ACTA Nº 7-2010

Sesión ordinaria celebrada por el Tribunal Supremo de Elecciones a las nueve horas del veintiuno de enero de dos mil diez, con asistencia del señor Magistrado Luis Antonio Sobrado González, quien preside, la señora Magistrada Eugenia María Zamora Chavarría, los señores Magistrados Max Alberto Esquivel Faerron y Mario Seing Jiménez y la señora Magistrada Zetty Bou Valverde.

 ARTÍCULO PRIMERO.APROBACION DEL ACTA ANTERIOR.

Se leyó y aprobó el acta de la sesión ordinaria inmediata anterior.

ARTÍCULO SEGUNDO.ASUNTOS INTERNOS DIVERSOS.

A) Reforma al artículo 11 de las Regulaciones para gastos de viaje y transporte dentro del país del Tribunal. De la señora Mary Anne Mannix Arnold, Jefa a.i. del Departamento Legal y del señor Fernando Víquez Jiménez, Director Ejecutivo, se conoce oficio n.º DL-025-2010 del 15 de enero de 2010, recibido el mismo día en la Secretaría de este Tribunal, al cual -en atención a lo ordenado en el acuerdo del artículo tercero de la sesión ordinaria n.º 003-2010, celebrada el 07 de enero de 2010- adjuntan proyecto de reforma del artículo 11 de las “Regulaciones para Gastos de Viaje y de Transporte dentro del país del Tribunal Supremo de Elecciones”.

Se dispone: Tener por rendido el proyecto. Promulgar el decreto que interesa, cuya publicación se ordena, de acuerdo con el siguiente texto:

N.º 01-2010

EL TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 102 inciso 10) de la Constitución Política y 12 inciso ñ) del Código Electoral,

DECRETA

La siguiente

REFORMA DEL ARTÍCULO 11

DE LAS REGULACIONES PARA GASTOS DE VIAJE Y DE TRANSPORTE

DENTRO DEL PAÍS DEL TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES,

DECRETO N.º 08-2004 DEL 09 DE NOVIEMBRE DE 2004

Artículo 1.- Refórmase el artículo 11 de las “Regulaciones para Gastos de Viaje y de Transporte dentro del país del Tribunal Supremo de Elecciones”, decreto n.º 08-2004 del 09 de noviembre de 2004, publicado en “La Gaceta” n.º 225 del 17 del noviembre de 2004”para que se lea:

Artículo 11.- Reconocimiento de gastos por concepto de servicio de lavado y planchado de ropa.

El funcionario tendrá derecho a que se le reconozca un importe de lavado y planchado de ropa al sétimo día, cuando la permanencia tenga una duración mínima de doce días naturales continuos y se le continuará reconociendo un servicio de lavado y planchado de ropa cada vez que transcurran siete días en forma continua.

Para que se obtenga el reconocimiento de los gastos originados por la utilización de esos servicios, deberá consignar:

En el transcurso de los dos primeros meses de cada año, la Contaduría, como órgano técnico, realizará un estudio de mercado del servicio de lavado y planchado que presten las diferentes personas físicas o jurídicas en el país, a fin de obtener un valor real de éste. Podrá solicitar además, información a las dependencias institucionales que realizan giras, a fin de recomendar a la Dirección Ejecutiva si consideran procedente o no la actualización de los montos. La citada Dirección, previo análisis de la propuesta técnica, recomendará su aprobación o desaprobación al Tribunal, quien finalmente adoptará la decisión que corresponda en términos de aprobar, improbar u ordenar la realización de más estudios para adoptar la decisión final.”.

Artículo 2.- Rige a partir de su publicación.”.

Hágase del conocimiento de la Biblioteca y de la servidora Arlette Bolaños Barquero para lo de sus cargos.ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO TERCERO.ASUNTOS DE LAS ELECCIONES DEL 2010.

