ACTA N.º 18-2023
Sesión ordinaria celebrada por el Tribunal Supremo de Elecciones a las diez horas y cincuenta y un minutos del veintiocho de febrero de dos mil veintitrés, con asistencia de las señoras Magistradas Eugenia María Zamora Chavarría –quien preside–, Zetty María Bou Valverde y Luz de los Ángeles Retana Chinchilla. Asiste también el señor Luis Guillermo Chinchilla Mora, Secretario General del Tribunal Supremo de Elecciones.
Interviene la señora Magistrada Presidenta Zamora Chavarría: “Buenos días doña Zetty, doña Lucy, don Luis. Hoy es un Tribunal integrado solamente por mujeres Magistradas. Así que bienvenidas”.
ARTÍCULO PRIMERO. APROBACIÓN DEL ORDEN DEL DÍA Y DE ACTAS ANTERIORES.
A) Se tiene por leído y aprobado el orden del día de la presente sesión ordinaria.
B) Se incorporan a esta sesión los siguientes asuntos:
2.- Consulta sobre nombramientos y su relación con la finalización del periodo de prueba.
3.- Consulta de resolución de ascensos en propiedad.
4.- Consulta de nombramientos en propiedad en distintas unidades administrativas.
5.- Informe de advertencia según oficio n.° AI-058-2023 de la Auditoría Interna.
6.- Consulta de nombramientos de Oficinista 1 en distintas unidades administrativas.
7.- Consulta de nombramientos interinos en distintas unidades administrativas.
C) Se tiene por leída y aprobada la minuta de la sesión ordinaria n.° 17-2023, excepto por la señora Magistrada Retana Chinchilla quien no participó de dicha sesión.
ARTÍCULO SEGUNDO. INFORMES DE LOS SEÑORES MAGISTRADOS.
A) Informe de participación en el taller de trabajo: “Freedom of Expression and Access to Information in Electoral Processes” y en la “UNESCO Internet for Trust Global Conference”. Del señor Luis Diego Brenes Villalobos, Magistrado suplente de este Tribunal, se conoce memorial del 24 de febrero de 2023, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual rinde informe de su participación en el taller de trabajo: “Freedom of Expression and Access to Information in Electoral Processes” y en la conferencia “UNESCO Internet for Trust Global Conference”, celebrados en la sede de UNESCO en la ciudad de París, Francia, del 21 al 23 de febrero, según detalla.
Se dispone: Tener por rendido el informe. ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO TERCERO. ASUNTOS DE ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL.
A) Recargo de funciones de la jefatura de la Sección de Padrón Electoral. Del señor Luis Antonio Bolaños Bolaños, Director General del Registro Civil, se conoce oficio n.° DGRC-0105-2023 del 17 de febrero de 2023, recibido en la Secretaría General de este Tribunal el 20 de febrero de 2023, mediante el cual literalmente manifiesta:
"En virtud de lo expuesto en el oficio RH-1029-2023 y de conformidad con lo establecido en nuestra ley de salarios, el Instructivo para el trámite de recargos de funciones y la circular número STSE-0030-2016 del 19 de julio del 2016, respetuosamente, someto a consideración de las señoras Magistradas y señores Magistrados del Tribunal Supremo de Elecciones, la solicitud de recargo de funciones que se detalla a continuación:
UNIDAD
ADMINISTRATIVA |
PUESTO |
TITULAR |
SUSTITUYE |
PERIODO Y
MOTIVO |
Sección de Padrón Electoral |
Jefatura |
Carlos Arguedas Rojas |
Eugenia Calderón Calderón |
Del 20 al
31 de marzo de 2023 (10 días
de vacaciones) |
Quedo atento a lo que bien estime disponer el Superior.".
Se dispone: Aprobar el recargo de funciones como se propone. ACUERDO FIRME.
B) Consulta de nombramientos en propiedad de Oficinista 1 en distintas unidades administrativas. De los señores Luis Guillermo Chinchilla Mora, Secretario General de este Tribunal y Luis Antonio Bolaños Bolaños, Director General del Registro Civil, se conoce oficio n.° STSE-0405-2023 del 21 de febrero de 2023, mediante el cual literalmente manifiestan:
"Dado que existe al efecto registros de elegibles, con fundamento en lo dispuesto en nuestra ley de salarios y su reglamento y lo expuesto en oficio n.° RH-1047-2023 del Departamento de Recursos Humanos, nos permitimos someter a su consideración las siguientes ternas, de la cuales proponemos nombrar en propiedad, a quienes figuran en el primer lugar de cada una de ellas:
Terna 1.-
Sandy Patricio Monney Guzmán 2.- Paola Ureña Morales 3.- Ingrid Vanessa Solano Elizondo |
|
Puesto
en el que se propone nombrar |
45479, Oficinista 1, clase Asistente Administrativo 1, Sección
de Ingeniería y Arquitectura |
Fecha de
rige propuesta |
1.° de marzo de 2023. |
Terna 1.-
Paola Ureña Morales 2.- Ingrid Vanessa Solano Elizondo 3.- Luis Giovanni Esquivel Arias |
|
Puesto
en el que se propone nombrar |
45775, Oficinista 1, clase Asistente Administrativo 1, Contraloría
Electoral. |
Fecha de
rige propuesta |
1.° de abril de 2023. |
Terna 1.- Ingrid Vanessa Solano Elizondo 2.- Luis Giovanni Esquivel Arias 3.- Marcos Armando Rodríguez Murillo |
|
Puesto
en el que se propone nombrar |
98016, Oficinista 1, clase Asistente Administrativo 1, Sección
de Servicios Generales. |
Fecha de
rige propuesta |
1.° de marzo de 2023. |
Terna 1.- Luis Giovanni Esquivel Arias 2.- Marcos Armando Rodríguez Murillo 3.- Jacqueline Sancho Chaves |
|
Puesto
en el que se propone nombrar |
353731, Oficinista 1, clase Asistente Administrativo 1, Sección
de Personalización y Distribución de Documentos de Identidad. |
Fecha de
rige propuesta |
1.° de abril de 2023. |
Terna 1.- Marcos Armando Rodríguez Murillo 2.- Jacqueline Sancho Chaves 3.- Luis Diego Achoy Padilla |
|
Puesto
en el que se propone nombrar |
382341, Oficinista 1, clase Asistente Administrativo 1, Dirección
Ejecutiva. |
Fecha de
rige propuesta |
1.° de marzo de 2023. |
Quedamos atentos a lo que a bien estime disponer el Tribunal.".
Se dispone: Nombrar conforme se propone en cada caso. ACUERDO FIRME.
C) Nombramientos interinos en distintas unidades administrativas. De los señores Luis Guillermo Chinchilla Mora, Secretario General de este Tribunal, y Luis Antonio Bolaños Bolaños, Director General del Registro Civil, se conoce oficio n.° STSE-0409-2023 del 21 de febrero de 2023, mediante el cual literalmente manifiestan:
"En atención a lo solicitado por las respectivas jefaturas, según lo planteado por el Departamento de Recursos Humanos y de conformidad con lo estipulado en el artículo 25 del Reglamento a la Ley de Salarios y Régimen de Méritos del TSE, nos permitimos proponer la aprobación de los siguientes nombramientos interinos que se detalla a continuación:
No |
Persona Propuesta |
Dependencia y N° de Oficio solicitud de
nombramiento interino |
Número, Clase, nombre del Puesto actual y
Dependencia |
Número, Clase, nombre del Puesto al que se le
propone y Dependencia |
Condición de la plaza |
Fecha propuesta de rige |
Observaciones |
1 |
Jason
Eduardo Contreras Moxi |
Sección
de Inscripciones INS-0089-2023 |
76468 -Asistente Funcional 2 -Asistente en Servicios al Usuario /a -Plaza de cargos fijos interina. -Sección de Inscripciones |
45632, -Asistente Funcional 2 --Asistente en Servicios al Usuario /a -Sección de Inscripciones |
Plaza
de cargos fijos temporalmente vacante en virtud del ascenso interino de su
propietaria |
1° de
marzo y hasta el 30 de junio de 2023 o hasta que regrese su propietaria, lo
que ocurra primero |
Labora
para la institución desde el 16 de febrero de 2018 |
2 |
Darío
Taledi Castro. |
Sección
de Inscripciones INS-0090-2023 |
45753, -Asistente Administrativo 2, -Oficinista 2 -Plaza de cargos fijos interina. -Sección de Inscripciones. |
76468 -Asistente Funcional 2 -Asistente en Servicios al Usuario /a -Sección de Inscripciones |
Plaza
de cargos fijos temporalmente vacante en virtud del ascenso interino de su
propietaria |
1° de
marzo y hasta el 30 de junio de 2023 o hasta que regrese su propietaria, lo
que ocurra primero |
Labora
para la institución desde el 16 de marzo de 2021 |
3 |
Anabelle
Vargas Arcia |
Departamento Electoral DEL-76-2023 |
76370, -Asistente Funcional 3, -Secretaria 2, -Plaza de cargos fijos. -Oficina de Proyectos Tecnológicos. |
93974, -Profesional Asistente 1, -Profesional Asistente en Administración 1. -Departamento Electoral |
Plaza
de cargos fijos temporalmente vacante |
1° de
marzo y por el plazo de 6 meses prorrogables, o hasta que se gestione el
trámite respectivo para nombrar una nueva persona propietaria, lo que ocurra
primero. |
Labora
para la institución desde el 16 de febrero de 2000. |
Quedamos atentos a lo que a bien estime disponer el Tribunal.".
Se dispone: Nombrar conforme se propone, con la observación según la cual eventuales prórrogas deben ser expresamente autorizadas por este Tribunal. ACUERDO FIRME.
D) Modificaciones al Manual Descriptivo de Clases de Puestos. Del señor Luis Guillermo Chinchilla Mora, Secretario General de este Tribunal, se conoce oficio n.° STSE-0436-2023 del 23 de febrero de 2023, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Esta Secretaría General, atendiendo a lo acordado en el artículo segundo de la sesión ordinaria n.º 4-2023, celebrada el 12 de enero de 2023 y mediante oficio n.° STSE-0318-2023, hizo de conocimiento de los personeros de la Unión Nacional de Empleados Electorales y Civiles (UNEC) y del Sindicato de Empleados del Tribunal Supremo de Elecciones (SETSE), copia del oficio DE-0349-2023 del 8 de febrero de 2023, suscrito por la señora Sandra Mora Navarro, Directora Ejecutiva, en el que se proponen modificaciones al Manual Descriptivo de Clases de Puestos.
Siendo que en el plazo otorgado a los personeros sindicales no se recibieron observaciones a lo indicado por la señora Mora Navarro, se somete la modificación referida a conocimiento del Tribunal Supremo de Elecciones, para lo que a bien tenga disponer.
Quedamos atentos a lo que a bien estime disponer el Tribunal.".
Se dispone: Autorizar las modificaciones conforme a lo indicado por la Dirección Ejecutiva en su oficio n.° DE-0349-2023. ACUERDO FIRME.
