ACTA N.º 94-2025

 

 

Sesión ordinaria celebrada por el Tribunal Supremo de Elecciones a las diez horas y treinta y seis minutos del trece de noviembre de dos mil veinticinco, con asistencia de la señora Magistrada Eugenia María Zamora Chavarría -quien preside-, del señor Magistrado Max Alberto Esquivel Faerron, de las señoras Magistradas Zetty María Bou Valverde y Luz de los Ángeles Retana Chinchilla y el señor Magistrado Luis Diego Brenes Villalobos. Asiste también el señor Luis Guillermo Chinchilla Mora, Secretario General del Tribunal Supremo de Elecciones.

 

ARTÍCULO PRIMERO. APROBACIÓN DEL ORDEN DEL DÍA Y DE ACTAS ANTERIORES.

A) Se tiene por leído y aprobado el orden del día de la presente sesión ordinaria.

B) Se tienen por leída y aprobada la minuta de la sesión ordinaria n.° 93-2025, excepto por el señor Magistrado Brenes Villalobos quien no participó de dicha sesión.

ARTÍCULO SEGUNDO. ASUNTOS DE ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL.

A) Prórrogas de nombramientos interinos en distintas unidades administrativas. De los señores Luis Guillermo Chinchilla Mora, Secretario General de este Tribunal, y Luis Antonio Bolaños Bolaños, Director General del Registro Civil, se conoce oficio n.° STSE-2665-2025 del 10 de noviembre de 2025, mediante el cual literalmente manifiestan:

"En atención a lo planteado por el Departamento de Recursos Humanos -en oficio n.° RH-2148-2025- y de conformidad con lo estipulado en el artículo 25 del Reglamento a la Ley de Salarios y Régimen de Méritos del TSE, nos permitimos proponer la aprobación de las prórrogas de los nombramientos interinos que se detallan a continuación:

NOMBRE DEL SERVIDOR

OFICINA / DEPARTAMENTO

NÚMERO Y CLASE

DEL PUESTO

1.        Dunia Oviedo Prendas

Sección de Inscripciones

45595, Profesional Asistente 1

2.        Joseph Antony Morales Garita

Sección de Inscripciones

45611, Asistente Funcional 3

3.        Carlos Andrés Cordero Méndez

Sección de Inscripciones

349945, Asistente Funcional 2

4.        Carla Vanessa Lara Ulate

Sección de Inscripciones

45721, Asistente Administrativo 2

5.        Kattya Susana Miranda Torrentes

Departamento Electoral

45733, Profesional en Gestión 2

6.        Vera María Barahona Esquivel

Sección de Inscripciones

45585, Profesional Ejecutor 3

7.        Allan Alberto Lizano González

Sección de Inscripciones

45859, Profesional Asistente 1

8.        José Alberto Wonsover Miranda

Sección de Infraestructura

45881, Asistente Administrativo 1

9.        Hazel Eugenia García Porras

Dirección General del Registro Civil

45476, Asistente Funcional 3

10.     Priscila Díaz García

Sección de Padrón Electoral

45885, Asistente Funcional 2

11.     Arianna Paola Arroyo Serrano

Dirección Ejecutiva

353703, Profesional Ejecutor 3

12.     Magally Chinchilla Fernández

Departamento Civil

72872, Asistente Funcional 2

13.     Marcela Márquez Hudgins

Departamento Electoral

86323, Técnico Funcional 2

14.     Jason Eduardo Contreras Moxi

Departamento Civil

76510, Técnico Funcional 2

15.     Dario Taledi Castro

Sección de Inscripciones

45632, Asistente Funcional 2

16.     Esteban Somarribas Zamora

Sección de Análisis

45761, Profesional Ejecutor 3

17.     Andrea Ileana Rojas Ureña

Sección de Opciones y Naturalizaciones

45690, Profesional Ejecutor 3

18.     Johanna Indira Coto Arguijo

Secretaría General del Tribunal

76374, Asistente Funcional 3

19.     Wilfredo Molina Solís

Dirección General del Registro Electoral

368587, Profesional Ejecutor 3

20.     Cristina Meza Aguilar

Dirección General del Registro Electoral

353422, Profesional Asistente 1

21.     Herberth Chaves Ramírez

Departamento de Registro de Partidos Políticos

361395, Técnico Funcional 2

22.     Margaret Ileana Arias Alvarado

Departamento de Registro de Partidos Políticos

353706, Asistente Administrativo 1

23.     Jonathan Fonseca Murillo

Sección de Archivo

382342, Profesional Asistente 1

24.     Olmer Alejandro Padilla Castillo

Sección de Servicio al Cliente de TI

45465, Técnico Funcional 1

25.     Karla Yireth Monge Zamora

Dirección Ejecutiva

90235, Asistente Funcional 2

26.     Addinson Josué Cascante Rivas

Sección de Inscripciones

45596, Asistente Administrativo 2

27.     Yenner Power Luna Arrieta

Del 16-11-2025 al 31-12-2025

Departamento de Proveeduría

45451, Asistente Administrativo 2

28.     Stephanie Chaves Meléndez

        Del 16-11-2025 al 31-12-2025

Dirección General del Registro Electoral

382353, Asistente Administrativo 1

 

