Politicas

Carga de la prueba en acciones de nulidad recae en interesado

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dc.date.accessioned 2020-05-15T18:20:20Z
dc.date.available 2020-05-15T18:20:20Z
dc.date.issued 2012-12-21
dc.identifier.uri http://hdl.handle.net/123456789/5945
dc.description.abstract Este Tribunal, en sus precedentes, ha señalado que la carga de la prueba en las acciones de nulidad recae en el interesado a quien corresponde destruir la presunción de legalidad en cuanto a una actuación partidaria concreta. Es por ello que no es legalmente admisible, vía acción de nulidad, que ante sospechas o conjeturas, se pretenda que estos procesos se conviertan en una suerte de auditoría es_ES
dc.language.iso es es_ES
dc.publisher Tribunal Supremo de Elecciones es_ES
dc.subject Justicia electoral es_ES
dc.subject Partidos políticos es_ES
dc.subject Nulidad electoral es_ES
dc.subject Conflictos políticos es_ES
dc.title Carga de la prueba en acciones de nulidad recae en interesado es_ES
dc.type Other es_ES


Ficheros en el ítem

Este ítem aparece en la(s) siguiente(s) colección(ones)

  • Contencioso Electoral
    Procedimientos por los cuales se pueden revisar los resultados de los actos electorales.

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