Politicas

En ausencia definitiva de vicealcalde primero el vicealcalde segundo ocupará cargo.

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dc.date.accessioned 2020-08-06T18:30:47Z
dc.date.available 2020-08-06T18:30:47Z
dc.date.issued 2011-03-03
dc.identifier.uri http://hdl.handle.net/123456789/8247
dc.description.abstract Frente a esta situación, éste Tribunal estima que un entendimiento literal de la norma, podría conducir a la desaplicación o distorsión de sus principios rectores, por lo que, de conformidad con las atribuciones constitucionales y legales establecidas en los artículos 102, inciso 3) de la Constitución Política y 12, inciso c), del Código Electoral, se interpreta que en el caso de ausencia definitiva del vicealcalde o vicealcaldesa primera, el segundo o la segunda vicealcaldesa, pasan a ocupar el cargo vacante es_ES
dc.language.iso es es_ES
dc.publisher Tribunal Supremo de Elecciones es_ES
dc.subject Régimen municipal es_ES
dc.subject Vicealcaldes es_ES
dc.subject Elecciones es_ES
dc.subject Cargos de elección popular es_ES
dc.title En ausencia definitiva de vicealcalde primero el vicealcalde segundo ocupará cargo. es_ES
dc.type Other es_ES


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  • Contencioso Electoral
    Procedimientos por los cuales se pueden revisar los resultados de los actos electorales.

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