ACTA Nº 8-2011
Sesión ordinaria celebrada por el Tribunal Supremo de Elecciones a las nueve horas del veinticinco de enero de dos mil once, con asistencia de los señores Magistrados Luis Antonio Sobrado González, quien preside, Max Alberto Esquivel Faerron y Mario Seing Jiménez, y las señoras Magistradas Zetty María Bou Valverde y Marisol Castro Dobles.
ARTÍCULO PRIMERO. APROBACION DEL ACTA ANTERIOR.
Se leyó y aprobó el acta de la sesión ordinaria inmediata anterior, excepto por la señora Magistrada Castro Dobles y el señor Magistrado Esquivel Faerron, quienes no participan de dicha sesión.
ARTÍCULO SEGUNDO. ASUNTOS DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA.
A) Informe sobre reclamo administrativo de la empresa Multinegocios Internacionales America S.A. De la señora Mary Anne Mannix Arnold, Jefa a.i. del Departamento Legal, se conoce oficio n.º DL-033-2011 del 19 de enero de 2011, recibido el mismo día en la Secretaría de este Tribunal, al cual -según lo ordenado en el acuerdo del artículo segundo de la sesión ordinaria n.º 055-2010, celebrada el 24 de junio de 2010- adjunta informe relativo al reclamo administrativo promovido por la empresa Multinegocios Internacionales América S.A. (MUTIASA), así como el proyecto de resolución respectivo. En dicho informe, la señora Mannix Arnold literalmente concluye:
"Con base en lo expuesto, este Departamento desde la perspectiva técnico-jurídica, estima improcedente el reclamo interpuesto por el señor Madrigal Cerdas a favor de Multinegocios Internacionales América S.A. Se adjunta el correspondiente proyecto de resolución administrativa.".
Se dispone: Tener por rendido el informe, el cual se acoge. En relación con el proyecto de resolución adjunto, proceda con lo de su cargo la Secretaría de este Tribunal. ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO TERCERO. ASUNTOS DE ADMINISTRACION DE PERSONAL.
A) Recargo de funciones de la Jefatura del Departamento de Recursos Humanos. Del señor Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° RH-073-2011, de fecha 19 de enero del 2011, recibido ese día en la Secretaría del despacho, en el cual literalmente manifiesta:
“De acuerdo con el plan de vacaciones de este despacho aprobado por la Dirección Ejecutiva para el presente año, he solicitado autorización para disfrutar once días de vacaciones del 26 de enero al 9 de febrero, ambas fechas inclusive. En virtud de lo anterior, me permito solicitar al Tribunal Supremo de Elecciones que durante ese lapso mis funciones se recarguen en la Licda. Jocelyn Brown Pérez, quien ocupa el cargo de Subjefe de Recursos Humanos y es la persona que me sustituye. Para tales efectos, la presente gestión cuenta con la anuencia del señor Secretario del Tribunal y el aval presupuestario de la Dirección Ejecutiva y del Departamento de Contaduría.”.
Se dispone: Aprobar el recargo de funciones conforme se solicita. ACUERDO FIRME.
B) Solicitud de respuesta a estudio de reclasificación de puestos. De los señores Karla Ramírez Ramírez, Gonzalo Moreno Cruz, Víctor Manuel Zamora Cruz, Ana Lucía Ramírez Rodríguez y Alexander Porras Guerrero, todos funcionarios de la Sección de Análisis y Control del Departamento Electoral del Registro Civil, se conoce oficio n.° KR-01-2011, de fecha 20 de enero del 2011, recibido ese día en la Secretaría del despacho, en el cual literalmente manifiestan:
“Con la finalidad de solicitar la realización de estudios respectivos para la reclasificación de puesto de Analista de Operación a Profesional de Gestión, en atención al artículo 54 del Reglamento de la Ley de Salarios y Régimen de Méritos de nuestra Institución se presentaron el día 31 de agosto del 2010 ante nuestra Jefatura, Sección de Análisis, oficios KR-03-2010 y GM-01-2010, y el día 30 de setiembre del mismo oficios AP-01-2010, VZ-01-2010 y AR-01-2010, esto fundamentado en las razones expuestas, en el formulario № 176 requerido y en el artículo 110 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones.
