Politicas

Celebración de asambleas distritales fuera del respectivo distrito lesiona gravemente el derecho de participación política de los electores

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dc.date.accessioned 2020-04-23T21:58:42Z
dc.date.available 2020-04-23T21:58:42Z
dc.date.issued 2008-05-23
dc.identifier.uri http://hdl.handle.net/123456789/4946
dc.description.abstract Las asambleas estarán integradas por el conjunto de ciudadanos del partido inscritos como electores en el distrito en que se celebran. Precisamente, el hecho de que no existan delegados previamente designados que integren la asamblea de distrito, sino que sean los electores del distrito los que la conformen, hace que surja la insoslayable necesidad de que éstas se celebren en el territorio del respectivo distrito. Admitir la posibilidad de que estas asambleas se puedan celebrar fuera del territorio del respectivo distrito lesionaría gravemente el derecho de participación política inherente a los electores del partido en ese distrito, pues se les obligaría a desplazarse a un lugar distinto a su distrito, cantón e incluso provincia es_ES
dc.language.iso es es_ES
dc.publisher Tribunal Supremo de Elecciones es_ES
dc.subject Asamblea distrital es_ES
dc.subject Partidos políticos es_ES
dc.subject Participación política es_ES
dc.title Celebración de asambleas distritales fuera del respectivo distrito lesiona gravemente el derecho de participación política de los electores es_ES
dc.type Other es_ES


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  • Interpretación de normativa
    Competencia interpretativa que sobre la materia electoral, tanto respecto de disposiciones constitucionales como legales, ostenta el TSE en forma exclusiva y obligatoria.

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