ACTA N.º
94-2025
Sesión ordinaria
celebrada por el Tribunal Supremo de Elecciones a las diez horas y treinta y
seis minutos del trece de noviembre de dos mil veinticinco, con asistencia de
la señora Magistrada Eugenia María Zamora Chavarría -quien preside-, del señor
Magistrado Max Alberto Esquivel Faerron, de las señoras Magistradas Zetty María
Bou Valverde y Luz de los Ángeles Retana Chinchilla y el señor Magistrado Luis
Diego Brenes Villalobos. Asiste también el señor Luis Guillermo Chinchilla Mora,
Secretario General del Tribunal Supremo de Elecciones.
ARTÍCULO
PRIMERO.
APROBACIÓN DEL ORDEN DEL DÍA Y DE ACTAS ANTERIORES.
A)
Se tiene por leído y aprobado el orden del día de la
presente sesión ordinaria.
B) Se
tienen por leída y aprobada la minuta de la sesión ordinaria n.° 93-2025, excepto por el señor Magistrado Brenes
Villalobos quien no participó de dicha sesión.
ARTÍCULO SEGUNDO.
ASUNTOS DE ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL.
A) Prórrogas de nombramientos
interinos en distintas unidades administrativas. De
los señores Luis Guillermo Chinchilla Mora, Secretario
General de este Tribunal, y Luis Antonio Bolaños Bolaños,
Director General del Registro Civil, se conoce oficio n.° STSE-2665-2025 del 10 de noviembre de 2025, mediante el
cual literalmente manifiestan:
"En atención a lo planteado por el
Departamento de Recursos Humanos -en oficio n.°
RH-2148-2025- y de conformidad con lo estipulado en el artículo 25 del
Reglamento a la Ley de Salarios y Régimen de Méritos del TSE, nos permitimos
proponer la aprobación de las prórrogas de los nombramientos interinos que se
detallan a continuación:
|
NOMBRE DEL SERVIDOR |
OFICINA / DEPARTAMENTO |
NÚMERO Y CLASE DEL PUESTO |
|
1.
Dunia Oviedo Prendas |
Sección de Inscripciones |
45595, Profesional Asistente
1 |
|
2.
Joseph Antony Morales Garita |
Sección de Inscripciones |
45611, Asistente Funcional 3
|
|
3.
Carlos Andrés Cordero Méndez |
Sección de Inscripciones |
349945, Asistente Funcional
2 |
|
4.
Carla Vanessa Lara Ulate |
Sección de Inscripciones |
45721, Asistente
Administrativo 2 |
|
5.
Kattya Susana Miranda Torrentes |
Departamento Electoral |
45733, Profesional en
Gestión 2 |
|
6.
Vera María Barahona Esquivel |
Sección de Inscripciones |
45585, Profesional Ejecutor
3 |
|
7.
Allan Alberto Lizano González |
Sección de Inscripciones |
45859, Profesional Asistente
1 |
|
8.
José Alberto Wonsover Miranda |
Sección de Infraestructura |
45881, Asistente
Administrativo 1 |
|
9.
Hazel Eugenia García Porras |
Dirección General del
Registro Civil |
45476, Asistente Funcional 3
|
|
10. Priscila Díaz García |
Sección de Padrón Electoral |
45885, Asistente Funcional 2 |
|
11. Arianna Paola Arroyo Serrano |
Dirección Ejecutiva |
353703, Profesional Ejecutor
3 |
|
12. Magally Chinchilla Fernández |
Departamento Civil |
72872, Asistente Funcional 2
|
|
13. Marcela Márquez Hudgins |
Departamento Electoral |
86323, Técnico Funcional 2 |
|
14. Jason Eduardo Contreras Moxi |
Departamento Civil |
76510, Técnico Funcional 2 |
|
15. Dario Taledi Castro |
Sección de Inscripciones |
45632, Asistente Funcional 2
|
|
16. Esteban Somarribas Zamora |
Sección de Análisis |
45761, Profesional Ejecutor
3 |
|
17. Andrea Ileana Rojas Ureña |
Sección de Opciones y
Naturalizaciones |
45690, Profesional Ejecutor
3 |
|
18. Johanna Indira Coto Arguijo |
Secretaría General del
Tribunal |
76374, Asistente Funcional 3
|
|
19. Wilfredo Molina Solís |
Dirección General del
Registro Electoral |
368587, Profesional Ejecutor
3 |
|
20. Cristina Meza Aguilar |
Dirección General del
Registro Electoral |
353422, Profesional
Asistente 1 |
|
21. Herberth Chaves Ramírez |
Departamento de Registro de
Partidos Políticos |
361395, Técnico Funcional 2 |
|
22. Margaret Ileana Arias Alvarado |
Departamento de Registro de
Partidos Políticos |
353706, Asistente
Administrativo 1 |
|
23. Jonathan Fonseca Murillo |
Sección de Archivo |
382342, Profesional
Asistente 1 |
|
24. Olmer Alejandro Padilla Castillo |
Sección de Servicio al
Cliente de TI |
45465, Técnico Funcional 1 |
|
25. Karla Yireth
Monge Zamora |
Dirección Ejecutiva |
90235, Asistente Funcional 2
|
|
26. Addinson Josué Cascante Rivas |
Sección de Inscripciones |
45596, Asistente
Administrativo 2 |
|
27. Yenner Power Luna Arrieta Del 16-11-2025
al 31-12-2025 |
Departamento de Proveeduría |
45451, Asistente
Administrativo 2 |
|
28. Stephanie Chaves Meléndez Del 16-11-2025 al 31-12-2025 |
Dirección General del
Registro Electoral |
382353, Asistente
Administrativo 1 |
En el caso de quienes se ubican en las líneas de la
1 a la 26 sería a partir del 16 de noviembre de 2025, por un lapso de 3 meses,
según lo dispuesto en el artículo 9 del reglamento a nuestra Ley de Salarios o
hasta que se concrete el trámite respectivo para designar al nuevo propietario
o regrese el titular de la plaza a ocuparla (según sea el caso). Para el caso
de las líneas 27 y 28 se solicita prorrogar según se indica.
