimada de apertura para el 22 del presente mes; sin embargo, fue presentado un recurso de objeción al cartel ante la Contraloría General de la República lo que motivó que esa fecha de apertura fuera suspendida, igualmente se suspendió la publicación de los otros procesos de contratación al tratarse del mismo servicio con condiciones similares. El ente Contralor acogió parcialmente el recurso y emitió la resolución N° R-DCA-054-2017 del 17 de julio de 2017. En virtud del pronunciamiento de la Contraloría, se hizo necesario realizar ajustes a las condiciones cartelarias a fin de acatar lo dicho por el ente contralor; al ser vinculante lo resuelto. Ahora bien, dado que las modificaciones afectan directamente los otros procesos se está en la etapa realizar todos los ajustes a los tres procedimientos de contratación para publicar los carteles respectivos.

Así las cosas y considerando los tipos de contratación que deben tramitarse, cuyo plazo estimado ronda los ocho meses, considerando la posibilidad que se presenten recursos de objeción al cartel y de apelación, en cada uno de los procedimientos, y teniendo presente que los actuales contratos se vencen el mes de noviembre del año en curso, resulta necesario realizar un trámite de contratación directa con el fin que la institución no quede sin el servicio, situación que afectaría la prestación del servicio público.

A la luz de lo indicado supra, con el propósito de que la institución no vea afectados los servicios que presta por la carencia de aseo y limpieza, me permito solicitar por su estimable intermedio, la autorización por parte de las señoras y señores magistrados, a fin de que esta Dirección gestione la correspondiente anuencia ante la Contraloría General de la República la para contratar directamente con las empresas que actualmente brindan el servicio al amparo del citado convenio marco, las cuales son:

• Dequisa S.A en Oficinas Centrales y edificio Thor.

Eulen de Costa Rica S.A., Servicios Múltiples Especializados S.A. y Dequisa S.A. en Oficinas Regionales.

Las condiciones en las que se contratarían los servicios serían las mismas que actualmente rigen para el convenio marco. El plazo por el que se considera oportuno solicitar la autorización sería de un año, lapso que se considera apropiado y suficiente para las Licitaciones Públicas.

El requerimiento se hará al Órgano Contralor al amparo de lo estipulado en el inciso c) del numeral 2bis de la Ley de Contratación Administrativa.

Por otra parte, resulta importante mencionar que las unidades requirentes consultaron a los actuales contratistas sobre la anuencia de continuar brindando el servicio y todas manifestaron su aceptación en continuar prestándolo.

Quedamos a la espera de lo resuelto.".

Se dispone: No ha lugar la solicitud planteada por el señor Rodríguez Siles. Para su atención inmediata, pase este asunto al Consejo de Directores. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO CUARTO. ASUNTOS DE ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL.

A) Trámites de la Comisión de Dedicación Exclusiva. De la señora Jocelyn Brown Pérez, Jefa del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° CDE-0116-2017 del 20 de setiembre de 2017, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"En sesión número 15-2017 celebrada el pasado dieciocho de setiembre, la Comisión de Dedicación Exclusiva conoció las solicitudes que presentaron dos personas funcionarias quienes laboran para la institución, a efectos de ser incorporadas al Régimen de Dedicación Exclusiva. Ellos estiman cumplir con los requisitos y reunir las condiciones establecidas para lo que solicitan, siendo que con tal propósito aportan los documentos necesarios a fin de demostrarlo.

En cuanto a dichas solicitudes, las cuales corresponden a quienes se indican en el cuadro que se muestra más adelante, luego de los estudios pertinentes considera esta comisión que en efecto son procedentes, pues se trata de personas que se encuentran nombradas en puestos para los cuales se requieren los grados académicos de bachillerato o licenciatura, condición que todos poseen en diferentes disciplinas.  

De acuerdo con lo anterior y con fundamento en el artículo sexto del Reglamento para el Régimen de Dedicación Exclusiva, se elevan a conocimiento del Tribunal los trámites que seguidamente se detallan y que se recomienda aprobar en virtud de las razones dadas.

