ACTA Nº 79-2011

Sesión ordinaria celebrada por el Tribunal Supremo de Elecciones a las catorce horas del veintitrés de agosto de dos mil once, con asistencia de los señores Magistrados Luis Antonio Sobrado González, quien preside, Max Alberto Esquivel Faerron y Ovelio Rodríguez Chaverri.

ARTÍCULO PRIMERO. APROBACION DEL ACTA ANTERIOR.
Se leyó y aprobó el acta de la sesión ordinaria inmediata anterior, excepto por el señor Magistrado Rodríguez Chaverri, quien no participó de dicha sesión.
ARTÍCULO SEGUNDO. ASUNTOS DE ADMINISTRACION DE PERSONAL.
A) Renuncia por pensión del funcionario Henry Villalobos Campos. Del señor Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° RH-1694-2011 del 16 de agosto de 2011, recibido el día siguiente en la Secretaría de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Para lo que a bien tenga disponer el Tribunal Supremo de Elecciones, me permito elevar a consideración la nota recibida el pasado 3 de agosto en este despacho que suscribe el señor Henry Villalobos Campos, quien posee una plaza en propiedad de Profesional de Gestión en la Sección de Ingenieria de Software, mediante la cual presenta la renuncia a su cargo para acogerse al beneficio de pensión por el régimen general de pensiones Ley Marco (Ley No. 7302 del 15 de julio de 1992).
El señor Villalobos Campos labora para este organismo electoral desde el 3 de mayo de 1976 y desea que su cese de funciones sea efectivo a partir del 1° de septiembre del presente año, motivado para ello en la resolución DNP-OA-1552-2011 que emitió la Dirección Nacional de Pensiones a las nueve horas del 18 de mayo de 2011.
Solicita asimismo el pago tanto de las prestaciones legales que pudieran corresponderle de acuerdo con la legislación laboral vigente, como de las vacaciones que no haya disfrutado a la fecha de su retiro.".
Se dispone: Se tiene por presentada la renuncia del señor Henry Villalobos Campos, a quien se le dan las gracias por los servicios prestados por tantos años a este Tribunal, deseándole el mayor de los éxitos en su nueva etapa de vida. Proceda oportunamente la Contaduría a realizar los cálculos de rigor para el pago de las prestaciones legales que pudieran corresponderle, así como de las vacaciones a las que tenga derecho a la fecha de su retiro, cuyo informe trasladará oportunamente al Departamento Legal, para la confección del respectivo proyecto de resolución. ACUERDO FIRME.
B) Renuncia por pensión de los funcionarios José Ángel Rodríguez Castro y Luis Rodolfo Herrera Bermúdez. Del señor Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° RH-1710-2011 del 17 de agosto de 2011, recibido el día siguiente en la Secretaría de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Para lo que a bien tenga disponer el Tribunal Supremo de Elecciones, me permito elevar a consideración dos notas que suscriben igual número de funcionarios de la institución, mediante las cuales presentan la renuncia a los cargos que ocupan, a partir del 1° de setiembre de 2011, para acogerse al beneficio de pensión por el Régimen General de Pensiones Ley Marco (Ley N. 7302 del 15 de julio de 1992).


NOMBRE DEL SERVIDOR

PUESTO Y OFICINA

FECHA DE
INGRESO

José Ángel Rodríguez Castro

Asistente de Operación,
Sección de Actos Jurídicos

1°/10/1983

Luis Rodolfo Herrera Bermúdez

Técnico de Operación,
Sección de Archivo

20/04/1981

             
Asimismo, los servidores solicitan el pago tanto de las prestaciones legales que pudieran corresponderles de acuerdo con la legislación laboral vigente, como de las vacaciones que no hayan disfrutado a la fecha de su retiro.".
Se dispone: Se tienen por presentadas las renuncias de los señores José Ángel Rodríguez Castro y Luis Rodolfo Herrera Bermúdez, a quienes se les dan las gracias por los servicios prestados por tantos años a este Tribunal, deseándoles el mayor de los éxitos en sus nuevas etapas de vida. Proceda oportunamente la Contaduría a realizar los cálculos de rigor para el pago de las prestaciones legales que pudieran corresponderles, así como de las vacaciones a las que tengan derecho a la fecha de sus respectivos retiros, cuyos informes trasladarán oportunamente al Departamento Legal, para la confección de los proyectos de resolución. ACUERDO FIRME.
C) Nombramientos interinos por sustitución. Del señor Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° RH-1764-2011 del 22 de agosto de 2011, recibido el mismo día en la Secretaría de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Para los efectos consiguientes, me permito someter a consideración del Tribunal Supremo de Elecciones los oficios que ha remitido a este despacho el Lic. Rodolfo Villalobos Orozco, Coordinador de Servicios Regionales, con los cuales adjunta las solicitudes de las jefaturas de las sedes regionales de Tarrazú y Pococí, quienes solicitan que se nombren colaboradores interinos para sustituir a funcionarios que actualmente se encuentran incapacitados. El detalle es el siguiente:

 

 

OFICINA

NÚMERO Y CLASE
DEL PUESTO

CONDICION DE LA PLAZA

CANDIDATO Y PERIODO DEL NOMBRAMIENTO

Oficina Regional de Tarrazú

47860, Auxiliar de Operación reasignada a Asistente de Operación

Plaza de cargos fijos cuyo titular se encuentra incapacitado.

Vanessa Jiménez Abarca,
24 de agosto y por el plazo de la incapacidad del titular del puesto, que de momento es hasta el próximo 2 de setiembre pero existen probabilidades de prórroga.  La candidata que se propone no labora actualmente  para la institución, pero sí lo ha hecho anteriormente en puestos similares aquí en oficinas centrales.

Oficina Regional de Pococí

45930, Asistente de Operación

Plaza de cargos fijos cuya titular se encuentra incapacitada.

Yessenia Alfaro Rodríguez,
24 de agosto y por el plazo de la incapacidad de la titular del puesto, que de momento es hasta el próximo 2 de setiembre pero existen probabilidades de prórroga. La candidata que se propone no labora actualmente para la institución, pero sí lo hizo en forma reciente en puestos similares en esta misma oficina regional.


Las candidatas que se proponen forman parte de los registros de elegibles para esas plazas y además cuentan con experiencia, interés y disponibilidad para los eventuales nombramientos interinos.  Si el Superior no tiene objeciones, se nombrarían con fundamento en los artículos 9 y 25 del reglamento a nuestra Ley de Salarios, lo que se haría en los puestos, oficinas y por los períodos que se citan en el cuadro anterior.  Puede apreciarse que las presentes solicitudes cuentan con el respectivo visto bueno de sus superiores jerárquicos.".
Se dispone: Aprobar los nombramientos interinos propuestos de conformidad con lo dispuesto por los artículos 9 y 25 del Reglamento a la Ley de Salarios y Régimen de Méritos del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil, con la aclaración según la cual las eventuales prórrogas deben ser expresamente acordadas por este Tribunal. ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO TERCERO. ASUNTOS DE ORGANIZACIONES GREMIALES DEL TRIBUNAL.
A) Solicitud de participación de la funcionaria Ilenia Ortíz Ceciliano en el XIX Congreso Ordinario “Gilbert Brown Young-Roland Esna Williams”. De los señores Rodrigo Aguilar Arce y Sergio Saborío Brenes, por su orden, Presidente y Secretario General de la Confederación de Trabajadores Rerum Novarum (CTRN), se conoce oficio CTRN N.° 437-2011 del 18 de agosto de 2011, recibido el día siguiente en la Secretaría de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiestan:
"La Confederación de Trabajadores Rerum Novarum, CTRN, se dirige a ustedes para saludarles y a la vez informarles que del jueves 25 al sábado 27 de agosto/2011 (sic), estaremos llevando a cabo nuestro XIX Congreso Ordinario “Gilbert Brown Young – Roland Esna Williams”, en las instalaciones del Edificio Cooperativo EDICOOP, al costado norte del Mall San Pedro, con un horario de 8:30 a.m. a 5:00 p.m.
Nos permitimos comunicarles que en sesión ordinaria celebrada el 03 de agosto/2011 (sic), por nuestro Comité Ejecutivo, tomó el acuerdo de designar a la compañera Ilenia Ortíz (sic) Ceciliano como Secretaria de Actas, en sustitución del compañero William Lobo Álvarez, quien presentó su renuncia y la compañera Ortíz (sic) Ceciliano quien ocupaba el puesto de Suplente N°3, le corresponde asumir dicho cargo de acuerdo a nuestro Estatuto.
En virtud de lo anterior, es que les solicitamos respetuosamente concederle el permiso respectivo a partir del día 25 de agosto/2011 (sic) para que nos colabore con la redacción del Acta del Congreso en esos días.".
Se dispone: Conceder el permiso solicitado según lo dispuesto en el artículo 61 del Reglamento Autónomo de Servicios del Tribunal Supremo de Elecciones. Tomen nota el Departamento de Recursos Humanos y la jefatura inmediata de la señora Ortiz Ceciliano para los efectos correspondientes. ACUERDO FIRME.