Quedamos atentos a lo que a bien estime disponer el
Tribunal.".
Se dispone: Prorrogar
conforme se solicita, con la observación según la cual eventuales prórrogas
deben ser expresamente autorizadas por este Tribunal.
ACUERDO FIRME.
B) Consulta de resolución de
traslados definitivos de plazas. Del señor Luis
Antonio Bolaños Bolaños, Director
General del Registro Civil, se conoce resolución n.°
DGRA-0317-2025 de las doce horas y veinte minutos del once de noviembre de dos
mil veinticinco, mediante la cual literalmente manifiesta:
"Considerándolo oportuno para una mejor
atención de las necesidades del servicio público, con fundamento en lo
dispuesto en los artículos 15 y 16 de la Ley de Salarios y Régimen de Méritos
del Tribunal Supremo de Elecciones y Registro Civil y 39 de su respectivo
reglamento, se dispone a efectuar los traslados definitivos que se detallan a
continuación:
|
Funcionario
(a) |
Oficina de origen |
Oficina de destino |
Clase |
Puesto |
Número de puesto |
Plazo |
|
Catherine
Vargas González |
Departamento
Electoral |
Departamento
Civil |
Asistente
Funcional 1 |
Asistente
en información
a las personas
usuarias |
45528 |
A
partir de la firmeza del acuerdo
que así lo autorice |
|
Alfonso
Jesús Castellón
Soto |
Departamento
Civil
|
Departamento
Electoral |
Asistente
Funcional 1 |
Asistente
en información
a las personas
usuarias |
45667
|
A
partir de la firmeza del acuerdo
que así lo autorice |
Adjúntese el oficio DE-3011-2025 suscrito el 10 de
noviembre de 2025 por la señora Sandra Mora Navarro, Directora
Ejecutiva y consúltese al Superior.".
Se dispone: Aprobar.
ACUERDO FIRME.
C) Desestimación de
nombramientos interinos. Del
señor Luis Guillermo Chinchilla Mora, Secretario General
de este Tribunal, se conoce oficio n.° STSE-2666-2025
del 11 de noviembre de 2025, mediante el cual literalmente manifiesta:
"De conformidad con lo manifestado por el
Departamento de Recursos Humanos -mediante oficios n.°
RH-2149-2025 y RH-2171-2025-, me permito solicitar se dejen sin efecto, según
los razonamientos expuestos para cada caso, los nombramientos interinos
adoptados en la sesión ordinaria n.° 89-2025 del 30
de octubre de 2025, a favor de las siguientes personas: Román Antonio Izcano Sosa, Víctor Manuel Hidalgo Barquero, Hans Meza
Castro, Greivin Calixto Morales Espinoza, Barith
Gómez Brizuela y Jean Carlos Cárdenas Godínez, quienes desistieron de sus
nombramientos.".
Se dispone: Dejar
sin efecto los nombramientos interinos que se indican, según lo solicitado.
ACUERDO FIRME.
D) Consulta de nombramientos
interinos en el Departamento de Recursos Humanos.
Del señor Luis Guillermo Chinchilla Mora, Secretario General de este Tribunal, se conoce oficio n.° STSE-2669-2025 del 11 de noviembre de 2025, mediante el
cual literalmente manifiesta:
"Con fundamento en lo dispuesto en Ley de
Salarios y Régimen de Méritos del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro
Civil, en la Ley Marco de Empleo Público y sus respectivos reglamentos, así
como lo dispuesto en el artículo segundo de la sesión ordinaria n.º 50-2025,
celebrada el 22 de octubre de 2025 por el Consejo de Directores, y comunicado
mediante oficio CDIR-0312-2025 de esa misma fecha, en el que se conoció y
aprobó el informe final relativo a la consulta de interés y disponibilidad para
los puestos de Oficinista 1 (Asistente Administrativo 1) y, con base en el
criterio técnico emitido por el Departamento de Recursos Humanos -oficio n.° RH-2188-2025-, me permito proponer los siguientes
traslados interinos:
1.- Del señor José
Esteban Moya Rojas, a la plaza número 382376,
como Asistente Administrativo 1, Oficinista 1 del Departamento de Recursos
Humanos, del 16 de noviembre al 31 de diciembre de 2025.