Dichas solicitudes se enviaron por parte de la Jefatura mediante oficio AN-1758-2010 el día 20 de setiembre del 2010 y oficio AN-1799-2010 el día 06 de octubre del mismo con su respectiva anuencia ante el Departamento de Recursos Humanos y según lo dispuesto por este Tribunal en el acuerdo del artículo tercero, inciso a) de la sesión ordinaria № 060-2009, celebrada el 23 de junio de 2009, el Departamento de Recursos Humanos deberá resolver las solicitudes de reasignación o reclasificación de puestos en el plazo improrrogable de tres meses, contados a partir del día de la presentación de la respectiva solicitud.
Por lo que al no recibir respuesta en el término fijado por este Tribunal y fundamentados en el artículo 35 del Código Procesal Contencioso Administrativo, el día 20 de diciembre de 2010 se envío oficio KR-04-2010 y GM-02-2010 al mencionado Departamento solicitando resolver de conformidad.
Cabe mencionar que dicho oficio a la fecha no ha sido respondido.
Razón por la que solicitamos ante este Tribunal interceder para que siguiendo el principio de pronta respuesta se le informe y resuelva a sus servidores dichas solicitudes.”.
Se dispone: En el plazo de 3 días, informe sobre el particular el Departamento de Recursos Humanos. ACUERDO FIRME.
C) Excusa para rendir informe sobre solicitud de nombramientos en propiedad de funcionarios interinos. De la señora Mary Anne Mannix Arnold, Jefa a.i. del Departamento Legal, se conoce oficio n.º DL-036-2011 del 20 de enero de 2011, recibido el mismo día en la Secretaría de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"En atención al oficio STSE-0123-2011 del 18 de enero de 2011, referente a la solicitud de la Unión Nacional de Empleados Electorales y Civiles (UNEC), para que se apliquen en el Tribunal las directrices del Decreto Ejecutivo nº. 36320-MP-MTSS, relacionado con el nombramiento en propiedad de los funcionarios que por diversas razones se encuentran interinos, solicito se ponga en conocimiento del Tribunal lo siguiente:
La suscrita es funcionaria interina de este organismo electoral, por lo que existe un interés directo en relación con el tema de fondo que aquí se plantea, por ello, solicito se me excuse de rendir el informe que se ordena.".
Se dispone: Acoger la excusa planteada y designar para el conocimiento del asunto a la Licda. Teresa Pérez Porta. ACUERDO FIRME.
D) Recargo de funciones en el Taller de Publicaciones de Servicios Generales. Del señor Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° RH-0082-2011 del 19 de enero de 2011, recibido en la Secretaría de este Tribunal el 21 de enero de 2011, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Para los efectos pertinentes, me permito elevar a consideración del Superior el oficio número SG-021-2011 recibido el pasado 14 de enero en este despacho que suscribe el Lic. Gustavo Fitoria Mora, Jefe de Servicios Generales, mediante el cual solicita que, durante los 10 días de vacaciones que el señor José Luis García Matarrita, Encargado del Taller de Publicaciones, disfrutará a partir del 31 de enero, las funciones correspondientes se recarguen en el señor Gerardo Matamoros Calvo, quien se desempeña como Técnico de Operación en esa misma unidad.
Si bien es cierto el empleado que se propone cuenta con experiencia en las tareas a realizar por cuanto se ha desempeñado como encargado de esa unidad, por recargo, en otras oportunidades, no cumple con el requisito académico que se exige para ese puesto. Siendo así, para aprobar la gestión debe aplicarse la excepción que sobre el particular contempla el artículo 40 del Reglamento a nuestra Ley de Salarios.
Puede apreciarse que la presente gestión cuenta con la anuencia de la Dirección Ejecutiva y del Departamento de Contaduría.".
Se dispone: Durante su ausencia, encargar las funciones del señor García Matarrita en el señor Fitoria Mora. ACUERDO FIRME.
E) Recargo de funciones de la Jefatura del Solicitudes Cedulares. Del señor Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° RH-0083-2011, de fecha 19 de enero de 2011 y recibido el 21 de enero en la Secretaría del despacho, en el cual literalmente manifiesta:
“Para los efectos consiguientes, me permito elevar a consideración del Tribunal Supremo de Elecciones el oficio número SC-016-2011 recibido el pasado 17 de enero en este despacho que suscribe el Lic. Ricardo Mc Donald Umaña, Jefe de la Sección de Solicitudes Cedulares, mediante el cual informa que disfrutará nueve días de vacaciones a partir del próximo 1° de febrero.
