ACTA N.º 5-2016

Sesión ordinaria celebrada por el Tribunal Supremo de Elecciones a las diez horas del diecinueve de enero de dos mil dieciséis, con asistencia de los señores Magistrados Luis Antonio Sobrado González quien preside, Eugenia María Zamora Chavarría, Max Alberto Esquivel Faerron, Juan Antonio Casafont Odor y Luz de los Ángeles Retana Chinchilla.


ARTÍCULO PRIMERO. APROBACIÓN DE ACTAS ANTERIORES.

A) Se leyó y aprobó el acta de la sesión ordinaria inmediata anterior.

ARTÍCULO SEGUNDO. ASUNTOS DE LAS ELECCIONES MUNICIPALES 2016.

A) Autorización de traslado de centro de votación. Del señor Héctor Enrique Fernández Masís, Director General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos, se conoce oficio n.° DGRE-029-2016 del 13 de enero de 2016, recibido en la Secretaría General de este Tribunal el 15 de enero de 2016, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Mediante oficio DPE-002-2016 de fecha 07 de enero de 2016, el señor Eric Schmidt Fonseca, Jefe del Departamento de Programas Electorales, remitió a esta Dirección el oficio suscrito por el señor Gustavo Fitoria Mora, encargado del programa electoral de Acondicionamiento de Recintos Electorales, al que adjunta nota suscrita por el Lic. Carlos Araya Rivas, en su condición de secretario de la Junta Cantonal de San José Central, mediante la que solicita el traslado de las juntas receptoras de votos del distrito electoral La Peregrina al distrito electoral La Uruca, específicamente de la Escuela La Peregrina al Liceo Julio Fonseca, toda vez que la distancia entre ambos centros es muy corta, evitando de esta manera la duplicidad de recursos.

Por lo expuesto, los integrantes de la Junta Cantonal de San José Central proponen el traslado de las Juntas Receptoras de Votos número N.° 149 a la N.° 153 instaladas en el distrito electoral La Peregrina, al Liceo Julio Fonseca, señalando que este centro de votación cuenta con la capacidad de albergar todas las juntas citadas y cumple con la Ley 7600.

Aunado a lo anterior, esta Dirección debe señalar que, luego de realizado el estudio correspondiente en el Sistema de Información Geográfico Electoral (SIGE) se ha logrado determinar lo siguiente:

1.-  De acuerdo con la delimitación geográfica, se observa que la Escuela La Peregrina y el Liceo Julio Fonseca se encuentran ubicadas en el mismo distrito administrativo.

2.- Que la distancia existente entre la Escuela La Peregrina y el Liceo Julio Fonseca, es de aproximadamente 50 metros.

Razones por las cuales es el criterio de esta Dirección, recomendar a que se autorice el traslado de las juntas receptoras de votos N.° 149 a la N.° 153  de la Escuela La Peregrina al Liceo Julio Fonseca.

Por lo expuesto y en atención a lo establecido en el artículo 34 del Código Electoral, respetuosamente le solicito eleve lo anterior a conocimiento del Superior y, si a bien lo tiene, que este organismo electoral autorice lo siguiente:

1.- El traslado de las juntas receptoras de votos N.° 149 a la N.° 153  de la Escuela La Peregrina, ubicada en el distrito electoral La Peregrina del cantón de San José, al Liceo Julio Fonseca que se encuentra en el distrito electoral La Uruca, ambos de la provincia de San José.

2.- Que se establezca el Liceo Julio Fonseca como el centro de votación asignado al distrito electoral La Peregrina, cuya codificación en la División Territorial Electoral vigente es 10107034.

3.- Dado que para las elecciones del año 2014, la Junta Cantonal efectuó esta misma solicitud y en caso de que el TSE nuevamente apruebe el traslado como se propone, que para futuros procesos electorales se establezca el Liceo Julio Fonseca como centro de votación oficial, para que el mismo sea ratificado por la Junta Cantonal.

En virtud de lo expuesto y de aprobarse la solicitud de traslado del centro de votación por parte del Tribunal Supremo de Elecciones, comuníquese para lo que corresponda a los programas electorales de Sistema de Información 1020 y Asesores Electorales, al Cuerpo Nacional de Delegados, a todos los Partidos Políticos que participan en este proceso, asimismo solicítese actualizar la página web del Tribunal Supremo de Elecciones con la nueva información.".

Se dispone: Autorizar conforme se propone y recomienda. Proceda la propia Dirección General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos a cursar las comunicaciones correspondientes. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO TERCERO. ASUNTOS DE ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL.

A) Nombramiento de los miembros de la Junta de Relaciones Laborales del TSE. De las señoras María Amelia Gutiérrez Espinoza y Arlene Castro Jiménez, Presidenta y Secretaria de Actas, respectivamente, de la Junta de Relaciones Laborales, se conoce oficio n.° JRL-001-2016 del 13 de enero de 2016, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiestan:

"En virtud del artículo 57 del Reglamento Autónomo de Servicios del Tribunal Supremo de Elecciones, el cual establece que el nombramiento de los miembros de la Junta de Relaciones Laborales será por el período de un año y dado que la representación actual cesaría a partir del momento en que fue ratificada, según acuerdo tomado en sesión ordinaria número siete, celebrada por el Tribunal Supremo de Elecciones, a las diez horas del veintidós de enero de dos mil quince; solicitamos, respetuosamente, hacer del conocimiento de los señores Magistrados, la necesidad de confirmar a los representantes actuales o en su defecto realizar los nuevos nombramientos de quienes vayan a integrar éste órgano colegiado, según lo tenga a bien disponer el Superior.".

