ACTA N.º 98-2018
Sesión ordinaria celebrada por el Tribunal Supremo de Elecciones a las diez horas del once de octubre de dos mil dieciocho, con asistencia de los señores Magistrados Luis Antonio Sobrado González –quien preside–, Max Alberto Esquivel Faerron y Juan Antonio Casafont Odor.
ARTÍCULO PRIMERO. APROBACIÓN DE ACTAS ANTERIORES.
A) Se leyó y aprobó el acta de la sesión ordinaria inmediata anterior.
ARTÍCULO SEGUNDO. INFORMES DE FUNCIONARIOS DEL TRIBUNAL.
A) Informe de participación en el “Seminario Internacional: Experiencias latinoamericanas del voto en el exterior” en la República de El Salvador. Del señor Esteban Durán Hernández, Profesional en Administración Electoral 2 del Departamento de Programas Electorales, se conoce oficio n.° DPE-354-2018 del 8 de octubre de 2018, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual rinde informe relativo a su participación en el seminario “Experiencias latinoamericanas del voto en el exterior”, organizado por la Fundación Dr. Guillermo Manuel Ungo de la República de El Salvador, en setiembre de 2018 y solicita cursar agradecimiento al señor Director Ejecutivo de esa fundación, por las atenciones recibidas y la organización de tan importante evento.
Se dispone: Tener por rendido el informe. Proceda la Secretaría General de este Tribunal a cursar el agradecimiento que se propone. ACUERDO FIRME.
B) Informe de participación en el “Seminar on Information Security Technology of Developing Countries” en la República Popular de China. Del señor Jonathan Pérez Richmond, Auditor Asistente del Área de Tecnologías de la Información de la Auditoría Interna, se conoce memorial del 8 de octubre de 2018, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual rinde informe relativo a su participación en el seminario “Seminar on Information Security Technology of Developing Countries”, en la República Popular de China, en setiembre de 2018.
Se dispone: Tener por rendido el informe. ACUERDO FIRME.
Sale del salón de sesiones el señor Magistrado Esquivel Faerron.
C) Informe de participación en el “Programa de Estudios y Diálogo para Representantes de Tribunales Electorales Centroamericanos e Institutos de Educación” en la República Federal de Alemania. De los señores Max Alberto Esquivel Faerron, Magistrado de este Tribunal y Hugo Picado León, se conoce memorial del 9 de octubre de 2018, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual rinden informe de su participación en el Programa de Estudio y Diálogo para Representantes de Tribunales Electorales Centroamericanos e Institutos de Educación organizado por la Fundación Konrad Adenauer en el mes de setiembre pasado, en la República Federal de Alemania.
Se dispone: Tener por rendido el informe. ACUERDO FIRME.
Reingresa al salón de sesiones el señor Magistrado Esquivel Faerron.
ARTÍCULO TERCERO. ASUNTOS DE ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL.
A) Prórrogas de nombramientos interinos en distintas unidades administrativas. De los señores Nicolás Prado Hidalgo, Prosecretario General a. i. de este Tribunal, y Luis Guillermo Chinchilla Mora, Director General a. i. del Registro Civil, se conoce oficio n.° STSE-1943-2018 del 8 de octubre de 2018, mediante el cual literalmente manifiestan:
"En atención a lo solicitado por las respectivas jefaturas, según lo planteado por el Departamento de Recursos Humanos y de conformidad con lo estipulado en el artículo 25 del Reglamento a la Ley de Salarios y Régimen de Méritos del TSE, nos permitimos proponer la aprobación de las prórrogas de los nombramientos interinos que se detallan a continuación:
NOMBRE DEL SERVIDOR |
OFICINA / DEPARTAMENTO |
NÚMERO Y CLASE DEL PUESTO |
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Departamento Civil |
45650, Profesional Ejecutor 3 |
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Sección de Inscripciones |
45548, Profesional Ejecutor 3 |
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Coordinacion de Servicios Regionales |
45929, Profesional en Gestión 1 |
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Oficina Regional de San Ramón |
46151, Profesional en Gestión 1 |
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Oficina Regional de San Ramón |
46152, Asistente Funcional 3 |
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Sección de Inscripciones |
45852, Asistente Funcional 3 |
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Sección de Inscripciones |
45807, Asistente Administrativo 1 |
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Oficina Regional de Limón |
47873, Asistente Administrativo 2 |
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Oficina Regional de Turrialba |
45924, Asistente Administrativo 2 |
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Sección de Inscripciones |
97466, Profesional Asistente 1 |
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Sección de Inscripciones |
45630, Asistente Funcional 3 |
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Departamento Civil |
45552, Asistente Administrativo 2 |
|
Departamento Civil |
45672, Asistente Administrativo 1 |
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Departamento de Recursos Humanos |
361343, Profesional en Gestión 1 |
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Departamento de Recursos Humanos |
353472, Profesional Ejecutor 3 |
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Departamento de Recursos Humanos |
353722, Profesional Ejecutor 3 |
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Departamento de Recursos Humanos |
90234, Asistente Administrativo 1 |
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Sección de Inscripciones |
45595, Profesional Asistente 1 |
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Departamento de Recursos Humanos |
45883, Asistente Funcional 2 |
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Oficina Regional de Alajuela |
45607, Asistente Administrativo 2 |
