ACTA Nº 26-2005

 

Sesión ordinaria celebrada por el Tribunal Supremo de Elecciones a las catorce horas con treinta minutos del ocho de marzo del dos mil cinco, con asistencia de los señores Magistrados Fonseca Montoya, quien preside, Sobrado González, la señora Magistrada Fallas Madrigal y los señores Magistrados Casafont Odor y Rodríguez Chaverri. 

ARTÍCULO PRIMERO.- Se leyó y aprobó el acta de la sesión ordinaria inmediata anterior.

ARTÍCULO SEGUNDO.- Se conocen los siguientes asuntos:

a) Del señor Fernando Víquez Jiménez, Director Ejecutivo, se conoce:

1) Oficio Nº 3516-D.E. del 7 de marzo del 2005, mediante el cual dice lo que a continuación se transcribe literalmente:

“De conformidad con la Circular N° 66 del 2 de febrero del presente año, suscrita por el señor José Luis Araya Alpízar, Director General de Presupuesto Nacional del Ministerio de Hacienda, conocida por el Tribunal Supremo de Elecciones en sesión N° 14-2005 del ocho del mismo mes, Oficio N. 0602-TSE-2005, el plazo para presentar las modificaciones presupuestarias para dar contenido a los compromisos no devengados generados al 31 de diciembre del 2004 vencía el 18 de febrero pasado, término que posteriormente fue pospuesto para el 25 de ese mismo mes.

Con base en lo anterior, mediante Oficio Nº 3411-DE del quince de febrero presenté al Superior la propuesta de modificación presupuestaria, la cual fue conocida y aprobada en Sesión Nº 18-2005 del 17 de febrero del presente año y comunicada al Ministerio de Hacienda en Oficio Nº 0925-TSE-2005 de esa misma fecha.

Por su parte, en Oficio Nº 101 del 4 de marzo del año en curso, recibido vía correo electrónico el día de hoy, el señor José Luis Araya Alpízar, Director de Presupuesto Nacional, informa que “se ha determinado que los movimientos referentes a los aumentos de las subpartidas 520 “Instalaciones”, FF-01; 530 “Obras Urbanísticas”, FF-01 y 550 “Otras Constr. Adiciones y Mejoras”, FF-01, no fueron financiadas en apego a los registros presupuestarios incluidos en la Certificación de Compromisos no Devengados Sobregirados, emitida por la Contabilidad Nacional y comunicada mediante oficio D-59-2005 de 14 de febrero de los presentes. Lo anterior considerando que los compromisos generados en dichas subpartidas quedaron registrados con fuente de financiamiento 27”.

Lo anterior obedece a que -pese a que los traslados se propusieron en estricto apego a la normativa vigente- dificultades técnicas detectadas en el manejo de fuentes de financiamiento por parte del Sistema Integrado de Gestión de la Administración Financiera (SIGAF), imposibilitan que parte de los movimientos aprobados por el Tribunal en el Oficio Nº 0925-TSE-2005 puedan ser aplicados, por lo que, para liberar el compromiso de las subpartidas 520, 530 y 550 citadas se debe formular una nueva propuesta de modificación presupuestaria. Asimismo indica el señor Araya que, mediante Oficio Nº D-89-2005 del señor Luis Segura Amador, Contador Nacional, se amplía la certificación de sobregiros en el compromiso no devengado del 2004, incorporando uno nuevo para el Tribunal Supremo de Elecciones en la subpartida 310 “Equipo y mobiliario de oficina” por ¢5.367.896,85, monto que también se debe financiar mediante modificación.

Por lo anterior, se proponen los siguientes traslados previa aclaración que éstos implican un reacomodo parcial de la propuesta constante en el Oficio 3411-DE citado, adicionando a su vez lo solicitado por el señor Contador Nacional.

1) SUBPARTIDAS A REBAJAR:

031 Salario Escolar, 660 Cuota Patronal a la CCSS por concepto de Enfermedad y Maternidad e Invalidez Vejez y Muerte, 661 Cuota Estatal a la CCSS por concepto de Enfermedad y Maternidad e Invalidez Vejez y Muerte, 667 Aporte al Régimen Obligatorio de Pensiones Complementarias y 668 Aporte al Fondo de Capitalización Laboral: el rebajo en estas subpartidas se justifica en lo que ha quedado disponible una vez cancelado el salario escolar al personal de la Institución, lo que a su vez genera remanentes en las diferentes cargas sociales asociadas a éste.

182 Mantenimiento y reparación de edificios: resulta necesario trasladar ¢8.350.000,oo para restituir al disponible de la subpartida 310 “Equipo y mobiliario de Oficina” el monto que fue cedido para financiar el compromiso no devengado de la subpartida 550 “Otras construcciones, adiciones y mejoras”.

299 Otros materiales y suministros: debido a que se cuenta con suficientes insumos para la Tarjeta de Identidad de Menores, se rebaja este rubro en ¢20.450.000,oo.

310 Equipo y Mobiliario de Oficina: la disminución de ¢35.550.000,oo se utilizará para dotar de contenido presupuestario a las subpartidas 520 “Instalaciones”, 530 “Obras Urbanísticas” y 550 “Otras construcciones, adiciones y mejoras” las cuales han presentado sobregiro en el proceso de traslado del compromiso no devengado del 2004 – 2005. Los montos rebajados en esta subpartida se compensan en su totalidad con las sumas provenientes de las subpartidas 031, 182, 299, 660 IP-200, 660 IP-202, 661 IP-200, 661 IP-202, 667 IP-200 y 668 IP-200 ya citadas.

2) SUBPARTIDAS A AUMENTAR:

310 Equipo y Mobiliario de Oficina: se incrementa en ¢40.950.000,oo a efecto de restituir el monto de la rebaja anotada anteriormente por ¢35.550.000,oo y dar financiamiento por ¢5.400.000,oo al sobregiro presentado por compromiso no devengado según la nueva certificación D-89-2005 de la Contabilidad Nacional. Es importante señalar que estos movimientos obedecen a la imposibilidad técnica en el manejo de fuentes de financiamiento que presenta el sistema SIGAF.

520: Instalaciones: para cubrir la instalación de la alarma de incendios en el Departamento TIC se trasladan a esta subpartida 3.0 millones.

530: Obras urbanísticas: se incrementa en ¢1.750.000,oo para el pago del pedestal con el nombre del edificio.

550 Otras construcciones adiciones y mejoras: para cubrir los pagos pendientes de la readecuación del sistema eléctrico y remodelación en varias oficinas, se requieren 30.8 millones de colones.

3) PROGRAMACIÓN PRESUPUESTARIA

De conformidad con las sumas a disminuir, se mantienen las modificaciones planteadas inicialmente (Oficio Nº 3411-DE de quince de febrero último) en la programación presupuestaria contenida en la Ley de Presupuesto para el 2005, según el siguiente detalle:

4) RECOMENDACIÓN

Por lo expuesto y con base en el inciso r) del artículo 2º del Reglamento de esta Dirección Ejecutiva, se recomienda al Superior que se dirija atenta instancia al señor Director General de Presupuesto Nacional del Ministerio de Hacienda, para que se sirva efectuar el siguiente traspaso presupuestario: 

TITULO 125

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

 

PROGRAMA 850

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

REGISTRO CONTABLE 125.850.01

REBAJAR 

031 Salario escolar ........................................... 10.210.000,oo

182 Manten. y reparación de edificios.................... 8.350.000,oo

299 Otros materiales y suministros.......................20.450.000,oo

310 Equipo y Mobiliario de Oficina .......................35.550.000,oo

660-IP 200 Cuota patronal IVM................................. 484.975,oo

660-IP 202 Cuota patronal Enf. y Matern.................. 944.425,oo

661-IP 200 CCSS cuota estatal IVM.......................... 25.575,oo

661-IP 202 CCSS cuota estatal Enf. y Matern............ 25.575,oo

667-IP 200 CCSS aporte reg. oblig. pens. compl. ..... 153.150,oo

668-IP 200 CCSS aporte fondo cap. Laboral.................306.300,oo

TOTAL REBAJA DEL PROGRAMA 125-850-01..76.500.000,oo

TOTAL REBAJA DEL TITULO 125................ 76.500.000,oo

 

