ACTA Nº 115-2011

Sesión ordinaria celebrada por el Tribunal Supremo de Elecciones a las nueve horas del seis de diciembre de dos mil once, con asistencia de los señores Magistrados Max Alberto Esquivel Faerron, quien preside, Juan Antonio Casafont Odor y Mario Seing Jiménez.

ARTÍCULO PRIMERO. APROBACIÓN DEL ACTA ANTERIOR.
Se leyó y aprobó el acta de la sesión ordinaria inmediata anterior, excepto por el señor Magistrado Casafont Odor, quien no participó en dicha sesión.
ARTÍCULO SEGUNDO. INFORMES DE FUNCIONARIOS DEL TSE.
A) Informe de participación de la señora Marisol Castro Dobles en la Misión de Observación Internacional de las Elecciones Presidenciales en Argentina. De la señora Marisol Castro Dobles, Directora General del Registro Civil, se conoce oficio n.° DGRC-0945-2011 del 14 de noviembre de 2011, recibido en la Secretaría de este Tribunal el 30 de noviembre de 2011, mediante el cual rinde informe relativo a la Misión en la que participó del 20 al 24 de octubre de 2011 en la República de Argentina, en el marco de las Elecciones Presidenciales de dicho país; a dicho informe adjunta documentación relacionada.
Se dispone: Tener por rendido el informe. Proceda la Secretaría de este Tribunal a remitir la documentación adjunta al Centro de Documentación del Instituto de Formación y Estudios en Democracia (IFED) o al Archivo de este Tribunal, según corresponda. ACUERDO FIRME.
B) Informe de la señora María Auxiliadora Protti sobre la segunda reunión presencial para la implementación de la norma ISO Electoral. De la señora María Auxiliadora Protti Quesada, Encargada de la Acción Estratégica "Implantación de un Sistema de Gestión de Calidad", se conoce oficio n.° AE 2.3-097-2011 del 02 de diciembre de 2011, recibido el mismo día en la Secretaría de este Tribunal, mediante el cual rinde informe relativo a la segunda reunión presencial para el proyecto de la nueva norma ISO Electoral, en la que participó durante los días 14 y 15 de noviembre de 2011 en la República de Panamá.
Se dispone: Tener por rendido el informe. ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO TERCERO. ASUNTOS DE ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL.
A) Nombramientos en propiedad en el Departamento Civil. De la señora Marisol Castro Dobles, Directora General del Registro Civil, se conoce oficio n.º DGRC-0993-2011 del 29 de noviembre de 2011, recibido en la Secretaría de este Tribunal el 1° de diciembre de 2011, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Visto el oficio RH-3329-2011 de fecha 28 de noviembre del año en curso, suscrito por el Lic. Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, en el que propone cuatro nóminas de candidatos elegibles para proceder a nombrar en propiedad igual cantidad de funcionarios, en plazas de Auxiliares de Operación en el Departamento Civil, que se encuentran vacantes en virtud de los ascensos en propiedad de las funcionarias Yamileth Moreno Vargas, Shirley Picado Brenes, Leslie Vargas Rímolo y Andrea Barrantes Leitón a plazas de Asistente de Operación en ese mismo Departamento, someto a consideración del Superior las ternas siguientes:
PUESTO No. 45456
1.- Quesada Morales Fabián
2.- Gamboa Pinto Vanessa
3.- García Porras Hazel
PUESTO No. 45571
1.- Gamboa Pinto Vanessa
2.- García Porras Hazel
3.- Chaves Arguedas Freddy
PUESTO No. 45665
1.- García Porras Hazel
2.-  Chaves Arguedas Freddy
3.-  Quesada Marín Ana Leticia
PUESTO No.  45672
1.-  Chaves Arguedas Freddy
2.-  Quesada Marín Ana Leticia
3.-  González Solís Vanessa
Las personas que ocupan el primer lugar en cada una de las ternas, han sido recomendadas por escrito por el Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor del Departamento Civil, mediante oficio DC-5298-2011 de 28 de noviembre de 2011.
Quienes resulten seleccionados podrán ubicarse en propiedad como Auxiliares de Operación en el Departamento Civil, a partir del 16 de enero de 2012. Devengarán un salario base de ¢352.900.oo por mes y anualidades a razón de ¢7.440.oo cada una y un complemento del 10% como incentivo por la responsabilidad en el ejercicio de la función electoral, todo de conformidad con el índice salarial vigente.".
Se dispone: Nombrar al señor Fabián Quesada Morales, en el puesto n.º 45456; a la señorita Vanessa Gamboa Pinto, en el puesto n.º 45571; a la señorita Hazel García Porras en el puesto n.º 45665 y al señor Freddy Chaves Arguedas en el puesto n.º 45672, conforme fueron propuestos, a partir del 16 de enero de 2012. ACUERDO FIRME.
B) Trámites del Régimen de Carrera Profesional. Del señor Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° CP-429-2011 del 30 de noviembre de 2011, recibido el día siguiente en la Secretaría de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"De conformidad con lo que establece el artículo 28 del Reglamento para el Régimen de Carrera Profesional de este organismo electoral, me permito adjuntar copia de las actas de las sesiones números 10-2011 y 11-2011 celebradas por esta Comisión los días 7 y 17 de noviembre de este año, respectivamente, con la finalidad de que el Superior se sirva resolver lo que estime pertinente.  Para esos efectos, se acompañan los expedientes de los funcionarios involucrados según el siguiente detalle:
ACTA 10-2011
EXPEDIENTE            NOMBRE DEL FUNCIONARIO         SOLICITA
178                 Tommy Aguilar Peralta                      Ajuste
214                 Vanessa Chavarría Núñez                 Ajuste
288                 Kattia Fonseca Arias                         Ajuste
290                 Jorge Luis Varela Rojas                     Ajuste
329                 Herminda Morales Arroyo                  Ajuste
331                 Nidia Aguilar Acuña                           Ajuste
336                 Anayansie Herrera Araya                  Ajuste
341                 Milena Araya Barrantes                     Ajuste
354                 Paola Alvarado Quesada          Ajuste
355                 Juan Carlos Montenegro Adams        Ajuste
394                 Corina Rostrán Vargas                      Incorporación
395                 Peggy Ramírez Villalobos                  Incorporación
396                 Elissette Saborío Corrales                 Incorporación
397                 Mónica Rosales Menjívar                  Incorporación
ACTA 11-2011
EXPEDIENTE           NOMBRE DEL FUNCIONARIO         SOLICITA
173                 Marta Eugenia Marín Rosales            Ajuste
177                 José Andrés Blanco Chaves              Ajuste
201                 Lady Orozco Oses                             Ajuste
212                 Juan Vicente García Matamoros        Ajuste
281                 German Rojas Flores                         Ajuste
289                 Francina Flores Jiménez          Ajuste
323                 José Francisco Jiménez Quirós         Ajuste
328         María de los Ángeles Rojas Cambronero     Reincorporación
331                 Nidia Aguilar Acuña                           Ajuste
347                 Alejandra Peraza Retana          Ajuste
398                 Ana Yenci Gutiérrez Espinoza           Incorporación
399                 Laura González Acuña                       Incorporación
400                 Adrián Méndez Astúa                         Incorporación
401                 Jennifer Gutiérrez Barboza                Incorporación
402                 Jorge Alberto Coto Gómez                Incorporación
403                 Juan Carlos Corrales Umaña    Incorporación."
Se dispone: Aprobar. ACUERDO FIRME.
C) Denuncia por presunto acoso laboral en la Oficina Regional de Pococí. Del señor Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° RH-3374-2011 del 02 de diciembre de 2011, recibido en la Secretaría de este Tribunal el 05 de diciembre de 2011, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Para lo que a bien tenga disponer el Tribunal Supremo de Elecciones, remito a consideración la nota presentada en este despacho por la señora […], funcionaria de la Oficina Regional de Pococí, a través de la cual manifiesta que está siendo objeto de acoso laboral por parte de su jefe inmediato el Lic. Rainier Barrantes Ramírez. En su escrito detalla una serie de comportamientos de parte de dicha jefatura que en su criterio la están afectando tanto en el plano laboral como en el personal y familiar, motivo por el cual formula la siguiente petitoria: “SOLICITO SE LLEVE A CABO UNA INVESTIGACIÓN MINUSIOSA (sic), QUE SE INDAGUE CON CADA COMPAÑERO DE LA OFICINA, LA RELACIÓN MIA (sic) Y MI JEFE EL SEÑOR RAINIER.  SOLICITO ME REUBIQUEN EN EL AREA (sic) DE CERTIFICACIONES, PROVISIONALMENTE MIENTRAS SE INVESTIGAN LOS HECHOS Y EN FORMA DEFINITIVA.”  
De conformidad con lo expuesto, el suscrito se sirve recomendar, salvo superior criterio y según ha sucedido con casos similares anteriores, que se giren instrucciones a la Inspección Electoral para que proceda con la investigación administrativa que resulte pertinente, a fin de esclarecer la verdad de los hechos denunciados.".
Se dispone: Aprobar conforme se recomienda. ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO CUARTO. ASUNTOS INTERNOS DIVERSOS.
A) Informe sobre gestión de Auditoría Interna "Advertencia sobre Independencia y Objetividad de la Auditoría". De la señora Mary Anne Mannix Arnold, ex Jefa a.i del Departamento Legal, se conoce oficio n.º DL-620-2011 del 30 de noviembre de 2011, recibido el mismo día en la Secretaría de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Durante el proceso de cierre de mi gestión como Jefa interina del Departamento Legal, realicé una revisión detallada de los asuntos pendientes. Entre ellos, surgió el oficio No. 4544-TSE-2005, de 19 de julio de 2005, mediante el cual se comunica lo acordado por el Tribunal en el artículo segundo de la sesión ordinaria número 70-2005. Se trata de una gestión formulada por el entonces Auditor Interno, señor Víctor Manuel Vargas Meneses, en el documento denominado “Advertencia sobre independencia y objetividad de la Auditoría”, oficio No. 231-A.I-2005 de 8 de julio de 2005.