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Oficina Regional de Guatuso |
54397, Profesional Ejecutor 1 |
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Oficina Regional de Guatuso |
47866, Asistente Funcional 2 |
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Oficina Regional de San Carlos |
45643, Asistente Administrativo 2 |
|
Oficina Regional de San Carlos |
45897, Asistente Funcional 2 |
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Sección de Ingeniería y Arquitectura |
45609, Asistente Funcional 1 |
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Oficina Regional de Siquirres |
55715, Profesional Ejecutor 1 |
|
Oficina Regional de Siquirres |
55716, Asistente Administrativo 2 |
|
Oficina Regional de Osa |
46166, Profesional Ejecutor 1 |
|
Oficina Regional de Osa |
46167, Asistente Funcional 2 |
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Departamento de Recursos Humanos |
370761, Profesional Asistente 1 |
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Archivo del Tribunal |
45946, Asistente Administrativo 2 |
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Departamento de Proveeduría |
72874, Asistente Administrativo 2 |
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Sección de Inscripciones |
361351, Asistente Funcional 3 |
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Departamento Civil |
45671, Asistente Administrativo 1 |
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Sección de Ingeniería y Arquitectura |
97517, Técnico Funcional 1 |
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Oficina Regional de Cartago |
45934, Asistente Administrativo 2 |
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Sección de Servicios Generales |
353551, Auxiliar Operativo 2 |
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Sección de Inscripciones |
45624, Asistente Funcional 2 |
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Oficina Regional de Pococí |
45912, Asistente Administrativo 2 |
Del 16-OCT al 31-DIC de 2018 |
Sección de Inscripciones |
45572, Asistente Administrativo 2 |
Del 16-OCT al 31-DIC de 2018 |
Sección de Inscripciones |
76468, Asistente Administrativo 1 |
Del 1°-NOV al 31-DIC de 2018 |
Departamento de Programas Electorales |
368621, Técnico Funcional 2 |
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Sección de Servicios Generales |
45737, Auxiliar Operativo 2 |
Del 1°-NOV al 31-DIC de 2018 |
Departamento Electoral |
45702, Asistente Administrativo 1 |
Del 1°-NOV al 31-DIC de 2018 |
Departamento de Programas Electorales |
368754, Asistente Administrativo 1 |
Del 1°-NOV al 31-DIC de 2018 |
Departamento de Programas Electorales |
368808, Conserje Electoral |
Del 1°-NOV al 31-DIC de 2018 |
Departamento de Programas Electorales |
370719, Conserje Electoral |
Del 1°-NOV al 31-DIC de 2018 |
Departamento de Programas Electorales |
371975, Conserje Electoral |
Del 1°-NOV al 31-DIC de 2018 |
Departamento de Programas Electorales |
370917, Técnico Funcional 1 |
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Sección de Servicios Generales |
45485, Asistente Funcional 1 |
Todas las personas que se incluyen en el anterior cuadro laboran actualmente en los puestos que se indican y lo que se requiere es prorrogar sus nombramientos interinos por un nuevo lapso.
En el caso de quienes se anotan en las líneas 1 a 13 sería a partir del 16 de octubre, para quienes se incluyen en las líneas 14 a 39 a partir del 1° de noviembre, en el caso del funcionario Alfaro Delgado –línea 50– a partir del 16 de noviembre y todos por un lapso de 6 meses prorrogables según artículo 9 del reglamento a nuestra Ley de Salarios o hasta que se concrete el trámite respectivo para designar al nuevo propietario o regrese el titular de la plaza a ocuparla (según sea el caso), lo que ocurra primero.
Para las personas anotadas en las líneas 40 a 49 se solicita prorrogar su actual designación por el periodo indicado en cada caso o cuando regrese el titular de la plaza a ocuparla, lo que ocurra primero,
Quedamos atentos a lo que a bien estime disponer el Tribunal.".
Se dispone: Prorrogar conforme se solicita, con la observación según la cual eventuales nuevas prórrogas deben ser expresamente autorizadas por este Tribunal. ACUERDO FIRME.
B) Aclaración del Departamento de Recursos Humanos sobre la fecha de conclusión de nombramiento interino. De la señora Jocelyn Brown Pérez, Jefa del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° RH-3122-2018 del 8 de octubre de 2018, recibido el día siguiente en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"El Tribunal Supremo de Elecciones en sesión ordinaria n.° 53-2018 celebrada el pasado 24 de mayo y comunicado mediante oficio STSE-1033-2018 de misma fecha, aprobó el nombramiento en una plaza de Servicios Especiales del señor Rodolfo Acosta Campos en el puesto 370896 correspondiente a un Asistente Administrativo 1 (Oficinista 1) en el Departamento de Programas Electorales.
Efectivamente este departamento solicitó, y así fue aprobado, la designación del funcionario Acosta Campos desde el 1° de junio y hasta que regresara su anterior ocupante – en aplicación del artículo 36-bis del Reglamento a la Ley de Salarios - [sic] lo cual sería, en su defecto, el 31 de diciembre de 2018. No obstante, al indicarse en el oficio de solicitud de nombramiento que fuera hasta que la anterior ocupante de la plaza regresara a ocuparla, se propició un error a lo interno de este departamento ya que, al verificar el plazo de quien ocupaba el cargo, se determinó que se encontraría en otro puesto por todo el año 2018, sin tomar en consideración que en la Relación de Puestos comunicada por la Dirección General de Presupuesto del Ministerio de Hacienda, al puesto - 370896 - [sic] únicamente le fue asignado para el presente ejercicio económico un total de 5 meses, los cuales dieron inicio con el nombramiento del señor Acosta Campos a partir del 1 de junio y hasta el 31 de octubre de 2018.