NOMBRE Y CARGO

SOLICITA

COMPLEMENTO

Iris Carolina Barrantes Miranda

- Profesional Asistente 2 -

Incorporación

20%

Elías Chaves Sánchez

- Profesional Funcional 1-

Incorporación

65%


De confirmar el Tribunal Supremo de Elecciones lo resuelto por la Comisión, a cada solicitante se le otorgaría el porcentaje anotado en el cuadro anterior como incentivo o complemento salarial por concepto de dedicación exclusiva. Asimismo, de acuerdo con pronunciamiento vertido por el Departamento Legal, dicho complemento regiría a partir de la suscripción del contrato correspondiente por parte de la persona funcionaria y del Director Ejecutivo.".

Se dispone: Aprobar. ACUERDO FIRME.

B) Traslado en propiedad del funcionario Antonio Jiménez Quirós a la Sección de Servicios Generales. Del señor Erick Adrián Guzmán Vargas, Secretario General de este Tribunal, se conoce en consulta resolución n.° STSE-0075-2017 de las quince horas y treinta minutos del veinte de setiembre de dos mil diecisiete, mediante la cual resuelve trasladar en propiedad a partir del 1.° de octubre de 2017 al funcionario Antonio Jiménez Quirós, al cargo de Auxiliar Operativo 1 de la Sección de Servicios Generales, plaza n.° 36259.

Se dispone: Aprobar. ACUERDO FIRME.

C) Ascenso en propiedad del funcionario Fernando Sánchez Esquivel en la Sección de Ingeniería y Arquitectura. Del señor Erick Adrián Guzmán Vargas, Secretario General de este Tribunal, se conoce en consulta la resolución n.° STSE-0076-2017 de las quince horas y cuarenta minutos del veinte de setiembre de dos mil diecisiete, mediante la cual resuelve ascender en propiedad a partir del 1.° de octubre de 2017 al funcionario Fernando Sánchez Esquivel al cargo de Profesional Asistente en Administración 1, de la Sección de Ingeniería y Arquitectura, puesto n.° 45812.

Se dispone: Aprobar. ACUERDO FIRME.

D) Solicitud de licencia con goce de salario de la funcionaria Andrea Céspedes Solís. Del señor José Francisco Rodríguez Siles, Director Ejecutivo, se conoce oficio n.° DE-2936-2017 del 21 de setiembre de 2017, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Esta Dirección ha recibido el oficio n.° RH-2949-2017 del 19 de los corrientes, suscrito por la señora Mónica Rosales Menjivar, Encargada a. i. del Área de Capacitación del Departamento de Recursos Humanos, el cual se adjunta, donde comunica sobre la petición que hace la funcionaria Andrea Céspedes Solís, colaboradora de la Unidad de Estadística de este Despacho, para que se le autorice su participación como expositora en el Congreso Interamericano de Estadística, el cual se realizará en la Universidad Nacional de Rosario, Argentina.

Tal como se expone en el oficio de cita, esta se estaría llevando a cabo en el exterior los días 17, 18, 19 y 20 de octubre del presente año, es por tanto, que esta Dirección no encuentra inconveniente en que la funcionaria Céspedes Solís participe en el citado evento. Dado que no se menciona, se le consultó a la peticionaria con respecto a los costos de los tiquetes aéreos y los gastos de hospedaje y alimentación, indicando que serán asumidos por ella. No obstante, por la naturaleza de la actividad, se remite a conocimiento de las señoras Magistradas y señores Magistrados para lo que estimen pertinente.".

Se dispone: Para su estudio e informe, el cual habrá de rendirse en el plazo de cinco días hábiles, pase al Departamento Legal. ACUERDO FIRME.