2.- De la señora Paola
Vanessa Sánchez Herrera, a la plaza número 382378,
como Asistente Administrativo 1, Oficinista 1 del Departamento de Recursos
Humanos, del 16 de noviembre al 31 de enero de 2026.
En ambos casos la designación podrá finalizar antes
del plazo indicado, en el caso que la persona propietaria regrese al puesto, lo
que ocurra primero.
Quedo atento a lo que a bien estime disponer el
Tribunal.".
Se dispone: Aprobar
los traslados conforme se propone en cada caso, con la observación según la
cual eventuales prórrogas deben ser expresamente autorizadas por este Tribunal.
ACUERDO FIRME.
E) Informe final del concurso
interno para nombrar Profesional Asistente en Derecho 2 Electoral. Del señor Luis Guillermo Chinchilla Mora, Secretario General de este Tribunal, se conoce oficio n.° STSE-2670-2025 del 11 de noviembre de 2025, mediante el
cual literalmente manifiesta:
"Con fundamento en lo dispuesto en Ley de
Salarios y Régimen de Méritos del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro
Civil, en la Ley Marco de Empleo Público y sus respectivos reglamentos, así
como en las “Directrices para Reforzar los Criterios Objetivos para Realizar
Registros de Elegibles para Puestos de Servicios Especiales como Apoyo a los
Procesos Consultivos y Electorales”, me permito hacer de su conocimiento que el
Departamento de Recursos Humanos -mediante su oficio n.°
RH-2184-2025-, rinde el informe final que declara concluido el concurso interno
n.° 01-2024-I y, en consecuencia, conformando el
Registro de Elegibles correspondiente para la clase de Profesional Asistente en
Derecho 2 Electoral -S.U-. e indicando que, para la
única persona enlistada, por las razones particulares que se exponen, no
resulta viable que se gestione su nombramiento en este tipo de plazas.".
Se dispone: Tener
por recibida la comunicación. ACUERDO FIRME.
F) Consulta de nombramientos
interinos en distintas unidades administrativas. De
los señores Luis Guillermo Chinchilla Mora, Secretario
General de este Tribunal, y Luis Antonio Bolaños Bolaños,
Director General del Registro Civil, se conoce oficio n.° STSE-2706-2025 del 12 de noviembre de 2025, mediante el
cual literalmente manifiestan:
"Con fundamento en lo dispuesto en Ley de
Salarios y Régimen de Méritos del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro
Civil, en la Ley Marco de Empleo Público y sus respectivos reglamentos, así
como el criterio técnico emitido por el Departamento de Recursos Humanos
-oficio n.° RH-2195-2025-, nos permitimos proponer la
aprobación de los siguientes nombramientos interinos:
1.- Del señor Ronald
Masís Serrano, en la plaza número 45493,
como Auxiliar Operativo 1, Trabajador Misceláneo 1 de la Sección de Servicios
Generales, del 16 de noviembre de 2025 al 15 de febrero de 2026.
2.- De la señora Sharon
Denisse Solís Valverde, en la plaza número 382397,
como Asistente Administrativo 1, Oficinista 1 del Departamento de Programas
Electorales, del 16 de noviembre de 2025 al 15 de febrero de 2026.
3.- De la señora Magaly
Chinchilla Fernández, en la plaza número 45670,
como Técnico Funcional 2, Técnica en Servicios de Publicidad Registral Civil
del Departamento Civil, del 16 de noviembre de 2025 al 31 de enero de 2026.
4.- De la señora Alejandra
Vanessa Quirós Rodríguez, en la plaza número 72872,
como Asistente Funcional 2, Asistente en Servicios Administrativos 2 del
Departamento Civil, del 16 de noviembre de 2025 al 31 de enero de 2026.
5.- Del señor Berny
Cordero Lara, en la plaza número 45872,
como Asistente Funcional 1, Asistente en Información a las personas usuarias
del Departamento Civil, del 16 de noviembre de 2025 al 31 de enero de 2026.
6.- De la señora Pilar
Castillo Cernas, en la plaza número 54383,
como Asistente Administrativo 2, Oficinista 2 del Departamento Civil, del 16 de
noviembre de 2025 al 31 de enero de 2026.
7.- Del señor Erick
Andrey Acuña Fernández, en la plaza número 45652,
como Asistente Administrativo 1, Oficinista 1 del Departamento Civil, del 16 de
noviembre de 2025 al 31 de enero de 2026.