En virtud de lo anterior, se solicita al superior de manera respetuosa modificar la fecha de conclusión del nombramiento interino del colaborador Acosta Campos para que sea el 31 de octubre próximo, ya que resulta, desde el punto de vista presupuestario, improcedente otorgarle continuidad a un puesto que, como se dijo, tiene contenido monetario asignado por un plazo definido, sea cinco meses.".
Se dispone: Modificar lo acordado conforme se solicita. ACUERDO FIRME.
C) Nombramientos interinos en la Coordinación de Servicios Regionales. Del señor Luis Guillermo Chinchilla Mora, Director General a. i. del Registro Civil, se conoce oficio n.° DGRC-1015-2018 del 8 de octubre de 2018, recibido el día siguiente en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"En atención a lo solicitado por las respectivas jefaturas, según lo planteado por el Departamento de Recursos Humanos y de conformidad con lo estipulado en el artículo 25 del Reglamento a la Ley de Salarios y Régimen de Méritos del TSE, me permito proponer la aprobación de los nombramientos interinos que se detallan a continuación:
OFICINA / DEPARTAMENTO |
NÚMERO Y CLASE DEL PUESTO |
CONDICIÓN DE LA PLAZA |
CANDIDATO (A) Y PERÍODO DEL NOMBRAMIENTO |
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45938, Profesional en Gestión 2 |
Plaza de cargos fijos vacante. |
Johanna Cortés Vega, 16-OCT de 2018 y por todo el plazo que se extienda el traslado interino de su anterior ocupante, que en primera instancia sería hasta el próximo 15-MAR de 2019. La candidata que se propone, labora en un puesto de la clase Profesional Asistente 1, en ese mismo departamento por lo que existen 5 clases de por medio para llegar al Profesional en Gestión 2. |
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101879, Profesional Asistente 1 |
Plaza de cargos fijos temporalmente vacante en virtud del movimiento anterior. |
Carolina Madrigal Chacón, 16-OCT de 2018 y por todo el plazo que se extienda el ascenso interino de su propietaria, que en primera instancia sería hasta el próximo 15-MAR de 2019. La candidata que se propone, labora en un puesto idéntico en ese mismo departamento. |
Quedo atento a lo que a bien estime disponer el Tribunal.".
Se dispone: Nombrar conforme se propone, con la observación según la cual eventuales prórrogas deben ser expresamente autorizadas por este Tribunal. ACUERDO FIRME.
D) Propuesta de nombramiento en propiedad en la Auditoría Interna y el Departamento de Programas Electorales. Del señor Erick Adrián Guzmán Vargas, Secretario General de este Tribunal, se conoce oficio n.° STSE-1954-2018 del 10 de octubre de 2018, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Dado que existe al efecto un registro de elegibles, con fundamento en lo dispuesto en nuestra ley de salarios y su reglamento y lo expuesto en oficio n.° RH-3127-2018 del Departamento de Recursos Humanos, el cual prohíjo, me permito someter a su consideración las siguientes ternas, de las cuales propongo nombrar en propiedad -a partir de la fecha y en la oficina que para caso se indica- a quienes figuran en el primer lugar de cada una:
Terna 1.- Rebeca Adriana Álvarez Fallas 2.- Lidia Avendaño Castro 3.- Luis Diego Arias Solano |
|
Puesto en el que se propone nombrar |
104983, Asistente Administrativo 1, Oficinista 1, de la Auditoría Interna |
Fecha de rige |
16 de noviembre de 2018 |
Terna 1.- Lidia Avendaño Castro 2.- Luis Diego Arias Solano 3.- Evelyn Vanessa Mora Retana |
|
Puesto en el que se propone nombrar |
353692, Asistente Administrativo 1, Oficinista 1, del Departamento de Programas Electorales |
Fecha de rige |
16 de noviembre de 2018 |
Quedo atento a lo que a bien estime disponer el Tribunal.".
Se dispone: Nombrar conforme se propone. ACUERDO FIRME.