E) Informe sobre la no aceptación de la funcionaria Andrea Rojas Prendas de nombramiento en propiedad. De la señora Jocelyn Brown Pérez, Jefa del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° RH-2966-2017 del 21 de setiembre de 2017, recibido el día siguiente en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Para los efectos consiguientes, remito a consideración del Tribunal Supremo de Elecciones la nota sin número que presentó en este despacho la señora Andrea Rojas Prendas, funcionaria de la institución, a través de la cual manifiesta que  por las razones que se sirve exponer opta por declinar el nombramiento en propiedad en el puesto número 45536 de Oficinista 1 en la Sección de Archivo del Registro Civil, que a su favor dispuso el Tribunal en sesión ordinaria n.° 73-2017 celebrada el pasado 31 de agosto, lo que así fue comunicado mediante oficio número STSE-1495-2017 de igual fecha. La señora Rojas Prendas labora interinamente en la institución desde el 02 de setiembre de 2013 y en la actualidad se desempeña en un puesto de Asistente Electoral, clase Técnico Funcional 2, en el Departamento de Programas Electorales. 

De acuerdo con lo anterior, la citada plaza del Archivo continuaría vacante y en consecuencia habrá que designar a otra persona para que la ocupe en propiedad.  No omito indicar que en situaciones similares que se han presentado en el pasado, el Tribunal ha optado por nombrar a la persona que iba en el segundo lugar de la terna elaborada para el puesto o bien la realización del proceso nuevamente.".

Se dispone: Tener por declinado el referido nombramiento. Proceda oportunamente la Dirección General del Registro Civil a proponer el respectivo nombramiento conforme a la normativa aplicable. ACUERDO FIRME.

F) Recargo de funciones de la jefatura de la Sección de Servicios Generales y encargo de la del Departamento de Contaduría. Del señor Erick Adrián Guzmán Vargas, Secretario General de este Tribunal, se conoce oficio n.° STSE-1616-2017 del 25 de setiembre de 2017, mediante el cual literalmente manifiesta:

"En atención a lo solicitado por las respectivas Jefaturas y previo análisis de los requisitos y condiciones, me permito proponer la aprobación del encargo y recargo de funciones que se detallan a continuación:

Unidad Administrativa

Titular

Sustituto

Períodos

Tipo

Sección de Servicios Generales

Gustavo Fitoria Mora

Dessireé González Zamora

2 al 20 de octubre de 2017

Recargo de funciones

Departamento de Contaduría

Carlos Alberto Umaña Morales

Minor Castillo Bolaños

5 y 6 de octubre de 2017

Encargo de funciones


Quedo atento a lo que a bien estime disponer el Tribunal.".

Se dispone: Aprobar el recargo y encargo de funciones conforme se propone. ACUERDO FIRME.

G) Vacaciones del señor Magistrado Max Alberto Esquivel Faerron. El señor Magistrado Esquivel Faerron solicita verbalmente se le conceda el disfrute de vacaciones el día 27 de setiembre de 2017.

Sale del salón de sesiones el señor Magistrado Esquivel Faerron.

Se dispone: Aprobar conforme se solicita. ACUERDO FIRME.

Reingresa al salón de sesiones el señor Magistrado Esquivel Faerron.

ARTÍCULO QUINTO. ASUNTOS DEL CONSEJO DE DIRECTORES.

A) Informe relativo a la valoración de solicitud de la Secretaría Ejecutiva Técnica de Donación y Trasplante de Órganos. Del señor Vinicio Mora Mora, Prosecretario General a. i. de este Tribunal, se conoce oficio n.° CDIR-0351-2017 del 22 de setiembre de 2017, recibido en la Secretaría General de este Tribunal el 25 de setiembre de 2017, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Se comunica el acuerdo adoptado en el artículo único de la sesión extraordinaria n.º 42-2017, celebrada el 22 de setiembre de 2017 por el Consejo de Directores, integrado por los señores Erick Adrián Guzmán Vargas, Secretario General del Tribunal Supremo de Elecciones quien preside; Luis Antonio Bolaños Bolaños, Director General del Registro Civil; José Francisco Rodríguez Siles, Director Ejecutivo; Gerardo Felipe Abarca Guzmán, Director General a. i. del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos; Hugo Picado León, Director General del Instituto de Formación y Estudios en Democracia y Dennis Cascante Hernández, Director General de Estrategia Tecnológica, que dice:

«De los señores Dennis Cascante Hernández, Director General de Estrategia Tecnológica, Luis Guillermo Chinchilla Mora, Director General a. i. del Registro Civil y Ronny Jiménez Padilla, Jefe a. i. del Departamento Legal, se conoce nuevamente oficio n.° DGET-181-2017 del 14 de julio de 2017, recibido en la Coordinación de este Consejo el 17 de agosto de 2017, mediante el cual rinden informe relativo a la valoración de solicitud de la Secretaría Ejecutiva Técnica de Donación y Trasplante de Órganos y con fundamento en una serie de consideraciones, literalmente recomiendan:

"III Recomendaciones:

Qué [sic] se adecuen [sic] los sistemas institucionales para registrar la voluntad de las personas solicitantes respecto a la donación órganos.

Qué [sic] se adecue [sic] la Plataforma de Servicios Institucional para que el Ministerio de Salud y los centros de Salud que este determine tengan acceso a consultar la información correspondiente a donación de órganos registrada en el Tribunal Supremo de Elecciones con apego a la legislación que protege la información de acceso restringido.

Qué [sic] el Departamento Electoral proponga los ajustes reglamentarios, de manuales de procedimientos, de indicadores de gestión y plan de capacitación necesarios para el inicio de la captura del nuevo dato por parte del personal destacado en las funciones de recepción de trámites de solicitudes cedulares, tanto en sede central como en sedes regionales, así como de las personas funcionarias que desempeñan los servicios de cedulación ambulante y consulados.

Que por considerarlo el mecanismo más eficiente, se establezca que la consulta en línea será la vía mediante la cual el TSE pondrá a disposición del Ministerio de Salud la información correspondiente a la condición de donante que declaren las personas al momento de solicitar su cédula y se decline la opción de imprimirlo en la cédula.".

Se dispone: Tener por rendido el informe, el cual se hará del conocimiento del Tribunal Supremo de Elecciones, con la recomendación de aprobar. Descárguese del registro de asuntos pasados a estudio individual. ACUERDO FIRME.».".

Se dispone: Aprobar conforme se recomienda. Tomen nota para lo de sus respectivos cargos los Departamentos Legal y de Comunicaciones y Relaciones Públicas, así como las Direcciones Generales del Registro Civil y de Estrategia Tecnológica. Comuníquese a la Secretaría Ejecutiva Técnica de Donación y Trasplante de Órganos. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO SEXTO. ASUNTOS DEL PADRÓN NACIONAL ELECTORAL.

A) Informe sobre sumaria del Padrón Nacional Electoral y nuevas personas electoras al mes de agosto de 2017. Del señor Luis Antonio Bolaños Bolaños, Director General del Registro Civil, se conoce oficio n.° DGRC-0872-2017 del 22 de setiembre de 2017, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Esta Dirección General con el propósito de continuar apoyando la gestión institucional bajo un enfoque de mejora continua, con el que se encuentra comprometida y en virtud de su responsabilidad constitucional de mantener actualizado el Padrón Nacional Electoral (en lo sucesivo PNE), ha dispuesto de una serie de medidas que permitirán que el PNE no se desactualice en tiempos electorales, por periodos que oscilan los 8 meses.

El mantener actualizado el PNE en todo momento, fortalece el compromiso institucional que existe con la ciudadanía mediante un registro oportuno de su información, sin detrimento a la garantía de su derecho a ejercer el sufragio en todas aquellas elecciones y consultas populares, para las cuales, de conformidad con la legislación y normativa, se encuentren conformando las listas generales de electores.

En aras de realizar un análisis de su comportamiento y el de los nuevos electores, de cara una futura elección, se giraron instrucciones al señor Carlos Arguedas Rojas, Jefe de la Sección de Padrón Electoral, para que los informes que remitía directamente al Tribunal, sean canalizados a través de este despacho y consecuentemente los informes que se hagan del Padrón Nacional Electoral y de las cantidades de nuevos electores empadronados o sin empadronar, se acompañen de informes que contengan un análisis de los datos que reflejan.

