ACTA N.º
44-2023
Sesión ordinaria celebrada por el Tribunal Supremo de Elecciones a las diez horas y quince minutos del dieciocho de mayo de dos mil veintitrés, con asistencia del señor Magistrado Max Alberto Esquivel Faerron –quien preside–, y las señoras Magistradas Zetty María Bou Valverde y Mary Anne Mannix Arnold. Asiste también el señor Luis Guillermo Chinchilla Mora, Secretario General del Tribunal Supremo de Elecciones.
ARTÍCULO PRIMERO. APROBACIÓN DEL ORDEN DEL DÍA Y DE ACTAS ANTERIORES.
A) Se tiene por leído y aprobado el orden del día de la presente sesión ordinaria.
B) Se incorpora al orden del día el siguiente asunto:
• Solicitud del Sindicato de Empleados del TSE para dejar sin efecto la autorización de un permiso sindical autorizado anteriormente.
C) Se tiene por leída y aprobada la minuta de la sesión ordinaria n.° 43-2023, excepto por la señora Magistrada Mannix Arnold, quien no participó de dicha sesión.
ARTÍCULO SEGUNDO. ASUNTOS DE ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL.
A) Solicitud de encargo de funciones de la jefatura de la Sección de Archivo del Registro Civil. Del señor Luis Antonio Bolaños Bolaños, Director General del Registro Civil, se conoce oficio n.° DGRC-0346-2023 del 15 de mayo de 2023, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"En virtud de lo expuesto en el oficio RH-1718-2023 y de conformidad con lo establecido en nuestra ley de salarios, el Instructivo para el trámite de recargos de funciones y la circular número STSE-0030-2016 del 19 de julio del 2016, respetuosamente, someto a consideración de las señoras Magistradas y señores Magistrados del Tribunal Supremo de Elecciones, la solicitud de encargo de funciones que se detalla a continuación:
UNIDAD
ADMINISTRATIVA
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PUESTO
|
TITULAR
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SUSTITUYE
|
PERIODO Y MOTIVO
|
Sección de Archivo del Registro Civil |
Jefatura |
Laura
Quesada Ramírez |
Kattia Zamora Guzmán |
1° al 9 de junio de 2023 / Disfrute de vacaciones. |
Quedo atento a lo que bien estime disponer el Superior.".
Se dispone: Aprobar el encargo de funciones conforme se solicita. ACUERDO FIRME.
B) Solicitud de licencia sin goce de salario de la funcionaria Kattia Rojas Madrigal de la Sección de Actos Jurídicos. De la señora Hirlanny Ortiz Campos, Jefa del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° RH-1731-2023 del 15 de mayo de 2023, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Para lo que a bien tenga disponer el Tribunal Supremo de Elecciones, se remite a consideración nota recibida en este despacho el 11 de mayo de 2023, suscrita por la señora Kattia Rojas Madrigal, destacada en la Sección de Actos Jurídicos, mediante la cual solicita que se le conceda una licencia sin goce de salario por espacio de seis meses, contados a partir del 1° de junio de 2023, por los motivos que se sirve exponer.
Es deber indicar que la señora Rojas Madrigal labora para la institución desde el 3 de julio de 2006, actualmente se desempeña en propiedad en el puesto número 45597, como Asistente en Resoluciones Registrales Civiles 1, correspondiente a la clase Asistente Funcional 2, durante su trayectoria laboral ha disfrutado de una licencia como la que ahora pretende, aprobada en sesión ordinaria n° 011-2011 de fecha 1° de febrero de 2011 y comunicada en oficio STSE-0236-2011 de igual data. Sin embargo, durante su disfrute solicitó se le suspendiera, lo cual le fue aprobado en sesión ordinaria n° 034-2011 de fecha 7 de abril de 2011 y comunicada en oficio STSE-0946-2011 de igual data, alcanzando un total de 2 meses y 11 días en esa ocasión.
