ACTA Nº 38-2012

Sesión ordinaria celebrada por el Tribunal Supremo de Elecciones a las nueve horas del ocho de mayo de dos mil doce, con asistencia de los señores Magistrados Luis Antonio Sobrado González, quien preside, Max Alberto Esquivel Faerron y Juan Antonio Casafont Odor.

ARTÍCULO PRIMERO. APROBACIÓN DEL ACTA ANTERIOR.
Se leyó y aprobó el acta de la sesión ordinaria inmediata anterior.
ARTÍCULO SEGUNDO. ASUNTOS DE ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL.
A) Renuncia por pensión del funcionario Hugo Montero Hernández. Del señor Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° RH-0883-2012 del 02 de mayo de 2012, recibido el día siguiente en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Para lo que a bien tenga disponer el Tribunal Supremo de Elecciones, me permito elevar a consideración la nota recibida el pasado 26 de abril en este despacho, que suscribe el señor Hugo Montero Hernández, quien posee una plaza en propiedad de Técnico Funcional 2 en la Sección de Actos Jurídicos, mediante la cual presenta la renuncia a su cargo para acogerse al beneficio de pensión por el régimen general de pensiones Ley Marco (Ley No. 7302 del 15 de julio de 1992).
El señor Montero Hernández labora para este organismo electoral desde el 1° de agosto de 1979 y desea que su cese de funciones sea efectivo a partir del 1° de junio de 2012, motivado para ello en la resolución DNP-OA-2236-2011 que emitió la Dirección Nacional de Pensiones a las once horas del 4 de agosto de 2011.
Solicita asimismo el pago tanto de las prestaciones legales que pudieran corresponderle de acuerdo con la legislación laboral vigente, como de las vacaciones que no haya disfrutado a la fecha de su retiro.".
Se dispone: Tener por presentada la renuncia del señor Montero Hernández a partir del 1° de junio de 2012, a quien se agradece por los eficientes y leales servicios prestados durante tantos años a estos organismos electorales, deseándole el mayor de los éxitos en su nueva etapa de vida. Procedan con lo de sus respectivos cargos la Contaduría y el Departamento Legal. ACUERDO FIRME.
B) Suspensión de licencia sin goce de salario del funcionario Jeffry Ureña Fallas. Del señor Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.º RH-0894-2012 del 02 de mayo de 2012, recibido el día siguiente en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Para los efectos consiguientes, remito a consideración del Tribunal Supremo de Elecciones la nota del pasado 30 de abril que suscribe el señor Jeffry Ureña Fallas, funcionario del Departamento Civil, a través de la cual solicita que se le suspenda la licencia sin goce de salario que actualmente disfruta y se le permita reincorporarse a su plaza en propiedad de Asistente Administrativo 2 en el citado departamento.
El servidor Ureña Fallas labora para la institución desde el 2 de mayo de 2007 y en marzo de este año solicitó una licencia sin goce de salario por espacio de tres meses contados a partir del 1° de abril, la cual fue autorizada por el Tribunal en sesión 023-2012 del 13 de marzo según consta en oficio número STSE-0684-2012 de igual fecha.
 En su nota el interesado señala como fecha para su regreso el 15 de mayo, pero se sugiere que sea a partir del 16 de mayo para que lo haga con el inicio de la segunda quincena de mayo y la persona que lo sustituye, señor Leonardo Segura Barboza, también pueda terminar completa la primera quincena de este mes.  En cuanto a este último colaborador, por el tiempo que tiene de laborar no habría que otorgarle preaviso, pero es muy posible que se le pueda ubicar en otro puesto a partir del próximo 16 de mayo, de manera que no tenga que abandonar la institución.".
Se dispone: Aprobar conforme se propone. ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO TERCERO. ASUNTOS DEL PADRÓN NACIONAL ELECTORAL.
A) Informe resultado de la gestión de solicitudes cedulares en marzo de 2012. Del señor Carlos Arguedas Rojas, Jefe de la Sección de Padrón Electoral, se conoce oficio n.° PE-1008-2012 del 02 de mayo de 2012, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Le remito dos libros que contienen el resumen; con totales por distritos, cantones, provincias y el general de toda la República por sexo,  resultado de la gestión de solicitudes cedulares aprobadas en marzo de 2012.
Asimismo, se incluye algunos aspectos importantes que describen el comportamiento numérico del Padrón Nacional Electoral, según la procedencia de las inclusiones y exclusiones que se ejecutan.

