ACTA N.º 106-2023

 

 

Sesión ordinaria celebrada por el Tribunal Supremo de Elecciones a las diez horas con doce minutos del veintiuno de noviembre de dos mil veintitrés, con asistencia del señor Magistrado Max Alberto Esquivel Faerron, –quien preside–, la señora Magistrada Zetty María Bou Valverde, el señor Magistrado Luis Diego Brenes Villalobos y la señora Magistrada Mary Anne Mannix Arnold. Asiste también el señor Luis Guillermo Chinchilla Mora, Secretario General del Tribunal Supremo de Elecciones.

 

ARTÍCULO PRIMERO. APROBACIÓN DEL ORDEN DEL DÍA Y DE ACTAS ANTERIORES.

A) Se tiene por leído y aprobado el orden del día de la presente sesión ordinaria.

B) Se tiene por leída y aprobada la minuta de la sesión ordinaria n.° 105-2023.

ARTÍCULO SEGUNDO. ASUNTOS DE ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL.

A) Renuncia del funcionario Diego José Sequeira Rodríguez de la Sección de Servicios Generales. De la señora Hirlanny Ortiz Campos, Jefa del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° RH-33345-2023 [sic] del 16 de noviembre de 2023, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Para conocimiento del Tribunal Supremo de Elecciones, se remite nota del 3 de noviembre del presente año recibida en este departamento el mismo día, mediante la cual el señor Diego José Sequeira Rodríguez, cédula de identidad 504100349, presenta su renuncia al cargo que ostenta, por los motivos que se sirve exponer. El funcionario ocupa el puesto n.° 45493 de Trabajador Misceláneo 1, clase Auxiliar Operativo 1, destacado en Servicios Generales [sic], e ingresó a estos organismos electorales el 18 de mayo 2020. Según se desprende de la misiva, el funcionario desea que la separación del cargo antes indicado sea a partir del 3 de noviembre del año en curso.

Con respecto a la aplicación del artículo 28 del Código de Trabajo relativo al preaviso de ley, el cual, por la permanencia del petente en estos organismos electorales, debería considerar un mes de previo a su salida, se solicitó referirse al respecto a su jefatura inmediata, el señor Esteban Duran Hernández, quien en oficio n.° SG-530-2023 de fecha 13 de noviembre 2023, recibido en este departamento en misma data, manifiesta que “no conlleva repercusiones significativas para el desarrollo regular de las actividades en la Sección de Servicios Generales. No se han identificado elementos que pudieran causar perjuicio a la Administración, y se implementarán las medidas necesarias para garantizar la continuidad operativa sin contratiempos”

De igual manera, se le recuerda al servidor que podrá solicitar por escrito el pago de los eventuales extremos laborales que pudieran corresponderle, para ello cuenta con el plazo de un año a partir de la fecha efectiva de su renuncia.

Así las cosas, salvo superior criterio, bien puede aprobarse la renuncia presentada por el señor Sequeira Rodríguez a partir del 3 de noviembre. Aunado a lo anterior, es deber informar que se deben recuperar eventuales sumas giradas de más, dado a algunas ausencias ocurridas en meses anteriores, por lo que el Área de Gestión de Salarios adscrita a este despacho y el Departamento de Contaduría deberán tomar las consideraciones del caso, siendo que el salario correspondiente a la primera quincena de setiembre del año en curso se encuentra retenido. Para notificaciones se señala el siguiente correo electrónico […]"

Se dispone: Tener por presentada la renuncia del funcionario Sequeira Rodríguez, a quien se le agradecen los servicios prestados a estos organismos electorales. ACUERDO FIRME.

B) Nombramiento a plazo fijo electoral en el Departamento de Programas Electorales y aplicación de artículo 36 bis al nombramiento del señor Edwin Calderón Velásquez. Del señor Luis Guillermo Chinchilla Mora, Secretario General de este Tribunal, se conoce oficio n.° STSE-2905-2023 del 17 de noviembre de 2023, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 25 del Reglamento a nuestra Ley de Salarios y lo expuesto en el oficio RH-3335-2023 del Departamento de Recursos Humanos, me permito proponer la aprobación del nombramiento del señor Miguel Ángel Benavides Aragón, quien ocupa el primer lugar en la terna para llenar la plaza número 378491, como Auxiliar Operativo 2 -SU-, Conductor Electoral  en el Departamento de Programas Electorales, a partir del 1.° de diciembre y hasta el 31 de diciembre de 2023.

