Politicas

Concepto. Excepcionalidad de la consulta popular

Show simple item record

dc.date.accessioned 2020-07-09T20:48:44Z
dc.date.available 2020-07-09T20:48:44Z
dc.date.issued 2007-04-12
dc.identifier.uri http://hdl.handle.net/123456789/7726
dc.description.abstract El referéndum no está previsto como una apuesta por la democracia directa ni como instrumento para cuestionar la legitimidad del gobierno democrático-representativo; se trata de un mecanismo de participación popular directa que complementa –y no enfrenta– el ejercicio representativo del gobierno, el cual prevalecerá respecto de la mayoría de las decisiones. La consulta al pueblo es excepcional para que, en su condición de soberano, arbitre políticamente el disenso y dote de legitimidad incuestionable a la decisión final es_ES
dc.language.iso es es_ES
dc.publisher Tribunal Supremo de Elecciones es_ES
dc.subject Democracia directa es_ES
dc.subject Referéndum es_ES
dc.subject Consulta popular es_ES
dc.subject Tratado de libre comercio es_ES
dc.title Concepto. Excepcionalidad de la consulta popular es_ES
dc.type Other es_ES


Files in this item

This item appears in the following Collection(s)

  • Contencioso Electoral
    Procedimientos por los cuales se pueden revisar los resultados de los actos electorales.

Show simple item record

Search DSpace


Browse

My Account