La advertencia trata sobre tres temas principales, en criterio del entonces funcionario, en procura de que:
1. Se modificara la normativa y el esquema organizativo institucional, de modo que el trámite de las gestiones y asuntos que la Auditoría Interna pone en conocimiento del Tribunal, no violente los principios de objetividad e independencia funcional y de criterio que deben imperar en el funcionamiento de la Auditoría.
2. Se implemente un procedimiento especial para la asignación de recursos a la Auditoría Interna.
3. Se establezca un sistema de evaluación del desempeño del Auditor Interno y su personal, diferente al aplicable a los demás funcionarios de la institución.
El 29 de noviembre de este año, me reuní con el señor Oscar León Alonso, actual Auditor Interno de la institución, le expuse la situación, revisamos los antecedentes y le solicité me indicara si la Auditoría consideraba que los planteamientos realizados por el señor Vargas Meneses mantenían su vigencia y ameritaban el análisis legal requerido en su momento.
El criterio de don Oscar, el cual refiero con su autorización, es que los temas que planteó el entonces Auditor Interno en la advertencia en mención, se dieron dentro del contexto de un conflicto específico entre dicho ex funcionario y el Superior, situación que al día de hoy no prevalece. Señala que si bien en virtud de las funciones fiscalizadoras que desempeña la Auditoría, existirá siempre el riesgo de que se presenten conflictos con la Administración o con el Superior, se dispone de los canales de comunicación necesarios para solventarlos de manera adecuada.
En concreto, en relación con los asuntos señalados por el ex Auditor Interno en su advertencia, señala que desde su ingreso a la Auditoría, en el año 2009 hasta la fecha, no se han generado problemas que afecten la objetividad e independencia funcional y de criterio de la dependencia a su cargo.
Por lo expuesto,  por carecer de interés actual, solicito (con la anuencia del señor Auditor Interno) se proceda a archivar este asunto.".
Se dispone: Aprobar conforme se solicita. ACUERDO FIRME.
B) Prórroga de contrato para permiso de venta de especies fiscales. Del señor Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor del Departamento Civil, se conoce oficio n.° DC-5349-2011 del 30 de noviembre de 2011, recibido el mismo día en la Secretaría de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Con el objeto de que se someta a consideración y eventual aprobación por parte de la y los señores Magistrados, adjunto original de memorial con fecha del 22/11/2011, mediante el que la señora Ana Yolanda Arguedas Campos solicita, con fundamento en lo preceptuado en la cláusula “DECIMA” del documento denominado “PERMISO DE USO DE LAS INSTALACIONES DEL TRIBUNAL PARA LA VENTA DE ESPECIES FISCALES”, la prórroga del mismo por un año más.
Al efecto, con el debido respeto me permito indicar que la permisionaria Arguedas Campos una vez más, durante el año que termina, ha cumplido a cabalidad con los términos establecidos en el documento relacionado en el párrafo inmediato anterior, por lo que bien podría el Tribunal aprobar o autorizar la prórroga de interés.
Además, considera el Suscrito que la intención consignada en las cláusulas “PRIMERA” y “SEGUNDA” del documento en relación continúa siendo satisfecha en su totalidad, ya que se ha garantizado a los usuarios de los servicios que brinda este Tribunal.".
 Se dispone: Prorrogar por un año más el "Permiso de uso de las instalaciones del Tribunal para la venta de especies fiscales", suscrito entre este Tribunal y la señora Ana Yolanda Arguedas Campos. ACUERDO FIRME.
C) Informe de reconocimiento económico a las personas que forman parte del Comité Central de Emergencias. De la señora Mary Anne Mannix Arnold y los señores Francisco Rodríguez Siles  y Ricardo Carías Mora, por su orden ex Jefa a.i. del Departamento Legal, Director Ejecutivo y Jefe del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° DL-621-2011 del 30 de noviembre de 2011, recibido en la Secretaría de este Tribunal el 02 de diciembre de 2011, mediante el cual literalmente manifiestan:
"En atención a lo dispuesto por el Superior en sesión número 019-2011 del 22 de febrero de 2011, comunicado mediante oficio STSE-0432-2011 de esa fecha, relativo a la solicitud realizada por el Comité Central de Emergencias institucional, con la finalidad de que se valore la posibilidad de que, bajo el concepto de riesgo y peligrosidad, se otorgue un reconocimiento económico a las personas que forman parte de dicho Comité y sus brigadas, nos permitimos informar, de manera conjunta, lo siguiente:

El Tribunal en el artículo sexto de la sesión número 9477 celebrada el 3 de agosto de 1990, comunicado mediante oficio número 2643 del 6 de agosto de ese año, aprobó la integración de un “Comité Interno de Emergencias”. Como parte de los fines propuestos y que motivaron la constitución del citado Comité, se establecieron la prevención y atención de incendios, la atención de emergencias en caso de sismos y la implementación de medidas de seguridad en los inmuebles que ocupan estos organismos electorales.
En el artículo sétimo de la sesión número 10763 del 13 de octubre de 1995, el Superior conoció el oficio fechado el 10 de octubre de ese año, en el que se informó de la integración del Comité de Emergencias institucional, conforme los lineamientos de la Comisión Nacional de Emergencias, con la intención de “establecer mecanismos y procedimientos que permitan un eficiente accionar ante cualquier situación de emergencia”. Según lo indicado en el citado oficio, la estructura organizativa interna del Comité de Emergencias, comprendería -en ese momento- un Comité Central, cuatro brigadas (Seguridad, Evacuación y Rescate, Prevención y combate de incendios y Primeros auxilios) y un Comité de divulgación.
Mediante decreto número 2-2005 del 2 de enero de 2005, publicado en La Gaceta número 29 del 10 de febrero del mismo año, el Tribunal emitió el “Reglamento de emergencias y evacuación del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil”, cuyo artículo 2 dispone:
“Artículo 2°.- Mediante este reglamento se establecen los órganos y mecanismos para guiar adecuadamente las acciones de prevención, respuesta y rehabilitación que demande una situación de emergencia o de desastre, provocada por la vulnerabilidad que presenten las personas y edificaciones del Tribunal, ante hechos de la naturaleza como sismos, inundaciones, huracanes, actividad volcánica, deslizamientos y otros, o aquellos provocados por el hombre como incendios, derrame de sustancias peligrosas, explosiones y otros”.
En el citado reglamento se establecen una serie de lineamientos en punto a la organización de los órganos y funcionarios que integran el Comité Central de Emergencias (CCE) institucional y la actividad que éstas realizan, así como el compromiso del Tribunal de brindar, de acuerdo a sus posibilidades materiales y económicas, los recursos requeridos a efectos de alcanzar los fines propuestos en esa normativa.