Se dispone: De previo a resolver, se insta a la Unión de Empleados Electorales y Civiles a manifestar si ratifica a sus representantes o bien realiza nuevos nombramientos. ACUERDO FIRME.

B) Gestión de reconsideración respecto del centro de cuido institucional. Del señor José Francisco Rodríguez Siles, Director Ejecutivo, se conoce oficio n.° DE-0100-2016 del 13 de enero de 2016, recibido el día siguiente en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"En fechas recientes, se recibió una gestión de la señora Cindy Vega Figueroa, funcionaria de la Sección de Solicitudes Cedulares, en la que expone una serie de argumentos referentes al beneficio de servicio de cuido, solicitando la reconsideración de lo dispuesto por el Tribunal Supremo de Elecciones en acuerdo adoptado en el artículo sexto de la sesión ordinaria n. ° 102-2015 del pasado 19 de noviembre, que aprueba la reforma de los artículos 9 y 10 del decreto n. ° 07-2014, dada mediante el decreto n. ° 24-2015, publicado en La Gaceta n. ° 237 del 7 de diciembre del año anterior.

Sobre el particular, mediante los oficios n. os DE-052-2016 y DE-0090-2016 - se adjunta copia-, a la gestionante se le aclararon algunos de los aspectos enmarcados en su misiva; cabe resaltar, que a la fecha no se le ha comunicado el resultado del proceso de selección que debe realizar la Unidad de Género para determinar el otorgamiento del servicio de cuido a las personas funcionarias aspirantes.

No obstante, la señora Vega Figueroa invoca recurso de reconsideración de ese acuerdo que conllevó a la reciente reforma del reglamento, vigente desde el mes de diciembre anterior, aduciendo que se encuentra dentro del plazo previsto en la derogada Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativo.

Así las cosas, por su intermedio se eleva la gestión mencionada a conocimiento de las señoras Magistradas y señores Magistrados del Tribunal para lo que estimen en resolver.".

Se dispone: Túrnese al Magistrado que corresponda. ACUERDO FIRME.

C) Solicitud de licencia sin goce de salario de la señora Nicole Andrea Marín Hernández. De la señora Nicole Andrea Marín Hernández, se conoce memorial del 14 de enero de 2016, recibido el día siguiente en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"En respuesta al oficio STSE-0087-2016, recibido el día de ayer vía correo electrónico, mediante el cual se me comunica el acuerdo adoptado por Tribunal, en el artículo cuarto de la sesión ordinaria n.º 3-2016, celebrada el 12 de enero de 2016, donde se me consulta, de previo a resolver la solicitud que presenté para extender mi permiso sin goce de salario por seis meses, sí estaría dispuesta a que dicha prórroga se disponga sin la posibilidad de un reintegro temporal el 1 de febrero, me permito exponer lo correspondiente.

De acuerdo con los argumentos expuestos en mi oficio anterior y dado que el Tribunal no tiene obstáculo alguno en extender dicha licencia, solicito se proceda con la ampliación respectiva, tal y como lo proponen, sin la posibilidad de reintegrarme el 1 de febrero, ya que tal reingreso, como lo indican, implicaría la finalización de la licencia, de acuerdo con lo que estipula el inciso sexto del artículo 33 del Reglamento del Estatuto de Servicio Civil. Pues dadas tales condiciones, la posibilidad de reincorporarme al Tribunal no sería en este momento una opción viable, ya que me limitaría para obtener una nueva licencia y cumplir, en el momento en que se me notifique, con  el Contrato de Retribución Social, que suscriben los profesionales en ciencias de la salud que se forman como especialistas con la Caja Costarricense de Seguro Social, de acuerdo con el “Reglamento que Regula la Relación del Residente y los Compromisos de los Especialistas en Ciencias de la Salud con la Caja Costarricense de Seguro Social”, por medio del Sistema de Estudios de Posgrado de la Universidad de Costa Rica.

Dicha petición de ampliación de licencia, en el entendido que en cuanto se me notifique la designación correspondiente y cuente con el nombramiento pertinente, estaría aportando la documentación que respaldaría el presente permiso. Asimismo, que en caso que se presente alguna situación inesperada o de fuerza mayor pueda reincorporarme a mi puesto en propiedad en el Tribunal, comunicado que claro está, realizaría con la premura del caso.

Una vez más, les externo mi sincero agradecimiento por la oportunidad concedida  para realizar esta formación académica de especialización, la cual me ha permito crecer de manera personal y profesional.".

Se dispone: Prorrogar la licencia sin goce de salario por el plazo de seis meses, según los términos expuestos. ACUERDO FIRME.

D) Ascenso en propiedad de la señora Ana Beatriz Morales Mora en el IFED. Del señor Erick Adrián Guzmán Vargas, Secretario General de este Tribunal, se conoce oficio n.° STSE-0075-2016 del 12 de enero de 2016, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Con fundamento en lo dispuesto en nuestra ley de salarios y su reglamento y lo expuesto en los oficios que se dirán, me permito proponer el siguiente ascenso en propiedad en el Instituto  de Formación y Estudios en Democracia, IFED:

Funcionario

Ana Beatriz Morales Mora

Puesto al  que se propone ascender

353678, Profesional del IFED, Profesional Ejecutor 3

Clases entre la actual y la propuesta

4

Fecha de rige propuesta

1.º/2/2016

Oficio del Departamento de Recursos Humanos

RH-0068-2016

Oficio de la Jefatura inmediata

IFED-0709-2015


Quedo atento a lo que a bien estime disponer el Tribunal.".

