Politicas

Plazos para ajustar nóminas de candidatos

Show simple item record

dc.date.accessioned 2020-05-08T18:34:42Z
dc.date.available 2020-05-08T18:34:42Z
dc.date.issued 2001-07-24
dc.identifier.uri http://hdl.handle.net/123456789/5615
dc.description.abstract En el caso de que se hayan remitido las nóminas de candidatos para todos los puestos de elección popular y el Registro Civil excluyera uno o varios postulantes por diversas razones antes del vencimiento del plazo para la inscripción de dichas nóminas, el partido tendría la oportunidad de proponer y presentar ante el Registro una nueva lista de candidatos. Si ocurriere con posterioridad al vencimiento del término para presentar la solicitud de inscripción de candidaturas la Dirección General del Registro Civil, le dará al partido político un plazo prudencial, según las circunstancias y a juicio de esa Dirección, con el propósito de que las listas se ajusten, en cada caso a las disposiciones legales. Vencido el plazo, se rechazaran las listas que no estén debidamente integradas con todos los propietarios y suplentes, según corresponda es_ES
dc.language.iso es es_ES
dc.publisher Tribunal Supremo de Elecciones es_ES
dc.subject Proceso electoral es_ES
dc.subject Organismos electorales es_ES
dc.subject Administración electoral es_ES
dc.subject Organización electoral es_ES
dc.subject Candidaturas es_ES
dc.subject Cargos de elección popular es_ES
dc.title Plazos para ajustar nóminas de candidatos es_ES
dc.type Other es_ES


Files in this item

This item appears in the following Collection(s)

  • Contencioso Electoral
    Procedimientos por los cuales se pueden revisar los resultados de los actos electorales.

Show simple item record

Search DSpace


Browse

My Account