Esta solicitud podría encontrar su asidero, de forma supletoria, en lo dispuesto en el artículo 33 del Reglamento del Estatuto de Servicio Civil, inciso C, punto 1, el cual dicta, para este tipo de licencia, lo siguiente: “1) Seis meses para asuntos personales del servidor. Esta licencia podrá ser prorrogada hasta por seis meses más en casos muy especiales a juicio del Ministro o máximo jerarca de la Institución.” Por otro lado, en el punto 6 de este mismo inciso también se indica que: “No podrán concederse licencias continúas argumentando motivos iguales o diferentes, hasta después de haber transcurrido por lo menos seis meses del reintegro del servidor al trabajo, excepto casos muy calificados a juicio del Ministro o máximo jerarca de la institución sin que se perjudiquen los fines de la administración. (lo subrayado no corresponde al original)”; en el caso del señora Rojas Madrigal, se puede observar que ya ha transcurrido más de un año desde su última licencia y la que solicita en esta oportunidad, por lo que este departamento no encuentra problema en su petición (lo subrayado no corresponde al original).[sic]
De aprobarsele [sic] conforme es usual, tratándose de licencias sin goce de salario, la señora Rojas Madrigal, debería previamente disfrutar de las vacaciones ordinarias y proporcionales a las que tiene derecho, de conformidad con el siguiente detalle:
Días |
Periodo |
Tipo |
0 |
2021-2022 |
Ordinaria |
7 |
2022-2023 |
Proporcionales |
Expuesto lo anterior, bien puede aprobarse el disfrute de dichas vacaciones (7 días) del 23 de mayo al 31 de mayo de 2023, siendo que el permiso sin goce salarial según lo indica la gestionante, sería efectivo a partir del 1° de junio de 2023, salvo Superior criterio.
Finalmente puede apreciarse que la gestión cuenta con el visto bueno del señor Francisco Meléndez Delgado, Jefe a.i. de la Sección de Actos Jurídicos y del señor Luis Antonio Bolaños Bolaños, Director General del Registro Civil.".
Interviene la señora Magistrada Mannix Arnold: “¿Se conoce también lo de las vacaciones?”.
Interviene el señor Secretario General Chinchilla Mora: “Si correcto. Una vez que ellos remiten el informe, ya viene con las vacaciones que tiene que adelantar.”.
Se dispone: Conceder la licencia sin goce de salario, conforme lo propone el Departamento de Recursos Humanos. ACUERDO FIRME.
C) Comunicación de la renuncia por pensión del funcionario Juan Diego Charpentier Jiménez del Departamento de Coordinación de Servicios Regionales. De la señora Hirlanny Ortiz Campos, Jefa del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° RH-1722-2023 del 12 de mayo de 2023, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Se remite para su consideración misiva sin número recibida en este departamento el día 10 de mayo de 2023, suscrita por el funcionario Juan Diego Charpentier Jiménez, cédula de identidad 105760790, quien desempeña un puesto de Técnico Coordinador en Cedulación Ambulante, perteneciente a la clase Técnico Funcional 1, destacado en el Departamento de Coordinación de Servicios Regionales, mediante la cual presenta la renuncia a su cargo para acogerse al beneficio de pensión estipulado por el Régimen de Invalidez, Vejez y Muerte de la Caja Costarricense de Seguro Social, en virtud de que ese ente de seguridad social le ha informado que cumple los requisitos para ello, a partir del 27 de junio de 2023.
Dicho funcionario labora para este organismo electoral desde el 16 de noviembre de 1998 y desea que su cese de funciones sea efectivo a partir del 1° de julio de 2023, motivado en la “Comunicación de Cumplimiento de Requisitos para optar a una Pensión por vejez en el seguro de IVM”, emitida por la Gerencia de Pensiones de la Caja Costarricense de Seguro Social el día 12 de abril de 2023. En virtud de lo anterior, el gestionante solicita el pago de las prestaciones legales - de acuerdo con la legislación laboral vigente-. Para notificaciones indica el siguiente correo electrónico […]
Así las cosas, salvo superior criterio, bien puede aprobarse la renuncia del señor Charpentier Jiménez, a partir de la fecha solicitada.".
