ACTA N.º 14-2023
Sesión ordinaria celebrada por el Tribunal Supremo de Elecciones a las once horas y seis minutos del dieciséis de febrero de dos mil veintitrés, con asistencia de la señora Magistrada Eugenia María Zamora Chavarría –quien preside–, el señor Magistrado Max Alberto Esquivel Faerron y la señora Magistrada Zetty María Bou Valverde. Asiste también el señor Luis Guillermo Chinchilla Mora, Secretario General del Tribunal Supremo de Elecciones.
ARTÍCULO PRIMERO. APROBACIÓN DEL ORDEN DEL DÍA Y DE ACTAS ANTERIORES.
A) Se leyó y aprobó el orden del día de la presente sesión ordinaria, así como el acta de la sesión ordinaria inmediata anterior.
ARTÍCULO SEGUNDO. ASUNTOS DE ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL.
A) Encargos de funciones de la señora Jefa del Departamento de Programas Electorales y de la señora Directora General de Estrategia Tecnológica. Del señor Luis Guillermo Chinchilla Mora, Secretario General de este Tribunal, se conoce oficio n.° STSE-0321-2023 del 13 de febrero de 2023, mediante el cual literalmente manifiesta:
"En atención a lo solicitado por las respectivas jefaturas y previo análisis de los requisitos y condiciones, me permito proponer lo siguiente:
1.- El encargo de funciones de la señora Alejandra Peraza Retana, Jefa del Departamento de Programas Electorales, en el señor Jeffrey Solano Gómez, Profesional en Administración Electoral 2 de la clase Profesional en Gestión 2 de ese mismo Departamento, del 20 al 21 de febrero de 2023.
2.- El encargo de funciones de la señora Xenia Guerrero Arias, Directora General de Estrategia Tecnológica, en la señora Viviana Alfaro Vargas, Ejecutivo Funcional 2, Jefa a. i. de la Oficina de Proyectos Tecnológicos de esa misma Dirección, el día 21 de febrero de 2023.
Quedo atento a lo que a bien estime disponer el Tribunal.".
Se dispone: Aprobar los encargos de funciones conforme se propone. ACUERDO FIRME.
B) Informe sobre solicitud formulada por el funcionario Javier Sánchez Fonseca. Del señor Vinicio Mora Mora, Subjefe del Departamento Legal, se conoce oficio n.° DL-60-2023 del 13 de febrero de 2023, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual, en atención a lo acordado en el artículo segundo de la sesión ordinaria n.º 11-2023, celebrada el 7 de febrero de 2023, mediante oficio n.° STSE-0278-2023, rinde informe sobre la solicitud del funcionario Javier Sánchez Fonseca para regresar a su puesto en propiedad en la Sección de Servicios Generales, y, con fundamento en una serie de consideraciones, literalmente concluye y recomienda:
"4. Conclusión y recomendación.
De lo dicho anteriormente, se concluye que el funcionario Sánchez Fonseca puede regresar a su puesto en propiedad, n° 357837 Conductor/a 1, pues solicitó regresar a este antes de que se concretara la finalización del periodo de prueba de la plaza n.° 45572, resultando entonces procedente su solicitud, en virtud de lo cual se recomienda –si así lo considera el Superior– aprobar el regreso del citado funcionario a su puesto a partir del 16 de febrero de 2023, lo que implicaría la necesaria devolución de la otra persona funcionaria involucrada en la cadena del nombramiento.
Con respecto a la exclusión del Registro de Elegibles, se concluye que al no haberse consolidado el nombramiento en propiedad en la plaza n.° 45572, no procede la exclusión del citado registro, pues no se generó el supuesto señalado en el inciso e) del artículo 30 del Reglamento a la Ley de Salarios y Régimen de Méritos del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil.".
Se dispone: Tener por rendido el informe del Departamento Legal; en consecuencia, se aprueba el regreso de su plaza del señor Sánchez Fonseca a partir del 16 de febrero de 2023. Tome nota el Departamento de Recursos Humanos, respecto de lo indicado de la improcedencia de la exclusión del señor Sánchez Fonseca del registro de elegibles. ACUERDO FIRME.
C) Consulta de ascenso en propiedad en la Dirección General del Registro Civil. Del señor Luis Antonio Bolaños Bolaños, Director General del Registro Civil, se conoce oficio n.° DGRC-0098-2023 del 13 de febrero de 2023, recibido en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Con fundamento en lo dispuesto en nuestra ley de salarios y su reglamento, asimismo lo expuesto en el oficio que se dirá, elevo a conocimiento de la señora magistrada y los señores magistrados del Tribunal Supremo de Elecciones, la aprobación del ascenso en propiedad que se detalla a continuación:
Dirección General del
Registro Civil |
|
Funcionaria |
Elizabeth Valverde Valverde |
Puesto en el que se propone nombrar |
101883, Profesional Funcional 2, Profesional Supervisor
/a del Área Legal de la DGRC |
Clases entre la actual y la propuesta |
2 |
Fecha de rige propuesta |
16 de febrero de 2023 |
Oficio del Departamento de Recursos Humanos |
RH-0997-2023 del 13 de febrero de 2023 |
Quedo atento a lo que bien estime disponer el Tribunal.".
Se dispone: Ascender conforme se propone, a partir de la firmeza de este acuerdo. ACUERDO FIRME.