En el caso de quienes se ubican en las líneas de la 1 a la 26 sería a partir del 16 de noviembre de 2025, por un lapso de 3 meses, según lo dispuesto en el artículo 9 del reglamento a nuestra Ley de Salarios o hasta que se concrete el trámite respectivo para designar al nuevo propietario o regrese el titular de la plaza a ocuparla (según sea el caso). Para el caso de las líneas 27 y 28 se solicita prorrogar según se indica.

Quedamos atentos a lo que a bien estime disponer el Tribunal.".

Se dispone: Prorrogar conforme se solicita, con la observación según la cual eventuales prórrogas deben ser expresamente autorizadas por este Tribunal. ACUERDO FIRME.

B) Consulta de resolución de traslados definitivos de plazas. Del señor Luis Antonio Bolaños Bolaños, Director General del Registro Civil, se conoce resolución n.° DGRA-0317-2025 de las doce horas y veinte minutos del once de noviembre de dos mil veinticinco, mediante la cual literalmente manifiesta:

"Considerándolo oportuno para una mejor atención de las necesidades del servicio público, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 15 y 16 de la Ley de Salarios y Régimen de Méritos del Tribunal Supremo de Elecciones y Registro Civil y 39 de su respectivo reglamento, se dispone a efectuar los traslados definitivos que se detallan a continuación:

Funcionario

(a)

Oficina de origen

Oficina de destino

Clase

Puesto

Número de puesto

Plazo

Catherine Vargas

González

Departamento Electoral

Departamento

Civil

Asistente Funcional 1

Asistente en

información a las

personas usuarias

45528

A partir de la firmeza del

acuerdo que así lo autorice

Alfonso Jesús

Castellón Soto

Departamento

Civil

Departamento Electoral

Asistente Funcional 1

Asistente en

información a las

personas usuarias

45667

A partir de la firmeza del

acuerdo que así lo autorice

 

Adjúntese el oficio DE-3011-2025 suscrito el 10 de noviembre de 2025 por la señora Sandra Mora Navarro, Directora Ejecutiva y consúltese al Superior.".

Se dispone: Aprobar. ACUERDO FIRME.

C) Desestimación de nombramientos interinos. Del señor Luis Guillermo Chinchilla Mora, Secretario General de este Tribunal, se conoce oficio n.° STSE-2666-2025 del 11 de noviembre de 2025, mediante el cual literalmente manifiesta:

"De conformidad con lo manifestado por el Departamento de Recursos Humanos -mediante oficios n.° RH-2149-2025 y RH-2171-2025-, me permito solicitar se dejen sin efecto, según los razonamientos expuestos para cada caso, los nombramientos interinos adoptados en la sesión ordinaria n.° 89-2025 del 30 de octubre de 2025, a favor de las siguientes personas: Román Antonio Izcano Sosa, Víctor Manuel Hidalgo Barquero, Hans Meza Castro, Greivin Calixto Morales Espinoza, Barith Gómez Brizuela y Jean Carlos Cárdenas Godínez, quienes desistieron de sus nombramientos.".

Se dispone: Dejar sin efecto los nombramientos interinos que se indican, según lo solicitado. ACUERDO FIRME.

D) Consulta de nombramientos interinos en el Departamento de Recursos Humanos. Del señor Luis Guillermo Chinchilla Mora, Secretario General de este Tribunal, se conoce oficio n.° STSE-2669-2025 del 11 de noviembre de 2025, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Con fundamento en lo dispuesto en Ley de Salarios y Régimen de Méritos del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil, en la Ley Marco de Empleo Público y sus respectivos reglamentos, así como lo dispuesto en el artículo segundo de la sesión ordinaria n.º 50-2025, celebrada el 22 de octubre de 2025 por el Consejo de Directores, y comunicado mediante oficio CDIR-0312-2025 de esa misma fecha, en el que se conoció y aprobó el informe final relativo a la consulta de interés y disponibilidad para los puestos de Oficinista 1 (Asistente Administrativo 1) y, con base en el criterio técnico emitido por el Departamento de Recursos Humanos -oficio n.° RH-2188-2025-, me permito proponer los siguientes traslados interinos:

1.- Del señor José Esteban Moya Rojas, a la plaza número 382376, como Asistente Administrativo 1, Oficinista 1 del Departamento de Recursos Humanos, del 16 de noviembre al 31 de diciembre de 2025.

