Politicas

Diferencia entre escrutinio preliminar y definitivo. Comparación normativa legal electoral derogada y vigente

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dc.date.accessioned 2020-05-11T20:21:00Z
dc.date.available 2020-05-11T20:21:00Z
dc.date.issued 2009-12-18
dc.identifier.uri http://hdl.handle.net/123456789/5722
dc.description.abstract El Código Electoral lo define como “el examen y la calificación de la documentación electoral a cargo del TSE, hecho con base en el definitivo conteo y la asignación de votos realizados por las juntas electorales”. El Código derogado, por su parte, lo conceptuaba como “el examen y la calificación de la documentación electoral dirigidos a la aprobación o rectificación del cómputo aritmético y legal de votos que hayan hecho las Juntas Receptoras, a fin de adjudicar a los partidos inscritos el número de plazas que en la elección corresponda”. Ambas nociones de escrutinio definitivo, parten de que éste involucra el “examen y la calificación de la documentación electoral” a cargo de este Tribunal pero, mientras la disposición derogada apuntaba que esa actividad estabadirigida “a la aprobación o rectificación del cómputo aritmético y legal de votos que hayan hecho las Juntas Receptoras, a fin de adjudicar a los partidos inscritos el número de plazas que en la elección corresponda”, el artículo 197 del Código Electoral vigente puntualiza que ese trabajo, a cargo del Tribunal, debe ser “hecho con base en el definitivo conteo y la asignación de votos realizados por las juntas electorales.” es_ES
dc.language.iso es es_ES
dc.publisher Tribunal Supremo de Elecciones es_ES
dc.subject Proceso electoral es_ES
dc.subject Elecciones es_ES
dc.subject Escrutinio electoral es_ES
dc.subject Justicia electoral es_ES
dc.subject Jurisprudencia electoral es_ES
dc.subject Cómputo de votos es_ES
dc.subject Conteo de votos es_ES
dc.subject Documentación electoral es_ES
dc.title Diferencia entre escrutinio preliminar y definitivo. Comparación normativa legal electoral derogada y vigente es_ES
dc.type Other es_ES


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  • Interpretación de normativa
    Competencia interpretativa que sobre la materia electoral, tanto respecto de disposiciones constitucionales como legales, ostenta el TSE en forma exclusiva y obligatoria.

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