8.- Del señor Albin
Arias Bermúdez, en la plaza número 45770,
como Asistente Administrativo 1, Oficinista 1 de la Sección de Documentos de
Identidad, del 16 de noviembre de 2025 al 30 de junio de 2027.
9.- Del señor George
Louis Villegas Zúñiga, en la plaza número 45809,
como Asistente Funcional 3, Asistente en Servicios Ambulantes, de Notificación
y a Domicilio de la Oficina Regional de Pococí, del 16 de noviembre de 2025 al
15 de febrero de 2026.
10.- De la señora Irela
Toruño Iglesias, en la plaza número 86912,
como Auxiliar Operativo 2, Oficial de Seguridad y Vigilancia de la Oficina de
Seguridad Integral, del 17 de noviembre de 2025 y por todo el tiempo que se
prorrogue la incapacidad de la persona que inicia la cadena de nombramiento.
11.- Del señor Daniel
Francisco Alvarado González, en la plaza número 11549,
como Auxiliar Operativo 2, Oficial de Seguridad y Vigilancia, de la Oficina de
Seguridad Integral, del 17 de noviembre de 2025 al 15 de febrero de 2026.
En todos los casos la designación podrá finalizar
antes del plazo indicado, en el caso de que regrese el titular del puesto o se
conforme el registro de elegibles para dicho cargo según los sistemas de
selección dispuestos en la Ley Marco de Empleo Público.
En el caso del nombramiento de las líneas
3, 4, 5 y 6, estos se solicitan aplicando la posibilidad que
enmarca el artículo 36 bis del reglamento a la Ley de salarios y régimen de
méritos de estos organismos.
Quedamos atentos a lo que a bien estime disponer el
Tribunal.".
Se dispone: Nombrar
conforme se propone en cada caso, con la observación según la cual eventuales
prórrogas deben ser expresamente autorizadas por este Tribunal.
ACUERDO FIRME.
G) Informe final del concurso
interno para nombrar Técnico en Gestión Electoral y ratificación de
nombramiento. Del
señor Luis Guillermo Chinchilla Mora, Secretario General
de este Tribunal, se conoce oficio n.° STSE-2708-2025
del 12 de noviembre de 2025, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Con fundamento en lo dispuesto en Ley de
Salarios y Régimen de Méritos del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro
Civil, en la Ley Marco de Empleo Público y sus respectivos reglamentos, así
como en las “Directrices para Reforzar los Criterios Objetivos para Realizar
Registros de Elegibles para Puestos de Servicios Especiales como Apoyo a los
Procesos Consultivos y Electorales”, me permito hacer de su conocimiento que el
Departamento de Recursos Humanos -mediante su oficio n.°
RH-2185-2025-, solicita la ratificación del nombramiento a plazo fijo en el
puesto de Servicios Especiales n.° 386140 del
señor Josué Álvarez Vargas,
como Técnico Funcional 2 SU., Técnico en Gestión Electoral, según se indica y
rinde el informe final que declara concluido el concurso interno n.° 04-2024-I y, en consecuencia, conformando el Registro
de Elegibles correspondiente para la clase de Técnico/a en Gestión Electoral
-S.U-.".
Se dispone: Tener
por recibida la comunicación; ratificar el nombramiento aprobado en el artículo
segundo de la sesión ordinaria n.º 74-2025, según lo solicitado.
ACUERDO FIRME.
H) Consulta de nombramiento
interino de Asistente en Servicios Administrativos 1 Electoral. Del señor Luis Guillermo Chinchilla Mora, Secretario General de este Tribunal, se conoce oficio n.° STSE-2710-2025 del 12 de noviembre de 2025, mediante el
cual literalmente manifiesta:
"Con fundamento en lo dispuesto en el
artículo 25 del Reglamento a la Ley de Salarios y Régimen de Méritos del
Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil, y el artículo 46 de la Ley
Marco de Empleo Público y sus respectivos reglamentos, así como en las
“Directrices para Reforzar los Criterios Objetivos para Realizar Registros de
Elegibles para Puestos de Servicios Especiales como Apoyo a los Procesos
Consultivos y Electorales” y con base en el criterio técnico emitido por el
Departamento de Recursos Humanos -oficio n.°
RH-2197-2025-, me permito proponer la aprobación del siguiente nombramiento a
plazo fijo, en la plaza de Servicios Especiales, correspondiente al puesto de
Asistente en Servicios Administrativos 1 Electoral, clase Asistente Funcional 1
-SU- de la señora Jacqueline Vanessa
Núñez Brenes, en la plaza n.° 378097,en
el Departamento de Programas Electorales, a partir del 17 de noviembre y hasta
el 31 de diciembre de 2025.
Quedo atento a lo que a bien estime disponer el
Tribunal.".
Se dispone: Nombrar
conforme se propone, con la observación según la cual eventuales prórrogas
deben ser expresamente autorizadas por este Tribunal.
ACUERDO FIRME.