D) Consulta de resolución de ascenso en propiedad en la Dirección General del Registro Civil. Del señor Luis Antonio Bolaños Bolaños, Director General del Registro Civil, se conoce en consulta resolución n.° DGRA-0042-2023 de las nueve horas y treinta minutos del trece de febrero de dos mil veintitrés, recibida el día siguiente en la Secretaría General de este Tribunal, mediante la cual literalmente manifiesta:
"De conformidad con lo dispuesto en los artículos 13 y 14 de la Ley de Salarios y Régimen de Méritos del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil y 34 de su respectivo reglamento, considerándolo oportuno para un mejor servicio público, dispongo efectuar el siguiente ascenso en propiedad:
Dirección General del Registro Civil |
|
Funcionario |
Minor Monge Valverde |
Puesto en el que se
propone nombrar |
45605, Profesional Asistente 1, Encargado /a de la Unidad de
Puestos de Información. |
Fecha de rige propuesta |
16 de febrero de 2023 |
Oficio del Departamento
de Recursos Humanos |
RH-0997-2023
del 13 de febrero de 2023. |
Oficio de la Jefatura |
DGRC-0069-2023
del 30 de enero de 2023. |
Consúltese al Superior.".
Se dispone: Aprobar, a partir de la firmeza de este acuerdo. ACUERDO FIRME.
E) Consulta de resolución de traslado en propiedad en la Sección de Actos Jurídicos. Del señor Luis Antonio Bolaños Bolaños, Director General del Registro Civil, se conoce en consulta resolución n.° DGRA-0043-2023 de las nueve horas y cuarenta minutos del trece de febrero de dos mil veintitrés, recibida el día siguiente en la Secretaría General de este Tribunal, mediante la cual literalmente manifiesta:
"De conformidad con lo dispuesto en los artículos 15 y 16 de la Ley de Salarios y Régimen de Méritos del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil y 37 de su respectivo reglamento, considerándolo oportuno para un mejor servicio público, dispongo efectuar el siguiente traslado en propiedad:
Sección
de Actos Jurídicos |
|
Funcionario |
Vincent Gabriel
Sánchez Espinoza |
Puesto
en el que se propone nombrar |
72879, Asistente Funcional 2,
Asistente en Estudio de Expedientes 1. |
Fecha de
rige propuesta |
16 de febrero de 2023 |
Oficio
del Departamento de Recursos Humanos |
RH-0997-2023 del 13
de febrero de 2023. |
Oficio
de la Jefatura |
ACJ-0047-2023
SUSTITUIR del 30 de enero de 2023. |
Consúltese al Superior.".
Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Aprobar, a partir de la firmeza de este acuerdo. ACUERDO FIRME.
F) Consulta de resolución de descenso en propiedad en la Sección de Actos Jurídicos. Del señor Luis Antonio Bolaños Bolaños, Director General del Registro Civil, se conoce en consulta resolución n.° DGRA-0044-2023 de las nueve horas y cincuenta minutos del trece de febrero de dos mil veintitrés, recibida el día siguiente en la Secretaría General de este Tribunal, mediante la cual literalmente manifiesta:
"De conformidad a lo dispuesto en los artículos 15 y 16 de la Ley de Salarios y Régimen de Méritos del Tribunal Supremo de Elecciones y Registro Civil y 37 de su respectivo reglamento, y en caso de que el Tribunal se sirva disponer la aprobación del traslado en propiedad propuesto por esta Dirección mediante la resolución DGRA-0043-2023, considerándolo oportuno para un mejor servicio público, dispongo efectuar el siguiente descenso en propiedad:
Sección
de Actos Jurídicos |
|
Funcionaria |
Deima María Saborío
Miranda |
Puesto
en el que se propone nombrar |
45564, Asistente Funcional 2,
Asistente en Servicios al Usuario /a. |
Fecha de
rige propuesta |
16 de febrero de 2023 |
Oficio
del Departamento de Recursos Humanos |
RH-0997-2023 del 13
de febrero de 2023. |
Oficio
de la Jefatura |
ACJ-0047-2023 SUSTITUIR
del 30 de enero de 2023. |
Consúltese al Superior.".
Interviene la señora Magistrada Presidenta Zamora Chavarría: “Antes de continuar, ¿estamos claros en que ella está de acuerdo?”.
Interviene el señor Secretario General Chinchilla Mora: “Si señora. Así es.”
Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Aprobar, a partir de la firmeza de este acuerdo. ACUERDO FIRME.
G) Consulta de resolución de ascenso en propiedad en la Sección de Inscripciones. Del señor Luis Antonio Bolaños Bolaños, Director General del Registro Civil, se conoce en consulta resolución n.° DGRA-0045-2023 de las nueve horas y cincuenta y cinco minutos del trece de febrero de dos mil veintitrés, recibida el día siguiente en la Secretaría General de este Tribunal, mediante la cual literalmente manifiesta:
"De conformidad con lo dispuesto en los artículos 13 y 14 de la Ley de Salarios y Régimen de Méritos del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil y 34 de su respectivo reglamento, y en caso de que el Tribunal se sirva disponer la aprobación del traslado en propiedad propuesto por esta Dirección mediante la resolución DGRA-0044-2023, considerándolo oportuno para un mejor servicio público dispongo efectuar el siguiente ascenso en propiedad:
Sección de Inscripciones |
|
Funcionaria |
Viviana Rebeca Valverde
Valverde |
Puesto en el que se
propone nombrar |
45625, Asistente Funcional 3, Asistente en Servicios Registrales
Civiles |
Fecha de rige propuesta |
16 de febrero de 2023 |
Oficio del Departamento
de Recursos Humanos |
RH-0997-2023
del 13 de febrero de 2023. |
Oficio de la Jefatura |
ACJ-0047-2023
SUSTITUIR del 30 de enero de 2023. |
Consúltese al Superior.".
Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Aprobar, a partir de la firmeza de este acuerdo. ACUERDO FIRME.
H) Consulta de resolución de ascenso en propiedad en la Sección de Actos Jurídicos. Del señor Luis Antonio Bolaños Bolaños, Director General del Registro Civil, se conoce en consulta resolución n.° DGRA-0046-2023 de las diez horas del trece de febrero de dos mil veintitrés, recibida en la Secretaría General de este Tribunal el 15 de febrero de 2023, mediante la cual literalmente manifiesta:
"De conformidad con lo dispuesto en los artículos 13 y 14 de la Ley de Salarios y Régimen de Méritos del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil y 34 de su respectivo reglamento, considerándolo oportuno para un mejor servicio público, dispongo efectuar el siguiente ascenso en propiedad:
Sección de Actos Jurídicos |
|
Funcionaria |
Oky María Chaves Barquero |
Puesto en el que se propone
nombrar |
45862, Asistente Funcional 3, Asistente en Servicios
Administrativos 3. |
Fecha de rige propuesta |
16 de febrero de 2023 |
Oficio del Departamento
de Recursos Humanos |
RH-0997-2023
del 13 de febrero de 2023. |
Oficio de la Jefatura |
ACJ-0047-2023
SUSTITUIR del 30 de enero de 2023. |
Consúltese al Superior.".
Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Aprobar, a partir de la firmeza de este acuerdo. ACUERDO FIRME.
I) Consulta de resolución de ascenso en propiedad en la Sección de Actos Jurídicos. Del señor Luis Antonio Bolaños Bolaños, Director General del Registro Civil, se conoce en consulta resolución n.° DGRA-0047-2023 de las diez horas y cinco minutos del trece de febrero de dos mil veintitrés, recibida en la Secretaría General de este Tribunal el 15 de febrero de 2023, mediante la cual literalmente manifiesta:
"De conformidad a lo dispuesto en los artículos 13 y 14 de la Ley de Salarios y Régimen de Méritos del Tribunal Supremo de Elecciones y Registro Civil y 34 de su respectivo reglamento, y en caso de que el Tribunal se sirva disponer la aprobación del traslado en propiedad propuesto por esta Dirección mediante la resolución DGRA-0046-2023, considerándolo oportuno para un mejor servicio público, dispongo efectuar el siguiente ascenso en propiedad:
Sección de Actos Jurídicos |
|
Funcionario |
Carlos Andrés Guevara
Víquez |
Puesto en el que se
propone nombrar |
45873, Asistente Funcional 2, Asistente en Servicios al Usuario
/a. |
Fecha de rige propuesta |
16 de febrero de 2023 |
Oficio del Departamento
de Recursos Humanos |
RH-0997-2023
del 13 de febrero de 2023. |
Oficio de la Jefatura |
ACJ-0047-2023
SUSTITUIR del 30 de enero de 2023. |
Consúltese al Superior.".
Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Aprobar, a partir de la firmeza de este acuerdo. ACUERDO FIRME.
J) Consulta de resolución de traslado en propiedad en la Sección de Actos Jurídicos. Del señor Luis Antonio Bolaños Bolaños, Director General del Registro Civil, se conoce en consulta resolución n.° DGRA-0048-2023 de las diez horas y quince minutos del trece de febrero de dos mil veintitrés, recibida en la Secretaría General de este Tribunal el 15 de febrero de 2023, mediante la cual literalmente manifiesta:
"De conformidad a lo dispuesto en los artículos 15 y 16 de la Ley de Salarios y Régimen de Méritos del Tribunal Supremo de Elecciones y Registro Civil y 37 de su respectivo reglamento, considerándolo oportuno para un mejor servicio público, dispongo efectuar el siguiente traslado en propiedad:
Sección de Actos Jurídicos |
|
Funcionaria |
Arelis Hidalgo Alcazar [sic] |
Puesto en el que se
propone nombrar |
46150, Asistente Funcional 2, Asistente en Servicios al Usuario
/a. |
Fecha de rige propuesta |
16 de febrero de 2023 |
Oficio del Departamento
de Recursos Humanos |
RH-0997-2023
del 13 de febrero de 2023. |
Oficio de la Jefatura |
ACJ-0047-2023
SUSTITUIR del 30 de enero de 2023. |
Consúltese al Superior.".
Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Aprobar, a partir de la firmeza de este acuerdo. ACUERDO FIRME.