2.- De la señora Paola Vanessa Sánchez Herrera, a la plaza número 382378, como Asistente Administrativo 1, Oficinista 1 del Departamento de Recursos Humanos, del 16 de noviembre al 31 de enero de 2026.

En ambos casos la designación podrá finalizar antes del plazo indicado, en el caso que la persona propietaria regrese al puesto, lo que ocurra primero.

Quedo atento a lo que a bien estime disponer el Tribunal.".

Se dispone: Aprobar los traslados conforme se propone en cada caso, con la observación según la cual eventuales prórrogas deben ser expresamente autorizadas por este Tribunal. ACUERDO FIRME.

E) Informe final del concurso interno para nombrar Profesional Asistente en Derecho 2 Electoral. Del señor Luis Guillermo Chinchilla Mora, Secretario General de este Tribunal, se conoce oficio n.° STSE-2670-2025 del 11 de noviembre de 2025, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Con fundamento en lo dispuesto en Ley de Salarios y Régimen de Méritos del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil, en la Ley Marco de Empleo Público y sus respectivos reglamentos, así como en las “Directrices para Reforzar los Criterios Objetivos para Realizar Registros de Elegibles para Puestos de Servicios Especiales como Apoyo a los Procesos Consultivos y Electorales”, me permito hacer de su conocimiento que el Departamento de Recursos Humanos -mediante su oficio n.° RH-2184-2025-, rinde el informe final que declara concluido el concurso interno n.° 01-2024-I y, en consecuencia, conformando el Registro de Elegibles correspondiente para la clase de Profesional Asistente en Derecho 2 Electoral -S.U-. e indicando que, para la única persona enlistada, por las razones particulares que se exponen, no resulta viable que se gestione su nombramiento en este tipo de plazas.".

Se dispone: Tener por recibida la comunicación. ACUERDO FIRME.

F) Consulta de nombramientos interinos en distintas unidades administrativas. De los señores Luis Guillermo Chinchilla Mora, Secretario General de este Tribunal, y Luis Antonio Bolaños Bolaños, Director General del Registro Civil, se conoce oficio n.° STSE-2706-2025 del 12 de noviembre de 2025, mediante el cual literalmente manifiestan:

"Con fundamento en lo dispuesto en Ley de Salarios y Régimen de Méritos del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil, en la Ley Marco de Empleo Público y sus respectivos reglamentos, así como el criterio técnico emitido por el Departamento de Recursos Humanos -oficio n.° RH-2195-2025-, nos permitimos proponer la aprobación de los siguientes nombramientos interinos:

1.- Del señor Ronald Masís Serrano, en la plaza número 45493, como Auxiliar Operativo 1, Trabajador Misceláneo 1 de la Sección de Servicios Generales, del 16 de noviembre de 2025 al 15 de febrero de 2026.

2.- De la señora Sharon Denisse Solís Valverde, en la plaza número 382397, como Asistente Administrativo 1, Oficinista 1 del Departamento de Programas Electorales, del 16 de noviembre de 2025 al 15 de febrero de 2026.

3.- De la señora Magaly Chinchilla Fernández, en la plaza número 45670, como Técnico Funcional 2, Técnica en Servicios de Publicidad Registral Civil del Departamento Civil, del 16 de noviembre de 2025  al 31 de enero de 2026.

4.- De la señora Alejandra Vanessa Quirós Rodríguez, en la plaza número 72872, como Asistente Funcional 2, Asistente en Servicios Administrativos 2 del Departamento Civil, del 16 de noviembre de 2025 al 31 de enero de 2026.

5.- Del señor Berny Cordero Lara, en la plaza número 45872, como Asistente Funcional 1, Asistente en Información a las personas usuarias del Departamento Civil, del 16 de noviembre de 2025 al 31 de enero de 2026.

6.- De la señora Pilar Castillo Cernas, en la plaza número 54383, como Asistente Administrativo 2, Oficinista 2 del Departamento Civil, del 16 de noviembre de 2025 al 31 de enero de 2026.

7.- Del señor Erick Andrey Acuña Fernández, en la plaza número 45652, como Asistente Administrativo 1, Oficinista 1 del Departamento Civil, del 16 de noviembre de 2025 al 31 de enero de 2026.

8.- Del señor Albin Arias Bermúdez, en la plaza número 45770, como Asistente Administrativo 1, Oficinista 1 de la Sección de Documentos de Identidad, del 16 de noviembre de 2025 al 30 de junio de 2027.