 

PADRON NACIONAL ELECTORAL

PADRÓN NACIONAL ELECTORAL A  FEBRERO DE 2012

2.942.480

Más

 

Inclusión de nuevos electores mayores de 18 años

2.364

Inclusión condicional de nuevos electores menores de 18 años

4.022

Inclusión reincorpora electores con cédula anterior caduca

7.302

Otras inclusiones (incorporación de naturalizados, etc.)

227

Menos

 

Exclusión de electores por defunción

1.882

Exclusión de electores por caducidad de inscripción

7.103

Otras exclusiones

14

ELECTORES INSCRITOS EN EL PAIS

2.944.238

ELECTORES EN EL EXTRANJERO

3.158

TOTAL PADRÓN NACIONAL ELECTORAL MARZO DE 2012

2.947.396

Variación neta respecto  al periodo anterior.

4.916".

 
Se dispone: Tener por rendido el informe. Continúese informando sobre el particular. ACUERDO FIRME.
B) Sumaria del Padrón Nacional Electoral de marzo de 2012. Del señor Javier Vega Garrido, Contralor Electoral, se conoce oficio n.° CE-106-2012 del 04 de mayo de 2012, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Para los fines de la verificación dispuesta en el artículo 18 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y el Registro Civil, y para que se sirva elevarlo al Superior, me permito informar que por medio del Oficio PE-1009-2012 del 02 de los corrientes, el Lic. Carlos Arguedas Rojas, Jefe de la Sección Padrón Electoral, remitió a esta Contraloría la sumaria del Padrón Nacional Electoral correspondiente a MARZO del 2012, cuyos resultados se resumen seguidamente:


PADRÓN NACIONAL ELECTORAL

PADRÓN NACIONAL ELECTORAL A FEBRERO DE 2012

2.942.480

MÁS TOTAL INCLUSIONES

13.915

MENOS TOTAL EXCLUSIONES

8.999

TOTAL VARIACIÓN NETA

4.916

TOTAL PADRÓN NACIONAL ELECTORAL A MARZO DEL 2012

2.947.396

ELECTORES EN EL EXTRANJERO

3.158

TOTAL ELECTORES INSCRITOS EN EL PAÍS

2.944.238

Dichas cifras, con base en el desglose mensual de los movimientos que se consignan en el documento adjunto al presente, se basan en los datos generados por el sistema, las nóminas diarias enviadas por el Centro de Impresión, las de defunciones y otras exclusiones suministradas por la Sección de Análisis, así como las de los respectivos traslados electorales.
Corroborados los datos anteriores, finalmente concordaron con lo señalado por el señor Arguedas Rojas, de ahí que la verificación de los movimientos – reportados – en el citado Padrón resultó satisfactoria.
También, se adjunta el desglose de los movimientos del mes y los datos resultaron conformes.".
Se dispone: Tener por rendido el informe. Continúese informando sobre el particular. ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO CUARTO. ASUNTOS DE ORGANISMOS ELECTORALES INTERNACIONALES.
A) Invitación al II Curso Internacional de Especialización para autoridades electorales de América Latina. Del señor Hugo Picado León, Director General del Instituto de Formación y Estudios en Democracia (IFED), se conoce oficio n.º IFED-170-2012 del 30 de abril de 2012, recibido en la Secretaría General de este Tribunal el 02 de mayo de 2012, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Hemos recibido del señor Manuel Carrillo Poblano, Coordinador de Asuntos Internacionales del Instituto Federal Electoral de México, la nota adjunta donde se invita al suscrito a participar en el II Curso Internacional de Especialización para Autoridades de América Latina sobre Regulación de Campañas Electorales, organizado por el Centro Internacional de Capacitación e Investigación Electoral (CICIE), dependencia de ese organismo electoral. La participación del suscrito implicaría que me ausente del despacho  los días 31 de mayo y 01 de junio de 2012, pues me trasladaría a México DF el 30 de mayo en horas de la noche.
Los costos de traslado, hospedaje y alimentación serán cubiertos por la organización, según se indica en la nota remitida por el IFE.
Por ende, con el mayor respeto someto a consideración de los señores Magistrados la referida gestión, a los efectos de que se valore la pertinencia de autorizar mi participación en ese evento.".
Se dispone: Agradecer al señor Carrillo Poblano y al Instituto Federal Electoral la invitación cursada. Se autoriza la participación del señor Picado León en la referida actividad. Para sustituirlo durante su ausencia, se designa al señor Rodrigo Brenes Prendas.
De conformidad con lo establecido por este Tribunal en el inciso h) del artículo cuarto de la sesión ordinaria n.º 87-2008, celebrada el 02 de octubre de 2008, en relación con el viaje en cuestión se detalla lo siguiente:


Nombre completo del funcionario (a)

Cargo que desempeña

País (es) a visitar

Período del viaje

Objetivos del viaje

Monto del adelanto de gastos de viaje y justificación

Gastos conexos y justificación

Hugo Picado León

Director  General del Instituto de Formación y Estudios en Democracia
(IFED)

Estados Unidos Mexicanos

30 de mayo al 1º de junio de 2012

Participación en "II Curso Internacional de Especialización para Autoridades de América Latina sobre Regulación de Campañas Electorales"

Ninguno

Ninguno

ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO QUINTO. ASUNTOS EXTERNOS.
A) Convenio entre el IFED  y el Programa Estado de la Nación. Del señor Rodrigo Brenes Prendas, Director General a.i. del Instituto de Formación y Estudios en Democracia (IFED), se conoce oficio n.º IFED-161-2012 del 26 de abril de 2012, recibido el día siguiente en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"En virtud de una serie de conversaciones sostenidas entre el Instituto de Formación y Estudios en Democracia, IFED, y  el Programa Estado de la Nación del Consejo Nacional de Rectores, CONARE y con la venía (sic) del señor Hugo Picado León, Director titular del IFED, me permito plantear a los señores magistrados la posibilidad de realizar un convenio específico entre ambas instituciones. Esto, con el objetivo de unir esfuerzos y recursos para desarrollar acciones conjuntas, con el objeto de desarrollar investigaciones sobre democracia electoral y partidos políticos en Costa Rica.
El artículo 309 del Código Electoral faculta a que, para el cumplimiento de los fines del IFED, el Tribunal suscriba “convenios de cooperación con instituciones y organizaciones vinculadas a la educación y la formación cívica, sin que nada de ello pueda comprometer, de manera alguna, la neutralidad e independencia de los organismos electorales”. Por otra parte, el inciso h) del artículo antes mencionado, señala que el IFED tiene entre sus funciones fomentar el desarrollo de investigaciones y publicaciones sobre temas relacionados con democracia y elecciones.

