ACTA N.º 58-2017


Sesión ordinaria celebrada por el Tribunal Supremo de Elecciones a las diez horas del seis de julio de dos mil diecisiete, con asistencia de los señores Magistrados Luis Antonio Sobrado González quien preside, Eugenia María Zamora Chavarría, Zetty María Bou Valverde, Luis Diego Brenes Villalobos y Mary Anne Mannix Arnold.


ARTÍCULO PRIMERO. APROBACIÓN DE ACTAS ANTERIORES.

A) Se leyó y aprobó el acta de la sesión ordinaria inmediata anterior.

ARTÍCULO SEGUNDO. ASUNTOS PRESUPUESTARIOS.

A) Informe de traslado de recursos para el financiamiento anticipado a partidos políticos. Del señor José Francisco Rodríguez Siles, Director Ejecutivo, se conoce oficio n.° DE-1860-2017 del 30 de junio de 2017, recibido en la Secretaría General de este Tribunal el 3 de julio de 2017, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Para conocimiento del Superior, se informa que esta Dirección recibió memorial n° CONT-0469-2017 de la Contaduría, referido al traslado de recursos para el financiamiento anticipado a los particos políticos para las próximas Elecciones, en el que literalmente se señala:

(…)

les indico que de conformidad con la resolución Nª 0959-E10-2017 de las diez horas del treinta y uno de enero de dos mil diecisiete “Fijación de los montos de contribución del Estado a los partidos políticos para las elecciones presidenciales y legislativas 2018 y su anticipo- así como para las elecciones municipales 2020”,  esta Contaduría en la propuesta de pagos 40024 de esta semana, ha procedido con el traslado a la cuenta 73999911140142900 Tesorería Nacional del monto de ¢3.716.722.788,oo (tres mil setecientos dieciséis millones  setecientos veintidós mil setecientos ochenta y ocho colones exactos) que se encontraba disponible en la Ley de Presupuesto Ordinario para el presente ejercicio económico en el registro contable 40185002 subpartida 60404 y que corresponden al financiamiento anticipado a partidos políticos para el proceso de elecciones 2018.

No omito indicar que en la resolución de cita se define, a título de financiamiento anticipado, la suma de ¢3.754.486.044,oo (tres mil setecientos cincuenta y cuatro millones cuatrocientos ochenta y seis mil cuarenta y cuatro colones exactos), por lo que existe un monto al descubierto o faltante de ¢37.763.256,oo (treinta y siete millones setecientos sesenta y tres mil doscientos cincuenta y seis colones exactos).

Sobre el último punto indicado, cabe señalar que en oficio n° DE-1518-2017, este despacho solicitó al Consejo de Directores, que sometiera a consideración de ese Tribunal autorización para emitir petición a la Dirección de Presupuesto Nacional para realizar ajustes presupuestarios, por cuanto se debía recurrir, vía moción, a una modificación presupuestaria de carácter legislativo, a efectos de cubrir la diferencia monto al descubierto o faltante de ¢37.763.256,oo (treinta y siete millones setecientos sesenta y tres mil doscientos cincuenta y seis colones exactos), siendo que esta solicitud también se hizo de conocimiento del Superior y fue aprobada en sesión ordinaria n° 45-2017, comunicada mediante oficio STSE-0853-2017, conforme lo propuesto.

Seguidamente, como resultado de la gestión presentada por este Tribunal ante la Dirección General de Presupuesto Nacional, en el oficio de cita, el señor contador comunica que:

(…)

esta Contaduría ha sido informada por personeros de dicha dependencia hacendaria; mediante el oficio DGPN-0251-2017 de 25 de mayo del año en curso se presentó la moción solicitada, la que fue aprobada en la Comisión de Asuntos Hacendarios. Al momento de que la Ley se apruebe y publique en el Diario Oficial, procederemos a realizar una nueva propuesta de pago, trasladando los ¢37.763.256,00 a la cuenta 73999911140142900, completando con ello el financiamiento anticipado definido en la resolución que nos ocupa.".

Se dispone: Tomar nota, como al efecto también lo hará la Dirección General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO TERCERO. ASUNTOS DE ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL.

