Politicas

Prohibición legal de concurrencia del funcionario público a actividades políticas diferentes

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dc.date.accessioned 2020-03-27T21:38:48Z
dc.date.available 2020-03-27T21:38:48Z
dc.date.issued 1996-02-02
dc.identifier.uri http://hdl.handle.net/123456789/4563
dc.description.abstract Analiza el artículo 88 del Código Electoral que prevé que los funcionarios públicos en él señalados “no podrán tomar parte activa en las actividades de los partidos políticos ni asistir a clubes ni reuniones de carácter político electoral" es_ES
dc.language.iso es es_ES
dc.publisher Tribunal Supremo de Elecciones es_ES
dc.subject Participación política es_ES
dc.subject Funcionarios públicos es_ES
dc.subject Actividades proselitistas es_ES
dc.subject Partidos políticos es_ES
dc.title Prohibición legal de concurrencia del funcionario público a actividades políticas diferentes es_ES
dc.type Other es_ES


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Este ítem aparece en la(s) siguiente(s) colección(ones)

  • Contencioso Electoral
    Procedimientos por los cuales se pueden revisar los resultados de los actos electorales.

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