Se dispone: Ascender conforme se propone. ACUERDO FIRME.

E) Ascenso en propiedad del señor Gustavo Arroyo Godínez en el IFED. Del señor Erick Adrián Guzmán Vargas, Secretario General de este Tribunal, se conoce oficio n.° STSE-0094-2016 del 12 de enero de 2016, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Con fundamento en lo dispuesto en nuestra ley de salarios y su reglamento y lo expuesto en los oficios que se dirán, me permito proponer el siguiente ascenso en propiedad en el Instituto  de Formación y Estudios en Democracia, IFED:

Funcionario

Gustavo Arroyo Godínez

Puesto al que se propone ascender

353468 Técnico en Gestión, Técnico Funcional 2

Clases entre la actual y la propuesta

1

Fecha de rige propuesta

1.º/2/2016

Oficio del Departamento de Recursos Humanos

RH-0068-2016

Oficio de la Jefatura inmediata

IFED-0709-2015


Quedo atento a lo que a bien estime disponer el Tribunal.".

Se dispone: Ascender conforme se propone. ACUERDO FIRME.

F) Ascenso en propiedad de la funcionaria Jazmín Granados Leal en el IFED. Del señor Erick Adrián Guzmán Vargas, Secretario General de este Tribunal, se conoce oficio n.° STSE-0095-2016 del 12 de enero de 2016, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Con fundamento en lo dispuesto en nuestra ley de salarios y su reglamento y lo expuesto en los oficios que se dirán, me permito proponer el siguiente ascenso en propiedad en el Instituto  de Formación y Estudios en Democracia, IFED:

Funcionario

Jazmín Granados Leal

Puesto al que se propone ascender

54392 Asistente en Servicios Administrativos 3, Asistente Funcional 3

Clases entre la actual y la propuesta

3

Fecha de rige propuesta

1.º/2/2016

Oficio del Departamento de Recursos Humanos

RH-0068-2016

Oficio de la Jefatura inmediata

IFED-0709-2015


Quedo atento a lo que a bien estime disponer el Tribunal.".

Se dispone: Ascender conforme se propone. ACUERDO FIRME.

G) Nombramiento en propiedad del señor Ricardo Cubero Mora en la Dirección Ejecutiva. Del señor Erick Adrián Guzmán Vargas, Secretario General de este Tribunal, se conoce oficio n.° STSE-0115-2016 del 15 de enero de 2016, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Dado que existe al efecto un registro de elegibles, con fundamento en lo dispuesto en nuestra ley de salarios y su reglamento y lo expuesto en los oficios que se dirán, los cuales prohíjo, me permito someter a su consideración la siguiente terna, de la cual propongo nombrar en propiedad a quien figura en el primer lugar:

Terna

1.- Cubero Mora Ricardo

2.- González Solís Vanessa

3.- Solano Loría Dahiana Mayela

Puesto en el que se propone nombrar

45879, Oficinista 1 clase Asistente Administrativo 1 en la Dirección Ejecutiva

Fecha de rige propuesta

16 de febrero de 2016

Oficio del Departamento de Recursos Humanos

RH-0089-2016 del 14/01/2016

Oficio de la jefatura

DE-0088-2016 del 12/01/2016


Quedo atento a lo que a bien estime disponer el Tribunal.".

Se dispone: Nombrar conforme se propone. ACUERDO FIRME.

H) Ascenso en propiedad de la funcionaria Karen Monge Olivares en la Sección de Inscripciones. Del señor Luis Antonio Bolaños Bolaños, Director General del Registro Civil, se conoce oficio n.° DGRC-0041-2016 del 14 de enero de 2016, recibido el día siguiente en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Respetuosamente elevo a conocimiento del Superior y para lo que tenga a bien disponer, el oficio RH-0084-2016 del 13 de enero del año en curso, suscrito por el señor Ricardo Carias Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, referido al ascenso en propiedad de la funcionaria Karen Monge Olivares, Asistente Administrativo 1 a la plaza de Técnico Funcional 1 que se encuentra vacante en la Sección de Inscripciones.

La servidora Monge Olivares, fue recomendada por la señora Carolina Phillips Guardado  Jefa a. i. de  la  Sección  de   Inscripciones  mediante  oficio O-INS-1397-2015-sustituir- del 07 de diciembre de 2015, quien en lo que interesa manifestó  que: "…La persona que se propone cumple a cabalidad los requisitos de idoneidad exigidos por la normativa interna y posee gran experiencia en las tareas a ejecutar, además de ser conocedora de los procesos que se realizan."

Conforme a la recomendación de esta última, la cual el suscrito avala en todos sus extremos y cumpliendo con lo que establecen los artículos 34 y 36 del Reglamento a nuestra Ley de Salarios y lo dispuesto por el Tribunal Supremo de Elecciones en la Sesión Ordinaria No.129-2002, artículo quinto, comunicado mediante Oficio No.4168-2002 del 26 de setiembre del 2002, solicito al Superior, si a bien lo tiene, la aprobación del nombramiento en propiedad que se propone.

De contar con la anuencia del Tribunal, la servidora Monge Olivares, podría ser ascendida en propiedad al cargo de Técnico Funcional 1 en la Sección de Inscripciones, puesto número 45595, a partir del próximo 01 [sic] de febrero del año en curso.".

