ACTA N.º 104-2019


Sesión ordinaria celebrada por el Tribunal Supremo de Elecciones a las nueve horas del treinta y uno de octubre de dos mil diecinueve, con asistencia de los señores Magistrados Luis Antonio Sobrado González          quien preside, Eugenia María Zamora Chavarría, Max Alberto Esquivel Faerron, Luz de los Ángeles Retana Chinchilla y Luis Diego Brenes Villalobos.


ARTÍCULO PRIMERO. APROBACIÓN DE ACTAS ANTERIORES.

A) Se leyó y aprobó el acta de la sesión ordinaria inmediata anterior.

ARTÍCULO SEGUNDO. INFORMES DE LOS SEÑORES MAGISTRADOS.

A) Informe de participación en la Misión de Acompañamiento para las Elecciones en Bolivia. Del señor Hugo Ernesto Picado León, Magistrado suplente de este Tribunal, se conoce oficio n.° IFED-367-2019 del 28 de octubre de 2019, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual rinde informe relativo a su participación en la Misión de Acompañamiento para las Elecciones Presidenciales y Legislativas del Estado Plurinacional de Bolivia, celebrada el 20 de octubre de 2019.

Se dispone: Tener por rendido el informe. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO TERCERO. ASUNTOS DE ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL.

A) Solicitud del funcionario Walter Antonio Álvarez Salgado para regresar a su puesto en propiedad. De la señora Kattya Varela Gómez, Subjefa del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° RH-2269-2019 del 25 de octubre de 2019, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"En sesión ordinaria n°.59-2017, celebrada el 11 de julio de 2017 por el Tribunal Supremo de Elecciones, oficio STSE-1187-2017 de igual fecha, el superior aprobó, entre otros movimientos, el ascenso interino del señor Walter Antonio Álvarez Salgado en el puesto n°.370684, plaza de servicios especiales de Profesional Asistente en Derecho 2, clase Profesional Asistente 2, destacado en la Dirección Ejecutiva (Ubicación física en Opciones y Naturalizaciones). Sin embargo, en nota recibida el pasado 24 de octubre suscrita por el señor Walter Álvarez Salgado, -por los motivos que se sirve exponer- solicita regresar a su plaza en propiedad n°.45690 perteneciente a la clase Técnico Funcional 2, puesto Oficial Calificador, destacada en la Sección de Opciones y Naturalizaciones y que recientemente fue reclasificado a Profesional Ejecutor 3.

Es menester indicar que, producto de la solicitud pretendida por el señor Álvarez Salgado, se requiere realizar los siguientes descensos: el señor Francisco Sánchez Calderón, actual ocupante de la plaza n°.45690, deberá regresar al puesto n°.45725; la señora Kattia Castro Navarro, actual ocupante de la plaza n° 45725, deberá regresar a la plaza n°.357808; la señora Johanna Hernández Acuña, actual ocupante de la plaza n°.357808, deberá regresar al puesto n°.101923; y por último se tendría que realizar el cese de funciones de la señora Johanna Cruz Solano, actual ocupante de la plaza n°.101923. 

Con respecto a la fecha en que desea el titular en propiedad del puesto n°.45690, señor Álvarez Salgado, es menester indicar que, quien ocupa el último eslabón de la cadena de movimientos que ahora interesa, la funcionaria Johanna Cruz Solano, ingresó a este organismo electoral el 3 de diciembre de 2018, razón por la cual ha acumulado poco más de 10 meses. Así las cosas, según el artículo 28 del Código de Trabajo, el cese de funciones debe comunicarse con 15 días mínimo de antelación, situación que no se cumpliría de aprobarse el regreso del señor Álvarez Salgado a su plaza en propiedad el próximo 1° de noviembre.

En esa línea de pensamiento, expuesto lo anterior, queda a criterio del superior autorizar la incorporación a la plaza en propiedad del funcionario Walter Álvarez Salgado el 1° ó 16 de noviembre próximo, según se considere oportuno.".

Se dispone: En virtud de lo expuesto por el Departamento de Recursos Humanos, autorizar el regreso del señor Álvarez Salgado, a su plaza en propiedad a partir del 16 de noviembre de 2019. ACUERDO FIRME.

B) Solicitud de la funcionaria Paola Arguedas Castellón para regresar a su puesto en propiedad. De la señora Kattya Varela Gómez, Subjefa del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° RH-2330-2019 del 29 de octubre de 2019, recibido el día siguiente en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"En atención a la sesión ordinaria n°.92-2019, celebrada el 26 de setiembre de 2019 por el Tribunal Supremo de Elecciones comunicada en oficio STSE-2245-2019 de igual fecha, el superior aprobó, entre otros movimientos, el ascenso interino de la señora Paola Arguedas Castellón en el puesto n°.370857, plaza de servicios especiales de Profesional en Administración Electoral 1, clase Profesional Ejecutor 3, destacada en la Dirección General del Registro Electoral.

Sin embargo, en nota recibida el pasado 24 de octubre de los corrientes suscrita por la señora Arguedas Castellón, -por los motivos que se sirve exponer- solicita regresar a su plaza en propiedad n°.357807 perteneciente a la clase Profesional Asistente 2, puesto Profesional Asistente en Derecho 2, destacada en la Sección de Opciones y Naturalizaciones y que recientemente fue reclasificada a Profesional Ejecutor 3, según el “Informe Técnico MRC-6 Estudio Administrativo de la Sección de Opciones y Naturalizaciones Mejora en el Registro Civil 1 Etapa”.

Es menester indicar que, actualmente la plaza No. 357807 se encuentra vacante, por lo que dicha gestión, no produce mayor afectación. Expuesto lo anterior, salvo superior criterio, se solicita autorizar dicho movimiento a partir del 1° de noviembre de los corrientes.

Dicha solicitud cuenta con el aval del señor Héctor Fernández Masís, Director General del Registro Electoral y Financiamiento de Partidos Políticos.".

Se dispone: En virtud de lo expuesto por el Departamento de Recursos Humanos, autorizar el regreso de la señora Arguedas Castellón, conforme se propone. ACUERDO FIRME.

C) Nombramientos interinos en distintas unidades administrativas. Del señor Erick Adrián Guzmán Vargas, Secretario General de este Tribunal, se conoce oficio n.° STSE-2553-2019 del 28 de octubre de 2019, mediante el cual literalmente manifiesta:

"En atención a lo solicitado por las respectivas jefaturas, según lo planteado por el Departamento de Recursos Humanos y de conformidad con lo estipulado en el artículo 25 del Reglamento a la Ley de Salarios y Régimen de Méritos del TSE, me permito proponer la aprobación de lo siguiente:

1.- De los nombramientos interinos que se detallan a continuación:



OFICINA / DEPARTAMENTO

NÚMERO Y CLASE

DEL PUESTO

CONDICIÓN DE LA PLAZA

CANDIDATO Y PERIODO DEL NOMBRAMIENTO

  1. Contraloría Electoral

353693,

Asistente Administrativo 1

Plaza de cargos fijos temporalmente vacante, en virtud del ascenso interino de su anterior ocupante.

Luis Enrique Macías Alvarenga,

1°-NOV al 31-DIC de 2019 o hasta que regrese su anterior ocupante, lo que ocurra primero. El candidato que se propone labora en un puesto de la misma clase, en la Sección de Archivo, por lo que se solicita un traslado, es menester indicar que, este Departamento ha realizado las consultas a los /as integrantes del Registro de Elegibles Permanente, no obstante, se encuentra agotado para nombramientos interinos.

El candidato propuesto no forma parte del citado registro.

  1. Contraloría Electoral

361432,

Asistente Administrativo 2

Plaza de cargos fijos temporalmente vacante, en virtud del ascenso interino de su anterior ocupante.

José María Cascante Zúñiga,

1°-NOV al 31-DIC de 2019 o hasta que regrese su propietario o su anterior ocupante, lo que ocurra primero. El candidato que se propone labora en un puesto de la clase Asistente Administrativo 1, en esa misma dependencia, por lo que se encuentra en línea directa de ascenso.

Este nombramiento se solicita con base en el artículo 36 bis del Reglamento a la Ley de Salarios.

  1. Departamento de Programas Electorales (Actos Jurídicos)

378122,

Técnico Funcional 2 -SU-

Plaza de servicios especiales.              -Salario único-.

Sharon Ansuette Molina Hernández,

1°-NOV al 31-DIC de 2019.

La candidata que se propone labora en un puesto de la clase Profesional Asistente 1 -SU-, en el Departamento de Programas Electorales (PIC), y mediante nota adjunta manifiesta estar de acuerdo con el descenso que se pretende.

