Politicas

Celebración de plebiscito requiere de existencia previa de reglamento que constituya fuente primaria de regulación

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dc.date.accessioned 2020-07-14T20:13:11Z
dc.date.available 2020-07-14T20:13:11Z
dc.date.issued 2012-01-27
dc.identifier.uri http://hdl.handle.net/123456789/7842
dc.description.abstract En primer lugar, al ser esta materia tan sensible para el fortalecimiento del principio democrático como lo es, innegablemente, el desarrollo de un proceso consultivo, es indispensable que los interesados, intervinientes y toda la colectividad tengan acceso a una herramienta normativa que permita, de manera cristalina y notoria, conocer con anticipación los procedimientos aplicables en estos casos. De conformidad con tal premisa, este Tribunal entiende que, de la armonización de lo dispuesto en los artículos 4 inciso g) y 13 inciso j) del Código Municipal, citados en el Considerando V de esta resolución, se desprende inequívocamente que, por imperio de ley, la decisión de acordar la celebración de un Plebiscito requiere de la existencia previa de un reglamento que, a nivel local, se constituya en fuente primaria de regulación y cuya promulgación corresponde a cada una de las distintas municipalidades es_ES
dc.language.iso es es_ES
dc.publisher Tribunal Supremo de Elecciones es_ES
dc.subject Democracia directa es_ES
dc.subject Consulta popular es_ES
dc.subject Participación ciudadana es_ES
dc.subject Plebiscito es_ES
dc.subject Reglamentos es_ES
dc.title Celebración de plebiscito requiere de existencia previa de reglamento que constituya fuente primaria de regulación es_ES
dc.type Other es_ES


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  • Contencioso Electoral
    Procedimientos por los cuales se pueden revisar los resultados de los actos electorales.

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