Se dispone: Tener por presentada la renuncia del señor Charpentier Jiménez, a quien se le agradecen los servicios prestados a estos organismos electorales, deseándole el mayor de los éxitos en su nueva etapa de vida. Procedan oportunamente con lo de sus cargos la Contaduría, el Departamento Legal y el propio Departamento de Recursos Humanos. ACUERDO FIRME.
D) Comunicación de renuncia por pensión del funcionario Eduardo Rodriguez Coronado de la Oficina Regional de Cañas. De la señora Hirlanny Ortiz Campos, Jefa del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° RH-1726-2023 del 15 de mayo de 2023, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Se remite para su consideración Memorando ORCÑ-0036-2023, recibido en este departamento el día 5 de mayo del presente año, en el cual se adjunta nota sin número suscrita por el funcionario Eduardo Rodríguez Coronado, cédula de identidad 601550661, quien desempeña un puesto de Asistente en Servicios Regionales, perteneciente a la clase Asistente Funcional 3, destacado en la Oficina Regional de Cañas, mediante la cual presenta la renuncia a su cargo para acogerse al beneficio de pensión estipulado por el Régimen de Invalidez, Vejez y Muerte de la Caja Costarricense de Seguro Social, siendo que ese ente de seguridad social le ha informado que cumple los requisitos para ello.
Dicho funcionario labora para este organismo electoral desde el 1° de marzo de 1997 y desea que su cese de funciones sea efectivo a partir del 16 de junio de 2023, motivado en la “Comunicación de Cumplimiento de Requisitos para optar a una Pensión por vejez en el seguro de IVM”, emitida por la Gerencia de Pensiones de la Caja Costarricense de Seguro Social el día 28 de abril de 2023. En virtud de lo anterior, el gestionante solicita el pago de las prestaciones legales, de acuerdo con la legislación laboral vigente. Para notificaciones indica el siguiente correo electrónico […]
Así las cosas, salvo superior criterio, bien puede aprobarse la renuncia del señor Rodríguez Coronado, a partir de la fecha solicitada.".
Se dispone: Tener por presentada la renuncia del señor Rodríguez Coronado, a quien se le agradecen los servicios prestados a estos organismos electorales, deseándole el mayor de los éxitos en su nueva etapa de vida. Procedan oportunamente con lo de sus cargos la Contaduría, el Departamento Legal y el propio Departamento de Recursos Humanos. ACUERDO FIRME.
E) Comunicación de la renuncia por pensión de la funcionaria Ana Grace Loaiza Guerrero de la Dirección General del Registro Electoral. De la señora Hirlanny Ortiz Campos, Jefa del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° RH-1728-2023 del 15 de mayo de 2023, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Se remite para su consideración misiva sin número recibida en este departamento el día 5 de mayo del corriente, suscrita por la funcionaria Ana Grace Loaiza Guerrero, cédula de identidad 302610877, quien desempeña un puesto de Profesional en Administración Electoral 1, perteneciente a la clase Profesional Ejecutor 3, destacado en la Dirección General del Registro Electoral, mediante la cual presenta la renuncia a su cargo para acogerse al beneficio de pensión estipulado por el Régimen de Invalidez, Vejez y Muerte de la Caja Costarricense de Seguro Social, siendo que ese ente de seguridad social le ha informado que cumple los requisitos para ello, a partir del 16 de mayo de 2023.