K) Consulta de nombramientos interinos en distintas unidades administrativas. De los señores Luis Guillermo Chinchilla Mora, Secretario General de este Tribunal, y Luis Antonio Bolaños Bolaños, Director General del Registro Civil, se conoce oficio n.° STSE-0331-2023 del 14 de febrero de 2023, mediante el cual literalmente manifiestan:
"En atención a lo solicitado por las respectivas jefaturas, según lo planteado por el Departamento de Recursos Humanos y de conformidad con lo estipulado en el artículo 25 del Reglamento a la Ley de Salarios y Régimen de Méritos del TSE, nos permitimos proponer la aprobación de los siguientes nombramientos interinos que se detalla a continuación:
N |
Persona
Propuesta |
Dependencia y N° de Oficio solicitud de
nombramiento interino |
Número, Clase, nombre del Puesto actual y
Dependencia |
Número, Clase, nombre del Puesto al que se le
propone y Dependencia |
Condición de la plaza |
Fecha propuesta de rige |
Observaciones |
1 |
Luis Gonzalo Carranza Fonseca |
Sección de Actos Jurídicos ACJ-033-2023 |
370685, Profesional Ejecutor 3, Profesional en
Expedientes Registrales Civiles, plaza en propiedad Sección de Actos Juridicos |
45600, Profesional
Ejecutor 3, Profesional en Expedientes Registrales Civiles de la Sección de
Actos Juridicos. |
Plaza
de cargos fijos temporalmente vacante en virtud del ascenso interino de su
propietario |
16 de febrero de 2023 y hasta que regrese su
propietario. |
Labora para la institución desde el 16 de enero
de 1995. |
2 |
Ingrid Mayela Ramírez Quesada |
Dirección Ejecutiva DE-0268-2023 |
353428, Asistente Funcional 1, Asistente en Servicios
Administrativos, plaza en propiedad, en la Dirección Ejecutiva. |
353447, Profesional
Asistente 1, puesto Profesional Asistente en Administración, plaza de cargos
fijos temporalmente vacante en la Dirección Ejecutiva |
Plaza
de cargos fijos temporalmente vacante en virtud de la Incapacidad de su
propietario |
16 de
febrero al 16 de junio de 2023 y por el plazo que se extienda la incapacidad
de su propietario |
Labora para la institución desde el 1° de marzo
de 2004, |
3 |
Kimberly Paola Zúñiga Campos |
Dirección Ejecutiva DE-0268-2023 Este movimiento
depende de la aprobación del nombramiento propuesto en la línea anterior. |
104980, Asistente Administrativo 2, Oficinista 2 de la
Dirección Ejecutiva |
353428, Asistente
Funcional, Asistente en Servicios Administrativos de la Dirección Ejecutiva |
Plaza
de cargos fijos temporalmente vacante en virtud del ascenso interino de su
propietario |
16 de
febrero al 16 de junio de 2023 y por todo el plazo que se extienda la
incapacidad de su propietario |
Labora para la institución desde el 20 de
diciembre de 2021 |
4 |
Hazel García Porras |
Dirección General del Registro Civil DGRC-0079-2023 |
45885, Asistente Funcional 2 Secretaria 1 de la Sección
de Padrón Electoral |
45476, Asistente
Funcional 3 Secretaria 2 de la Dirección General del Registro Civil |
Plaza
de cargos fijos temporalmente vacante en virtud del ascenso interino de su
propietaria |
16 de
febrero al 15 de mayo de 2023, o hasta que regrese su ocupante |
Labora para la institución desde el 16 de mayo de
2008. Este nombramiento se da por lo comunicado mediante oficio RH-3418-2022
sobre la consulta de interés y disponibilidad para el puesto de Secretario /a
1 y 2 |
5 |
Paola Ureña Morales |
Departamento de Proveeduría PROV-0035-2023 |
46113 Asistente Funcional 2 Asistente en Servicios Regionales de la Oficina
Regional de Cartago |
382363 Asistente Administrativo 1, Oficinista
1 del Departamento de Proveeduría |
Plaza
de cargos fijos temporalmente vacante en virtud del ascenso interino de su
propietario |
16 de febrero al 30 junio de 2023 o hasta que regrese su propietario,
lo que ocurra primero |
Labora para la institución desde el 16 de marzo
de 2021. Asimismo, pertenece al Registro de Elegibles de Asistente
Administrativo 1, y por su nota, es la siguiente persona en nombrar según la
lista de candidatos disponibles que lo integran |
Quedamos atentos a lo que a bien estime disponer el Tribunal.".
Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Nombrar conforme se propone, a partir de la firmeza de este acuerdo y con la observación según la cual eventuales prórrogas deben ser expresamente autorizadas por este Tribunal. ACUERDO FIRME.
L) Consulta de nombramiento en propiedad de Secretaria en el Departamento de Registro de Partidos Políticos. Del señor Luis Guillermo Chinchilla Mora, Secretario General de este Tribunal, se conoce oficio n.° STSE-0331-2023 del 14 de febrero de 2023, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Dado que existe al efecto registro de elegibles, con fundamento en lo dispuesto en nuestra ley de salarios y su reglamento y lo expuesto en oficio n.° RH-1002-2023 del Departamento de Recursos Humanos, me permito someter a su consideración la siguiente terna, de la cual propongo nombrar en propiedad, a partir del 16 de febrero de 2023, a quien figura en el primer lugar:
Terna 1.- Diana Brenes Villalobos |
|
Puesto en el que se propone nombrar |
361355, Asistente Funcional 3, Secretaria del Departamento de Registro de
Partidos Políticos. |
Quedo atento a lo que a bien estime disponer el Tribunal.".
Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Nombrar conforme se propone, a partir de la firmeza de este acuerdo. ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO TERCERO. ASUNTOS DEL REGISTRO CIVIL.