E) Nombramientos en propiedad en distintas unidades administrativas. De los señores Luis Guillermo Chinchilla Mora, Secretario General de este Tribunal, y Luis Antonio Bolaños Bolaños, Director General del Registro Civil, se conoce oficio n.° STSE-0429-2023 del 22 de febrero de 2023, mediante el cual literalmente manifiestan:
"Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 36 del Reglamento a nuestra Ley de Salarios y lo expuesto en los oficios que se dirán, nos permitimos proponer los nombramientos en propiedad que se detallan a continuación:
Funcionario |
Dilan Solano
Leiva |
Puesto al
que se propone ascender |
90232, Profesional
Ejecutor 3, Profesional Ejecutivo 1 de la Dirección Ejecutiva |
Clases
entre la actual y la propuesta |
3 |
Fecha de
rige propuesta |
1.° de marzo de 2023 |
Oficio del
Departamento de Recursos Humanos |
RH-1041- del 17 de febrero de 2023 |
Oficio de
la jefatura |
DE-0319-2023 del 06 de febrero de 2023 |
Funcionario |
Julio
Arroyo López |
Puesto al
que se propone ascender |
47845, Técnico Funcional 1, Técnico en Mantenimiento
de la Sección de Ingeniería y Arquitectura |
Clases entre
la actual y la propuesta |
2 |
Fecha de
rige propuesta |
1.° de marzo de 2023 |
Oficio del
Departamento de Recursos Humanos |
RH-1041- del 17 de febrero de 2023 |
Oficio de
la jefatura |
IA-0050-2023 del 3 de febrero de 2023 |
Andrés Córdoba Serrano |
|
Puesto al que se propone ascender |
45480, Técnico Funcional 2, Técnico en Ingeniería y Arquitectura de la Sección
de Ingeniería y Arquitectura. |
Clases entre la actual y la propuesta |
1 |
Fecha de rige propuesta |
1.° de
marzo de 2023 |
Oficio del Departamento de Recursos Humanos |
RH-1041-
del 17 de febrero de 2023 |
Oficio de la jefatura |
IA-0051-2023
Sustituir, del 13 de febrero de 2023 |
Funcionario |
Johan
Francisco Zúñiga Zúñiga |
Puesto al que
se propone ascender |
45555, Asistente Funcional 3, Asistente de Identificación
de la Sección de Personalización y Distribución de Documentos de Identidad. |
Clases
entre la actual y la propuesta |
3 |
Fecha de
rige propuesta |
1.° de marzo de 2023 |
Oficio del
Departamento de Recursos Humanos |
RH-1041- del 17 de febrero de 2023 |
Oficio de
la jefatura |
PDI-032-2023 Sustituir, del 13 de febrero de 2023 |
Funcionario |
Mario
Enrique Barrantes Aragón |
Puesto al que
se propone ascender |
45813, Asistente Funcional 3, Asistente en Servicios
de Identificación de la Sección de Documentos de Identidad. |
Clases
entre la actual y la propuesta |
3 |
Fecha de
rige propuesta |
1.° de marzo de 2023 |
Oficio del
Departamento de Recursos Humanos |
RH-1041-2023 del 17 de febrero de 2023 |
Oficio de
la jefatura |
DID-056-2023, del 13 de febrero de 2023 |
Funcionaria |
Sofía
Calvo Uribe |
Puesto al
que se propone ascender |
44774, Asistente Funcional 3, Asistente en Servicios de Identificación de la
Sección de Documentos de Identidad. |
Clases
entre la actual y la propuesta |
3 |
Fecha de
rige propuesta |
1.° de marzo de 2023 |
Oficio del
Departamento de Recursos Humanos |
RH-1041- del 17 de febrero de 2023 |
Oficio de
la jefatura |
DID-056-2023, del 13 de febrero de 2023 |
Funcionaria |
Virginia
Méndez Cubero |
Puesto al
que se propone ascender |
45888, Asistente Funcional 3, Asistente en Servicios de Identificación de la
Sección de Documentos de Identidad. |
Clases
entre la actual y la propuesta |
4 |
Fecha de
rige propuesta |
1.° de marzo de 2023 |
Oficio del
Departamento de Recursos Humanos |
RH-1041-2023 del 17 de febrero de 2023 |
Oficio de la
jefatura |
DID-056-2023, del 13 de febrero de 2023 |
Funcionario |
Manuel Gerardo
Vargas Guzmán |
Puesto al
que se propone ascender |
45878, Asistente Funcional 3, Asistente en Servicios de Identificación de la
Sección de Documentos de Identidad. |
Clases
entre la actual y la propuesta |
2 |
Fecha de
rige propuesta |
1.° de marzo de 2023 |
Oficio del
Departamento de Recursos Humanos |
RH-1041-2023 del 17 de febrero de 2023 |
Oficio de
la jefatura |
DID-056-2023, del 13 de febrero de 2023 |
Funcionaria |
Jeimy Pamela
Alvarado Meza |
Puesto al
que se propone ascender |
86896, Asistente Funcional 3, Asistente en Servicios de Notificación de
la Secretaría General del TSE |
Clases
entre la actual y la propuesta |
3 |
Fecha de
rige propuesta |
1.° de marzo de 2023 |
Oficio del
Departamento de Recursos Humanos |
RH-1041-2023 del 17 de febrero de 2023 |
Oficio de
la jefatura |
STSE-0272-2023, del 14 de febrero de 2023 |
Quedamos atentos a lo que a bien estime disponer el Tribunal.".
Se dispone: Nombrar conforme se propone en cada caso. ACUERDO FIRME.
F) Nombramiento en propiedad plaza de Trabajador Misceláneo 1 en la Sección de Servicios Generales. Del señor Luis Guillermo Chinchilla Mora, Secretario General de este Tribunal, se conoce oficio n.° STSE-0439-2023 del 23 de febrero de 2023, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Dado que existe al efecto registro de elegibles, con fundamento en lo dispuesto en nuestra ley de salarios y su reglamento y lo expuesto en oficio n.° RH-1067-2023 del Departamento de Recursos Humanos, me permito someter a su consideración la siguiente terna, de la cual propongo nombrar en propiedad, a quien figura en el primer lugar:
Terna 1.-
Allan Brenes de la Peña 2.- Gustavo Zamora García 3.- Paulo Chinchilla Blanco |
|
Puesto
en el que se propone nombrar |
349936, Auxiliar Operativo 1, Trabajador misceláneo 1 de la
Sección de Servicios Generales |
Fecha de
rige propuesta |
1.° de marzo de 2023. |
Quedo atento a lo que a bien estime disponer el Tribunal.".
Se dispone: Nombrar conforme se propone. ACUERDO FIRME.
G) Nombramientos interinos en distintas unidades administrativas. De los señores Luis Guillermo Chinchilla Mora, Secretario General de este Tribunal, y Luis Antonio Bolaños Bolaños, Director General del Registro Civil, se conoce oficio n.° STSE-0433-2023 del 23 de febrero de 2023, mediante el cual literalmente manifiestan:
"En atención a lo solicitado por las respectivas jefaturas, según lo planteado por el Departamento de Recursos Humanos y de conformidad con lo estipulado en el artículo 25 del Reglamento a la Ley de Salarios y Régimen de Méritos del TSE, nos permitimos proponer la aprobación de los siguientes nombramientos interinos que se detalla a continuación:
No |
Persona Propuesta |
Dependencia y N° de Oficio solicitud de
nombramiento interino |
Número, Clase, nombre del Puesto actual y Dependencia |
Número, Clase, nombre del Puesto al que se le
propone y Dependencia |
Condición de la plaza |
Fecha propuesta de rige |
Observaciones |
1 |
Karina
Calvo Soto |
Departamento
de Programas Electorales DPE-0030-2023 |
357848 -Profesional Ejecutor 3, -Profesional en Administración Electoral 1, -Plaza de cargos fijos interina. -Departamento de Programas Electorales |
353687, -Profesional Ejecutor 3 -Profesional en Administración Electoral 1 - Plaza de cargos fijos vacante - Departamento de Programas Electorales |
Plaza
de cargos fijos vacante mediante oficio DPE-036-2023 se solicitó concurso
interno para su nombramiento en propiedad. |
1° de
marzo y por el plazo de 6 meses prorrogables, o hasta que se gestione el
trámite respectivo para nombrar una nueva persona propietaria, lo que ocurra
primero. Este
nombramiento se solicita con base al artículo 36 bis del Reglamento a la Ley
de Salarios con respecto a la plaza N° 368590 |
Labora
para la institución desde el 01 de julio de 2009. |
2 |
William
Villalobos Fernández |
Departamento
de Programas Electorales DPE-0030-2023 |
353471, -Profesional Asistente 1, -Profesional Asistente Electoral 1 -Plaza de cargos fijos interina. -Departamento de Programas Electorales |
357848 -Profesional Ejecutor 3 - Profesional en Administración Electoral 1 -Plaza de cargos fijos interina, de aprobarse el
movimiento anterior - Departamento de Programas Electorales |
Plaza
de cargos fijos temporalmente vacante en virtud del ascenso interino de su
propietaria |
1° de
marzo y hasta el 07 de mayo de 2026o hasta que regrese su propietaria, lo que
ocurra primero. Este
nombramiento se solicita con base al artículo 36 bis del Reglamento a la Ley
de Salarios con respecto a la plaza N° 353471 |
Labora
para la institución desde el 03 de marzo de 2003 |
3 |
Freddy
Pizarro Líos |
Departamento de Coordinación de Servicios
Regionales CSR-0135-2023 |
45927, -Asistente Funcional 3, -Asistente en Servicios Regionales, -Plaza de cargos fijos. -Oficina Regional de Liberia |
76410, -Técnico Funcional 2, -Técnico en Gestión de Servicios Regionales, -Plaza de cargos fijos interina - Oficina Regional de Liberia |
Plaza
de cargos fijos temporalmente vacante en virtud del ascenso interino de su
propietaria |
1° de
marzo y hasta el 31 de marzo de 2023 o hasta que regrese su propietaria, lo
que ocurra primero. |
Labora
para la institución desde el 1° de julio de 2003 |
Quedamos atentos a lo que a bien estime disponer el Tribunal.".
Se dispone: Nombrar conforme se propone, con la observación según la cual eventuales prórrogas deben ser expresamente autorizadas por este Tribunal. ACUERDO FIRME.
H) Renuncia del señor Eduardo González Paniagua. De la señora Hirlanny María Ortiz Campos, Jefa del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° RH-1097-2023 del 23 de febrero de 2023, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Para lo que a bien tenga disponer el Tribunal Supremo de Elecciones, remito a consideración memorando DGET-0009-2023 en el que remite nota suscrita por el señor Eduardo González Paniagua, destacado en la Dirección General de Estrategia Tecnológica, mediante la cual solicita que se le conceda una prórroga a la licencia sin goce de salario que actualmente disfruta, por espacio de seis meses, por los motivos que se sirve exponer, a partir del 18 de marzo al 31 de agosto del corriente.
