Politicas

Designaciones por convención o consulta popular no requiere ratificación de asambleas superiores

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dc.date.accessioned 2020-06-11T20:46:55Z
dc.date.available 2020-06-11T20:46:55Z
dc.date.issued 2001-08-10
dc.identifier.uri http://hdl.handle.net/123456789/7250
dc.description.abstract En último término, cabe señalar que la atribución que el artículo 74 del Código Electoral le concede a la Asamblea Nacional para ratificar las designaciones propuestas por las Asambleas Provinciales lo es sólo en cuanto a las designaciones que se realicen de acuerdo con los estatutos de los partidos políticos y no con las designaciones que se hagan de acuerdo con procedimientos legales mediante convenciones u otros procedimientos de consulta popular es_ES
dc.language.iso es es_ES
dc.publisher Tribunal Supremo de Elecciones es_ES
dc.subject Partidos políticos es_ES
dc.subject Democracia interna del partido político es_ES
dc.subject Estatutos es_ES
dc.subject Estructura del partido político es_ES
dc.subject Asamblea provincial es_ES
dc.title Designaciones por convención o consulta popular no requiere ratificación de asambleas superiores es_ES
dc.type Other es_ES


Ficheros en el ítem

Este ítem aparece en la(s) siguiente(s) colección(ones)

  • Contencioso Electoral
    Procedimientos por los cuales se pueden revisar los resultados de los actos electorales.

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