Este nombramiento se solicita con base en el artículo 36 bis del Reglamento a la Ley de Salarios, sin embargo, no aplicaría. 

  1. Departamento de Programas Electorales (PAE)

357839,

Técnico Funcional 2

Plaza de servicios especiales, temporalmente vacante en virtud de la licencia por maternidad de su anterior ocupante.             

Álvaro Córdoba Murillo,

1°-NOV al 31-DIC de 2019 o hasta que regrese su anterior ocupante, lo que ocurra primero. El candidato que se propone labora en un puesto de la clase Técnico Funcional 1, en la Sección de Solicitudes Cedulares, por lo que se encuentra en línea directa de ascenso. 

Este nombramiento se solicita con base en el artículo 36 bis del Reglamento a la Ley de Salarios. 

  1. Dirección Ejecutiva

353443,

Asistente Administrativo 1

Plaza de servicios especiales.               

Luis Pablo Garro Fernández,

1°-NOV al 31-DIC de 2019 o hasta que regrese su anterior ocupante, lo que ocurra primero. El candidato que se propone no labora actualmente en la institución, no obstante, pertenece al Registro Temporal de Elegibles y por su nota es el siguiente en nombrar según la lista de candidatos /as disponibles que integran ese Registro.

  1. Departamento de Programas Electorales (PIP)

377991,

Asistente Administrativo 1 S.U.

Plaza de servicios especiales.                 -Salario único-.

Diego Andrés Granados Alpízar,

1°-NOV al 31-DIC de 2019.

El candidato que se propone no labora actualmente en la institución, no obstante, pertenece al Registro Temporal de Elegibles y por su nota es el siguiente en nombrar según la lista de candidatos /as disponibles que integran ese Registro.

  1. Departamento de Programas Electorales (PIP)

377992,

Asistente Administrativo 1 S.U.

Plaza de servicios especiales.                 -Salario único-.

Luis Alonso Hidalgo Sánchez,

1°-NOV al 31-DIC de 2019.

El candidato que se propone no labora actualmente en la institución, no obstante, pertenece al Registro Temporal de Elegibles y por su nota es el siguiente en nombrar según la lista de candidatos /as disponibles que integran ese Registro.

  1. Departamento de Programas Electorales (PIP)

377993,

Asistente Administrativo 1 S.U.

Plaza de servicios especiales.                 -Salario único-.

Raquel Judith Montero Leiva,

1°-NOV al 31-DIC de 2019.

La candidata que se propone no labora actualmente en la institución, no obstante, pertenece al Registro Temporal de Elegibles y por su nota es la siguiente en nombrar según la lista de candidatos /as disponibles que integran ese Registro.

  1. Departamento de Programas Electorales (PEPR)

377994,

Asistente Administrativo 1 S.U.

Plaza de servicios especiales.                 -Salario único-.

Kattia Cristina Orozco González,

1°-NOV al 31-DIC de 2019.

La candidata que se propone no labora actualmente en la institución, no obstante, pertenece al Registro Temporal de Elegibles y por su nota es la siguiente en nombrar según la lista de candidatos /as disponibles que integran ese Registro.

  1. Departamento de Programas Electorales (PEPR)

377995,

Asistente Administrativo 1 S.U.

Plaza de servicios especiales.                 -Salario único-.

Diana de los Ángeles Porras Herrera,

1°-NOV al 31-DIC de 2019.

La candidata que se propone no labora actualmente en la institución, no obstante, pertenece al Registro Temporal de Elegibles y por su nota es la siguiente en nombrar según la lista de candidatos /as disponibles que integran ese Registro.

  1. Departamento de Programas Electorales (PEPR)

377997,

Asistente Administrativo 1 S.U.

Plaza de servicios especiales.                 -Salario único-.

Gerald Giovanni Retana Monge,

1°-NOV al 31-DIC de 2019.

El candidato que se propone no labora actualmente en la institución, no obstante, pertenece al Registro Temporal de Elegibles y por su nota es el siguiente en nombrar según la lista de candidatos /as disponibles que integran ese Registro.

  1. Departamento de Programas Electorales (PEPR)

378000,

Asistente Administrativo 1 S.U.

Plaza de servicios especiales.                 -Salario único-.

Luis Diego Vargas Arrieta,

1°-NOV al 31-DIC de 2019.

El candidato que se propone no labora actualmente en la institución, no obstante, pertenece al Registro Temporal de Elegibles y por su nota es el siguiente en nombrar según la lista de candidatos /as disponibles que integran ese Registro.

  1. Departamento de Programas Electorales (PEPR)

378002,

Asistente Administrativo 1 S.U.

Plaza de servicios especiales.                 -Salario único-.

Milena Vargas Ureña,

1°-NOV al 31-DIC de 2019.

La candidata que se propone no labora actualmente en la institución, no obstante, pertenece al Registro Temporal de Elegibles y por su nota es la siguiente en nombrar según la lista de candidatos /as disponibles que integran ese Registro.

  1. Departamento de Programas Electorales (PEPR)

378006,

Asistente Administrativo 1 S.U.

Plaza de servicios especiales.                 -Salario único-.

Verónica María Acuña Barrientos,

1°-NOV al 31-DIC de 2019.

La candidata que se propone no labora actualmente en la institución, no obstante, pertenece al Registro Temporal de Elegibles y por su nota es la siguiente en nombrar según la lista de candidatos /as disponibles que integran ese Registro.

  1. Departamento de Programas Electorales (PEPR)

378014,

Asistente Administrativo 1 S.U.

Plaza de servicios especiales.                 -Salario único-.

María Teresa Alfaro Ulate,

1°-NOV al 31-DIC de 2019.

La candidata que se propone no labora actualmente en la institución, no obstante, pertenece al Registro Temporal de Elegibles y por su nota es la siguiente en nombrar según la lista de candidatos /as disponibles que integran ese Registro.

  1. Departamento de Programas Electorales (PEPR)

378041,

Asistente Administrativo 1 S.U.

Plaza de servicios especiales.                 -Salario único-.

Zaida Cambronero Castellón,

1°-NOV al 31-DIC de 2019.

La candidata que se propone no labora actualmente en la institución, no obstante, pertenece al Registro Temporal de Elegibles y por su nota es la siguiente en nombrar según la lista de candidatos /as disponibles que integran ese Registro.

  1. Departamento de Programas Electorales (PEPR)

378043,

Asistente Administrativo 1 S.U.

Plaza de servicios especiales.                 -Salario único-.

Priscila Díaz García,

1°-NOV al 31-DIC de 2019.

La candidata que se propone no labora actualmente en la institución, no obstante, pertenece al Registro Temporal de Elegibles y por su nota es la siguiente en nombrar según la lista de candidatos /as disponibles que integran ese Registro.

  1. Departamento de Programas Electorales (PEPR)

378055,

Asistente Administrativo 1 S.U.

Plaza de servicios especiales.                 -Salario único-.

Hazel Durán Sánchez,

1°-NOV al 31-DIC de 2019.

La candidata que se propone no labora actualmente en la institución, no obstante, pertenece al Registro Temporal de Elegibles y por su nota es la siguiente en nombrar según la lista de candidatos /as disponibles que integran ese Registro.

  1. Departamento de Programas Electorales (PEPR)

378068,

Asistente Administrativo 1 S.U.

Plaza de servicios especiales.                 -Salario único-.

Meilyn Andrea García Barquero,

1°-NOV al 31-DIC de 2019.

La candidata que se propone no labora actualmente en la institución, no obstante, pertenece al Registro Temporal de Elegibles y por su nota es la siguiente en nombrar según la lista de candidatos /as disponibles que integran ese Registro.

  1. Departamento de Programas Electorales (PEPR)

378069,

Asistente Administrativo 1 S.U.

Plaza de servicios especiales.                 -Salario único-.

Melania de los Ángeles Gómez Valverde,

1°-NOV al 31-DIC de 2019.

La candidata que se propone no labora actualmente en la institución, no obstante, pertenece al Registro Temporal de Elegibles y por su nota es la siguiente en nombrar según la lista de candidatos /as disponibles que integran ese Registro.

  1. Departamento de Programas Electorales (PEPR)

378072,

Asistente Administrativo 1 S.U.

Plaza de servicios especiales.                 -Salario único-.

Adrián Fernando Hidalgo Rodríguez,

1°-NOV al 31-DIC de 2019.

El candidato que se propone no labora actualmente en la institución, no obstante, pertenece al Registro Temporal de Elegibles y por su nota es el siguiente en nombrar según la lista de candidatos /as disponibles que integran ese Registro.