9.- Del señor George Louis Villegas Zúñiga, en la plaza número 45809, como Asistente Funcional 3, Asistente en Servicios Ambulantes, de Notificación y a Domicilio de la Oficina Regional de Pococí, del 16 de noviembre de 2025 al 15 de febrero de 2026.

10.- De la señora Irela Toruño Iglesias, en la plaza número 86912, como Auxiliar Operativo 2, Oficial de Seguridad y Vigilancia de la Oficina de Seguridad Integral, del 17 de noviembre de 2025 y por todo el tiempo que se prorrogue la incapacidad de la persona que inicia la cadena de nombramiento.

11.- Del señor Daniel Francisco Alvarado González, en la plaza número 11549, como Auxiliar Operativo 2, Oficial de Seguridad y Vigilancia, de la Oficina de Seguridad Integral, del 17 de noviembre de 2025 al 15 de febrero de 2026.

En todos los casos la designación podrá finalizar antes del plazo indicado, en el caso de que regrese el titular del puesto o se conforme el registro de elegibles para dicho cargo según los sistemas de selección dispuestos en la Ley Marco de Empleo Público.

En el caso del nombramiento de las líneas 3, 4, 5 y 6, estos se solicitan aplicando la posibilidad que enmarca el artículo 36 bis del reglamento a la Ley de salarios y régimen de méritos de estos organismos.

Quedamos atentos a lo que a bien estime disponer el Tribunal.".

Se dispone: Nombrar conforme se propone en cada caso, con la observación según la cual eventuales prórrogas deben ser expresamente autorizadas por este Tribunal. ACUERDO FIRME.

G) Informe final del concurso interno para nombrar Técnico en Gestión Electoral y ratificación de nombramiento. Del señor Luis Guillermo Chinchilla Mora, Secretario General de este Tribunal, se conoce oficio n.° STSE-2708-2025 del 12 de noviembre de 2025, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Con fundamento en lo dispuesto en Ley de Salarios y Régimen de Méritos del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil, en la Ley Marco de Empleo Público y sus respectivos reglamentos, así como en las “Directrices para Reforzar los Criterios Objetivos para Realizar Registros de Elegibles para Puestos de Servicios Especiales como Apoyo a los Procesos Consultivos y Electorales”, me permito hacer de su conocimiento que el Departamento de Recursos Humanos -mediante su oficio n.° RH-2185-2025-, solicita la ratificación del nombramiento a plazo fijo en el puesto de Servicios Especiales n.° 386140 del señor Josué Álvarez Vargas, como Técnico Funcional 2 SU., Técnico en Gestión Electoral, según se indica y rinde el informe final que declara concluido el concurso interno n.° 04-2024-I y, en consecuencia, conformando el Registro de Elegibles correspondiente para la clase de Técnico/a en Gestión Electoral -S.U-.".

Se dispone: Tener por recibida la comunicación; ratificar el nombramiento aprobado en el artículo segundo de la sesión ordinaria n.º 74-2025, según lo solicitado. ACUERDO FIRME.

H) Consulta de nombramiento interino de Asistente en Servicios Administrativos 1 Electoral. Del señor Luis Guillermo Chinchilla Mora, Secretario General de este Tribunal, se conoce oficio n.° STSE-2710-2025 del 12 de noviembre de 2025, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 25 del Reglamento a la Ley de Salarios y Régimen de Méritos del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil, y el artículo 46 de la Ley Marco de Empleo Público y sus respectivos reglamentos, así como en las “Directrices para Reforzar los Criterios Objetivos para Realizar Registros de Elegibles para Puestos de Servicios Especiales como Apoyo a los Procesos Consultivos y Electorales” y con base en el criterio técnico emitido por el Departamento de Recursos Humanos -oficio n.° RH-2197-2025-, me permito proponer la aprobación del siguiente nombramiento a plazo fijo, en la plaza de Servicios Especiales, correspondiente al puesto de Asistente en Servicios Administrativos 1 Electoral, clase Asistente Funcional 1 -SU- de la señora Jacqueline Vanessa Núñez Brenes, en la plaza n.° 378097,en el Departamento de Programas Electorales, a partir del 17 de noviembre y hasta el 31 de diciembre de 2025.

Quedo atento a lo que a bien estime disponer el Tribunal.".

Se dispone: Nombrar conforme se propone, con la observación según la cual eventuales prórrogas deben ser expresamente autorizadas por este Tribunal. ACUERDO FIRME.