En virtud de lo anterior, los documentos remitidos por el señor Arguedas Rojas, en lo sucesivo serán sustituidos por mapas y gráficos que muestran el detalle de la siguiente información:

Me permito remitir el primer informe elaborado por esta Dirección General, con las características indicadas, de la sumaria del PNE y de nuevas personas electoras al mes de agosto del año en curso.

En esta oportunidad, es importante hacer notar que, el comparativo de nuevos electores para los comisios [sic] presidenciales, entre otros, del 2014 y 2018, arroja que para el mismo periodo que se informa, el porcentaje de nuevos electores empadronados para la elección del 2018, es un 55,22 % menor que para la elección del 2014.".

Se dispone: Tener por rendido el informe; continúe la Dirección General del Registro Civil informando sobre el particular. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO SÉTIMO. ASUNTOS EXTERNOS.

A) Consulta legislativa del proyecto de "Ley Marco para prevenir y sancionar todas las formas de discriminación, racismo e intolerancia", expediente n.° 20.174. De la señora Flor Sánchez Rodríguez, Jefa de Área de Comisiones Legislativas I de la Asamblea Legislativa, se conoce oficio n.° CEDH-291-2017 del 25 de setiembre de 2017, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"En sesión N.° 3 de 13 de setiembre de 2017, se aprobó una moción para consultar el texto dictaminado del proyecto ley: expediente N.° 20.174 “LEY MARCO PARA PREVENIR Y SANCIONAR TODAS LAS FORMAS DE DISCRIMINACIÓN, RACISMO E INTOLERANCIA”, a la institución que usted representa.

SE ADJUNTA EL TEXTO DICTAMINADO.

Le ruego evacuar la consulta en el plazo de ocho días hábiles, de acuerdo con lo que establece el artículo 157 del Reglamento de la Asamblea Legislativa.".

Se dispone: Para que se proponga el respectivo proyecto de respuesta el cual habrá de rendirse a más tardar el 2 de octubre de 2017 pase al Departamento Legal. Para su examen se fijan las 10:30 horas del 28 de setiembre de 2017. Tomen nota el referido despacho y la Secretaría General de este Tribunal que el plazo para responder la consulta planteada vence el 5 de octubre de 2017. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO OCTAVO. ASUNTOS DE ORGANISMOS ELECTORALES INTERNACIONALES.

A) Autorización para suscripción de documento en conferencia internacional. De la señora Sofía Vincenzi Guilá, Coordinadora de Operaciones del Centro de Asesoría y Promoción Electoral del Instituto Interamericano de Derechos Humanos (CAPEL/IIDH), se conoce correo electrónico recibido en la Secretaría General de este Tribunal el 22 de setiembre de 2017, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Buenos días: con ocasión de la Primera Conferencia de la Asociación de Magistradas Electorales, que tendrá lugar los días 28 y 29 de septiembre en la Ciudad de Bogotá, Colombia, el IIDH/CAPEL en su condición de Secretaría Ejecutiva, se permite hacerles llegar un documento del Acta Constitutiva preliminar.

Para esta Secretaría Ejecutiva es importante que las magistradas de su Organismo Electoral que van a participar en este encuentro revisen el documento y nos hagan llegar sus observaciones el próximo lunes 25 de septiembre para incluirlas en el documento que se va a firmar en la actividad.".

Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Autorizar a la señora Magistrada Luz de los Angeles Retana Chinchilla, quien representará a estos organismos electorales en dicha actividad, para que suscriba el referido documento. ACUERDO FIRME.

A las doce horas terminó la sesión.




Luis Antonio Sobrado González




Eugenia María Zamora Chavarría




Max Alberto Esquivel Faerron




Zetty María Bou Valverde




Luis Diego Brenes Villalobos