  1. Departamento de Programas Electorales (PEPR)

378075,

Asistente Administrativo 1 S.U.

Plaza de servicios especiales.                 -Salario único-.

Evelyn Marcela López Loría,

1°-NOV al 31-DIC de 2019.

La candidata que se propone no labora actualmente en la institución, no obstante, pertenece al Registro Temporal de Elegibles y por su nota es la siguiente en nombrar según la lista de candidatos /as disponibles que integran ese Registro.

  1. Departamento de Programas Electorales (PEPR)

378077,

Asistente Administrativo 1 S.U.

Plaza de servicios especiales.                 -Salario único-.

Karla Mata Quesada,

1°-NOV al 31-DIC de 2019.

La candidata que se propone no labora actualmente en la institución, no obstante, pertenece al Registro Temporal de Elegibles y por su nota es la siguiente en nombrar según la lista de candidatos /as disponibles que integran ese Registro.

  1. Departamento de Programas Electorales (PEPR)

378083,

Asistente Administrativo 1 S.U.

Plaza de servicios especiales.                 -Salario único-.

Luis Fernando Naranjo Mena,

1°-NOV al 31-DIC de 2019.

El candidato que se propone no labora actualmente en la institución, no obstante, pertenece al Registro Temporal de Elegibles y por su nota es el siguiente en nombrar según la lista de candidatos /as disponibles que integran ese Registro.

  1. Departamento de Programas Electorales (PEPR)

378084,

Asistente Administrativo 1 S.U.

Plaza de servicios especiales.                 -Salario único-.

Luis Alberto Orozco Sibaja,

1°-NOV al 31-DIC de 2019.

El candidato que se propone no labora actualmente en la institución, no obstante, pertenece al Registro Temporal de Elegibles y por su nota es el siguiente en nombrar según la lista de candidatos /as disponibles que integran ese Registro.

  1. Departamento de Programas Electorales (PEPR)

378085,

Asistente Administrativo 1 S.U.

Plaza de servicios especiales.                 -Salario único-.

Adriana Saborío Granados,

1°-NOV al 31-DIC de 2019.

La candidata que se propone no labora actualmente en la institución, no obstante, pertenece al Registro Temporal de Elegibles y por su nota es la siguiente en nombrar según la lista de candidatos /as disponibles que integran ese Registro.

  1. Departamento de Programas Electorales (PEPR)

378086,

Asistente Administrativo 1 S.U.

Plaza de servicios especiales.                 -Salario único-.

Kevin Andrés Sibaja Torres,

1°-NOV al 31-DIC de 2019.

El candidato que se propone no labora actualmente en la institución, no obstante, pertenece al Registro Temporal de Elegibles y por su nota es el siguiente en nombrar según la lista de candidatos /as disponibles que integran ese Registro.

  1. Departamento de Programas Electorales (PIP)

378088,

Asistente Administrativo 1 S.U.

Plaza de servicios especiales.                 -Salario único-.

Marianela Ureña Castro,

1°-NOV al 31-DIC de 2019.

La candidata que se propone no labora actualmente en la institución, no obstante, pertenece al Registro Temporal de Elegibles y por su nota es la siguiente en nombrar según la lista de candidatos /as disponibles que integran ese Registro.

  1. Departamento de Programas Electorales (PIP)

378089,

Asistente Administrativo 1 S.U.

Plaza de servicios especiales.                 -Salario único-.

Karen Tatiana Venegas Amador,

1°-NOV al 31-DIC de 2019.

La candidata que se propone no labora actualmente en la institución, no obstante, pertenece al Registro Temporal de Elegibles y por su nota es la siguiente en nombrar según la lista de candidatos /as disponibles que integran ese Registro.

  1. Departamento de Programas Electorales (PIP)

378093,

Asistente Administrativo 1 S.U.

Plaza de servicios especiales.                 -Salario único-.

Esteban Alfonso Villalobos Quirós,

1°-NOV al 31-DIC de 2019.

El candidato que se propone no labora actualmente en la institución, no obstante, pertenece al Registro Temporal de Elegibles y por su nota es el siguiente en nombrar según la lista de candidatos /as disponibles que integran ese Registro.

  1. Departamento de Programas Electorales (PIP)

378112,

Asistente Administrativo 1 S.U.

Plaza de servicios especiales.                 -Salario único-.

Nancy Rebeca Zamora Miranda,

1°-NOV al 31-DIC de 2019.

La candidata que se propone no labora actualmente en la institución, no obstante, pertenece al Registro Temporal de Elegibles y por su nota es la siguiente en nombrar según la lista de candidatos /as disponibles que integran ese Registro.

  1. Departamento de Programas Electorales (PIP)

378113,

Asistente Administrativo 1 S.U.

Plaza de servicios especiales.                 -Salario único-.

Jessica Alejandra Bermúdez Zúñiga,

1°-NOV al 31-DIC de 2019.

La candidata que se propone no labora actualmente en la institución, no obstante, pertenece al Registro Temporal de Elegibles y por su nota es la siguiente en nombrar según la lista de candidatos /as disponibles que integran ese Registro.

  1. Departamento de Programas Electorales (PIP)

378114,

Asistente Administrativo 1 S.U.

Plaza de servicios especiales.                 -Salario único-.

Glen Castillo Vega,

1°-NOV al 31-DIC de 2019.

El candidato que se propone no labora actualmente en la institución, no obstante, pertenece al Registro Temporal de Elegibles y por su nota es el siguiente en nombrar según la lista de candidatos /as disponibles que integran ese Registro.

  1. Departamento de Programas Electorales (PIP)

378117,

Asistente Administrativo 1 S.U.

Plaza de servicios especiales.                 -Salario único-.

Vidal Enrique Cruz Jiménez,

1°-NOV al 31-DIC de 2019.

El candidato que se propone no labora actualmente en la institución, no obstante, pertenece al Registro Temporal de Elegibles y por su nota es el siguiente en nombrar según la lista de candidatos /as disponibles que integran ese Registro.

  1. Departamento de Programas Electorales

378120,

Asistente Administrativo 1 S.U.

Plaza de servicios especiales.                 -Salario único-.

Fabián José Fallas Zamora,

1°-NOV al 31-DIC de 2019.

El candidato que se propone no labora actualmente en la institución, no obstante, pertenece al Registro Temporal de Elegibles y por su nota es el siguiente en nombrar según la lista de candidatos /as disponibles que integran ese Registro.

  1. Departamento de Programas Electorales

378121,

Asistente Administrativo 1 S.U.

Plaza de servicios especiales.                 -Salario único-.

Michael José Fonseca Vega,

1°-NOV al 31-DIC de 2019.

El candidato que se propone no labora actualmente en la institución, no obstante, pertenece al Registro Temporal de Elegibles y por su nota es el siguiente en nombrar según la lista de candidatos /as disponibles que integran ese Registro.

  1. Departamento de Programas Electorales (PIP)

378124,

Asistente Administrativo 1 S.U.

Plaza de servicios especiales.                 -Salario único-.

Bryan José Granados Venegas,

1°-NOV al 31-DIC de 2019.

El candidato que se propone no labora actualmente en la institución, no obstante, pertenece al Registro Temporal de Elegibles y por su nota es el siguiente en nombrar según la lista de candidatos /as disponibles que integran ese Registro.

  1. Departamento de Programas Electorales (PIP)

378125,

Asistente Administrativo 1 S.U.

Plaza de servicios especiales.                 -Salario único-.

Daniel Núñez Avendaño,

1°-NOV al 31-DIC de 2019.

El candidato que se propone no labora actualmente en la institución, no obstante, pertenece al Registro Temporal de Elegibles y por su nota es el siguiente en nombrar según la lista de candidatos /as disponibles que integran ese Registro.

  1. Departamento de Programas Electorales (PIP)

378126,

Asistente Administrativo 1 S.U.

Plaza de servicios especiales.                 -Salario único-.

Catalina María Porras Palomo,

1°-NOV al 31-DIC de 2019.

La candidata que se propone no labora actualmente en la institución, no obstante, pertenece al Registro Temporal de Elegibles y por su nota es la siguiente en nombrar según la lista de candidatos /as disponibles que integran ese Registro.

  1. Departamento de Programas Electorales (PIP)

378127,

Asistente Administrativo 1 S.U.

Plaza de servicios especiales.                 -Salario único-.

María Lourdes Rizo Ávila,

1°-NOV al 31-DIC de 2019.

La candidata que se propone no labora actualmente en la institución, no obstante, pertenece al Registro Temporal de Elegibles y por su nota es la siguiente en nombrar según la lista de candidatos /as disponibles que integran ese Registro.