A) Cambios en el cronograma de actividades del Programa de Atención a Observadores Internacionales.Del señor Héctor Fernández Masís, Director General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos, se conoce oficio n.° DGRE-052-2010 de fecha 18 de enero de 2010, recibido ese día en la Secretaría del despacho, en el cual literalmente manifiesta:

“Reciba un cordial saludo de mi parte y a solicitud de la Lic. (sic) Sandra Mora Navarro, Encargada del Programa de Atención a Observadores Internacionales, por medio de oficio POI-011-2010, le comunico que se realizaron unos cambios menores al cronograma de actividades de la Misión Oficial de Observación, esto a raíz de las sugerencias externadas por parte de CAPEL en punto a la inviabilidad de realizar el día viernes 5 de febrero el conversatorio con la primera parte de candidatos a la presidencia de la República, particularmente por motivos de espacio y cantidad de participantes. En virtud de lo anterior, se cambiaría la sede del conversatorio para el Hotel Radisson Europa, manteniendo el mismo horario previamente aprobado.

En cuanto a la sesión académica y al espacio para referirse a la organización electoral, se estaría realizando en las instalaciones del IIDH ese mismo día a partir de las 9:30 a.m., concluyendo con el almuerzo ofrecido por CAPEL.

En virtud de lo anterior le solicito respetuosamente interponer sus buenos oficios y elevar a conocimiento de las señoras y señores magistrados la anterior información para su consideración.”.

Se dispone: Tomar nota de los cambios efectuados en el cronograma de actividades de la Misión Oficial de Observación del proceso electoral. ACUERDO FIRME.

B) Programación de actividades masivas en los días 6 y 7 de febrero, 3 y 4 de abril, y 4 y 5 de diciembre del 2010. Del señor Alejandro Bermúdez Mora, Secretario de este Tribunal, se conoce oficio n.° STSE-0149-2010 del 19 de enero de 2010, mediante el cual se refiere a la programación de partidos de fútbol nacional para los días 06 y 07 de febrero próximos, en los siguientes términos:

Con un cordial saludo, en relación con el asunto supra indicado y para lo que a bien tenga a disponer el Superior el suscrito se permite rendir el siguiente informe:

1.- Desde aproximadamente el pasado 12 de enero, el suscrito Secretario ha estado en contacto con el Ing. Joaquín Hernández Rojas, Presidente del Consejo Directivo de laUnión de Clubes de Fútbol de la Primera División (en lo sucesivo UNAFUT), con objeto de hacerle reparar en lo dispuesto por ese Tribunal en el artículo quinto, inciso B), de la sesión n.° 60-2009 del 29 de junio de 2009, de modo tal que no se programen partidos de balompié los días supra indicados; incluso -pese a la comunicación cursada por esta Secretaría al señor Eduardo Li, Presidente de la Federación Costarricense de Fútbol el pasado 26 de junio de 2009– se le dirigió al Ing. Hernández Rojas el oficio n.° STSE-0096-2010 con fecha 12 de enero de 2010, el cual fue recibido en la UNAFUT ese mismo día.

2.- De esta suerte, el 13 del presente mes el Ing. Hernández Rojas me informó que los equipos que tenían juego programado para el 7 de febrero del año en curso -en condición de locales- eran Universidad de Costa Rica, San Carlos, Alajuelense, Cartaginés, Águilas Guanacastecas (antes Liberia Mía) y Pérez Zeledón; dijóme asimismo que desde diciembre de 2009 él, en su condición de Presidente de UNAFUT, había enfatizado con los Presidentes de los diferentes clubes que integran la antedicha unión la conveniencia de no programar partidos para el 07 de febrero, no obstante lo cual la programación se aprobó previéndolos para ese día, así como para el 6 de febrero de 2010.

También me dijo el Ing. Hernández Rojas que haría todo lo posible en orden a coordinar lo pertinente para liberar de compromisos deportivos los ya dichos días 6 y 7 de febrero.

3.- El día 15 de enero volví a conversar con el Ing. Hernández Rojas, quien me informó que los Presidentes de los equipos que ya he mencionado habían decidido no celebrar juegos el día 7 de febrero del año en curso, tal y como se informa en la página electrónica de esa unión, de lo cual adjunto copia; no obstante lo anterior, me informó asimismo que respecto del día 6 de febrero no se había dispuesto nada sobre el particular y que conversáramos nuevamente el día 18 del presente mes.