Se dispone: Ascender conforme se propone. ACUERDO FIRME.

I) Solicitud de prórroga de licencia sin goce de salario de la señora Marcela Áviles Sandoval. Del señor Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° RH-0090-2016 del 14 de enero de 2016, recibido el día siguiente en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"El Tribunal Supremo de Elecciones, en sesión 56-2015 celebrada el 2 de julio de 2015, oficio número STSE-1131-2015 de igual fecha, le autorizó a la señora Marcela Avilés Sandoval, quien ocupa en propiedad un cargo de oficinista 1 en la Sección de Inscripciones, el disfrute de una licencia sin goce de salario por los seis meses comprendidos entre el 23 de julio de ese año y el 22 de enero de 2016. Tal permiso lo requirió la empleada para atender asuntos de índole personal luego de que concluyera una licencia por maternidad.

Posteriormente, en sesión 87-2015 del 6 de octubre de 2015, oficio STSE-1838-2015 de la misma fecha, el Tribunal aprobó el ascenso en propiedad de la señora Avilés Sandoval a un cargo de oficinista 2, clase Asistente Administrativo 2, en la Sección de Inscripciones, movimiento que la respectiva jefatura solicitó con rige a partir del 1° de febrero de 2016, es decir, después de que concluyera su actual licencia sin goce de salario.

Para lo que a bien tenga disponer el superior, remito a consideración la nota que dicha colaboradora presentó ante este despacho el pasado 12 de enero, con la cual solicita  en virtud de los motivos que se sirve exponer  que se le prorrogue por seis meses esa licencia sin goce de salario que ahora disfruta y que está próxima a vencer.

La señora Avilés Sandoval labora para la institución desde el 3 de octubre de 2011 y la solicitud que formula podría autorizarse, salvo superior criterio, con fundamento en lo que al efecto dispone el artículo 33-c-1 del Reglamento del Estatuto de Servicio Civil, el cual señala que las licencias sin goce de salario podrán concederse por “Seis meses para asuntos personales del servidor. Esta licencia podrá ser prorrogada hasta por seis meses más en casos muy especiales a juicio del Ministro o máximo jerarca de la Institución.”

De aprobarse la prórroga de la licencia en los términos que solicita la funcionaria, el suscrito se permite solicitar que por el mismo lapso se extienda el nombramiento interino del señor Maickel Sandoval Peñaranda como oficinista 1 en la plaza 95550 de la Sección de Inscripciones, pues es la persona que ha estado sustituyendo a la titular del puesto, primero durante la incapacidad por maternidad y luego durante la licencia sin goce de salario. 

Asimismo, resulta oportuno consultar si se mantiene la fecha del ascenso en propiedad de la señora Avilés Sandoval para el próximo 1° de febrero como se aprobó en la sesión 87-2015 antes citada o si se traslada como producto de la prórroga de la licencia para el 1° de agosto de este año una vez que se haya incorporado a su puesto de trabajo después de disfrutar del permiso.

Puede apreciarse que la gestión que ahora presenta cuenta con la anuencia de la señora Carolina Phillips Guardado y del señor Luis Antonio Bolaños Bolaños, en ese orden Jefa a.i. de la Sección de Inscripciones y Director General del Registro Civil.".

Se dispone: Prorrogar la licencia de la señora Avilés Sandoval conforme se solicita y mantener la fecha de su ascenso, entendiendo por suspendido el respectivo período de prueba, el cual se contabilizará a partir de su reincorporación.  ACUERDO FIRME.

J) Encargo de funciones de la Jefatura del Departamento de Registro de Partidos Políticos. Del señor Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° RH-0102-2016 del 18 de enero de 2016, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Para los efectos consiguientes, remito a consideración del Tribunal Supremo de Elecciones el oficio DRPP-006-2015 recibido en este despacho que suscribe la Licda. Martha Castillo Víquez, Jefa del Departamento de Registro de Partidos Políticos, mediante el cual, en virtud de que disfrutará 8 horas a compensar y cuatro días de vacaciones a partir del próximo 21 de enero, solicita que durante ese lapso sus funciones se encarguen en la señora Kattia Rojas Vargas, quien ya en otras oportunidades ha asumido esa misma responsabilidad.

Puede apreciarse que la solicitud cuenta con el visto bueno de la Dirección General de Registro Electoral y Financiamiento de Partidos Políticos.".

Del señor Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, se conoce conjuntamente oficio n.° RH-0104-2016 del 18 de enero de 2016, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"En relación con lo comunicado por este despacho mediante oficio RH-0102-2016 de hoy, me permito indicar que la Licda. Martha Castillo Víquez, Jefa del Departamento de Registro de Partidos Políticos, solicitó 4 días de vacaciones y 8 horas de tiempo a compensar a partir del 21 de enero de 2016 y que sus funciones se encarguen en la señora Kattia Rojas Vargas, quien ya en otras oportunidades ha asumido esa misma responsabilidad

Para los efectos consiguientes, remito a conocimiento del Superior oficio número DRPP-006-2016 SUSTITUIR, recibido hoy en este despacho, que suscribe la Licda. Castillo Víquez, a través del cual - por los motivos que se sirve exponer - solicita que se modifique la solicitud anterior, siendo lo correcto que disfrutará 4.5 días de vacaciones a partir del 21 de enero y 4 horas de tiempo a compensar desde el medio día [sic] del 27 de ese mismo mes.".

Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día el segundo de los oficios que se conoce. 2.- Aprobar el encargo de funciones conforme se solicita. ACUERDO FIRME.

K) Renuncia de la funcionaria Fressi Núñez Obando. Del señor Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° RH-0103-2016 del 18 de enero de 2016, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Para conocimiento del Tribunal Supremo de Elecciones, remito la nota recibida el pasado 15 de enero en este despacho que suscribe la señora Fressi Núñez Obando, funcionaria interina destacada del Departamento de Programas Electorales, con la cual presenta renuncia a su cargo con rige a partir del próximo 1° de febrero.

La servidora Núñez Obando labora para la institución desde el 3 de agosto de 2015 y actualmente se desempeña en un puesto de la clase Técnico Funcional 2, con un nombramiento en plaza de servicios especiales que se extendería hasta el 31 de marzo del presente año. Para la fecha de renuncia habrá laborado poco menos de seis meses, por lo que para efectos del preaviso que corresponde ha formulado su renuncia con la antelación que señala el Código de Trabajo. En todo caso, tal preaviso podría presumirse innecesario de conformidad con lo indicado por la Procuraduría General de la República en su dictamen número C-256-2013 del 15 de noviembre de 2013, pues la funcionaria regresa el mes entrante a su plaza en propiedad en la Municipalidad de Vázquez de Coronado.".

Se dispone: Tener por presentada la renuncia de conformidad con los términos expuestos. ACUERDO FIRME.

L) Encargo de funciones en la Dirección General de Estrategia Tecnológica. El señor Erick Guzmán Vargas, Secretario General de este Tribunal, informa verbalmente que el señor Dennis Cascante Hernández, Director General de Estrategia Tecnológica, ha sido incapacitado por los servicios médicos desde hoy y hasta el 21 de enero de 2016, inclusive.

Se dispone: Durante la ausencia del señor Cascante Hernández, encargar sus funciones a la señora Armenia Masís Soto. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO CUARTO. ASUNTOS DEL CONSEJO DE DIRECTORES.

A) Propuesta de transferencia para atender el compromiso no devengado de 2015. Del señor José Francisco Rodríguez Siles, Coordinador del Consejo de Directores, se conoce oficio n.° CDIR-017-2016 del 18 de enero de 2016, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual se refiere a lo acordado por ese Consejo en el artículo tercero, inciso A) del acta de la reunión ordinaria n.° 3-2016, celebrada el 15 de enero de 2016, respecto de la propuesta de transferencia para atender el compromiso no devengado de 2015.


Se dispone: Aprobar conforme se propone. Proceda la Dirección Ejecutiva a comunicar lo propio a la Dirección General de Presupuesto Nacional del Ministerio de Hacienda. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO QUINTO. ASUNTOS DEL REGISTRO CIVIL.

A) Solicitud para desautorizar funcionarios que firman de certificaciones del Registro Civil. Del señor Luis Antonio Bolaños Bolaños, Director General del Registro Civil, se conoce oficio n.° DGRC-0032-2016 del 12 de enero de 2016, recibido el día siguiente en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Respetuosamente elevo a conocimiento del Tribunal, el oficio DC-0049-2016, del 08 de enero de 2016, mediante el cual se informa sobre las siguientes personas funcionarias y ex funcionarias de estos organismos electorales, que actualmente no desempeñan funciones en la Oficialía Mayor Civil y se encuentran autorizadas por el Superior para firmar certificaciones:

NOMBRE

CÉDULA

ANA LUCÍA ANDRADE VARGAS

112920338

EDUARDO RETANA JIMÉNEZ

108110215

JOHNNY ALVARADO LOBO

302330113

JOHNNY OVARES BARRANTES

104101218

LIDIA FALLAS VALVERDE

107330380

MARIA ISABEL CALVO BARRANTES

108390783

MARISABEL RODRIGUEZ BENAVIDES

900750990

MARJORIE ROMAN GARITA

106590106

MILENA TENCIO BLANCO

110180902

PAOLA CASTRO GALEANO

110520494

VICTOR CORRALES GONZALEZ

109600239


Sobre el particular y para efectos de publicidad, el suscrito muy respetuosamente solicita se valore desautorizar para firmar certificaciones registrales civiles, a las personas indicadas y se realice la publicación correspondiente.".

Se dispone: Aprobar conforme se solicita. ACUERDO FIRME.

B) Autorización para firma de certificaciones en la Oficina Regional de Cañas. Del señor Luis Antonio Bolaños Bolaños, Director General del Registro Civil, se conoce oficio n.° DGRC-0044-2016 del 15 de enero de 2016, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Respetuosamente elevo a conocimiento del Superior, el oficio CSR-023-2016, del 13 de enero de 2016, mediante el cual se solicita autorización para que el funcionario Steven Espinoza [sic] de la Oficina Regional de Cañas, sea autorizado para firmar certificaciones.

Sobre el particular y con la finalidad de no desmejorar el servicio al público, el  suscrito muy respetuosamente solicita se conceda la autorización requerida.".

Se dispone: De conformidad con lo dispuesto en el párrafo segundo del artículo 110 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil, se autoriza al referido funcionario para que firme certificaciones y constancias del Departamento Civil, a partir de la respectiva publicación en el Diario Oficial. Para esos efectos regístrense la firma y el sello que utilizará. ACUERDO FIRME.