AUMENTAR

 

PROGRAMA 850 

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

REGISTRO CONTABLE 125.850-01

 

310 Equipo y Mobiliario de Oficina...................... 40.950.000,oo

520 Instalaciones……………………............................ 3.000.000,oo

530 Obras urbanísticas………………………................ 1.750.000,oo

550 Otras construcciones adiciones y mejoras........30.800.000,oo

TOTAL AUMENTO DEL PROGRAMA 850-01.. 76.500.000,oo

TOTAL AUMENTO TITULO 125..................... 76.500.000,oo 

La distribución por fuente de financiamiento se incorpora en el cuadro “Uso y Aplicación de Recursos Subprograma 01” que se acompaña. Se adjunta además la certificación del saldo de las subpartidas a rebajar hecha por la Contaduría, documentos ambos que deben remitirse al Ministerio de Hacienda junto con el oficio respectivo.”

Se dispone: Aprobar conforme se recomienda. ACUERDO FIRME.

2) Memorando Nº 2915-D.E. (Sustituir) del 2 de marzo del 2005, mediante el cual recomienda la aprobación de la solicitud de pedido que adjunta, número 2505020031, por la suma de ¢22.000.000,00 para atender el pago de los servicios -de enero a abril del 2005- de mantenimiento y reparación del equipo y software del SICI.

Se dispone: Aprobar conforme se recomienda y designar al señor Gerardo Hernández Granda, Jefe a.i. del Departamento de Tecnologías de Información y Comunicaciones, como órgano fiscalizador para efectos de ejecución del contrato. ACUERDO FIRME.

b) Del señor Fernando Víquez Jiménez, Coordinador del Comité Gerencial de Informática, se conoce oficio Nº 596-2005-C.G.I. del 21 de febrero del 2005, mediante el cual dice lo que a continuación se transcribe literalmente:

“Para los fines consiguientes me permito adjuntar copia del acta de la reunión ordinaria N. 06-2005 CGI, celebrada el 16 de febrero del presente año por este Comité, con base en la cual se informa al Superior lo siguiente:

Artículo segundo, inciso a): en relación con el Oficio N. 0617-TSE-2005 de la Secretaría del TSE y el Oficio N. 089-2005 suscrito por el señor Contador a. i., este Comité, por mayoría (voto de la señora Ana Isabel Fernández Alvarado y los señores Javier Vega Garrido, Jorge E. Villaplana Ramírez y Rodrigo Fallas Vargas) hace de conocimiento del Tribunal lo siguiente: “…lo replanteado formalmente por el Lic. Jorge E. Villaplana Ramírez, es un asunto de fondo directamente relacionado a la viabilidad jurídica de este proyecto, cuya implementación aprueba el Superior para las Elecciones Municipales 2006, y que condiciona a que las finanzas lo permitan, de ahí la importancia en que la Asesoría Jurídica evacúe (sic) el punto y rinda el informe solicitado el 11 de octubre de 2004, en tanto podría en el evento incidir en aquella viabilidad.”

Los señores Fernando Víquez Jiménez, Gerardo Hernández Granda y Rodolfo Delgado Rojas, salvan el voto en los siguientes términos: “Tomar nota de lo dispuesto por el Superior. En cuanto a lo planteado por el señor Villaplana Ramírez, se solicita al TSE recordar a la Asesoría Jurídica se sirva responder el informe que autorizó en sesión N. 139-2004, oficio N. 4191-2004 del 11 de octubre del año pasado.”

Artículo sétimo: el señor Rodolfo Delgado Rojas, en Oficio N. 027-2005-OPT, presenta informe de seguimiento de los proyectos del PETI de los meses acumulados setiembre a noviembre del 2004. En relación con el proyecto “Servicios de Respuesta Interactiva de Voz (IVR)”, indica que en el estudio de factibilidad elaborado por el despacho a su cargo se recomendó no desarrollar nuevos servicios, lo cual fue avalado por el CGI y aprobado por el Superior en el entendido de que dicho equipo se utilizará para el propósito para el que fue comprado (servicio de consulta al 120 sobre el lugar de votación), a lo que se adicionó que se hicieran los estudios del caso a efecto de que se valore lo referente a la futura renovación del hardware y software. Lo anterior implica que deba considerarse como un nuevo proyecto, motivo por el cual se recomienda al Superior excluir este proyecto del actual PETI. Por su parte, en el presupuesto del año en curso no se cuenta con recursos para el proyecto “Rediseño de los Sistemas Civil, Electoral y Elecciones del A14”, pues la Asamblea Legislativa eliminó en su totalidad la subpartida “Consultorías”, por lo que se solicitó al Departamento TIC presentar un plan para tratar de avanzar con recursos propios, lo que implica un replanteamiento que generará un nuevo proyecto, en razón de lo cual también se solicita excluir este proyecto de la actual cartera PETI.”

Se dispone: Tomar nota. En relación al artículo segundo, inciso a), ya la Asesoría rindió el respectivo informe, el cual fue conocido en el artículo quinto, inciso i), de la sesión Nº 21-2005, celebrada el día veintidós de febrero del año en curso. Procédase conforme se recomienda en el artículo sétimo, por resultar coherente con las definiciones adoptadas por este Tribunal. ACUERDO FIRME.

Nota separada de la señora Magistrada Fallas Madrigal.

“La suscrita Magistrada, por las razones que en seguida se dirán, esboza su criterio en los siguientes términos:

Concretamente con relación a lo señalado en el artículo sétimo, referido al proyecto “Servicios de respuesta Interactiva de Voz (IVR)”, se deja constancia que la suscrita, mediante nota de fecha 26 de enero del 2005, planteó una excusa respecto al conocimiento de la causa denominada: Proceso de adquisición del Sistema Interactivo de Voz -IVR-, a raíz de la posición asumida en varios votos salvados relacionados con contrataciones donde participa la empresa proveedora. Bajo esa tesitura y en honor a la transparencia e imparcialidad, estima que jurídicamente debe abstenerse de hacer referencia alguna o emitir pronunciamiento en torno al equipo antes citado, máxime tomando en consideración que sobre el mismo subyace un informe de Relación de Hechos de parte de la Auditoría Institucional, donde se señalan presuntas anomalías por haberse adquirido bajo el sistema de excepción a los procedimientos de contratación administrativa establecidos en el artículo 175 del Código Electoral.

Por otra parte, preocupa a la Magistrada la inconsistencia que priva en el artículo sétimo que se aprueba por mayoría, y las declaraciones vertidas por el Magistrado Sobrado González en la Comisión Permanente Especial de Control de Ingreso y Gasto Públicos, vistas en el Acta de la Asamblea Legislativa nº 41 del 3 de febrero del 2005. Así, en el artículo de mérito, se hace referencia a la necesidad de no desarrollar nuevos servicios en el IVR, con la obligatoriedad de hacer los estudios del caso para valorar lo referente a la futura renovación del hardware y software, teniéndose como un nuevo proyecto que se excluye del Plan Estratégicos en Tecnologías de Información (PETI), mientras en la Comisión citada, se afirma que dicho equipo está listo para ser operado en las elecciones del 2006, contratación en la que el Estado se ahorra 218 millones de colones.

Olga Nidia Fallas Madrigal

Magistrada”

Nota separada del señor Magistrado Sobrado González.