B) Permiso para participar en la Asamblea General Nacional Ordinaria de la Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados. Del señor Albino Vargas Barrantes, Secretario de la Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados, se conoce oficio n.º S.G. 09-11-2023-11 del 19 de agosto de 2011, recibido -vía fax- en la Secretaría de este Tribunal el 22 de agosto de 2011, mediante el cual manifiesta que el día lunes 29 de agosto de 2011 se efectuará la Asamblea General Nacional Ordinaria de fin de período de dicha Asociación, actividad que por mandato legal se debe realizar bianualmente, en la cual se conocerá la situación financiera de la agrupación y se elegirá una nueva Junta Directiva Nacional para el período comprendido entre el 1º de agosto de 2011 y el 31 de julio de 2013. Según lo anterior, realizan formal petición para que sus afiliados puedan participar en dicha Asamblea, para lo cual requieren otorgar el respectivo permiso con goce salarial por toda la jornada de ese día lunes 29 de agosto de 2011, dado que el debate y la toma de decisiones se establece desde las 8 de la mañana y hasta las 6 de la tarde. Afirma que dicha Asociación será estricta vigilante del buen uso de dicho permiso y que entregará a quienes asistan a tal Asamblea un comprobante que dé fe de ello. 
Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Conceder la licencia solicitada. Los funcionarios afiliados que tengan interés en asistir a dicha Asamblea deberán comunicarlo a su jefatura inmediata a más tardar el jueves 25 de agosto de 2011. Las jefaturas de estos organismos electorales deberán tomar las medidas que correspondan, para que no se afecte el servicio público y requerirán a los funcionarios que asistan a dicha Asamblea el respectivo comprobante que así lo demuestre, el cual deberá ser presentado a más tardar el 30 de agosto de 2011. ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO CUARTO. ASUNTOS DEL REGISTRO CIVIL.
A) Informe sobre autorización para revisar documentación del Registro Civil. De la señora Marisol Castro Dobles, Directora General del Registro Civil, se conoce oficio n.° DGRC-0657-2011 del 16 de agosto de 2011, recibido el día siguiente en la Secretaría de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Cumpliendo con lo dispuesto por el Superior en Sesión Ordinaria No.072-2011, artículo octavo, comunicado mediante oficio STSE-2152-2011 de fecha 04 de agosto del año en curso, la suscrita consultó al Lic. Oscar Fernando Mena Carvajal, Secretario General del Registro Civil, la atención que ese Despacho ha brindado a la perita oficial Sonia Álvarez Chacón,  y de la respuesta recibida el día de hoy mediante oficio SGRC-254-2011, se indicó que a la perita Álvarez Chacón, se le ha brindado la colaboración según solicitudes presentadas en fechas 02 de febrero, 01 de marzo, 12 de abril, 24 de junio, 06 de agosto, 01 de noviembre del año 2010 y 19 de julio de 2011.  
Incluso en fecha 6 de agosto, la perita Álvarez Chacón presentó su carné vencido desde el año 2004, sin embargo se dio curso a su solicitud. Todo lo anterior demuestra que se le ha suministrado la información solicitada.
La Secretaría General del Registro Civil, para un mejor control, ha establecido que quien solicite la información debe presentar la cédula de identidad,  carné vigente que lo acredite como perito, solicitud del Juzgado respectivo (cuando se trata de un trámite judicial), y solicitud por escrito del profesional, entre otras.
Considera la suscrita que las medidas aplicadas por la Secretaría General del Registro Civil, están ajustadas a derecho (sic), por ejemplo, en relación a la obligatoriedad de presentar la cédula de identidad, los artículos 95 y 96 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y Registro Civil, disponen en lo conducente:
Artículo 95, “La presentación de la cédula de identidad es indispensable para:… c) Iniciar gestiones o acciones administrativas o judiciales;”
Artículo 96, “Los funcionarios o empleados del Gobierno Central, municipalidades, instituciones autónomas o semiautónomas, que no exijan la presentación de la cédula de identidad, serán sancionados con suspensión de sus cargos...”.