C) Autorización para firma de certificaciones en el Departamento Civil. Del señor Luis Antonio Bolaños Bolaños, Director General del Registro Civil, se conoce oficio n.° DGRC-0027-2016 del 12 de enero de 2016, recibido en la Secretaría General de este Tribunal el 15 de enero de 2016, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Respetuosamente elevo a conocimiento del Superior, el oficio DC-0071-2016, del 11 de enero de 2016, mediante el cual se solicita autorización para que la funcionaria Carolina María Mora Carvajal del Departamento Civil, sea autorizada para firmar certificaciones.

Sobre el particular y con la finalidad de no desmejorar el servicio al público, el  suscrito muy respetuosamente solicita se conceda la autorización requerida.".

Se dispone: De conformidad con lo dispuesto en el párrafo segundo del artículo 110 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil, se autoriza a la referida funcionaria para que firme certificaciones y constancias del Departamento Civil, a partir de la respectiva publicación en el Diario Oficial. Para esos efectos regístrense la firma y el sello que utilizará. ACUERDO FIRME.

D) Autorización para firma de certificaciones en la Oficina Regional de Limón. Del señor Luis Antonio Bolaños Bolaños, Director General del Registro Civil, se conoce oficio n.° DGRC-0046-2016 del 15 de enero de 2016, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Respetuosamente elevo a conocimiento del Superior, el oficio CSR-030-2016, del 14 de enero de 2016, mediante el cual se solicita autorización para que la funcionaria Tatiana Francella Blandon [sic] Reyes de la Oficina Regional de Limón, sea autorizada para firmar certificaciones.

Sobre el particular y con la finalidad de no desmejorar el servicio al público, el  suscrito muy respetuosamente solicita se conceda la autorización requerida.".

Se dispone: De conformidad con lo dispuesto en el párrafo segundo del artículo 110 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil, se autoriza a la referida funcionaria para que firme certificaciones y constancias del Departamento Civil, a partir de la respectiva publicación en el Diario Oficial. Para esos efectos regístrense la firma y el sello que utilizará. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO SEXTO. ASUNTOS INTERNOS DIVERSOS.

A) Informe de seguimiento relativo a la evaluación de los factores formales de la ética institucional. De los señores José Francisco Rodríguez Siles, Director Ejecutivo y Mariselle Solís Arce, Coordinadora de la Comisión de Ética y Valores, se conoce oficio n.° DE-0091-2016 del 13 de enero de 2016, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiestan:

"En atención al acuerdo tomado por el Superior, oficio STSE-0018-2016 del 5 de enero del año en curso, referente al informe de seguimiento de la Auditoría Interna sobre las recomendaciones contenidas en el Informe No. ICI-05-2014, denominado “Informe de control interno relativo a la evaluación de los factores formales de la ética institucional (Programa Ético)”, se remite para conocimiento de las señoras Magistradas y de los señores Magistrados la posición de la Comisión de Ética y Valores al respecto:
  1. El documento base del trabajo de las Comisiones de Ética y Valores del sector público se denomina “Lineamientos para las Comisiones Institucionales de Ética y Valores en la Gestión Ética”, elaborado por la Comisión Nacional de Rescate de Valores en el año 2014. En dicho documento no se habla de un “Programa Ético”, sino del “Proceso de Gestión Ética”, el cual se compone de cinco etapas:
  1. Posicionamiento: Establecimiento de la estructura funcional de la comisión, capacitación de ese personal y elaboración del plan de trabajo.
  2. Diagnóstico y Definición del Marco Ético: compuesto por el diagnóstico ético o de oportunidad, de donde derivan la identificación y validación de los valores, el Código o Manual de Ética y la Política Ética con su plan de acción.
  3. Comunicación y Formación: formado por el proceso de comunicación de los valores y del Manual de Ética y por los procesos de capacitación y formación sistemáticos y permanentes en cada parte del programa.
  4. Alineamiento e inserción de la ética en los sistemas de gestión institucional: ejecución de la Política Ética y su plan de acción e inserción de prácticas éticas en los procesos de gestión.
  5. Seguimiento y evaluación: revisión de las etapas anteriores y corrección de falencias encontradas, auditorías de la ética, mantenimiento y mejoramiento continuo.
  1. Con base en las recomendaciones del Informe ICI-05-2014, la coordinadora actual de la comisión se reunió en junio del 2015 con la máster Vera Solís Gamboa, Directora Ejecutiva de la Comisión Nacional de Rescate de Valores, concluyendo que los plazos propuestos en cronograma del oficio DE-1597-2014 no eran realizables por la magnitud del trabajo que encierran y la imposibilidad de los miembros de la comisión de dedicarse exclusivamente a ella y se elaboró una nueva propuesta para el cumplimiento de las recomendaciones de dicho informe, enviada al Auditor Interno en oficio CEV-007-2015 del 3 de julio.
  2. Dado que no se recibió respuesta de Auditoría Interna al oficio CEV-007-2015, la Comisión supuso que lo propuesto estaba aceptado, sin embargo,  se reconoce que el cronograma propuesto en ese oficio debió haberse enviado en aquel momento al Superior para su aprobación.
  3. En relación con el detalle de cada recomendación la posición de la Comisión es:

Recomendación

Dirigida a

Estado de la recomendación

Posición de la Comisión

4.1

Tribunal Supremo de Elecciones

De conformidad con los elementos expuestos, se tiene esta recomendación como “no cumplida”,  debido a que si bien se han desarrollado una serie de acciones formales relacionadas con el Programa Ético, todavía no se han consolidado tales acciones en un único documento debidamente aprobado.