Es menester rescatar que el señor González Paniagua, labora para la institución desde el 17 de julio del 2000, y actualmente posee un nombramiento en propiedad en el puesto de Profesional en Tecnologías de Información 2, número 353423, correspondiente a la clase de Profesional Ejecutor 3 y durante su trayectoria laboral ha solicitado tres licencias similares, la primera por espacio de tres meses en el año 2003 específicamente en el periodo que comprende del 01 de junio al 31 de agosto de 2003, así como la licencia a partir del 18 de marzo de 2022 al 17 de setiembre de 2022, aprobada en sesión ordinaria n°. 15-2022, celebrada el 8 de febrero de 2022 y comunicado en memorial STSE-0379-2022 de igual data, y la que actualmente disfruta por seis meses a saber del 18 de setiembre 2022 al 18 de marzo de 2023, aprobada en sesión ordinaria n. 0078-2022 de fecha 11 de agosto de 2022 y comunicada en oficio STSE-1772-2022 de igual data.
Aunado a lo anterior, es válido rescatar que el funcionario en mención ya alcanzo los doce meses de licencia sin goce de salario para asuntos personales, a la luz de lo estipulado en el artículo 33 supracitado, específicamente inciso c, punto 1, el cual dicta, para este tipo de licencia, lo siguiente: “1) Seis meses para asuntos personales del servidor. Esta licencia podrá ser prorrogada hasta por seis meses más en casos muy especiales a juicio del Ministro o máximo jerarca de la Institución.” (lo subrayado no corresponde al original). Asociado a lo anterior cabe mencionar que tal y como se desprende de la nota remitida por el señor González Paniagua dicha solicitud de prórroga no cuenta con el visto bueno de la señora Xenia Guerrero Arias, Directora General de Estrategia Tecnológica, por lo que a solicitud del petente y a la luz de la negativa posibilidad de prórroga presenta de la misma manera su renuncia a partir del 18 de marzo del año en curso día en que finaliza su actual licencia sin goce salarial.
Ahora bien, con respecto a la aplicación del artículo 28 del Código de Trabajo relativo al preaviso de ley, el cual por la permanencia del funcionario de cita en estos organismos electorales, debería considerar un mes de previo a su salida, sin embargo, éste sería innecesario, ya que mediante memorando DGET-0013-2023 de fecha 22 de febrero del corriente, recibido en este Departamento el mismo día, suscrito por la señora Xenia Guerrero Arias, Directora General de Estrategia Tecnológica, manifesta que “…de la lectura del artículo n.28 [sic] del Código de Trabajo se infiere que la eventual renuncia del señor Eduardo González Paniagua no representa perjuicio para la Administración, dado que, ésta fue presentada el 15 de febrero de 2023 acorde con el plazo indicado por la normativa de consulta”.
Así las cosas, salvo superior criterio, bien puede aprobarse la renuncia a partir de la fecha solicitada por el señor Eduardo González Paniagua. Para notificaciones se indica el siguiente correo electrónico […]".
Interviene la señora Magistrada Presidenta Zamora Chavarría: “Antes de votar, en la página anterior dice “a la luz de lo estipulado en el artículo 33 supracitado”, me imagino que eso se cita en los oficios anteriores, pero nada más que quede claro que es el Reglamento del Estatuto del Servicio Civil.”
Interviene la señora Magistrada Retana Chinchilla: “¿No se le envía una nota agradeciéndole los servicios prestados?”
Interviene el señor Secretario General Chinchilla Mora: “Usualmente se hace cuando es por pensión.”
Interviene la señora Magistrada Presidenta Zamora Chavarría: “Si, usualmente cuando se pensionan. Es un derecho del señor González, lamentamos mucho su decisión, pero damos por presentada la renuncia.”
Se dispone: Tener por presentada la renuncia del señor González Paniagua, conforme lo propone el Departamento de Recursos Humanos. ACUERDO FIRME.
I) Solicitud de licencia sin goce de salario de la funcionaria Silvia Fuentes Prado. De la señora Hirlanny Ortiz Campos, Jefa del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° RH-1088-2023 del 22 de febrero de 2023, recibido en la Secretaría General de este Tribunal el 24 de febrero de 2023, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Para lo que a bien tenga disponer el Tribunal Supremo de Elecciones, remito a consideración nota recibida en este despacho el día 22 de febrero del presente año, suscrita por la señora Silvia Fuentes Prado, destacada en la Dirección General del Registro Electoral, mediante la cual solicita que se le conceda una licencia sin goce de salario por espacio de 6 meses, por los motivos que se sirve exponer. Periodo que comprendería del próximo 6 de marzo al 6 de setiembre del año en curso.
Es menester rescatar que la señora Fuentes Prado labora para la institución desde el 2 de enero de 2018 siendo que su puesto actual es el número 382393 como Conserje, correspondiente a la clase Conserje Electoral, y durante su trayectoria laboral no ha solicitado una licencia similar como la que ahora se pretende.
Esta solicitud podría encontrar su asidero, de forma supletoria, en lo dispuesto en el artículo 33 del Reglamento del Estatuto de Servicio Civil, inciso C, punto 1, el cual dicta, para este tipo de licencia, lo siguiente: “1) Seis meses para asuntos personales del servidor. Esta licencia podrá ser prorrogada hasta por seis meses más en casos muy especiales a juicio del Ministro o máximo jerarca de la Institución.” (lo subrayado no corresponde al original). De aprobarse la presente solicitud, conforme es usual tratándose de licencias sin goce de salario y en relación al tema de vacaciones la señora Fuentes Prado no cuenta con vacaciones ordinarias ni proporcionales a su favor.
Finalmente puede apreciarse que la gestión cuenta con el visto del señor Héctor Fernández Masís, Director General del Registro Electoral. Expuesto lo anterior, previo a las indagaciones que se estimen pertinentes, bien puede aprobarse el disfrute de la licencia sin goce tal como se solicita.".
Se dispone: Aprobar la licencia sin goce de salario conforme lo propone el Departamento de Recursos Humanos. ACUERDO FIRME.
J) Consulta de resolución de ascensos en propiedad en oficinas del Registro Civil. Del señor Luis Antonio Bolaños Bolaños, Director General del Registro Civil, se conoce en consulta resolución n.° DGRA-0053-2023 de las catorce horas y veinte minutos del veinticuatro de febrero de dos mil veintitrés, recibida el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante la cual literalmente manifiesta:
"De conformidad con lo dispuesto en los artículos 13 y 14 de la Ley de Salarios y Régimen de Méritos del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil y 34 de su respectivo reglamento, considerándolo oportuno para un mejor servicio público, dispongo efectuar los siguientes ascensos en propiedad:
Sección de Personalización y Distribución
de Documentos de Identidad |
|
Funcionario |
Randall Darcin Dowson |
Puesto en el que se propone nombrar |
72875, Asistente Funcional 3, Asistente en Servicios de
Identificación, Sección de Personalización y Distribución de Documentos de Identidad |
Fecha de rige propuesta |
01 de marzo de 2023 |
Oficio del Departamento de Recursos
Humanos |
RH-1041-2023 del 17 de febrero de 2023. |
Oficio de la Jefatura |
PDI-032-2023 Sustituir |
Sección de Documentos de Identidad |
|
Funcionario |
Marvin González Montero |
Puesto en el que se propone nombrar |
54395, Asistente Funcional 3, Asistente en Servicios de
Identificación, Sección de Documentos de Identidad. |
Fecha de rige propuesta |
01 de marzo de 2023 |
Oficio del Departamento de Recursos Humanos |
RH-1041-2023 del 17 de febrero de 2023. |
Oficio de la Jefatura |
DID-056-2023 |
Sección de Documentos de Identidad |
|
Funcionario |
Cristina Mora Rodríguez |
Puesto en el que se propone nombrar |
45853, Asistente Funcional 3, Asistente en Servicios de
Identificación, Sección de Documentos de Identidad. |
Fecha de rige propuesta |
01 de marzo de 2023 |
Oficio del Departamento de Recursos
Humanos |
RH-1041-2023 del 17 de febrero de 2023. |
Oficio de la Jefatura |
DID-056-2023 |
Consúltese al Superior.".
Se dispone: Nombrar conforme se propone en cada caso. ACUERDO FIRME.
K) Solicitud de reconsideración de decisión del Departamento de Recursos Humanos relativo a nombramientos en propiedad en el Departamento de Registro de Partidos Políticos. De la señora Martha Castillo Viquez, Jefa del Departamento de Registro de Partidos Políticos, se conoce oficio n.° DRPP-0836-2023 del 24 de febrero de 2023, recibido en la Secretaría General de este Tribunal el 27 de febrero de 2023, mediante el cual solicita reconsiderar la decisión adoptada por el Departamento de Recursos Humanos, de no tramitar las gestiones relativas a nombramientos en propiedad en ese Departamento.
Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Proceda el Departamento de Recursos Humanos a gestionar, a la brevedad, lo pertinente a efecto de materializar los nombramientos correspondientes y dotar del recurso humano al Departamento de Registro de Partidos Políticos. 3.- Proceda también la Comisión de Dedicación Exclusiva a tramitar las solicitudes de estudio correspondientes a los puestos n.° 1018904 y n.° 370865. ACUERDO FIRME.
Interviene la señora Magistrada Presidenta Zamora Chavarría: “Yo quisiera fundamentar un momento, yo voto que estoy de acuerdo. Estamos a este momento a siete u ocho meses de la convocatoria a las elecciones municipales, que será el 3 de octubre del presente año, y por los datos que nos está dando el Registro Electoral, como lo hemos dicho ya en distintos lugares, públicamente, tanto en la Asamblea Legislativa, como en el Poder Judicial, ante la Corte Suprema de Justicia, es una elección cuya logística va a ser muy compleja. Hay factores de complejidad adicionales a los anteriores comicios municipales y, en particular, estamos calculando, según los datos que nos da don Héctor Fernández, que habrá una inscripción de más de cuarenta y cinco mil candidaturas. ¡Cuarenta y cinco mil candidaturas! La última vez tuvimos algo así como treinta y dos mil. Vamos a tener ochenta y cuatro cantones, en lugar de ochenta y dos. A este momento hay inscritos más de ciento cuarenta partidos políticos: más o menos noventa a nivel cantonal, pero don Héctor tiene solicitudes por más de treinta que tendrá que pronunciarse entre el 3 de febrero, que fue el plazo en donde venció la solicitud de inscripción de partidos nuevos, hasta agosto que tiene tiempo tanto la administración electoral, como el Tribunal. Se van a aplicar la paridad horizontal en órganos uninominales y plurinominales y también se aplicará la ley de no reelección de cargos municipales, casi todos, menos los concejales de distrito. Esto en el mismo plazo, como nos recordaba don Héctor hace días, del Código Electoral del año 52, cuando la población era mucho menor y el número de partidos, es decir va a ser una prueba muy importante, una vez más, de la solvencia de la capacidad del Tribunal y de su Registro Electoral. De manera que, entendiendo las razones que nos da el Departamento de Recursos Humanos, en esta ocasión hay un interés público muy importante: el Registro Electoral y, particularmente, doña Marta Castillo, Jefa del Departamento de Registro de Partidos Políticos, requerirán echar mano de muchísimo recurso humano, para poder sacar adelante la elección.”