Asimismo, se solicita, a instancia también del Departamento de Recursos Humanos, la aplicación del artículo 36 bis del Reglamento a la Ley de salarios y régimen de méritos del Tribunal Supremo de Elecciones, y rectificar de esa manera el nombramiento a plazo fijo del señor Edwin Calderón Velásquez, en el puesto n.° 383997 de Técnico Funcional 2 -S.U.-, Técnico en Gestión Electoral, en tanto no fue consignado en su momento, respecto del puesto n.° 47831.".

Se dispone: Nombrar conforme se propone al señor Benavides Aragón y rectificar el nombramiento del señor Calderón Velásquez, en los términos indicados por el señor Chinchilla Mora. ACUERDO FIRME.

Interviene la señora Magistrada Mannix Arnold: “Estoy de acuerdo. Nada más quiero dejar constancia de que lo suscribo, en tanto el 36 bis del Reglamento se va a aplicar para un movimiento con razones del proceso electoral.  

Interviene el señor Secretario General Chinchilla Mora: “Así es, nosotros lo verificamos y, efectivamente, es un nombramiento interino para cumplir con el proceso electoral.”

ARTÍCULO TERCERO. ASUNTOS DEL PADRÓN NACIONAL ELECTORAL.

A) Informe de la sumaria de actualización al Padrón Nacional Electoral del mes de octubre de 2023. Del señor Erick Adrián Guzmán Vargas, Contralor Electoral a. i., se conoce oficio n.° CE-333-2023 del 16 de noviembre de 2023, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Para los fines de lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil y para que se sirva elevarlo al Superior, me permito informar que por medio de oficio n.° PE-203-2023, el señor Carlos Arguedas Rojas, jefe de la Sección de Padrón Electoral, remitió a esta Contraloría los archivos con el resumen de las actualizaciones al Padrón Nacional Electoral, correspondiente al mes de octubre de 2023, según el siguiente detalle:

PADRÓN NACIONAL ELECTORAL

TOTAL PADRÓN NACIONAL ELECTORAL ANTERIOR

3.629.615

TOTAL INCLUSIONES

1.705

TOTAL EXCLUSIONES

               2.176                          

VARIACIÓN NETA

-471

PADRÓN NACIONAL ELECTORAL DEL MES

3.629.144

ELECTORES EN EL EXTRANJERO

57.840

TOTAL DE ELECTORES INSCRITOS EN EL PAÍS

3.571.304

 

Dichas cifras, en atención al desglose mensual de los movimientos que se detalla en el documento adjunto, se cotejaron con los datos del SINCE, los generados por las Secciones de Análisis y Control y de Padrón Electoral, así como con los informes diarios extraídos del SICI sobre la producción diaria del centro de impresión de la Sección de Cédulas.

Además, esa información se corroboró con lo expuesto en el oficio n.° DGRC-0827-2023, suscrito por el señor Luis Antonio Bolaños Bolaños, Director General del Registro Civil, el cual fue conocido por el Tribunal Supremo de Elecciones en el artículo cuarto de la sesión ordinaria n.° 104-2023, celebrada el 14 de noviembre de 2023, cuya verificación resultó satisfactoria.".

Se dispone: Tener por rendido el informe; continúese informando sobre el particular. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO CUARTO. ASUNTOS INTERNOS DIVERSOS.

A) Plan de la Auditoría Interno para el proceso electoral de 2024. Del señor Franklin Mora González, Auditor Interno, se conoce oficio n.° AI-0380-2023 del 16 de noviembre de 2023, mediante el cual remite el Plan de Auditoría para el proceso electoral de 2024.

Se dispone: Tener por rendido el informe. Hágase del conocimiento del Consejo de Directores y, específicamente, a la Dirección Ejecutiva para la atención, dentro de las posibilidades institucionales, de los requerimientos indicados por esa Auditoría Interna en su plan. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO QUINTO. ASUNTOS DE ORGANIZACIONES GREMIALES DEL TRIBUNAL.