I) Encargo de funciones en la
Dirección General de Estrategia Tecnológica. Del
señor Luis Guillermo Chinchilla Mora, Secretario General
de este Tribunal, se conoce oficio n.° STSE-2711-2025
del 12 de noviembre de 2025, mediante el cual literalmente manifiesta:
"En atención a lo solicitado por la
respectiva jefatura y con sustento en el análisis efectuado por el Departamento
de Recursos Humanos, mediante oficio RH-2201-2025, por considerarse oportuno
para un mejor servicio público, me permito proponer el encargo de funciones de
la señora Xenia Guerrero Arias, Directora General de
Estrategia Tecnológica, en la señora Armenia Masís
Soto, Jefa a. i. del Departamento de
Tecnologías de Información y Comunicaciones, el día 17 de noviembre de 2025.".
Se dispone: Aprobar
el encargo de funciones conforme se solicita. ACUERDO
FIRME.
J) Consulta de nombramiento de
Profesional Asistente en Comunicación de Procesos Electorales 1. Del señor Luis Guillermo Chinchilla Mora, Secretario General de este Tribunal, se conoce oficio n.° STSE-2712-2025 del 12 de noviembre de 2025, mediante el
cual literalmente manifiesta:
"Con fundamento en lo dispuesto en Ley de
Salarios y Régimen de Méritos del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro
Civil, en la Ley Marco de Empleo Público y sus respectivos reglamentos, así
como en las “Directrices para Reforzar los Criterios Objetivos para Realizar
Registros de Elegibles para Puestos de Servicios Especiales como Apoyo a los
Procesos Consultivos y Electorales”, y con base en el criterio técnico emitido
por el Departamento de Recursos Humanos -oficio n.°
RH-2198-2025-, me permito proponer la aprobación del nombramiento a plazo fijo
de la señora Laura Ramírez Díaz, en
la plaza número 386173,
como Asistente en Comunicación de Procesos Electorales 1, clase Profesional
Asistente 1 S.U., en la Dirección General de Estrategia y Gestión
Político-Institucional, del 16 de noviembre al 31 de diciembre de 2025.
Quedo atento
a lo que a bien estime disponer el Tribunal.".
Se dispone: Nombrar
conforme se propone, con la observación según la cual eventuales prórrogas
deben ser expresamente autorizadas por este Tribunal. ACUERDO
FIRME.
ARTÍCULO TERCERO.
ASUNTOS DEL CONSEJO DE DIRECTORES.
A) Informe sobre estudio de
dedicación exclusiva de puesto en la Dirección Ejecutiva. De la señora Glenda Victoria Moreno Murillo,
Profesional en Derecho 1 del Consejo de Directores, se
conoce oficio n.° CDIR-0332-2025 del 7 de noviembre
de 2025, mediante el cual transcribe lo acordado por ese Consejo, respecto al
informe relativo a la solicitud de prórroga al régimen de dedicación exclusiva
del puesto n.° 45460, Ejecutivo Supervisor/a (clase
Ejecutivo Funcional 1), adscrito a la Dirección Ejecutiva, recomendando aprobar
dicha prórroga.
Se dispone: Aprobar
conforme se recomienda. Díctese la respectiva resolución.
ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO CUARTO.
ASUNTOS INTERNOS DIVERSOS.
A) Invitación como expositora
en el V Congreso Municipal de Tecnologías de Información. De la señora Xenia Guerrero Arias, Directora General de Estrategia Tecnológica, se conoce
oficio n.° DGET-385-2025 del 10 de noviembre de 2025,
mediante el cual literalmente manifiesta:
"El Instituto de Fomento y Asesoría
Municipal (IFAM) ha cursado invitación a la suscrita, en calidad de Directora General de Estrategia Tecnológica del TSE, para
participar como expositora en el V Congreso Municipal de Tecnologías de la
Información, particularmente en el eje temático “Transformación
digital y cloud computing”.
El objetivo de esta actividad es dotar a las
autoridades municipales y al personal técnico de conocimientos y herramientas
para una transformación digital estratégica, innovadora y segura, esencial para
la modernización de la gestión municipal. Se realizará el 27 de noviembre de
2025, en las instalaciones del Centro de Transferencia Tecnológica, del TEC, en
Zapote y preliminarmente han reservado un espacio para mi ponencia en la agenda
a las 2:00 p.m.
En virtud de lo anterior, agradezco hacer de
conocimiento de la magistratura esta invitación a los efectos de conocer su
criterio respecto de mi participación.".
Se dispone: Autorizar
la participación de la señora Guerrero Arias, según lo solicitado.
ACUERDO FIRME.