A) Autorización para firmar certificaciones del Departamento Civil. Del señor Luis Antonio Bolaños Bolaños, Director General del Registro Civil, se conoce oficio n.° DGRC-0094-2023 del 10 de setiembre [sic] de 2023, recibido en la Secretaría General de este Tribunal el día 13 de febrero del 2023, mediante el cual literalmente manifiesta:
"De conformidad a lo establecido en la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil, respetuosamente elevo a conocimiento de las señoras Magistradas y señores Magistrados del Tribunal Supremo de Elecciones, la solicitud de autorización para firmar certificaciones del Departamento de Civil que detallo a continuación:
NOMBRE |
CÉDULA |
OFICINA |
OFICIO DE LA JEFATURA |
Wendy Pamela Valverde
Bonilla |
113250717 |
Oficina Regional de
Heredia- DCSR |
CSR-0126-2023 |
Con la finalidad de no desmejorar el servicio al público, muy respetuosamente solicito conceder la autorización requerida.".
Se dispone: De conformidad con lo dispuesto en el párrafo segundo del artículo 110 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil, se autoriza a la referida funcionaria Valverde Bonilla para que firme certificaciones y constancias del Departamento Civil, a partir de la respectiva publicación en el Diario Oficial. Para esos efectos regístrense la firma y el sello que utilizará. ACUERDO FIRME.
B) Solicitud de autorización de uso de pasaportes de servicio para gira fronteriza. Del señor Luis Antonio Bolaños Bolaños, Director General del Registro Civil, se conoce oficio n° DGRC-0095-2023 del 10 de febrero de 2023, recibido en la Secretaría General de este Tribunal el 13 de febrero del 2023, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Muy respetuosamente elevo a conocimiento del Tribunal Supremo de Elecciones, el oficio CSR-00129-2023 del 8° de febrero del año en curso, suscrito por el señor Alcides Chavarría Vargas, Jefe del Departamento de Coordinación de Servicios Regionales, mediante el cual solicita autorización para el uso del pasaportes de servicio, a las siguientes personas funcionarias:
Nombre |
Cédula |
Puesto |
Olman Diego Calderón Fallas |
106470976 |
Asistente
en servicios ambulantes de notificación y domicilios |
Arnoldo Zúñiga Solano |
108420189 |
Profesional Asistente en Administración 1 |
Rony Alberto [sic]
Benavides Vargas |
401560786 |
Conductor |
Lo anterior, con el propósito de llevar a cabo la gira programada del 13 al 22 de marzo del presente año, que tiene por objetivo brindar los servicios ambulantes registrales civiles y electorales a las personas ciudadanas del cantón de Golfito específicamente a las comunidades de la Peña Burica y Guaymi de Burica, quienes habitan en el cordón fronterizo entre Costa Rica y Panamá. Esto en el marco del cumplimiento de lo establecido en la ley n.° 9710 de Protección del derecho a la nacionalidad costarricense de la persona indígena transfronteriza y garantía de integración de la persona indígena transfronteriza.".
Se dispone: Autorizar conforme se solicita. Proceda de conformidad el Departamento de Comunicaciones y Relaciones Públicas. ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO CUARTO. ASUNTOS DE ORGANISMOS ELECTORALES INTERNACIONALES.
A) Invitación a Elecciones Generales y Departamentales de Presidente y Vicepresidente de la República, Senadores, Diputados, Gobernadores y Miembros de Juntas Departamentales 2023. Del señor Jorge Enrique Bogarín González, Presidente del Tribunal Superior de Justicia Electoral de la República del Paraguay, se conoce oficio n.° 18-2023 del 7 de febrero de 2023, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Tengo el honor de dirigirme a V.E., al momento de extenderle los más cordiales como atentos saludos, y en representación del Tribunal Superior de Justicia Electoral de la República del Paraguay, quisiera hacer referencia acerca de la realización de las "Elecciones Generales y Departamentales de Presidente y Vicepresidente de la República, Senadores, Diputados, Gobernadores y Miembros de Juntas Departamentales 2023", previstas para el día domingo 30 de abril del presente año.
En tal contexto; en representación de este Tribunal Superior me complace extenderle la invitación para que Usted o un (1) Delegado del Organismo Electoral que Usted preside, pueda integrarse en calidad de Observador Electoral Internacional a la Misión Electoral de la Unión Interamericana de Organismos Electorales (UNIORE). En ese sentido, los gastos que deriven de su participación o la de un (1) delegado tales como boleto aéreo en clase económica, alojamiento, traslado interno y alimentación durante el periodo comprendido entre los días miércoles 26 de abril al lunes 1 de mayo del corriente serán cubiertos por este organismo electoral, por lo que mucho agradeceré su respuesta más tardar el 24 de febrero a fin de iniciar oportunamente los trámites logísticos.
Siguiendo el mismo orden, se hallan o entera disposición de Su Excelencia -y demás personas a quienes corresponda- los números telefónicos […] y la dirección de correo […]; a fin de establecer las comunicaciones de coordinación respectivas o través de lo Dirección de Relaciones Internacionales y Protocolo, en la persona de su Directora, Abg. María Gabriela Sanabria García; quien fuera designada como enlace para las gestiones correspondientes.
Sin otro particular, propicio la ocasión para hacerle llegar mis expresiones de distinguida consideración y estima.".
Se dispone: Agradecer al señor Presidente Bogarín González la cordial invitación que cursa. Para atenderla se designa al señor Héctor Fernández Masís, Director General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos. Para sustituir al señor Fernández Masís, durante su ausencia, se encargan sus funciones en el señor Gerardo Abarca Guzmán, Secretario General de esa misma Dirección.