Esta Dirección General considera que las medidas aplicadas son apropiadas para garantizar, no sólo el suministro de la información requerida,  sino también el control adecuado de la información registral bajo custodia de este Organismo. 
Se anexan documentos remitidos por el Lic. Oscar Fernando Mena Carvajal, Secretario General del Registro Civil.".
Se dispone: Tener por rendido el informe, el cual se hará del conocimiento de la gestionante. De conformidad con lo informado y en aras de un adecuado control y protección de información sensible, el Registro Civil ha establecido como condición para proporcionarla a los peritos profesionales los siguientes requisitos: presentación de cédula de identidad y carné vigente que los acredite como tales, solicitud escrita del profesional y requerimiento del juez respectivo -cuando se trate de un trámite judicial- o de la entidad demandante de la información. Esto significa que no resulta indispensable que medie orden judicial sino que también resulta idónea la solicitud escrita de las otras entidades que requieren de los respectivos estudios grafotécnicos, como son las que menciona la interesada (I.N.S., O.I.J., instituciones bancarias, etc.). Previa verificación de los aludidos requisitos, el Registro Civil deberá continuar brindando la colaboración a los indicados profesionales. ACUERDO FIRME.
B) Invitación de la Organización Internacional para las Migraciones. De la señora Marisol Castro Dobles, Directora General del Registro Civil, se conoce oficio n.° DGRC-0660-2011 del 18 de agosto de 2011, recibido el mismo día en la Secretaría de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Respetuosamente hago de conocimiento del Superior, la invitación de la Organización Internacional para las Migraciones, mediante oficio MAML/11/07 que suscribe el señor Salvador Gutiérrez, Oficial de Política Migratoria y Enlace Oficina Regional para Centroamérica, Norteamérica y el Caribe, para que la suscrita participe en la actividad denominada “Reunión de Planificación Preparatoria para las autoridades costarricenses de cara a la reunión binacional Costa Rica-Panamá (noviembre del 2011)”,  que se llevará a cabo el próximo 25 de agosto en el Salón Caoba del Hotel Boutique Jade, ubicado en San Pedro, Los Yoses, Barrio Dent.
Con todo respeto solicito al Tribunal Supremo de Elecciones el permiso respectivo para asistir a tan importante evento.".
Se dispone: Conceder el permiso solicitado y para la fecha referida, encargar las funciones de la señora Directora General del Registro Civil en el señor Oscar Mena Carvajal. ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO QUINTO. ASUNTOS DE COMISIONES y COMITES INSTITUCIONALES.
A) Propuesta de integración de la Comisión Institucional de Gestión Ambiental. Del señor José Francisco Rodríguez Siles, Director Ejecutivo, se conoce oficio n.° DE-1965-2011 del 11 de agosto de 2011, recibido en la Secretaría de este Tribunal el 17 de agosto de 2011, mediante el cual literalmente manifiesta:
"De conformidad con lo dispuesto por el Tribunal Supremo de Elecciones en sesión ordinaria N. 72-2011 del 4 del presente mes, comunicado en oficio N. STSE-2141-2011, referente al Decreto Ejecutivo N. 36499-S-MINAET que se refiere al Reglamento para la elaboración de programas de gestión ambiental institucional en el sector público de Costa Rica, se llega a determinar, por la importancia que revisten las acciones que a nivel institucional se deben manejar, que la Comisión debe estar conformada por colaboradores que conocen de los temas puestos en marcha en la institución y otros que no son ajenas (sic) a sus áreas de trabajo, así como de personal con un nivel de decisión que permita darle fluidez a los acuerdos o bien lineamientos que se aprueben al respecto.
Ante ello, se recomienda al Superior, con fundamento en lo que sugiere el artículo 7 del Reglamento ya citado - (sic) que la Comisión Institucional de Gestión Ambiental,  esté conformada de la siguiente manera:


Francisco Rodríguez Siles

Director Ejecutivo

Gustavo Fitoria Mora

Jefe (sic) Servicios Generales

Allan Herrera Herrera

Proveedor

Róger Pérez Godínez

Profesional en Salud Ocupacional. Dpto. Recursos Humanos


Lo anterior por las siguientes razones; el señor Fitoria Mora, Jefe (sic) de Servicios Generales, por la experticia adquirida como Coordinador del Comité de Conservación de Energía y los conocimientos adquiridos en éste y otros aspectos de naturaleza similar que aborda el Reglamento, aunado a que tiene a su cargo las unidades de Transporte y Mantenimiento; el señor Herrera Herrera, Proveedor, por ser la jefatura encargada de canalizar la adquisición de bienes y productos que sean amigables con el medio ambiente y de bajo consumo de energía; el señor Pérez Gódinez (sic), funcionario del Área de PRESAL del Departamento de Recursos Humanos, por sus conocimientos en materia de salud e higiene ocupacional, salud pública y (sic) seguridad humana y seguridad ambiental el cual se ha considerado que dará sus aportes para un mejor desarrollo para la toma de decisiones, y por último, este servidor quien fungirá como coordinador. Dada la naturaleza de las tareas que desarrollará esta Comisión, se considera pertinente que la Oficina de Comunicación brinde la colaboración para efectos de difusión del Reglamento de cita y de otras acciones que se estimen pertinentes.".
Se dispone: Aprobar según se recomienda. Tomen nota los integrantes y ex integrantes de la referida comisión y comité de su nueva conformación. Proceda la Secretaría de este Tribunal a remitir a la recién integrada Comisión Institucional de Gestión Ambiental el Plan de Eficiencia Energética, aprobado en el acuerdo del artículo cuarto de la sesión ordinaria n.º 077-2011, celebrada el 18 de agosto de 2011, comunicado mediante oficio n.º STSE-2347-2011 del día siguiente, a efecto de que lo incorpore como parte de la elaboración del Programa de Gestión Ambiental Institucional (PGAI). Dicha Comisión deberá, además, proponer un plan para la implementación de las acciones inmediatas y de mediano plazo relativas a la gestión ambiental institucional, el cual deberá ser remitido a la Dirección Ejecutiva para su valoración, a fin de que se consideren los recursos necesarios y las acciones administrativas a adoptar. ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO SEXTO. ASUNTOS DEL CUERPO NACIONAL DE DELEGADOS.
A) Renuncia de Delegados Ad Honorem del Tribunal Supremo de Elecciones en Heredia. De varios Delegados ad honorem de este Tribunal, destacados en la provincia de Heredia, se conoce memorial del 19 de agosto de 2011, recibido el mismo día en la Secretaría de este Tribunal, mediante el cual presentan la renuncia a sus cargos.
Se dispone: Tener por presentada la renuncia de los referidos Delegados ad honorem, a quienes este Tribunal externa su gratitud por la labor desplegada en el ejercicio de sus cargos. Remítase copia del memorial que se conoce a la Dirección General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos y a la Jefatura Nacional del Cuerpo de Delegados. ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO SETIMO. ASUNTOS EXTERNOS.
A) Solicitud de colaboración del Registro Civil para proporcionar información al Instituto Costarricense sobre Drogas. Del señor Carlos Alvarado Valverde, Director General del Instituto Costarricense sobre Drogas (ICD), se conoce oficio n.º DG-494-2011 del 18 de agosto de 2011, recibido el día siguiente en la Secretaría de este Tribunal, dirigido al señor Magistrado Esquivel Faerron, mediante el cual literalmente manifiesta:
"La ley 8204 (Ley sobre Estupefacientes, Sustancias Psicotrópicas, Drogas de uso no autorizado, actividades conexas, legitimación de capitales y financiamiento al terrorismo), creó el Instituto Costarricense sobre Drogas (ICD) como un órgano de desconcentración máxima, adscrito al Ministerio de la Presidencia, con personalidad jurídica instrumental para la realización de su actividad contractual y la administración de sus recursos y de su patrimonio.
Entre las funciones más importantes dadas por el Legislador al Instituto, se encuentran la de diseñar, programar, coordinar y apoyar planes contra:

  1. El consumo y tráfico ilícito de drogas, con el propósito de realizar una intervención conjunta y efectiva.
  2. La legitimación de capitales y el financiamiento al terrorismo (sic)
  3. Desvió (sic) de precursores y químicos esenciales hacia la actividad delictiva del narcotráfico.