E) Nombramientos interinos en distintas unidades administrativas. Del señor Erick Adrián Guzmán Vargas, Secretario General de este Tribunal, se conoce oficio n.° STSE-1945-2018 del 10 de octubre de 2018, mediante el cual literalmente manifiesta:
"En atención a lo solicitado por las respectivas jefaturas, según lo planteado por el Departamento de Recursos Humanos y de conformidad con lo estipulado en el artículo 25 del Reglamento a la Ley de Salarios y Régimen de Méritos del TSE, me permito proponer la aprobación de lo siguiente:
1.- De los nombramientos interinos que se detallan a continuación:
OFICINA / DEPARTAMENTO |
NÚMERO Y CLASE DEL PUESTO |
CONDICIÓN DE LA PLAZA |
CANDIDATO (A) Y PERÍODO DEL NOMBRAMIENTO |
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45442, Asistente Funcional 2 |
Plaza de cargos fijos temporalmente vacante en virtud del ascenso interino de su propietaria. |
Ivonne Chavarría Vega, 16 de octubre de 2018 y hasta que regrese su propietaria que en primera instancia sería el 31 de diciembre de 2018, lo que ocurra primero. La candidata labora en un puesto de la Clase Asistente Administrativo 1, en ese mismo departamento por lo que existen 2 clases de por medio para llegar al Asistente Funcional 2. |
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368695, Técnico Funcional 2 |
Plaza de servicios especiales. |
Geiner Quirós Mena, 16 de octubre de 2018 y hasta que regrese su anterior ocupante que en primera instancia sería el 31 de diciembre de 2018, lo que ocurra primero. El candidato labora en un puesto de Asistente Administrativo 1 en la Sección de Solicitudes Cedulares por lo que existen 5 clases de por medio para llegar al Técnico Funcional 2. |
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45492, Auxiliar Operativo 1 |
Plaza de cargos fijos vacante con proceso concursal en desarrollo. |
Ingrid Patricia Chaves Porras, 16 de octubre de 2018 y por el plazo de 6 meses prorrogables según el artículo 9 del Reglamento a la Ley de Salarios. La candidata labora en un puesto idéntico de la Clase Auxiliar Operativo 1, en la Sección de Servicios Generales. Para el presente puesto la jefatura de la Sección de Servicios Generales solicitó un estudio tendiente a modificar su clasificación, por lo cual la presente designación se mantendría vigente durante el plazo indicado o bien hasta que se apruebe la modificación que se pretende. |
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76394, Asistente Funcional 2 |
Plaza de cargos fijos temporalmente vacante. |
Roger Alberto Castillo Monge, 16 de octubre de 2018 y hasta que regrese su anterior ocupante lo que en primera instancia sería el 31 de diciembre de 2018, lo que ocurra primero. El candidato labora en un puesto de la Clase Asistente Administrativo 1, en ese mismo departamento por lo que existen 2 clases de por medio para llegar al Asistente Funcional 2. Este nombramiento se solicita con base en el artículo 36 bis del Reglamento a la Ley de Salarios. |
|
353739, Auxiliar Operativo 1 |
Plaza de cargos fijos vacante con proceso concursal en desarrollo. |
Fabiola Espinoza Prado, 16 de octubre de 2018 y por el plazo de 6 meses prorrogables según el artículo 9 del Reglamento a la Ley de Salarios. La candidata labora en un puesto de la Clase Conserje Electoral, en el Departamento de Programas Electorales. Este nombramiento se solicita con base en el artículo 36 bis del Reglamento a la Ley de Salarios. |
|
45497, Auxiliar Operativo 1 |
Plaza de cargos fijos vacante con proceso concursal en desarrollo. |
Michael Saborío Guerrero, 16 de octubre de 2018 y por el plazo de 6 meses prorrogables según el artículo 9 del Reglamento a la Ley de Salarios. El candidato labora en un puesto de la Clase Conserje Electoral, en el Departamento de Programas Electorales. Este nombramiento se solicita con base en el artículo 36 bis del Reglamento a la Ley de Salarios. |
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361411, Técnico Funcional 2 |
Plaza de servicios especiales. |
Noilyn Sánchez Ugarte, 16 de octubre de 2018 y hasta el 31 de diciembre de 2018. La candidata labora en un puesto de la Clase Asistente Administrativo 1, en ese mismo departamento por lo que existen 5 clases de por medio para llegar al Técnico Funcional 2. |
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361403, Técnico Funcional 2 |
Plaza de cargos fijos temporalmente vacante en virtud del ascenso interino de su propietaria. |
Adriana Espinoza Sibaja, 16 de octubre de 2018 y hasta que regrese su anterior ocupante, lo que en primera instancia sería el 31 de diciembre de 2018, lo que ocurra primero. La candidata labora en un puesto idéntico en ese mismo departamento. |
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76433, Asistente Administrativo 1 |
Plaza de cargos fijos temporalmente vacante en virtud del ascenso interino de su propietario. |
Jorge Achoy Pérez, 16 de octubre de 2018 y hasta que regrese su propietario, lo que en primera instancia sería el 31 de diciembre de 2018, lo que ocurra primero. El candidato labora interinamente en un puesto de Asistente Administrativo 2, vacante y próximo a ser ocupado en propiedad, en el Departamento Electoral y forma parte del Registro de Elegibles Permanente actualmente vigente para este tipo de puestos. |
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97757, Asistente Administrativo 1 |
Plaza de cargos fijos temporalmente vacante en virtud del ascenso interino de su propietaria. |
Daniel Fernández Rivera, 16 de octubre de 2018 y hasta que regrese su anterior ocupante, lo que en primera instancia sería el 31 de diciembre de 2018, lo que ocurra primero. El candidato labora interinamente en un puesto de Asistente Administrativo 2, vacante y próximo a ser ocupado en propiedad, en la Dirección General del Registro Civil y forma parte del Registro de Elegibles Permanente actualmente vigente para este tipo de puestos. |
|
353508, Técnico Funcional 2 |
Plaza de cargos fijos temporalmente vacante en virtud del ascenso interino de su propietaria. |
Ángelo Villalobos Pérez, 16 de octubre de 2018 y por todo el plazo que se extienda el ascenso interino de su propietaria, que en primera instancia sería hasta el próximo 31 de diciembre de 2018. El candidato labora en un puesto de la clase Asistente Funcional 2, en propiedad, en esa misma Dirección, por lo que existen 2 clases de por medio para llegar al Técnico Funcional 2. |
|
76456, Asistente Funcional 2 |
Plaza de cargos fijos temporalmente vacante en virtud del movimiento anterior. |
Minor Coto Barrera, 16 de octubre de 2018 y por todo el plazo que se extienda el ascenso interino de su propietario, que en primera instancia sería hasta el próximo 31 de diciembre de 2018. El candidato labora en un puesto de la clase Auxiliar Operativo 2, en esa misma Dirección, por lo que existen 3 clases de por medio para llegar al Asistente Funcional 2. |
2.- Del nombramiento interino cuya terna se propone, sugiriendo nombrar al primer lugar:
N° PUESTO |
NOMBRE |
CLASE |
PUESTO |
DEPARTAMENTO / OFICINA |
90223 (Cargos fijos) |
Keyla Alvarado Cantillano |
Profesional Ejecutor 3 |
Administrador /a de Base de Datos |
Sección de Infraestructura |
Danny Picado Romanini |
||||
Seidy Martínez Rodríguez |
||||
Fecha de rige: En virtud del feriado del próximo 15 de octubre se estima que la presente designación bien se podría autorizar a partir del 16 de octubre de 2018 y por el plazo de 6 meses prorrogables según el artículo 9 del Reglamento a la Ley de Salarios o hasta que se concrete el trámite respectivo a fin de designar al nuevo propietario del puesto, lo que ocurra primero. La jefatura respectiva recomienda a quien ocupa el primer lugar de la terna. No se omite indicar que para este puesto se realizó un estudio de inopia a lo interno de la institución, dando como resultado que actualmente no hay funcionarios interesados en ocupar el cargo de manera interina, o bien no cumplen con la totalidad de los requisitos que exige el Manual Descriptivo de Clases de Puestos. |
Quedo atento a lo que a bien estime disponer el Tribunal.".