El TSE y el Programa Estado de la Nación han trabajado en conjunto en diversas ocasiones para preparar investigaciones sobre el tema electoral. Durante 16 años el Programa Estado de la Nación ha incluido en sus informes anuales un capítulo sobre fortalecimiento de la democracia. En este contexto el Programa Estado de la Nación ha dado seguimiento sistemático al desempeño de la democracia electoral  en sus informes. Estos informes constituyen una de las principales fuentes

nacionales acerca de los avances y debilidades del sistema político costarricense.
Es en el marco de esta relación (sic), el IFED y el Programa Estado de la Nación se han planteado la posibilidad de llevar a cabo un estudio sobre la organización partidaria y la forma como (sic) los partidos políticos de escala nacional  gestionan sus recursos humanos a lo interno. Lo anterior, seguido de diversas acciones; en primer lugar, incluir dentro del XVIII Informe Estado de la Nación un segmento sobre democracia electoral y partidos políticos.
En segundo lugar, producir información básica que contribuya a fundamentar y fortalecer la democracia electoral, el sistema de partidos políticos y la organización partidaria en específico, así como publicar los hallazgos de esas investigaciones en la Revista de Derecho Electoral del TSE.
Para el financiamiento del estudio en cuestión el TSE tendría que aportar la suma de siete millones quinientos mil colones (¢7.500.000,00) monto que figura en el Presupuesto 2012, subpartida 60103, coletilla 208, cuya descripción cita: Consejo Nacional de Rectores (CONARE) (para apoyar la preparación, publicación y difusión anual del Informe Estado de la Nación). Este aporte económico sería recibido y administrado el (sic) Programa Estado de la Nación, CONARE, quienes serían los responsables de la ejecución, seguimiento y coordinación de las investigaciones, así como de su entrega a satisfacción al TSE.
En razón de dichos puntos de encuentro, con el mayor respeto, someto a consideración de los señores Magistrados, la sugerencia de aprobar la celebración de un Convenio específico con el Programa Estado de la Nación, CONARE, en cuyo caso correspondería asignar al Departamento Legal la redacción y formalización del respectivo Convenio, para lo cual adjuntamos un documento base.".
Se dispone: Aprobar conforme se sugiere. ACUERDO FIRME.
B) Convenio de Cooperación Interinstitucional con el Ministerio de Economía, Industria y Comercio. De la señora Rocío Barrientos Solano, Directora de Despacho del Ministerio de Economía, Industria y Comercio, se conoce oficio n.° DM-216-12 del 30 de abril de 2012, recibido en la Secretaría General de este Tribunal el 03 de mayo de 2012, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Sirva la presente para remitirle el Convenio Marco denominado: “Convenio de Cooperación interinstitucional entre el Ministerio de Economía, Industria y Comercio y el Tribunal Supremo de Elecciones, para la utilización de la Base de Datos”, a fin de que sea revisado y nos envíe sus observaciones.
Este convenio permitirá al Ministerio la proyección de una política PYME que promueva la simplificación de trámites para el administrado, así como la veracidad de los datos de las empresas PYME que se registren ante nuestra dependencia, a fin de obtener los beneficios establecidos por la Ley N.º 8262 y la más reciente aprobada Ley N.º 9024.
Este esfuerzo conjunto entre ambas instituciones, reforzará los objetivos de esta Administración de lograr un país más competitivo en materia de simplificación y de seguridad jurídica. […].".
Se dispone: Para su estudio e informe conjunto, el cual habrá de rendirse en el plazo de diez días hábiles, pase a la Dirección Ejecutiva y al Departamento Legal. ACUERDO FIRME.