El señor Magistrado Sobrado González consigna la siguiente nota:

“Toda vez que la nota separada suscrita por la magistrada Fallas Madrigal me alude personalmente y se refiere a mis manifestaciones ante la Comisión Permanente Especial de Control de Ingreso y Gasto Públicos, con el debido respeto debo aclarar que en realidad no existe la supuesta inconsistencia que le preocupa a mi compañera de Tribunal.

Lo debatido en el seno del Comité Gerencial Informático se refiere a la elaboración de un nuevo proyecto de cara a la renovación del hardware y software del IVR. Dicho proyecto no se visualiza para que sus resultados se obtengan con ocasión de los procesos electorales del 2006, puesto que el equipo actual le hará frente a los mismos sin necesidad de esa renovación, con el consecuente ahorro de recursos al que me referí en la comisión legislativa. La renovación es necesaria para enfrentar el proceso electoral del 2010, porque en ese momento el equipo ya se encontrará bajo obsolescencia tecnológica, de suerte que el sentido del proyecto es prever anticipadamente una solución para ese momento.””

c) Del señor Víctor Manuel Vargas Meneses, Auditor Interno, se conoce oficio Nº 71-A.I.-2005 del 25 de febrero del 2005, recibido el pasado 1º de marzo, mediante el cual informa lo textualmente transcrito de seguido:

“El Tribunal Supremo de Elecciones en la Sesión No. 5-2005 de fecha 18 de enero de los corrientes, en relación con la recomendación sétima del informe de Control Interno de esta Auditoría No. 285-A.I-2005 (sic) denominado “Informe sobre la Gestión de la Jornada Extraordinaria para la ejecución de los Programas Electorales de las elecciones 2002”, acordó por mayoría que están viciados de nulidad los reconocimientos efectuados a los funcionarios electorales incluidos en el artículo 143 del Código de Trabajo, con motivo de los procesos electorales del 2002, en cuanto hayan dispuesto del pago de jornada extraordinaria antes de las doce horas de labor, ordenando su devolución.

Esta Auditoría Interna ha evidenciado en los reportes de Jornada Extraordinaria de los meses de julio, agosto, setiembre y octubre de 2004, elaborados por el Departamento de Recursos Humanos, el pago de horas extra a funcionarios cubiertos por el artículo 143 del Código de Trabajo, tanto en efectivo como en especie bajo la modalidad de compensación de tiempo.

En virtud de lo expuesto anteriormente, esta Auditoría Interna se permite con todo respeto y consideración presentar a la señora y señores Magistrados una ampliación del Informe 285-2004 (sic), en el sentido de que el estudio que realice la Contaduría para establecer las sumas pagadas por concepto de horas extraordinarias, objeto de devolución por los funcionarios cubiertos por el artículo 143 del Código de Trabajo se calcule desde enero del 2001 hasta la fecha.

De acuerdo con lo anterior, la recomendación sétima del informe No. 285-2004 (sic), se establece en los términos siguientes:

SETIMA:

“Girar instrucciones a la Contaduría del TSE y Asesoría Jurídica para que a los funcionarios que están en el Anexo No.3 del presente informe, y estén cubiertos por los alcances del artículo 143, tales como Jefes y Subjefes, procedan a devolver los dineros pagados por concepto de horas extra, tanto en dinero como en especie. Para realizar este cobro debe la Contaduría del TSE, efectuar los cálculos correspondientes, desde enero de 2001 a la fecha.”” 

Se dispone: Siempre bajo los lineamientos señalados en el artículo segundo de la sesión Nº 5-2005, la Asesoría Jurídica cumplirá con lo a ella encargado, pero ampliando el periodo según lo sugiere el señor Auditor Interno. Sin embargo, deberá respetarse el plazo cuadrienal que señalan los numerales 10 y 35 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa. ACUERDO FIRME.

d) Del señor Gilberto Gómez Guillén, Contador, se conoce oficio Nº 128-2005 del 4 de marzo del 2005, recibido el 7 de los corrientes, mediante el cual informa lo exactamente transcrito a continuación:

“En atención a lo dispuesto por el Tribunal Supremo de Elecciones en sesión No. 12-2005, oficio No. 505-TSE-2005 del 03 de febrero del año en curso, relacionado con la propuesta presentada por el señor José Adrián Vargas Barrantes, Tesorero Nacional, referente a un fondo revolutivo para que el Tribunal Supremo de Elecciones atienda gastos electorales que se generen en razón de situaciones que no sea posible enfrentar por los mecanismos establecidos de ejecución presupuestaria y sobre el procedimiento dispuesto para atender pagos por concepto de importaciones me permito informar lo siguiente:

1. Con el propósito de conocer los alcances de dicha propuesta, los señores Minor Castillo Bolaños, Carlos Umaña Morales y quien suscribe, todos funcionarios de esta institución, nos reunimos con el señor Tesorero Nacional el primero de marzo de este año.

Como resultado de dicha reunión, en cuanto al fondo revolutivo el señor Vargas Barrantes propone utilizar el fondo de Caja Chica o la creación de un Fondo Rotatorio, concretamente para aquellas erogaciones que se presenten a final y principio de cada año electoral, en razón de la limitante que genera el SIGAF en esos periodos, lo que impide emitir los documentos de ejecución presupuestaria que se requieren para continuar con los procesos de contratación.

2. En cuanto al fondo de Caja Chica, y ante la posibilidad de que los procesos de liquidación del presupuesto del 2005 y el arrastre al 2006 limiten la operación de la ejecución presupuestaria, expresa que estará en capacidad de autorizar que se realicen los gastos de caja chica aunque no se haya podido crear la correspondiente reserva presupuestaria, para ello, obviamente, deberá verificarse que existe el correspondiente disponible presupuestario, además, en el caso de que el Tribunal Supremo de Elecciones lo necesite, ofrece ampliar en forma temporal el fondo de Caja Chica por la suma que se requiera. Asimismo, para efectos de compras con cargo a dicho fondo, el Tribunal podría realizarlas por montos superiores a lo autorizado.

En cuanto al Fondo Rotario, este funcionaría en forma similar al de Caja Chica, con la salvedad de que las adquisiciones que se hagan serían por montos superiores e indica que estaría en posibilidad de proveer los recursos económicos necesarios para su operación, solo que para su funcionamiento se requiere autorización legal.

Sobre este tema específico, en la reunión celebrada el 02 de marzo con la Contralora General a.i. de la República y funcionarios de ese despacho, el Viceministro de Hacienda, el Tesorero Nacional, el Director de Presupuesto Nacional, la señora y señores Magistrados, el Director Ejecutivo, el Proveedor y quien suscribe, al conocer sobre la propuesta del señor Tesorero Nacional, se concluyó que el Tribunal Supremo de Elecciones, vía fondo de Caja Chica, podría girar recursos y hacer pagos por montos mayores a los establecidos, aún sin la emisión de las reservas de recursos correspondientes, pero para esos efectos se tendría que incluir en el Reglamento de Caja Chica del Tribunal Supremo de Elecciones las normas que permitan su operación en los términos que se requiere.

Con ese propósito me permito informar que mediante oficio No. 951-2004 del 17 de diciembre del 2004 de esta Contaduría y en atención a lo dispuesto por el Tribunal Supremo de Elecciones en sesión No. 164-2004, artículo segundo, oficio No. 5193-2004 se remitió a la Tesorería Nacional para su revisión y visto bueno el proyecto de “Reglamento de Cajas Chicas del Tribunal Supremo de Elecciones” en consecuencia, conforme a lo expresado, es conveniente reformar dicho proyecto de reglamento para luego remitirlo a dicho ente; para lo cual se propone modificarlo en los siguientes términos:

a) Artículo 6.- Del contenido presupuestario

Todo pago por medio de caja chica debe contar con su correspondiente contenido presupuestario y será responsabilidad del encargado de la caja chica velar por el cumplimiento de esta disposición. Si se presentan limitantes en la operación del Sistema Integrado de Gestión de la Administración Financiera (SIGAF) durante el año en que se efectúan las elecciones, el Tribunal Supremo de Elecciones podrá realizar gastos sin necesidad de que se haya creado la correspondiente reserva presupuestaria.

b) Artículo 9.- Del límite del gasto

Salvo los adelantos de gastos de viaje en el interior y en el exterior del país, ninguna compra de bienes y servicios, con cargo a caja chica, podrá exceder los montos establecidos en el Decreto Ejecutivo No. 27612-H; sin embargo, excepcionalmente el Tribunal Supremo podrá autorizar gastos por montos superiores a los establecidos en el citado decreto.