Se dispone: Nombrar conforme se propone en el punto 1, así como aprobar el nombramiento de quien figura en el primer lugar de la referida terna, conforme se sugiere en el punto 2, con la observación según la cual eventuales prórrogas deben ser expresamente autorizadas por este Tribunal. ACUERDO FIRME.
F) Trámites de la Comisión de Dedicación Exclusiva. De la señora Jocelyn Brown Pérez, Jefa del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° CDE-086-2018 del 10 de octubre de 2018, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"En sesión número 21-2018 celebrada el día 5 de octubre del año en curso, esta Comisión conoció las solicitudes que presentaron tres personas funcionarias quienes laboran para la institución a efectos de ser incorporadas al Régimen de Dedicación Exclusiva. Estas personas estiman cumplir con los requisitos y reunir las condiciones establecidas para lo que solicitan, y con el propósito de verificarlo se revisó el expediente personal de cada una de ellas.
En cuanto a estas solicitudes, las cuales corresponden a quienes se indican en el cuadro que se muestra más adelante, luego de los estudios pertinentes considera esta Comisión que en efecto son procedentes, pues se trata de personal que se encuentra nombrado en puestos para los cuales se requiere el grado académico de bachillerato o licenciatura, condición que dichas personas poseen en diferentes disciplinas.
De acuerdo con lo anterior y con fundamento en el artículo sexto del Reglamento para el Régimen de Dedicación Exclusiva, se elevan a conocimiento del Tribunal los trámites que seguidamente se detallan y que se recomienda aprobar en virtud de las razones dadas.
NOMBRE Y CARGO |
SOLICITA |
COMPLEMENTO |
Marcela Soto Coto - Profesional Asistente 1 - |
Incorporación |
20% |
Kimberly Alvarado Ríos - Profesional Ejecutor 3 - |
Incorporación |
65% |
Greddy Fallas Fallas - Profesional Asistente 1 - |
Incorporación |
20% |
De confirmar el Tribunal Supremo de Elecciones lo resuelto por la Comisión, a cada solicitante se le otorgaría el porcentaje anotado en el cuadro anterior como incentivo o complemento salarial por concepto de dedicación exclusiva. Asimismo, de acuerdo con pronunciamiento vertido por el Departamento Legal, dicho complemento regiría a partir de la suscripción del contrato correspondiente por parte de la persona funcionaria y del Director Ejecutivo.".
Se dispone: Aprobar. ACUERDO FIRME.
G) Nombramiento interino en la Secretaría General del TSE. Del señor Erick Adrián Guzmán Vargas, Secretario General de este Tribunal, se conoce oficio n.° STSE-1945-2018 del 10 de octubre de 2018, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Según lo planteado por el Departamento de Recursos Humanos y de conformidad con lo estipulado en el artículo 25 del Reglamento a la Ley de Salarios y Régimen de Méritos del TSE, me permito proponer la aprobación del nombramiento interino que se detalla a continuación:
OFICINA / DEPARTAMENTO |
NÚMERO Y CLASE DEL PUESTO |
CONDICIÓN DE LA PLAZA |
CANDIDATO (A) Y PERÍODO DEL NOMBRAMIENTO |
Secretaría General del Tribunal |
45582, Auxiliar Operativo 1 |
Plaza de cargos fijos vacante con proceso concursal en trámite. |
Tomás Siles Torres, 16 de octubre de 2018 y por el plazo de 6 meses prorrogables según el artículo 9 y 25 del Reglamento a la Ley de Salarios o hasta que se concrete el trámite respectivo para nombrar a su propietario. El candidato labora en un puesto idéntico, en la Dirección Ejecutiva. |
Quedo atento a lo que a bien estime disponer el Tribunal.".
Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Nombrar conforme se propone, con la observación según la cual eventuales prórrogas deben ser expresamente autorizadas por este Tribunal. ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO CUARTO. ASUNTOS INTERNOS DIVERSOS.
A) Informe sobre el convenio con el Banco Central de Costa Rica relativo al acceso de datos de imágenes de los ciudadanos costarricenses y de los servicios de Verificación de Identidad (VDI) y Certificaciones Digitales (CDI). Del señor José Francisco Rodríguez Siles, Director Ejecutivo, se conoce oficio n.° DE-3415-2018 del 8 de octubre de 2018, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual rinde informe relativo a los recursos derivados del convenio con el Banco Central de Costa Rica (BCCR), con fundamento en una serie de consideraciones, literalmente concluye y recomienda:
"III. Conclusiones
1. Al mes de agosto de 2018 el servicio del convenio BCCR-TSE (SINPE) ha generado un total de ingresos por ¢2.632.309.773,oo, el Servicio de Verificación de Identidad (VID) ha recaudado ¢122.115.398,66 y el servicio de Certificaciones Digitales (CDI), ¢97.364.734,74.