  1. Departamento de Programas Electorales (PIP)

378128,

Asistente Administrativo 1 S.U.

Plaza de servicios especiales.                 -Salario único-.

Maribel Sánchez Jiménez,

1°-NOV al 31-DIC de 2019.

La candidata que se propone no labora actualmente en la institución, no obstante, pertenece al Registro Temporal de Elegibles y por su nota es la siguiente en nombrar según la lista de candidatos /as disponibles que integran ese Registro.

  1. Departamento de Programas Electorales

378130,

Asistente Administrativo 1 S.U.

Plaza de servicios especiales.                 -Salario único-.

Sharon Denisse Solís Valverde,

1°-NOV al 31-DIC de 2019.

La candidata que se propone no labora actualmente en la institución, no obstante, pertenece al Registro Temporal de Elegibles y por su nota es la siguiente en nombrar según la lista de candidatos /as disponibles que integran ese Registro.

  1. Departamento de Programas Electorales

378131,

Asistente Administrativo 1 S.U.

Plaza de servicios especiales.                 -Salario único-.

Yajaira Zúñiga Castro,

1°-NOV al 31-DIC de 2019.

La candidata que se propone no labora actualmente en la institución, no obstante, pertenece al Registro Temporal de Elegibles y por su nota es la siguiente en nombrar según la lista de candidatos /as disponibles que integran ese Registro.

  1. Departamento de Programas Electorales (PEME)

378134,

Asistente Administrativo 1 S.U.

Plaza de servicios especiales.                 -Salario único-.

Carolina Leiva González,

16-NOV al 31-DIC de 2019.

La candidata que se propone no labora actualmente en la institución, no obstante, pertenece al Registro Temporal de Elegibles e integra el Registro Paralelo de elegibles de Personas con Discapacidad, según el artículo sétimo del Reglamento a la Ley de Inclusión y Protección Laboral de las Personas con Discapacidad en el Sector Público, Ley número 8862, el cual establece que es responsabilidad de las unidades de Recursos Humanos conformar registros de elegibles paralelos especiales, y por su nota es la siguiente en nombrar según la lista de candidatos /as disponibles que integran ese Registro.

  1. Departamento de Programas Electorales

378135,

Asistente Administrativo 1 S.U.

Plaza de servicios especiales.                 -Salario único-.

Ernesto Alonso López Coto,

1°-NOV al 31-DIC de 2019.

El candidato que se propone no labora actualmente en la institución, no obstante, pertenece al Registro Temporal de Elegibles e integra el Registro Paralelo de elegibles de Personas con Discapacidad, según el artículo sétimo del Reglamento a la Ley de Inclusión y Protección Laboral de las Personas con Discapacidad en el Sector Público, Ley número 8862, el cual establece que es responsabilidad de las unidades de Recursos Humanos conformar registros de elegibles paralelos especiales, y por su nota es el siguiente en nombrar según la lista de candidatos /as disponibles que integran ese Registro.

  1. Departamento de Programas Electorales (PEME)

378140,

Asistente Administrativo 1 S.U.

Plaza de servicios especiales.                 -Salario único-.

María Antonieta Navarro Brenes,

1°-NOV al 31-DIC de 2019.

La candidata que se propone no labora actualmente en la institución, no obstante, pertenece al Registro Temporal de Elegibles e integra el Registro Paralelo de elegibles de Personas con Discapacidad, según el artículo sétimo del Reglamento a la Ley de Inclusión y Protección Laboral de las Personas con Discapacidad en el Sector Público, Ley número 8862, el cual establece que es responsabilidad de las unidades de Recursos Humanos conformar registros de elegibles paralelos especiales, y por su nota es la siguiente en nombrar según la lista de candidatos /as disponibles que integran ese Registro.


2.- De los nombramientos interinos cuyas ternas se proponen, sugiriendo nombrar al primer lugar de cada una de ellas:

N° PUESTO

NOMBRE

CLASE

PUESTO

DEPARTAMENTO /

OFICINA

368815

(Plaza de servicios especiales)

Allan Brenes de la Peña

Conserje Electoral

Conserje

Departamento de Programas Electorales (PEME)

María Morales Rodríguez

Josué Armando Conejo Porras

Fecha de rige: del 1°-NOV y hasta el 31-DIC de 2019. La jefatura respectiva recomienda a quien ocupa el primer lugar de la terna.


N° PUESTO

NOMBRE

CLASE

PUESTO

DEPARTAMENTO /

OFICINA

378145

(Plaza de servicios especiales

-Salario Único-)

María Morales Rodríguez

Conserje Electoral -SU-

Trabajador /a Operativo Electoral

Departamento de Programas Electorales (PEME)

Josué Armando Conejo Porras

Minor Morales Jiménez

Fecha de rige: del 1°-NOV y hasta el 31-DIC de 2019. La jefatura respectiva recomienda a quien ocupa el primer lugar de la terna.


N° PUESTO

NOMBRE

CLASE

PUESTO

DEPARTAMENTO /

OFICINA

378152

(Plaza de servicios especiales

-Salario Único-)

Josué Armando Conejo Porras

Conserje Electoral -SU-

Trabajador /a Operativo Electoral

Departamento de Programas Electorales (PEME)

Minor Morales Jiménez

Leotis Quintero Rodríguez

Fecha de rige: del 1°-NOV y hasta el 31-DIC de 2019. La jefatura respectiva recomienda a quien ocupa el primer lugar de la terna.


N° PUESTO

NOMBRE

CLASE

PUESTO

DEPARTAMENTO /

OFICINA

378039

(Plaza de servicios especiales

-Salario Único-)

Minor Morales Jiménez

Conserje Electoral -SU-

Trabajador /a Operativo Electoral

Departamento de Programas Electorales

(PEME)

Leotis Quintero Rodríguez

Javier Amores Vargas

Fecha de rige: del 1°-NOV y hasta el 31-DIC de 2019. La jefatura respectiva recomienda a quien ocupa el primer lugar de la terna.


N° PUESTO

NOMBRE

CLASE

PUESTO

DEPARTAMENTO /

OFICINA

378148

(Plaza de servicios especiales

-Salario Único-)

Leotis Quintero Rodríguez

Conserje Electoral -SU-

Trabajador /a Operativo Electoral

Departamento de Programas Electorales

(PEME)

Javier Amores Vargas

Johnny Brenes Chavarría

Fecha de rige: del 1°-NOV y hasta el 31-DIC de 2019. La jefatura respectiva recomienda a quien ocupa el primer lugar de la terna.


N° PUESTO

NOMBRE

CLASE

PUESTO

DEPARTAMENTO /

OFICINA

378149

(Plaza de servicios especiales

-Salario Único-)

Javier Amores Vargas

Conserje Electoral -SU-

Trabajador /a Operativo Electoral

Departamento de Programas Electorales (PEME)

Johnny Brenes Chavarría

Mainor González Obando

Fecha de rige: del 1°-NOV y hasta el 31-DIC de 2019. La jefatura respectiva recomienda a quien ocupa el primer lugar de la terna.


N° PUESTO

NOMBRE

CLASE

PUESTO

DEPARTAMENTO /

OFICINA

377956

(Plaza de servicios especiales)

José Antonio Barboza Garro

Técnico Funcional 2                   -S.U.-

Técnico Electoral

Departamento de Programas Electorales (PAE)

Guillermo Torres Hidalgo

Kattia Orozco González

Fecha de rige: 1°-NOV al 31-DIC de 2019. La jefatura respectiva recomienda a quien ocupa el primer lugar de la terna. No se omite indicar que para este puesto se realizó una consulta de interés y disponibilidad a lo interno de la institución, dando como resultado que actualmente no hay funcionarios /as interesados /as en ocupar el cargo de manera interina, o bien no cumplen con la totalidad de los requisitos que exige el Manual Descriptivo de Clases de Procesos Electorales.


N° PUESTO

NOMBRE

CLASE

PUESTO

DEPARTAMENTO /

OFICINA

377877

(Plaza de servicios especiales)

Guillermo Torres Hidalgo

Técnico Funcional 2                   -S.U.-

Técnico Electoral

Departamento de Programas Electorales (PAE)

Kattia Orozco González

Tatiana Araya Barrantes

Fecha de rige: 1°-NOV al 31-DIC de 2019. La jefatura respectiva recomienda a quien ocupa el primer lugar de la terna. No se omite indicar que para este puesto se realizó una consulta de interés y disponibilidad a lo interno de la institución, dando como resultado que actualmente no hay funcionarios /as interesados /as en ocupar el cargo de manera interina, o bien no cumplen con la totalidad de los requisitos que exige el Manual Descriptivo de Clases de Procesos Electorales.


