ACTA Nº 72-2011
Sesión ordinaria celebrada por el Tribunal Supremo de Elecciones a las nueve horas del cuatro de agosto de dos mil once, con asistencia del señor Magistrado Luis Antonio Sobrado González, quien preside, la señora Magistrada Eugenia María Zamora Chavarría y el señor Magistrado Juan Antonio Casafont Odor.
ARTÍCULO PRIMERO. APROBACION DEL ACTA ANTERIOR.
Se leyó y aprobó el acta de la sesión ordinaria inmediata anterior, excepto por los señores Magistrados Sobrado González y Casafont Odor, quienes no participaron de dicha sesión.
ARTÍCULO SEGUNDO. INFORMES DE LAS SEÑORAS Y SEÑORES MAGISTRADOS.
Sale del salón de sesiones el señor Magistrado Presidente Sobrado González.
A) Informe sobre participación en seminario internacional “Reformas electorales en el contexto latinoamericano”. Del señor Magistrado Presidente de este Tribunal, Dr. Luis Antonio Sobrado González, se conoce memorial del 1º de agosto de 2011, recibido el mismo día en la Secretaría de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Le ruego elevar a conocimiento del Tribunal el presente informe sobre mi participación en el seminario internacional "Reformas electorales en el contexto latinoamericano", que fuera posible gracias a la autorización que me concediera este Tribunal en su sesión ordinaria n.º 63-2011 (art. 11.º).
Dicho evento, que se celebró en Santo Domingo (República Dominicana) los días 27, 28 y 29 del pasado mes de julio, fue organizado por la Junta Central Electoral dominicana bajo el patrocinio de IDEA Internacional y se desarrolló según la agenda que se acompaña.
Como podrá apreciarse de ese documento, mi intervención se produjo en el marco del segundo panel, en el que se analizaron las experiencias de México, Colombia, Uruguay y Costa Rica en materia de reforma electoral. Según se desprende de la presentación en "power point" que también se anexa, compartí con los asistentes los antecedentes, las características y los ejes de la reforma electoral de nuestro país que culminara, luego de un proceso de una década de duración, con la promulgación del Código Electoral en 2009.
La intervención descrita provocó gran interés de los participantes, que en su mayoría eran representantes de partidos dominicanos, dado que las lecciones obtenidas a lo largo de ese proceso son sin duda útiles en el marco de la discusión parlamentaria que la República Dominicana está teniendo a propósito de nuevas regulaciones electorales.".
Se dispone: Tener por rendido el informe. ACUERDO FIRME.
Reingresa al salón de sesiones el señor Magistrado Presidente Sobrado González.
ARTÍCULO TERCERO. ASUNTOS DE ADMINISTRACION DE PERSONAL.
A) Solicitud de traslado de la señora Irene Montanaro Lacayo a la Sección de Actos Jurídicos. Del señor Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor del Departamento Civil, se conoce oficio n.º DC-3549-2011 del 27 de julio de 2011, recibido el mismo día en la Secretaría de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Mediante acuerdo adoptado por el Tribunal en el inciso a) del artículo sétimo de la Sesión Ordinaria n° 53-2011 celebrada el día 2 de junio pasado, en relación con el informe de necesidades de reorganización de labores en el Departamento de Tecnologías de Información y Comunicaciones y la Oficina de Proyectos Tecnológicos, se dispuso trasladar el puesto n° 45472 de Profesional de Gestión que ocupa la servidora Irene Montanaro Lacayo a la Sección de Actos Jurídicos, en virtud de trasladarse el puesto n° 101872 de Profesional de Gestión, ocupado por el señor Abraham Paniagua González, para su sustitución.
Dicho traslado, se dispuso en virtud de la formación académica en Derecho de la licenciada Montanaro Lacayo y a efecto de reforzar las tareas de dicha Sección, en virtud de las nuevas disposiciones contenidas en el Reglamento del Registro del Estado Civil, que entrará en vigencia el próximo 16 de agosto.
No obstante lo anterior, el propio acuerdo dispuso que “debido a la carga de trabajo a que se enfrenta en estos momentos la Contaduría institucional producto del proceso de formulación presupuestaria, se solicita que este movimiento rija hasta tanto se reincorpore o sea factible sustituir a la señora Karla Sáenz Aguilar quien se encuentra actualmente incapacitada, por lo que temporalmente el señor Paniagua González colaborará en la Contaduría.”
El citado acuerdo además de lo anterior, “traslada al Departamento de Recursos Humanos el puesto Nº 97476, de PROFESIONAL DE GESTION ocupado por la señorita ANDREA ARTAVIA CARDENAS, quien sustituirá a la señora Alejandra Granados Alfaro, la cual ocupa el puesto Nº 353679 de Asistente Funcional en el Departamento Recursos Humanos…” y “…traslada al Departamento de Recursos Humanos el puesto nº 55698, de PROFESIONAL DE GESTION ocupado por el señor CARLOS BENAVIDES GONZALEZ, con la finalidad de reforzar el Área de Capacitación del Departamento de Recursos Humanos, en virtud de poseer formación profesional en el campo de la educación informática.”
Como puede notarse, el acuerdo traslada a la Unidad de Capacitación de Recursos Humanos, tres puestos de PROFESIONAL DE GESTIÓN y traslada tan solo dos puestos, uno de PROFESIONAL DE GESTIÓN y otro de ASISTENTE FUNCIONAL, a otras Oficinas del Tribunal. Lo anterior implica, que si se concreta el traslado de la funcionaria Montanaro Lacayo a la Sección de Actos Jurídicos, a pesar de que se mantenga al señor Paniagua González temporalmente en la Contaduría institucional, la cantidad de puestos con que contaba el Departamento de Recursos Humanos en el área de Capacitación, quedaría incólume, sin tomar en cuenta que recientemente fue nombrada una persona como encargada de esa Unidad, en un puesto de “PROFESIONAL DE ÁREA“ que se encontraba vacante desde mucho tiempo atrás.
El suscrito no tiene la menor duda de la importancia que reviste para el Tribunal la capacitación, no obstante, dentro de tan solo 14 días regirá el nuevo Reglamento y como es de conocimiento de los señores Magistrados y de la señora Magistrada, resoluciones de fondo en trámites de las Secciones de Actos Jurídicos e Inscripciones, serán firmadas por la Jefatura respectiva y el Oficial Mayor Civil, lo que implica que las funciones de esas unidades administrativas, así como el control de calidad en sus trámites, se verán afectados y se generarán labores adicionales a las existentes.
En la actualidad, la Sección de Actos Jurídicos tiene épocas en las que cíclicamente ingresan más expedientes que en otras, lo que hace necesario, contar con una persona que se dedique a la calificación de sentencias, reconocimientos, casos complejos que requieren de revisiones detenidas y que representan una gran inversión de tiempo para la Jefatura y que en general, su colaboración venga a descargar funciones que no deberían ser realizadas por esta (sic).
La señora Karla Sáenz Aguilar, se encuentra incapacitada desde el mes de enero y su licencia por maternidad finalizó en los primeros días de mayo, no obstante, ha venido siendo incapacitada por los servicios de la Caja Costarricense del Seguro Social constantemente.