Como se indicó, el Comité Central de Emergencias institucional, en acta número 001-2011, dispuso solicitar al Superior se otorgue un reconocimiento económico a los funcionarios que forman parte del Comité y sus brigadas, bajo el concepto de riesgo y peligrosidad. 
En criterio de los suscritos, el pago de un reconocimiento o sobresueldo por concepto de riesgo y peligrosidad a dichos funcionarios resulta improcedente, por las razones que de seguido se exponen.  En primer término, a diferencia de la relación laboral privada, en materia de empleo público el reconocimiento de incentivos o sobresueldos requiere la existencia de una disposición normativa previa en la que se establezca de manera clara los supuestos o condiciones para que la Administración proceda a su pago. En el caso del plus salarial cuyo reconocimiento solicitan, no existe norma alguna que habilite su pago y/o enuncie los supuestos que deben concurrir para que proceda su cancelación por parte de la  Administración.
Jurídicamente el reconocimiento de este tipo de incentivos o sobresueldos se justifican en el tanto el ejercicio de las labores propias del cargo o puesto que ocupan los funcionarios, en condiciones normales o usuales, implique en si mismo un aumento en el riesgo o responsabilidad que amerite ser considerado dentro de los componentes salariales. 
Al respecto, en el Manual Descriptivo de Clases y Puestos de estos organismos electorales, no existe como tal el puesto de “Brigadista” o puesto alguno en el que enuncien o establezcan tareas que pudieran derivarse de eventos como los señalados en el Reglamento de emergencias y evacuación del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil, que justifique el pago de un incentivo por “riesgo y peligrosidad”, pues tratándose del Comité y sus brigadas, en su integración se apela a la mística de aquellos funcionarios del Tribunal que de manera desinteresada ponen a disposición del resto de funcionarios y usuarios de la institución, las capacidades y habilidades que los hacen aptos para brindar un servicio de apoyo y guía ante situaciones de emergencia, previa capacitación y entrenamiento básico proporcionado a instancia del propio Tribunal.
Es decir, las personas que forman parte del citado Comité de Emergencias y sus brigadas, lo hacen en forma voluntaria y sin que conlleve la existencia formal de un puesto que demande el ejercicio inherente y constante de funciones que atenten o pongan en peligro la integridad física,  razón por la cual estimamos que no se cumplen los criterios objetivos para percibir el pago de un incentivo de esta naturaleza.
Por último, la institución contribuye con el Comité y quienes lo integran, al  facilitar procesos de capacitación y está anuente a continuar con esta política de mejoramiento técnico y operativo para los brigadistas, ámbito en que se apoya como incentivo no pecuniario a quienes, voluntariamente, colaboran con la atención de necesidades humanitarias en función de un deseo altruista y de mística solidaria con  sus compañeros y usuarios de la Institución.
Con base en lo expuesto, estimamos jurídicamente improcedente el reconocimiento económico solicitado para las personas que forman parte del Comité Central de Emergencias, por lo que recomendamos que se inste a su dirigentes a buscar innovadoras motivaciones para que las personas funcionarias de esta institución que deseen, se unan a las brigadas apelando a su espíritu de servicio en beneficio de los demás, a sabiendas de que esta acción no genera  beneficios económicos adicionales sino gratificación por el bien realizado; lo anterior aunado a la voluntad institucional de apoyar las capacitaciones y equipamiento que se requieran, en función de las respectivas posibilidades presupuestarias.".
Se dispone: Tener por rendido el informe, el cual se acoge. Hágase del conocimiento de la señora Mercedes Barrantes Solórzano, Coordinadora del Comité Central de Emergencias institucional. ACUERDO FIRME.