I) Encargo de funciones en la Dirección General de Estrategia Tecnológica. Del señor Luis Guillermo Chinchilla Mora, Secretario General de este Tribunal, se conoce oficio n.° STSE-2711-2025 del 12 de noviembre de 2025, mediante el cual literalmente manifiesta:

"En atención a lo solicitado por la respectiva jefatura y con sustento en el análisis efectuado por el Departamento de Recursos Humanos, mediante oficio RH-2201-2025, por considerarse oportuno para un mejor servicio público, me permito proponer el encargo de funciones de la señora Xenia Guerrero Arias, Directora General de Estrategia Tecnológica, en la señora Armenia Masís Soto, Jefa a. i. del Departamento de Tecnologías de Información y Comunicaciones, el día 17 de noviembre de 2025.".

Se dispone: Aprobar el encargo de funciones conforme se solicita. ACUERDO FIRME.

J) Consulta de nombramiento de Profesional Asistente en Comunicación de Procesos Electorales 1. Del señor Luis Guillermo Chinchilla Mora, Secretario General de este Tribunal, se conoce oficio n.° STSE-2712-2025 del 12 de noviembre de 2025, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Con fundamento en lo dispuesto en Ley de Salarios y Régimen de Méritos del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil, en la Ley Marco de Empleo Público y sus respectivos reglamentos, así como en las “Directrices para Reforzar los Criterios Objetivos para Realizar Registros de Elegibles para Puestos de Servicios Especiales como Apoyo a los Procesos Consultivos y Electorales”, y con base en el criterio técnico emitido por el Departamento de Recursos Humanos -oficio n.° RH-2198-2025-, me permito proponer la aprobación del nombramiento a plazo fijo de la señora Laura Ramírez Díaz, en la plaza número 386173, como Asistente en Comunicación de Procesos Electorales 1, clase Profesional Asistente 1 S.U., en la Dirección General de Estrategia y Gestión Político-Institucional, del 16 de noviembre al 31 de diciembre de 2025.

 Quedo atento a lo que a bien estime disponer el Tribunal.".

Se dispone: Nombrar conforme se propone, con la observación según la cual eventuales prórrogas deben ser expresamente autorizadas por este Tribunal. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO TERCERO. ASUNTOS DEL CONSEJO DE DIRECTORES.

A) Informe sobre estudio de dedicación exclusiva de puesto en la Dirección Ejecutiva. De la señora Glenda Victoria Moreno Murillo, Profesional en Derecho 1 del Consejo de Directores, se conoce oficio n.° CDIR-0332-2025 del 7 de noviembre de 2025, mediante el cual transcribe lo acordado por ese Consejo, respecto al informe relativo a la solicitud de prórroga al régimen de dedicación exclusiva del puesto n.° 45460, Ejecutivo Supervisor/a (clase Ejecutivo Funcional 1), adscrito a la Dirección Ejecutiva, recomendando aprobar dicha prórroga.

Se dispone: Aprobar conforme se recomienda. Díctese la respectiva resolución. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO CUARTO. ASUNTOS INTERNOS DIVERSOS.

A) Invitación como expositora en el V Congreso Municipal de Tecnologías de Información. De la señora Xenia Guerrero Arias, Directora General de Estrategia Tecnológica, se conoce oficio n.° DGET-385-2025 del 10 de noviembre de 2025, mediante el cual literalmente manifiesta:

"El Instituto de Fomento y Asesoría Municipal (IFAM) ha cursado invitación a la suscrita, en calidad de Directora General de Estrategia Tecnológica del TSE, para participar como expositora en el V Congreso Municipal de Tecnologías de la Información, particularmente en el eje temático “Transformación digital y cloud computing.

El objetivo de esta actividad es dotar a las autoridades municipales y al personal técnico de conocimientos y herramientas para una transformación digital estratégica, innovadora y segura, esencial para la modernización de la gestión municipal. Se realizará el 27 de noviembre de 2025, en las instalaciones del Centro de Transferencia Tecnológica, del TEC, en Zapote y preliminarmente han reservado un espacio para mi ponencia en la agenda a las 2:00 p.m.

En virtud de lo anterior, agradezco hacer de conocimiento de la magistratura esta invitación a los efectos de conocer su criterio respecto de mi participación.".

Se dispone: Autorizar la participación de la señora Guerrero Arias, según lo solicitado. ACUERDO FIRME.