C) Renuncia del señor Tjark M. Egenhoff, a la Fundación Konrad Adenauer. Del señor Tjark M. Egenhoff, representante de la Fundación Konrad Adenauer para Guatemala, Honduras y El Salvador, se conoce oficio n.° C-048-2012 del 27 de abril de 2012, recibido -vía correo electrónico- el día 03 de mayo de 2012 en la Secretaría General de este Tribunal, dirigido al señor Magistrado Presidente Sobrado González, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Reciba un cordial saludo de la Fundación Konrad Adenauer. Deseo compartirle que a partir de inicios de junio de este año estaré dejando mi cargo como Representante de la Fundación Konrad Adenauer en el triángulo norte de Centroamérica.
Han sido más de cinco años que marcaron mi vida profesional y personal de una manera extraordinaria: El trabajo en pro del fortalecimiento democrático y del pensamiento y la acción política basados en los valores demócrata cristianos ha sido un reto importante y a la vez gratificante. Contamos en la región con una impresionante red de personas e instituciones que hacen una gran diferencia en su entorno dándole valor a lo político y lo público.
Gracias a usted he tenido la oportunidad de vivir parte de los procesos que en estos años han moldeado la realidad política y social de Centroamérica. Su compromiso me ha contagiado profundamente y nos ha llevado a adoptar una mística compartida de trabajo.
Quisiera agradecerle profundamente la confianza depositada en la  Fundación Konrad Adenauer y en mi persona. Le pido que acoja de la misma manera a mi sucesora, la Sra. Annette Schwarzbauer, quien acaba de dejar el cargo de Representante de la Fundación en Mozambique.
Voy a partir a los Estados Unidos para dedicarme al estudio e investigación sobre gobernabilidad y políticas públicas; temas que durante estos  años despertaron en mí un creciente interés. Y tenga la seguridad que seguirá contando con mi compromiso y empeño para el desarrollo democrático de la región.".
Se dispone: Agradecer al señor Egenhoff la remisión de dicha comunicación y desearle éxito en sus proyectos profesionales y personales. ACUERDO FIRME.
D) Conformación del Directorio de la Asamblea Legislativa para el periodo 2012-2013. Del señor Marco William Quesada Bermúdez, Director del Departamento de Secretaría del Directorio de la Asamblea Legislativa, se conoce oficio n.º SD-01-12-13 del 02 de mayo de 2012, recibido -vía correo electrónico- en la Secretaría General de este Tribunal el 04 de mayo de 2011, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Para su conocimiento le informo, que la Asamblea Legislativa en Sesión Ordinaria número uno, celebrada el primero de mayo de 2012, conformó el Directorio Legislativo, para la Tercera Legislatura del 2012-2013, de la siguiente manera:
PRESIDENTE:                     Víctor Emilio Granados Calvo
VICEPRESIDENTE:             Martín Alcides Monestel Contreras
PRIMERA SECRETARIA:    Rita Gabriela Chaves Casanova
SEGUNDA SECRETARIA:  Xinia María Espinoza Espinoza
PRIMERA PROSECRETARIA:    Carlos Luis Avendaño Calvo
SEGUNDA PROSECRETARIA:   Justo Orozco Álvarez".
Se dispone: Agradecer la información suministrada y desear éxito en sus delicadas funciones a los señores diputados que conforman el Directorio Legislativo recién electo. ACUERDO FIRME.
E) Observaciones relativas al pago debido al señor Oscar Fonseca Montoya. Del señor Edgar Villalobos Jiménez, quien manifiesta ser apoderado del señor Óscar Fonseca Montoya, se conoce memorial del 04 de mayo de 2012, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"[…] 1. Al acusar recibo de su atento Oficio No. STSE-1299-2012 del 3 de los corrientes, mediante el cual hemos sido notificados del Acuerdo tomado por ese Tribunal en el Artículo Quinto de su Sesión Ordinaria No. 037-2012 de esa misma data, me veo en la imperiosa necesidad de formular las siguientes observaciones:
i)Que aún cuando celebramos que en dicho acuerdo de una vez se haya dispuesto pagar al señor Fonseca Montoya la suma de ¢9.485.463,84 a título de "intereses legales", tal cantidad es insuficiente para cubrirle lo que por tal concepto a él es en debérsele a esta fecha (¢9.538.374,96); pues de conformidad con lo ordenado en sentencia firme, tales réditos han de reconocérsele desde el 28 de febrero de febrero (sic) de 2007 cuando se separó del cargo de Magistrado de ese Tribunal, y "… hasta …" (sic) (sic) el "… efectivo pago …" (sic) (sic) del principal adeudado (¢24.823.348,29); pago que evidentemente aún no se ha hecho efectivo.
