Politicas

Obligación de regidor de residir en cantón ininterrumpidamente

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dc.date.accessioned 2020-08-06T17:52:23Z
dc.date.available 2020-08-06T17:52:23Z
dc.date.issued 2001-11-08
dc.identifier.uri http://hdl.handle.net/123456789/8244
dc.description.abstract Para ser regidor, debe la persona estar domiciliada electoralmente y de modo ininterrumpido en el cantón, al menos, dos años antes del ejercicio efectivo del cargo. Este requisito, garantiza un mínimo de arraigo en la comunidad por parte de aquellos que pretendan dirigir sus destinos y de evitar traslados ficticios con propósitos meramente electoreros, debe ser aplicado por la administración electoral. No le corresponde a ésta, sino a la jurisdicción constitucional, valorar su razonabilidad y proporcionalidad es_ES
dc.language.iso es es_ES
dc.publisher Tribunal Supremo de Elecciones es_ES
dc.subject Régimen municipal es_ES
dc.subject Inscripción electoral es_ES
dc.subject Regidores municipales es_ES
dc.subject Domicilio electoral es_ES
dc.title Obligación de regidor de residir en cantón ininterrumpidamente es_ES
dc.type Other es_ES


Ficheros en el ítem

Este ítem aparece en la(s) siguiente(s) colección(ones)

  • Contencioso Electoral
    Procedimientos por los cuales se pueden revisar los resultados de los actos electorales.

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