A) Atención de audiencia sobre consulta relativa a la regulación de permisos a funcionarios. De las señoras Ana Damaris Coto Barrantes y Arlene Castro Jiménez, Secretaria General Adjunta y Secretaria de Actas, respectivamente, de la Unión Nacional de Empleados Electorales y Civiles (UNEC), se conoce oficio n.° UNEC-37-2017 del 30 de junio de 2017, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiestan:

"En relación con la audiencia conferida por la Magistratura en la Sesión Ordinaria N° 52-2017, comunicado mediante oficio STSE-0992-2017 del 15 de junio del 2017, referente a la consulta sobre la regulación de permisos a funcionarios; les comunicamos que, de acuerdo al análisis correspondiente realizado por esta Junta Directiva, no existe objeción alguna en cuanto al punto en consulta. Sin embargo, hacemos la observación que, de acuerdo a la naturaleza propia de la Dirección General del Registro Civil, lo procedente en el caso de ausencias del Director General, es lo establecido en el artículo 23, de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones, que dispone:

“Las faltas temporales del Director General las suplirá un Director Interino, designado por el Tribunal. Tal designación podrá hacerse mediante recargo de funciones en uno de los Oficiales Mayores del Registro.”.".

Se dispone: Tener por atendida la audiencia concedida a la Unión Nacional de Empleados Electorales y Civiles (UNEC). Hacer ver a los estimables personeros sindicales que si bien su observación no se relaciona con el texto de la modificación reglamentaria, refleja una sana preocupación por la estricta observancia de lo preceptuado en la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y en su numeral 23 en particular. No obstante, la posibilidad apuntada por el Jefe a. i. del Departamento Legal de que se encargue al Secretario General del Registro Civil el otorgamiento de permisos, llegadas tardías y vacaciones, no vulnera la indicada regla legal, entre otras cosas porque ello no supone una sustitución del Director General en sus ausencias temporales, sino una delegación de asuntos meramente administrativos. En consecuencia, promúlguese el decreto que interesa, cuya publicación se ordena, de conformidad con el siguiente texto:

"N.º XXX-2017

EL TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 102 inciso 10) de la Constitución Política y 12 inciso ñ) del Código Electoral

DECRETA

La siguiente:

REFORMA DE LOS ARTÍCULOS 31 y 33 DEL REGLAMENTO AUTÓNOMO DE SERVICIOS DEL TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

ARTÍCULO 1.- Refórmanse los artículos 31 y 33 del Reglamento Autónomo de Servicios del Tribunal Supremo de Elecciones, decreto n.° 3-1996, publicado en La Gaceta n.° 201 del 21 de octubre de 1996, para que se lean de la siguiente manera:

Artículo 31.- Como regla de principio las licencias serán otorgadas sin goce de salario. Toda licencia o permiso que no exceda de un día dentro del mes calendario podrá ser otorgado, con goce de salario, por la jefatura inmediata de la persona funcionaria, siempre y cuando lo considere justificado. Esta licencia puede ser fraccionada como máximo en dos tractos de cuatro horas cada uno. Las licencias o permisos por más de uno y hasta tres días del mismo mes calendario, podrán ser otorgadas, sin goce de salario, por el Director General respectivo. Si exceden de ese lapso, o se trata de un permiso con goce de salario por más de un día, solo por el Tribunal Supremo de Elecciones.”

Artículo 33.- Los permisos para ausentarse en horas de labores podrán otorgarse por parte de la jefatura inmediata, previa valoración de la razonabilidad de su concesión, en atención al motivo que lo origina y la no afectación del servicio público. Se otorgarán hasta por un máximo de tres horas por día y no podrán exceder de cinco durante el mismo mes calendario, salvo que se tratare de un tratamiento médico y el interesado presentare la correspondiente justificación.

Si la jefatura inmediata no concede el permiso, la persona funcionaria podrá acudir a la Dirección correspondiente.

Se exceptúan también los casos en que circunstancias especiales, debidamente comprobadas, justifiquen el permiso a juicio del Tribunal.”.

ARTÍCULO 2.- Rige a partir de su publicación en el Diario Oficial.". ACUERDO FIRME.

B) Solicitud de modificación reglamentaria para acceder a viáticos de hospedaje por excepción. De los señores José Francisco Rodríguez Siles, Director Ejecutivo y Wagner Granados Chaves, Jefe a. i. del Departamento Legal, se conoce oficio n.° DL-290-2017 del 30 de junio de 2017, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual -según lo ordenado en el acuerdo del artículo quinto de la sesión ordinaria n.° 47-2017 del 30 de mayo de 2017- rinden informe relativo a la solicitud planteada por el señor Luis Antonio Bolaños Bolaños, Director General del Registro Civil, para que se considere realizar una modificación reglamentaria para acceder a viáticos de hospedaje por excepción y con fundamento en una serie de consideraciones, literalmente recomiendan:

"IV. Recomendación.