4.- De esta guisa, en horas de la tarde de hoy volví a conversar con el dirigente deportivo de repetida cita, quien me indicó que persiste en algunos Presidentes de los Clubes reseñados en el aparte 2. del presente oficio, la idea de programar encuentros de fútbol para el día 6 de febrero, empleando seguridad privada para atender estos eventos.

5.- Agregó el Ing. Hernández Rojas que los partidos que podrían programarse para el citado día 6 de febrero no implicaban juegos con equipos de vocación nacional, verbi gratia Saprissa y Alajuela.”.

De los señores Richard Poveda Solórzano, Encargado del Programa de Seguridad Electoral y David Reuben Hatounian, Delegado Permanente Adjunto Asesor en Seguridad, se conoce asimismo el oficio n.º PSE-033-2010 del 19 de enero de 2010, recibido el mismo día en la Secretaría de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiestan:

A partir de las planificaciones operativas que corresponden al Programa de Seguridad Electoral y la Comisión de Seguridad Electoral para el día de las elecciones nacionales, se ha coordinado con cada una de las Instituciones de primera respuesta para garantizar que los recursos sean utilizados con la prioridad que ese momento merece.

Es imprescindible la utilización y concentración de todos los recursos disponibles para esta semana anterior el día de las elecciones.

Por lo tanto es unánime la posición de esta Coordinación y de la Comisión en cuanto a que no es viable autorizar eventos masivos entre el 1 y el 7 de febrero. Los eventos deportivos, fútbol, los conciertos, fiestas cantonales o distritales, eventos culturales, o cualquier otra actividad que requieren la vigilancia de la Fuerza Pública, Comisión Nacional de Emergencia (sic), Policía de Tránsito, Cruz Roja, Ministerio de Salud, Caja Costarricense de Seguro Social, Bomberos y demás instituciones responsables de servicios públicos.

No sólo tenemos los preparativos, que se acrecientan en esa semana, sino que también hay varias alertas que sustraen personal de la atención del proceso electoral como las alertas climatológicas, la situación actual del Volcán Turrialba, que no tiene indicios de aminorar su actividad, y personal que esta (sic) apoyando la crisis Haitiana (sic).

Aparte de las actividades descritas arriba hemos establecido medidas preventivas y de contingencia en caso que la situación de gases, ceniza o erupción del Volcán Turrialba amerite una toma de decisiones a última hora en cuanto a mayores evacuaciones y traslados de centros de votación lo cual requiere aún más personal.

En conclusión, las instituciones y la estructura general de prevención y seguridad ciudadana están sumamente limitadas y han concertado que la prioridad es el importante proceso constitucional de esa semana y no se podrán atender eventos masivos no relacionados con el proceso electoral.”.

Se dispone: En acuerdo contenido en el artículo quinto de la sesión ordinaria n.º 060-2009, celebrada el 23 de junio de 2009, este Tribunal acogió la sugerencia del Lic. Héctor Fernández Masís, en aquel entonces Coordinador de Programas Electorales, en el sentido de instruir a las diferentes instancias deportivas y culturales del país para que no programaran el día previo y el día de las elecciones actividades que implicaran gran movilización de personas o que interrumpieran el libre tránsito en toda la red vial nacional, con el propósito de evitar cualquier riesgo para la seguridad y el orden público. Ese acuerdo fue debidamente comunicado a esas instancias, incluida la Federación Costarricense de Fútbol.

De otra parte, el Encargado del Programa Electoral de Seguridad Electoral y el Delegado Permanente Adjunto Asesor en Seguridad informan que no es viable autorizar eventos masivos durante los días previos a las elecciones, no sólo por los preparativos electorales sino también por las alertas climatológicas y volcánicas que afectan al país, que obligan a dar prioridad a la atención de esos fenómenos e impiden atender eventos masivos no relacionados con el proceso electoral.