A) Solicitud de reconocimiento de prohibición del 65% y las diferencias salariales por este reajuste. Del señor Rui López González, Secretario General del Sindicato de Empleados del Tribunal Supremo de Elecciones y otra persona funcionaria, se conoce oficio n.° SETSE-066-2023 del 15 de noviembre de 2023, mediante el cual solicitan el reajuste del porcentaje por concepto de prohibición y las diferencias salariales derivadas de ese reconocimiento para persona funcionaria miembro de ese sindicato.

Se dispone: Para su estudio e informe, el cual debe rendirse en el plazo de quince días hábiles, pase al Departamento Legal. ACUERDO FIRME.

B) Solicitud de renovación de permiso a la UNEC para atención de asuntos sindicales. De las señoras Ilenia Linoa Ortiz Ceciliano y Arling Castro Jiménez, Secretaria General y Secretaria General Adjunta, respectivamente, de la Unión Nacional de Empleados Electorales y Civiles (UNEC), se conoce oficio n.° UNEC-022-2023 del 16 de noviembre de 2023, mediante el cual literalmente manifiestan:

"Con el fin de atender asuntos sindicales de interés para esta organización y en concordancia con el artículo 61 del Reglamento Autónomo de Servicios y los principios de Libertad Sindical, les solicitamos la renovación del permiso concedido a las suscritas, durante toda la jornada laboral.".

Se dispone: Autorizar la prórroga conforme se solicita, según los términos establecidos en el acuerdo del artículo sétimo de la sesión ordinaria n.º 99-2012, celebrada el 20 de noviembre de 2012, por el plazo de seis meses y a partir de la firmeza de este acuerdo. Tomen nota las jefaturas del Departamento de Recursos Humanos, así como las inmediatas de las referidas funcionarias. ACUERDO FIRME.

C) Calendario mensual para el uso de licencia sindical durante el mes de diciembre de 2023. De la señora Cindy Vega Figueroa, Secretaria General Adjunta del Sindicato de Empleados del Tribunal Supremo de Elecciones, se conoce oficio n.° SETSE-067-2023 del 17 de noviembre de 2023, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Me permito adjuntar la calendarización y el listado de los integrantes de este grupo sindical que tomarán la referida licencia durante el mes de diciembre.

DÍA

NOMBRE

UNIDAD ADMINISTRATIVA

08 de diciembre

Jeffrey Salazar Montero

Oficialía Mayor Electoral

Yoryina Coto Rivel

Archivo del Registro Civil

15 de diciembre

Jeffrey Salazar Montero

Oficialía Mayor Electoral

Yoryina Coto Rivel

Archivo del Registro Civil

22 de diciembre

Jeffrey Salazar Montero

Oficialía Mayor Electoral

Yoryina Coto Rivel

Archivo del Registro Civil

 

No se omite indicar que este grupo sindical se encuentra en la mejor disposición de atender cualquier inquietud que se presente respecto de lo planteado en este oficio, en todo caso para lo que se estime pertinente, queda a su disposición el correo electrónico del sindicato […]".

Se dispone: Autorizar conforme se solicita. Tome nota la jefatura del Departamento de Recursos Humanos, así como las inmediatas de las funcionarias y del funcionario indicados. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO SEXTO. ASUNTOS EXTERNOS.

A) Comunicación del acuerdo tomado por la Corte Plena respecto de los nombramientos como Magistrados suplentes del señor Héctor Fernández Masís y de la señora Wendy González Araya. De la señora Silvia Navarro Romanini, Secretaria General de la Corte Suprema de Justicia, se conoce oficio n.° 10435-2023 del 15 de noviembre de 2023, mediante el cual transcribe lo acordado por la Corte Plena, en sesión n.° 50-2023 celebrada el 30 de octubre de 2023, respecto de los nombramientos como Magistrados suplentes de este Tribunal del señor Héctor Fernández Masís, por un período de seis años, que rige a partir del 30 de octubre de 2023 y hasta el 29 de octubre de 2029, y de la señora Wendy González Araya, a partir del 30 de octubre de 2023 y hasta el 7 de mayo de 2025, según detalla.

Se dispone: Agradecer a la señora Navarro Romanini la comunicación que cursa. Hágase del conocimiento de la señora Magistrada suplente Wendy González Araya y del señor Magistrado suplente Héctor Fernández Masís, de los demás Magistrados suplentes de este Tribunal, así como de las direcciones generales institucionales y del Departamento de Recursos Humanos. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO SÉTIMO. ASUNTOS DE LA SECCIÓN ESPECIALIZADA DEL TSE.