3- En relación con la “Cuenta de Importaciones” el señor José Adrián Vargas Barrantes manifiesta que el pago de compras al exterior se debe realizar por medio del Sistema Integrado de Gestión de la Administración Financiera (SIGAF) conforme al procedimiento establecido al efecto el cual se denomina “Compras al Exterior” No. MM-02-01.

Con esta disposición de la Tesorería Nacional el procedimiento establecido en el Tribunal Supremo de Elecciones para los pagos internacionales en la práctica queda invalidado.

Conviene acotar sobre este tema que el Tribunal en sesión No. 139- 2004, oficio 4267 del 19 de octubre del 2004, dispuso trasladar a esta Contaduría la función de pago al exterior que realizaba la Proveeduría y designó a la Dirección Ejecutiva para que en conjunto con la Contaduría y la Proveeduría elaboraran el manual de procedimientos de pagos al exterior, tomando para ello como base lo definido en los Manuales de Procedimientos del Sistema Integrado de Gestión de la Administración Financiera.

Asimismo en Sesión No. 153-2004, oficio No. 4870-2004 del 18 de noviembre del 2004, dispuso que el trámite de pago de los bienes y servicios con cargo a la “cuenta importaciones” correspondientes al ejercicio económico del 2004 los culmine la Proveeduría conforme al procedimiento vigente, además que la Contaduría asumiera la función de pago al exterior a partir del 2005, una vez se tuvieran elaborados los procedimientos y se hubieran finiquitado los pagos correspondientes a las contrataciones del 2004.

No omito manifestar que en razón de que el Tribunal Supremo de Elecciones ejecuta sus pagos por medio del Sistema Integrado de Gestión de la Administración Financiera (SIGAF) desde un punto de vista operativo la Contaduría no tiene inconveniente en ajustarse a lo establecido en el SIGAF, sin embargo, considero que se deben valorar otros aspectos de tipo jurídico sobre la conveniencia de aceptar lo dispuesto por la Tesorería Nacional, por lo que sobre este tema, considero conveniente que también se pronuncien la Dirección Ejecutiva, la Proveeduría y la Asesoría Jurídica, sobre todo por cuanto lo señalado por la Tesorería Nacional podría ser contrario a Ley de Administración Financiera y Presupuesto Públicos y a la autonomía que la Constitución Política le otorga al Tribunal Supremo de Elecciones.”

Se dispone: Aprobar la reforma reglamentaria que se propone, la cual será remitida a las autoridades presupuestarias de inmediato. Asimismo, refiéranse los señores Director Ejecutivo, Proveedor y Asesora Jurídica a.i., según se sugiere. ACUERDO FIRME.

e) Del señor Javier Vega Garrido, Proveedor, se conoce oficio Nº 0223-05 del 3 de marzo del 2005, mediante el cual se refiere al acuerdo tomado en sesión Nº 18-2005 del 17 de febrero pasado, con respecto al contrato suscrito por la administración con la empresa Elvatron S.A., correspondiente al servicio de mantenimiento preventivo y correctivo de los tres ascensores ubicados en el edificio de la torre de la sede central de este Tribunal, manifestando que no se entró a decidir el punto relativo a la necesidad de que la Asesoría Jurídica se pronuncie sobre lo estipulado en la cláusula décima del respectivo contrato relativo al plazo de vigencia, en los términos que se solicitó en su oficio Nº 161-2005.

Se dispone: Proceda la Asesoría Jurídica, en el plazo de cinco días, a pronunciarse sobre lo que dispone la cláusula que se señala. ACUERDO FIRME.

f) Del señor Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio Nº 304-2005-DRH del 7 de marzo del 2005, mediante el cual remite la documentación que ha presentado ante su despacho el señor Fernando Mora Ureña, Técnico de Operación en el Archivo del Tribunal, según el cual solicita nuevamente permiso para cursar estudios superiores en horas hábiles de trabajo conforme lo detalla y que cuenta con los criterios positivos de la jefatura inmediata, el Departamento de Recursos Humanos y la Secretaría del Tribunal, tal y como corresponde. Agrega el señor Carías Mora, que la gestión cumple con la normativa que regula esta materia.

Se dispone: Aprobar conforme se propone. ACUERDO FIRME.

g) De la señora Martha Eugenia Acosta Zúñiga, Contralora General de la Republica en ejercicio, se conoce oficio Nº 1662 del 2 de marzo del 2005, mediante el cual -por las razones que expone- somete a conocimiento del Tribunal, el criterio emitido por la División de Asesoría y Gestión Jurídica de dicha Institución, con el objeto de que se tome acuerdo a fin de que el Registro Civil suministre direcciones físicas de algunas personas, de manera que se les faciliten los procesos de investigación de hechos irregulares y el de trámite de procedimientos administrativos. 

Se dispone: Este Tribunal coincide con la posición del Órgano Contralor, en cuanto sostiene que, con fundamento en el artículo 13 de su Ley Orgánica, el mismo no está sujeto a la restricción legal de acceso a las direcciones de los ciudadanos, cuando medie una solicitud puntual al respecto, motivada por el ejercicio de sus potestades constitucionales y legales de investigación, control y fiscalización de la Hacienda Pública. Tome nota la Dirección General del Registro Civil, a fin de que no se pongan obstáculos a tal acceso. Comuníquese a la señora Contralora General de la República. ACUERDO FIRME.

h) Del señor José Ángel Jara Chavarría, Presidente del Partido Guanacaste Independiente, se conoce nota del 02 del mes en curso, mediante la cual indica que dicha agrupación política realizará asambleas distritales en Abangares, Cañas, Tilarán, Liberia, Hojancha, Nandayure y La Cruz de la provincia de Guanacaste; detallando fechas, horas, direcciones y agendas a conocer, respectivamente.

Se dispone: Se aprueba la supervisión correspondiente, quedando sujeta a la presentación dentro de 24 horas, del número telefónico de los coordinadores o encargados que hacen falta. Póngase en conocimiento de la Coordinación de Programas Electorales, para lo de su cargo. Respecto a la jornada extraordinaria que se genere, pase a la Dirección Ejecutiva para los efectos pertinentes. ACUERDO FIRME.

i) Del señor José Merino del Río, Presidente del Partido Frente Amplio, se conocen fax (2) de fechas 3 de febrero y 3 del mes en curso, mediante las cuales informa que dicha agrupación política realizará asambleas distritales en San Francisco, Tirrases y Sánchez de Curridabat, Pérez Zeledón, San Rafael de Escazú y León XIII de Tibás de la provincia de San José; detallando fechas, horas, direcciones y agendas a conocer, respectivamente.

