ACTA N.º 7-2014


Sesión extraordinaria celebrada por el Tribunal Supremo de Elecciones a las nueve horas del veinticuatro de enero de dos mil catorce, con asistencia de los señores Magistrados Luis Antonio Sobrado González quien preside, Eugenia María Zamora Chavarría, Max Alberto Esquivel Faerron, Marisol Castro Dobles y Fernando del Castillo Riggioni.


ARTÍCULO ÚNICO. ASUNTOS DE LAS ELECCIONES PRESIDENCIALES Y LEGISLATIVAS 2014.

A) Medida cautelar contra la empresa Subway Costa Rica (Restaurantes Subs SRL). Del señor Héctor Fernández Masís, Director General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos, se conoce oficio n.° DGRE-081-2014 del 23 de enero de 2014, recibido el día siguiente en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Vistas las denuncias presentadas por los señores Esteban A. Chaves Martínez y Jean Karlo Gonzalez Badilla  contra la empresa Subway Costa Rica  en las cuales  indican: “Por este medio quiero poner en su evidencia la supuesta violación a la legislación electoral por parte de la empresa Subway de Costa Rica. El día 10 de enero del presente año, a las 8:35 de la mañana, el señor Isidro Perera, Gerente General de dicha empresa envió en cadena de contactos el correo electrónico adjunto a esta denuncia. En la misma, esta persona insta a sus dependientes y empleados a no votar por el partido Frente Amplio, haciendo alusión al concepto del "comunismo" en sentido despectivo, con intenciones claras de influir en la decisión de estas personas. Asimismo, les advierte de no votar por el partido mencionado so pena de perder sus empleos en caso de una eventual victoria electoral del candidato José María Villalta Flórez-Estrada.” “Quisiera denunciar a la compañía Subway debido a que está incitando a que no se vote por unos de los candidatos a como se puede ver en las 2 fotografías”. Esta Dirección considera pertinente, sin perjuicio de la posibilidad que tienen los denunciantes de solicitar se amparen sus derechos vía amparo electoral y con el fin de establecer una medida inmediata evitando un daño más gravoso sobre los [sic] solicitar al Tribunal Supremo de Elecciones  dictar medida cautelar contra Subway de Costa Rica a los efectos de que dicha empresa en su condición de patrono se abstenga de girar instrucciones a sus empleados que involucren una intromisión indebida en las decisiones que estos puedan tomar con miras a la próxima elección de presidentes y diputados.

Lo anterior sin perjuicio de las acciones que esta Dirección estaría tomando en lo que corresponda de conformidad con lo dispuesto en la normativa electoral y laboral.".

Se dispone: Con fundamento en lo expuesto por el señor Fernandez Masís, se ordena cautelarmente a la empresa Subway Costa Rica (Restaurantes Subs SRL) abstenerse de enviar a sus trabajadores mensajes para influir en sus decisiones políticas y, en general, evitar cualquier conducta patronal que pudiere violar o amenazar la libre determinación electoral de sus trabajadores. Se advierte a dicha empresa que el incumplimiento de lo aquí dispuesto configuraría la conducta tipificada en el artículo 284 del Código Electoral. El propio Registro Electoral dará seguimiento al efectivo e inmediato cumplimiento de lo aquí dispuesto. ACUERDO FIRME.

A las diez horas terminó la sesión.




Luis Antonio Sobrado González





Eugenia María Zamora Chavarría





Max Alberto Esquivel Faerron





Marisol Castro Dobles





Fernando del Castillo Riggioni