De conformidad con lo establecido por este Tribunal en el inciso h) del artículo cuarto de la sesión ordinaria n.º 87-2008, celebrada el 2 de octubre de 2008, en relación con el viaje en cuestión se detalla lo siguiente:
Nombre completo del funcionario |
Cargo que desempeña |
País a visitar |
Período del viaje |
Objetivos del viaje |
Monto del adelanto de gastos de viaje
y justificación |
Gastos conexos y justificación |
Héctor Fernández Masís |
Director General del
Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos |
República del Paraguay |
26 de abril al 1.° de mayo
de 2023 |
Elecciones Generales y
Departamentales de Presidente y Vicepresidente de la República, Senadores,
Diputados, Gobernadores y Miembros de Juntas Departamentales |
Ninguno. |
Ninguno. |
ACUERDO FIRME.
B) Invitación para participar en la Tercer Conferencia Internacional relacionado a Elecciones Inclusivas e Integridad Electoral en la India. Del señor Dharmendra Sharma, Comisionado Electoral Adjunto de la República de la India, se conoce oficio n.° 591/8/DO/ECI/FUNC/IC/2023 del 9 de febrero de 2023, recibido en la Secretaría General de este Tribunal el 13 de febrero de 2023, mediante el cual cursa la cordial invitación para participar en la Tercera Conferencia Internacional Virtual referida a “Elecciones Inclusivas e Integridad Electoral”, según detalla.
Se dispone: Agradecer al señor Dharmendra Sharma, la cordial invitación que cursa, la cual será atendida por miembros de este Tribunal. ACUERDO FIRME.
C) Invitación a personeros del Tribunal Superior de Justicia Electoral de Paraguay para visita técnica al país. Del señor Héctor Fernández Masís, Director General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos, se conoce oficio n.° DGRE-108-2023 SUSTITUIR del 16 de febrero de 2023, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Reciba un saludo cordial de mi parte. Con el fin de que se sirva elevar a conocimiento y consideración de las señoras y el señor magistrado, me permito exponer lo siguiente:
Esta Dirección, en el marco de la evaluación de los procesos electorales, ha identificado una serie de factores que requieren mejora en el campo de la integración, instalación y funcionamiento de las Juntas Receptoras de Votos –JRV-, dentro de lo cual se estima relevante dotar a dichos organismos electorales de herramientas tecnológicas que faciliten el trabajo de sus miembros y hagan más eficiente su labor. En ese sentido, hemos venido realizando una serie de acciones tendientes a conocer y analizar con el mayor detalle posible, un sistema de votación utilizado con buen suceso en Argentina y Paraguay que, básicamente, brinda al elector la oportunidad de emitir el voto en una papeleta electrónica, con la particularidad de que éste no queda registrado en el dispositivo de votación, sino que una vez realizada su elección, ésta se imprime de forma física en una boleta de papel y a la vez se graba en un chip de radiofrecuencia inserto en dicha boleta, la cual posteriormente se debe depositar en una urna.
La misma boleta de papel con el chip es la que permite al elector activar el dispositivo para realizar el sufragio. A los efectos de contabilizar todos los votos emitidos, una vez cerrada la jornada electoral los miembros de mesa acercan una a una todas las boletas al dispositivo, activado previamente para esa función, el cual acredita cada sufragio de acuerdo a la opción escogida por el elector, realizando de forma automatizada el conteo de votos y la emisión de las actas respectivas. Una de las ventajas de esta alternativa es que el elector puede verificar que la información impresa sea la constante en el chip, antes de depositar la boleta en la urna y que igualmente tanto miembros de mesa como fiscales podrían verificar que lo impreso en papel corresponde a la contabilidad hecha por el sistema, previo a confirmar el resultado e imprimir actas, razones por las cuales consideramos que dicho sistema cumple adecuadamente con los preceptos establecidos por nuestro legislador, en el sentido de que podrán sustituirse las papeletas impresas cuando el sistema garantice que el voto es seguro y confiable.
El sistema indicado ha sido utilizado en varias provincias de la República de Argentina y Paraguay ya ha realizado tres elecciones con éste, por lo que consideramos que sería muy provechoso tener la oportunidad de que poder conversar y analizar con personeros del organismo electoral paraguayo, la experiencia tenida con el referido sistema de votación, así como otros aspectos de mucho interés como inversión, logística de implementación e incidencias relativas al uso del sistema y sus efectos, razón por la cual realizamos los contactos pertinentes y tenemos la posibilidad de poder contar con la visita de dos altos funcionarios de dicho organismo, que han tenido una participación directa en la organización de las elecciones donde se ha utilizado el sistema comentario, quienes podrían conversar con nuestro equipo técnico para analizar detalles desde la contratación e implementación del sistema, hasta la logística e inversión realizada.
Con base en lo expuesto, con todo respeto nos permitimos solicitar al Tribunal que valore la posibilidad de cursar formal solicitud al Tribunal Superior de Justicia Electoral de Paraguay, para que los señores Cesar Emilio Rossel, Vicepresidente, y Fausto von Streber, Director de Tecnología de dicho organismo electoral, puedan realizar una visita técnica al país del 8 al 12 de marzo.
No omito manifestar que los citados personeros han mostrado su anuencia para realizar la visita a nuestro país en las fechas indicadas y la invitación que se realizaría implica que nuestro organismo electoral debería cubrir lo relacionado a tiquetes aéreos, hospedaje y alimentación por cuatro días y tres noches, para lo cual se cuenta con recursos suficientes. Asimismo, en caso de que el superior tenga a bien aprobar la visita indicada, considero muy importante que el señor y señoras magistradas pudieran reservar un espacio en su agenda en las fechas indicadas, para poder reunirse con los referidos personeros del organismo electoral paraguayo y conocer las experiencias de ese país con el sistema de referencia.".