Existen en la Institución, sustituciones de personal que al igual que la señora Sáenz Aguilar, presentan incapacidades cortas, pero que de alguna forma, se convierten en incapacidades que abarcan períodos considerables. En la misma Sección de Actos Jurídicos existe un ejemplo de lo anterior, ya que en el artículo segundo de la Sesión Ordinaria n° 034-2011 celebrada el 7 de abril pasado, se aprobó el nombramiento interino del señor Johan Vega Díaz, en sustitución de la señora Carolina Alcázar Castro, quien “se ha venido incapacitando por períodos cortos con alguna regularidad en las últimas semanas pues está en estado de gravidez y probablemente lo seguirá haciendo hasta que le extiendan la incapacidad de cuatro meses por maternidad”. Lo anterior implica, que si la señora Sáenz Aguilar sigue siendo incapacitada, pues lo ha sido durante casi tres meses posteriores a su licencia por maternidad, bien podría ser sustituida y trasladarse al señor Abraham Paniagua González al Departamento de Recursos Humanos, si es que el nombramiento interino en sustitución de la citada señora, no recae sobre él mismo.
Como puede notarse, la Unidad de Capacitación se vio reforzada con el acuerdo del Tribunal, lo que hace que a pesar de que se concrete el traslado de la servidora Montanaro Lacayo a la Sección de Actos Jurídicos, lo que resulta de suma importancia de cara a la implementación de los cambios que se avecinan en el Departamento, no se vería afectada en términos de recurso humano y además la persona por la cual no se ha concretado el traslado del señor Paniagua González a dicha Unidad, bien podría ser sustituida en los términos expuestos con anterioridad (sic).
Por último, es importante indicar, que ya la Contaduría institucional no se encuentra en medio del proceso de formulación presupuestaria, pues desde el día 15 de junio, fue remitido el presupuesto para el próximo año al Ministerio de Hacienda, lo que hace que hayan variado las circunstancias que llevaron al Tribunal a postergar el traslado.
En virtud de lo expuesto, respetuosamente le solicito a los señores Magistrados y señora Magistrada, considerar la posibilidad de trasladar de inmediato a la señora Irene Montanaro Lacayo, a la Sección de Actos Jurídicos.".
Se dispone: Para su estudio e informe, el cual habrá de rendirse en el plazo de cinco días hábiles, pase este asunto a la Dirección Ejecutiva. ACUERDO FIRME.
B) Solicitud de beca del funcionario Alejandro Robles Leal, a fin de cursar estudios superiores en el exterior. De la señora Jocelyn Brown Pérez, Jefa a.i. del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° RH-1520-2011 del 22 de julio de 2011, recibido en la Secretaría de este Tribunal el 27 de julio de 2011, mediante el cual rinde informe sobre la solicitud de licencia con goce de salario planteada por el funcionario Alejandro Robles Leal, con el fin de realizar estudios superiores en el exterior, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 del "Reglamento de Facilidades de Capacitación para funcionarios y funcionarias del Tribunal Supremo de Elecciones y Registro Civil" y con fundamento en una serie de consideraciones, literalmente concluye y recomienda:
"5.- CONCLUSIONES
5-1.- El Lic. Alejandro Robles Leal, Letrado, solicita una licencia con goce de salario por espacio de siete meses, de octubre 2011 a Mayo 2012, para cursar estudios de postgrado del programa que será impartido por la Universidad de Sevilla con sede en España.
5-2.- El centro de estudios al que pretende ingresar el funcionario, Universidad de Sevilla, efectivamente imparte el postgrado pretendido por el solicitante.
5-3.- Los documentos aportados para su gestión demuestran el cumplimiento de los diferentes artículos propios de la normativa que rige esta materia, sea el Reglamento de Facilidades de Capacitación para los Funcionarios del Tribunal Supremo de Elecciones y Registro Civil.
5-4.- No se deben tomar las previsiones presupuestarias, en la subpartida “Becas” debido a que el señor Robles Leal únicamente solicita un permiso con goce de salario por los siete meses que dura el programa.
5-5.- Siempre en el campo presupuestario, los montos para hacerle frente a la participación del solicitante en el postgrado pretendido supera los 10 millones de colones en los siete meses, por concepto de permiso con goce de salario, dicho erogación se desglosa en ¢3.882.836,68 para el año 2011, de octubre a diciembre, y ¢7.098715,71 de enero a mayo 2012.
5-6.- El Magistrado Presidente, Dr. Luis Antonio Sobrado González, en su condición de jefe inmediato del funcionario ha manifestado por escrito su anuencia para que el señor Robles Leal puede (sic) recibir la citada formación en el postgrado que pretende, así como las razones institucionales por las cuales lo considera pertinente.
5-7.- Comparada la naturaleza del puesto que desempeña el servidor y las tareas a su cargo, con el programa curricular de dicho postgrado, se determina que efectivamente se encuentran estrechamente relacionados entre sí.
5-8.- En caso de ser aprobada la pretensión del señor Alejandro Robles Leal, éste se obliga a cumplir todas las obligaciones que estipula el Reglamento de Facilidades de Capacitación a funcionarios del Tribunal Supremo de Elecciones y Registro Civil en su artículo 31. Unido a lo anterior, en virtud de la inversión monetaria en que eventualmente incurriría el Tribunal y según estipula dicho reglamento en su artículo 32, el beneficiario deberá suscribir un contrato conjuntamente con el Director Ejecutivo.
6.- RECOMENDACIONES
Con fundamento en lo que ha sido expuesto en los puntos que anteceden, se formulan las siguientes recomendaciones:
6-1.- Que el Tribunal valore la aplicación de los principios que rigen la concesión de becas de formación profesional, específicamente los incisos a y b del artículo 14 que literalmente señalan: “ El Tribunal concederá becas de formación profesional con base, entre otros, en los siguientes principios: a) Solamente se aprobará la obtención de un grado académico de nivel superior al que ostente el funcionario, independientemente de si el grado previo fue financiado o no por el Tribunal. b) La aprobación de un segundo grado académico en el nivel de licenciatura o superior a cualquier nivel será excepcional, solamente si a criterio del Tribunal es de interés institucional. ”
6-2.- Una vez resuelto lo anterior, que se considere únicamente la concesión del permiso con goce de salario para que el señor Robles Leal pueda cursar, entre octubre de 2011 y Mayo 2012, el postgrado de “Maestría Oficial en Derecho Constitucional”, impartida por la Universidad de Sevilla.
6-3.- Instruir al Departamento Legal para que redacte el “Contrato de Estudio” que deberá suscribir el becario conjuntamente con el Director Ejecutivo, considerando para tales efectos, entre otros aspectos, lo que dispone el Capítulo III del Título II del Reglamento de Facilidades de Capacitación para los funcionarios del Tribunal Supremo de Elecciones y Registro Civil.".
Se dispone: Conceder la licencia con goce de salario conforme se solicita. Continúese con el trámite de rigor correspondiente. ACUERDO FIRME.
C) Solicitud de informe sobre reclasificación de puestos en la Unidad de Archivo Civil. De los funcionarios Marlen Ramírez Méndez, Kathy Sing Córdoba, Aldhen Arturo Arguedas Rojas, Esther Ofelia Murillo Zamora y Horacio Enrique Murillo Herrera, Auxiliares de Operación de la Unidad de Archivo Civil, se conoce memorial del 29 de julio del 2011, recibido en la Secretaría del Tribunal ese mismo día, en el cual se refieren a su solicitud de reclasificación de puesto formulada ante el Departamento de Recursos Humanos, habiendo transcurrido a la fecha diez meses de su presentación. Solicitan se resuelva en los términos dichos en el acuerdo del Tribunal Supremo de Elecciones, sesión n.° 060-2009, en el que se estableció que dicho Departamento debe resolver gestiones de ese tipo en el término de tres meses improrrogables.