D) Solicitud de prórroga para rendir informe referente al caso de cancelación de asiento de nacimiento del señor Víctor Manuel Sequeira Alemán. De la señora Marisol Castro Dobles, Directora General del Registro Civil, se conoce oficio n.º DGRC-1000-2011 del 30 de noviembre de 2011, recibido en la Secretaría de este Tribunal el 02 de diciembre de 2011, mediante el cual literalmente manifiesta:
"En relación con el informe solicitado por el Tribunal Supremo de Elecciones,  según resolución No.6937-I-2011 de las ocho horas cinco minutos del nueve de noviembre de dos mil once, referente a la cancelación del asiento de nacimiento de Víctor Manuel Sequeira Alemán, en razón del volumen de documentación que se tiene que revisar, muy respetuosamente solicito al Superior se me amplíe el plazo por cinco días hábiles, para rendir el informe respectivo.".
Se dispone: Aprobar conforme se solicita. ACUERDO FIRME.
E) Autorización de pago de impuestos de salida de país en viaje oficial. Se dispone: Adicionar los acuerdos del artículo sétimo de la sesión ordinaria n.º 111-2011, celebrada el 29 de noviembre de 2011, relativos a las invitaciones cursadas a estos organismos electorales por el Tribunal Supremo Electoral de la República de Guatemala, para participar en la Jornada Académica "La Construcción de Ciudadanía en el Siglo XXI", la cual atenderán el señor Magistrado Del Castillo Riggioni y la funcionaria Ana Mariela Castro Ávila, en definitiva del 07 al 09 de diciembre de 2011, de forma tal que se autoriza el gasto de los impuestos de salida del país en ambos casos. ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO QUINTO. ASUNTOS DE COMISIONES Y COMITÉS DEL TRIBUNAL.
A) Reunión 11-2011 del Comité Ejecutivo del Plan Estratégico Institucional. Del señor Francisco Rodríguez Siles, Coordinador del Comité Ejecutivo del Plan Estratégico Institucional, se conoce oficio n.° CPEI-115-2011 del 28 de noviembre de 2011, recibido el mismo día en la Secretaría de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Para los efectos correspondientes les transcribo, en lo conducente, lo acordado en el artículo segundo, de la reunión nº 11-2011 celebrada el 14 de noviembre del año en curso, por el Comité Ejecutivo del Plan Estratégico Institucional, se adjunta acta en el Oficio n° CPEI-114-2011 dirigido al señor Alejandro Bermúdez Mora, que dice:
“ARTÍCULO SEGUNDO. De conformidad con lo dispuesto en el artículo tercero del acta ordinaria anterior, se conoce el criterio de los miembros del Comité en relación con el informe del Equipo PEI en lo concerniente al oficio n.° DGET-094-2011 del 29 de agosto del presente año, suscrito por el señor Dennis Cascante Hernández, Director General de Estrategia Tecnológica.
Sobre el particular, se conoce oficio n.° DGET-165-2011 del 11 de los corrientes, suscrito por la señora Chacón Jiménez, como Directora General a.i. de Estrategia Tecnológica, recibido hoy en la Secretaría de la Dirección Ejecutiva.”
Con base a las recomendaciones números 5, 7,12, 13 y 15, y lo indicado por este Comité, donde sugiere que “debe prestarse especial atención en lo tocante a las acciones estratégicas que se tendrían por cerradas, a efectos de agilizar la presentación de los informes de cierre respectivos a conocimiento del CEPEI, de lo que se remitirá copia a la DGET para lo de su cargo”, se acordó que:
“…                                                                             
4) elévese a conocimiento del Superior, con la recomendación de aprobar, la solicitud de cierre de las AE-6.1, A.E.-6.4 y AE-7.2, por lo que, en caso de ser aprobado, las personas encargadas de dichas acciones, deberán proceder con la presentación del informe de cierre respectivo.”
Según lo citado en la recomendación número 9 y lo mencionado por el CEPEI en tanto que “en punto al criterio que se espera emita el Departamento Legal, se señala la conveniencia de establecer la vía más expedita para obtenerlo, toda vez que se trata de un pronunciamiento de importancia, vinculado con labores que la Institución pretende llevar a cabo por intermedio del Departamento de Comercialización de Servicios”, se acordó que:
“…