Según el documento “Guía técnica para el desarrollo de Auditorías de la Ética” del 2008 un “Programa Ético” comprende los factores formales en materia ética establecidos en la organización, tales como:

  • Declaración de valores
  • Código de ética
  • Visión y misión
  • Indicadores de gestión ética
  • Estrategia de implementación (compromisos, políticas y programas regulares para actualizar y renovar el compromiso de la organización con la cultura ética). Las políticas contempladas en la estrategia de implementación están referidas, al menos, a los siguientes temas:
    • Divulgación del marco ético
    • Acciones y responsables
    • Revisión, actualización y seguimiento del programa
    • Manejo de fraude y corrupción
    • Tratamiento de conflictos de interés
    • Manejo de conductas presuntamente antiéticas
    • Gestión del recurso humano
    • Compromiso con el control interno
    • Responsabilidad social

Debido a que el “Programa Ético” es un documento que contempla los resultados del trabajo de las cinco etapas del “Proceso de Gestión Ética”, se podrá contar con éste hasta que se haya llegado a la última etapa del proceso.

En el oficio CEV-007-2015 se propuso tener dicho proceso concluido en el 2018.

4.2

Tribunal Supremo de Elecciones

La recomendación  se tiene como “no cumplida”, en virtud de que aún  no se definen de manera puntual y formal, las funciones de cada uno de los integrantes de la Comisión; asimismo, el plan de trabajo y  cronograma de actividades integral, aún no están debidamente aprobados ni divulgados.

Las funciones de la comisión quedaron establecidas con la aprobación del “Reglamento de Funcionamiento de la Comisión de Ética y Valores” aprobado por el Superior en oficio STSE-2416-2015 (artículos Nº 6 obligaciones y Nº 8 funciones) y publicado en La Gaceta Nº 246 del 18 de diciembre 2015.

Este reglamento se basó en el documento emitido por la Comisión Nacional de Rescate de Valores, llamado “Lineamientos para las Comisiones Institucionales de Ética y Valores en la Gestión Ética” donde además se establecen funciones específicas para la persona que coordina la comisión.

Nuestro reglamento dejó establecidas algunas funciones adicionales para la persona que se dedique a la secretaría, para efectos de gestión documental.

Debido a que el “Reglamento de Funcionamiento de la Comisión de Ética y Valores” fue elaborado con base en los lineamientos establecidos, bajo la guía del Departamento Legal  y el mismo fue aprobado formalmente por el Superior se considera que esta recomendación fue cumplida.

El Plan de Trabajo de la Comisión se remite al Superior al inicio de cada año, como se ha hecho en años pasados y como lo establece el artículo 8 del reglamento citado anteriormente: “Elaborar y ejecutar el Plan Operativo Anual o Plan Operativo Institucional para la Gestión Ética”, dicho plan fue enviado el año pasado en Memorando CEV-006-2015 y este año en Memorando CEV-001-2016.

Además, la Comisión debe elaborar el Plan Operativo Anual todos los años, el cual se envió a Dirección Ejecutiva el año pasado en Memorando CEV-002-2015 sustituir. Por tales razones la comisión sí cuenta con un Plan de Trabajo anual debidamente establecido.

4.4

Comisión de Rescate de Valores Institucional

Con fundamento en lo expuesto, se considera que la recomendación se encuentra como “no cumplida” en virtud de que no se suministró evidencia documental sobre el particular.

La recomendación señala: Implementar los mecanismos necesarios que contribuyan al adecuado uso de los recursos presupuestarios requeridos por esta Comisión, así como aquellos que coadyuven con el seguimiento y utilización eficiente y eficaz del presupuesto que anualmente se le asigna.

Al respecto en oficio DE-0248-2015 se informó a la Comisión los recursos aprobados para el 2015: 50 horas extras, ¢1.390.000 en viáticos y una serie de artículos, de lo cual se utilizaron las horas extras y los viáticos necesarios para visitar 16 regionales del 7 de octubre al 13 de noviembre, gira que fue debidamente liquidada y se solicitaron los artículos aprobados, los cuales se han usado en labores administrativas de la comisión y en la impresión de 717 “Manuales de Ética y Valores de la Persona Funcionaria” y otros consumibles se han utilizado en refrigerios para capacitaciones, enviando para pago a Contaduría en Memorando CEV-013-2015 la factura 659042 del Consejo Nacional de Producción por ¢93.904,00.

Asimismo, la Comisión está sujeta a la rendición de cuentas cuando se envían los informes de seguimiento del Plan Operativo Anual a Dirección Ejecutiva cada semestre (memorandos CEV-009-2015 y CEV-016-2015).

En relación con este aspecto, más adelante se presenta un informe detallado sobre el presupuesto asignado y gastado el año anterior*.

4.5

Comisión de Rescate de Valores Institucional

De acuerdo con lo señalado por la citada Comisión, se considera “no cumplida” la recomendación, en razón de que no se cuenta con los indicadores de gestión éticos.

Como se propuso en oficio CEV-007-2015, se contaría con los indicadores de gestión ética para junio de 2016.

4.6

Comisión de Rescate de Valores Institucional

De conformidad con la información suministrada por la Comisión de Ética y Valores,  se tiene por “no cumplida” la  recomendación, debido a que no se ha realizado el referido análisis.

Como se propuso en oficio CEV-007-2015, se contaría con el análisis de los elementos -externos e internos- que podría impactar en el marco ético institucional para setiembre de 2016.