2. En el artículo 24 del Código Electoral (Ley n.°8765), se establece que los recursos que se generen por servicios no esenciales serían depositados en una cuenta de caja única autorizada por la Tesorería Nacional del Ministerio de Hacienda, denominada Fondo Específico del TSE, no obstante, derivado de la disposición de la Dirección General de Presupuesto Nacional (DGPN), en oficio DGPN-0327-2015, a partir de 2015, actualmente lo que se recauda por el convenio BCCR-TSE (SINPE), es trasladado al Fondo General de Gobierno e incorporados, a solicitud de estos organismos electorales como parte de la estimación de ingresos corrientes de la Ley de Presupuesto Nacional, de ahí que se tiene que no se trata de montos que puedan ser presupuestados en forma directa por el TSE; sin embargo, como se ha hecho notar en otros informes como el que nos ocupa, resulta necesario considerar que dicha recaudación sí debe ser reconocida como parte de los esfuerzos generados por el TSE en la contención del gasto público, por cuanto esto representaba un valor agregado en la elaboración de un Anteproyecto de Presupuesto Institucional fundamentado en los principios de racionalidad y austeridad.
3. A raíz de la referida disposición de la Dirección General de Presupuesto Nacional (DGPN), en oficio DGPN-0327-2015, y de acuerdo con lo aprobado por el Superior en sesión ordinaria n.° 91-2017 del 31 de octubre de 2017, mediante oficio DE-3443-2017, la Dirección Ejecutiva instruyó a la Contaduría para que los ingresos generados por los servicios VID y CDI, que se encontraban depositados en la cuenta de recaudación del TSE, número 01-0320605-0, fueran trasladados al Fondo General de Gobierno del Ministerio de Hacienda, y a su vez, en lo sucesivo todos los ingresos que se generaran por esos servicios fueran transferidos en forma periódica a dicho Fondo. Dicha gestión fue realizada por la Contaduría por medio de oficio CONT-0868-2017 del 28 de noviembre de 2017 dirigido a la Tesorería Nacional, de tal manera que, a partir de ese mes la Contaduría remite mensualmente el formulario correspondiente para el traslado al Fondo General de los ingresos que se deriven de esos dos servicios.
4. En virtud de que los montos recaudados por los 3 servicios han ido en aumento, en la conclusión número 4 del citado informe presentado en oficio DE-3335-2017, y que fue aprobado por el Superior, se expuso sobre la necesidad de solicitar a la DGPN la recalificación de ingresos de dicho convenio por los 3 servicios para 2019, ya que, si bien es cierto los recursos generados por esos servicios no pueden ser incluidos en el Presupuesto Institucional, forman parte del aporte del TSE a la contención del gasto público, al respecto, dicha solicitud de recalificación de ingresos fue realizada ante la DGPN por la Contaduría en oficio CONT-0507-2018, sin embargo, de acuerdo con lo informado a la Contaduría por parte de la Unidad de Ingresos Fiscales y Programación Plurianual de la DGPN, para lo que resta del año no se estaría tramitando ninguna solicitud de recalificación de ingresos ante la Contraloría General de la República, por cuanto el comportamiento de los ingresos corrientes, como un todo, no permite dicho procedimiento, por lo tanto el monto de ingresos definido para el 2018 por los servicios de repetida cita no variará, a pesar de que los ingresos reales recaudados podrán ser superiores.".
Se dispone: Tener por rendido el informe; continúese informando sobre el particular. ACUERDO FIRME.
B) Informe de advertencia de la Auditoría Interna. Del señor Juan Vicente García Matamoros, Auditor Interno a. i., se conoce oficio n.° AI-204-2018 del 11 de octubre de 2018, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual plantea advertencia.
Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Para su estudio e informe, el cual habrá de rendirse en el plazo improrrogable de tres días hábiles, pase a la Dirección Ejecutiva. ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO QUINTO. ASUNTOS DE ORGANIZACIONES GREMIALES DEL TRIBUNAL.
A) Permiso para atención de asuntos sindicales. De las señoras Ilenia Ortiz Ceciliano y Arlene Castro Jiménez, Secretaria General y Secretaria de Actas, respectivamente, de la Unión Nacional de Empleados Electorales y Civiles (UNEC), se conoce oficio n.° UNEC-61-2018 del 10 de octubre de 2018, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Siendo la suscrita Ilenia Ortiz Ceciliano, en su calidad de Representante Legal, Judicial y extrajudicial del Sindicato, requerida por el Juzgado Penal del I Circuito Judicial de la zona Sur (Pérez Zeledón) en expediente de accidente de tránsito de la microbús que perteneció a ésta Organización, para presentarse a audiencia programada para el próximo miércoles 17 de octubre; solicitamos, con base al artículo 61 del Reglamento Autónomo de Servicios, autorizar permiso para que la misma se ausente durante toda la jornada laboral los días martes 16 y miércoles 17 del mes en curso. Adjuntamos copia de la cédula de citación.".