B) Informe de Autoevaluación del Sistema de Control Interno (ASCI) 2024. De la señora Sandra Mora Navarro, Directora Ejecutiva, y del señor Armando Vinicio Machado Aguilar, Coordinador del Sistema de Control Interno a. i., se conoce oficio n.° DE-3014-2025 del 10 de noviembre de 2025, mediante el cual literalmente manifiesta:

"El Tribunal, en acuerdo adoptado en sesión ordinaria n.° 124-2024 del 19 de diciembre de 2024 -comunicado en el oficio n.° STSE-2696-2024 de misma fecha-, aprobó  la aplicación de la Autoevaluación del Sistema de Control Interno (ASCI) para el año 2023, con enfoque en los componentes “Sistema de Información” y “Seguimiento de la Información”, labor que fue ejecutada en todas las unidades administrativas, manteniendo la estructura definida con anterioridad para estos procesos: a) una Unidad Coordinadora (Unidad de Control Interno) que lidera la ejecución de todas las acciones requeridas; b) un Equipo Gerencial integrado por las jefaturas institucionales, que deben participar activamente en el proceso; y c) la Auditoría Interna que hace su proceso en forma independiente, siguiendo los lineamientos respectivos.

Al respecto, la Autoevaluación del Sistema de Control Interno pretende alcanzar lo que la citada Ley General de Control Interno n.° 8292 (LGCI) y sus Normas establecen:

       Proteger y conservar el patrimonio público contra cualquier pérdida, despilfarro, uso indebido, irregularidad o acto ilegal.

       Exigir confiabilidad y oportunidad de la información.

       Garantizar eficiencia y eficacia de las operaciones.

       Cumplir con el ordenamiento jurídico y técnico.

El análisis crítico de cada jefatura –como responsable de un proceso– le permitirá identificar las acciones a implementar en las [sic] respectiva unidad administrativa, a efectos de obtener resultados que contemplen los siguientes aspectos:

       Evaluar en cada oficina las medidas de control preventivas o correctivas implementadas a la fecha y conocer las necesarias para incrementar la efectividad del Sistema de Control Interno (SCI) institucional.

       Observar el funcionamiento de los diversos controles que permitan determinar su vigencia y calidad, así como las modificaciones que requieran.

       Cumplir con el artículo 17 inciso c) de la precitada LGCI, referido a la periodicidad con que la Administración Activa debe realizar autoevaluaciones de su SCI. 

       Registrar y evidenciar la realización del proceso de autoevaluación para cumplir con las disposiciones jurídicas y rendir cuentas a quien corresponda.

       Fomentar una adecuada cultura hacia los beneficios institucionales del SCI.

En virtud de lo anterior se adjunta el documento denominado “Informe Autoevaluación del Sistema de Control Interno en el TSE, año 2024 I-ASCI-2024”, haciendo respetuosa solicitud a ese cuerpo colegiado de que sean acogidas las recomendaciones incluidas en dicho informe:

A las jefaturas.

8.1    Recordar a las jefaturas la obligación de gestionar y coordinar con el Área de Capacitación del Departamento de Recursos Humanos las actividades de capacitación necesarias para actualizar los conocimientos de los funcionarios en materia del sistema de control interno, según corresponda.

8.2    Reforzar el uso de las herramientas tecnológicas disponibles, tales como Office 365, Teams y la Nube, con el fin de maximizar su aprovechamiento y mejorar los procesos institucionales a través de su automatización.

8.3    Asegurar el cumplimiento de las acciones de mejora identificadas en la Autoevaluación correspondiente a cada unidad administrativa.

A la Unidad de Control Interno.

8.4    Impartir capacitación sobre el proceso de Autoevaluación al personal responsable de las unidades administrativas, con el objetivo de actualizar sus conocimientos y sensibilizarlos respecto de la importancia de realizar la adecuada autoevaluación del Sistema de Control Interno todos los años.

8.5    Coordinar con el Departamento de Comunicaciones y Relaciones Públicas la divulgación de los resultados del presente Informe de Autoevaluación del Sistema de Control Interno correspondiente al año 2024.".

Se dispone: Tener por rendido el informe, cuyas recomendaciones se acogen. ACUERDO FIRME.

C) Memorando de Entendimiento (MoU) y Términos de Referencia (TdR) a suscribir con el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD). Del señor Iván Mora Barahona, Secretario General a. i. de la Dirección General de Estrategia y Gestión Político-Institucional, se conoce oficio n.° DEGP-0221-2025 del 10 de noviembre de 2025, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Reciba de previo un cordial saludo. En atención a la colaboración establecida con el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) en torno a la puesta en práctica de la herramienta eMonitor+, se remiten para su conocimiento los siguientes documentos en su versión final:

Memorando de Entendimiento (MoU)

Términos de Referencia (TdR)

Estos documentos han sido revisados y consensuados por las partes involucradas, de suerte tal que el MoU se presenta en el formato previsto por PNUD, el cual ha sido alorado [sic] positivamente por las correspondientes áreas legales. Cabe destacar que el MoU no puede ser modificado en fondo ni forma, por lo que los TdR y las Especificaciones se integran como anexos.