Quedo atento a lo que a bien estime disponer el Tribunal.".

Se dispone: Nombrar conforme se propone en el punto 1, así como aprobar el nombramiento de quienes figuran en el primer lugar de las referidas ternas, conforme se sugiere en el punto 2, con la observación según la cual eventuales prórrogas deben ser expresamente autorizadas por este Tribunal. ACUERDO FIRME.

D) Nombramiento de chofer. Del señor Erick Adrián Guzmán Vargas, Secretario General de este Tribunal, se conoce oficio n.° STSE-2584-2019 del 31 de octubre de 2019, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Me permito proponer al Tribunal Supremo de Elecciones que se nombre al siguiente funcionario en el puesto que se dirá, como chofer, a partir del 1.° de noviembre de 2019 y hasta el 2 de mayo de 2020:

Puesto n.º

Clase

Puesto

Nombre

Cédula

377870

Asistente Funcional 2

Conductor 2

Jonny Oliver Rojas Bonilla

8-0122-0292".


Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Nombrar conforme se propone. ACUERDO FIRME.

E) Nombramiento interinos en distintas unidades administrativas. Del señor Erick Adrián Guzmán Vargas, Secretario General de este Tribunal, se conoce oficio n.° STSE-2580-2019 del 30 de octubre de 2019, mediante el cual literalmente manifiesta:

"En atención a lo solicitado por las respectivas jefaturas, según lo planteado por el Departamento de Recursos Humanos y de conformidad con lo estipulado en el artículo 25 del Reglamento a la Ley de Salarios y Régimen de Méritos del TSE, me permito proponer la aprobación de los nombramientos interinos cuyas ternas se proponen, sugiriendo nombrar al primer lugar de cada una de ellas:

N° PUESTO

NOMBRE

CLASE

PUESTO

DEPARTAMENTO /

OFICINA

107601

(Plaza de cargos fijos vacante)

Juan Manuel Sancho Bolaños

Profesional Funcional 1

Médico /a

Servicios Médicos

Paula Yorbeth Quirós Blanco

Alberto José Lang Gutiérrez

Fecha de rige: 1°-NOV y por el plazo de 6 meses prorrogables, según el artículo 9 del Reglamento a la Ley de Salarios o hasta que se concrete el trámite respectivo para nombrar al nuevo propietario (a), lo que ocurra primero. La jefatura respectiva recomienda a quien ocupa el primer lugar de la terna. No se omite indicar que para este puesto se realizó una consulta de interés y disponibilidad a lo interno de la institución, dando como resultado la inexistencia de personas interesadas.


N° PUESTO

NOMBRE

CLASE

PUESTO

DEPARTAMENTO /

OFICINA

378033

(Plaza de servicios especiales

-Salario Único-)

Johnny Brenes Chavarría

Conserje Electoral -SU-

Trabajador /a Operativo Electoral

Departamento de Programas Electorales (PEME)

Minor González Obando

Isi Lara Pineda

Fecha de rige: del 1°-NOV y hasta el 31-DIC de 2019. La jefatura respectiva recomienda a quien ocupa el primer lugar de la terna.


Quedo atento a lo que a bien estime disponer el Tribunal.".

Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Aprobar el nombramiento de quienes figuran en el primer lugar de las referidas ternas, con la observación según la cual eventuales prórrogas deben ser expresamente autorizadas por este Tribunal. ACUERDO FIRME.

F) Nombramientos interinos en oficinas del Registro Civil. Del señor Luis Antonio Bolaños Bolaños, Director General del Registro Civil, se conoce oficio n.° DGRC-0988-2019 del 30 de octubre de 2019, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"De conformidad con el artículo 25 del Reglamento a la Ley de Salarios y Régimen de Méritos del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil, elevo a conocimiento de las señoras magistradas y los señores magistrados, el oficio n.° RH-2350-2019 SUSTITUIR del Departamento de Recursos Humanos, mediante el cual se plantea la solicitud de los nombramientos interinos que se detallan a continuación:

OFICINA / DEPARTAMENTO

NÚMERO Y CLASE

DEL PUESTO

CONDICIÓN DE LA PLAZA

CANDIDATO (A) Y ODO [sic]

DEL NOMBRAMIENTO

1.- Departamento Civil

76392,

Técnico Funcional 2

Plaza de cargos fijos temporalmente vacante, en virtud del ascenso interino de su propietario.

Johanna Sánchez Garita,


1°-NOV al 31-DIC de 2019 o hasta que regrese su propietario, lo que ocurra primero. La candidata que se propone labora en un puesto de la clase Asistente Funcional 2, en ese mismo Departamento, por lo que existen 2 clases de por medio para llegar a Técnico Funcional 2.

2.- Departamento Civil

72872,

Asistente Funcional 2

Plaza de cargos fijos temporalmente vacante, en virtud del movimiento anterior.


Carolina Isabel Chavarría Campos,


1°-NOV al 31-DIC de 2019 o hasta que regrese su propietaria, lo que ocurra primero. La candidata que se propone labora en un puesto de la clase Asistente Administrativo 2, en ese mismo Departamento, por lo que existe 1 clase de por medio para llegar a Asistente Funcional 2.


Este nombramiento se solicita con base en el artículo 36 bis del Reglamento a la Ley de Salarios.

3.- Departamento Civil

45672,

Asistente Funcional 1

Plaza de cargos fijos temporalmente vacante, en virtud de la licencia sin goce de salario de su propietaria.


Magally Chinchilla Fernández,


1°-NOV de 2019 al 18-MAR de 2020 o hasta que regrese su propietaria, lo que ocurra primero. La candidata que se propone labora en un puesto de la clase Asistente Administrativo 1, en ese mismo Departamento, por lo que existe 1 clase de por medio para llegar a Asistente Funcional 1.


Este nombramiento se solicita con base en el artículo 36 bis del Reglamento a la Ley de Salarios.

4.- Departamento Civil

45731,

Técnico Funcional 2

Plaza de cargos fijos temporalmente vacante, en virtud del ascenso interino de su propietaria.


Dora Emilia Segura Ramírez,


1°-NOV al 31-DIC de 2019 o hasta que regrese su propietaria, lo que ocurra primero. La candidata que se propone labora en un puesto de la clase Asistente Funcional 3, en ese mismo Departamento, por lo que existe 1 clase de por medio para llegar a Técnico Funcional 2.

5.- Sección de Solicitudes Cedulares

45867,

Técnico Funcional 1

Plaza de cargos fijos temporalmente vacante, en virtud del ascenso interino de su anterior ocupante, pendiente de aprobación, según propuesta de nombramiento en la línea 4 enviada en oficio RH-2272-2019 a la STSE.

Carlos Luis Marín Jara,


1°-NOV al 31-DIC de 2019 o hasta que regrese su propietario o su anterior ocupante, lo que ocurra primero. El candidato que se propone labora en un puesto de la clase Asistente Funcional 2, en esa misma Sección, por lo que existe 1 clase de por medio para llegar a Técnico Funcional 1.

6.- Sección de Solicitudes Cedulares

45858,

Asistente Funcional 2

Plaza de cargos fijos temporalmente vacante, en virtud del movimiento anterior.


Joselyn Minoshka Vallejo Ramírez,


1°-NOV al 31-DIC de 2019 o hasta que regrese su propietario, lo que ocurra primero. La candidata que se propone labora en un puesto de la clase Asistente Administrativo 1, en la Sección de Inscripciones, por lo que existen 2 clases de por medio para llegar a Asistente Funcional 2.


Este nombramiento se solicita con base en el artículo 36 bis del Reglamento a la Ley de Salarios.


Quedo atento a lo que bien estime disponer el Tribunal.".

Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Nombrar conforme se propone, con la observación según la cual eventuales prórrogas deben ser expresamente autorizadas por este Tribunal. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO CUARTO. ASUNTOS INTERNOS DIVERSOS.

A) Informe sobre borrador del "Reglamento para la atención de denuncias presentadas ante la Auditoría Interna del TSE". Del señor Vinicio Mora Mora, Subjefe del Departamento Legal, se conoce oficio n.° DL-628-2019 del 2 de octubre de 2019, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"En atención a lo dispuesto por el Tribunal Supremo de Elecciones en el artículo cuarto de la sesión ordinaria n.° 88-2019, celebrada el 17 de setiembre de 2019, comunicada en el oficio n.° STSE-2139-2019 de esa misma fecha, mediante el cual se solicita estudiar el borrador de “Reglamento para la atención de denuncias presentadas ante la Auditoría Interna del Tribunal Supremo de Elecciones”, propuesto por la Auditoría Interna, me permito indicar:

De la revisión y análisis del contenido del reglamento propuesto, este departamento concluye que el mismo se encuentra ajustado a derecho. En este sentido, importa señalar que el documento sometido a estudio sufrió algunos ajustes de forma que se plasman en la versión final que se adjunta.".