Se dispone: Autorizar conforme se solicita. Tomen nota las jefaturas del Departamento de Recursos Humanos y la inmediata de la señora Ortiz Ceciliano. ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO SEXTO. ASUNTOS DE ORGANISMOS ELECTORALES INTERNACIONALES.
A) Invitación para participar en los trabajos de la XIV Conferencia de la UNIORE en la Ciudad de México. De los señores Lorenzo Córdova Vianello, Consejero Presidente del Consejo General del Instituto Nacional Electoral y Janine M. Otálora Malassis, Magistrada Presidenta de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de los Estados Unidos Mexicanos, se conoce memorial del 2 de octubre de 2018, recibido –vía correo electrónico– en la Secretaría General de este Tribunal el 10 de octubre de 2018, mediante el cual cursan cordial invitación para participar en los trabajos de la XIV Conferencia de UNIORE que tendrá lugar el jueves 25 y viernes 26 de octubre de 2018, en la Ciudad de México, bajo el lema “El fortalecimiento de las autoridades electorales: independencia, profesionalización y cooperación internacional”, según detallan e indican que están en condiciones de ofrecer financiamiento para el pasaje aéreo, el hospedaje, la alimentación y los traslados internos para asistir a dicha actividad.
Se dispone: Agradecer a los señores Córdova Vianello y Otárola Malassis la cordial invitación que cursan. Para atenderla se designa a la señora Magistrada suplente Luz de los Ángeles Retana Chinchilla.
De conformidad con lo establecido por este Tribunal en el inciso h) del artículo cuarto de la sesión ordinaria n.º 87-2008, celebrada el 2 de octubre de 2008, en relación con el viaje en cuestión se detalla lo siguiente:
Nombre completo del funcionario (a) |
Cargo que desempeña |
País (es) a visitar |
Período del viaje |
Objetivos del viaje |
Monto del adelanto de gastos de viaje y justificación |
Gastos conexos y justificación |
Luz de los Ángeles Retana Chinchilla |
Magistrada suplente del TSE |
Estados Unidos Mexicanos |
24 al 31 de octubre de 2018 |
Trabajos de la XIV Conferencia de la UNIORE |
Ninguno. |
Ninguno. |
ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO SÉTIMO. ASUNTOS EXTERNOS.
A) Consulta legislativa del proyecto de ley de Adición de un artículo 94 bis al Código Electoral, Ley n° 8765, del 19 de agosto de 2009 y sus reformas, contra el nepotismo en los partidos políticos, expediente n.º 20.886. De la señora Nery Agüero Montero, Jefa de Área de Comisiones Legislativas VII de la Asamblea Legislativa, se conoce nuevamente oficio n.° AL-CPAJ-OFI-0191-2018 del 3 de octubre de 2018, recibido el mismo día –vía correo electrónico– en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"La Comisión Permanente de Asuntos Jurídicos tiene para su estudio el proyecto de ley, Expediente N.º 20.886, ADICIÓN DE UN ARTÍCULO 94 BIS AL CÓDIGO ELECTORAL, LEY N° 8765, DEL 19 DE AGOSTO DE 2009 Y SUS REFORMAS, CONTRA EL NEPOTISMO EN LOS PARTIDOS POLÍTICOS), aprobó, en la sesión número 13 del 19 setiembre, 2018 consultar el texto base, el cual se adjunta. Publicado en el Alcance Nº 142, a la Gaceta Nº 143 del 8 de agosto de 2018.
Apreciaré remitir, dentro de los ocho días hábiles siguientes a la recepción de esta solicitud, la correspondiente opinión y hacerla llegar a la Secretaría de la Comisión,
(…)
Ruégole remitirnos una versión digital, en documento abierto.".
Se dispone: Contestar la consulta formulada, en los siguientes términos:
I.-Consideraciones preliminares. El ordinal 97 de la Carta Fundamental dispone, en forma preceptiva, que tratándose de la “discusión y aprobación de proyectos de ley relativos a la materia electoral”, la Asamblea Legislativa deberá consultar al Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) su criterio en torno a la iniciativa formulada y que, para apartarse de esa opinión, “se necesitará el voto de las dos terceras partes del total de sus miembros”. Sin embargo, en los seis meses previos y cuatro posteriores a una elección popular, solo se podrán convertir en ley aquellos proyectos en los que este Tribunal estuviere de acuerdo.
Como parte del desarrollo normativo de la disposición constitucional de cita, el inciso n) del artículo 12 del Código Electoral establece, como función propia de esta Autoridad Electoral, evacuar las consultas que la Asamblea Legislativa realice al amparo de esa norma de orden constitucional.
A partir de la integración del ordenamiento jurídico conforme al Derecho de la Constitución y, concretamente, en punto a la interpretación de lo que debe considerarse “materia electoral”, este Órgano Constitucional ha entendido que los “actos relativos al sufragio” no solo comprenden los propios de la emisión del voto, sino todos aquellos descritos en la propia Constitución o en las leyes electorales y que, directa o indirectamente se relacionen con los procesos electorales, electivos o consultivos, cuya organización, dirección y vigilancia ha sido confiada a este Pleno, a partir de la armonización de los artículos 9, 99 y 102 de la Norma Suprema.
II.- Objeto del proyecto. La iniciativa sometida a consulta propone calificar como “gastos no redimibles” con la contribución del Estado -a la que tienen derecho las agrupaciones políticas- aquellas erogaciones que se hagan en favor de personas físicas que sean parientes directos o colaterales, por consanguineidad o afinidad hasta segundo grado inclusive, de alguno de los miembros del comité ejecutivo superior del respectivo partido político.
