Politicas

Condenatoria en abstracto a daños y perjuicios

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dc.date.accessioned 2020-05-18T19:36:17Z
dc.date.available 2020-05-18T19:36:17Z
dc.date.issued 2001-05-02
dc.identifier.uri http://hdl.handle.net/123456789/6055
dc.description.abstract Los pronunciamientos del TSE y de la Sala Constitucional han definido que la violación de derechos fundamentales en la órbita electoral debe ser juzgada por el Tribunal a través del procedimiento de amparo que regula la Ley de la Jurisdicción Constitucional. Al estar prevista en esta última la condenatoria en abstracto al pago de daños, perjuicios y costas como consecuencia natural de toda resolución estimatoria de un amparo, ya sea que recaiga en relación con actuaciones de entes públicos o sujetos privados, por sí mismo y sin mayor forzamiento nos permite reconocer la existencia de un poder-deber del Tribunal de acordar tal reparación como consecuencia accesoria pero necesaria de la constatación de una vulneración de derechos fundamentales electorales. Asimismo la remisión al juez ordinario que cabe decretar en estos asuntos, lo es con el único propósito de que en esa sede se liquide la indemnización declarada en abstracto por el TSE, tal y como lo predeterminan los parámetros de la Ley de la Jurisdicción Constitucional es_ES
dc.language.iso es es_ES
dc.publisher Tribunal Supremo de Elecciones es_ES
dc.subject Justicia electoral es_ES
dc.subject Recurso de amparo electoral es_ES
dc.subject Partidos políticos es_ES
dc.subject Derechos políticos es_ES
dc.subject Derechos fundamentales es_ES
dc.subject Tribunales electorales es_ES
dc.title Condenatoria en abstracto a daños y perjuicios es_ES
dc.type Other es_ES


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Este ítem aparece en la(s) siguiente(s) colección(ones)

  • Contencioso Electoral
    Procedimientos por los cuales se pueden revisar los resultados de los actos electorales.

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