B) Informe de Autoevaluación
del Sistema de Control Interno (ASCI) 2024. De
la señora Sandra Mora Navarro, Directora Ejecutiva, y
del señor Armando Vinicio Machado Aguilar, Coordinador del Sistema de Control
Interno a. i., se conoce oficio n.°
DE-3014-2025 del 10 de noviembre de 2025, mediante el cual literalmente
manifiesta:
"El Tribunal, en acuerdo adoptado en sesión
ordinaria n.° 124-2024 del 19 de diciembre de 2024
-comunicado en el oficio n.° STSE-2696-2024 de misma
fecha-, aprobó la aplicación de la
Autoevaluación del Sistema de Control Interno (ASCI) para el año 2023, con
enfoque en los componentes “Sistema de
Información” y “Seguimiento de la
Información”, labor que fue ejecutada en todas las unidades
administrativas, manteniendo la estructura definida con anterioridad para estos
procesos: a) una Unidad Coordinadora (Unidad de Control Interno) que lidera la
ejecución de todas las acciones requeridas; b) un Equipo Gerencial integrado
por las jefaturas institucionales, que deben participar activamente en el
proceso; y c) la Auditoría Interna que hace su proceso en forma independiente,
siguiendo los lineamientos respectivos.
Al respecto, la Autoevaluación del Sistema de
Control Interno pretende alcanzar lo que la citada Ley General de Control
Interno n.° 8292 (LGCI) y sus Normas establecen:
• Proteger
y conservar el patrimonio público contra cualquier pérdida, despilfarro, uso
indebido, irregularidad o acto ilegal.
• Exigir
confiabilidad y oportunidad de la información.
• Garantizar
eficiencia y eficacia de las operaciones.
• Cumplir
con el ordenamiento jurídico y técnico.
El análisis crítico de cada jefatura –como
responsable de un proceso– le permitirá identificar las acciones a implementar
en las [sic] respectiva unidad administrativa, a
efectos de obtener resultados que contemplen los siguientes aspectos:
• Evaluar
en cada oficina las medidas de control preventivas o correctivas implementadas
a la fecha y conocer las necesarias para incrementar la efectividad del Sistema
de Control Interno (SCI) institucional.
• Observar
el funcionamiento de los diversos controles que permitan determinar su vigencia
y calidad, así como las modificaciones que requieran.
• Cumplir
con el artículo 17 inciso c) de la precitada LGCI, referido a la periodicidad
con que la Administración Activa debe realizar autoevaluaciones de su SCI.
• Registrar
y evidenciar la realización del proceso de autoevaluación para cumplir con las
disposiciones jurídicas y rendir cuentas a quien corresponda.
• Fomentar
una adecuada cultura hacia los beneficios institucionales del SCI.
En virtud de lo anterior se adjunta el documento
denominado “Informe Autoevaluación del Sistema de Control
Interno en el TSE, año 2024 I-ASCI-2024”, haciendo respetuosa solicitud a
ese cuerpo colegiado de que sean acogidas las recomendaciones incluidas en
dicho informe:
A las jefaturas.
8.1
Recordar a las jefaturas la obligación de gestionar y coordinar con el Área de
Capacitación del Departamento de Recursos Humanos las actividades de
capacitación necesarias para actualizar los conocimientos de los funcionarios
en materia del sistema de control interno, según corresponda.
8.2
Reforzar el uso de las herramientas tecnológicas disponibles, tales como Office
365, Teams y la Nube, con el fin de maximizar su
aprovechamiento y mejorar los procesos institucionales a través de su
automatización.
8.3 Asegurar
el cumplimiento de las acciones de mejora identificadas en la Autoevaluación
correspondiente a cada unidad administrativa.
A la Unidad de Control
Interno.
8.4
Impartir capacitación sobre el proceso de Autoevaluación al personal
responsable de las unidades administrativas, con el objetivo de actualizar sus
conocimientos y sensibilizarlos respecto de la importancia de realizar la
adecuada autoevaluación del Sistema de Control Interno todos los años.
8.5
Coordinar con el Departamento de Comunicaciones y Relaciones Públicas la
divulgación de los resultados del presente Informe de Autoevaluación del
Sistema de Control Interno correspondiente al año 2024.".
Se dispone: Tener
por rendido el informe, cuyas recomendaciones se acogen.
ACUERDO FIRME.
C) Memorando de Entendimiento
(MoU) y Términos de Referencia (TdR)
a suscribir con el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD). Del señor Iván Mora Barahona, Secretario
General a. i. de la Dirección General de Estrategia y Gestión
Político-Institucional, se conoce oficio n.°
DEGP-0221-2025 del 10 de noviembre de 2025, mediante el cual literalmente
manifiesta:
"Reciba de previo un cordial saludo. En
atención a la colaboración establecida con el Programa de las Naciones Unidas
para el Desarrollo (PNUD) en torno a la puesta en práctica de la herramienta eMonitor+, se remiten para su conocimiento los siguientes
documentos en su versión final:
✓Memorando
de Entendimiento (MoU)
✓Términos
de Referencia (TdR)
Estos documentos han sido revisados y consensuados
por las partes involucradas, de suerte tal que el MoU
se presenta en el formato previsto por PNUD, el cual ha sido alorado [sic]
positivamente por las correspondientes áreas legales. Cabe destacar que el MoU no puede ser modificado en fondo ni forma, por lo que
los TdR y las Especificaciones se integran como
anexos.
