ACTA N.º 47-2020


Sesión ordinaria celebrada por el Tribunal Supremo de Elecciones a las diez horas del diecinueve de mayo de dos mil veinte, con asistencia de los señores Magistrados Luis Antonio Sobrado González quien preside, Eugenia María Zamora Chavarría y Max Alberto Esquivel Faerron.


ARTÍCULO PRIMERO. APROBACIÓN DE ACTAS ANTERIORES.

A) Se leyó y aprobó el acta de la sesión ordinaria inmediata anterior.

ARTÍCULO SEGUNDO. ASUNTOS DE ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL.

A) Solicitud de licencia sin goce de salario de la señora Rosa María Madriz Castro de la Sección de Inscripciones. De la señora Kattia Varela Gómez, Subjefa a. i. del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° RH-1258-2020 del 15 de mayo de 2020, recibido vía correo electrónico el 18 de mayo de 2020 en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Para lo que a bien tenga disponer el Tribunal Supremo de Elecciones, remito a consideración nota recibida en este despacho el pasado 14 de mayo de 2020, que suscribe la funcionaria Rosa María Madriz Castro, mediante la cual solicita que se le conceda una licencia sin goce de salario por 17 días hábiles, contados a partir del 25 de mayo y hasta el 16 de junio de 2020, por los motivos que se sirve exponer según consta en documento adjunto.

La señora Madriz Castro labora para este organismo electoral desde el 4 de mayo de 1992, posee un nombramiento en propiedad en el puesto de Registradora Auxiliar del Registro Civil -clase Asistente Funcional 2- y actualmente está destacada en la Sección de Inscripciones. Cabe indicar que, durante su trayectoria laboral, no ha disfrutado de licencias como la que ahora pretende.

Esta solicitud bien encuentra asidero en lo dispuesto por el artículo 33 del Reglamento del Estatuto de Servicio Civil, inciso C, punto 1, el cual dicta, para este tipo de licencia, lo siguiente: “Seis meses para asuntos personales del servidor. Esta licencia podrá ser prorrogada hasta por seis meses más en casos muy especiales a juicio del Ministro o máximo jerarca de la Institución.”.

Así las cosas, se estima conveniente, salvo superior criterio, que esta gestión se puede aprobar del 25 de mayo al 16 de junio del año en curso, con base en lo que solicita la gestionante en su escrito, reincorporándose a sus labores el 17 de junio de 2020.

De no haber objeciones por parte del Tribunal, y conforme es usual tratándose de licencias sin goce de salario, la señora Madriz Castro debería, previamente, disfrutar las vacaciones ordinarias y proporcionales, sin embargo, al día de hoy no cuenta con saldo disponible.        

Finalmente puede apreciarse que la gestión cuenta con el visto bueno de la Licda. Carolina Phillips Guardado, jefa inmediata de la Sección de Inscripciones y cuenta también con el aval de la Dirección General del Registro Civil.".

Se dispone: Conceder la licencia conforme se propone. ACUERDO FIRME.

B) Recargo de funciones del señor jefe del Departamento de Proveeduría. Del señor Erick Adrián Guzmán Vargas, Secretario General de este Tribunal, se conoce oficio n.° STSE-0880-2020 del 15 de mayo de 2020, mediante el cual literalmente manifiesta:

"En atención a lo solicitado por la respectiva jefatura y previo análisis de los requisitos y condiciones, me permito proponer la aprobación del recargo de funciones que se detalla a continuación:

Unidad Administrativa

Titular

Sustituye

Período

Tipo

Departamento de Proveeduría

Allan Herrera Herrera

Lucrecia Mora Marín

Del 21 de mayo al 3 de junio de 2020

Recargo de funciones


Quedo atento a lo que a bien estime disponer el Tribunal.".

Se dispone: Aprobar el recargo de funciones conforme se propone. ACUERDO FIRME.

C) Rige de nombramiento interinos. Del señor Erick Adrián Guzmán Vargas, Secretario General de este Tribunal, se conoce oficio n.° STSE-0881-2020 del 18 de mayo de 2020, mediante el cual literalmente manifiesta:

"En virtud de lo acordado en el artículo segundo de la sesión ordinaria n.º 46-2020, celebrada el 14 de mayo de 2020 por el Tribunal Supremo de Elecciones y por no haberse indicado en su oportunidad, me permito proponer que la fecha de rige de los nombramientos interinos de los señores José Francisco Hernández Alpízar, Katherine Patricia Calderón Figueroa y Juan Pablo Quirós Loaiza, en plazas de las oficinas regionales de Heredia y de Turrialba y en la Secretaría General  del TSE, respectivamente, lo sea a partir del 16 de mayo de 2020.

Quedo atento a lo que estimen disponer.".

Se dispone: Tener por adicionado el referido acuerdo conforme se aclara. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO TERCERO. ASUNTOS DEL CONSEJO DE DIRECTORES.