En virtud de lo anterior, solicita que durante ese lapso sus funciones se encarguen en el Lic. Carlos Arguedas Rojas, Jefe de la Sección de Padrón Electoral. Puede apreciarse que la gestión cuenta con la anuencia de la señora Directora (sic) General del Registro Civil.”.
Se dispone: Aprobar el encargo de funciones conforme se solicita. ACUERDO FIRME.
Sale del Salón de Sesiones la señora Magistrada Marisol Castro Dobles.
F) Autorización para asistir al “I Congreso Internacional de Ideología de Género”. De la señora Marisol Castro Dobles, Directora General del Registro Civil, se conoce oficio n.° DGRC-0036-2011, de fecha 20 de enero de 2011 y recibido el día siguiente en la Secretaría del despacho, en el cual literalmente manifiesta:
“En esta fecha he recibido cordial invitación para participar en el I Congreso Internacional de Ideología de Género, que se llevará a cabo en la Universidad de Navarra, (Pamplona España), los días 9, 10 y 11 de febrero del año en curso.
Dentro de los objetivos de los documentos que se anexan, se indica: “…el presente Congreso, organizado en el marco del Proyecto de Investigación Internacional “Igualdad y Género”, pretende crear un foro de debate para reflexionar sobre los presupuestos, fundamentos y consecuencias sociales, políticas y jurídicas de la Ideología de género, así como sobre otras propuestas realistas de la noción de género, que respondan a una antropología más adecuada sobre el ser humano, varón y mujer.”.
Lo anterior, es de especial interés de la suscrita en el ejercicio de su cargo como Directora General del Registro Civil, para adquirir conocimiento sobre la materia, dada la política de género que se está aplicando dentro de la organización.
Estoy en la mejor disposición de asumir los costos que mi participación en el citado congreso generen.
Solicito, respetuosamente al Superior, se me pueda conceder permiso con goce de salario del 7 al 11 de febrero, ambas fechas inclusive para poder asistir a este importante congreso internacional. En razón de la diferencia de horario entre San José y Navarra, un poco más de siete horas tendría que salir del país el 7 de febrero.
Asimismo, para una digna representación sería importante se me pudiera autorizar el uso de pasaporte de servicio.
El regreso sería el 15 ó 16 de febrero, razón por la cual solicito se me autorice el disfrute de 4 días hábiles de vacaciones del 14 al 17 de febrero, ambas fechas inclusive.”.
Se dispone: Conceder la licencia con goce de salario y las vacaciones solicitadas por la señora Castro Dobles; asimismo, se autoriza el uso del pasaporte de servicio. Durante su ausencia, se recargan sus funciones en el Lic. Oscar Mena Carvajal. ACUERDO FIRME.
Reingresa al Salón de Sesiones la señora Magistrada Marisol Castro Dobles.
Sale del Salón de Sesiones la señora Magistrada Zetty María Bou Valverde.
G) Ajustes, reincorporaciones e incorporaciones al régimen de Carrera Profesional. Del señor Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° CP-029-2011, de fecha 21 de enero de 2011 y recibido el 24 de enero en la Secretaría del despacho, en el cual literalmente manifiesta:
“De conformidad con lo que establece el artículo 28 del Reglamento para el Régimen de Carrera Profesional de este organismo electoral, me permito adjuntar copia de las actas de las sesiones números 05-2010 y 06-2010 de esta Comisión, con la finalidad de que el Tribunal Supremo de Elecciones se sirva resolver lo que estime pertinente. Para esos efectos, se acompañan los expedientes de los funcionarios involucrados según el siguiente detalle:
EXPEDIENTE NOMBRE DEL FUNCIONARIO SOLICITA
04 Ana Isabel Fernández Alvarado Ajuste
89 Luis Sáenz Venegas Ajuste
136 Teresa Pérez Porta Ajuste
145 Franklin Mora González Ajuste
177 José Andrés Blanco Chaves Ajuste
238 Alejandra González Barboza Ajuste
244 Zetty Bou Valverde Ajuste
250 Ileana Madrigal Mora Ajuste
284 Carolina Phillips Guardado Reincorporación
288 Kattia Fonseca Arias Ajuste
289 Francina Flores Jiménez Ajuste
310 Carlos Vargas Morales Ajuste
324 Rosa Calvo Jara Ajuste
326 Jonathan Pérez Richmond Ajuste
331 Nidia Aguilar Acuña Ajuste
336 Anayansie Herrera Araya Ajuste
339 Betzi Melissa Díaz Bermúdez Ajuste
340 Rónald (sic) Chacón Badilla Ajuste
347 Alejandra Peraza Retana Incorporación
348 Dana Lorena Barnett Thompson Incorporación
349 Manuel Corella Vargas Incorporación
350 Nancy Avendaño Infante Incorporación
351 Gerardo Chavarría Peña Incorporación
352 David Peña Guzmán Incorporación
353 Néstor Córdoba Marín Incorporación
354 Paola Alvarado Quesada Incorporación
355 Juan Carlos Montenegro Adams Incorporación”.
Se dispone: Aprobar. ACUERDO FIRME.