L) Consulta sobre nombramientos y su relación con la finalización del periodo de prueba. De la señora Kattya Varela Gómez, Jefa a. i. del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° RH-1127-2023 del 27 de febrero de 2023, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual se refiere a la posibilidad de efectuar nombramientos y su relación con la finalización del periodo de prueba.
Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Para su estudio e informe, el cual habrá de rendirse en el plazo de tres días hábiles, pase al Departamento Legal. ACUERDO FIRME.
M) Consulta de resolución de ascensos en propiedad. Del señor Luis Guillermo Chinchilla Mora, Secretario General de este Tribunal, se conoce en consulta resolución n.° 0025-STSE-2023 de las trece horas del veintisiete de febrero de dos mil veintitrés, mediante la cual literalmente manifiesta:
"El suscrito Secretario General del Tribunal Supremo de Elecciones, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 13 y 14 de nuestra Ley de Salarios y Régimen de Méritos del Tribunal Supremo de Elecciones y Registro Civil y 34 de su respectivo reglamento, considerándolo oportuno para un mejor servicio público, disponemos efectuar los siguientes ascensos en propiedad a partir del 1.° de marzo de 2023:
1- Del funcionario Christian Alberto Giró Gómez, en la plaza n.° 45429, Asistente Administrativo 1, como Notificador de la Secretaría General del TSE.
2- Del funcionario Geiner Gerardo Quirós Mena, en la plaza n.° 368723, Profesional Asistente 1, como Profesional Asistente en Administración 1 de la Dirección Ejecutiva.
Consúltese al Superior.".
Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Ascender conforme se propone en cada caso. ACUERDO FIRME.
N) Consulta de nombramientos en propiedad en distintas unidades administrativas. De los señores Luis Guillermo Chinchilla Mora, Secretario General de este Tribunal, y Luis Antonio Bolaños Bolaños, Director General del Registro Civil, se conoce oficio n.° STSE-0457-2023 del 27 de febrero de 2023, mediante el cual literalmente manifiestan:
"Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 36 del Reglamento a nuestra Ley de Salarios y lo expuesto en los oficios que se dirán, nos permitimos proponer los nombramientos en propiedad que se detalla a continuación:
Funcionaria |
Esther Ofelia Murillo Zamora |
Puesto
al que se propone ascender |
349931, Profesional Asistente 2, Profesional Asistente en Derecho 2,
Secretaría General del TSE |
Clases
entre la actual y la propuesta |
4 |
Fecha de
rige propuesta |
1.° de marzo
de 2023 |
Oficio
del Departamento de Recursos Humanos |
RH-1110-2023
del 24 de febrero de 2023 |
Oficio
de la jefatura |
STSE-0328-2023 del 14 de febrero de 2023 |
Funcionaria |
Karen Dayana Víquez Pérez |
Puesto
al que se propone ascender |
45772, Asistente
Funcional 3, Asistente en Servicios de Identificación, Sección de Documentos
de Identidad |
Clases
entre la actual y la propuesta |
3 |
Fecha de
rige propuesta |
1.° de marzo
de 2023 |
Oficio
del Departamento de Recursos Humanos |
RH-1110-2023
del 24 de febrero de 2023 |
Oficio
de la jefatura |
DID-061-2023 del 17 de febrero de 2023 |
Funcionaria |
Karen Denisse Méndez Domínguez |
Puesto
al que se propone ascender |
361379, Técnico
Funcional 2, Técnico/a en Gestión, Departamento de Financiamiento de Partidos
Politicos |
Clases
entre la actual y la propuesta |
5 |
Fecha de
rige propuesta |
1.° de marzo
de 2023 |
Oficio
del Departamento de Recursos Humanos |
RH-1110-2023
del 24 de febrero de 2023 |
Oficio
de la jefatura |
DFPP-0134-2023 del 17 de febrero de 2023 |
Funcionario |
Sergio Hernán Ledezma Víquez |
Puesto
al que se propone ascender |
45745, Técnico
Funcional 2, Técnico en Gestión, Dirección General del Registro Civil |
Clases
entre la actual y la propuesta |
5 |
Fecha de
rige propuesta |
1.° de marzo
de 2023 |
Oficio
del Departamento de Recursos Humanos |
RH-1110-2023
del 24 de febrero de 2023 |
Oficio
de la jefatura |
DGRC-0108-2023 del 20 de febrero de 2023 |
Funcionaria |
Mary Carmen Torrente Herrera |
Puesto
al que se propone ascender |
368548, Profesional Asistente 1, Profesional Asistente en Archivística,
Departamento de Recursos Humanos |
Clases
entre la actual y la propuesta |
1 |
Fecha de
rige propuesta |
1.° de marzo
de 2023 |
Oficio
del Departamento de Recursos Humanos |
RH-1110-2023
del 24 de febrero de 2023 |
Oficio
de la jefatura |
RH-1081-2023 del 23 de febrero de 2023 |
Quedamos atentos a lo que a bien estime disponer el Tribunal.".
Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Nombrar conforme se propone en cada caso. ACUERDO FIRME.
Ñ) Consulta de nombramientos de Oficinista 1 en distintas unidades administrativas. Del señor Luis Guillermo Chinchilla Mora, Secretario General de este Tribunal, se conoce oficio n.° STSE-0459-2023 del 27 de febrero de 2023, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Dado que existe al efecto registro de elegibles, con fundamento en lo dispuesto en nuestra ley de salarios y su reglamento y lo expuesto en oficio n.° RH-1129-2023 del Departamento de Recursos Humanos, me permito someter a su consideración las siguientes ternas, de la cuales propongo nombrar en propiedad, a partir del 1.° de marzo de 2023, a quienes figuran en el primer lugar de cada una de ellas:
Terna 1.-
Jacqueline Chaves Sancho 2.- Luis Diego Achoy Padilla 3.- Cindy Jeannette Mena Morales |
|
Puesto
en el que se propone nombrar |
104995, Oficinista 1, clase Asistente Administrativo 1, Departamento
de Recursos Humanos |
Terna 1.-
Luis Diego Achoy Padilla 2.- Cindy Jeannette Mena Morales 3.- Sonia Cristina Ramos Mora |
|
Puesto
en el que se propone nombrar |
382353, Oficinista 1, clase Asistente Administrativo 1, Dirección
General del Registro Electoral. |
Terna 1.- Cindy Jeannette Mena Morales 2.- Sonia Cristina Ramos Mora 3.- Lincy Arce Acuña |
|
Puesto
en el que se propone nombrar |
382369, Oficinista 1, clase Asistente Administrativo 1, Departamento
de Registro de Partidos Políticos |
Terna 1.- Sonia Cristina Ramos Mora 2.- Lincy Arce Acuña 3.- Lilliana María González González |
|
Puesto
en el que se propone nombrar |
382429, Oficinista 1, clase Asistente Administrativo 1, Departamento
de Registro de Partidos Políticos |
Quedo atento a lo que a bien estime disponer el
Tribunal.".
Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Nombrar conforme se propone en cada caso. ACUERDO FIRME.
O) Consulta de nombramientos interinos en distintas unidades administrativas. De los señores Luis Guillermo Chinchilla Mora, Secretario General de este Tribunal, y Luis Antonio Bolaños Bolaños, Director General del Registro Civil, se conoce oficio n.° STSE-0458-2023 del 27 de febrero de 2023, mediante el cual literalmente manifiestan:
"En atención a lo solicitado por las respectivas jefaturas, según lo planteado por el Departamento de Recursos Humanos y de conformidad con lo estipulado en el artículo 25 del Reglamento a la Ley de Salarios y Régimen de Méritos del TSE, nos permitimos proponer la aprobación de los siguientes nombramientos interinos que se detalla a continuación:
No |
Persona Propuesta |
Dependencia y N° de
Oficio solicitud de nombramiento interino
|
Número, Clase, nombre
del Puesto actual y Dependencia |
Número, Clase, nombre
del Puesto al que se le propone y Dependencia |
Condición de la plaza |
Fecha propuesta de rige |
Observaciones |
1 |
Ericka Castillo Jiménez |
Departamento de Programas Electorales DPE-0042-2023 |
368716 -Técnico Funcional
2 -Asistente Electoral -Plaza de cargos
fijos interina. -Departamento
Programas Electorales |
353471, -Profesional
Asistente 1 - Profesional
Asistente Electoral 1 -Departamento
Programas Electorales |
Plaza de cargos fijos temporalmente vacante en
virtud del ascenso interino de su propietaria |
Del 1° de marzo y hasta el 30 de junio de 2023 o
hasta que regrese su propietaria, lo que ocurra primero |
Labora para la institución desde el 16 de enero
de 2009 |
2 |
Suelen Gómez Madrigal |
Departamento de Programas Electorales DPE-0043-2023 |
382397, -Asistente
Administrativo 1, -Oficinista 1 -Plaza de cargos -Departamento de
Programas Electorales. |
368716 -Técnico Funcional
2, -Asistente Electoral -Plaza de cargos
fijos interina, de aprobarse el movimiento anterior. - Departamento de
Programas Electorales. |
Plaza de cargos fijos temporalmente vacante en
virtud del ascenso interino de su propietaria |
Del 1° de marzo y hasta el 30 de junio de 2023 o
hasta que regrese su propietaria, lo que ocurra primero |
Labora para la institución desde el 1° de julio
de 2015 |
3 |
Herminda Morales Arroyo |
Departamento de
Proveeduría PROV-0039-2023 |
97470, -Profesional
Ejecutor 3, -Analista
Jurídico en Contratación -Plaza de cargos
fijos - Departamento de
Proveeduría |
93960, -Profesional en
Gestión 1, -Encargada de
Área Administrativa -Plaza de cargos
fijos interina -Departamento de
Proveeduría |
Plaza de cargos fijos temporalmente vacante en
virtud del ascenso interino de su propietaria |
Del 1° y hasta el 31 de marzo de 2023 o hasta que
regrese su propietaria, lo que ocurra primero. |
Labora para la institución desde el 1° de enero
de 2010. |
4 |
Karent María Mojica Álvarez |
Sección de Padrón
Electoral PE-065-2023 |
353693, -Asistente
Administrativo 1, -Oficinista 1 -Plaza de cargos
fijos - Sección de
Inscripciones |
45885, -Asistente
Funcional 2, -Secretaria 1 -Plaza de cargos
fijos interina - Sección de Padrón
Electoral |
Plaza de cargos fijos temporalmente vacante en
virtud del ascenso interino de su propietaria |
Del 16 de marzo y hasta el 15 de mayo de 2023, o
hasta que regrese su ocupante. |
Labora para la institución desde el 2 de octubre
de 2017. Este nombramiento se da por lo comunicado mediante oficio
RH-3418-2022 y para disponibilidad para el puesto de Secretario/a 1y2. |
Quedamos atentos a lo que a bien estime disponer el Tribunal.".
Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Nombrar conforme se propone, con la observación según la cual eventuales prórrogas deben ser expresamente autorizadas por este Tribunal. ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO CUARTO. ASUNTOS DEL CONSEJO DE DIRECTORES.
A) Informe preliminar del Diagnóstico de Necesidades de Capacitación para el 2023. De la señora Glenda Moreno Murillo, Profesional en Derecho 1 del Consejo de Directores, se conoce oficio n.° CDIR-0058-2023 del 23 de febrero de 2023, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Se comunica el acuerdo adoptado en el artículo segundo de la sesión ordinaria n.º 08-2023, celebrada el 23 de febrero de 2023 por el Consejo de Directores, integrado por los señores Luis Guillermo Chinchilla Mora, Secretario General del Tribunal Supremo de Elecciones –quien preside–; Luis Antonio Bolaños Bolaños, Director General del Registro Civil; Sandra Mora Navarro, Directora Ejecutiva; Gerardo Felipe Abarca Guzmán, Secretario General de la Dirección General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos, en representación del señor Héctor Enrique Fernández Masis, Director General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos; Hugo Ernesto Picado León, Director General del Instituto de Formación y Estudios en Democracia y Xenia Guerrero Arias, Directora General de Estrategia Tecnológica, que dice:
«De las señoras Hirlanny Ortiz Campos, Jefa del Departamento de Recursos Humanos y Mónica Rosales Menjívar, Encargada del Área de Capacitación se conoce nuevamente oficio n.° RH-0547-2023 del 27 de enero de 2023, recibido en la Coordinación de este Consejo el 30 de enero de 2023, mediante el cual remiten informe preliminar del Diagnóstico de Necesidades de Capacitación para el año 2023 y con fundamento en una serie de consideraciones literalmente concluyen y recomiendan:
"IV. Conclusiones
1. El presente Diagnóstico de Necesidades de Capacitación (DNC) fue recopilado mediante la herramienta de Gestión del Desempeño durante el 2022 e incluye 164 diferentes temas de capacitación dirigidos a 560 personas funcionarias, contabilizando 1393 registros en total, ya que se registran dos o más requerimientos por persona.
2. De acuerdo con la experiencia de los primeros ciclos evaluativos, se ha determinado que es necesario que la recopilación de los requerimientos técnicos se realice, en lo sucesivo, en la “etapa de evaluación” del ciclo de gestión del desempeño, que va de enero a mayo de cada año, pues es en ese momento que las jefaturas pueden detectar oportunidades de mejora o deficiencias en los conocimientos y habilidades técnicas del personal. Asimismo, las actividades técnicas pueden ser asignadas al personal, aun cuando obtenga evaluaciones del desempeño sobresalientes y no posea brechas en sus competencias transversales, con ello, se procura actualizar conocimientos y potenciar sus habilidades y destrezas. En virtud de lo anterior, es fundamental que las personas cuenten con los beneficios de la capacitación de forma expedita, procurando de este modo la optimización de su desempeño.
3. La inversión económica de este diagnóstico asciende a un total de ₡42.650.000,00, con lo que se pretende dar atención a aquellos temas catalogados como medianamente críticos y muy críticos por cada jefatura, sin demérito de que surjan otras necesidades prioritarias de acuerdo con la dinámica institucional y los cambios en el entorno. Esta inversión no incluye los temas de capacitación denominados mandatorios, ni los requerimientos previamente definidos mediante estudios especiales y ya conocidos por el Tribunal.
V. Recomendaciones
1. Que el Consejo de Directores, salvo Superior criterio, apruebe y eleve a la Magistratura Electoral para su aprobación el presente Diagnóstico de Necesidades de Capacitación para el año 2023.
2. Una vez aprobado por el Superior el presente diagnóstico, que el Área de Capacitación proceda a elaborar el Plan de Capacitación de 2023, incluyendo tales requerimientos y considerando los recursos económicos aprobados para el presente año, a fin de atender los requerimientos solicitados por las jefaturas durante el 2022, procurando de una forma más diligente la atención de las necesidades de capacitación del personal institucional.
3. Que Dirección Ejecutiva [sic] valore la inclusión de los recursos definidos en este diagnóstico dentro del presupuesto de 2024 -incluidos en el POA del Departamento de Recursos Humanos-, considerando este monto como una proyección económica para la subpartida 10701 de Actividades de Capacitación. Para ello, se sugiere que se distribuya de forma equitativa entre los dos subprogramas presupuestarios (850-01 y 850-02), bajo el nombre de “Capacitación Gestión del Desempeño”.".
Se dispone: 1.- Elevar a consideración del Superior con la recomendación de aprobar. 2.- Proceda el Departamento de Recursos Humanos y la Oficina de Seguridad Integral a realizar las coordinaciones necesarias a fin de que en el próximo Diagnóstico de Necesidades de Capacitación se incluyan capacitaciones para los oficiales de seguridad institucional en el manejo de armas. ACUERDO FIRME.»".
Interviene la señora Magistrada Presidenta Zamora Chavarría: “Yo quería comentar dos cosas aquí: hacia el final yo sugiero “para los y las oficiales de seguridad”, porque hemos conversado con ambos grupos y este uno de los temas que permanentemente nos han expresado, tanto las oficiales mujeres, como los oficiales varones. Lo otro, también, es que “se incluyan capacitaciones para los y las oficiales de seguridad institucional en el manejo de armas” y yo agregaría “así como tomar en cuenta las necesidades expresadas a través del proceso de “Conversemos” por los funcionarios y las funcionarias de las oficinas regionales””
Interviene la señora Magistrada Bou Valverde: “Agregar que la capacitación debe atender a las diferentes necesidades especiales que se han detectado en oficinas regionales y que lo han expresado así”.
Se dispone: Aprobar conforme se recomienda. ACUERDO FIRME.
B) Informe sobre propuesta de reforma a las “Directrices para reforzar los criterios objetivos para realizar nombramientos en la institución”. De la señora Glenda Moreno Murillo, Profesional en Derecho 1 del Consejo de Directores, se conoce oficio n.° CDIR-0061-2023 del 23 de febrero de 2023, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Se comunica el acuerdo adoptado en el artículo segundo de la sesión ordinaria n.º 08-2023, celebrada el 23 de febrero de 2023 por el Consejo de Directores, integrado por los señores Luis Guillermo Chinchilla Mora, Secretario General del Tribunal Supremo de Elecciones –quien preside–; Luis Antonio Bolaños Bolaños, Director General del Registro Civil; Sandra Mora Navarro, Directora Ejecutiva; Gerardo Felipe Abarca Guzmán Secretario General de la Dirección General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos en representación del señor Héctor Enrique Fernández Masis, Director General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos; Hugo Ernesto Picado León, Director General del Instituto de Formación y Estudios en Democracia y Xenia Guerrero Arias, Directora General de Estrategia Tecnológica, que dice:
«Del señor Vinicio Mora Mora, Subjefe del Departamento Legal, se conoce nuevamente oficio n.° DL-53-2023 del 8 de febrero de 2023, recibido el día siguiente en la Coordinación de este Consejo, mediante el cual, según lo ordenado en el acuerdo adoptado en el artículo segundo de la sesión ordinaria n.° 3-2023 celebrada el 18 de enero de 2023 por este Colegiado, rinde informe sobre la propuesta de reforma a las “Directrices para reforzar los criterios objetivos para realizar nombramientos en la institución”, y con fundamento en una serie de consideraciones literalmente concluye y recomienda:
"V. Conclusión y Recomendación.
Conforme lo expuesto, este Departamento concluye que resulta jurídicamente viable la reforma a los incisos a, b y c, de la [sic] “Directrices para reforzar los criterios objetivos para realizar nombramientos en la institución” propuesta por la Directora Ejecutiva. Sin embargo, este despacho recomienda trasladar la propuesta en estudio al Departamento de Recursos Humanos, a efecto de que esa dependencia, en el ejercicio de sus funciones, realice las consideraciones que estime convenientes para su implementación.".
Se dispone: 1.- Tener por rendido el informe presentado por el Departamento Legal. 2.- Aprobar conforme lo recomienda la Dirección Ejecutiva y elévese al Superior con la recomendación de aprobar. ACUERDO FIRME.»".
Se dispone: Aprobar conforme se recomienda. ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO QUINTO. ASUNTOS INTERNOS DIVERSOS.
A) Informe Técnico MRC-11 relativo al “Estudio administrativo integral del Departamento Electoral”. De la señora Sandra Mora Navarro, Directora Ejecutiva, se conoce oficio n.° DE-3881-2022 del 8 de diciembre de 2022, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Para los efectos administrativos correspondientes, y de conformidad con la programación de labores de esta Dirección Ejecutiva, remito adjunto Informe Técnico MRC-11 relativo al “Estudio administrativo integral del Departamento Electoral”, cuyas conclusiones y recomendaciones se consignan de seguido.
5. CONCLUSIONES
5.1. La labor que realiza el Departamento Electoral, se caracteriza por una amplia gama de interacciones a lo interno y externo de la organización y un volumen de trámites considerable. Su aporte es esencial para el adecuado desarrollo del proceso de identificación de las personas a nivel institucional, aportando a los objetivos misionales del Registro Civil y, por ende, a los del Tribunal Supremo de Elecciones.
5.2. Se confirma la necesidad de aplicar ajustes a la estructura organizativa del Departamento Electoral, con lo que se actualiza la nomenclatura de sus componentes internos. Asimismo, el aplicar ajustes ocupacionales a la población de puestos analizada, en función de las proyecciones de orden estructural y ocupacional cubiertas con los objetivos del presente estudio.
5.3. Para facilitar la puesta en funcionamiento de la nueva estructura orgánica y ocupacional recomendada para la dependencia, la Dirección Ejecutiva debió apartarse del criterio técnico del Departamento de Recursos Humanos, respecto de la clasificación sugerida para las plazas 101921, 93974, 45730, 45567, 45765, 45763, 45698, 101922 y 45733. Asimismo, se plantearon acciones suspensivas sobre las reclasificaciones definidas para las plazas 86323 y 45724.
5.4. Es preciso que para el buen desarrollo del diario quehacer y la promoción de la carrera administrativa, se consideren algunos puestos de la dependencia para recargo de funciones.
5.5. La población estudiada, señaló la existencia de factores físico ambientales que, según su percepción, afectaban negativamente su desempeño, siendo los más representativos, ergonomía, exposición al ruido y exposición a olores fuertes.
6. RECOMENDACIONES
6.1. Aprobar el organigrama suplementario y organigrama de puestos del Departamento Electoral que se detallan en figuras 11 y 13 del presente informe. Con lo que se estaría formalizando su estructura organizativa y ocupacional a partir del 16 de diciembre de 2022.