Previo a emitir un criterio legal sobre la promulgación del Reglamento sobre el Pago de Viáticos de Hospedaje por Excepción se recomienda que se envíe consulta a la Contraloría General de la República a fin de que dicho órgano se refiera a si es procedente que por la vía de un reglamento interno se excepcione la presentación de facturas por concepto de hospedaje cuando los funcionarios o funcionarias del Tribunal deban ejercer sus labores en zonas de difícil acceso geográfico.

De acogerse la presente recomendación y, si a bien lo tiene el Superior, el Departamento Legal podría formular el proyecto de consulta para el caso que nos ocupa.".

Se dispone: Aprobar conforme se recomienda. La Secretaría General de este Tribunal planteará la referida consulta al órgano contralor. ACUERDO FIRME.

C) Prórroga para referirse a modificaciones al Manual Descriptivo de Clases de Puestos. De los señores Gerardo Zamora Ramírez y Arlene Castro Jiménez, Secretario de Finanzas y Secretaria de Actas, respectivamente, de la Unión Nacional de Empleados Electorales y Civiles (UNEC), se conoce oficio n.° UNEC-38-2017 del 4 de julio de 2017, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"En relación al oficio STSE-1015-2017 del 20 de junio del 2017 y con el fin de brindar el criterio pertinente, solicitamos se nos conceda una prórroga del plazo por otro tanto.".

Se dispone: Conceder la prórroga conforme se solicita. ACUERDO FIRME.

Sale del salón de sesiones el señor Magistrado Brenes Villalobos.

D) Trámites de la Comisión de Carrera Profesional. De la señora Jocelyn Brown Pérez, Jefa del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° CCP-0122-2017 del 3 de julio de 2017, recibido en la Secretaría General de este Tribunal el 5 de julio de 2017, mediante el cual literalmente manifiesta:

"De conformidad con lo que establece el artículo 28 del Reglamento para el Régimen de Carrera Profesional de este organismo electoral, me permito hacer de su conocimiento lo resuelto por esta comisión, en sesión número 03-2017 celebrada el pasado 02 de junio, con la finalidad de que el Tribunal se sirva resolver lo que estime pertinente de acuerdo al siguiente detalle:

ACTA Nº 03-2017

NOMBRE DEL FUNCIONARIO

SOLICITA

José Andrés Blanco Chaves

Ajuste

Marco Antonio Amador Chacón

Ajuste

Jorge Enrique Monge Alvarado

Ajuste

Verónica Quesada Portuguez

Ajuste

Gabriel Valverde Prado

Ajuste

Randall Cordero Sandí

Ajuste

Franklin Mora González

Ajuste

Greddy Fallas Fallas

Ajuste

Ileana Aguilar Olivares

Ajuste

Verónica Portocarrero Porras

Ajuste

Gerardo Arroyo Víquez

Ajuste

Juan Pablo Quirós Loaiza

Ajuste

Lucrecia Hoffmann Brenes

Ajuste

Carolina Madrigal Chacón

Ajuste

Josué Rojas Rojas

Ajuste

Laura González Acuña

Ajuste

Greivin Tencio Rojas

Ajuste

Ileana Ovares Barquero

Ajuste

Rebeca Chacón Zúñiga

Ajuste

Paola Alvarado Quesada

Ajuste

Maricel Vargas Jiménez

Ajuste

María Arias Calderón

Ajuste

Xinia Mayela Blanco Obando

Ajuste

Kattia Varela Gómez

Ajuste

Luis Diego Brenes Villalobos

Ajuste".


Se dispone: Aprobar. ACUERDO FIRME.

Reingresa al salón de sesiones el señor Magistrado Brenes Villalobos.

E) Prórrogas de nombramientos interinos en distintas oficinas. De la señora Jocelyn Brown Pérez, Jefa del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° RH-2299-2017 del 3 de julio de 2017, recibido en la Secretaría General de este Tribunal el 5 de julio de 2017, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Para los efectos consiguientes, me permito someter a consideración del Tribunal Supremo de Elecciones las prórrogas de los nombramientos interinos que vencen el próximo 15 y 31 de julio, así como las respectivas cadenas también de nombramientos interinos que se generan como producto de los primeros, todo de acuerdo con el detalle que se muestra en el siguiente cuadro:

NOMBRE DEL SERVIDOR

OFICINA / DEPARTAMENTO

NÚMERO Y CLASE

DEL PUESTO

  1. Calderón Chavarría Carlos Rolando

Sección de Actos Jurídicos

104985, Asistente Funcional 2

  1. Mata Gutiérrez Luis

Sección de Actos Jurídicos

76371, Asistente Funcional 2

  1. Alfaro Cortés María Eugenia

Oficina Regional de Upala

54398, Profesional Ejecutor 1

  1. Loaiza Ortiz Marvin Guillermo

Oficina Regional de Upala

47864, Asistente Administrativo 2

  1. Castro Badilla William

Oficina de Seguridad Integral

357835, Asistente Funcional 1

  1. Víquez Trejos Cindy Natalia

Departamento Civil

45652, Asistente Administrativo 1

  1. Alvarado Hidalgo Cristhian Javier

Oficina de Seguridad Integral

95545, Técnico Funcional 1

  1. Martínez Bonilla Kenneth

Sección de Actos Jurídicos

45862, Asistente Funcional 2

  1. Campos Ramírez Dionisio José

Sección de Ingeniería y Arquitectura

45609, Asistente Administrativo 2

  1. Valverde Campos Eddie Fabián

Coordinacion de Servicios Regionales

93963, Asistente Administrativo 1

  1. Tencio Rojas Greivin

Departamento Legal

45715, Profesional en Gestión 2

  1. Sequeira Valverde Alexander

Oficina Regional de Sarapiquí

54402, Profesional Ejecutor 1

  1. Méndez Gutiérrez Stephanie

Oficina Regional de Pérez Zeledón

45944, Asistente Administrativo 2

  1. Torres Serrano Guido Francisco

Sección de Inscripciones

349945, Asistente Administrativo 1

  1. Aguilar Hernández Steven

Sección de Archivo

90232, Asistente Administrativo 1

  1. Rocha Gutiérrez Luis Diego

Oficina Regional de Los Chiles

54399, Profesional Ejecutor 1

  1. Sánchez Carranza Wilson Antonio

Oficina Regional de Los Chiles

47865, Asistente Administrativo 2

  1. Guadamuz Briceño Miguel Ángel

Oficina Regional de Santa Cruz

45914, Profesional Ejecutor 1

  1. Torres Abarca Yamileth

Departamento de Contaduría

45439, Profesional Ejecutor 3

  1. Rojas Ureña Andrea Ileana

Sección de Cédulas

45794, Asistente Funcional 2

  1. Vargas Jiménez Maricel

Oficina Regional de Limón

46092, Profesional en Gestión 1

  1. Barnett Thompson Dana Lorena

Oficina Regional de Limón

46147, Asistente Funcional 2

  1. Salazar Sorio Annie Livia

Oficina Regional de Limón

54400, Asistente Administrativo 2

  1. Leitón Alvarado Guiselle

Dirección General de Estrategia Tecnológica

86303, Profesional Funcional 1

  1. Villegas Orozco Alicia Tatiana

Departamento Civil

72872, Asistente Funcional 2

  1. Bolaños González Isabel Cristina

Oficina Regional de Grecia

101924, Asistente Administrativo 2

  1. Fernández Rivera Daniel

Dirección General del Registro Civil

45872, Asistente Administrativo 1

  1. Hernández Campos María Laura

Departamento de Comunicación y Relaciones Públicas

349930, Profesional Asistente 1

  1. Sandoval Arguedas María Alejandra

Del 16-7-2017 al 31-12-2017

Sección de Solicitudes Cedulares

45774, Asistente Administrativo 1


Todas las personas que se incluyen en el anterior cuadro laboran actualmente en los puestos que se indican y lo que se requiere es prorrogar sus nombramientos interinos por un nuevo lapso.  En el caso de quienes se anotan en las líneas 1 a 10 sería a partir del 16 de julio y para quienes se incluyen en las líneas 11 a 28 a partir del 1° de agosto, siendo en todos los casos por un lapso de 6 meses prorrogables según artículo 9 del reglamento a nuestra Ley de Salarios o hasta que se concrete el trámite respectivo para designar al nuevo propietario o regrese el titular de la plaza a ocuparla (según sea el caso), lo que ocurra primero.

Para el caso de la colaboradora incluida en la línea 29 del cuadro, se solicita prorrogar su actual nombramiento interino por el lapso que se indica, en virtud de que el titular del puesto se encuentra ascendido en un puesto profesional de Servicios Especiales, cuya permanencia presupuestaria es hasta finales de diciembre del año en curso.".

Se dispone: Prorrogar conforme se solicita, con la observación según la cual eventuales nuevas prórrogas deben ser expresamente autorizadas por este Tribunal. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO CUARTO. ASUNTOS DEL CONSEJO DE DIRECTORES.