4.7

Comisión de Rescate de Valores Institucional

En virtud de lo informado por la Comisión, la recomendación se tiene por “no cumplida”

Como se propuso en oficio CEV-007-2015, se prevé contar con el “Programa Ético” para el 2018.


*En atención a la recomendación 4.4 a continuación se presenta el control de los recursos asignados a la comisión el año pasado:

Control del Presupuesto de la Comisión de Ética y Valores 2015






Aprobados en oficio

DE- 0248-2015








RECURSO

RECURSO APROBADO

DOCUMENTO DE SOLICITUD

CANTIDAD SOLICITADA

FECHA DE LA SOLICITUD

CANTIDAD UTILIZADA

FACTURA Nº

FECHA FACTURA

Jornada Extraordinaria

50 HORAS

41215 y 41315

47,5 HORAS

23/09/2015

 -

NA

NA

Gastos de Viaje

¢1,390,000

27115

¢557,700,00

22/09/2015

¢519,795,00

NA

NA

Servicios, Materiales y Bienes Duraderos

Bienes perecederos (azúcar, café, crema, galletas, jugos)

Reserva de recursos 3400026086

¢96,000.00

18/09/2015

¢93,904,00

215758

25/09/2015

removedores

requisición 972

1 paquete

22/09/2015

1 paquete

NA

NA

vasos

requisición 972

6 paquetes

22/09/2015

6 paquetes

NA

NA

servilletas

requisición 794

5 paquetes

30/07/2015

5 paquetes

NA

NA

papel bond tamaño carta

requisición 794

20 resmas

30/07/2015

20 resmas

NA

NA









NA: no aplica









Como se nota en el cuadro anterior la Comisión de Ética y Valores hizo un uso racional de los recursos asignados, cumpliendo además con los objetivos  propuestos en el Plan de Trabajo 2015 y POA 2015, en relación con la gira a 16 oficinas regionales.

Asimismo se logró la aprobación del “Manual de Ética y Valores de la persona funcionaria” y del “Reglamento de Funcionamiento de la Comisión de Ética y Valores”, se participó en 14 actividades de capacitación y formación organizadas por la Comisión Nacional de Rescate de Valores, se realizaron 10 actividades de sensibilización al personal en materia de ética y valores, se participó en 14 actividades de inducción presencial y virtual dirigidas a 278 personas de nuevo ingreso,  se realizaron 4 actividades para celebrar el Día Nacional de los Valores y se dio a conocer el manual de ética a 717 personas de oficinas centrales y regionales.

Recomendaciones        

En razón de lo expuesto respetuosamente se solicita al Superior:

1. Dar por atendidas las recomendaciones 4.2 y 4.4 del Informe No. ICI-05-2014.

2. Aprobar la presente calendarización para el cumplimiento del “Programa Ético”:

Componente

Estado

  • Declaración de valores

Cumplida

  • Código de ética

Cumplida

  • Visión y misión

Cumplida

  • Indicadores de gestión ética

Se determinarán a junio del 2016

  • Estrategia de implementación (compromisos, políticas y programas regulares para actualizar y renovar el compromiso de la organización con la cultura ética). Las políticas contempladas en la estrategia de implementación están referidas, al menos, a los siguientes temas:
    • Divulgación del marco ético
    • Acciones y responsables
    • Revisión, actualización y seguimiento del programa
    • Manejo de fraude y corrupción
    • Tratamiento de conflictos de interés
    • Manejo de conductas presuntamente antiéticas
    • Gestión del recurso humano
    • Compromiso con el control interno
    • Responsabilidad social

Debido a que completar el “Programa Ético” conlleva la elaboración, aprobación y ejecución de la Política Ética y su plan de acción e inserción de prácticas éticas en los procesos de gestión, lo cual no solo depende de esta comisión, sino de la acción de otras unidades administrativas, se estima que esta acción se concluirá en el 2018.


En atención a lo expuesto la Comisión de Ética y Valores continuará dedicando sus esfuerzos a la consecución de lo programado, con base en los recursos asignados y el apoyo de la administración.".

Se dispone: Tener por rendido el informe.  Hágase del conocimiento de la Auditoría Interna en atención a su oficio n.° AI-255-2015 del 29 de diciembre de 2015. ACUERDO FIRME.

B) Solicitud de prórroga del convenio con la Universidad de Costa Rica. De la señorita María José Alvarado Aguilar, Asesora de la Gestión Política Institucional de este Tribunal, se conoce oficio n.° AGPI-0001-2016 del 14 de enero de 2016, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Para que sea del conocimiento de los señores Magistrados del Tribunal Supremo de Elecciones, me permito indicar que, a raíz de conversaciones sostenidas con personeros de la Universidad de Costa Rica, se vislumbra la posibilidad de prorrogar la carta de entendimiento suscrita entre ambas instituciones para la transmisión del programa ConécTSE. En razón de lo anterior, y como encargada de dicho convenio, sugiero que se delegue en el Departamento Legal el trámite del adendum correspondiente y así asegurar que ese espacio radiofónico se mantenga al aire, por lo menos, hasta febrero de 2018.".

Se dispone: Aprobar conforme se solicita. ACUERDO FIRME.

A las doce horas terminó la sesión.





Luis Antonio Sobrado González





Eugenia María Zamora Chavarría





Max Alberto Esquivel Faerron





Juan Antonio Casafont Odor





Luz de los Ángeles Retana Chinchilla