Mostrar el registro sencillo del ítem
dc.date.accessioned | 2020-05-04T20:51:14Z | |
dc.date.available | 2020-05-04T20:51:14Z | |
dc.date.issued | 2005-12-15 | |
dc.identifier.uri | http://hdl.handle.net/123456789/5388 | |
dc.description.abstract | A los miembros de las juntas electorales les cobija la naturaleza jurídica propia de “funcionarios”, no siéndoles extensibles el calificativo de empleados, principalmente en razón de la ausencia de remuneración salarial e inserción y subordinación laborales. Así, es entonces bajo el carácter de funcionarios (no empleados), que debe entonces ponderarse toda eventual limitación o impedimento para el ejercicio del cargo de miembro de una junta electoral. La prohibición del numeral 88 del Código Electoral, para el caso del Tribunal Supremo de Elecciones refiere únicamente a los “Magistrados y empleados”, no alcanzado ni siendo extensiva esa limitación a la condición de funcionarios que ostentan los miembros de las juntas electorales. Consecuentemente, la condición de candidato a regidor no es óbice para que, a un mismo tiempo, se funja como miembro de una junta electoral. Recurrir a limitaciones para los miembros de las juntas electorales en razón de sus afiliaciones o aspiraciones político- partidistas (candidaturas), no solamente conllevaría, como se dijo, una interpretación restrictiva y contraria al principio de reserva de ley, en tanto no existe una norma que expresamente prohíba tal ejercicio por la razón de ser candidato a una regiduría, sino que además sería contradecir el origen partidista mismo que la ley electoral le impone a las juntas electorales (véanse párrafos primeros de los numerales 46 y 49 del Código Electoral). De toda suerte, conforme al mandato que se desarrolla en el párrafo segundo del artículo 41 del Código Electoral, los miembros a las juntas electorales deben actuar con “absoluta imparcialidad”, imperativo legal que conlleva desatender, en el ejercicio de funciones, la postulación inicialmente formulada por la agrupación política | es_ES |
dc.language.iso | es | es_ES |
dc.publisher | Tribunal Supremo de Elecciones | es_ES |
dc.subject | Proceso electoral | es_ES |
dc.subject | Juntas electorales | es_ES |
dc.subject | Administración electoral | es_ES |
dc.subject | Organización electoral | es_ES |
dc.subject | Organismos electorales | es_ES |
dc.subject | Miembros de mesa | es_ES |
dc.subject | Imparcialidad política | es_ES |
dc.title | Posibilidad de candidatos a regiduría de ser miembros de junta electoral | es_ES |
dc.type | Other | es_ES |