6.2. Reclasificar o transformar según corresponda, a partir del 16 de diciembre de 2022, los puestos que lucen en la siguiente tabla, para lo que se consideró el criterio técnico del Departamento de Recursos Humanos, así como consultas complementarias a la parte usuaria y técnica. Lo anterior, con la excepción que se consigna en el punto siguiente:
6.2.1. Lo dispuesto por el Superior en sesión ordinaria n.º 23-2019 del 21 de febrero de 2019, según oficio STSE-0375-2019 de esa misma fecha, en punto a la acción suspensiva que debe aplicarse para puestos a reclasificar en el estrato ocupacional calificado o técnico, cuyos ocupantes no cumplen con los requisitos correspondientes. En el presente informe aplica en la plaza 86323 la cual, conservará su categoría actual y en su conjunto el perfil del puesto, como Asistente Administrativo/a 1, Oficinista 1, y en la plaza 45724, la que conservará su categoría y perfil actual como Asistente Funcional 2, Asistente en Servicios Administrativos 2.
N° |
N°
Puesto |
Subprograma Condición Presupuestaria |
Situación
actual (clase/
nombre del puesto) |
Recomendación (clase /
nombre del puesto) |
1 |
101921 |
850-02 Cargos Fijos |
Profesional Asistente 1 Administrador/a Funcional de Sistemas de
Información |
Profesional en Gestión 2 Asesor/a en Tecnologías de Información 2 |
2 |
93974 |
850-02 Cargos Fijos |
Profesional Asistente 1 Profesional Asistente en Administración 1 |
Profesional Ejecutor 3 Profesional en Servicios Administrativos del
Departamento Electoral |
3 |
45730 |
850-02 Cargos Fijos |
Asistente Funcional 2 Asistente en Estudio de Expedientes |
Técnico/a Funcional 2 Técnico/a en Gestión |
4 |
45755 |
850-02 Cargos Fijos |
Asistente Funcional 3 Asistente en Servicios Administrativos 3 |
Profesional Asistente 1 Encargado/a de la Unidad de Procesos de Identificación |
5 |
45567 |
850-02 Cargos Fijos |
Asistente Funcional 2 Asistente en Estudio de Expedientes |
Técnico/a Funcional 2 Técnico/a del Departamento Electoral |
6 |
45765 |
850-02 Cargos Fijos |
Asistente Administrativo 2 |
Técnico/a Funcional 2 Técnico/a del Departamento Electoral |
7 |
45763 |
850-02 Cargos Fijos |
Asistente Administrativo/a 1 |
Técnico/a Funcional 2 Técnico/a del Departamento Electoral |
8 |
45698 |
850-02 Cargos Fijos |
Asistente Administrativo 2 |
Técnico/a Funcional 2 Técnico/a del Departamento Electoral |
9 |
101922 |
850-02 Cargos Fijos |
Asistente Administrativo/a 1 |
Técnico/a Funcional 2 Técnico/a del Departamento Electoral |
10 |
45733 |
850-02 Cargos Fijos |
Asistente Administrativo /a 1 Oficinista 1 |
Técnico/a Funcional 2 Técnico/a del Departamento Electoral |
11 |
86323 |
850-02 Cargos Fijos |
Asistente Administrativo /a 1 Oficinista 1 |
Técnico/a Funcional 2 Técnico/a del Departamento Electoral |
12 |
45724 |
850-02 Cargos Fijos |
Asistente Funcional 2 Asistente en Servicios Administrativos
2 |
Técnico/a Funcional 2 Técnico/a del Departamento Electoral |
6.3. Que la jefatura del Departamento Electoral, tome nota de los ajustes ocupacionales aquí planteados y proceda a comunicar tales resultados al personal a su cargo de forma individualizada, documentando lo correspondiente. Considerando, además que, según el análisis efectuado por Dirección Ejecutiva [sic] y criterio técnico del Departamento de Recursos Humanos, el puesto 45695 mantendrá su clasificación y nomenclatura.
6.4. Que el Departamento de Recursos Humanos, valore la procedencia de actualizar la descripción del puesto 95551, para lo que, tomará como referencia, los resultados del presente informe, así como, del informe aprobado por el Superior en sesión ordinaria n.° 55-2022, celebrada el 7 de junio de 2022 y comunicada mediante oficio STSE-1318-2022 de misma fecha.
N° |
N° Puesto |
Subprograma
Condición Presupuestaria |
Situación actual (clase/ nombre del puesto) |
Recomendación (clase / nombre del puesto) Resultados y acción a ejecutar |
1 |
95551 |
850-02 Cargos
Fijos |
Técnico/a
Funcional 2 Técnico/a en Gestión |
Mantener clasificación. |
6.5. Que una vez materializados los ajustes ocupacionales aquí planteados para las plazas n.° 101921, n.° 93974, y n.° 45755, en aras de promover la carrera administrativa, se consideren para recargo de funciones, conforme a lo establecido en el Instructivo para el Trámite de Recargo de Funciones (y sus reformas), aprobado en sesión ordinaria del Tribunal Supremo de Elecciones n.º 48-2005 del 17 de mayo de 2005 Comunicado [sic] por Circular n.º 3200-TSE-2005 de 19 de mayo de 2005.
6.6. Que el Departamento de Recursos Humanos atienda la solicitud de la jefatura del Departamento Electoral, relativa a la revisión y análisis ocupacional de los puestos de jefatura de sus secciones adscritas y determine si procede una eventual equiparación con los puestos del Departamento Civil. En paralelo, dicho estudio considerará la incorporación dentro del requisito académico de las carreras respectivas en caso de proceder. En un plazo no mayor a 10 días hábiles posteriores al rige recomendado en el presente informe, el Departamento Electoral presentará ante Recursos Humanos los cuestionarios para la Definición de puestos F03-v02-RH-P020, para cada una de las plazas que deben ser examinadas. Por su parte, el Departamento de Recursos Humanos contará con un plazo máximo de 3 meses para rendir el informe de rigor, el cual, según posición de esa instancia técnica en oficio RH-0666-2021, deberá ser abordado como un estudio de puestos conforme lo establecen los artículos n.º 54 y n.º 55 del Reglamento a la Ley de Salarios y Régimen de Méritos del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil.
6.7. Que el Departamento de Recursos Humanos y la Secretaría General del TSE, preparen el proyecto de resolución sobre las reclasificaciones o transformaciones de los puestos consignados en recomendación 6.2 a partir del 16 de diciembre de 2022 y se remita a la Dirección General de Presupuesto Nacional para que se les brinde contenido económico con base en la coletilla presupuestaria 180 de la subpartida 00101 “Sueldos para cargos fijos” con cargo al subprograma presupuestario 850-02 “Organización de Elecciones”.
6.8. Que la Dirección Ejecutiva remita al Departamento Electoral, el inventario de tareas de los puestos sobre los que se recomendaron ajustes ocupacionales, como referente para la asignación y supervisión de labores. Asimismo, al Departamento de Recursos Humanos, para que, con plazo a enero de 2023, confirme sus descripciones e informe a la Dirección Ejecutiva la propuesta correspondiente para actualizar el Manual Descriptivo de Clases de Puestos del TSE.
6.9. Que la Secretaría General del Tribunal Supremo de Elecciones, considere con especial atención los puestos aquí recomendados para reclasificación o transformación; esto ante eventuales casos de estudios de puestos que se encuentren en la órbita del Superior pendientes de resolver. De igual forma, deberán tomar nota en lo que les corresponde, la Dirección Ejecutiva y el Departamento de Recursos Humanos.".
De la señora Sandra Mora Navarro, Directora Ejecutiva, se conoce oficio n.° DE-0341-2023 del 8 de febrero de 2023, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual rinde informe de la consulta formulada por las jefaturas del Departamento Electoral, según expone.
Interviene la señora Magistrada Presidenta Zamora Chavarría: “Perdón la interrupción. Cuando venimos hablando de las recomendaciones, en el punto 6, en el 6.1 dice “Aprobar el organigrama suplementario y el organigrama de puestos del Departamento Electoral que se detallan en figuras 11 y 13”, no sé si estoy leyendo mal y si el cuadro que sigue es el correcto, porque ahí van los puestos del número 1 al número 12. No sé si es un error. Nada más para verificarlo posteriormente, no altera, figuras 11 y 13.”
Interviene el señor Secretario General Chinchilla Mora: “Las figuras se refiere propiamente a lo que son los cuadros del informe final”
Interviene la señora Magistrada Presidenta Zamora Chavarría: “Entonces talvez ponerle a los cuadros el número que llevan en el documento original, para aclarar que no es a los puestos.”
Se dispone: 1.- Tener por rendido el Informe Técnico MRC-11 relativo al “Estudio Administrativo Integral del Departamento Electoral”, así como lo indicado por la señora Directora Ejecutiva en el oficio n.° DE-0341-2023, cuyas conclusiones y recomendaciones se acogen 2.- Con fundamento en lo indicado por la misma Dirección Ejecutiva en el oficio n.° 3881-2022 en relación a la conveniencia y necesidad de suplir un recurso de apoyo legal al Departamento Electoral y en virtud de que la plaza 45733 objeto de ese estudio se encuentra vacante, este Tribunal se aparta del criterio de la Dirección Ejecutiva y en su lugar, dispone reclasificarla a profesional en Gestión 2. 3.- Rige a partir de la firmeza del acuerdo. ACUERDO FIRME.
Interviene la señora Magistrada Bou Valverde: “Yo creo que, en tanto el Tribunal se está apartando del criterio, es importante hacer la lectura integral, sin embargo, con el respeto debido al criterio de Auditoría, creo que en otros casos se pierde el sentido de lo que estamos viendo si se lee todo el texto. Yo creo que en esos casos, lo que a mi criterio correspondería, es incluir un resumen de esto, ya todos nosotros lo vimos, ya lo conocemos, y creo que dentro de la transcripción y los antecedentes queda toda la documentación. A pesar de que son numeración interna yo estoy más de acuerdo, creo que es más conveniente, utilizar el sistema anterior, donde nosotros indicábamos se recomienda o se procede a incorporar los documentos tal, tal y tal y no citar al que se refiere, porque luego lo retomamos y si se citan, para una persona que no conoce y va a tratar de localizar los documentos dentro del acta, ese es un aspecto importante, igual si la persona pide, yo quiero saber esto, no es lo mismo decir que se refiere a tal y tal cosa, que decir el número de documento tal. Entonces nada más para que la Secretaría lo pueda valorar, podemos conversarlo luego más ampliamente, pero si creo que esta fue una primera experiencia en relación con esta recomendación. Pero podríamos verlo.”