Se dispone: Para que informe sobre el particular, en el plazo de 3 días, pase este asunto al Departamento de Recursos Humanos. ACUERDO FIRME.
D) Solicitud de permiso del funcionario Gustavo Román Jacobo, a fin de cursar estudios superiores en el exterior. Del señor Gustavo Román Jacobo, Asesor de la Gestión Político-Institucional, se conoce oficio n.° AGPI-4-2011 del 1° de agosto del 2011, recibido en la Secretaría del despacho ese mismo día, mediante el cual literalmente manifiesta:
“Después de un cordial saludo, para conocimiento de la señora y señores magistrados, me sirvo indicar lo siguiente:
En el artículo cuarto de la Sesión Ordinaria N° 107-2010, celebrada el 16 de noviembre del 2010, el Superior dispuso conceder al suscrito, como facilidad de capacitación, además del permiso con goce de sueldo, el pago del 50% de los correspondientes montos de matrícula; concesión “sujeta a la existencia de disponibilidad presupuestaria y a que al Lic. Román Jacobo no se le conceda una beca complementaria que lo cubra”. Así también, en el artículo segundo de la Sesión Ordinaria N° 009-2011, celebrada el 27 de enero del año en curso, el Tribunal dispuso diferir la suscripción del contrato con el propósito de tener por confirmada o descartada la posibilidad de que al suscrito se le concediera una beca que cubriera los montos de las matrículas.
En relación con lo anterior, debo, en primer lugar, informar a los señores y señora magistrados, que la única posibilidad becaria gestionada por el suscrito (Programa Extranjeros II-A: Becas para extranjeros para estudios de Doctorado e investigación en Universidades españolas y sus centros adscritos, así como en otros organismos de investigación españoles), de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, me fue denegada mediante notificación del 26 de julio de 2011.
Lo anterior, si bien contemplado como una posibilidad desde que se gestionó la facilidad de capacitación, afecta sensiblemente mis previsiones económicas personales para asumir este proyecto. Por esa razón, solicito que el TSE modifique los términos de la facilidad de capacitación conferida, de modo que, sin que ello signifique una erogación mayor a la Institución, sí resulte en una ayuda más oportuna para la realización de mis estudios.
La propuesta que formulo es la siguiente: los costos vigentes de los programas de Doctorado y Maestría son, respectivamente, 6200 y 7000 euros (información visible en el sitio web de la Fundación José Ortega y Gasset-Gregorio Marañón http://www.ortegaygasset.edu/). Pido que en lugar de que la Institución cubra el 50% de ambos posgrados (suma que ascendería a 6600 euros), me conceda el 100% de la matrícula del Doctorado (6200 euros) y que en el instrumento contractual se disponga que durante el año 2012 la Institución cubrirá, además, las tasas que establezca la Universidad Complutense de Madrid y los derechos de defensa del Trabajo de Iniciación a la Investigación, hasta por un monto máximo de 400 euros.
Como corolario de lo anterior, procedería, además, que se me reintegren los 930 euros (15% de la matrícula) que, en concepto de reserva de plaza, cancelé por adelantado a la Fundación José Ortega y Gasset-Gregorio Marañón, el pasado 1° de julio (comprobante adjunto), y que se deducen del coste total de 6200 euros del Doctorado.
Esta fórmula se ajustaría rigurosamente a los montos contemplados por el Superior en lo aprobado en la Sesión Ordinaria N° 107-2010, modificando, solamente, los términos en los que estos se erogarían. Es decir, el cambio no aumenta, en absoluto, el monto global de la ayuda inicialmente concedida por el Tribunal al suscrito.
Así, habiéndose despejado la incógnita sobre la no obtención de ayuda becaria y existiendo disponibilidad presupuestaria para proceder conforme se propone (según certifica la Dirección Ejecutiva), solicito que el Tribunal acoja lo aquí propuesto e instruya al Departamento Legal para la correspondiente reformulación del borrador del contrato, a efecto de su más pronta firma.”.
Se dispone: Aprobar conforme lo gestiona el servidor Román Jacobo. Proceda el Departamento Legal con lo de su cargo. ACUERDO FIRME.
E) Suspensión de vacaciones de la Jefatura del Departamento Legal. De la señora Mary Anne Mannix Arnold, Jefa a.i. del Departamento Legal, se conoce oficio n.° DL-367-2011 del 1° de agosto de 2011, recibido en la Secretaría del Tribunal ese mismo día, mediante el cual literalmente manifiesta:
“En atención a lo dispuesto en la sesión ordinaria 069-2011 del 26 de julio de este año, comunicado en el oficio STSE-2088-2011, mediante el cual el Tribunal autoriza a la suscrita el disfrute de 3 días de vacaciones a partir del 3 de agosto de este año, así como el encargo de funciones al señor Luis Guillermo Chinchilla Mora, me permito indicar lo siguiente:
El jueves 28 de julio, de este año, la señora Jocelyn Brown Pérez, en su condición de Jefa a.i del Departamento de Recursos Humanos, me informó, vía telefónica, que no podía disfrutar de esos tres días de vacaciones, por un tema de fraccionamiento y que la alternativa era tomar los ocho días restantes a que tengo derecho del período correspondiente.
Por razones tanto laborales como personales no me resulta conveniente dicha alternativa, por lo que solicito se deje sin efecto lo resuelto por el Tribunal en la citada sesión.”.
Se dispone: Dejar sin efecto las vacaciones solicitadas por la Licda. Mannix Arnold. ACUERDO FIRME.
F) Solicitud de permiso de los funcionarios Andrei Cambronero Torres e Iván Mora Barahona, a fin de cursar estudios superiores en el exterior. De la señora Jocelyn Brown Pérez, Subjefa del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° RH-1565-2011 del 1° de agosto del 2011, recibido en la Secretaría del Tribunal ese mismo día, mediante el cual se refiere a la solicitud de licencia con goce de salario de los funcionarios Andrei Torres Cambronero e Iván Mora Barahona, a fin de realizar estudios superiores en el exterior, de conformidad con la normativa que señala.
En atención a los aspectos que enumera la señora Brown Pérez, concluye y recomienda lo que se transcribe a continuación:
“(…) 5.- CONCLUSIONES
5-1.- Los señores Cambronero Torres y Mora Barahona, solicitan una licencia con goce de salario por espacio de tres semanas; 16 de enero al 3 de febrero de 2012, para cursar estudios de postgrado del programa que será impartido por la Universidad de Pisa con sede en Italia.
5-2.- El centro de estudios al que pretenden ingresar los funcionarios, Universidad de Pisa, efectivamente imparte el postgrado pretendido por los solicitantes.
5-3.- Los documentos aportados para la gestión demuestran el cumplimiento de los diferentes artículos propios de la normativa que rige esta materia, sea el Reglamento de Facilidades de Capacitación para los Funcionarios del Tribunal Supremo de Elecciones y Registro Civil.