De acuerdo con el cronograma establecido, se requiere que la firma del MoU se realice durante el mes de noviembre, por lo que agradecemos su pronta atención y trámite respectivo.

Por lo anterior, se solicita elevar el asunto al Superior con la recomendación de aprobar, a efecto de que los jerarcas suscriban el Memorando de Entendimiento.".

Se dispone: Aprobar conforme se recomienda. Autorizar a la señora Magistrada Presidenta Zamora Chavarría, a suscribir los documentos que se indican. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO QUINTO. ASUNTOS EXTERNOS.

A) Observaciones al informe relativo a carta de compromiso con el MICITT. De la señora Paula Bogantes Zamora, Ministra de Ciencia, Innovación, Tecnología y Telecomunicaciones (MICITT), y del señor Diego Leiva Alfaro, Director de Gobernanza Digital y Certificadores de Firma Digital (DGDCFD), se conoce oficio n.° MICITT-DM-OF-1320-2025 del 7 de noviembre de 2025, mediante el cual, según lo ordenado en el acuerdo adoptado en el artículo cuarto de la sesión ordinaria n.º 92-2025, celebrada el 6 de noviembre de 2025, informa que, se da por recibida la notificación de la no firma de la carta de compromiso, y procederán a elaborar el informe respectivo por parte de la Dirección de Gobernanza Digital y Certificadores de Firma Digital (DGDCFD) sobre la no realización de la intervención pública correspondiente.

Se dispone: Para lo de su cargo, hágase del conocimiento de la señora Directora General de Estrategia Tecnológica y del Departamento Legal. ACUERDO FIRME.

B) Solicitud de reunión para establecer convenio de colaboración. De la señora María Gabriela García Garro, Jefa de la Asesoría Jurídica del Ministerio de Cultura y Juventud, se conoce oficio n.° MCJ-DM-AJ-470-2025 del 24 de octubre de 2025, mediante el cual solicitan programar una reunión interinstitucional a fin de valorar el acceso a datos privados en el marco de procesos administrativos, así como solicitud formal para establecer un convenio de colaboración que permita el acceso, conforme a la normativa vigente, a datos personales protegidos, según detalla.

Se dispone: Para su atención, hágase del conocimiento de las direcciones generales del Registro Civil y de Estrategia Tecnológica, y del Departamento Legal. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO SEXTO. ASUNTOS ELECTORALES.

A) Directrices y recordatorio sobre las Elecciones Nacionales de 2026. Se dispone: Emitir las siguientes directrices y recordatorio:

"EL TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

De conformidad con las atribuciones que le confieren los artículos 9, 99 y 102 incisos 6) y 10) de la Constitución Política y el artículo 12 inciso a) del Código Electoral, y 

CONSIDERANDO

I.- Que, en virtud de lo dispuesto por la Constitución Política en sus artículos 9 párrafo tercero, 99 y 102, es competencia exclusiva y obligatoria del Tribunal Supremo de Elecciones organizar, dirigir y vigilar los actos relativos al sufragio.

II.- Que, para el cumplimiento de sus funciones, el numeral 102 inciso 6) habilita a esta Magistratura Electoral para dictar directrices a las fuerzas de policía del país.

III.- Que, en la convocatoria a elecciones nacionales celebrada el 1.° de octubre de 2025, el señor Rodrigo Chaves Robles, Presidente de la República, en cumplimiento del precepto constitucional reseñado en el párrafo anterior, trasladó el mando de la Fuerza Pública y de la Policía de Tránsito a este Pleno.

IV.- Que, desde el referido 1.° de octubre de 2025, este Tribunal Supremo de Elecciones ejerce un mando compartido sobre las autoridades de policía, lo cual implica que la Autoridad Electoral puede ordenar –directamente y sin necesidad que los jerarcas del Ministerio de Seguridad Pública las aprueben– las medidas necesarias para ejecutar sus decisiones en el marco estricto de lo electoral y en procura de la buena conducción de las votaciones y sus etapas preliminares (acuerdo adoptado en la sesión n.º 86-2007 del 13 de setiembre de 2007).

V.- Que el ordinal 6 de la Ley General de Policía (Ley n.º 7410) señala cuáles son los cuerpos policiales del país y, además, indica que también lo serán aquellas fuerzas policiales “cuya competencia esté prevista en la ley”.

VI.- Que la Ley de Fortalecimiento de la Policía Municipal (Ley n.º 9542), modificó el numeral 61 del Código Municipal (Ley n.º 7794) para indicar que la policía municipal de los respectivos cantones funcionará como “auxiliar de la Fuerza Pública”.