A la luz de esos antecedentes, se adoptan las siguientes disposiciones:

Notifíquese a las distintas autoridades públicas mencionadas, al Director General de la Fuerza Pública, a las organizaciones a las que se les comunicó el indicado acuerdo de este Tribunal de sesión ordinaria n.º 060-2009, a la UNAFUT, al Director General del Registro Electoral y al Cuerpo Nacional de Delegados. Proceda la Oficina de Comunicación a elaborar el respectivo comunicado de prensa. ACUERDO FIRME.

C) Solicitud de autorización para pagar por medio de caja chica la adquisición de “tokens”.Del señor Gilberto Gómez Guillén, Contador de este Tribunal, se conoce oficio n.° CONT-044-2010 del 19 de enero de 2010, recibido ese día en la Secretaría del despacho, en el cual literalmente manifiesta:

“En atención a memorando DE-59-2010 de la Dirección Ejecutiva del 19 de enero de este año, con fundamento en el artículo 19 del Reglamento del Fondo Fijo de Caja Chica del Tribunal Supremo de Elecciones solicito autorizaciónpara poder pagar por medio de caja chica la adquisición de 50 tokens por un monto de ¢ 1.250.000,00.

Adjunto copia de memorando DE-59-2010 y copia de oficio DTIC-0119-2010, en donde se justifica la urgencia y necesidad de contar con estos dispositivos.”.

Se dispone: Conceder la autorización solicitada. ACUERDO FIRME.

D) Informe sobre la difusión del microprograma “La Voz del Tribunal”.Del señor Francisco Rodríguez Siles, Jefe del Departamento de Coordinación de Programas Electorales, se conoce oficio n.° CPE- 046-2010 del 18 de enero del 2010, recibido en la Secretaría del despacho el 20 de este mes, mediante el cual indica lo que se transcribe a continuación:

“En atención a la solicitud planteada por el Superior, en el sentido de que se retomara la iniciativa de divulgar en cadena nacional de radio el programa “La Voz del Tribunal”, me permito informar que el suscrito junto con la funcionaria Ana Cristina Vinocour Vargas nos reunimos el pasado lunes 4 de enero con la señora Hannia Vega Barrantes, Viceministra de Telecomunicaciones, a quien le planteamos el interés de este organismo electoral, de que ese ministerio como ente rector del sector de las telecomunicaciones, girara una directriz a los diferentes concesionarios del espectro radiofónico acataran (sic) lo dispuesto en el artículo 11 de la Ley de Radio, el cual dispone en lo que interesa que: “(…) Las radioemisoras y televisoras comerciales están obligadas a ceder gratuitamente al Ministerio de Educación Pública un espacio mínimo de media hora por semana para fines de divulgación científica y cultura. Desde la convocatoria a elecciones dicho espacio será cedido al Tribunal Supremo de Elecciones para dar instrucciones sobre temas cívico - culturales.Cada estación indicará al Ministerio citado y en su oportunidad al Tribunal Supremo de Elecciones, el espacio que cede dentro de sus horarios de trabajo (…)”.

En este sentido, cabe señalar que mediante nota del 6 de enero del 2010, remitida por correo electrónico a los concesionarios de las frecuencias de radio y televisión, el señor Melvin Murillo Álvarez, Jefe del Departamento de Control Nacional de Radio de la Rectoría de Telecomunicaciones, les recordó la obligación de cumplir con dicha disposición.

Por otra parte, el pasado 12 de enero, el Lic. Hugo Picado León, la Licda. Ana María Jiménez Rodríguez y el suscrito junto con funcionarios de la Oficina de Comunicación y el Departamento de Coordinación de Programas Electorales nos reunimos con el señor Juan Sepúlveda, Director Ejecutivo de CANARA, para coordinar los detalles relativos a la difusión en cadena nacional de radio del programa “La Voz del Tribunal”.Acordándose que el mismo se difundirá todos los días, durante tres minutos, después de “Panorama”, ello a partir del lunes 18 de enero y hasta el viernes 5 de febrero del año en curso. El sábado 6 y domingo 7 de febrero, a las 8 a.m., se cederá un espacio de cinco minutos a la Presidencia del TSE, a efectos de que se haga un llamado a la ciudadanía a ejercer el sufragio.