Se dispone: Aprobar la referida propuesta reglamentaria. En consecuencia, promúlguese el decreto que interesa, cuya publicación se ordena, de conformidad con el siguiente texto:

"N.º XXX-2019

EL TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 99 y 102 inciso 10) de la Constitución Política y 12 inciso ñ) del Código Electoral; y,

CONSIDERANDO

  1. Que la Ley n.º 8292, Ley General de Control Interno, en su artículo 6 establece que la Contraloría General de la República, la Administración y las auditorías internas deben salvaguardar la confidencialidad de la identidad de las personas que interpongan denuncias que, como consecuencia, pudieran derivar en la apertura de un procedimiento administrativo.
  2. Que la Ley n.º 8422, Ley Contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública, en su artículo 8 protege los derechos del denunciante de buena fe, así como la confidencialidad de su identidad y de la información que presente ante la Contraloría General de la República, la Administración y las auditorías internas de las instituciones y empresas públicas.
  3. Que el Reglamento a la Ley Contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública, decreto ejecutivo n.º 32333-MP-J publicado en el Alcance Digital n.° 11 a La Gaceta n.° 82 del viernes 29 de abril de 2019, señala en su artículo 9 el deber de los funcionarios públicos de denunciar ante las autoridades competentes los actos presuntamente corruptos que se produzcan en la función pública y de los que tengan conocimiento. Asimismo, su artículo 11 se refiere a la presentación de las denuncias en los supuestos previstos en la Ley n.º 8422 y demás normativa conexa, ante la Administración, las Auditorías Internas, la Procuraduría de la Ética Pública y la Contraloría General de la República, las cuales serán registradas de forma tal que las personas y la Administración puedan identificarlas y darles seguimiento con facilidad y oportunidad.
  4. Que la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, mediante resolución n.° 2003-08973 del 26 de agosto del 2003, señaló que las denuncias son los medios idóneos, utilizados por las personas, sean funcionarios públicos o no, para poner en conocimiento de la Administración, hechos que el denunciante estima anormales o ilegales, con el objeto de instar el ejercicio de competencias, normalmente disciplinarias o sancionatorias, depositadas en los órganos públicos.
  5. Que se estima necesario promulgar un reglamento que fije las pautas generales mínimas y uniformes para la recepción y tramitación de denuncias contra las actuaciones de los funcionarios de estos organismos electorales y de las personas físicas o jurídicas encargadas de administrar fondos públicos, así como para garantizar la confidencialidad del denunciante y de la documentación respectiva.

DECRETA

El siguiente:

REGLAMENTO PARA LA ATENCIÓN DE DENUNCIAS PRESENTADAS ANTE LA AUDITORÍA INTERNA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

CAPÍTULO I

DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 1.- Del objeto. El presente reglamento tiene por objeto regular lo concerniente a la atención de las denuncias presentadas ante la Auditoría Interna del Tribunal Supremo de Elecciones, así como los requisitos que debe reunir una denuncia y el procedimiento que empleará la Auditoría Interna para su respectivo trámite.

Artículo 2.- Ámbito de aplicación. Este reglamento se aplicará para la atención de denuncias presentadas por funcionarios del Tribunal y cualquier otra persona ante la Auditoría Interna y que se enmarquen dentro del ámbito de su competencia.

Artículo 3.- Definiciones. Para efectos de la debida comprensión de este reglamento, se establecen las siguientes:

  1. Administración: Administración activa del Tribunal Supremo de Elecciones.
  2. Auditor interno: Funcionario de mayor jerarquía dentro de la Auditoría Interna.
  3. Auditoría Interna: La Auditoría Interna del Tribunal Supremo de Elecciones.
  4. Tribunal: Tribunal Supremo de Elecciones y jerarca de la Institución.
  5. Denuncia: Acto que realiza una persona física o jurídica, pública o privada, de forma escrita o verbal, para poner en conocimiento de la Auditoría Interna un hecho que se presume irregular con respecto al manejo de los recursos públicos, con el objetivo de que sea investigado, según su procedencia.
  6. Denuncia anónima: La realizada por una persona sin identificarse o mediante el uso de un seudónimo o nombre falso.
  7. Denunciante: Persona física o jurídica, pública o privada, que formula una denuncia.

Artículo 4.- Ámbito de competencia. La Auditoría Interna dará trámite solo a las denuncias que versen sobre posibles hechos irregulares o ilegales en relación con el uso y manejo de fondos públicos en el Tribunal o que afecten la Hacienda Pública y lo regulado por la Ley Contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública y que, además, se enmarquen dentro del ámbito de sus competencias.

Artículo 5.- Principios generales. En la admisión de las denuncias se atenderán los principios de simplicidad, economía, eficiencia y eficacia.

Artículo 6.- Actualización del reglamento. Corresponderá al auditor interno proponer ante el Tribunal las modificaciones que estime pertinentes al presente reglamento.

Artículo 7.- Manifestación de salvaguarda de los funcionarios. Es obligación de los funcionarios de la Auditoría Interna poner por escrito en conocimiento del auditor interno los detalles de un impedimento, cuando su independencia de criterio y objetividad se vean comprometidas de hecho o en apariencia para la atención de una denuncia. Asimismo, es obligación de éste, actuar de igual forma ante el jerarca de darse esa situación.

Artículo 8.- Marco normativo. El marco normativo del presente reglamento se fundamenta en:

  1. La Ley General de Control Interno.
  2. La Ley Contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública y su Reglamento.
  3. Otra normativa que sobre el particular resulte aplicable.

Artículo 9.- Confidencialidad de los denunciantes. La identidad del denunciante, la información, la documentación y otras evidencias de las investigaciones que efectúe la Auditoría Interna serán confidenciales, de conformidad con lo establecido en los artículos 6 de la Ley General de Control Interno y 8 de la Ley Contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública; el incumplimiento de dicha condición, de parte de los funcionarios de la Auditoría Interna, se sancionará según lo previsto en las regulaciones pertinentes.

CAPÍTULO II

TRÁMITE DE LAS DENUNCIAS

Artículo 10.- Recepción de denuncias. La Auditoría Interna recibirá las denuncias que se planteen verbalmente, por escrito o vía correo electrónico mediante el uso de firma digital; su admisibilidad se valorará de conformidad con las disposiciones establecidas en este reglamento.

La Auditoría Interna tramitará las denuncias que le haya trasladado la Contraloría General de la República, u otro ente, en el ejercicio de sus competencias.

Artículo 11.- Requisitos esenciales de la denuncia. Las denuncias serán atendidas en el tanto aporten elementos suficientes y se encuentren apoyadas con medios probatorios idóneos que permitan iniciar la investigación. Para tal efecto, deberán reunir los siguientes requisitos:

    1. Nombre del denunciante y señalamiento de medio para atender notificaciones.
    2. Nombres, apellidos, lugar de trabajo y cargo de las personas denunciadas.
    3. Hechos en que se funde la denuncia, los cuales deberán ser expuestos de forma clara, precisa y circunstanciada, brindando el detalle suficiente que permita realizar la investigación, así como la fecha y lugar en que ocurrieron los hechos y el sujeto que presuntamente los realizó.
    4. En la denuncia se deberán señalar los posibles hechos irregulares o ilegales en relación con el uso y manejo de fondos públicos en el Tribunal, aquellos que afecten la Hacienda Pública o los que vulneren lo dispuesto en la Ley Contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública.
    5. Las pruebas documentales pertinentes, tanto aportadas como sugeridas; así como la indicación del nombre, calidades, lugar y medio en que se pueda ubicar a testigos, en caso de ofrecerse prueba testimonial.
    6. En caso de que se requiera, solicitud expresa de aplicación de medidas cautelares.
    7. En caso de que la denuncia se presentare de manera verbal, junto a la firma de la persona denunciante también se registrará la firma de la persona funcionaria que levantó la denuncia.

Artículo 12.- Información adicional. El denunciante deberá brindar información complementaria respecto a la estimación del perjuicio económico producido a los fondos públicos en caso de conocerlo.

Artículo 13.- Admisibilidad de la denuncia. Cumplidos los requisitos de la denuncia, la Auditoría Interna realizará, dentro de un plazo razonable, una investigación administrativa preliminar con el objetivo de valorar si existe suficiente mérito para declarar su admisibilidad o determinar si procede adoptar otro tipo de acciones.