Dicha funcionaria labora para este organismo electoral desde el 1° de febrero de 2009 y desea que su cese de funciones sea efectivo a partir del 1° de junio de 2023, motivado en la “Comunicación de Cumplimiento de Requisitos para optar a una Pensión por vejez en el seguro de IVM”, emitida por la Gerencia de Pensiones de la Caja Costarricense de Seguro Social el día 4 de mayo de 2023. En virtud de lo anterior, la gestionante solicita el pago de las prestaciones legales - de acuerdo con la legislación laboral vigente-. Para notificaciones indica el siguiente correo electrónico […]
Así las cosas, salvo superior criterio, bien puede aprobarse la renuncia de la señora Loaiza Guerrero, a partir de la fecha solicitada.".
Se dispone: Tener por presentada la renuncia de la señora Loaiza Guerrero, a quien se le agradecen los servicios prestados a estos organismos electorales, deseándole el mayor de los éxitos en su nueva etapa de vida. Procedan oportunamente con lo de sus cargos la Contaduría, el Departamento Legal y el propio Departamento de Recursos Humanos. ACUERDO FIRME.
F) Solicitud de encargo de funciones en distintas unidades administrativas. Del señor Luis Guillermo Chinchilla Mora, Secretario General de este Tribunal, se conoce oficio n.° STSE-1148-2023 del 16 de mayo de 2023, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Con instrucciones superiores, en atención a lo solicitado por las respectivas jefaturas y previo análisis de los requisitos y condiciones, me permito proponer los siguientes encargos de funciones:
1. De la señora Adriana Mena Aguilar, Jefa del Archivo del TSE, en la señora Katia Zamora Guzmán, Jefa del Archivo Central, del 12 al 15 de junio de 2023.
2. Del señor Hugo Picado León, Director General del Instituto de Formación y Estudios en Democracia, en el señor Rodrigo Abdel Brenes Prendas, Secretario General de ese Instituto, del 22 al 24 de mayo de 2023.".
Se dispone: Aprobar los encargos de funciones conforme se solicita. ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO TERCERO. ASUNTOS EXTERNOS.
A) Resolución de la Sala Constitucional que declara sin lugar recurso de amparo del señor Dragos Dolanescu Valenciano contra el TSE. De la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, se conoce resolución n.° 2023010820 de las nueve horas con veinte minutos del doce de mayo de dos mil veintitrés, mediante la cual declara sin lugar recurso de amparo promovido por el señor Dragos Carlos Dolanescu Valenciano contra el Tribunal Supremo de Elecciones.
Se dispone: Tomar nota. Hágase del conocimiento de la Dirección General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos. ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO CUARTO. ASUNTOS DE ORGANIZACIONES GREMIALES DEL TSE.
A) Solicitud del Sindicato de Empleados del TSE para dejar sin efecto la autorización de un permiso sindical autorizado anteriormente. De la señora Cindy Vega Figueroa, Secretaria General Adjunta del Sindicato de Empleados del Tribunal Supremo de Elecciones (SETSE), se conoce oficio n.° SETSE-033-2023 del 17 de mayo de 2023, mediante el cual literalmente manifiesta:
"En relación con el oficio STSE-1124-2023 del 09 de mayo de 2023, en el cual se autoriza la licencia sindical para la funcionaria Ana Yenci Gutiérrez Espinoza, para los días 18 y 19 de mayo del corriente; por una situación de fuerza mayor se solicita dejar sin efecto la autorización brindada en el citado oficio.
Ruego que, se informe lo correspondiente a la jefatura de la Coordinación de Servicios Generales, oficina que se encuentra destacada la referida representante sindical.
No se omite indicar que este grupo sindical se encuentra en la mejor disposición de atender cualquier inquietud que se presente respecto de lo planteado en este oficio, en todo caso para lo que se estime pertinente, queda a su disposición el correo electrónico del sindicato: sindicatoempleadostse@gmail.com.".
Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Dejar sin efecto la autorización de permiso sindical, conforme se solicita. Tomen nota la jefatura del Departamento de Recursos Humanos y la inmediata de la funcionaria Gutiérrez Espinoza. ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO QUINTO. ASUNTOS ELECTORALES.