De acuerdo con el cronograma establecido, se
requiere que la firma del MoU se realice durante el
mes de noviembre, por lo que agradecemos su pronta atención y trámite
respectivo.
Por lo anterior, se solicita elevar el asunto al
Superior con la recomendación de aprobar, a efecto de que los jerarcas
suscriban el Memorando de Entendimiento.".
Se dispone: Aprobar
conforme se recomienda. Autorizar a la señora Magistrada Presidenta
Zamora Chavarría, a suscribir los documentos que se indican.
ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO QUINTO.
ASUNTOS EXTERNOS.
A) Observaciones al informe
relativo a carta de compromiso con el MICITT. De
la señora Paula Bogantes Zamora, Ministra de Ciencia, Innovación, Tecnología y
Telecomunicaciones (MICITT), y del señor Diego Leiva Alfaro, Director de
Gobernanza Digital y Certificadores de Firma Digital (DGDCFD), se conoce oficio
n.° MICITT-DM-OF-1320-2025 del 7 de noviembre de
2025, mediante el cual, según lo ordenado en el acuerdo adoptado en el artículo
cuarto de la sesión ordinaria n.º 92-2025, celebrada el 6 de noviembre de 2025,
informa que, se da por recibida la notificación de la no firma de la carta de
compromiso, y procederán a elaborar el informe respectivo por parte de la
Dirección de Gobernanza Digital y Certificadores de Firma Digital (DGDCFD)
sobre la no realización de la intervención pública correspondiente.
Se dispone: Para
lo de su cargo, hágase del conocimiento de la señora Directora
General de Estrategia Tecnológica y del Departamento Legal. ACUERDO
FIRME.
B) Solicitud de reunión para
establecer convenio de colaboración. De
la señora María Gabriela García Garro, Jefa de la Asesoría Jurídica del
Ministerio de Cultura y Juventud, se conoce oficio n.°
MCJ-DM-AJ-470-2025 del 24 de octubre de 2025, mediante el cual solicitan
programar una reunión interinstitucional a fin de valorar el acceso a datos
privados en el marco de procesos administrativos, así como solicitud formal
para establecer un convenio de colaboración que permita el acceso, conforme a
la normativa vigente, a datos personales protegidos, según detalla.
Se dispone: Para
su atención, hágase del conocimiento de las direcciones generales del Registro
Civil y de Estrategia Tecnológica, y del Departamento Legal.
ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO SEXTO.
ASUNTOS ELECTORALES.
A)
Directrices y recordatorio sobre las Elecciones Nacionales de 2026. Se dispone: Emitir las siguientes
directrices y recordatorio:
"EL TRIBUNAL SUPREMO DE
ELECCIONES
De conformidad con las atribuciones que le confieren los artículos 9, 99 y
102 incisos 6) y 10) de la Constitución Política y el artículo 12 inciso a) del
Código Electoral, y
CONSIDERANDO
I.- Que, en virtud de lo
dispuesto por la Constitución Política en sus artículos 9 párrafo tercero, 99 y
102, es competencia exclusiva y obligatoria del Tribunal Supremo de Elecciones
organizar, dirigir y vigilar los actos relativos al sufragio.
II.- Que, para el cumplimiento de sus funciones, el numeral 102 inciso 6)
habilita a esta Magistratura Electoral para dictar directrices a las fuerzas de
policía del país.
III.- Que, en la convocatoria a
elecciones nacionales celebrada el 1.° de octubre de
2025, el señor Rodrigo Chaves Robles, Presidente de la
República, en cumplimiento del precepto constitucional reseñado en el párrafo
anterior, trasladó el mando de la Fuerza Pública y de la Policía de Tránsito a
este Pleno.
IV.- Que, desde el referido 1.° de
octubre de 2025, este Tribunal Supremo de Elecciones ejerce un mando compartido
sobre las autoridades de policía, lo cual implica que la Autoridad Electoral
puede ordenar –directamente y sin necesidad que los jerarcas del Ministerio de
Seguridad Pública las aprueben– las medidas necesarias para ejecutar sus
decisiones en el marco estricto de lo electoral y en procura de la buena
conducción de las votaciones y sus etapas preliminares (acuerdo adoptado en la
sesión n.º 86-2007 del 13 de setiembre de 2007).
V.- Que el ordinal 6 de la Ley
General de Policía (Ley n.º 7410) señala cuáles son los cuerpos policiales del
país y, además, indica que también lo serán aquellas fuerzas policiales “cuya
competencia esté prevista en la ley”.
VI.- Que la Ley de Fortalecimiento
de la Policía Municipal (Ley n.º 9542), modificó el numeral 61 del Código
Municipal (Ley n.º 7794) para indicar que la policía municipal de los
respectivos cantones funcionará como “auxiliar de la Fuerza Pública”.