ii)Que los ¢4.964.669,65 cuya cancelación igualmente ha sido acordado a mi favor a título de honorarios de abogado, tan solo cubren el 20% de los ¢24.823.348,29 concedidos en el fallo a título de principal; por lo que El tribunal (sic) está dejando al descubierto, pasando por alto que la condena al pago de tales emolumentos es sobre el "… importe líquido de la condenatoria …" (sic), (sic) el reconocimiento de un porcentaje igual sobre la condena de intereses.
iii)Que en tales circunstancias, anticipamos que tanto mi representado, como quien suscribe, recibiremos en su momento los pagos acordados, a reserva del derecho que nos asiste para reclamar posteriormente, ya sea en esta vía administrativa, o en la judicial si fuere necesario -mediante la activación de los trámites de ejecución de sentencia-; no solo para exigir que se cumpla fielmente con lo ejecutoriado, sino también, en consideración a que, por la naturaleza de estos derechos, los mismos devienen irrenunciables al tenor de nuestro ordenamiento legal y constitucional. […]".
Se dispone: Para su estudio e informe conjunto, el cual deberá rendirse en plazo de diez días hábiles, pase al Departamento Legal y a la Contaduría. ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO SEXTO. ASUNTOS INTERNOS DIVERSOS.
A) Seguimiento al acuerdo sobre la “Ley de protección a la persona frente al tratamiento de sus datos personales”. Se dispone: Adicionar el acuerdo del artículo tercero de la sesión ordinaria n.º 036-2012, celebrada por este Tribunal el 26 de abril de 2012, comunicado mediante oficio n.º STSE-1210-2012 de la misma fecha, relativo a la promulgación de la "Ley de protección de la persona frente al tratamiento de sus datos personales", estableciendo que la Dirección Ejecutiva -con la colaboración del Departamento Legal- dará seguimiento a lo ahí dispuesto e informará oportunamente a este Tribunal sobre el particular. ACUERDO FIRME.
Sale del Salón de Sesiones el señor Magistrado Luis Antonio Sobrado González.
B) Informe sobre Auditoría de la Sección de Riesgos y Seguridad de la Dirección General de Estrategia Tecnológica. Del señor Dennis Cascante Hernández, Director General de Estrategia Tecnológica, se conoce oficio n.º DGET-0107-2012 del 07 de mayo de 2012, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"En atención a lo establecido por el Superior en Sesión Ordinaria Nº 032-2012 del 17 de abril del año en curso, presento para su debida aprobación el Plan de Acción para implementar las recomendaciones del “Informe sobre Auditoría de la Sección de Riesgos y Seguridad de la Dirección General de Estrategia Tecnológica”.
Asimismo, le reitero lo indicado en el oficio N° DGET-79-2012 del 10 de abril del presente año, en relación a la necesidad de contar con el nombramiento en propiedad del Jefe de la Sección de Riesgos y Seguridad vacante desde la creación de esta Dirección.
Por lo que considero altamente recomendable que para la sana ejecución del plan propuesto, se concrete el respectivo nombramiento, para lo cual sugiero se le establezca un plazo prudencial al Departamento de Recursos Humanos a efecto de que realice las gestiones necesarias para el desarrollo del concurso.".
Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Tener por rendido el citado plan de acción, el cual se aprueba y por acogidas las recomendaciones formuladas por la Auditoría Interna en el documento n.º ICI-01-2012 denominado "Informe sobre Auditoría de la Sección de Riesgos y Seguridad de la Dirección General de Estrategia Tecnológica". ACUERDO FIRME.
A las doce horas terminó la sesión.

 

Luis Antonio Sobrado González

 

 

Max Alberto Esquivel Faerron

 

 

Juan Antonio Casafont Odor