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dc.date.accessioned | 2020-08-11T18:27:15Z | |
dc.date.available | 2020-08-11T18:27:15Z | |
dc.date.issued | 2008-02-08 | |
dc.identifier.uri | http://hdl.handle.net/123456789/8273 | |
dc.description.abstract | Es altamente significativo que la anterior redacción del artículo 14 del Código Municipal establecía claramente la elección de los regidores en comicios simultáneos con los nacionales; ello desaparece en su nuevo tenor literal que, al establecer como referencia a las “elecciones nacionales”, solo visualice dentro de ese concepto la designación de las autoridades del Poder Ejecutivo y Legislativo. Atendiendo a la especificidad de las elecciones municipales, caracterizadas por su alcance referido al gobierno local, en contraposición a las elecciones nacionales, la interpretación finalista es la más adecuada a los efectos de llenar el vacío normativo respecto a la fecha de elección de los regidores | es_ES |
dc.language.iso | es | es_ES |
dc.publisher | Tribunal Supremo de Elecciones | es_ES |
dc.subject | Tribunales electorales | es_ES |
dc.subject | Proceso electoral | es_ES |
dc.subject | Elecciones | es_ES |
dc.subject | Regidores municipales | es_ES |
dc.subject | Jurisprudencia electoral | es_ES |
dc.title | Interpretación finalista del TSE para de llenar el vacío normativo respecto a la fecha de elección de los regidores | es_ES |
dc.type | Other | es_ES |