VII.- Que el Ministerio de Obras
Públicas y Transportes, en resolución n.º 2025-0677 de las 11:25 horas del 6 de
junio de 2025, excepcionó de la restricción vehicular a los automotores que
conforman la flotilla vehicular de este Tribunal Supremo de Elecciones, los
vehículos utilizados por quienes integran el Cuerpo Nacional de Delegados y
para cualquier otro automotor de otra institución o contratado por el Tribunal
Supremo de Elecciones para llevar a cabo labores propias del proceso electoral
2026.
APRUEBA:
Las siguientes:
DIRECTRICES Y RECORDATORIO A
TODAS LAS FUERZAS POLICIALES NACIONALES Y MUNICIPALES DEL PAÍS SOBRE LAS
ELECCIONES NACIONALES 2026
Primero.- Los miembros de los cuerpos
policiales, tanto nacionales como municipales, deberán prestar el auxilio y la
colaboración que requieran los funcionarios electorales y los miembros del
Cuerpo Nacional de Delegados en la atención y
supervisión de todas aquellas actividades proselitistas que realicen las
agrupaciones políticas, tal y como ha ocurrido en pasados comicios. La siempre
atenta colaboración de las fuerzas de policía ha sido fundamental para asegurar
el éxito de los procesos electorales.
Segundo.
- A los vehículos
debidamente identificados con la placa especial que ha sido confeccionada para
las elecciones nacionales de 2026, así como con la placa ordinaria asignada a
los integrantes del Cuerpo Nacional de Delegados, no
les alcanza la restricción vehicular, por lo que pueden circular libremente. En ese sentido, las
autoridades de la policía de tránsito y de las policías municipales autorizadas
para ejercer un control vial no podrán considerar como una infracción que los
citados automotores ingresen en las zonas restringidas de circulación.
Tercero.- En estricto cumplimiento de
sus funciones, deberá permitirse al funcionariado electoral e integrantes del
Cuerpo Nacional de Delegados aparcarse en zonas
restringidas o en aquellas en donde esté permitido, sin que para ello deban
pagar un importe, como podría serlo el correspondiente a parquímetro.
Cuarto.- Todas las fuerzas policiales
del país, como es tradicional, colaborarán en los aspectos relativos a la
custodia, el traslado, la entrega y la recolección del material electoral.
Además, deberán prestar la ayuda y ejecutar las acciones pertinentes -en coordinación
con los funcionarios responsables de este Tribunal- para que, cuando sea
necesario, se asegure el orden público, el libre tránsito por las vías el día
de la elección y el fomento de un ambiente de concordia y paz social. Su
invaluable participación en tales procesos coadyuva en garantizar al país que
el sufragio, como función cívica primordial, se ejercerá en condiciones
irrestrictas de libertad.
Quinto.- Cualquier abuso o incorrección
en la que incurra el funcionariado electoral o quienes integran el Cuerpo
Nacional de Delegados, tratándose de las facilidades
que han sido dispuestas para la adecuada organización de los comicios, deberán
ser puestas en conocimiento de la Dirección General del Registro Electoral y de
Financiamiento de Partidos Políticos para que instruya el procedimiento
correspondiente.
Sexto.- Se recuerda a todas las
personas integrantes de los diferentes cuerpos de policía nacional y municipal
que, de conformidad con el artículo 146 del Código Electoral y la
jurisprudencia de este Tribunal, tienen prohibido: participar en las
actividades de los partidos políticos, asistir a clubes, a reuniones de
carácter político, utilizar la autoridad o influencia de sus cargos en
beneficio de los partidos políticos, colocar divisas en sus viviendas o
vehículos y hacer ostentación partidista de cualquier otro género (lo cual
incluye manifestaciones en redes sociales y plataformas similares). Como
autoridades de policía, en materia político-electoral, únicamente podrán
ejercer el derecho a emitir su voto el día de las elecciones. Según la
legislación nacional, el incumplimiento a esta prohibición se sanciona con la
destitución inmediata del cargo y la inhabilitación para el ejercicio de cargos
públicos de dos a cuatro años.
Sétimo.- Las presentes directrices
mantendrán su vigencia hasta el día en el que el Tribunal Supremo de
Elecciones, haga la declaratoria oficial de elección.
Comuníquese a la Dirección General del Registro Electoral y de
Financiamiento de Partidos Políticos, a la Jefatura Nacional del Cuerpo
Nacional de Delegados, al Delegado
Permanente Adjunto, a los señores Ministros de
Seguridad Pública y de Obras Públicas y Transportes, a los mandos policiales y a
las alcaldías e intendencias municipales. Publíquese en el Diario Oficial. ACUERDO FIRME.
A las diez horas y cincuenta y dos minutos terminó la
sesión.
|
Eugenia
María Zamora Chavarría |
|
|
Max
Alberto Esquivel Faerron |
Zetty
María Bou Valverde |
|
Luz
de los Ángeles Retana Chinchilla |
Luis
Diego Brenes Villalobos |