Artículo 14.- Denuncia anónima. La Auditoría Interna no dará trámite a las denuncias planteadas de forma anónima. En casos excepcionales podrá instaurar de oficio una investigación administrativa preliminar, siempre y cuando con esta se alleguen elementos de prueba que den mérito para ello. De lo contrario, se archivarán sin más trámite, previa resolución de rigor.

Artículo 15.- Solicitud de aclaración. En caso de que la Auditoría Interna determine que existe alguna imprecisión en la relación de hechos, solicitará al denunciante que, en un plazo no menor de 10 días hábiles contados a partir de su notificación, complete o aclare la información. De no ser así, se desestimará su gestión. Lo anterior, sin perjuicio de que con mayores elementos el denunciante pueda presentar un nuevo trámite.

Artículo 16.- Traslado de las denuncias a la Administración activa. Las denuncias que, a criterio del auditor interno no sean competencia de la Auditoría Interna por su contenido, serán trasladadas formalmente a la Administración para su atención.

Artículo 17.- Plazo para la atención de las denuncias. Una vez concluida la investigación administrativa preliminar y determinándose que existe mérito suficiente para tramitar la denuncia, la Auditoría Interna la atenderá en un plazo razonable y acorde con los recursos disponibles.

CAPÍTULO III

DESESTIMACIÓN DE LAS DENUNCIAS

Artículo 18.- Desestimación de las denuncias. La Auditoría Interna desestimará las denuncias, cuando se presente alguna de las siguientes condiciones:

    1. Si no corresponde al ámbito de competencia de la Auditoría Interna.
    2. Si se refiere a intereses particulares exclusivos de los denunciantes en relación con conductas ejercidas u omitidas por la Administración, salvo que de la información aportada se logre determinar que existen aspectos de relevancia que ameritan ser investigados.
    3. Si los hechos denunciados deben ser investigados de forma exclusiva por otras instancias, sean estas administrativas o judiciales, o ya lo están siendo.
    4. Si los hechos denunciados se refieren a situaciones de índole laboral que se presentaron entre el denunciante y la Administración.
    5. Si fuera una reiteración o reproducción de otras denuncias similares, sin aportar elementos nuevos y que hubieran sido resueltas previamente por la Auditoría Interna o por otras instancias competentes del Tribunal.
    6. Si es improcedente o infundada.
    7. Si se omite alguno de los requisitos esenciales mencionados en el artículo 11 del presente reglamento.

Artículo 19.- Fundamentación del acto de desestimación de denuncias. La desestimación de las denuncias se realizará mediante resolución debidamente motivada, que acredite de forma razonada los argumentos valorados para tomar esa decisión; deberá constar en el expediente de la denuncia la documentación que sirvió de respaldo para lo resuelto. 

CAPÍTULO IV

COMUNICACIÓN DE RESULTADOS

Artículo 20.- Comunicación al denunciante. Al denunciante se le deberá comunicar cualquiera de las siguientes resoluciones que se adopte en relación con su gestión:

  1. La decisión de desestimar la denuncia y de archivarla.
  2. La decisión de trasladar la gestión para su atención a lo interno del Tribunal, a la Contraloría General de la República o al Ministerio Público, según corresponda.
  3. El resultado final de la investigación realizada. En caso de que en sus conclusiones se determine que debe iniciarse un procedimiento administrativo, o bien, la interposición de un proceso judicial, se le comunicará de la realización del estudio correspondiente y su remisión a la autoridad competente, sin que se le deba aportar información, documentación u otras evidencias inherentes al proceso.

Las anteriores comunicaciones se realizarán en el tanto se haya señalado en la denuncia el lugar o medio válido para atender notificaciones.

Artículo 21.- Comunicación al Tribunal u otros entes. El resultado final de la investigación de la denuncia será comunicado al Tribunal, o bien, al ente que corresponda.

CAPÍTULO V

SEGUIMIENTO DE DENUNCIAS

Artículo 22.- Seguimiento.  La Auditoría Interna determinará los casos en los cuales dará seguimiento a los resultados producto de las denuncias tramitadas ante esa instancia, a efecto de verificar el cumplimiento de las recomendaciones emitidas, así como de las denuncias que traslade a la Administración para su debida atención.

CAPÍTULO VI

OTRAS DISPOSICIONES

Artículo 23.- Denuncias que no compete resolver a la Auditoría. Serán trasladadas al Tribunal para su debido trámite las denuncias sobre asuntos disciplinarios o con motivo de la prestación de servicios de funcionarios a este organismo electoral, a efecto de que esta instancia valore lo que corresponda sobre los hechos denunciados, con indicación expresa de lo estipulado en los artículos 6 de la Ley General de Control Interno y 8 de la Ley Contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública, el cual comunicará al denunciante lo que corresponda.

Artículo 24.- Protección del denunciante. La Auditoría Interna está obligada a proteger la identidad del denunciante desde que la denuncia es interpuesta e incluso luego de concluido el respectivo procedimiento administrativo.

Artículo 25.- Registro de la denuncia. La Auditoría Interna mantendrá un registro de las denuncias que recibe para efectos de controlar la asignación y custodia de cada una de estas, observando la legislación vigente que protege la confidencialidad del denunciante.

Artículo 26.- Expediente de la denuncia. La Auditoría Interna mantendrá un expediente de cada una de las denuncias que tramita. Para solicitarlo o consultarlo, deberá existir autorización previa del auditor interno.

Artículo 27.- Derogatoria. El presente reglamento deja sin efecto los artículos 53, 54, 55 y 56 del Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Auditoría Interna del Tribunal Supremo de Elecciones, publicado en La Gaceta n.º 221 de 16 de noviembre de 2007.

Artículo 28.- Vigencia. Este reglamento entrará a regir a partir de su publicación en el Diario Oficial.". ACUERDO FIRME.

B) Opinión jurídica sobre reconocimiento de intereses en sede administrativa. Del señor Ronny Jiménez Padilla, Jefe a. i. del Departamento Legal, se conoce oficio n.° DL-670-2019 del 28 de octubre de 2019, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual rinde opinión jurídica -de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República- en relación con el reconocimiento de intereses en sede administrativa, y con fundamento en una serie de consideraciones, literalmente concluye:

"De la lectura de las sentencias laborales y lo dictaminado por la Procuraduría General de la República que se ha venido reseñando, esta asesoría legal es del criterio que el pago de intereses legales sobre las diferencias salariales, procede solamente como un efecto de sentencia judicial, no encontrando norma habilitante que permita a la Administración reconocerlos en su propia sede frente a reclamos que le sean planteados y que por el fondo resulten procedentes.

Dejamos de esta manera rendida nuestra opinión jurídica, a efectos de cumplir con lo dispuesto en el artículo 4 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República.".

Se dispone: Tener por rendido el informe. Autorizar al señor Magistrado Presidente a dirigir la respectiva consulta a la Procuraduría General de la República. ACUERDO FIRME.

C) Informe sobre solicitud de indexación de los extremos aumentos de costo de vida y anualidades. Del señor Vinicio Mora Mora, Subjefe del Departamento Legal, se conoce oficio n.° DL-673-2019 del 28 de octubre de 2019, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual según lo ordenado en el acuerdo adoptado en el artículo quinto de la sesión ordinaria n.° 61-2019, celebrada por este Tribunal el 25 de junio de 2019 remite informe relativo a la solicitud de la Unión Nacional de Empleados Electorales y Civiles (UNEC) para indexar en sede administrativa las sumas correspondientes a aumento del costo de vida y anualidades.

Se dispone: Tener por rendido el informe. Proceda el propio Departamento Legal a emitir la respectiva opinión jurídica y a remitir a este Tribunal el proyecto de consulta que se tramitará ante la Procuraduría General de la República, en el plazo de diez días hábiles. Hágase del conocimiento de los estimables representantes de la UNEC. ACUERDO FIRME.

D) Solicitud de extensión de plazo para rendir informe sobe estudio de reserva de capacitación para partidos políticos. De los señores Hugo Ernesto Picado León, Director General del Instituto de Formación y Estudios en Democracia, Héctor Fernández Masís, Director General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos y Ronny Alexander Jiménez Padilla, Jefe a. i. del Departamento Legal, se conoce oficio n.° IFED-370-2019 del 29 de octubre de 2019, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiestan:

"En relación con sus oficios STSE-2504 [sic] y STSE-1403-2017, nos permitimos indicar que estamos recopilando insumos para elaborar el informe requerido a los suscritos referente a las reservas de financiamiento para capacitación a los partidos políticos. 