Con el fin de dar cumplimiento a este mandato, la Ley 8204 dotó al ICD de órganos especializados, para la compilación, centralización, análisis y diseminación de información técnica en procura de lograr una mayor efectividad en la lucha contra el fenómeno del narcotráfico en todas sus manifestaciones.
Específicamente, el artículo 121 de este cuerpo normativo le da a la Unidad de Registros y Consultas la potestad de estructurar y custodiar un registro de información absolutamente confidencial que, por su naturaleza, resulte útil para las investigaciones de las policías y del Ministerio Público.
Indica expresamente este artículo lo siguiente:
"Con las salvedades de orden constitucional y legal para cumplir sus cometidos, esta Unidad tendrá acceso a los archivos que contienen el nombre y la dirección de los abonados del Instituto Costarricense de Electricidad, al archivo criminal del Organismo de Investigación Judicial (OIJ), al archivo obrero-patronal de la CCSS y a cualquier fuente o sistema de información, documento, instrumento, cuenta o declaración de todas las instituciones, públicas o privadas.
La información obtenida se destinará al uso exclusivo de las policías y del Ministerio Público, que la consultarán bajo la supervisión del jefe de esta Unidad, quien anotará el nombre completo del consultante, la hora, la fecha y el motivo de la consulta”.
Desde esa perspectiva, todos los entes, órganos o personas públicas y privadas, se constituyen en obligados colaboradores del ICD, brindando la asistencia técnica, humana y material en la forma y condiciones que, el Instituto, determine.
Sobre la base de lo expuesto, es que se solicita su colaboración a efectos de que el Registro Civil, proporcione al Instituto los archivos fotográficos del padrón electoral. Esta información sin lugar a dudas, permitirá dar un salto de calidad en la información que se le proporcione a las diferentes policías, para el desarrollo de sus investigaciones.
Esta información, junto con otra que ya dispone el ICD, será custodiada, siguiéndose un estricto control para ser proporcionada, de acuerdo a protocolos establecidos internamente para su control.".
Se dispone: Para su estudio e informe, pase al Departamento Legal. ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO OCTAVO. ASUNTOS DE ORGANISMOS ELECTORALES INTERNACIONALES.
A) Invitación al Director del IFED para participar como consultor en la República del Ecuador. Del señor Hugo Picado León, Director del Instituto de Formación y Estudios en Democracia (IFED), se conoce oficio n.° IFED-0308-2011 del 22 de agosto de 2011, recibido el mismo día en la Secretaría de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Hemos recibido de la señora Marcela Bueno, Coordinadora Local de Oficina del Centro de Asesoría y Promoción Electoral en Ecuador, la nota adjunta donde se invita al suscrito a colaborar como consultor en el proceso que esta (sic) realizando dicha oficina sobre las Reformas del “Código de la Democracia”, junto al Consejo Nacional Electoral y el Tribunal Contencioso Electoral, del 29 de agosto al 02 de setiembre del año en curso.
Todos los gastos de transporte y viáticos serían cubiertos por la oficina regional de CAPEL.
La eventual participación del suscrito se justificaría en el marco de la cooperación horizontal entre organismos electorales.
Por ende, con el mayor respeto someto a consideración de la señora y los señores Magistrados la referida gestión, a los efectos de que se valore la pertinencia de autorizar mi participación en dicha actividad y, en tal caso, se encarguen mis funciones, durante esos días, al señor Rodrigo Abdel Brenes Prendas, Secretario General del IFED.".
Se dispone: 1. Incorporar al orden del día. 2. Aprobar la participación del señor Hugo Picado León en la actividad referida, así como el encargo de funciones, según se propone.
De conformidad con lo establecido por este Tribunal en el inciso h) del artículo cuarto de la sesión ordinaria n.º 87-2008, celebrada el 02 de octubre de 2008, en relación con el viaje en cuestión se detalla lo siguiente:


Nombre completo del funcionario (a)

Cargo que desempeña

País (es) a visitar

Período del viaje

Objetivos del viaje

Monto del adelanto de gastos de viaje y justificación

Gastos conexos y justificación

Hugo Picado León

Director del IFED

República de Ecuador

29 de agosto al 02 de setiembre, 2011

Asistencia técnica relativa a reformas al Código de la Democracia

Ninguno

Ninguno

ACUERDO FIRME.
A las quince horas con treinta minutos terminó la sesión.

 

 

Luis Antonio Sobrado González

 

 

Max Alberto Esquivel Faerron

 

 

Ovelio Rodríguez Chaverri