Se dispone: Autorizar conforme lo propone el señor Director General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos, previa verificación del contenido económico necesario por parte de la Dirección Ejecutiva. ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO QUINTO. ASUNTOS EXTERNOS.
A) Comentarios a la implementación de la Ley Marco de Empleo Público, su dimensionamiento y gestión realizada en la etapa preparatoria. De la señora Laura Fernández Delgado, Ministra de Planificación Nacional y Política Económica, se conoce oficio n.° MIDEPLAN-DM-OF-0278-2023 del 13 de febrero de 2023, recibido el día siguiente en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual rinde informe dirigidos a la Administración Pública sobre la gestión de ese ministerio, relativa al proceso de implementación de la Ley Marco de Empleo Público, específicamente, sobre su dimensionamiento y gestión realizada en la etapa preparatoria.
Se dispone: Pasen las manifestaciones de la señora Ministra a conocimiento de la comisión interdisciplinaria institucional que conoce de la implementación de la Ley Marco de Empleo Público. ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO SEXTO. ASUNTOS INTERNOS DIVERSOS.
A) Comentarios al informe de seguimiento n.° SRIEE-01-2023 de la Auditoría Interna. De la señora Sandra Mora Navarro, Directora Ejecutiva, se conoce oficio n.° DE-0415-2023 del 14 de febrero de 2023, recibido el día siguiente en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual, en atención a lo acordado en el artículo cuarto de la sesión ordinaria n.º 11-2023, celebrada el 7 de febrero de 2023, mediante oficio n.° STSE-0289-2023, se refiere al informe de seguimiento n.° SRIEE-01-2023 de la Auditoría Interna.
Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Tener por recibido el informe, el cual se hará de conocimiento de la Auditoría Interna. ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO SÉTIMO. ASUNTOS ELECTORALES.
A) Consulta legislativa del proyecto de "Ley de creación del distrito quinto del Cantón de Bagaces, denominado Pijije", expediente n.° 22.630. Del señor Edel Reales Noboa, Director del Departamento Secretaría del Directorio de la Asamblea Legislativa, se conoce oficio n.° AL-DSDI-OFI-0015-2023 del 14 de febrero de 2023, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"De conformidad con las disposiciones del Reglamento de la Asamblea Legislativa, se consulta el “EXPEDIENTE LEGISLATIVO N.º 22.630 LEY DE CREACIÓN DEL DISTRITO QUINTO DEL CANTÓN DE BAGACES DENOMINADO PIJIJE,” que se adjunta, conforme lo alcances de la moción de orden aprobada en la sesión ordinaria N° 136, celebrada el 13 de febrero de 2023, que indica:
“Para que se consulte el proyecto de ley en discusión al Tribunal Supremo de Elecciones, con la finalidad de que se aclare los alcances del Oficio STSE-0259-2023 de fecha 2 de febrero de 2023, en el que informa a esta Asamblea Legislativa que la fecha máxima para proceder a efectuar variaciones a la División Territorial del país es el “3 de diciembre de 2022 (…)”.
Para tal efecto, respetuosamente, solicitar al órgano electoral considerar lo establecido en el TRANSITORIO UNICO de esta iniciativa de ley. El texto reza:
TRANSITORIO ÚNICO-
Si ocurriera el impedimento establecido en el artículo 2 del Reglamento para la Formulación de la División Administrativa Electoral, Decreto del Tribunal Supremo de Elecciones N.º 06-2014, la presente ley entrará en vigencia el día hábil siguiente a la celebración de las elecciones de que se trate para designar a las autoridades municipales o, en su defecto, el día hábil siguiente a las elecciones nacionales para elegir presidente, vicepresidentes y diputados.”
De conformidad con el artículo 157 del Reglamento de la Asamblea Legislativa, el plazo estipulado para referirse al proyecto es de ocho días hábiles contados a partir de la fecha de recibo del presente oficio; de no recibirse respuesta de la persona o el ente consultado, se asumirá que no existe objeción por el asunto.".
Se dispone: Para que se proponga el respectivo proyecto de respuesta -el cual habrá de rendirse a más tardar el 22 de febrero de 2023- pase a los señores Héctor Fernández Masís, Director General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos, y Andrei Cambronero Torres, Jefe del Despacho de la Presidencia del TSE. Para su examen se fijan las 10:15 horas del 21 de febrero de 2023. Tomen nota los referidos funcionarios y la Secretaría General de este Tribunal que el plazo para responder la consulta planteada vence el 24 de febrero de 2023. ACUERDO FIRME.
B) Adición a autorización para convenios de cooperación interinstitucionales. Del señor Héctor Fernández Masís, Director General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos, y de la señora Alejandra Peraza Retana, Jefa del Departamento de Programas Electorales, se conoce oficio n.° DPE-041-2023 del 13 de febrero de 2023, recibido el día siguiente en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiestan:
"Mediante oficio DPE-026-2023 de fecha 24 de enero del año en curso, este Departamento solicitó elevar a conocimiento del Superior una serie de convenios de cooperación interinstitucionales necesarios para el desarrollo de las Elecciones Municipales 2024. Así mismo, se solicitó la autorización para que el Departamento Legal diera inicio a la confección de los mismos en coordinación con el Departamento de Programas Electorales (DPE).