A) Informe de la I Auditoría de Seguimiento de la Certificación ISO 9001:2008. De la señora Verónica Quesada Portuguez, Prosecretaria General a. i. de este Tribunal, se conoce oficio n.° CDIR-0221-2017 del 4 de julio de 2017, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Se comunica el acuerdo adoptado en el artículo tercero de la sesión ordinaria n.º 30-2017, celebrada el 4 de julio de 2017 por el Consejo de Directores, integrado por los señores Erick Adrián Guzmán Vargas, Secretario General del Tribunal Supremo de Elecciones quien preside; Luis Antonio Bolaños Bolaños, Director General del Registro Civil; José Francisco Rodríguez Siles, Director Ejecutivo; Héctor Enrique Fernández Masís, Director General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos; Rodrigo Abdel Brenes Prendas, Director General a. i. del Instituto de Formación y Estudios en Democracia y Armenia Masís Soto, Directora General a. i. de Estrategia Tecnológica, que dice:

«De la señora Marcela Retana Bejarano, Encargada del Órgano Técnico de Gestión de Calidad, se conoce oficio n.° OTGC-012-2017 del 3 de julio de 2017, recibido el mismo día en la Coordinación de este Consejo, mediante el cual remite el Informe Final de la I Auditoría de Seguimiento de la Certificación ISO 9001:2008 a los procesos registrales civiles, de apoyo, estratégicos y de control, efectuada del 26 al 30 de junio de 2017 por INTECO.

Se dispone: Tomar nota del contenido de dicho informe. Respecto de sus conclusiones, con beneplácito, tener por establecidos los referidos puntos fuertes. En relación con las oportunidades de mejora, para que informen en el plazo de diez días hábiles, pasen la 1, 2, y 8 a) a la Dirección General del Registro Civil; la 3, 4 y 5 a la Dirección Ejecutiva; la 6 a la Dirección General del Registro Civil y a la Dirección General de Estrategia Tecnológica; la 7 a la Dirección General de Estrategia Tecnológica y la 8 b) a la Secretaría General del TSE. En cuanto a las observaciones, para que informen en el plazo de diez días hábiles estableciendo responsables y plazos de su cumplimiento- pasen la 1, 2, 3 y 4 a la Dirección Ejecutiva; la 5 a la Secretaría General del TSE y la 6 y 7 a la Dirección General del Registro Civil. Este Consejo toma nota -con sumo agrado- de la inexistencia de “No conformidades”, según la evaluación realizada por INTECO en esta ocasión y en tal virtud, felicita a los funcionarios que se relacionaron con dicha auditoría. Proceda el Departamento de Comunicaciones y Relaciones Públicas con la debida divulgación del presente acuerdo y del respectivo informe. Hágase del conocimiento del Tribunal Supremo de Elecciones. ACUERDO FIRME.».".

Se dispone: Tomar nota. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO QUINTO. ASUNTOS DEL REGISTRO CIVIL.

A) Autorización para firmar certificaciones del Registro Civil. Del señor Luis Guillermo Chinchilla Mora, Director General a. i. del Registro Civil, se conoce oficio n.° DGRC-0530-2017 del 30 de junio de 2017, recibido en la Secretaría General de este Tribunal el 3 de julio de 2017, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Respetuosamente elevo a conocimiento del Superior, el oficio DC-2050-2017 del 15 de junio del año en curso, mediante el cual solicita autorización para firmar certificaciones la siguiente funcionaria:

NOMBRE

CÉDULA

OFICINA

Daniela Coto Montero

1-1241-0401

Departamento Civil


Sobre el particular y con la finalidad de no desmejorar el servicio al público, el suscrito muy respetuosamente solicita se conceda la autorización requerida.".

Se dispone: De conformidad con lo dispuesto en el párrafo segundo del artículo 110 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil, se autoriza a la referida funcionaria para que firme certificaciones y constancias del Departamento Civil, a partir de la respectiva publicación en el Diario Oficial. Para esos efectos regístrense la firma y el sello que utilizará. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO SEXTO. ASUNTOS DEL INSTITUTO DE FORMACIÓN Y ESTUDIOS EN DEMOCRACIA.

A) Autorización para la realización de seminario internacional. Del señor Hugo Picado León, Director General del Instituto de Formación y Estudios en Democracia (IFED), se conoce oficio n.° IFED-296-2017 del 26 de junio de 2017, recibido el día siguiente en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Me permito informarle que el próximo 7 y 8 de setiembre, junto con la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), y su Instituto de Investigaciones Jurídicas, realizaremos el seminario “Buenas prácticas, aprendizajes y retos de la inclusión social y política de las mujeres en América Central, México y República Dominicana”. La actividad se desarrollará en el Instituto Cultural de México, en Los Yoses, el día 7 de setiembre de 8.30 horas a las 17.00 horas, y el día 8 de setiembre de la 8.30 horas hasta las 12 horas.