5-4.- No se deben tomar las previsiones presupuestarias, en la subpartida “Becas” debido a (sic) que los señores Cambronero Torres y Mora Barahona, únicamente solicitan un permiso con goce de salario por las tres semanas que dura el programa.
5-5.- Siempre en el campo presupuestario, los montos para hacerle frente a la participación de los solicitantes en el postgrado pretendido, asciende (sic) los ochocientos mil colones en tres semanas por concepto de permiso con goce de salario para el año 2012, dicha erogación se desglosa en ¢396.815,12 para el señor Cambronero Torres y de ¢438.905,66 para el señor Mora Barahona.
5-6.- El Magistrado Presidente, Dr. Luis Antonio Sobrado González y el Lic. Alejandro Bermudez Mora, en su condición de jefes inmediatos de los funcionarios Cambronero Torres y Mora Barahona respectivamente, han manifestado por escrito su anuencia para que los citados funcionarios puedan recibir la formación en el postgrado que pretenden, así como las razones institucionales por las cuales lo consideran pertinente.
5-7.- Comparada la naturaleza del puesto que desempeñan los servidores y las tareas a su cargo, con el programa curricular de dicho postgrado, se determina que efectivamente se encuentran estrechamente relacionados entre sí.
5-8.- En caso de ser aprobada la pretensión de los señores Cambronero Torres y Mora Barahona, éstos se obligan a cumplir todas las obligaciones que estipula el Reglamento de Facilidades de Capacitación a funcionarios del Tribunal Supremo de Elecciones y Registro Civil en su artículo 31. Unido a lo anterior, en virtud de la inversión monetaria en que eventualmente incurriría el Tribunal y según estipula dicho reglamento en su artículo 32, el beneficiario deberá suscribir un compromiso de cumplimiento ante el área de Capacitación.
6.- RECOMENDACIONES
Con fundamento en lo que ha sido expuesto en los puntos que anteceden, se formulan las siguientes recomendaciones:
6-1.- Que el Tribunal valore la aplicación de los principios que rigen la concesión de becas de formación profesional, específicamente los incisos a y b del artículo 14 que literalmente señalan: “El Tribunal concederá becas de formación profesional con base, entre otros, en los siguientes principios: a) Solamente se aprobará la obtención de un grado académico de nivel superior al que ostente el funcionario, independientemente de si el grado previo fue financiado o no por el Tribunal. b) La aprobación de un segundo grado académico en el nivel de licenciatura o superior a cualquier nivel será excepcional, solamente si a criterio del Tribunal es de interés institucional. ”
6-2.- Una vez resuelto lo anterior, que se considere únicamente la concesión del permiso con goce de salario para que los señores Cambronero Torres y Mora Barahona, puedan cursar, entre enero y febrero 2012, el postgrado de “Justicia Constitucional y Tutela Jurisdiccional de los Derechos”, impartida por la Universidad de Pisa, Italia.
Finalmente es de suma relevancia indicar que el área de Capacitación elaborará el “Compromiso de Cumplimiento” que deberán suscribir los becarios, considerando para tales efectos, entre otros aspectos, lo que dispone el Capítulo III del Título II del Reglamento de Facilidades de Capacitación para los funcionarios del Tribunal Supremo de Elecciones y Registro Civil.”.
Se dispone: Conceder la licencia con goce de salario conforme lo solicitan los servidores Cambronero Torres y Mora Barahona. Continúese con el trámite de rigor correspondiente. ACUERDO FIRME.
G) Encargo de funciones del Director General del IFED. Del señor Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° RH-1568-2011 del 1° de agosto del 2011, recibido en la Secretaría del Tribunal el 3 de este mes, mediante el cual literalmente manifiesta:
“Para los efectos consiguientes, me permito elevar a consideración del Tribunal Supremo de Elecciones el oficio número IFED-282-2011 recibido el pasado 27 de julio en este despacho que suscribe el señor Hugo Picado León, Director General del IFED, mediante el cual informa que disfrutará siete días de vacaciones a partir del próximo 08 de agosto. En virtud de lo anterior, solicita que durante ese lapso sus funciones se encarguen en el Lic. Rodrigo Abdel Brenes Prendas, Secretario General del IFED.”.
Se dispone: Aprobar el encargo de funciones conforme se solicita. ACUERDO FIRME.
H) Informe sobre el periodo de prueba de la servidora María Quirós Naranjo. Del señor Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.º RH-1574-2011 del 03 de agosto de 2011, recibido el mismo día en la Secretaría de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Para los efectos pertinentes, me permito elevar a conocimiento del Tribunal Supremo de Elecciones el formulario recibido el pasado 1° de agosto con el resultado negativo del período de prueba correspondiente a la servidora María Quirós Naranjo, el cual se aplicó como producto de su nombramiento interino como Profesional de Gestión en la Inspección Electoral. Dicha colaboradora posee plaza en propiedad como Auxiliar de Operación en la Sección de Opciones y Naturalizaciones, pero a partir del pasado 18 de mayo se le ascendió en forma temporal a una plaza de Asistente de la Inspección Electoral, lo que así sucedió en virtud de la cadena de movimientos interinos que se generaron con la designación del señor Luis Fernando Alfaro Martínez como Letrado del Tribunal. Según la fecha de su ascenso, el período de prueba que nos ocupa comprende del 18 de mayo al 17 de agosto de este año.
De acuerdo con el criterio de la Licda. Kattia Villalobos Molina, Inspectora Electoral a.i., la funcionaria no ha hecho méritos como para continuar en el desempeño del cargo, dados los motivos que se sirve exponer en el citado formulario, y recomienda su retorno a la plaza de la cual es titular.
En consecuencia, salvo superior criterio, bien podría aplicarse en este caso lo que señalan los artículos 38 del Reglamento a la Ley de Salarios del Tribunal y 39 del Reglamento Autónomo de Servicios, en el sentido de que el funcionario o la funcionaria que no cumpla satisfactoriamente el período de prueba regresará a su ocupación anterior sin responsabilidad patronal. No omito agregar que, como consecuencia de ello, la señorita Ana Alexandra Barrantes Ramírez, quien fue nombrada también en forma interina para sustituir en la Sección de Opciones y Naturalizaciones a la señora Quirós Naranjo, finalizaría su relación laboral con la institución. Con el propósito de que ambas funcionarias puedan concluir cualquier actividad que tengan pendiente en sus oficinas y si el Tribunal así lo avala, el regreso de la señora María Quirós a la plaza de Auxiliar de Operación podría concretarse a partir del próximo 16 de agosto.".
Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Procédase conforme propone el Departamento de Recursos Humanos. ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO CUARTO. ASUNTOS INTERNOS DIVERSOS.
Director General de Estrategia Tecnológica, se conoce oficio n.° DGET-068-2011 del 28 de julio del 2011, recibido en la Secretaría de este Tribunal al día siguiente, mediante el cual literalmente manifiesta:
“En atención a lo dispuesto por el Superior en el artículo octavo de la Sesión Ordinaria Nº 066-2011 del 14 de julio del año en curso, para su debida aprobación presentamos el texto final de las Políticas que norman el uso de correo electrónico institucional y el acceso a Internet.
En este documento se incorporaron cada una de las recomendaciones sugeridas por la Dirección Ejecutiva y el Departamento Legal.”.