Reingresa al Salón de Sesiones la señora Magistrada Zetty María Bou Valverde.
H) Informe sobre Manual Descriptivo de Puestos. Del señor Francisco Rodríguez Siles, Director Ejecutivo, se conoce oficio n.° DE-0099-2011, de fecha 21 de enero de 2011 y recibido el 24 de enero en la Secretaría del despacho, en el cual literalmente manifiesta:
“En atención al oficio n.° STSE-0146-2011 del pasado 20 de enero, me permito informar lo siguiente.
Como se puede apreciar, el análisis de la propuesta conlleva un estudio riguroso que se espera concluir próximamente, de manera que, efectuados los ajustes que se requiera, se elevará al Superior para su conocimiento.
Por lo anterior, no es procedente lo manifestado por la UNEC referente a que “a la par de la aprobación del Manual … debe ejecutarse paralelamente un aumento de salario a los trabajadores de la institución” y que “el estudio de factibilidad que se propone el citado acuerdo debe realizarse antes de la aprobación del citado manual”, pues lo procedente es primero la revisión detallada que se está efectuando y luego que el Superior apruebe el Manual y su posible repercusión económica en aquellas clases que proceda, se continuaría el ejercicio de incluir el monto requerido en el presupuesto para el año 2012, que a su vez, dependerá de las directrices que emane el Ministerio de Hacienda respecto del límite para el gasto presupuestario.”
Se dispone: Tener por rendido el informe que se somete a este Tribunal, el cual se acoge. Póngase en conocimiento de los representantes de la Unión Nacional de Empleados Electorales y Civiles (UNEC). ACUERDO FIRME.
Sale del Salón de Sesiones la señora Magistrada Marisol Castro Dobles.
I) Encargo de funciones en la Oficialía Mayor Electoral. Del señor Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° RH-0109-2011, de fecha 24 de enero de 2011 y recibido el mismo día en la Secretaría del despacho, en el cual literalmente manifiesta:
“En sesión 006-2011 celebrada el pasado 20 de enero, oficio STSE-0156-2011 de esa misma fecha, el Tribunal Supremo de Elecciones dispuso encargar las funciones de la señora Oficial Mayor del Departamento Electoral en el Lic. Oscar Fernando Mena Carvajal, Secretario General del Registro Civil, en virtud de que dicha funcionaria fue incapacitada del 19 al 21 de enero.
Mediante oficio DGRC-0042-2010 recibido hoy en este despacho, el cual se adjunta, se informa que la Licda. Ana Isabel Fernández Alvarado fue incapacitada nuevamente, esta vez del 24 al 28 de enero. Siendo que para esta semana el señor Mena Carvajal estará con encargo de las funciones de la señora Directora General del Registro Civil por cuanto la Licda. Marisol Castro Dobles fungirá como Magistrada, se solicita al Tribunal designar a otro funcionario para que asuma por encargo las funciones de la Oficial Mayor del Departamento Electoral hasta que la titular del puesto se reincorpore a sus funciones.”.
Se dispone: 1. Incorporar al orden del día. 2. Encargar las funciones de la señora Oficial Mayor Electoral en el Lic. Luis Bolaños Bolaños. ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO CUARTO. ASUNTOS INTERNOS DIVERSOS.
A) Proyecto de reforma del artículo 44 del Reglamento a la Ley de Salarios. De la señora Mary Anne Mannix Arnold, Jefa a.i. del Departamento Legal, se conoce oficio n.º DL-034-2011 del 19 de enero de 2011, recibido el mismo día en la Secretaría de este Tribunal, al cual -según lo ordenado en el acuerdo del artículo segundo de la sesión ordinaria n.º 002-2011, celebrada el 06 de enero de 2011- adjunta proyecto de reforma del artículo 44 del Reglamento a la Ley de Salarios y Régimen de Méritos de estos organismos electorales.