A) Solicitud de nombramiento de persona Letrada en virtud de incapacidad médica de funcionaria. Del señor Juan Luis Rivera Sánchez, Coordinador del Cuerpo de Letrados del TSE, se conoce oficio n.° CL-006-2023 del 31 de octubre de 2023, mediante el cual, en virtud de las razones que expone, solicita el nombramiento de una persona que asuma la asistencia de la Sección Especializada del TSE.

Se dispone: Para atender los asuntos de dicha Sección, como Letrada institucional, se nombra a la funcionaria Karen Núñez Víquez, a partir de la firmeza de este acuerdo y mientras dure el periodo de incapacidad a que se refiere el señor Rivera Sánchez. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO OCTAVO. ASUNTOS ELECTORALES.

A) Recordatorio del Cronograma Electoral de las Elecciones Municipales 2024. Se dispone: Hágase del conocimiento de los Poderes de la República, de la Contraloría General de la República, de la Procuraduría General de la República, de la Defensoría de los Habitantes, de los partidos políticos, de las Direcciones institucionales, del Departamento de Comunicaciones y Relaciones Públicas –a este último para su difusión– el siguiente recordatorio de las fechas más relevantes para el mes de diciembre de 2023, según el Cronograma Electoral de las Elecciones Municipales de 2024:

"DICIEMBRE 2023

LUNES 4

Vence el plazo para que los partidos políticos comuniquen, por escrito, a la respectiva junta cantonal los nombres de los delegados propietarios y suplentes para conformar las juntas receptoras de votos (artículo 41 del Código Electoral).

A partir de esta fecha inicia el período para que solo los partidos con candidaturas inscritas, soliciten, ante la delegación cantonal respectiva de la Fuerza Pública, la inscripción de nuevos locales o clubes políticos (artículo 141 del Código Electoral en relación con el artículo 2 del Reglamento sobre la Autorización y Funcionamiento de los Locales para Uso de los Partidos Políticos).

A partir de esta fecha pueden retirarse de exhibición las listas provisionales de electores (artículo 152 del Código Electoral).

JUEVES 7

Último día para que la respectiva junta cantonal acoja las designaciones que hayan hecho los partidos políticos de los integrantes propietarios y suplentes de las juntas receptoras de votos, y para que se publique el acuerdo en que se declaren integradas estas juntas, según el orden de la División Territorial Electoral (artículo 41 del Código Electoral).

SÁBADO 16

A partir de esta fecha y hasta el 1° de enero, inclusive, se suspende la difusión de propaganda política en medios de comunicación colectiva, así como la celebración de reuniones y otras actividades proselitistas en vías o lugares públicos (artículo 136 y 137 inciso d) del Código Electoral).

VIERNES 22

Último día para que el TSE realice los nombramientos de los integrantes de las juntas receptoras de votos (artículo 36 del Código Electoral).". ACUERDO FIRME.

B) Consulta legislativa del proyecto de “Ley para la modernización de la intervención de las comunicaciones.”, expediente n.° 23.690. De la señora Daniella Agüero Bermúdez, Jefa de Área de Comisiones Legislativas VII de la Asamblea Legislativa, se conoce nuevamente oficio n.° AL-CPESEG-373-2023 del 10 de noviembre de 2023, mediante el cual literalmente manifiesta:

"La Comisión Permanente Especial de Seguridad y Narcotráfico, en sesión ordinaria N°9 del 09 de noviembre, 2023 mediante moción aprobada, se solicita el criterio de la institución sobre el texto sustitutivo del proyecto de Ley Expediente N.° 23.690 “LEY PARA LA MODERNIZACIÓN DE LA INTERVENCIÓN DE LAS COMUNICACIONES”, el cual se adjunta.

De conformidad con lo que establece el artículo 157 del Reglamento de la Asamblea Legislativa se le agradece evacuar la consulta en el plazo de ocho días hábiles, dicho plazo vence el 22 de noviembre. De ser posible, enviar el criterio de forma digital […]".