Interviene la señora Magistrada Presidenta Zamora Chavarría: “Estando de acuerdo con doña Zetty, sin embargo recuerdo que el informe que nos manda la Auditoría, se lo hemos remitido a la Secretaría para que lo analice y nos haga una propuesta a partir de las recomendaciones de la Auditoría. Creo que ese es el momento en que debemos conversarlo antes de tomar el acuerdo de la propuesta que nos haga la Secretaría. Pero si estoy de acuerdo con doña Zetty, que me parece que es un poquito más confuso y la forma que traía el Tribunal es un poquito más ordenada. Veámoslo en el momento en que usted nos haga la propuesta.”
Interviene el señor Secretario General Chinchilla Mora: “De hecho parte del informe de la Auditoría refiere a que lo se grabe en sesión, debe ser lo mismo que debe estar en el acta. Pero esas son las observaciones y consideraciones a ese informe de Auditoría, que vamos a plantearles a ustedes. De manera que no haya un doble trabajo. Comparto la idea con ustedes, de que en las sesiones ya han sido puestos en conocimiento todos los documentos y que deberíamos hacer una grabación más ejecutiva sobre los aspectos, creo que deberíamos ser más claros si se debe indicar el número de documento de agenda o no, en ser más claros en los números de oficio, la fecha del oficio, quién lo manda y un resumen muy ejecutivo de qué versa el asunto a conocer, para que se disponga lo que ustedes tengan a bien. Ya lo que se transcribe es lo que comúnmente hemos hecho en todo, todo el texto de lo que nos han solicitado y lo que se ha dispuesto.”
Interviene la señora Magistrada Bou Valverde: “También todo lo que son los informes que vienen de otras dependencias, la parte de conclusiones y recomendaciones, me parece importante porque nos sirve a nosotros para tomar el acuerdo. Hay una serie de aspectos que quedan como documentos importantes que ya nosotros hemos visto, junto con los acuerdos propuestos. Nada más para que lo tomen en cuenta, yo si se que están en ese proceso y eventualmente podamos hablar con Auditoría para efectos de ver los ajustes que ellos consideren posibles, dentro de las recomendaciones que ellos hacen, tomando en cuenta la forma en que nosotros debemos proceder”.
B) Reprogramación de la atención de las recomendaciones del informe SRICI-010-2022. Del señor José Andrés Blanco Chaves, Subauditor Interno, se conoce oficio n.° AI-050-2023 del 17 de febrero de 2023, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"De conformidad con lo dispuesto1 en la sesión ordinaria del Consejo de Directores n.°66-2022 del 13 de diciembre de 2022, relativo a la aprobación de la reprogramación2 de las fechas del cronograma (y actividades cuando corresponda), para la atención de las recomendaciones del informe n.° SRICI-010-20223, me permito indicar que, esta Auditoría toma nota de la prórroga4 concedida, de conformidad con lo que se indica en el cuadro anexo a este documento, siendo que esta modificación, se considerará en las labores que conduzca la actividad de este Despacho según sus competencias dadas en la Ley General de Control Interno.
Adicionalmente, no omito señalar que es responsabilidad del jerarca y titulares subordinados, mantener y perfeccionamiento [sic] el sistema de control interno Institucional5, así como implantar de las recomendaciones formuladas por esta Dependencia en observancia a lo dispuesto en los artículos 12 de la citada Ley y 12 del Reglamento para el seguimiento de las recomendaciones y acciones de mejora emitidas en los informes de la Auditoría Interna del Tribunal6.
Cabe indicar que las recomendaciones /acciones de mejora emitidas en los servicios emitidos [sic] por esta Instancia de Fiscalización, se orientan a la gestión de los riesgos identificados durante el proceso de evaluación, por lo que, de conformidad con las regulaciones vigentes en materia de control interno, la Administración deberá permanecer vigilante frente a la eventual materialización de estos, en virtud del principio de la responsabilidad que atribuye la citada Ley.
1Acuerdo comunicado en oficio CDIR-0407-2022 del 13 de diciembre de 2022.
2 Solicitado por Sandra Mora Navarro, Directora Ejecutiva en oficio n.° DE-3865-2022 del 06 de diciembre de 2022.
3Informe de seguimiento n.° SRICI- 010-2022, relativo a las recomendaciones contenidas en el Informe de Control Interno n.° ICI-06-2020, acerca del cumplimiento de las Normas Internacionales de Contabilidad del Sector Público, en el Tribunal Supremo de Elecciones.
4Artículo 14 del Reglamento para el seguimiento de las recomendaciones y acciones de mejora emitidas en los informes de la Auditoría Interna del Tribunal Supremo de Elecciones.
5Artículo 10 la Ley General de Control Interno
6Decreto n.° 9-2022. Aprobado en sesión ordinaria del TSE n.° 86-2022 de 8 de setiembre de 2022. Publicado en La Gaceta n.° 188 de 4 de octubre de 2022.".
Se dispone: Hacer del conocimiento del Consejo de Directores. ACUERDO FIRME.
C) Proyecto reforma al Reglamento Autónomo de Servicios del Tribunal Supremo de Elecciones y Registro Civil. Del señor Vinicio Mora Mora, Subjefe del Departamento Legal, se conoce oficio n.° DL-73-2023 del 20 de febrero de 2023, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"En atención a lo dispuesto por el Tribunal Supremo de Elecciones en el acuerdo adoptado en el artículo tercero de la sesión ordinaria n.º 82-2022, celebrada el 25 de agosto de 2022, comunicado en oficio n.° STSE-1862-2022 de esa misma fecha, mediante el cual comisionó a este Departamento proponer un texto de reforma normativa que contemple los aspectos puntualizados en el oficio n.° DL-0140-2019, adjunto remito proyecto de decreto relativo a la modificación al Reglamento Autónomo de Servicios del Tribunal Supremo de Elecciones y Registro Civil.
Sin perjuicio de lo anterior, consideramos oportuno que esta gestión sea puesta de previo en conocimiento del Departamento de Recursos Humanos, el Archivo Central y el Comité Institucional de Selección y Eliminación de Documentos toda vez que esas dependencias intervienen activamente en el manejo y custodia de los documentos y expedientes personales o prontuarios de los funcionarios institucionales y, por ende, las habilitadas para efectuar las consideraciones que estimen pertinentes en punto a la implementación de la presente reforma.".
Se dispone: Para su estudio e informe conjunto, el cual habrá de rendirse en el plazo de diez días hábiles, pase al Departamento de Recursos Humanos, al Archivo Central y al Comité Institucional de Selección y Eliminación de Documentos. ACUERDO FIRME.
Interviene la señora Magistrada Bou Valverde: “Perdón, en casos como éste, en los que lo que se remite es un documento, el cual nosotros vamos a pasar a estudio de otras instancias y luego cuando venga lo vamos a conocer, creo que en estos casos se podría indicar que se recibe documento tal y tal y para su estudio, porque en todo caso es eso lo que nosotros vamos luego a conocer. Ahora no es mas que un traslado a otro departamento.”
Interviene el señor Secretario General Chinchilla Mora: “Yo lo que pensaba es que en estos casos, es el propio Departamento Legal quien debe, antes de presentar el proyecto de reforma, hacer las coordinaciones con todos estos departamentos, para ahora sí, con un producto final, pasarlo a conocimiento del Tribunal”.
D) Advertencia sobre la grabación en audio y video de las sesiones de los órganos colegiados. Del señor Franklin Mora González, Auditor Interno, se conoce oficio n.° AI-051-2023 del 21 de febrero de 2023, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente formula advertencia sobre la grabación en audio y video de las sesiones de los órganos colegiados.
Se dispone: Para su estudio e informe, el cual habrá de rendirse en el plazo de tres días hábiles, pase a la Secretaría General de este Tribunal y al Consejo de Directores. ACUERDO FIRME.
E) Reprogramación de la atención de la recomendación 4.1 del informe IES-002- 2019. Del señor Franklin Mora González, Auditor Interno, se conoce oficio n.° AI-056-2023 del 23 de febrero de 2023, recibido el día siguiente en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"De conformidad con lo dispuesto1 en la sesión ordinaria del Tribunal n.° 13-2023 del 14 de febrero de 2023, relativa a la aprobación de la reprogramación2 de la fecha del cronograma (y actividades cuando corresponda), para la atención de la recomendación 4.1 del informe n.° IES-002-20193, me permito indicar que, esta Auditoría toma nota de la prórroga4 concedida de conformidad con lo que se indica en el cuadro anexo a este documento, siendo que esta modificación, se considerará en las labores que conduzca la actividad de este Despacho según sus competencias dadas en la Ley General de Control Interno.
Adicionalmente, no omito señalar que es responsabilidad del jerarca y titulares subordinados, mantener y perfeccionar el sistema de control interno Institucional5, así como implantar de las recomendaciones formuladas por esta Dependencia en observancia a lo dispuesto en los artículos 12 de la citada Ley y 12 del Reglamento para el seguimiento de las recomendaciones y acciones de mejora emitidas en los informes de la Auditoría Interna del Tribunal6.
Cabe indicar que las recomendaciones emitidas en los servicios emitidos por esta Instancia de Fiscalización se orientan a la gestión de los riesgos identificados durante el proceso de evaluación, por lo que, de conformidad con las regulaciones vigentes en materia de control interno, la Administración deberá permanecer vigilante frente a la eventual materialización de estos, en virtud del principio de la responsabilidad que atribuye la citada Ley.
1 Acuerdo comunicado en oficio STSE-0338-2023 del 14 de febrero de 2023.
2 Solicitado por el Consejo de Directores en oficio n.° CDIR-0048-2023 del 8 de febrero de 2023.
3 Informe de estudio especial relativo a una denuncia sobre presuntas irregularidades en el nombramiento de un funcionario del Tribunal Supremo de Elecciones.
4 Artículo 14 del Reglamento para el seguimiento de las recomendaciones y acciones de mejora emitidas en los informes de la Auditoría Interna del Tribunal Supremo de Elecciones.
5 Artículo 10 la Ley General de Control Interno
6 Decreto n.° 9-2022. Aprobado en sesión ordinaria del TSE n.° 86-2022 de 8 de setiembre de 2022. Publicado en La Gaceta n.° 188 de 4 de octubre de 2022".
Se dispone: Hágase del conocimiento de la Dirección Ejecutiva y del Consejo de Directores. ACUERDO FIRME.
F) Informe de advertencia. Del señor Franklin Mora González, Auditor Interno, se conoce oficio n.° AI-058-2023 del 27 de febrero de 2023, recibido el día siguiente en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual realiza advertencia.
Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Pase a estudio individual de las señoras Magistradas de este Tribunal. ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO SEXTO. ASUNTOS DE ORGANIZACIONES GREMIALES DEL TRIBUNAL.