El seminario internacional tiene el objetivo de reflexionar de manera multidisciplinar, plural y crítica, sobre los desafíos actuales de la participación y la representación sociopolítica de la mujer en los sistemas políticos, e identificar buenas prácticas en la región para el rompimiento de barreras que dificultan su plena participación en la vida democrática.

En la actividad se espera contar con la participación de al menos 75 personas entre invitados nacionales e internacionales. A nivel internacional, vendrán representantes de la UNAM, del Instituto Nacional Electoral de México, así como de los organismos electorales de Guatemala, Honduras, República Dominicana y Panamá. Se ha convocado también a representantes de organizaciones de la sociedad civil que trabajan en esta área temática.

En relación con los gastos del seminario, éstos serán cubiertos por las instituciones convocantes y por los propios participantes. A nuestra institución le corresponde cubrir el costo del hospedaje y alimentación de los invitados, el transporte interno, así como valorar la posibilidad de cubrir un boleto aéreo, correspondiente a la señora María del Carmen Alanís Figueroa, quien participaría en calidad de expositora.

Para atender el compromiso institucional, se ha solicitado a la Dirección Ejecutiva, mediante oficio IFED-0209-2017 e IFED-0218-2017, la asignación de los recursos económicos conforme se detallan a continuación:

Descripción del objeto

Costo estimado

Servicio de hospedaje y alimentación para 15 personas, 3 noches (6, 7 y 8 de setiembre).

US $ 5.520,00

Servicio de alimentación durante la actividad para 75 personas (dos refrigerios y un almuerzo).

¢ 900.000,00

Boleto aéreo Boston-San José-Boston

US $ 750,00


Con base en lo expuesto, respetuosamente solicitamos al Superior su apoyo para lo siguiente:

1)  Que se autoricen los gastos detallados en la tabla citada supra, correspondiente al pago de servicio de hospedaje y alimentación en el hotel, alimentación durante la actividad, y compra de boleto aéreo para la señora Alanís Figueroa.

2) Que se autorice el servicio de transporte institucional para los invitados internacionales.

3) Que nos indique, a fin de incluir en el programa, el representante del Superior que participará en el acto inaugural.".

Se dispone: Aprobar conforme se propone. Para atender la inauguración del evento y en representación de este Tribunal se designa a la señora Magistrada Eugenia María Zamora Chavarría. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO SÉTIMO. ASUNTOS INTERNOS DIVERSOS.

A) Informe relativo a la autoevaluación de calidad de la Auditoría Interna. Del señor Óscar Alberto León Alonso, Auditor Interno, se conoce oficio n.° AI-140-2017 (SUSTITUIR) del 30 de junio de 2017, recibido en la Secretaría General de este Tribunal el 3 de julio de 2017, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Para los fines pertinentes y con la aprobación del suscrito, me permito acompañar el Informe N.° IPAC-01-2017, relativo a la autoevaluación de calidad de esta Auditoría Interna, correspondiente al período 2016.

Dicho informe se emite en cumplimiento del numeral 1.3 de las “Normas para el ejercicio de la auditoría interna en el Sector Público”, así como en lo dispuesto por las “Directrices para la autoevaluación anual y la evaluación externa de calidad de las auditorías internas del Sector Público”, emitidas por la Contraloría General de la República.

No omito manifestar que conforme a lo requerido por las mencionadas directrices, el informe que se adjunta fue puesto en conocimiento del personal de esta Auditoría Interna.".

Se dispone: Tener por rendido el informe; continúese informando sobre el particular. Hágase del conocimiento del Consejo de Directores. ACUERDO FIRME.

B) Solicitud de prórroga para referirse al informe de seguimiento sobre recomendaciones de la emisión de cédulas en oficinas centrales y regionales. De los señores Luis Antonio Bolaños Bolaños, Director General del Registro Civil y José Francisco Rodríguez Siles, Director Ejecutivo, se conoce oficio n.° DGRC-0537-2017 del 3 de julio de 2017, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiestan:

"En atención a lo dispuesto por el Tribunal Supremo de elecciones, en sesión ordinaria n.° 53-2017, comunicado mediante oficio STSE-1027-2017 del 20 de junio del año en curso, relacionado con el oficio n. ° AI-123-2017 del 19 de junio del presente año, suscrito por el señor Óscar Alberto León Alonso, Auditor Interno, en el que remite documento denominado: “Informe de seguimiento n.° SRICI-03-2017, sobre las recomendaciones contenidas en el informe de control interno n.° ICI-010-2014, relativo a la verificación de los procesos de emisión de cédulas de identidad en Oficinas Regionales, comparativamente con los procesos que se ejecutan en las Oficinas Centrales”, respetuosamente solicitamos se prorrogue el plazo definido por el Superior en 5 días hábiles adicionales.".