Se dispone: Promulgar el decreto que interesa, cuya publicación se ordena, de conformidad con el siguiente texto:
"N.º 02-2011
EL TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES
Con fundamento en lo establecido en los incisos 10) del artículo 102 de la Constitución Política y ñ) del artículo 12 del Código Electoral,
DECRETA
La siguiente
“REFORMA AL ARTÍCULO 44 DEL REGLAMENTO A LA LEY DE SALARIOS Y RÉGIMEN DE MÉRITOS DEL TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES Y REGISTRO CIVIL”
Artículo único.- Refórmase el artículo 44 del Reglamento a la Ley de Salarios y Régimen de Méritos del Tribunal Supremo de Elecciones y Registro Civil y sus reformas para que se lea:
"Artículo 44.- Las calificaciones anuales se harán en la fórmula que diseñe el Departamento de Recursos Humanos y cada jefatura evaluará a sus funcionarios quince días antes de que estos cumplan su anualidad.".
Rige a partir de su publicación en el Diario Oficial.". ACUERDO FIRME.
Reingresa al salón de sesiones la señora Magistrada Marisol Castro Dobles.
ARTÍCULO QUINTO. ASUNTOS DEL REGISTRO CIVIL.
A) Informe parcial del estudio sobre el proceso registral de la Sección de Opciones y Naturalizaciones. Del señor Oscar Alberto León Alonso, Auditor Interno, se conoce oficio n.° AI-004-2011, de fecha 19 de enero del 2011, recibido ese día en la Secretaría del despacho, en el cual literalmente manifiesta:
“Con el propósito de dar cumplimiento a lo dispuesto por el Manual de Normas Generales de Auditoría para el Sector Público, en su aparte 205, inciso 04, “Comunicación de resultados”, nos permitimos solicitarles respetuosamente se nos conceda una audiencia en los próximos días, para la presentación del Informe denominado “Informe parcial del estudio sobre el proceso registral de la Sección de Opciones y Naturalizaciones de la Dirección General del Registro Civil, relativo a su aplicación informática”.
Es preciso indicar que en virtud de la materia objeto del informe, salvo mejor criterio de ese estimable Órgano Colegiado, esta Auditoría estima conveniente que se cuente con la participación de la Licda. Marisol Castro Dobles, Directora General del Registro Civil, Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe de la Sección de Opciones y Naturalizaciones, Licda (sic) Patricia Chacón Jiménez, Jefa del Departamento de Tecnologías de Información y Comunicaciones, así como del Lic. Francisco Rodríguez Siles, Director Ejecutivo.”.
Se dispone: Conceder la audiencia solicitada para el próximo miércoles 2 de febrero a las 3:30 pm., en la cual participarán -conforme se sugiere- los funcionarios a que se refiere el señor Auditor Interno. ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO SEXTO. ASUNTOS DE COMISIONES INSTITUCIONALES.
A) Acta n.° 25-2010 del Comité Asesor de Tecnologías de Información. Del señor Rodolfo Delgado Rojas, Secretario del Comité Asesor en Tecnologías de Información, se conoce oficio n.º CATI-009-2011 del 13 de enero de 2011, recibido el día siguiente en la Secretaría de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Para hacerlo del conocimiento del Superior, adjunto copia del acta de la reunión n.°25-2010, (sic) celebrada el 14 y 20 de diciembre del año 2010 por el Comité Asesor en Tecnologías de Información.
Asimismo, para los fines consiguientes me permito elevar al Tribunal el artículo undécimo, inciso b), por si a bien tiene brindarle su aprobación.
“ARTÍCULO UNDÉCIMO. Del señor Rodolfo Delgado Rojas, Jefe de Proyectos Tecnológicos, se conoce:
b) Oficio n.° PTE-159-2010 del 19 de noviembre del año en curso, que dice:
“En relación con lo acordado por el Comité Ejecutivo del Plan Estratégico Institucional (CEPEI) en reunión No. 05-2010, celebrada el 16 de junio de 2010 y comunicado mediante oficio No.CPEI-071-2010, (sic) en cuanto a realizar un análisis conjunto entre la Oficina de Proyectos Tecnológicos, el Área de Planificación y Gestión de Grandes Proyectos (APGGP) del DTIC y el Área de Planificación Institucional de la Dirección Ejecutiva, a efecto de proponer una priorización de los estudios y los proyectos institucionales; esta oficina, como responsable de brindar asesoría técnica en cuanto a la formulación de los estudios de factibilidad de los proyectos que se deriven de la estrategia institucional en materia de TI, así como, velar por el buen desarrollo de dicho (sic) proyectos, se abocó a elaborar una herramienta metodológica que permita de manera formal y basada en buenas prácticas, determinar la priorización de estudios previos y proyectos de TI.