Igual imposibilidad de reconocimiento se daría cuando el pago lo haya sido en contraprestación de un bien o servicio brindado por una persona jurídica, cuyo representante legal tenga la relación familiar antes expuesta con algún integrante del órgano ejecutivo partidario de más alto nivel, según la escala de la agrupación (parentela directa o colateral, por consanguineidad o afinidad, hasta segundo grado).
III.- Sobre el proyecto consultado. La redacción actual de las normas que regulan el tipo y características de las erogaciones, que no pueden ser reconocidas por la Autoridad Electoral para fines de reembolso con dineros del erario, no contempla limitación alguna por razones de parentesco. En otros términos, el proyecto de ley restringiría una práctica que resulta permitida por el ordenamiento jurídico vigente: la posibilidad de incluir en las liquidaciones de gasto partidarias pagos realizados a personas físicas familiares de los integrantes de los comités ejecutivos superiores, así como las contraprestaciones dinerarias que se dan con personas jurídicas cuyo representante legal está ligado –por parentesco– con los referidos integrantes del órgano de administración y dirección de las agrupaciones.
En ese sentido, este Pleno considera que corresponde al legislador definir cuáles serán aquellos bienes o servicios que, por su naturaleza, merezcan ser tenidos como válidos para reembolsarlos con la contribución del Estado; sea, ese es un ámbito que, siempre dentro del respecto al Derecho de la Constitución, se encuentra librado a la discrecionalidad legislativa. Tal margen de acción incluye, por supuesto, la posibilidad de establecer limitaciones como la que pretende el proyecto de ley que se consulta.
IV.- Conclusión. En virtud de que el contenido de la iniciativa supone materia librada a la discrecionalidad de la Asamblea Legislativa, este Tribunal no objeta el proyecto de ley que se tramita en el expediente n.° 20886. ACUERDO FIRME.
B) Consulta legislativa del texto actualizado proyecto de Ley de fortalecimiento de las finanzas públicas, expediente n.° 20.580. Del señor Edel Reales Noboa, Director a. i. del Departamento de Secretaría del Directorio de la Asamblea Legislativa, se conoce nuevamente oficio n.° AL-DSDI-OFI-0329-2018 del 5 de octubre de 2018, recibido el mismo día –vía correo electrónico– en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Con instrucciones superiores y de conformidad con las disposiciones del artículo 157 del Reglamento de la Asamblea Legislativa, se consulta del texto actualizado del Expediente Legislativo N.º 20.580, LEY DE FORTALECIMIENTO DE LAS FINANZAS PÚBLICAS, el cual se adjunta con la presente comunicación.
De conformidad con el artículo 157 del Reglamento de la Asamblea Legislativa, el plazo estipulado para referirse al proyecto es de ocho días hábiles contados a partir de la fecha de recibo del presente oficio; de no recibirse respuesta de la persona o ente consultado, se asumirá que no existe objeción por el asunto.".
Se dispone: Contestar la consulta formulada, en los siguientes términos:
Consideraciones preliminares.
El ordinal 97 de la Carta Fundamental dispone en forma preceptiva que tratándose de la “discusión y aprobación de proyectos de ley relativos a la materia electoral” la Asamblea Legislativa deberá consultar al Tribunal Supremo de Elecciones su criterio en torno a la iniciativa formulada y que, para apartarse de esa opinión, “se necesitará el voto de las dos terceras partes del total de sus miembros”. Como parte del desarrollo normativo de la disposición constitucional de cita, el inciso n) del artículo 12 del Código Electoral establece, como función propia de este Organismo Electoral, evacuar las consultas que el órgano legislativo realice al amparo de esa norma de orden constitucional.
A partir de la integración del ordenamiento jurídico conforme al Derecho de la Constitución y, concretamente, en punto a la interpretación de lo que debe considerarse “materia electoral”, este Colegiado ha entendido que los “actos relativos al sufragio” no sólo comprenden los propios de la emisión del voto, sino todos aquellos descritos en la propia Constitución o en las leyes electorales y que, directa o indirectamente se relacionen con los procesos electorales, electivos o consultivos, cuya organización, dirección y vigilancia ha sido confiada a este Organismo Electoral; lo anterior a partir de la armonización de los artículos 9, 99 y 102 de la Norma Suprema.
Sobre el proyecto de ley objeto de la consulta.
Se somete en consulta de este Tribunal el proyecto de ley tramitado en expediente legislativo número 20.580, cuyo objetivo es la aprobación de la “LEY DE FORTALECIMIENTO DE LAS FINANZAS PÚBLICAS”.
Del examen de la propuesta consultada no se advierte que esta contenga disposición alguna relacionada con la materia electoral, que haga referencia o pretenda regular actos relativos al sufragio o disposiciones que directa o indirectamente modifiquen, menoscaben o incidan en las competencias constitucionalmente asignadas a este Tribunal y sobre la cual deba emitir su criterio, en los términos establecidos en los artículos 97 constitucional y 12 del Código Electoral.
Adicionalmente, los Magistrados de este Tribunal, en su condición de funcionarios públicos y en virtud de que el proyecto de ley en consulta contempla normas que atañen a la remuneración para quienes conforman el nivel superior jerárquico del sector público, nos abstenemos de emitir criterio en apego al principio de probidad.
Conclusión.
Conforme lo expuesto, este Tribunal omite criterio respecto a la iniciativa legislativa consultada. ACUERDO FIRME.
A las doce horas terminó la sesión.
Luis Antonio Sobrado González |
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Max Alberto Esquivel Faerron |
Juan Antonio Casafont Odor |