Los microprogramas se grabarán los días martes y jueves de cada semana, en el estudio de grabación de CANARA, para ello la

Coordinación de Programas Electorales redactará la información que se difundirá en dichos microprogramas, que de previo a su difusión serán revisados por el Lic. Hugo Picado León y la Licda. Ana María Jiménez Rodríguez. Por otra parte, los funcionarios de la Oficina de Comunicación, Cedric Solano Ibarra y Giannina Aguilar Sandí, serán quienes grabarán los microprogramas. Sobre el particular, me permito informar que el pasado jueves 14 de enero, se grabaron los microprogramas del período comprendido entre el 18 al 21 de enero. El lunes 18 de enero se difundió el primer microprograma.

Cabe señalar, que aunque desde este momento se cuenta con la colaboración de la Cámara Nacional de Radio (CANARA) para difundir el programa, a criterio del suscrito, amparándonos a la instrucción girada por la citada Rectoría de Telecomunicaciones, se sugiere que la Presidencia de este Tribunal, inste al resto de las emisoras de radio no afiliadas a CANARA, para que colaboren en su difusión y con ello ampliar la efectividad de esta iniciativa. Para ello CANARA pondrá a disposición de los concesionarios, en su página web, los audios de los microprogramas a efectos de que puedan ser descargados y de esa forma reproducirlos en las respectivas emisoras de radio.

En virtud de lo expuesto, adjunto le remito una propuesta de oficio para cumplir con dicho objetivo, así como las direcciones electrónicas de los concesionarios de radio para que si a bien lo tiene el Superior, sean enviadas por la Secretaría del Tribunal.”.

Se dispone: Tomar nota de lo informado por el señor Rodríguez Siles y proceder de conformidad con lo que sugiere. Se agradece a la Cámara Nacional de Radio la gentil colaboración dispensada a este Tribunal. ACUERDO FIRME.

E) Denuncia de las señoras Olga Marta Vargas Obando y Erika Padilla Rojas por violación al artículo 136 del Código Electoral.De la señoras Olga Marta Vargas Obando y Erika Padilla Rojas, quienes manifiestan ser Presidentas de los Comités Ejecutivos Cantonales de Buenos Aires de los partidos Movimiento Libertario y Alianza Patriótica, respectivamente, se conoce memorial del 08 de enero de 2010, recibido en la Secretaría de este Tribunal el 20 de enero de 2010, mediante los cuales denuncian al partido Liberación Nacional por violación a lo dispuesto por el artículo 136 del Código Electoral, en virtud de la presunta instalación de vallas de propaganda electoral en una ruta nacional.

Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Trasládese la denuncia a la Dirección General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos para lo de su cargo (art. 296 del Código Electoral) y remítase copia certificada de la misma al Ministerio de Obras Públicas y Transportes y a la respectiva Municipalidad, para que, en el improrrogable plazo de cinco días -y de ser procedente- remuevan la propaganda presuntamente ilegal (decreto ejecutivo n.º 29.253-MOPT del 20 de diciembre de 2000). Sobre el particular, dará seguimiento el Cuerpo Nacional de Delegados. ACUERDO FIRME.

F) Denuncia de los señores DiputadosOlivier Pérez González y Sergio Alfaro Salas por financiamiento del Partido Movimiento Libertario. De los señores Olivier Pérez González y Sergio Alfaro Salas, diputados a la Asamblea Legislativa, se conoce memorial del 19 de enero de 2010, recibido el día siguiente en la Secretaría de este Tribunal, dirigido al señor Francisco Dall Anese Ruiz, Fiscal General de la República, mediante el cual denuncian una serie de hechos presuntamente vinculados al financiamiento del partido Movimiento Libertario y solicitan la acción inmediata de las autoridades competentes -si no lo han realizado ya de oficio- para que se haga cumplir la legislación.

Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Para su atención, pase a la Dirección General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos. Hágase del conocimiento de los estimables señores diputados Pérez González y Alfaro Salas. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO CUARTO.ASUNTOS DE ORGANIZACIONES GREMIALES DEL TRIBUNAL.