Se dispone: Se aprueba la supervisión correspondiente. Póngase en conocimiento de la Coordinación de Programas Electorales, para lo de su cargo. El gestionante, en el plazo de 24 horas, deberá presentar ante la referida Oficina, la correspondiente autorización para utilizar las instalaciones de la Escuela de Bello Horizonte. Respecto a la jornada extraordinaria que se genere, pase a la Dirección Ejecutiva para los efectos pertinentes. ACUERDO FIRME.

j) De los señores Humberto Arce Salas y Pablo Álvarez Granados, Presidente y Secretario del Partido Unión Patriótica, respectivamente, se conocen oficios Nº UP-CE-D-59-05, UP-CE-D-61-05 UP-CE-D-62-05 y UP-CE-D-63-05 del 3, 4 y 7 del mes en curso, mediante los cuales comunican que dicha agrupación política realizará asambleas distritales en San Ignacio y Sabanillas de Acosta, Picagres y Piedras Negras de Mora, Hatillo, Pejibaje, San Pedro y Rivas de Pérez Zeledón, El Jardín de Dota, San Andrés de León Cortés, Patarrá, Damas y San Antonio de Desamparados de la provincia de San José; en La Granja, Esquipulas, Zaragoza, Candelaria, Buenos Aires, Santiago, y Central de Palmares, San Rafael, Sabana Redonda y Carrillos de Poás, Toro Amarillo de Valverde Vega, Buena Vista de San Carlos, San Rafael de San Ramón, Tapezco de Alfaro Ruiz, Delicias y Bijagua de Upala de Alajuela; en Porosal de Cañas, La Garita y Santa Cecilia de La Cruz y Tempate de Santa Cruz, La Sierra y San Juan Grande de Abangares, Río Naranjo de Bagaces de Guanacaste; en Macacona y San Jerónimo, Espíritu Santo, San Juan Grande, San Rafael de Esparza, Pittier y Sabalito de Coto Brus, Boruca de Buenos Aires de Puntarenas; y en Guápiles de Pococí de la provincia de Limón; en Tres Ríos y Río Azul de La Unión, Llanos de Santa Lucía de Paraíso de Cartago; San José de la Montaña de Barva, Barrantes de Flores, San Rafael de Heredia; detallando fechas, horas, direcciones y agendas a conocer, respectivamente.

Se dispone: Se aprueba la supervisión correspondiente. Póngase en conocimiento de la Coordinación de Programas Electorales, para lo de su cargo. Respecto a la jornada extraordinaria que se genere, pase a la Dirección Ejecutiva para los efectos pertinentes. ACUERDO FIRME.

k) De la señora Rocío Álvarez Olaso, Subsecretaria del Partido Unión para el Cambio, se conoce:

1) Oficios Nº UPC-EL-051-05, UPC-EL-052-05, UPC-EL-053-05, UPC-EL-055-05 y UPC-EL-056-05 del 1, 3, 4 y 7 del mes en curso, mediante los cuales comunica que dicha agrupación política realizará asambleas distritales y cantonales en San Isidro, San Carlos, Turrialba, Santa Bárbara, Tilarán, Valverde Vega, La Cruz, San Mateo, León Cortés, Cañas, Turrubares, San Carlos, Upala, Cañas, Liberia, La Cruz, Guácimo, Pococí, Liberia, Belén, Atenas, Grecia, Alfaro Ruiz; detallando fechas, horas, direcciones y agendas a conocer, respectivamente.

Se dispone: Se aprueba la supervisión y fiscalización correspondiente, excepto de las distritales de San Francisco, San Isidro, Heredia; Tres Equis y Pavones de Turrialba, Cartago, en las que de previo, en el plazo de 24 horas, debe aclararse el nombre del responsable de la primera, e indicarse el nombre y número de teléfono del o los responsables de las otras dos. Asimismo, sujeto a que la gestionante, también en un plazo de 24 horas, presente ante la Coordinación de Programas Electorales, la correspondiente autorización para utilizar las instalaciones del Colegio Técnico de Guácimo y del Salón Comunal de La Emilia. Póngase en conocimiento de la Coordinación de Programas Electorales, para lo de su cargo. Respecto a la jornada extraordinaria que se genere, pase a la Dirección Ejecutiva para los efectos pertinentes. ACUERDO FIRME.

2) Oficio Nº UPC-EL-054-05 del 7 de marzo del 2005, mediante el cual informa sobre la cancelación de las asambleas cantonales de Pérez Zeledón y Puriscal, programadas para el 12 de marzo.

Se dispone: Póngase en conocimiento de la Coordinación de Programas Electorales para lo de su cargo. ACUERDO FIRME.

l) Del señor José Miguel Villalobos Umaña, Presidente del Comité Ejecutivo Provisional del Partido Alianza Democrática Nacionalista, se conoce:

1) Oficios Nº ADN-ELECTORALES-0031-05 y ADN-ELECTORALES-0032-05 del 3 de marzo del 2005, mediante el cual informa que esa agrupación política estará celebrando las asambleas distritales conforme se detalla: provincia de San José, cantón Aserrí, distritos Aserrí, Vuelta de Jorco, San Gabriel, Tarbaca, cantón Vázquez de Coronado, distritos Cascajal, Patalillo; provincia de Cartago, cantón Cartago, distritos Llano Grande, Corralillo, Guadalupe; y la cantonal en provincia de San José, cantón Alajuelita.

Se dispone: Se aprueba la supervisión y fiscalización correspondientes. Póngase en conocimiento de la Coordinación de Programas Electorales, para lo de su cargo. Respecto a la jornada extraordinaria que se genere, pase a la Dirección Ejecutiva para los efectos pertinentes. ACUERDO FIRME.

2) Oficio Nº ADN-ELECTORALES-0033-05 del 4 de marzo del 2005, mediante el cual informa que esa agrupación política estará celebrando las asambleas distritales conforme lo detalla: provincia de Alajuela, cantón de San Carlos, distritos Fortuna, Pocosol, Ciudad Quesada, Cutris y en la provincia de Cartago, cantón Turrialba, distritos Pavones La Isabel, Centro, Santa Rosa, Santa Teresita.

Se dispone: Se aprueba la supervisión correspondiente. Póngase en conocimiento de la Coordinación de Programas Electorales, para lo de su cargo. Respecto a la jornada extraordinaria que se genere, pase a la Dirección Ejecutiva para los efectos pertinentes. ACUERDO FIRME.

m) De la señora Ethel Abarca Amador, Secretaria General del Comité Ejecutivo Provisional del Partido Patria Primero, se conoce:

1) Oficios Nº PPP-021-2005, PPP-022-2005, PPP-023-2005, PPP-025-2005 de fecha 3, 4, 7 del mes de marzo del 2005, mediante el cual informa que esa agrupación política estará celebrando las asambleas distritales conforme se detalla: provincia de San José, cantón Moravia, distrito La Trinidad, cantón Alajuelita, distrito Concepción Arriba, cantón Pérez Zeledón, distrito Daniel Flores, cantón Santa Ana, distrito Piedades, cantón Curridabat, distritos Tirrases, Granadilla, cantón Turrubares, distrito San Pablo; provincia de Alajuela, cantón San Carlos, distrito La Tigra, cantón Atenas, distrito Atenas, cantón Orotina, distritos Ceiba, Mastate, Orotina, cantón Poás, distritos San Juan, Carrilos, cantón Grecia, distritos Centro, San Isidro, Bolivia, Puente de Piedra, San Roque, cantón San Ramón, distrito San Isidro; provincia de Cartago, cantón Jiménez, distrito Pejibaye; provincia de Heredia, cantón Heredia, distrito Ulloa; provincia de Limón, cantón Pococí, distritos Guapiles, La Rita, Cariarí, Guácimo, cantón Talamanca, distrito Telire.

Se dispone: Se aprueba la supervisión correspondiente. Póngase en conocimiento de la Coordinación de Programas Electorales, para lo de su cargo. Respecto a la jornada extraordinaria que se genere, pase a la Dirección Ejecutiva para los efectos pertinentes. ACUERDO FIRME.

2) Fax del 7 de marzo del 2005 correspondiente a oficio Nº PPP-024-2005, mediante el cual -por las razones que expone- informa sobre otros números de fax a los que también se les puede remitir cualquier información.