Se dispone: Aprobar el manual que se somete a conocimiento de este Tribunal. Procédase a su difusión interna. ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO QUINTO. ASUNTOS DE COMISIONES Y COMITES INSTITUCIONALES.
A) Acta n.° 13 del Comité de Conservación de Energía. Del señor Gustavo Fitoria Mora, en su condición de Coordinador del Comité de Conservación de Energía, se conoce oficio n.° CCEN-009-2011 del 29 de julio del 2011, recibido en la Secretaría del Tribunal ese mismo día, mediante el cual literalmente manifiesta:
“De conformidad con lo acordado en la Sesión Ordinaria N° 028-2009, celebrada el diecisiete de marzo del año en curso y comunicado mediante Circular STSE-0015-2009, de misma fecha, y con el fin de elevar ante el Superior, le adjunto el acta número 13, correspondiente a la última reunión del Comité de Conservación de Energía, celebrada el 26 de los corrientes. Para los efectos correspondientes, me permito transcribirle el siguiente artículo:
ARTICULO QUINTO.- Se conoce Decreto Ejecutivo N° 36499-S-MINAET del 17 de marzo del año en curso, publicado en la Gaceta N° 88, del 9 de mayo, relativo al Reglamento para la elaboración de programas de gestión ambiental institucional en el sector público de Costa Rica.
Se acuerda: Hacer del conocimiento del Superior dicho decreto. En razón de que allí se plantea la conformación de una Comisión Institucional de Gestión Ambiental, la cual asumiría las competencias del Comité de Conservación de Energía Institucional, ya que abarcaría dentro de sus funciones los aspectos relativos al cambio climático, calidad ambiental, gestión de residuos y conservación y uso racional de la energía, y tomando en cuenta que actualmente existe un grupo de trabajo para la formulación e implementación de un Plan de Manejo de Residuos, según lo dispuso el Tribunal en Sesión N° 85 del 21 de setiembre de 2010; este Comité considera prudente sugerir al Superior se asigne a la Dirección Ejecutiva la valoración de concentrar esfuerzos mediante la estructuración de dicha Comisión para lo cual deberá sugerir al Tribunal quiénes deberán formar parte, así como la persona responsable de su coordinación.”.
Se dispone: Conforme se solicita, pase este asunto a estudio e informe de la Dirección Ejecutiva, el cual deberá rendirse dentro del plazo de 10 días hábiles. ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO SEXTO. ASUNTOS DE ORGANIZACIONES GREMIALES DEL TRIBUNAL.
A) Solicitud de información sobre resultado de estudio solicitado por la UNEC. De la señora Ilenia Ortiz Ceciliano y del señor Carlos Murillo Alvarado, por su orden, Secretaria General y Secretario General Adjunto de la Unión Nacional de Empleados Electorales y Civiles (UNEC), se conoce oficio n.º UNEC-75-2011 del 29 de julio de 2011, recibido en la Secretaría de este Tribunal el 1º de agosto de 2011, mediante el cual literalmente manifiestan:
"En sesión ordinaria 038-2011 del 26 de abril del año en curso, ese Tribunal dispuso pasar “para su estudio e informe conjunto a los Departamentos Legal y Recursos Humanos” las manifestaciones externadas por ésta Organización en el oficio UNEC-26-2011 del 06 de abril del 2011, no obstante a la fecha no hemos recibido respuesta a nuestras apreciaciones.
Por lo que solicitamos a ese Tribunal interponga sus oficios a fin de que se nos informe el resultado del estudio solicitado.".
Se dispone: En el plazo de 5 días, refiéranse al particular los citados Departamentos. ACUERDO FIRME.
B) Informe sobre denuncia de la señora Ilenia Ortiz Ceciliano. De la señora Mary Anne Mannix Arnold, Jefa a.i. del Departamento Legal, se conoce oficio n.º DL-365-2011 del 1º de agosto de 2011, recibido el mismo día en la Secretaría de este Tribunal, al cual -según lo ordenado en el acuerdo del artículo segundo de la sesión ordinaria n.º 063-2011, celebrada el 05 de julio de 2011- adjunta informe relativo al reclamo realizado por la señora Ilenia Ortiz Ceciliano mediante oficio n.º UNEC-60-2011 del 28 de junio de 2011, mediante el cual literalmente manifiesta:
"En atención a su oficio No. STSE-1916-2011 del 7 de julio de 2011, referente a la solicitud que formula la funcionaria Ilenia Ortíz Ceciliano, procedo a informar lo siguiente:
1.- Objeto del informe:
La funcionaria Ileania (sic) Ortiz Ceciliano, en su condición de Secretaria General de la Unión Nacional de Empleados Electorales y Civiles (UNEC) mediante oficio UNEC-60-2011 del 28 de junio de este año, señala que ocupa una plaza de Coordinador de Apoyo clase Secretaria 1. Que en varias ocasiones ha solicitado que se reclasifique su puesto al de Coordinadora de Gestión en la clase de Secretaria 2, solicitudes que le fueron rechazadas. Denuncia que la reclasificación solicitada se rechazó en virtud del cargo que desempeña como dirigente sindical. En concreto, solicita que “... se proceda conforme corresponde en derecho, se reconozca el trabajo que realizo y se apruebe la reclasificación presentada por mi persona, debiendo corregirse la categoría de reclasificación solicitada de Secretaria 2 a Asistente Funcional y CESE la persecución Sindical que se viene ejerciendo de forma simulada contra los afiliados a la UNEC, de lo cual el Licenciado Ricardo Carías, Jefe del Departamento de Recurso (sic) Humanos es el principal agente antisindicalista, como ya es de conocimiento de todos”.
El Tribunal, en relación con dicho documento dispuso “Tomando en cuenta que no existe ninguna solicitud administrativa de reasignación o reclasificación del puesto de la señora Ortiz Ceciliano que actualmente tramite el Departamento de Recursos Humanos o la Dirección Ejecutiva, pase al Departamento Legal, para que en el plazo de diez días hábiles estudie e informe lo pertinente sobre el reclamo que se hace sobre el particular. En relación con la presunta persecución sindical que se acusa, proceda la Inspección Electoral con el inicio de una investigación administrativa preliminar en relación con los hechos a los que se refiere la señora Ortiz Ceciliano”.
2. Análisis de la consulta.
Como un primer paso para elaborar este informe, se solicitó al Departamento de Recursos Humanos informar si actualmente se encuentra en trámite alguna solicitud de reclasificación por parte de la señora Ortíz Ceciliano, puesto número 45520, clasificado como Coordinador de Apoyo (Secretaria 1). Mediante oficio RH-1444-2011 del 13 de julio de 2011, dicho Departamento informó que no existe ninguna reclasificación en proceso de estudio y que revisado el historial de dicho puesto, únicamente ha presentado dos solicitudes de reclasificación, una de manera individual (24 de mayo de 2001) y otra de forma colectiva, suscrita por Ilenia Ortíz Ceciliano y otras personas que ocupan cargos similares en distintas dependencias (23 de febrero de 2005). Ambas solicitudes fueron denegadas, en el primer caso por resolución dictada por el Tribunal Supremo de Elecciones y en el segundo caso por resolución conjunta dictada por la Secretaría del Tribunal Supremo de Elecciones y la Dirección General del Registro Civil.