Se dispone: Contestar la consulta formulada, en los siguientes términos:

I. Consideraciones preliminares. 

El ordinal 97 de la Carta Fundamental dispone, en forma preceptiva, que tratándose de la “discusión y aprobación de proyectos de ley relativos a la materia electoral” la Asamblea Legislativa deberá consultar al Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) su criterio en torno a la iniciativa formulada y que, para apartarse de esa opinión, “se necesitará el voto de las dos terceras partes del total de sus miembros”. Sin embargo, en los seis meses previos y cuatro posteriores a una elección popular, solo se podrán convertir en ley aquellos proyectos en los que este Tribunal estuviere de acuerdo.

Como parte del desarrollo normativo de la disposición constitucional de cita, el inciso n) del artículo 12 del Código Electoral establece, como función propia de esta Autoridad Electoral, evacuar las consultas que la Asamblea Legislativa realice al amparo de esa norma de orden constitucional.

A partir de la integración del ordenamiento jurídico conforme al Derecho de la Constitución y, concretamente, en punto a la interpretación de lo que debe considerarse “materia electoral”, este Órgano Constitucional ha entendido que los “actos relativos al sufragio” no solo comprenden los propios de la emisión del voto, sino todos aquellos descritos en la propia Constitución o en las leyes electorales y que, directa o indirectamente se relacionen con los procesos  electorales, electivos o consultivos, cuya organización, dirección y vigilancia ha sido confiada a este Pleno, a partir de la armonización de los artículos 9, 99 y 102 de la Norma Suprema.

II. Objeto del proyecto.

Puntualmente esta ley tiene por objeto que reformen los artículos 9 y 12 de la Ley n.° 7425, Ley sobre Registro, Secuestro y Examen de Documentos Privados e Intervención de las Comunicaciones, con la finalidad de incluir que la intervención telefónica también sea factible en los delitos de homicidio simple y femicidio. Asimismo, pretende ampliar el plazo de la intervención telefónica a cuatro meses el plazo ordinario de esa técnica especial de investigación, y que se dispongan hasta dos prórrogas más por el mismo plazo, hasta un total de un año.

III. Sobre el proyecto.

Sobre el caso que nos ocupa, resulta necesario indicar que este mismo proyecto fue consultado mediante oficio n.° CEPDA-110-2023 del 7 de setiembre de 2023, recibido el mismo día –vía correo electrónico– en la Secretaría General de este Tribunal, suscrito por la señora Daniella Agüero Bermúdez, Jefa de Área de Comisiones Legislativas VlI de la Asamblea Legislativa, cuyo texto fue analizado y conocido por este Tribunal en el artículo quinto, inciso b) de la sesión ordinaria número 84-2023, celebrada el 19 de setiembre de 2023, ocasión en la que este Colegiado en lo que interesa indicó:

“Del examen de la propuesta legislativa consultada, no se advierte que esta contenga disposición alguna relacionada con la materia electoral, que haga referencia o pretenda regular en modo alguno actos relativos al sufragio o disposiciones que directa o indirectamente modifiquen, menoscaben o incidan en las competencias constitucionalmente asignadas a estos organismos electorales y sobre la cual este Tribunal deba emitir su criterio, en los términos establecidos en los artículos 97 constitucional y 12 del Código Electoral.

IV. Conclusión.

Con base en lo expuesto, al estimar que la propuesta legislativa resulta ajena al Derecho Electoral y al giro de estos organismos electorales, omitimos manifestar criterio alguno en los términos de los artículos 97 constitucional y 12 del Código Electoral.  ACUERDO FIRME.”.

IV. Conclusión.

Al advertir que se trata del mismo expediente legislativo y que las modificaciones que constan en el texto sustitutivo que ahora se consulta no ocasionan una variación de fondo respecto al originalmente consultado, este Tribunal reitera el criterio expuesto en el acuerdo antes transcrito. ACUERDO FIRME.

Interviene el señor Magistrado Presidente a. i. Esquivel Faerron: “Corresponde dejar constancia que doña Eugenia, la Presidenta, no sesionó en esta oportunidad, desde el principio, en virtud de que informó de que estaba con algunos problemas respiratorios, entonces iba a asistir a una consulta médica para determinar la situación en la que estaba. Por eso sesionamos el resto de los integrantes del Pleno.”

A las diez horas y treinta y cuatro minutos terminó la sesión.

 

 

 

Max Alberto Esquivel Faerron

 

 

 

 

Zetty María Bou Valverde

 

 

 

 

Luis Diego Brenes Villalobos

 

 

 

 

Mary Anne Mannix Arnold