En razón de las ocupaciones actuales vinculadas al proceso electoral municipal y habida cuenta de la importancia de analizar el tema en lo que corresponda a los partidos cantonales, respetuosamente solicitamos al Tribunal la extensión del plazo para rendir este estudio en marzo próximo, una vez concluido el proceso electoral.".

Se dispone: Conceder la prórroga conforme se solicita. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO QUINTO. ASUNTOS DE ORGANISMOS ELECTORALES INTERNACIONALES.

A) Invitación para participar en las Elecciones Congresales Extraordinarias de 2020. Del señor Víctor Ticona Postigo, Presidente del Jurado Nacional de Elecciones de la República del Perú, se conoce oficio n.° 275-2019-P/JNE del 28 de octubre de 2019, recibido el día siguiente vía correo electrónico en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual cursa cordial invitación para participar, en calidad de observador electoral internacional, en las Elecciones Congresales Extraordinarias 2020, a celebrarse el domingo 26 de enero de 2019, según detalla. Indica el señor Ticona Postigo que el Jurado Nacional de Elecciones, de manera especial, estará cubriendo los gastos de participación en lo que respecta a boletos aéreos internacionales, alojamiento y alimentación entre el 22 y 27 de enero de 2020.

Se dispone: Agradecer al señor Ticona Postigo la cordial invitación que cursa. Para atenderla se designa a la señora Anabelle León Feoli, Asesora Emérita de este Tribunal.

De conformidad con lo establecido por este Tribunal en el inciso h) del artículo cuarto de la sesión ordinaria n.º 87-2008, celebrada el 2 de octubre de 2008, en relación con el viaje en cuestión se detalla lo siguiente:

Nombre completo del funcionario (a)

Cargo que desempeña

País (es) a visitar

Período del viaje

Objetivos del viaje

Monto del adelanto de gastos de viaje y justificación

Gastos conexos y justificación

Anabelle León Feoli

Asesora Emérita del TSE

República del Perú

22 al 27 de enero de 2020

Elecciones Congresales Extraordinarias 2020

Ninguno.

Ninguno.


ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO SEXTO. ASUNTOS EXTERNOS.

A) Consulta legislativa del proyecto de “Ley para impedir que personas extranjeras con antecedentes penales obtengan la naturalización costarricense”, expediente n.° 21.511. De la señora Daniella Agüero Bermúdez, Jefa de Área de Comisiones Legislativa VII de la Asamblea Legislativa, se conoce nuevamente oficio n.° AL-21511-CPSN-OFI-0284-2019 del 21 de octubre de 2019, recibido vía correo electrónico en la Secretaría General de este Tribunal el 23 de octubre de 2019, mediante el cual literalmente manifiesta:

"La Comisión Permanente Especial de Seguridad y Narcotráfico; tiene para su estudio el proyecto de ley, “LEY PARA IMPEDIR QUE PERSONAS EXTRANJERAS CON ANTECEDENTES PENALES OBTENGAN LA NATURALIZACIÓN COSTARRICENSE” Expediente N.º 21511 y de acuerdo con lo que establece el Artículo 126 del Reglamento de la Asamblea Legislativa, me permito remitirle la consulta obligatoria a su representada del texto base publicado el 07 de agosto de 2019, en el Alcance N.° 176, La Gaceta N. °147, el cual se adjunta.

De conformidad con lo que establece el artículo 157  (consultas institucionales), del Reglamento de la Asamblea Legislativa, que indica: …”Si [sic] transcurridos ocho días hábiles no se recibiere respuesta a la consulta a que se refiere este artículo, se tendrá por entendido que el organismo consultado no tiene objeción que hacer al proyecto”... […]".

Se dispone: Contestar la consulta formulada, en los siguientes términos:

I. Sobre el proyecto de ley objeto de la consulta.

Se somete a consulta de este Tribunal el texto del proyecto de ley tramitado en expediente legislativo número 21.511, “LEY PARA IMPEDIR QUE PERSONAS EXTRANJERAS CON ANTECEDENTES PENALES OBTENGAN LA NATURALIZACIÓN COSTARRICENSE”.

Resulta necesario indicar que este mismo proyecto fue consultado mediante oficio n.° AL-CJ-21511-1044-2019 del 20 de setiembre de 2019, del Área de Comisiones Legislativas VII de la Asamblea Legislativa, siendo que el texto de la iniciativa fue analizado y conocido por este Tribunal en el artículo sétimo, inciso c) de la sesión ordinaria número 94-2019, celebrada el 1.° de octubre de 2019, ocasión en la que este Tribunal en lo que interesa indicó:

“En síntesis, el referido proyecto tiene por objeto crear un marco regulatorio que impida la naturalización de aquellas personas extranjeras que pretendan nacionalizarse como costarricenses y que cuentan con antecedentes penales.

Del examen de la propuesta consultada no se advierte que esta contenga disposición alguna relacionada con la materia electoral, que haga referencia o pretenda regular en ningún modo actos relativos al sufragio o disposiciones que directa o indirectamente modifiquen, menoscaben o incidan en las competencias constitucionalmente asignadas a este Tribunal y sobre la cual deba emitir su criterio, en los términos establecidos en los artículos 97 constitucional y 12 del Código Electoral.

No obstante, lo anterior, para este Tribunal, como jerarca del Registro Civil y entendiendo que la propuesta legislativa es propia de la discrecionalidad político-parlamentaria, no existe objeción u observación alguna que hacer respecto del texto consultado.

Conclusión.

Con base en lo expuesto, este Tribunal no objeta la iniciativa legislativa consultada.  ACUERDO FIRME.”.

II. Conclusión.

Al advertir que se trata del mismo proyecto, reiteramos el criterio expuesto en el acuerdo parcialmente transcrito, en el sentido que este Tribunal no objeta la iniciativa legislativa consultada. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO SÉTIMO. ASUNTOS DE LAS ELECCIONES MUNICIPALES DE 2020.

A) Presentación de las papeletas. De la señora Alejandra Larios Trejos, quien manifiesta ser candidata a la Alcaldía del Cantón del Liberia, se conoce memorial del 31 de octubre de 2019, recibido el mismo día vía correo electrónico en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Luego de extenderle un respetuoso saludo, yo, Alejandra Larios Trejos, me dirijo a su persona en condición de Candidata a la Alcaldía del Cantón de Liberia por el Partido Liberación Nacional para las próximas elecciones municipales, con el fin de plantearle la solicitud de que en todas las papeletas emitidas para la elección se consideren las siguientes recomendaciones en relación con la redacción de los puestos elegibles:

• Papeletas para Alcaldía sean nombradas como: Candidaturas a la Alcaldía

• Papeletas para Regidurías sean nombradas como: Candidaturas a las Regidurías

• Papeletas para Sindicaturas sean nombradas como: Candidatura a la Sindicatura

La anterior solicitud se fundamenta en las publicaciones realizadas por el Tribunal Supremo de Elecciones en sus sitio web https://www.tse.go.cr/2020/sorteo.htm de los diferentes partidos políticos en las papeletas (ver fotografía adjunta) donde se hace mención de la Candidatura a las Alcaldías como “Alcaldes”, siendo este un término claramente masculino que invisibiliza las candidaturas de mujeres que tal y como esta servidora tenemos como eje trasversal en nuestra gestión la igualdad de género, con el fin de promover derechos políticos de las mujeres que estamos dispuestas a trabajar y fortalecer desde la acción política cantonal.

Agradezco de antemano que interponga sus buenos oficios para que se cumplan las solitudes plateadas en la presente misiva.".

Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Atendiendo a la conveniencia de que la presentación de las papeletas resulte más inclusiva, establecer en lo sucesivo el uso de las siguientes denominaciones:

a) Alcaldía.

b) Regidurías.

c) Concejalías y Sindicatura.

d) Intendencia.

ACUERDO FIRME.

B) Evaluación de impresión de productos gráficos. Se dispone: Instruir a las direcciones Ejecutiva y General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos evaluar la pertinencia y necesidad de imprimir productos gráficos y la amplitud de su tiraje, favoreciendo con ello el uso de documentos electrónicos y la despapelización, en aras de maximizar los recursos económicos institucionales y considerar el ambiente, lo anterior, de cara al proceso electoral 2022. ACUERDO FIRME.

A las doce horas terminó la sesión.



Luis Antonio Sobrado González




Eugenia María Zamora Chavarría




Max Alberto Esquivel Faerron




Luz de los Ángeles Retana Chinchilla




Luis Diego Brenes Villalobos