Por otra parte, se constató que actualmente se tramita ante el Juzgado de Trabajo del II Circuito Judicial de San José, proceso ordinario laboral contra el Tribunal Supremo de Elecciones, incoado por varias funcionarias y funcionarios, entre ellos la señora Ilenia Ortíz Ceciliano, bajo el expediente: 09-001991-166-LA. En dicho expediente se cuestiona la decisión del Tribunal de denegar la reclasificación solicitada y solicitan que en vía judicial se ordene la reclasificación de los puestos que ocupan los gestionantes, de Coordinador de Apoyo (Secretaria 1) al de Coordinador de Gestión (Secretaria 2) y, consecuentemente, se les reconozcan las diferencias salariales correspondientes así como las diferencias que resulten de los extremos que se calculen sobre el salario. Según la información recabada, este proceso está en trámite y se señaló para conciliación y recepción de pruebas (ver copia de la consulta en línea, del 22 de julio de 2011, que se adjunta)
En criterio de este Departamento, desde la perspectiva jurídica existen al menos dos razones que impiden al Tribunal conocer, en este momento, de la solicitud que plantea la gestionante para que su puesto sea reclasificado a la categoría de Asistente Funcional:
En primer lugar, como se indicó, existe un proceso ordinario laboral pendiente de resolver en sede judicial, cuyo resultado, de resolverse por el fondo, incidirá sobre la reclasificación del puesto de la funcionaria Ortiz Ceciliano. Lo que sobre la materia resuelva el Juzgado es de acatamiento obligatorio para la Administración. Por ello, no podría el Tribunal pronunciarse sobre el fondo de la nueva gestión que presenta la señora Ortiz en sede administrativa, en tanto no se dicte sentencia firme en sede judicial, aún cuando lo que ahora pretende es una categoría superior, porque ambas solicitudes están interrelacionadas.
Un segundo punto a considerar es que la gestionante, en su escrito UNEC-60-2011, acusa en forma directa que la Administración denegó sus gestiones anteriores relativas a la reclasificación del puesto que ocupa, no por razones técnicas, sino por persecución sindical en virtud de ser ella la Secretaria General de la UNEC. Frente a esto, el Tribunal ordenó a la Inspección Electoral realizar una investigación administrativa preliminar.
De conformidad con lo estipulado en el artículo 5 inciso s) y el artículo 54 y siguientes del Reglamento a la Ley de Salarios y Régimen de Méritos del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil, le corresponde al Departamento de Recursos Humanos, como instancia técnica especializada, y no al Tribunal en forma directa, tramitar las solicitudes de reclasificación de puestos. Al estar pendiente de resolver lo que corresponda en relación con la denuncia por persecución sindical en contra de la Jefatura del Departamento de Recursos Humanos, no es procedente pronunciarse en este momento sobre una nueva gestión de la señora Ortiz Ceciliano.".
Se dispone: Tener por rendido el informe, el cual se acoge. Póngase lo resuelto en conocimiento de la reclamante. ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO SETIMO. ASUNTOS DE ORGANISMOS ELECTORALES INTERNACIONALES.
A) Invitación para participar en la “Cuarta Jornada Interamericana Electoral”. Del señor Tyler Finn, de la Secretaria de Asuntos Externos del Departamento para la Cooperación y Observación Electoral de la Organización de los Estados Americanos, se conoce correo electrónico recibido el 28 de julio del 2011, mediante el cual literalmente manifiesta:
"La Secretaría de Asuntos Políticos de la Organización de los Estados Americanos, a través de su Departamento para la Cooperación y Observación Electoral y en colaboración con el Instituto Federal Electoral (IFE) de los Estados Unidos Mexicanos, el Instituto Internacional para la Democracia y la Asistencia Electoral (IDEA) y la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales (FLACSO-Chile), tienen el agrado de invitarlo/a a presentar nominaciones para la participación de un representante de alto nivel técnico de su prestigiosa institución en la “Cuarta Jornada Interamericana Electoral” que se celebrará del 14 al 18 de noviembre del 2011 en la Ciudad de México, México.
Adjunto una carta convocatoria que explique (sic) la jornada en más detalle, el formulario de nominación y el formulario de aplicación que debe ser completado por el/la funcionario/a nominado/a. Agradeceríamos recibir su nominación a través de estos formularios, a más tardar el 31 de agosto de 2011. Por favor siéntese (sic) libre de contactarme por correo electrónico o por teléfono (+1 202 458 6510) en caso de que tenga alguna duda o pregunta.”.
Se dispone: Postular a los funcionarios José Gilberto Alvarado Villalobos, María Auxiliadora Protti Quesada, Gerardo Abarca Guzmán y Eric Schmidt Fonseca. ACUERDO FIRME.
B) Curso de Especialización para Funcionarios Electorales de América Latina sobre Financiamiento, Fiscalización y Acceso a Medios. Del señor Manuel Guillermo Carrillo Poblano, Coordinador de Asuntos Internacionales del Instituto Federal Electoral de México, se conoce oficio n.° CAI/360/2011 del 27 de julio del 2011, recibido en la Secretaría del Tribunal el 29 de este mes, mediante el cual se refiere a la realización del I Curso de Especialización para Funcionarios Electorales de América Latina sobre “Financiamiento, Fiscalización y Acceso a Medios”, según detalla, extendiendo invitación al Tribunal Supremo de Elecciones para que asigne al responsable de la unidad o área encargada de administrar y controlar el financiamiento de partidos políticos y campañas electorales para participar en este Curso.
Indica el señor Carrillo Poblano que el Curso ha sido diseñado para ser desarrollado en tres etapas: la etapa previa al curso, que implica la elaboración y el envío de un Ensayo de Diagnóstico de la problemática actual de la institución en la materia; la segunda etapa es la asistencia en el Curso presencial que constará de una serie de debates con expertos internacionales y los propios participantes para la reflexión sobre la importancia del dinero en la política y la equidad en la contienda; y la última fase consiste en la realización de un Informe Final de su participación y la contribución de éste en la posible solución a la problemática planteada en el documento realizado en la primera etapa.
Finalmente señala el señor Coordinador que el Curso de Especialización no tendría costo alguno, solicitándose que cada organismo electoral participante proporcione el transporte aéreo del representante de la institución, en tanto que el CICIE cubrirá los costos relativos a hospedaje, alimentación y transporte local para las actividades programadas, según la información que adjunta.
Se dispone: Para que participe en el curso supra mencionado se designa al Lic. Ronald Chacón Badilla, Jefe del Departamento de Financiamiento de Partidos Políticos. Se agradece al IFE en la persona del señor Carrillo Poblano la gentil invitación cursada a este Tribunal. ACUERDO FIRME.
C) Invitación para participar en las Elecciones Generales y al Parlamento Centroamericano en Guatemala. De la señora María Eugenia Villagrán de León, Magistrada Presidenta del Tribunal Supremo Electoral de la República de Guatemala, se conoce memorial de julio de 2011, recibido -vía correo electrónico- en la Secretaría de este Tribunal el 1º de agosto de 2011, mediante el cual literalmente manifiesta:
"En nombre del Honorable Pleno de Magistrados del Tribunal Supremo Electoral de Guatemala, reciba un fraternal saludo y deseándole éxitos en tan distinguido organismo que representa.