Esta herramienta se denomina "Metodología para priorización de proyectos de tecnología de información" y es considerada un instrumento orientado a coadyuvar en el proceso de determinación de estas prioridades y como apoyo a la toma de decisiones y a la formulación del Plan Estratégico Institucional (PEI).
Su contenido fue revisado y avalado por la jefatura del DTIC y el Área de Planificación y Gestión de Grandes Proyectos de dicho departamento, asimismo, fue revisado por el Área de Planificación Institucional, quien incluyo (sic) algunas observaciones, de las cuales se aplicaron las que se consideraron pertinentes.
Dado lo anterior, se solicita con toda consideración, la aprobación de esta metodología, de tal forma que se aplique con el propósito de cumplir con lo dispuesto por el CEPEI, en cuanto a la priorización de estudios y proyectos de TI institucionales.
No omito manifestar la premura de concretar esta priorización, dada la proximidad de conclusión del Plan Estratégico 2008-2012.”
Al respecto, el señor Abraham Paniagua González, funcionario de esa oficina, realiza una presentación ejecutiva.
SE ACUERDA: agradecer la presentación efectuada. Póngase en conocimiento del Superior con la recomendación de aprobar según se propone.”".
Se dispone: Aprobar conforme se recomienda. ACUERDO FIRME.
B) Acta n.° 01-2011 de la Comisión de Gobierno Digital. Del Rodolfo Delgado Rojas, Secretario de la Comisión de Gobierno Digital, se conoce oficio n.º CGD-002-2011 del 17 de enero de 2011, recibido el día siguiente en la Secretaría de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Para hacerlo de conocimiento del Superior, adjunto copia del acta de la reunión n.° 01-2011, celebrada el 10 de enero del año en curso por la Comisión de Gobierno Digital.
Asimismo, para los fines consiguientes me permito transcribirle el artículo quinto para lo que a bien tenga disponer el Superior.
“ARTÍCULO QUINTO. Del señor Sigifredo Fonseca Mora, Director Corporativo del Banco Nacional se conoce oficio DCTIC-122-10 del 19 de octubre del 2010, que dice:
“El banco (sic) Nacional de Costa Rica, en un afán por apoyar las iniciativas de Gobierno Digital, desea poner a disposición de las principales entidades de gobierno que brindan servicios masivos a la ciudadanía costarricense, nuestra plataforma tecnológica de kioscos digitales y otros canales, mediante los cuales se podrían brindar servicios que faciliten a los ciudadanos su gestión, así como liberar a las entidades de tener grandes volúmenes de usuarios en sus ventanillas para este tipo de gestiones.
Producto de esta iniciativa, se realizó una primera reunión con personal de Tecnología del Tribunal Supremo de Elecciones, con el objetivo de plantear la iniciativa y obtener un listado de los posibles servicios que se podrían implementar y prestar a través de estos dispositivos, tales como:
• Solicitud de certificaciones de nacimiento, matrimonios y defunciones.
• Devolución de inscripciones de matrimonios y nacimientos.
• Consulta de hechos y actos vitales y electorales.
• Descarga del padrón electoral.
• Descarga de movimientos de nacimientos, matrimonios y defunciones.
Es así como nace la necesidad de plantear esta iniciativa a esta Comisión, con el fin de que sea analizada, y de ser aceptada se pueda conformar un equipo de trabajo mediante el cual se inicie la valoración de cuáles serían los servicios que se podrían prestar y los mecanismos de seguridad y distribución que se utilizarán.”
SE ACUERDA: Sugerirle al Tribunal agradecerle al Lic. Sigifredo Fonseca Mora su atento ofrecimiento. Sin embargo, se le haría ver que en este momento el Tribunal Supremo de Elecciones forma parte de un plan que impulsa la Secretaría Técnica de Gobierno Digital que incluye entre otros el proyecto de “Kioscos Electrónicos”, motivo por el cual se declinaría la propuesta y se instaría a que el Banco Nacional forme parte de este esfuerzo con las instituciones interesadas.”.”
