Politicas

Asociación política en sentido positivo y en sentido negativo

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dc.date.accessioned 2020-04-23T20:16:53Z
dc.date.available 2020-04-23T20:16:53Z
dc.date.issued 2012-11-01
dc.identifier.uri http://hdl.handle.net/123456789/4933
dc.description.abstract La asociación política implica, en sentido positivo, la titularidad de derechos y obligaciones para el adherente como, por ejemplo, el derecho a participar en la vida interna del partido en condiciones de igualdad y, entre otras, la obligación de coadyuvar en el logro de los fines partidarios. En sentido negativo comprende, a la luz del derecho genérico de asociación consagrado en el numeral 25 de la Constitución Política, la libertad que tiene el militante de desvincularse del partido político en cualquier momento, por tratarse de una decisión apegada a un valor constitucional y a un derecho fundamental reconocido en el artículo 20 de la Carta Magna. Concretamente, el artículo 53 inciso a) del Código Electoral tutela el derecho que tienen los miembros de los partidos a la libre afiliación y desafiliación es_ES
dc.language.iso es es_ES
dc.publisher Tribunal Supremo de Elecciones es_ES
dc.subject Derecho de asociación política es_ES
dc.subject Militancia política es_ES
dc.subject Derechos fundamentales es_ES
dc.subject Partidos políticos es_ES
dc.subject Derecho de participación política es_ES
dc.title Asociación política en sentido positivo y en sentido negativo es_ES
dc.type Other es_ES


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  • Contencioso Electoral
    Procedimientos por los cuales se pueden revisar los resultados de los actos electorales.

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