5) Solicitar al Superior que, por su digno medio, sea fijado un plazo de 10 días hábiles al Departamento Legal para que se sirva emitir criterio respecto de lo requerido por este Comité en el artículo quinto inciso b) del acta de la reunión ordinaria n.° 10-2010 celebrada el 16 de diciembre de 2010 y comunicado mediante oficio n.° CPEI-7-2011 del 20 de enero del año en curso”.".
Se dispone: En relación con el punto 4) supra transcrito, aprobar conforme se recomienda; en cuanto al 5) aprobar conforme se solicita. ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO SEXTO. ASUNTOS DE ORGANIZACIONES GREMIALES DEL TRIBUNAL.
A) Solicitud de copia del Manual Descriptivo de Puestos. De la señora Ilenia Ortíz Ceciliano y el señor Jeffrey Salazar Montero, por su orden, Secretaria General y Secretario de Educación de la Unión Nacional de Empleados Electorales y Civiles (UNEC), se conoce oficio n.º UNEC-120-2011 del 29 de noviembre de 2011, recibido el día siguiente en la Secretaría de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiestan:
"Para asuntos propios de la Organización, solicitamos nos faciliten una copia del Manual Descriptivo de Puestos aprobado y que entrará en vigencia a partir de enero del año 2012.". 
Se dispone: Proceda según lo solicitado el Departamento de Recursos Humanos. ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO SETIMO. ASUNTOS EXTERNOS.
A) Consulta legislativa del proyecto de ley de "Creación del Distrito 6º del Cantón de Mora, Qutirrisí.”. De la señora Rosa María Vega Campos, Jefa de Área de la Comisión Permanente de Gobierno y Administración de la Asamblea Legislativa, se conoce oficio n.º CG-397-2011 del 05 de diciembre de 2011, recibido el mismo día -vía correo electrónico- en la Secretaría de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Con instrucciones del Presidente de la Comisión Permanente de Gobierno y Administración, diputado Edgardo Araya Pineda, procedo a consultar el criterio de esa Institución, en relación con el texto sustitutivo aprobado del proyecto de ley "CREACIÓN DEL DISTRITO 6º DEL CANTÓN DE MORA, QUTIRRISÍ, expediente 17.229, el cual se adjunta.
Se le agradecerá evacuar la consulta en el plazo de ocho días hábiles. […]".
Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Para que se proponga el respectivo proyecto de respuesta -el cual habrá de rendirse a más tardar el 09 de diciembre de 2011- pase al Departamento Legal y a la Contraloría Electoral. Para su examen se fijan las 11:00 horas del 08 de diciembre de 2011. ACUERDO FIRME.
B) Autorización para participar en "Actividad Anual de Retroalimentación de las Contralorías de Servicios y la Secretaría Técnica del Sistema Nacional de Contralorías de Servicios". De la señora Adela Chaverri Tapia, Coordinadora de la Secretaría Técnica del Sistema Nacional de Contralorías de Servicios del Ministerio de Planificación y Política Económica, se conoce oficio n.° STSNCS-079-11 del 05 de diciembre de 2011, recibido el mismo día en la Secretaría de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Sirva la presente para saludarlo y a la vez solicitarle su anuencia para contar con la participación del señor Max Solórzano Alvarado, en la "Actividad Anual de Retroalimentación de las Contralorías de Servicios y la Secretaría Técnica del Sistema Nacional de Contralorías de Servicios"; el día jueves 8 de diciembre de 8 am a 5 pm, en las instalaciones de la Finca de Acueductos y Alcantarillados (AYA), ubicada en Coronado.
Esta actividad se realiza anualmente con el objetivo de evaluar los logros y limitaciones de las Contralorías de Servicios Institucionales durante el año de gestión, así como programar las principales actividades para el año 2012. Por ello, resulta de nuestro interés disponer de la participación del señor Solórzano.".
Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Aprobar la participación del señor Solórzano Alvarado en la actividad referida, conforme se solicita; durante su ausencia, se encargan sus funciones al señor Jonnatan González León. ACUERDO FIRME.
A las doce horas terminó la sesión.

 

 

Max Alberto Esquivel Faerron

 

 

 

Juan Antonio Casafont Odor

 

 

 

Mario Seing Jiménez