Se dispone: Aprobar conforme se sugiere. Hágase del conocimiento del señor Fonseca Mora, a quien se agradece su atento ofrecimiento. ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO SETIMO. ASUNTOS EXTERNOS.
A) Acción de inconstitucionalidad promovida por el señor Rodolfo Saborío Valverde, contra el Código Electoral. De la señora Ana Yenci Barrera Cordero, funcionara de la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, se conoce memorial del 19 de enero de 2011, recibido el mismo día -vía fax- en la Secretaría de este Tribunal, mediante el cual comunica que en la acción de inconstitucional tramitada bajo número de expediente 04-003249-0007-CO, promovida por el señor Rodolfo Saborío Valverde, se ha dictado el voto número 2010009340 de las catorce horas con treinta minutos del veintiséis de mayo de dos mil diez, según el cual se declaró inconstitucional el inciso a) del párrafo primero del artículo 60 del Código Electoral, ley n.º 1536 del 10 de diciembre de 1952 y por conexidad el inciso a) del artículo 67 del Código Electoral, ley n.º 8765 del 19 de agosto de 2009.
Se dispone: Tomar nota. Hágase del conocimiento de la Dirección General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos. ACUERDO FIRME.
B) Solicitud de información del señor Douglas Alberto Bolaños Villalobos. Del señor Douglas Alberto Bolaños Villalobos, se conoce oficio n.º MOSUPA-057-2011 del 21 de enero de 2011, recibido -vía fax- en la Secretaría de este Tribunal el 24 de enero de 2011, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Solicito información del nombre completo y cargo de las personas que archivaron mal el recurso de amparo electoral MOSUPA - 044 - 2010, ya que nací (sic) lo ordenó la Sala Constitucional en el voto - 201002167 de las 14 horas del 22 de Diciembre del 2010, ya que según su oficio del 14 de Enero del 2011 STSE - 0090 - 2011, me vuelven a negar esta información, les recuerdo con todo respeto que están desobedeciendo una sentencia de la Sala Constitucional y están cayendo en desacato, ya que les solicité esta información clara y precisa en el oficio MOSUPA - 051-2010 del 1º de Julio del 2010. Ruego esta información según el artículo 71 de la ley de Jurisdicción Constitucional y según sentenciada (sic) la cual su persona fue notificada ruega (sic) con urgencia dicha información según voto de la Sala IV y el artículo 30 y 27 de la Constitución Política. Muchas gracias.".
Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Indicarle al señor Bolaños Villalobos lo siguiente:
1.- Que en fecha 17 de mayo de 2010, en el fax número 2233-3014 de la Dirección General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos, se recibió oficio suyo n.º MOSUPA-044-201, mediante el cual interpuso recurso de amparo electoral contra el periódico La Nación y los partidos políticos Renovación Costarricense y Restauración Nacional.
2.- Que la Dirección General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos archivó por error la gestión, en lugar de remitirla a la Secretaría de este Tribunal para iniciar el trámite correspondiente.
3.- Que en fecha 27 de mayo de 2010, en el fax número 2255-0213 de la Secretaría de este Tribunal, se recibió nuevamente el oficio suyo n.º MOSUPA-044-2010, mediante el cual interpuso recurso de amparo electoral contra el periódico La Nación y los partidos políticos Renovación Costarricense y Restauración Nacional.
4.- Que mediante oficio n.º MOSUPA-046-2010 de fecha 31 de mayo de 2010, usted presentó recurso de amparo ante la Sala Constitucional contra este Tribunal por el trámite del recurso de amparo electoral mencionado.
5.- Que mediante resolución notificada a este Tribunal el 10 de junio de 2010, la Sala Constitucional ordenó al Presidente de este Tribunal rendir informe sobre el recurso de amparo interpuesto, al cual se le asignó el número de expediente 10-007259-0007-CO.
6.- Que mediante resolución del 1º de julio de 2010, notificada el día siguiente, este Tribunal resolvió el recurso de amparo electoral que usted interpuso.
7.- Que en fecha 1º de julio de 2010, la Secretaría de este Tribunal recibió oficio suyo n.º MOSUPA-051-2010, mediante el cual expresó su posición sobre lo acontecido y solicitó una investigación más profunda y que se le informara sobre el departamento y los funcionarios que recibieron su recurso de amparo electoral, así como si hubo alguna sanción o llamada de atención.