VII.- Que el Ministerio de Obras Públicas y Transportes, en resolución n.º 2025-0677 de las 11:25 horas del 6 de junio de 2025, excepcionó de la restricción vehicular a los automotores que conforman la flotilla vehicular de este Tribunal Supremo de Elecciones, los vehículos utilizados por quienes integran el Cuerpo Nacional de Delegados y para cualquier otro automotor de otra institución o contratado por el Tribunal Supremo de Elecciones para llevar a cabo labores propias del proceso electoral 2026.

APRUEBA:

Las siguientes:

DIRECTRICES Y RECORDATORIO A TODAS LAS FUERZAS POLICIALES NACIONALES Y MUNICIPALES DEL PAÍS SOBRE LAS

ELECCIONES NACIONALES 2026

Primero.- Los miembros de los cuerpos policiales, tanto nacionales como municipales, deberán prestar el auxilio y la colaboración que requieran los funcionarios electorales y los miembros del Cuerpo Nacional de Delegados en la atención y supervisión de todas aquellas actividades proselitistas que realicen las agrupaciones políticas, tal y como ha ocurrido en pasados comicios. La siempre atenta colaboración de las fuerzas de policía ha sido fundamental para asegurar el éxito de los procesos electorales.

Segundo. - A los vehículos debidamente identificados con la placa especial que ha sido confeccionada para las elecciones nacionales de 2026, así como con la placa ordinaria asignada a los integrantes del Cuerpo Nacional de Delegados, no les alcanza la restricción vehicular, por lo que pueden circular libremente. En ese sentido, las autoridades de la policía de tránsito y de las policías municipales autorizadas para ejercer un control vial no podrán considerar como una infracción que los citados automotores ingresen en las zonas restringidas de circulación.

Tercero.- En estricto cumplimiento de sus funciones, deberá permitirse al funcionariado electoral e integrantes del Cuerpo Nacional de Delegados aparcarse en zonas restringidas o en aquellas en donde esté permitido, sin que para ello deban pagar un importe, como podría serlo el correspondiente a parquímetro.

Cuarto.- Todas las fuerzas policiales del país, como es tradicional, colaborarán en los aspectos relativos a la custodia, el traslado, la entrega y la recolección del material electoral. Además, deberán prestar la ayuda y ejecutar las acciones pertinentes -en coordinación con los funcionarios responsables de este Tribunal- para que, cuando sea necesario, se asegure el orden público, el libre tránsito por las vías el día de la elección y el fomento de un ambiente de concordia y paz social. Su invaluable participación en tales procesos coadyuva en garantizar al país que el sufragio, como función cívica primordial, se ejercerá en condiciones irrestrictas de libertad.

Quinto.- Cualquier abuso o incorrección en la que incurra el funcionariado electoral o quienes integran el Cuerpo Nacional de Delegados, tratándose de las facilidades que han sido dispuestas para la adecuada organización de los comicios, deberán ser puestas en conocimiento de la Dirección General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos para que instruya el procedimiento correspondiente.

Sexto.- Se recuerda a todas las personas integrantes de los diferentes cuerpos de policía nacional y municipal que, de conformidad con el artículo 146 del Código Electoral y la jurisprudencia de este Tribunal, tienen prohibido: participar en las actividades de los partidos políticos, asistir a clubes, a reuniones de carácter político, utilizar la autoridad o influencia de sus cargos en beneficio de los partidos políticos, colocar divisas en sus viviendas o vehículos y hacer ostentación partidista de cualquier otro género (lo cual incluye manifestaciones en redes sociales y plataformas similares). Como autoridades de policía, en materia político-electoral, únicamente podrán ejercer el derecho a emitir su voto el día de las elecciones. Según la legislación nacional, el incumplimiento a esta prohibición se sanciona con la destitución inmediata del cargo y la inhabilitación para el ejercicio de cargos públicos de dos a cuatro años.

Sétimo.- Las presentes directrices mantendrán su vigencia hasta el día en el que el Tribunal Supremo de Elecciones, haga la declaratoria oficial de elección.

Comuníquese a la Dirección General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos, a la Jefatura Nacional del Cuerpo Nacional de Delegados, al Delegado Permanente Adjunto, a los señores Ministros de Seguridad Pública y de Obras Públicas y Transportes, a los mandos policiales y a las alcaldías e intendencias municipales. Publíquese en el Diario Oficial. ACUERDO FIRME.

A las diez horas y cincuenta y dos minutos terminó la sesión.

 

 

 

Eugenia María Zamora Chavarría

 

 

 

Max Alberto Esquivel Faerron

 

 

 

Zetty María Bou Valverde

 

 

 

 

Luz de los Ángeles Retana Chinchilla

 

 

 

 

Luis Diego Brenes Villalobos