Se dispone: Conceder la prórroga conforme se solicita. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO OCTAVO. ASUNTOS EXTERNOS.

A) Mecanismo General de Consulta Indígena. De la señora Ana Gabriela Zúñiga Aponte, Viceministra de Asuntos Políticos y Diálogo Ciudadano del Ministerio de la Presidencia, se conoce oficio n.° DVMP-AGZA-303-2017 del 20 de junio de 2017, recibido en la Secretaría General de este Tribunal el 3 de julio de 2017, mediante el cual se refiere al proceso participativo de construcción de un Mecanismo General de Consulta Indígena, llevado a cabo por ese Viceministerio, con el fin de que este Tribunal valore la posibilidad de adoptarlo, para la toma de decisiones administrativas o normativas que guarden relación con la población indígena, dada la obligación internacional del Estado costarricense de contar con un mecanismo como este, según expone.

Se dispone: Este Tribunal queda a la espera de la emisión del decreto respectivo para su consideración. ACUERDO FIRME.

B) Resolución que declara sin lugar recurso de amparo de la Cámara de Empresarios del Combustible contra el TSE. De la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, se conoce cédula de notificación relativa a la resolución n.° 2017-010000 de las nueve horas y quince minutos del treinta de junio de dos mil diecisiete, recibida en la Secretaría General de este Tribunal el 4 de julio de 2017, que es recurso de amparo planteado por el señor Alberto Mesén Madrigal, a favor de la Cámara de empresarios del combustible contra este Tribunal y que fue declarado sin lugar.

Se dispone: Tomar nota. Hágase del conocimiento de la Dirección General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos, del Departamento Legal y de la Unidad de Letrados de este Tribunal. ACUERDO FIRME.

C) Consulta legislativa del proyecto de "Ley contra el acoso yo violencia política contra las mujeres". Expediente n.° 20.308. De la señora Ana Julia Araya Alfaro, Jefa de Área de la Comisión Permanente Especial de la Mujer de la Asamblea Legislativa, se conoce oficio n.° AL-CPEM-096-2017 del 4 de julio de 2017, recibido vía correo electrónico el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"La Comisión Permanente Especial de la Mujer, en su sesión ordinaria N.° 02 celebrada el miércoles 28 de junio de 2017, aprobó una moción que dispuso consultar su criterio sobre el proyecto de ley: “LEY CONTRA EL ACOSO Y/O VIOLENCIA POLÍTICA CONTRA LAS MUJERES”, Expediente N° 20.308, que me permito adjuntar.

Se le agradecerá evacuar la anterior consulta en el plazo de ocho días hábiles, de acuerdo con lo que establece el artículo 157 del Reglamento de la Asamblea Legislativa, según el cual: “Si transcurridos ocho días hábiles no se recibiere respuesta a la consulta, se tendrá por entendido que el organismo consultado no tiene objeción que hacer al proyecto.".

Se dispone: Para que se proponga el respectivo proyecto de respuesta -el cual habrá de rendirse a más tardar el 12 de julio de 2017- pase a los señores Andrei Cambronero Torres y María Quesada Chaves. Para su examen se fijan las 10:30 horas del 11 de julio de 2017. Tomen nota los referidos funcionarios y la Secretaría General de este Tribunal que el plazo para responder la consulta planteada vence el 14 de julio de 2017. ACUERDO FIRME.

D) Consulta legislativa del proyecto de "Ley reguladora del pago por restricción al ejercicio liberal de la profesión en el sector público". Expediente n.° 20.349. De la señora Ana Julia Araya Alfaro, Jefa de Área de Comisiones Legislativas II de la Asamblea Legislativa, se conoce oficio n.° AL-CPAS-204-2017 del 5 de julio de 2017, recibido vía correo electrónico el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"La Comisión Permanente de Asuntos Sociales, aprobó una moción que dispuso consultar su criterio sobre el proyecto de ley: Expediente N° 20.349 LEY REGULADORA DEL PAGO POR RESTRICCION AL EJERCICIO LIBERAL DE LA PROFESIÓN EN EL SECTOR PÚBLICO” [sic], el cual me permito copiar de forma adjunta.