8.- Que mediante oficio n.º STSE-1848-2010 del 09 de julio de 2010, la Secretaría de este Tribunal dio respuesta a su oficio n.º MOSUPA-051-2010, indicándole que mediante resolución del 1º de julio de 2010, este Tribunal había resuelto el recurso de amparo electoral que usted interpuso y que se tomaba nota de sus manifestaciones.
9.- Que mediante resolución notificada a este Tribunal el 08 de setiembre de 2010, la Sala Constitucional dispuso declarar sin lugar el recurso de amparo interpuesto por usted.
10.- Que usted presentó un segundo recurso de amparo ante la Sala Constitucional contra este Tribunal porque estimó que no se le había brindado la información que solicitó en el oficio n.º MOSUPA-051-2010.
11.- Que mediante resolución notificada a este Tribunal el 08 de diciembre de 2010, la Sala Constitucional ordenó al Presidente de este Tribunal rendir informe sobre el segundo recurso de amparo interpuesto, al cual se le asignó el número de expediente 10-016798-0007-CO.
12.- Que mediante oficio n.º TSE-3876-2010 del 14 de diciembre de 2010, el Presidente de este Tribunal rindió el informe solicitado por la Sala Constitucional, en el cual indicó que con el propósito de esclarecer los hechos y determinar eventuales responsabilidades de algún funcionario por la atención dada a las gestiones del señor Bolaños, en sesión de este Tribunal del 13 de diciembre de 2010 se ordenó a la Inspección Electoral iniciar una investigación administrativa, cuyos resultados serán oportunamente comunicados a usted, por ser la información que solicitó.
13.- Que mediante resolución notificada a este Tribunal el 11 de enero de 2011, la Sala Constitucional dispuso declarar con lugar el segundo recurso de amparo interpuesto y ordenar al Presidente de este Tribunal llevar a cabo las actuaciones que estén dentro del ámbito de sus competencias para contestar su gestión.
14.- Que en sesión de este Tribunal del 11 de enero de 2010, al conocer la resolución de la Sala Constitucional referida en el punto anterior, se acordó que la Secretaría de este Tribunal le brindara un informe sobre la situación.
15.- Que mediante oficio n.º STSE-0090-2011 del 14 de enero de 2011, la Secretaría de este Tribunal le brindó el informe que este Tribunal le ordenó.
Ahora bien, ante la nueva gestión que usted dirige a este Tribunal y según lo dicho en el anterior punto numerado como "12.-", se subraya que desde el 13 de diciembre pasado, este Tribunal ordenó a la Inspección Electoral -órgano competente para esos efectos- iniciar una investigación administrativa a fin de esclarecer los hechos y determinar eventuales responsabilidades de algún funcionario de estos organismos electorales en relación con las gestiones por usted formuladas.
La determinación puntual de si existió algún responsable, su nombre y departamento al que pertenece, así como las sanciones que puedan darse, son aspectos que aún están por definirse, dado que la investigación ordenada se encuentra actualmente en desarrollo.
No obstante lo anterior, según se informó a la propia Sala Constitucional, los resultados de dicha investigación se harán de su conocimiento oportunamente.
Comuníquese de inmediato al señor Bolaños Villalobos. Hágase del conocimiento de la Inspección Electoral. ACUERDO FIRME.
C) Solicitud de la Defensoría de los Habitantes para elaborar “registro indígena”. Del señor Luis Gerardo Fallas Acosta, Defensor Adjunto de los Habitantes de la República, se conoce oficio n.º DH-PE-0027-2011 del 25 de enero de 2011, recibido el mismo día -vía fax- en la Secretaría de este Tribunal, mediante el cual solicita el apoyo y asesoría de estos organismos electorales en la elaboración de un "Registro Indígena" para los habitantes del territorio indígena de Térraba, con el fin de planificar su desarrollo, así como para mejorar la gestión del gobierno local de la comunidad con las instituciones públicas, según señala.
Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Acceder a la solicitud planteada por el señor Defensor Adjunto de los Habitantes. Para tal efecto, se designa al señor Rodolfo Villalobos Orozco, Coordinador de Servicios Regionales, como contraparte, en representación de estos organismos electorales, quien informará oportunamente a este Tribunal sobre el particular. ACUERDO FIRME.
A las dieciséis horas terminó la sesión.
Luis Antonio Sobrado González |
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Max Alberto Esquivel Faerron |
Mario Seing Jiménez |
Zetty María Bou Valverde |
Marisol Castro Dobles |