Por este medio me es grato dirigirme a usted con el objeto de extenderle la presente invitación a fin de comunicarle que el día domingo 11 de septiembre del presente año, este Tribunal celebrará Elecciones Generales y al Parlamento Centroamericano 2011, según Decreto 1-2011 de fecha dos de mayo del año en curso, por lo que nos complace invitarle a este evento Democrático, en virtud de lo cual atentamente solicitamos sean designados dos delegados del Organismo Electoral que usted representa a tan importante acontecimiento; lo cual contribuirá a darle un valor agregado a favor de la transparencia del proceso electoral referido.
El Tribunal Supremo Electoral de Guatemala cubrirá todos los gastos relacionados con su participación: Boletos Aéreos, hospedaje, alimentación, transporte interno, participación en los eventos académicos, culturales, sociales y en el despliegue de Rutas de Observación.
La misión se realizará durante el período comprendido del jueves 8 al lunes 12 de septiembre del año en curso, en el cual se desarrollará la agenda de trabajo.
Mucho le agradeceré respuesta sobre la participación a este magno evento lo más pronto posible, a efecto de hacer las gestiones pertinentes para su recepción y atención. Ruego contactar a la Licenciada Carmen Rivera, Jefa del Departamento de Cooperación del Tribunal Supremo Electoral […]".
Se dispone: Agradecer la invitación cursada y designar a esos efectos a la Magistrada Zetty María Bou Valverde y al Lic. Héctor Fernández Masís, Director General del Registro Electoral y Financiamiento de Partidos Políticos. ACUERDO FIRME.
D) Invitación para participar en Taller de la OEA en Washington. Del señor Pablo Gutiérrez, Director del Departamento para la Cooperación y Observación Electoral de la Secretaría de Asuntos Políticos de la Organización de los Estados Americanos, se conoce oficio n.º SAP/DECO-541/11 del 29 de julio de 2011, recibido -vía correo electrónico- en la Secretaría de este Tribunal el 1º de agosto de 2011, dirigido a la señora Magistrada Vicepresidenta Zamora Chavarría, mediante el cual literalmente manifiesta:
"El Departamento para la Cooperación y Observación Electoral de la Secretaría de Asuntos Políticos de la OEA tiene el agrado de invitarle a participar en el “Taller de Validación de la Metodología para Incorporar la Perspectiva de Género en las Misiones de Observación Electoral (MOEs/OEA)” que tendrá lugar en la ciudad de Washington, D.C. el 24 y 25 de agosto del año en curso.
El taller de validación tiene los siguientes objetivos:
• Presentar la metodología a los participantes, incluyendo la matriz de indicadores; funciones de los especialistas del Grupo Base; principales hallazgos de los pilotos y recomendaciones.
• Recibir comentarios y recomendaciones por parte del grupo de participantes sobre la metodología; alcance, adecuación de los indicadores, compatibilidad de la metodología con otras iniciativas similares, entre otros.
• Intercambiar ideas sobre estrategias y buenas prácticas para transversalizar la perspectiva de género en la observación electoral internacional.
Para más información sobre la metodología por favor referirse al documento adjunto “Resumen Ejecutivo de la Metodología”.
Me gustaría informarle además que si acepta nuestra invitación, la Organización correrá con los gastos relacionados a su estadía en Washington D.C. por los días del taller (pasaje aéreo, hospedaje, y almuerzos).
Para confirmar su participación, así como las coordinaciones de su viaje, le agradezco contactar a Sara Mia Noguera, Especialista de DECO […]".
Sale del salón de sesiones la señora Magistrada Vicepresidenta Zamora Chavarría.
Se dispone: Agradecer al señor Gutiérrez y al Departamento para la Cooperación y Observación Electoral de la Secretaría de Asuntos Políticos de la Organización de los Estados Americanos la cordial invitación que cursan. Se autoriza la participación de la señora Magistrada Vicepresidenta de este Tribunal, Eugenia María Zamora Chavarría en el referido Taller. Para sustituirla, previo sorteo de rigor, se designa al Mag. Rodríguez Chaverri.
De conformidad con lo establecido por este Tribunal en el inciso h) del artículo cuarto de la sesión ordinaria n.º 87-2008, celebrada el 02 de octubre de 2008, en relación con el viaje en cuestión se detalla lo siguiente:
Nombre completo del funcionario (a) |
Cargo que desempeña |
País a visitar |
Período del viaje |
Objetivos del viaje |
Monto del adelanto de gastos de viaje y justificación |
Gastos conexos y justificación |
Eugenia María Zamora Chavarría |
Magistrada Vicepresidenta |
Estados Unidos de América |
Del 24 al 25 de agosto de 2011 |
Participación en el “Taller de Validación de la Metodología para Incorporar la Perspectiva de Género en las Misiones de Observación Electoral (MOEs/OEA)” |
Ninguno |
Ninguno |
ACUERDO FIRME.
Reingresa al salón de sesiones la señora Magistrada Vicepresidenta Zamora Chavarría.
ARTÍCULO OCTAVO. ASUNTOS EXTERNOS.
A) Acción de inconstitucionalidad promovida por María Ester Barboza Araya contra Ley Orgánica del TSE. De la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia se conoce resolución n.° 2011001355 de las 15:57 horas del 2 de febrero de 2011, que declara sin lugar acción de inconstitucionalidad promovida por María Ester Barboza Araya, contra el párrafo 1° del artículo 27 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil.
Se dispone: Tomar nota y poner en conocimiento de los Departamentos de Recursos Humanos y Legal y del Área de Letrados.
B) Solicitud de plan sobre directrices del MINAET. De la señora Gloria Villa de la Portilla, Directora Sectorial de Energía, se conoce fax correspondiente al oficio n.° DSE-361-2011 del 26 de julio del 2011, recibido en la Secretaría del Tribunal el 28 de este mes, mediante el cual se refiere a las directrices de la Presidencia de la República y del Ministerio de Ambiente, Energía y Telecomunicaciones que indica, con el fin de solicitarle a los jerarcas de los órganos, entes, instituciones y empresas del sector público central y descentralizado que elaboren Planes de Eficiencia Energética.
Al respecto, indica la señora Villa de la Portilla, que de conformidad con la directriz 17-MINAET, en su artículo 4, a más tardar en los 45 días naturales siguientes a la publicación de la misma se deben presentar dichos planes, para lo cual se ha elaborado una serie de documentos -a fin de orientar su confección- lo que se encuentran disponible en la dirección electrónica que señala.
Se dispone: Para la inmediata atención de este asunto y mientras la Dirección Ejecutiva atiende lo relativo a la reestructuración del Comité de Conservación de Energía, según lo acordado en esta misma sesión, pase este asunto al Comité de Conservación de Energía, para su debida atención dentro del plazo a que se refiere la señora Directora Sectorial de Energía. ACUERDO FIRME.
C) Solicitud para revisar documentación del Registro Civil. De la señora Sonia Álvarez Chacón, quien manifiesta ser Perita Oficial acreditada en Documentoscopía, se conoce memorial del 10 de junio del 2011, recibido en la Secretaría del Tribunal el 1° de agosto en curso, mediante el cual se refiere a su necesidad de autorización para revisar la documentación del Registro Civil relacionada con su trabajo como Técnica Pericial no sólo para autoridades judiciales, sino también para las diferentes entidades que se ven en la necesidad de nombrar y contratar a un experto en la materia, y que implica tener acceso a las firmas en las cuentas cedulares. Refiere asimismo la señora Álvarez Chacón las dificultades surgidas -para desplegar su labor- a raíz de las instrucciones del Lic. Oscar Mena Carvajal, Secretario General del Registro Civil, las cuales no se presentaban con el anterior ocupante de ese cargo.