Se dispone: Tome nota la Secretaría del despacho y póngase en conocimiento de la Dirección General del Registro Civil y de la Coordinación de Programas Electorales. ACUERDO FIRME.

n) De las señoras María del Carmen Rodríguez Chaves y Keithy Franciny Ramírez Villalobos, Presidenta y Secretaria, respectivamente, del Comité Ejecutivo Provisional del Partido Autónomo Oromontano, se conoce nota del 4 de marzo del 2005, recibida el 7 de los corrientes, en la que solicitan la autorización de las hojas de adhesión que adjuntan. Asimismo, informan que esa agrupación política estará celebrando asambleas distritales en el cantón de Montes de Oro, conforme lo detalla.

Se acuerda: Autorizar las hojas de adhesión presentadas por el “PARTIDO AUTÓNOMO OROMONTANO”. El Tribunal hace notar que la autorización de las fórmulas indicadas no implica decisión alguna respecto al resultado que pueda tener la solicitud de inscripción del partido político de que se trata en el Registro Civil; además el sello y registro de aquéllas, no prejuzga sobre la aprobación ni calificación del nombre ni de la divisa escogidos, ya que tal calificación corresponderá hacerla -en su oportunidad- a la Dirección General del Registro Civil, pudiendo conocer este Tribunal en alzada de la resolución de fondo que dicte la señora Directora General del Registro Civil. Se aclara y deja constancia de que este acuerdo no significa adelanto de criterio.  

Asimismo, se aprueba la supervisión correspondiente de las asambleas detalladas. Póngase en conocimiento de la Coordinación de Programas Electorales, para lo de su cargo. Respecto a la jornada extraordinaria que se genere, pase a la Dirección Ejecutiva para los efectos pertinentes. ACUERDO FIRME.

ñ) Del señor César A. Zúñiga Ramírez, Secretario General del Partido Restauración Nacional, se conoce oficios Nº PRN.SG-004-05 y PRN.SG-005-05 del 4 y 7 del mes en curso respectivamente, mediante los cuales informa que esa agrupación política estará celebrando asambleas distritales en la provincia de San José, cantón Acosta, distritos San Ignacio, Sabanilla y Guaitil; cantón Aserrí, distrito Salitrillos; cantón Desamparados, distritos San Miguel, Desamparados y Patarrá, en los lugares, fecha y horas según detalle. Asimismo, puntualiza la agenda que se conocerá en esas asambleas.

Se dispone: Se aprueba la supervisión correspondiente. Póngase en conocimiento de la Coordinación de Programas Electorales, para lo de su cargo. Respecto a la jornada extraordinaria que se genere pase a la Dirección Ejecutiva para los efectos pertinentes. ACUERDO FIRME.

o) Del señor José Alberto Cubero, Presidente del Comité Ejecutivo Nacional del Partido Independiente Obrero, se conoce:

1) Nota del 4 del mes en curso, mediante la cual comunica que esa agrupación política estará celebrando su Asamblea Nacional, en el lugar fecha y hora, según detalle. Además puntualiza la agenda que se conocerá en esa asamblea.

Se dispone: Se aprueba la fiscalización correspondiente en la medida de lo posible. Póngase en conocimiento de la Coordinación de Programas Electorales, para lo de su cargo. Respecto a la jornada extraordinaria que se genere, pase a la Dirección Ejecutiva para los efectos pertinentes. ACUERDO FIRME.

2) Fax correspondiente a nota del 7 de marzo del 2005, mediante la cual solicita audiencia -con carácter urgente- con el fin de exponer varias inquietudes de esa agrupación política relacionadas con la normativa del Código Electoral que señala.

Se dispone: Se concede la audiencia para el próximo martes 15 de marzo, a las 11:00 horas. ACUERDO FIRME.

p) Del señor Humberto Arce Salas, Presidente del Comité Ejecutivo Superior del Partido Unión Patriótica, se conoce:

1) Oficios Nº UP-CE-D-55-05 y UP-CE-D-58-05 del 1 y 3 de marzo del 2005, mediante los cuales informa sobre la reprogramación de la asamblea distrital de La Virgen, Sarapiquí, Heredia, conforme lo detalla, y la suspensión de la de Pavas, Central, San José.

Se dispone: Póngase en conocimiento de la Coordinación de Programas Electorales, para lo de su cargo. ACUERDO FIRME.

2) Oficio Nº UP-CE-D-64-05 del 7 de marzo del 2005, mediante el cual informa sobre la reprogramación de la asamblea distrital de San Miguel de Sarapiquí, Central, Alajuela.

Se dispone: Póngase en conocimiento de la Coordinación de Programas Electorales para lo de su cargo. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO TERCERO.- Del señor Alejandro Bermúdez Mora, Secretario del despacho, se conoce:

a) Oficio Nº 1296-TSE-2005 del 4 de marzo del 2005, al que adjunta para lo que a bien tenga disponerse, el “Cuestionario para el Análisis Ocupacional” confeccionado por el Departamento de Recursos Humanos como parte del estudio tendiente a la actualización del Manual de Puestos de estos organismos electorales, correspondiente al Lic. Víctor Vargas Meneses.

Se dispone: Atienda el señor Secretario del despacho.

b) Oficio Nº CISED-04-2005 del 7 de marzo del 2005, mediante el cual eleva a conocimiento de este Tribunal, las actas correspondientes a las sesiones Nº CISED 1-2005 y CISED 2-2005, celebradas por el Comité Institucional de Selección y Eliminación de Documentos.

Se dispone: Tomar nota.

ARTÍCULO CUARTO.- Del señor Fernando Víquez Jiménez, Director Ejecutivo, se conoce:

a) Oficio Nº 3492-D.E. del 28 de febrero del 2005, recibido el pasado 3 de marzo, mediante el cual informa sobre el préstamo del auditorio, conforme lo detalla.

Se acuerda: Tomar nota.

b) Oficio Nº 3505-D.E. del 2 de marzo del 2005, al que adjunta informe de los cheques emitidos durante el mes de febrero del 2005.

Se dispone: Tomar nota. Continúese informando al Tribunal sobre el particular.

c) Oficio Nº 3511-DE del 4 de marzo del 2005, mediante el cual se refiere a la solicitud de información al Poder Judicial relativa a pautas para el tratamiento del alcoholismo, y con fundamento en la consulta realizada a las instancias correspondientes de dicha institución, recomienda que la Oficina de Servicios Médicos, en coordinación con el Departamento de Recursos Humanos y la Inspección Electoral, establezcan un procedimiento de carácter general para aplicar en estos casos, el cual sería aprobado por el Tribunal e integrado al Manual de Procedimientos respectivo.

Se dispone: Procédase conforme se recomienda.

ARTÍCULO QUINTO.- Del señor Víctor Manuel Vargas Meneses, Auditor Interno, se conoce:

a) Oficio Nº 80-AI-2005 del 4 de marzo del 2005, mediante el cual solicita autorización para asistir, en compañía de las licenciadas Sara Porras Mora y Alejandra Sobrado Barquero, funcionarias de dicha Auditoría Interna, a la charla que sobre “El Manual de Normas para el Ejercicio de la Auditoría Interna del Sector Público, Directrices para el fortalecimiento del Control en la Gestión Pública” impartirá la señora Marta Acosta Zúñiga, Contralora General de la República a.i., el 17 de marzo de 2005, de 10:00 a.m. a 1:00 p.m., en el auditorio de ese Instituto de Auditores Internos de Costa Rica.

Se dispone: Se concede la autorización que se solicita.

b) Oficio Nº 89-A.I.-2005 del 7 de marzo del 2005, mediante el cual con respecto a su informe denominado “Informe sobre la Gestión de la Jornada Extraordinaria para la Ejecución de los Programas de las Elecciones 2002”, en virtud de las razones que expone y con el propósito de dar el seguimiento correspondiente, solicita copia del Plan de Acción con el cronograma de actividades, mismo que debe contemplar la fecha de inicio, responsable y fecha de finalización para cada recomendación.