Contará con ocho días hábiles para emitir la respuesta de conformidad con lo establecido por el artículo 157 del Reglamento de la Asamblea Legislativa; y le comunico que la Comisión ha dispuesto no conceder prórrogas.".

Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Para que se proponga el respectivo proyecto de respuesta -el cual habrá de rendirse a más tardar el 12 de julio de 2017- pase a los señores José Francisco Rodríguez Siles, Director Ejecutivo, y Wagner Granados Chaves, Jefe a. i. del Departamento Legal. Para su examen se fijan las 11:00 horas del 11 de julio de 2017. Tomen nota los referidos funcionarios y la Secretaría General de este Tribunal que el plazo para responder la consulta planteada vence el 17 de julio de 2017. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO NOVENO. ASUNTOS DE ORGANISMOS ELECTORALES INTERNACIONALES.

Sale del salón de sesiones la señora Magistrada Mannix Arnold.

A) XXXI Conferencia de la Asociación de Organismos Electorales de Centroamérica y del Caribe (PROTOCOLO DE TIKAL). Del señor David Matamoros Batson, Magistrado Presidente del Tribunal Supremo Electoral de la República de Honduras, se conoce memorial del 1.° de julio de 2017, recibido vía correo electrónico en la Secretaría General de este Tribunal el 5 de julio de 2017, mediante el cual literalmente manifiesta:

"La República de Honduras será sede de la XXXI Conferencia de la Asociación de Organismos Electorales de Centroamérica y del Caribe (PROTOCOLO DE TIKAL), misma que reunirá a Presidentes y Magistrados de los diferentes Organismos Electorales de la región, a celebrarse del 01 al 04 de agosto del presente año en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central.

En tal virtud, en nombre del Tribunal Supremo Electoral de Honduras, me complace extenderle cordial invitación para que usted y un (a) Magistrado (a) del Organismo Electoral que usted preside, nos acompañen en este importante evento.

Los gastos correspondientes a los dos participantes serán cubiertos por este ente Electoral, con el apoyo logístico del Centro de Asesoría y Promoción Electoral (CAPEL). El arribo de las delegaciones a nuestro país, se tiene contemplado para el día martes 01 de agosto de 2017 y su salida a sus respectivos destinos el día viernes 4 de agosto.

Agradeceremos comunicar tan pronto le sea posible los nombres de quienes integrarán la delegación de su Organismo Electoral, para poder iniciar oportunamente los tramites logísticos y reserva de los boletos aéreos.

Las confirmaciones deberán hacerse antes del 15 de julio (…).".

Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Agradecer al señor Magistrado Presidente Matamoros Batson la cordial invitación que cursa. Para atenderla se designa a los señores Magistrados Juan Antonio Casafont Odor y Mary Anne Mannix Arnold.

Dado que en el acuerdo del artículo cuarto de la sesión ordinaria n.° 32-2017, celebrada el 6 de abril de 2017, ante solicitud de disfrute de vacaciones del señor Magistrado Presidente Sobrado González se había designado a la señora Magistrada suplente Mannix Arnold para sustituirlo del 24 de julio al 4 de agosto de 2017, ambos días inclusive para sustituir al primero del 1.° al 4 de agosto, previo sorteo de rigor, se designa a la señora Magistrada Luz de los Ángeles Retana Chinchilla.

De conformidad con lo establecido por este Tribunal en el inciso h) del artículo cuarto de la sesión ordinaria n.º 87-2008, celebrada el 02 de octubre de 2008, en relación con el viaje en cuestión se detalla lo siguiente:

Nombre completo del funcionario (a)

Cargo que desempeña

País (es) a visitar

Período del viaje

Objetivos del viaje

Monto del adelanto de gastos de viaje y justificación

Gastos conexos y justificación

Juan Antonio Casafont Odor

Magistrado suplente

República de Honduras

1.° al 4 de agosto de 2017

XXXI Conferencia de la Asociación de Organismos Electorales de Centroamérica y del Caribe (PROTOCOLO DE TIKAL)

Ninguno.

Ninguno.

Mary Anne Mannix Arnold

Ídem

Ídem

Ídem

Ídem

Ídem

Ídem


ACUERDO FIRME.

Reingresa al salón de sesiones la señora Magistrada Mannix Arnold.

A las doce horas terminó la sesión.




Luis Antonio Sobrado González





Eugenia María Zamora Chavarría





Zetty María Bou Valverde





Luis Diego Brenes Villalobos





Mary Anne Mannix Arnold