Se dispone: Para que informe sobre el particular, en el plazo de 5 días hábiles, pase este asunto a la señora Directora General del Registro Civil. ACUERDO FIRME.
D) Colaboración en la ejecución de la Agenda Social Digital. De la señora Alicia Avendaño Rivera, Directora de la Secretaría Técnica de Gobierno Digital, se conoce oficio n.° 069-747-2011 del 1° de agosto del 2011, recibido en la Secretaría del Tribunal ese mismo día, mediante el cual literalmente manifiesta:
“Como una forma de concretar acciones dentro de la propuesta que recientemente lanzó la Presidencia de la República a la sociedad costarricense denominada "Agenda Social Digital", se llevará a cabo un estudio a nivel nacional que nos permita determinar el nivel de infraestructura tecnológica, tanto hardware, software como conectividad, con que cuentan las principales instituciones del Estado.
Este estudio, ha sido gestionado por la Secretaría Técnica de Gobierno Digital ante la USTDA (United Stated Trade Develpment Agency) y para el mes de agosto se arrancará con la etapa del diagnóstico y propuesta de diseño de una Intranet gubernamental y de un Centro de Datos para las principales instituciones públicas. Los resultados que se obtengan son cruciales para la definición del mapa de ruta de un componente de la Agenda Social Digital, a saber: plan nacional de banda ancha a nivel de Estado.
Dado que el Tribunal Supremo de Elecciones, se encuentra dentro de las instituciones claves del estudio, le solicito su apoyo, el cual corresponde a la asignación de un responsable que coordinará a (sic) ejecución del proyecto dentro de la institución lo que garantizará obtener los resultados esperados. En este sentido, igualmente le solicitamos nos otorgue una audiencia, para ampliar los alcances del proyecto y el apoyo requerido por parte de su presentada.
Agradecemos de antemano, el apoyo y colaboración que nos pueda brindar para garantizar el éxito de este proyecto, base fundamental para brindar mejores servicios al ciudadano costarricense.”.
Se dispone: Designar al señor Dennis Cascante Hernández, Director General de Estrategia Tecnológica. El Magistrado Presidente, conjuntamente con el Lic. Cascante atenderá a doña Alicia el próximo martes 9 de agosto a las 15:30 horas. ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO NOVENO. ASUNTOS DE LA AUDITORIA INTERNA.
A) Informe sobre el Sistema de Identificación, Valoración y Administración del Riesgo Institucional (SIVAR) y de las Autoevaluaciones Anuales de Control Interno, correspondiente el período 2006-2009. Del señor Oscar Alberto León Alonso, Auditor Interno, se conoce oficio n.° AI-126-2011 del 28 de julio del 2011, recibido el mismo día en la Secretaría de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Para los efectos pertinentes, me permito remitir a ese estimable Tribunal el documento No. ICI-02/2011, denominado: "Informe sobre el Sistema de Identificación, Valoración y Administración del Riesgo Institucional (SIVAR) y de las Autoevaluaciones Anuales de Control Interno, correspondiente el período 2006-2009”, el cual se efectuó como parte del Plan de Trabajo de esta Auditoría del año 2010.
Con el propósito de observar debidamente lo dispuesto por el artículo 37 de la Ley General de Control Interno, No. 8292, respecto del plazo en el cual deben ser analizados los informes de auditoría que se remiten al Jerarca, respetuosamente se les solicita disponer las acciones pertinentes, en el curso de los treinta días hábiles siguientes a su recibo.".
Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Tener por rendido el informe del señor Auditor Interno. Pase a la Dirección Ejecutiva para su análisis, en orden a que en un plazo de 30 días presente una propuesta que integre las recomendaciones formuladas por la Auditoría Interna. ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO DECIMO. ASUNTOS PRESUPUESTARIOS.
A) Aprobación del Plan Operativo Institcuional Preliminar del 2012. Del señor Francisco Rodríguez Siles, Director Ejecutivo, se conoce oficio n.° DE-1856-2011 del 29 de julio del 2011, recibido en la Secretaría del Tribunal el 3 de agosto en curso, mediante el cual literalmente manifiesta:
“En adición al oficio de la Comisión de Presupuesto nº CPRE-006-201 referido a la aprobación de los documentos que conforman el Anteproyecto de Presupuesto 2012 del Tribunal Supremo de Elecciones, y en el que en torno al tema de referencia se indicó: “Con base en la programación de los proyectos del Plan Estratégico Institucional, los planes operativos anuales elaborados por cada unidad administrativa y las distintas comisiones internas, así como los planes de la Dirección General del Registro Electoral, se ha completado un extenso ciclo de planificación institucional cuyo resultado se refleja en el Plan Operativo Institucional Preliminar 2012, el cual se hará del conocimiento en su oportunidad…”., consecuentemente se anexa al presente oficio.
El Plan Operativo Institucional constituye un instrumento de planificación que comprende la definición de los objetivos, indicadores y metas a ejecutar en el año 2012, así como la estimación de los recursos económicos necesarios para la consecución de los resultados esperados. Contiene las actividades relevantes para dicho período, relacionadas con la labor sustantiva y el mejoramiento de los servicios, mediante el desarrollo de diversas acciones administrativas y proyectos, que tienen su origen en el Plan Estratégico Institucional, las políticas institucionales y la planificación operativa.
Comprende además, una referencia actualizada de la estructura orgánica y el marco filosófico institucional, así como los temas que orientarán la gestión organizativa en el 2012, para los subprogramas presupuestarios, 850-01 “Gasto Ordinario” y 850-02 “Organización de Elecciones”, bajo el apartado de estructura programática.
Finalmente, la mención de las acciones previstas por la Administración para velar por el cumplimiento de la Ley nº 7600 “Ley de Igualdad de Oportunidades para las Personas con Discapacidad” y la inclusión de una visión de género en sus actividades pragmáticas y ámbitos de intervención, en concordancia con la Política Nacional para la Igualdad y Equidad de Género (PIEG).
Lo anterior, producto del trabajo efectuado por el Área de Planificación Institucional de esta Dirección, con observancia de las directrices técnicas y metodológicas para la formulación presupuestaria, emitidas para tales efectos por la Dirección General de Presupuesto Nacional (DGPN) del Ministerio de Hacienda.
Cabe indicar que el mencionado plan, será sujeto de reprogramación dada la dinámica de la gestión presupuestaria que contempla entre otros aspectos, las observaciones que emita el Ministerio de Hacienda y la Asamblea Legislativa, sobre nuestra formulación presupuestaria para el año siguiente, de previo a la aprobación de la Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el ejercicio económico 2012, en diciembre próximo.
Así las cosas, respetuosamente me permito recomendar su aprobación, aclarando además que su versión definitiva, se hará del conocimiento de ese Tribunal, una vez concluidas las actividades relativas al cierre del presupuestario 2011 y la apertura del presupuesto 2012.”.
Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Aprobar conforme lo solicita el Lic. Rodríguez Siles. ACUERDO FIRME.
A las quince horas terminó la sesión.
Luis Antonio Sobrado González |
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Eugenia María Zamora Chavarría |
Juan Antonio Casafont Odor |