Se dispone: Para su estudio, informe y propuestas, con base en lo dispuesto en las sesiones Nº 5-2005 y 8-2005 del 18 y 25 de enero del 2005, pase al señor Director Ejecutivo.

ARTICULO SEXTO.- Del señor Jaime Garita Sánchez, Inspector Electoral, se conoce:

a) Oficio Nº I.E. 075-2005 del 2 de marzo del 2005, mediante el cual remite el expediente Nº 034-I-2004, correspondiente a la investigación administrativa para indagar posibles inconsistencias en el proceso de contratación y ejecución contractual del vehículo placas 393289 con la empresa Centriz de Costa Rica S.A. (Budget Rent a Car).

Se acuerda: Pase al Secretario del despacho para que resuelva en primera instancia.

b) Oficio Nº I.E. 076-2005 del 3 de marzo del 2005, mediante el cual remite el expediente Nº 024-I-2004, correspondiente a la investigación preliminar relativa al extravío de 60 páginas (120 folios) correspondientes al libro de actas Nº 11 del Tribunal Supremo de Elecciones.

Se acuerda: Turnar al señor Magistrado que corresponda.

ARTÍCULO SETIMO.- Del señor Javier Vega Garrido, Proveedor, se conoce oficio Nº 248-2005 del 4 de marzo del 2005, mediante el cual se refiere al oficio Nº DGABCA 0176-2005, del que adjunta cinco copias, de la señora Jeannette Solano García, Directora General de Administración de Bienes y Contratación Administrativa del Ministerio de Hacienda, relacionado con las solicitudes de pedido provisionales emitidas por el Tribunal Supremo de Elecciones, y en el cual se indica que se encontraron anomalías en la emisión de algunas de ellas que se enumeran, y llama la atención a la Proveeduría de este Organismo, y se solicita que de inmediato se inicien las investigaciones correspondiente a fin de sentar las responsabilidades disciplinarias.

Se dispone: Turnar al señor Magistrado que corresponda.

ARTICULO OCTAVO.- Del señor Jaime Madriz Muñoz, Contralor Electoral, se conoce oficio Nº 44-2004 C.E. del 7 de marzo del 2005, mediante el cual informa sobre el resultado de la labor de fiscalización, verificación y contabilidad de los movimientos al Padrón Nacional Electoral, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 18 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil, correspondiente al mes de enero de 2005.

Se dispone: Tomar nota. Continúese informando oportunamente al Tribunal sobre el particular.

ARTICULO NOVENO.- Del señor Gilberto Gómez Guillén, Contador, se conoce oficio Nº 121-2004 del 2 de marzo del 2005, mediante el cual se refiere a la resolución Nº 3110-P-2004 del 7 de diciembre del 2004, correspondiente al pago a favor de Víctor Manuel Vargas Meneses de la suma de ¢7.922,oo por el reconocimiento de puntos de carrera profesional, pero señalando que al resultar necesario aplicar las deducciones de ley, solicita se adicione la citada resolución en el sentido de que el monto neto a pagar es de ¢6.670,95, según calculo que adjunta.

Se dispone: Proceda la Asesoría Jurídica a confeccionar el respectivo proyecto de resolución.

ARTICULO DECIMO.- Del señor Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, se conoce:

a) Oficio Nº 302-2005-DRH del 4 de marzo del 2005, recibido el 7 de los corrientes, mediante el cual, con fundamento en las razones que expone, solicita autorización para proceder al pago del recargo de funciones de la jefatura de la Oficina Regional de Orotina, al señor Ronald Parajeles Montero, funcionario de dicha sede regional, durante el período comprendido entre el 28 de febrero y el 4 de marzo del 2005, ambas fechas inclusive.

Se dispone: Conceder la autorización que se solicita.

b) Oficio Nº 303-2005-DRH del 7 de marzo del 2005, al que adjunta solicitudes de recargo y encargo de funciones presentadas por el señor Rodolfo Villalobos Orozco, Jefe de la Sección Coordinadora de Oficinas Regionales y Empadronamiento Ambulante, mediante oficios Nº 67-2005 S.C., 68-2005 S.C. y 76-2005 S.C., del 25 y 28 de febrero, y del 1º de marzo del año en curso, con ocasión de las vacaciones que disfrutarán próximamente las jefaturas de las oficinas regionales de Heredia, Aguirre y Puriscal, conforme lo detalla. Adiciona que en el caso del señor, Alcides Chavarría Vargas, Jefe de la sede regional de Puriscal, corresponde a un adelanto de vacaciones por lo que resulta necesaria la respectiva autorización del Tribunal. 

Se dispone: Aprobar el adelanto de vacaciones, los recargos y el encargo de funciones conforme se solicitan.

ARTICULO DECIMOPRIMERO.- De la señora Ana María Jiménez Rodríguez, Jefa de la Oficina de Comunicación y Protocolo, se conoce oficio Nº 076-2005-OCP del 4 de marzo del 2005, recibido el 7 de los corrientes, mediante el cual informa lo transcrito a continuación:

“ Reciba mi atento saludo. Con el propósito de hacer de conocimiento de la señora y señores Magistrados y, de esta forma conocer su criterio y su autorización o no, expongo a usted la siguiente oferta informativa comunicada a nuestra Oficina.

La empresa periodística Producciones Radiofónicas M & P transmite cuatro programas a través de FCN Radio, emisora que funciona las 24 horas en frecuencia 700 AM digital. Esto lo logra por medio de los satélites Panamsat 9 y 10 e Internet en la dirección www.fenradio.com. Los espacios radiofónicos se denominan “Camino al Trabajo”, “Costa Rica Ventana al Mundo”, “Comunidades en Acción” y “Quehacer legislativo”. Estos programas transmiten temáticas económicas, sociales y políticas y su público meta alcanza la población mayor de 18 años, amas de casa y profesionales de clase media, media alta y alta.

El director de dichos programas, periodista Gerardo Mora Chavarría nos visitó recientemente para ofrecer un espacio gratuito en esos programas de comunicación. El objetivo es que, la periodista Giannina Aguilar grabe cuñas informativas que luego se transmitirían en la citada emisora. El contenido de estos cortos sería elaborado en el área de Prensa de esta Oficina y se basaría en los comunicados que el Magistrado Presidente autorice. La difusión de estas cuñas radiofónicas se haría de lunes a viernes de 6 a 7 de la mañana y en las tardes, de 5 a 6 p.m.

Valga resaltar que, tal y como lo ha expuesto el señor Mora, Producciones Radiofónicas M & P no tiene ninguna filiación con partidos políticos ni dentro ni fuera del país.”

Se dispone: Agradecer y aceptar el gentil ofrecimiento del señor Mora Chavarría. Proceda la Oficina de Comunicación y Protocolo conforme se propone.

ARTICULO DECIMOSEGUNDO.- Del señor Silver Canales Gómez, Secretario General de la Unión Nacional de Empleados Electorales y Civiles (UNEC), conjuntamente con la señora Marielos Blanco Olsen, Secretaria de Actas de dicha Unión, se conoce:

a) Oficio Nº 29 del 7 de marzo del 2005, mediante el cual, en atención a la prevención hecha por acuerdo tomado por el Tribunal, comunicado por oficio Nº 1098-TSE-2005, referente a la solicitud para que se conceda permiso a Marielos Blanco Olsen e Ilenia Ortiz Ceciliano para atender asuntos de importancia del sindicato, informan que la petición es por seis meses, prorrogable a otros seis meses, dependiendo del volumen de trabajo de esa agrupación.