A) División Territorial Electoral para el proceso municipal de 2024. Del señor Héctor Fernández Masís, Director General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos, se conoce oficio n.° DGRE-348-2023 del 16 de mayo de 2023, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Mediante oficio CE-113-2023 del 12 de mayo del 2023 –se adjunta copia– el señor Erick Guzmán Vargas, Contralor Electoral, remitió a esta Dirección el proyecto de la División Territorial Electoral (DTE) que regirá para el proceso electoral del año 2024.
El citado proyecto es el resultado de los trabajos que ha desarrollado la Contraloría Electoral, que incluye estudios de campo y otras fuentes de información tales como: entrevistas a grupos vecinales, dirigentes comunales, personal docente y otros servidores públicos; asimismo se recolectaron datos de las distancias entre poblados, vías de comunicación, cantidad aproximada de electores, existencia de locales para que funcionen como centros de votación, entre otros. De esta manera se ha consolidado una propuesta que agrupa los principales cambios que deben efectuarse en la DTE de cara a las Elecciones Municipales del año 2024. Las modificaciones que se promueven fueron producto de las gestiones propias de la Contraloría Electoral, recomendaciones de esta Dirección, así como solicitudes efectuadas por agrupaciones políticas y Comités de Desarrollo Comunal.
Cabe destacar que la propuesta de actualización fue revisada y avalada por personal técnico en geografía electoral de esta Dirección, la cual consistió en la verificación de los límites, así como la comprobación de la correspondencia entre esos cambios respecto a las modificaciones en la propuesta de actualización de la División Territorial Administrativa (DTA), destacándose la creación de los cantones Monteverde mediante Ley n.° 10019, publicada en La Gaceta n.º 3 del 7 de enero de 2022 y Puerto Jiménez mediante Ley n.° 10195, publicada en La Gaceta n.º 115 del 21 de junio de 2022. Con base en lo cual esta Dirección prohíja y apoya las modificaciones sugeridas por la Contraloría Electoral en el proyecto de la DTE, del cual se adjunta copia.
Por lo anteriormente expuesto y de la manera más respetuosa le solicito eleve a conocimiento y aprobación del TSE el proyecto de la División Territorial Electoral; a los efectos de que se promulgue y publique el decreto de rigor que regirá para el proceso electoral 2022 y se autorice el plan de trabajo propuesto por la Contraloría Electoral, de manera que puedan efectuarse las actualizaciones del Sistema Integrado de Información Civil Electoral (SINCE) y el Sistema Integrado de Cédulas de Identidad (SICI).".
Se dispone: Aprobar conforme se propone; en consecuencia, promúlguese el respectivo decreto de acuerdo con el documento aportado por las instancias concernidas. ACUERDO FIRME.
B) Corrección oficiosa del decreto de reforma al Reglamento para la Inscripción de Candidaturas y Sorteo de Posición de los Partidos Políticos en las Papeletas. Se dispone: Siendo que, en el artículo sétimo de la sesión ordinaria n.º 41-2023, celebrada el 9 de mayo de 2023, este Tribunal dispuso la promulgación del decreto de reforma al Reglamento para la Inscripción de Candidaturas y Sorteo de Posición de los Partidos Políticos en las Papeletas, hacer la corrección siguiente: específicamente en lo relativo a la modificación del Artículo 8.- Las nóminas para las candidaturas municipales, en el texto propuesto -párrafo quinto- se hace mención errónea del término “sindicalía”, cuando debería decir “sindicatura”.
Proceda la Secretaría General con la corrección de lo indicado y cualquier otro error material que resulte necesario corregir, de previo a su publicación en el Diario Oficial. ACUERDO FIRME.
A las diez horas y cincuenta minutos terminó la sesión.
Max
Alberto Esquivel Faerron |
|
Zetty
María Bou Valverde |
Mary
Anne Mannix Arnold |