A) Solicitud de permisos para asistencia de funcionarios de oficinas regionales, de miembros de la Junta Directiva y del Tribunal Electoral a Asamblea General. De la señora Jeimy González Ardón, Gerente de la Asociación Solidarista del Tribunal Supremo de Elecciones (ASOTSE), se conocen oficios n.° ASOTSE #005-2023, ASOTSE #006-2023 y ASOTSE #007-2023, todos del 23 de febrero de 2023, recibidos el día siguiente en la Secretaría General de este Tribunal y mediante los cuales, en razón de la celebración de la asamblea general de esa Asociación el viernes 10 de marzo de 2023, solicita autorización para que un representante de cada una de las oficinas regionales fuera del Gran Área Metropolitana, pueda salir anticipadamente de su lugar de trabajo (con goce de salario), a fin de poder asistir a la actividad citada; autorización para que se les otorgue permiso con goce de salario a los miembros de Junta Directiva para que se ausenten de sus puestos de trabajo ese día con la finalidad de que puedan colaborar con la logística previa a la realización de la Asamblea; y autorización para que ese mismo día se les otorgue permiso con goce de salario, a partir del mediodía, a los miembros del Tribunal Electoral de la Asociación, con la finalidad de coordinar y preparar lo concerniente a las votaciones que se realizarán durante la Asamblea.
Se dispone: Autorizar conforme se propone en cada caso. ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO SÉTIMO. ASUNTOS EXTERNOS.
A) Elaboración de adendum al convenio para la Utilización de la Plataforma de Servicios Institucional (PSI), con el fin de incluir a los profesionales del Departamento de Trabajo Social y Psicología. Del señor Carlos T. Mora Rodríguez, Subsecretario General Interino de la Corte Suprema de Justicia, se conoce oficio n.° 1460-2023 del 16 de febrero de 2023, recibido en la Secretaría General de este Tribunal el 20 de febrero de 2023, mediante el cual transcribe el acuerdo tomado por el Consejo Superior del Poder Judicial en sesión n.° 08-2023 celebrada el 31 de enero de 2023, relativo a la gestión de la Comisión Permanente para el Seguimiento de la Atención y Prevención de la Violencia Intrafamiliar del Poder Judicial, para que se proceda a formalizar un adendum al convenio para la Utilización de la Plataforma de Servicios Institucional (PSI) para el sector Público entre el Tribunal Supremo de Elecciones y el Poder Judicial, con el fin de incluir a los profesionales del Departamento de Trabajo Social y Psicología y para lo cual, esa Corte Plena, dispuso hacerlo de conocimiento del Tribunal Supremo de Elecciones, para lo que bien estime manifestar.
Se dispone: Para su oportuna atención, pase al Departamento Legal. ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO OCTAVO. ASUNTOS ELECTORALES.
A) Informe de la sumaria del Padrón Nacional Electoral y de nuevas personas electoras enero 2023. Del señor Luis Antonio Bolaños Bolaños, Director General del Registro Civil, se conoce oficio n.° DGRC-0107-2023 del 20 de febrero de 2023, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual remite informe de la sumaria del Padrón Nacional Electoral y de nuevas personas electoras correspondiente al mes de enero de 2023.
Se dispone: Tener por rendido el informe; continúese informando sobre el particular. ACUERDO FIRME.
B) Resolución que declara sin lugar recurso de amparo interpuesto por la señora Harlen Natasha Cambronero Jiménez contra este Tribunal. De la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, se conoce resolución n.° 2023003670 de las nueve horas y veinte minutos del diecisiete de febrero de dos mil veintitrés, recibida en la Secretaría General de este Tribunal el 20 de febrero de 2023, mediante la cual declara sin lugar recurso de amparo interpuesto por la señora Harlen Natasha Cambronero Jiménez contra este Tribunal.
Se dispone: Tomar nota. Hágase del conocimiento de la Dirección General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos, del Departamento Legal y de la Unidad de Letrados de este Tribunal. ACUERDO FIRME.
C) Resolución que declara sin lugar acción de inconstitucionalidad contra reglamento institucional. De la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia se conoce resolución 2022-024724 de las doce horas y cuarenta minutos del diecinueve de octubre de dos mil veintidós, recibida en la Secretaría General de este Tribunal el 24 de febrero de 2023, mediante la cual se declara sin lugar recurso de amparo promovido por Amber Vonceil Stroud Loaiza, contra este Tribunal.
Se dispone: Tomar nota. Hágase del conocimiento de la Dirección General del Registro Civil y del Departamento Legal. ACUERDO FIRME.
D) Consulta legislativa del proyecto de "Ley de protección de datos personales", expediente n.° 23.097. De la señora Nancy Vílchez Obando, Jefa de Área de Comisiones Legislativas V de la Asamblea Legislativa, se conoce nuevamente oficio n.° AL-CPECTE-C-0535-2023 del 16 de febrero de 2023, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Para lo que corresponda y con instrucciones del señor diputado José Joaquín Hernández Rojas, Presidente de la Comisión Permanente Especial de Ciencia, Tecnología y Educación, le comunico que este órgano legislativo en sesión N° 20, celebrada el 09 de febrero, acordó consultar el criterio a ese colegio sobre el texto dictaminado del expediente N°23097, LEY DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES, el cual se adjunta.
Se le agradece evacuar la consulta en el plazo de ocho días hábiles, la cual vence el 27 de febrero de los corrientes y, de ser posible enviar el criterio de forma digital.".
Se dispone: Contestar la consulta formulada, en los siguientes términos:
I. Consideraciones preliminares.
El ordinal 97 de la Carta Fundamental dispone, en forma preceptiva, que tratándose de la “discusión y aprobación de proyectos de ley relativos a la materia electoral” la Asamblea Legislativa deberá consultar al Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) su criterio en torno a la iniciativa formulada y que, para apartarse de esa opinión, “se necesitará el voto de las dos terceras partes del total de sus miembros”. Sin embargo, en los seis meses previos y cuatro posteriores a una elección popular, solo se podrán convertir en ley aquellos proyectos en los que este Tribunal estuviere de acuerdo.
Como parte del desarrollo normativo de la disposición constitucional de cita, el inciso n) del artículo 12 del Código Electoral establece, como función propia de esta Autoridad Electoral, evacuar las consultas que la Asamblea Legislativa realice al amparo de esa norma de orden constitucional.
A partir de la integración del ordenamiento jurídico conforme al Derecho de la Constitución y, concretamente, en punto a la interpretación de lo que debe considerarse “materia electoral”, este Órgano Constitucional ha entendido que los “actos relativos al sufragio” no solo comprenden los propios de la emisión del voto, sino todos aquellos descritos en la propia Constitución o en las leyes electorales y que, directa o indirectamente se relacionen con los procesos electorales, electivos o consultivos, cuya organización, dirección y vigilancia ha sido confiada a este Pleno, a partir de la armonización de los artículos 9, 99 y 102 de la Norma Suprema.
II. Objeto del proyecto.
Puntualmente, el referido proyecto propone derogar la actual Ley n.° 8968, Ley de Protección de la Persona Frente al Tratamiento de sus Datos Personales, del 7 de julio de 2011, y en su lugar promulgar una nueva que se denominaría “Ley de Protección de Datos Personales”, con el objeto de establecer -según su artículo 1°- un conjunto de principios y derechos de protección de datos personales, con la finalidad de garantizar un debido tratamiento de los datos personales de los habitantes, independientemente de su nacionalidad; elevar el nivel de protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de sus datos personales en tiempos modernos frente al auge de las tecnologías de la información; garantizar el efectivo ejercicio y tutela del derecho a la protección de datos; facilitar el flujo internacional de datos personales con fines de crecimiento social y económico del país; y finalmente, impulsar el desarrollo de mecanismos para la cooperación internacional con otras autoridades de control de los Estados Iberoamericanos o fuera de la región.
III. Sobre el proyecto.
Sobre este mismo proyecto, cuyo texto original fue consultado a este Colegiado, mediante oficio n.° AL-CPECTE-C-0452-2022 del 17 de noviembre de 2022, suscrito por la señora Nancy Patricia Vílchez Obando, Jefa de Área de Comisiones Legislativas V del Departamento de Comisiones Legislativas de la Asamblea Legislativa, el cual fue analizado y conocido por este Tribunal en el artículo quinto, inciso b) de la sesión ordinaria número 112-2022, celebrada el 29 de noviembre de 2022, en lo que interesa se indicó:
“Sobre el particular, resulta necesario indicar que a esta iniciativa le precede el proyecto legislativo número 22.388, llamado “Reforma Integral a la Ley de Protección de la Persona Frente al Tratamiento de sus Datos Personales”, el cual, fue consultado ante este Tribunal, en dos ocasiones, la primera mediante oficio n.° AL-CPOECO-1122-2021 del 13 de julio de 2021, cuyo texto fue analizado y conocido por este Tribunal en el artículo noveno, inciso a) de la sesión ordinaria número 62-2021, celebrada el 22 de julio de 21; y la segunda mediante oficio AL-CPOECO-1680-2021 del 28 de octubre de 2021, cuyo contenido de dicha propuesta legislativa también fue analizado y conocido en el artículo sexto, inciso a) de la sesión ordinaria número 96-2021, celebrada el 9 de noviembre de 2021, siendo que en ambas ocasiones este Colegiado en lo que interesa indicó:
“Del examen de la propuesta consultada no se advierte que esta contenga disposición alguna relacionada con la materia electoral, que haga referencia o pretenda regular en ningún modo actos relativos al sufragio o disposiciones que directa o indirectamente modifiquen, menoscaben o incidan en las competencias constitucionalmente asignadas a este Tribunal y sobre la cual deba emitir su criterio, en los términos establecidos en los artículos 97 constitucional y 12 del Código Electoral.
No obstante, lo anterior, para este Tribunal, como órgano integrante de la Administración, entendiendo que el objeto de la propuesta legislativa es la protección de las personas frente al tratamiento de sus datos personales, no existe objeción u observación alguna que hacer al texto consultado.
IV. Conclusión.
Con base en lo expuesto, este Tribunal no objeta la iniciativa legislativa consultada. ACUERDO FIRME.”.
Al advertir que el proyecto consultado en su esencia persigue los mismos fines que las propuestas anteriores, cuyo articulado resulta ajeno al Derecho Electoral y al giro de estos organismos electorales, se reitera el criterio expuesto en el acuerdo antes transcrito.
IV. Conclusión.
Sobre el texto consultado, este Tribunal reitera el criterio vertido en el artículo sexto, inciso a) de la sesión ordinaria número 96-2021, celebrada el 9 de noviembre de 2021, en el sentido de que no se objeta la iniciativa legislativa en los términos de los artículos 97 constitucional y 12 del Código Electoral. ACUERDO FIRME”.
Al advertir que se trata del mismo expediente legislativo y que las modificaciones que constan en el texto dictaminado que ahora se consulta no ocasionan una variación de fondo respecto al originalmente consultado, este Colegiado reitera el criterio expuesto en el acuerdo antes transcrito.
IV. Conclusión.
Sobre el texto consultado, este Tribunal reitera el criterio vertido en el artículo quinto, inciso b) de la sesión ordinaria número 112-2022, celebrada el 29 de noviembre de 2022. ACUERDO FIRME.
A las doce horas y trece minutos terminó la sesión.
Eugenia
María Zamora Chavarría |
|
Zetty
María Bou Valverde |
Luz
de los Ángeles Retana Chinchilla |