En virtud de lo anterior, y considerando lo estipulado en los artículos 183 y 306 del Código Electoral, y que el inciso f del artículo 2 del Reglamento de la Ley General de Contratación Pública, establece la exclusión de los convenios suscritos entre entes de derecho público de la aplicación de esta ley; es que respetuosamente solicito la adición de los siguientes convenios al requerimiento original:
Programa |
Convenio |
Objetivo |
Fecha límite para su firma |
Transmisión de Datos |
ICE |
Contar con los servicios
necesarios para realizar la transmisión de resultados provisionales de la
noche de elección |
31/julio/2023 |
Transmisión de Datos |
RACSA |
Contar con los servicios
necesarios para realizar la transmisión de resultados provisionales de la
noche de elección |
31/julio/2023 |
Es importante indicar, que este Departamento brindará al Departamento Legal todos los insumos necesarios para su desarrollo; y trabajará en la coordinación oportuna, revisión y formalización de los mismos.".
Se dispone: Autorizar conforme se propone. ACUERDO FIRME.
C) Consulta legislativa del proyecto de “Ley de adición de un inciso l) al artículo 70 del Código de Trabajo, Ley número 2 de 27 de agosto de 1943 y sus reformas, para conciliar los deberes familiares con los laborales”, expediente n.º 23.389. De la señora Ana Julia Araya Alfaro, Jefa de Área de Comisiones Legislativas II del Departamento de Comisiones Legislativas de la Asamblea Legislativa, se conoce nuevamente oficio n.° AL-CPASOC-0004-2023 del 8 de febrero de 2023, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"La Comisión Permanente de Asuntos Sociales, en virtud del informe de consulta obligatoria del Departamento de Servicios Técnicos, dispuso consultar el criterio del Expediente N.º 23.389, “LEY DE ADICIÓN DE UN INCISO L) AL ARTÍCULO 70 DEL CÓDIGO DE TRABAJO, LEY NÚMERO 2 DE 27 DE AGOSTO DE 1943 Y SUS REFORMAS, PARA CONCILIAR LOS DEBERES FAMILIARES CON LOS LABORALES”, el cual me permito copiar de forma adjunta.
De conformidad con lo que establece el artículo 157 del Reglamento de la Asamblea Legislativa se le agradece evacuar la consulta en el plazo de ocho días hábiles que vence el 21 de febrero y, de ser posible, enviar el criterio de forma digital […]".
Se dispone: Contestar la consulta formulada, en los siguientes términos:
I. Consideraciones preliminares.
El ordinal 97 de la Carta Fundamental dispone, en forma preceptiva, que tratándose de la “discusión y aprobación de proyectos de ley relativos a la materia electoral” la Asamblea Legislativa deberá consultar al Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) su criterio en torno a la iniciativa formulada y que, para apartarse de esa opinión, “se necesitará el voto de las dos terceras partes del total de sus miembros”. Sin embargo, en los seis meses previos y cuatro posteriores a una elección popular, solo se podrán convertir en ley aquellos proyectos en los que este Tribunal estuviere de acuerdo.
Como parte del desarrollo normativo de la disposición constitucional de cita, el inciso n) del artículo 12 del Código Electoral establece, como función propia de esta Autoridad Electoral, evacuar las consultas que la Asamblea Legislativa realice al amparo de esa norma de orden constitucional.
A partir de la integración del ordenamiento jurídico conforme al Derecho de la Constitución y, concretamente, en punto a la interpretación de lo que debe considerarse “materia electoral”, este Órgano Constitucional ha entendido que los “actos relativos al sufragio” no solo comprenden los propios de la emisión del voto, sino todos aquellos descritos en la propia Constitución o en las leyes electorales y que, directa o indirectamente se relacionen con los procesos electorales, electivos o consultivos, cuya organización, dirección y vigilancia ha sido confiada a este Pleno, a partir de la armonización de los artículos 9, 99 y 102 de la Norma Suprema.
II. Objeto del proyecto.
Puntualmente este proyecto de ley tiene por objeto que se adicione un inciso I) al artículo 70 del Código de Trabajo, para que todo patrono otorgue el respectivo permiso para ausentarse de su lugar de trabajo, con goce de salario, a las personas trabajadoras con responsabilidades familiares, que requieran acompañar a sus hijos e hijas, u otros miembros de su familia directa que sean dependientes y ocupen de su apoyo a las citas de servicios médicos, procurando con ello –según la exposición de motivos- facilitar a las personas trabajadoras con responsabilidades familiares, la conciliación del cumplimiento de sus deberes en el seno de sus familias, con el cumplimiento de sus deberes laborales.
III. Sobre el proyecto.
Del examen de la propuesta legislativa consultada, no se advierte que esta contenga disposición alguna relacionada con la materia electoral, que haga referencia o pretenda regular en modo alguno actos relativos al sufragio o disposiciones que directa o indirectamente modifiquen, menoscaben o incidan en las competencias constitucionalmente asignadas a estos organismos electorales y sobre la cual este Tribunal deba emitir su criterio, en los términos establecidos en los artículos 97 constitucional y 12 del Código Electoral.
IV. Conclusión.
Con base en lo expuesto, al estimar que la propuesta legislativa resulta ajena al Derecho Electoral y al giro de estos organismos electorales, omitimos manifestar criterio alguno en los términos de los artículos 97 constitucional y 12 del Código Electoral. ACUERDO FIRME.
A las doce horas y tres minutos terminó la sesión.
Eugenia
María Zamora Chavarría |
|
Max
Alberto Esquivel Faerron |
Zetty
María Bou Valverde |