A) Informe sobre incremento salarial primer semestre 2020. Del señor Héctor Enrique Fernández Masís, Coordinador del Consejo de Directores, se conoce oficio n.° CDIR-139-2020 del 12 de mayo de 2020, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Se comunica el acuerdo adoptado en el artículo segundo de la sesión ordinaria n.º 30-2020, celebrada el 12 de mayo de 2020 por el Consejo de Directores, integrado por los señores Héctor Enrique Fernández Masis, Director General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos quien preside; Erick Adrián Guzmán Vargas, Secretario General del TSE; Luis Antonio Bolaños Bolaños, Director General del Registro Civil; Carlos Alberto Murillo Montoya, Director Ejecutivo; Hugo Picado León, Director General del Instituto de Formación y Estudios en Democracia y Armenia Masis Soto, Directora General a.i. de Estrategia Tecnológica, que dice:

«Del señor Carlos Alberto Murillo Montoya, Director Ejecutivo, se conoce oficio DE-1192-2020 del 11 de mayo del 2020, recibido el 12 de mayo del presente en la coordinación de este Consejo, donde en atención al oficio CDIR-100-2020 del 14 de abril de 2020 informa que razón de los motivos expuestos y a la luz de las “Medidas Laborales en el sector público para combatir el COVID 19”, y del Decreto Ejecutivo N° 42286-MTSS-H-MIDEPLAN, relacionados con las acciones orientadas a direccionar los recursos económicos para la atención de la emergencia nacional, recomienda no aplicar el incremento salarial por costo de vida al personal de estos organismos electorales en el primer semestre del año 2020 y contemplar, si a bien lo tiene el Superior,  la devolución de los recursos que en un principio serían utilizados para hacer frente a dicho incremento salarial para 2020, correspondiente a una diferencia de alrededor de ¢72.0 [sic] millones, en la coletilla 82 “Reconocimiento de incremento salarial por costo de vida”, para los puestos de cargos fijos y servicios especiales, solo por el efecto en las bases salariales.

Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Aprobar conforme recomienda el señor Director Ejecutivo. 3.- Elévese a conocimiento del Tribunal. ACUERDO FIRME.»".

Se dispone: Aprobar conforme se recomienda. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO CUARTO. ASUNTOS DE ORGANISMOS ELECTORALES INTERNACIONALES.

A) Solicitud de cooperación técnica entre organismos electorales. Del señor Hugo Picado León, Director General del Instituto de Formación y Estudios en Democracia (IFED), se conoce oficio n.° IFED-107-2020 del 15 de mayo de 2020, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Para consideración de la señora y señores magistrados, adjunto nota del señor Marcelo Varela Erasheva, Gerente de Proyecto de IDEA Internacional Panamá, de fecha 14 de mayo, que me fue remitida vía correo electrónico, con el fin de consultar mi disponibilidad para colaborar en la retroalimentación del proceso de reforma electoral de ese país, en el marco de la cooperación horizontal con el Tribunal Electoral panameño. 

El señor Varela Erasheva indica que me contacta por solicitud de los magistrados del TE y que en las actuales condiciones la colaboración se canalizaría de manera virtual, revisando documentos y eventualmente participando en algún conversatorio por medios electrónicos.

  Manifiesto mi disponibilidad para brindar la colaboración técnica solicitada, siempre y cuando el superior lo estime pertinente, en el entendido de que se enmarcaría en la cooperación horizontal entre organismos electorales y que, por ende, sería totalmente ad honorem.".

Se dispone: En el marco de la cooperación horizontal entre organismos de la región, autorizar la participación del señor Hugo Picado en el referido proceso. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO QUINTO. ASUNTOS INTERNOS DIVERSOS.

A) Informes de control interno. Del señor Franklin Mora González, Auditor Interno, se conoce oficio n.° AI-128-2020 del 18 de mayo de 2020, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Para los fines pertinentes, me permito remitir a ese estimable Tribunal, los Informes que a continuación se detallan:

1. ICI-07-2020: Informe de control interno, relativo a la evaluación del Programa de Transmisión de Datos y seguimiento al informe n.° SRICI-01-2018.

2. ICI-08-2020: Informe de control interno, relativo a la evaluación de los controles establecidos en el Programa de Transporte Electoral, del proceso de elecciones municipales de 2020.

3. ICI-09-2020: Informe de control interno, relativo a los procesos operativos de las Juntas Receptoras de Votos visitadas, con motivo del proceso electoral celebrado el 02 de febrero de 2020 y seguimiento a las recomendaciones contenidas en el informe de control interno n. º ICI-06-2018.

4. ICI-10-2020: Informe de control interno, relativo a la verificación de aspectos relacionados con el control y entrega de documentación y material electoral de las Juntas Cantonales a la Juntas Receptoras de Votos, con motivo del proceso electoral celebrado el 2 de febrero de 2020.

Con el propósito de observar debidamente lo dispuesto por el artículo 37 de la Ley General de Control Interno, N.° 8292, respecto del plazo en el cual deben ser analizados los informes de auditoría que se remiten a los titulares subordinados, respetuosamente se les solicita disponer las acciones correspondientes, en el curso de los treinta días hábiles siguientes a su recibo.

Agradeciendo la atención que le sirvan brindar a la presente solicitud.".

Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Para su estudio e informe conjunto, el cual habrá de rendirse en el plazo de diez días hábiles, pase a los señores Directores Ejecutivo y Generales del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos y de Estrategia Tecnológica. ACUERDO FIRME.

A las doce horas terminó la sesión.




Luis Antonio Sobrado González





Eugenia María Zamora Chavarría





Max Alberto Esquivel Faerron