Se dispone: Conceder el permiso solicitado por seis meses.

b) Oficio Nº 31 del 7 de marzo del 2005, mediante el cual solicitan autorización para que el personal de la institución pueda asistir al foro sobre el “TLC desde la perspectiva política y constitucional”, que han programado efectuar el miércoles 16 de marzo del año en curso a partir de las 2:00 y hasta las 4:00 de la tarde, en el Salón Multiuso de este Tribunal, el cual estará a cargo de personeros de la Confederación de Trabajadores Rerum Novarum.

Se dispone: Se concede la autorización para realizar la actividad. En cuanto a la asistencia se autoriza a cada jefatura para que conceda los permisos del caso a su personal, procurando no afectar el servicio público.

ARTICULO DECIMOTERCERO.- De la Asesoría de Asuntos Internacionales del Tribunal Superior Electoral de Brasil, se conoce fax correspondiente a oficio-circular Nº 1.072/2005/ASSINT/TSE del 4 de marzo del 2005, mediante el cual se cursa cordial invitación al acto en que asumirán los cargos de Presidente y Vicepresidente de ese Organismo Electoral, los Ministros Carlos Mário da Silva Velloso y Gilmar Ferreria Mendes, a efectuarse el 15 de marzo entrante.

Se dispone: Agradecer la amable comunicación y augurarle a los excelentísimos señores Presidente y Vicepresidente da Silva y Ferreria, el mayor de los éxitos en sus delicadas funciones.

ARTICULO DECIMOCUARTO.- De los señores regidores de la fracción del Partido Acción Ciudadana de la Municipalidad de Alajuela, se conoce fax correspondiente a nota sin número del 21 de febrero del 2005, recibido el pasado 7 de febrero, dirigido -entre otros- a este Tribunal, mediante la cual, con fundamento en las consideraciones que exponen, proponen una reforma al Código Municipal en los términos que precisan.

Se acuerda: Con vista de que el Instituto de Fomento y Asesoría Municipal está elaborando una propuesta de reforma legal sobre esta temática en general y que los interesados también se dirigen a su personero, el Tribunal estima prudente esperar a que dicha institución, en conjunto con la Unión Nacional de Gobiernos Locales, valoren esta iniciativa.

ARTICULO DECIMOQUINTO.- De la señora Patricia Rojas Vargas, Secretaria del Concejo Municipal de Atenas, se conoce fax correspondiente al oficio Nº MAT-SC-PR-1258-05 del 2 de marzo del 2005, mediante el cual transcribe el acuerdo tomado por dicha corporación en sesión celebrada el 15 de enero, según el cual solicitan a este Tribunal colaboración para el proceso se consulta pública que han aprobado realizar con relación a la correcta interpretación de los límites de ese cantón.

Se dispone: Pase a la Coordinación de Programas Electorales para lo de su cargo.

ARTICULO DECIMOSEXTO.- Del señor Ronald Allen Meneses de la Jefatura de Consulta Externa del Hospital Monseñor Sanabria, se conoce fax correspondiente a nota del 3 de marzo del 2005, mediante el cual solicitan se les brinde, cada seis meses, copia del Padrón Nacional Electoral, para actualizar la base de datos de dicho centro.

Se dispone: Se le informa a la gestionante que en nuestro sitio web (www.tse.go.cr), se encuentra el Padrón Nacional Electoral, para que el mismo pueda ser fácilmente transferido por cualquier interesado que lo desee. Además, las bases de datos del Padrón Nacional Electoral, nacimiento, defunciones y matrimonios, ha sido suministrada a la Dirección del Sistema Centralizado de Recaudación de la Caja Costarricense de Seguro Social, las cuales pueden ser facilitadas por dicho despacho a las demás dependencias de esa Institución.

ARTICULO DECIMOSETIMO.- Del señor Gerardo Medina Angulo, Secretario del Comité Ejecutivo Provisional del Partido Unión Nacional, se conoce:

a) Oficio Nº CE-01-03 del 2 de marzo del 2005, quien en atención a la prevención efectuada por acuerdo tomado por el Tribunal y comunicada por oficio 1130-TSE-2005, trascribe el acuerdo tomado por el referido Comité en su sesión ordinaria Nº 6 del 14 de febrero pasado, según el cual se le autoriza a plantear la consulta ante este Organismo para clarificar lo dispuesto por los artículos 58 y 60 del Código Electoral.

Asimismo, se conoce nuevamente el oficio Nº CE-12-02 del 17 de febrero del 2005, mediante el cual se solicita una interpretación a las interrogantes que detalla.

Se acuerda: Túrnese al magistrado que corresponda.

b) Oficio Nº CE-02-03 y CE-15-02 del 28 de febrero y 2 de marzo del 2005, mediante el cual -por las razones que expone- solicita una interpretación del artículo 6º del Código Electoral.

Se acuerda: Túrnese al señor Magistrado que corresponda.

ARTICULO DECIMOCTAVO.- Del señor Orlando Barrantes Cartín, Presidente del Comité Ejecutivo Provisional del Partido Movimiento de Trabajadores y Campesinos, se conoce nota del 1º de marzo del 2005, en la que solicita la autorización de las hojas de adhesión que adjunta.

Se acuerda: Autorizar las hojas de adhesión presentadas por el “PARTIDO MOVIMIENTO DE TRABAJADORES Y CAMPESINOS”. El Tribunal hace notar que la autorización de las fórmulas indicadas no implica decisión alguna respecto al resultado que pueda tener la solicitud de inscripción del partido político de que se trata en el Registro Civil; además el sello y registro de aquéllas, no prejuzga sobre la aprobación ni calificación del nombre ni de la divisa escogidos, ya que tal calificación corresponderá hacerla -en su oportunidad- a la Dirección General del Registro Civil, pudiendo conocer este Tribunal en alzada de la resolución de fondo que dicte la señora Directora General del Registro Civil. Se aclara y deja constancia de que este acuerdo no significa adelanto de criterio.

ARTICULO DECIMONOVENO.- Del señor Oscar Núñez Calvo, Secretario General del Partido Liberación Nacional, se conoce oficio Nº SGPLN-31 del 2 de marzo del 2005, mediante el cual, en consonancia con el acuerdo tomado en la sesión Nº 2-05 del pasado 27 de enero, solicita se les aclare el asunto que plantea, relacionado con el recibo de un solo nombre para aspirar a la candidatura presidencial.

Se dispone: Turnar al señor Magistrado que corresponda.

ARTICULO VIGÉSIMO.- Del señor Gerardo González Tiffer, representante de la empresa de seguridad privada SATIESA S.A., se conoce oficio Nº 774-2004 (sic) del 16 de febrero del 2005, recibido el pasado 4 de marzo, mediante el cual solicita la formalización para la aplicación de la cláusula de reajuste de precios de la Licitación Pública Nº 02-2001, de conformidad con lo dispuesto por el Tribunal y comunicado por oficio Nº 774-2004.

Se dispone: Para su estudio e informe en el plazo de quince días, pase a la Asesoría Jurídica.

ARTICULO VIGÉSIMOPRIMERO.- De los señores Irma Cecilia Ramírez Redondo, representante de la empresa C.N. Negocios S.A., y Eduardo Madriz Valverde, representante del Banco INTERFIN S.A., se conoce oficio sin número del 21 de febrero del 2005, recibido el pasado 3 de marzo, al que adjuntan los documentos que amparan la cesión de pago de la empresa C.N. NEGOCIOS S.A., a favor del Banco INTERFIN S.A., por la suma de US$23.420,00, según factura Nº 8616.

Se dispone: Para su estudio e informe en plazo de quince días, pase a la Asesoría Jurídica.

A las dieciocho horas terminó la sesión.  

 
 
 
Oscar Fonseca Montoya
 
 
 
Luis Antonio Sobrado González
 
 
 
Olga Nidia Fallas Madrigal
 
 
 
Juan Antonio Casafont Odor
 
 
 
Ovelio Rodríguez Chaverri