Politicas

Renuncia de regidurías: dos lecturas constitucionales

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dc.contributor.author Brenes Villalobos, Luis Diego
dc.date.accessioned 2022-09-23T15:14:12Z
dc.date.available 2022-09-23T15:14:12Z
dc.date.issued 2022-01
dc.identifier.citation Brenes, L. (2022). Renuncia de regidurías: dos lecturas constitucionales. Revista de Derecho Electoral, (33), 47-60 es_ES
dc.identifier.issn 1659-2029
dc.identifier.other 10.35242/RDE_2022_33_3
dc.identifier.uri http://hdl.handle.net/123456789/12703
dc.description.abstract El artículo 171 de la Constitución Política costarricense señala en su párrafo primero que los regidores municipales: “serán elegidos por cuatro años y desempeñarán sus cargos obligatoriamente”. Esta disposición ha propiciado dos lecturas en el seno del Tribunal Supremo de Elecciones (en adelante TSE o el Tribunal) que discrepan respecto del alcance de la obligatoriedad del cargo y la excepcionalidad para su renuncia. El presente ensayo repasa esas tesis con particular interés en la que admite la renuncia sin necesidad de excepcionalidades, según se defendiese en la sentencia del TSE n.° 1626-M-2017 de 1.° de marzo del 2017. es_ES
dc.language.iso es es_ES
dc.publisher Revista de Derecho Electoral, (33), 47-60 es_ES
dc.subject Regidores municipales es_ES
dc.subject Renuncia es_ES
dc.subject Interpretación constitucional es_ES
dc.subject Irrenunciabilidad del cargo es_ES
dc.subject Puestos de elección popular es_ES
dc.subject Pragmatismo judicial es_ES
dc.title Renuncia de regidurías: dos lecturas constitucionales es_ES
dc.type Article es_ES


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  • Interpretación de normativa
    Competencia interpretativa que sobre la materia electoral, tanto respecto de disposiciones constitucionales como legales, ostenta el TSE en forma exclusiva y obligatoria.

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