A) Solicitud de audiencia para tratar asuntos de interés del sindicato.De la señora Ilenia Ortiz Ceciliano, Secretaria General de la Unión Nacional de Empleados Electorales y Civiles, se conoce oficio n.° UNEC-07-2010 de fecha 18 de enero de 2010, recibido ese día en la Secretaría del despacho, mediante el cual solicita se les conceda una audiencia con el fin de tratar asuntos de interés de esa agrupación.

Se dispone: Se concede audiencia para el próximo viernes 29 de enero a las 10:30 horas. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO QUINTO.ASUNTOS DE ADMINISTRACION DE PERSONAL.

A) Renuncia por pensión del señor Jorge Enrique Villaplana Ramírez.Del señor Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° RH-0183-2010 del 20 de enero del 2010, recibido en la Secretaría del despacho ese mismo día, mediante el cual indica lo que se transcribe a continuación:

“Para lo que a bien tenga disponer el Tribunal Supremo de Elecciones, me permito elevar a consideración la nota recibida hoy en este despacho, que suscribe el (sic) Jorge Villaplana Ramírez, Subcontador, mediante la cual presenta la renuncia a su cargo para acogerse al beneficio de Pension (sic) por el Régimen General de Pensiones Ley Marco (Ley N. 7302 del 15 de julio de 1992).

El señor Villaplana Ramírez labora para este organismo electoral desde el 1° de ocutbre (sic) de 1976 y desea que su cese de funciones sea efectivo a partir del próximo 21 de enero de 2010, motivado para ello en la resolución número DNP-REA-4071-2009 que emitió la Dirección Ejecutiva de la Dirección Nacional de Pensiones a las once horas del 25 de noviembre de 2009.

Además, solicita el pago de las prestaciones legales que pudieran corresponderle de acuerdo con la legislación laboral vigente.”.

Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Se tiene por presentada, a partir de hoy, la renuncia del señor Jorge Villaplana Ramírez, a quien se le da las gracias por los servicios prestados durante tantos años a este Tribunal deseándole el mayor de los éxitos en su nueva etapa de vida. Proceda oportunamente la Contaduría a realizar los cálculos de rigor para el pago de las prestaciones legales que pudiera corresponderle, así como de las vacaciones a que tenga derecho a la fecha de su retiro, cuyo informe trasladará oportunamente al Departamento Legal para la confección del respectivo proyecto de resolución. ACUERDO FIRME.

B) Solicitud de reconsideración sobre la propuesta de reestructuración de la Contraloría de Servicios.Del señor Max Solórzano Alvarado, Contralor de Servicios de este Tribunal, se conoce oficio n.° CS-015-2010 de fecha 18 de enero de 2010, recibido ese día en la Secretaría del despacho, mediante el cual -con fundamento en las razones que expone en el documento que adjunta- solicita se reconsidere lo resuelto por este Tribunal mediante acuerdo adoptado en sesión ordinaria n.° 116-2009, artículo tercero, celebrada el 17 de noviembre de 2009, al conocer el informe rendido por el señor Director Ejecutivo sobre la propuesta de reestructuración de la Contraloría de Servicios, y se acojan las recomendaciones que puntualiza.

Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Estése el señor Solórzano Alvarado a lo resuelto por este Tribunal en la sesión supracitada. ACUERDO FIRME.

Sale del Salón de Sesiones la señora Magistrada Zamora Chavarría.

C) Nombramiento del Contador y del Subcontador del Tribunal.Del señor Alejandro Bermúdez Mora, Secretario del Tribunal, se conoce oficio n.° STSE- 0188-2010 del 20 de enero del 2010, mediante el cual indica lo que se transcribe a continuación:

“Para lo que corresponda, me permito someter en consulta lo resuelto a las 15:30 horas de hoy, en relación con la solicitud de ascenso en propiedad del señor Minor Castillo Bolaños, al cargo de Subcontador, formulada por el señor Gilberto Gómez Guillén, Contador, a partir del próximo 21 de enero.”.

Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Aprobar la resolución que se consulta. Asimismo, dada la renuncia del señor Gilberto Gómez Guillén como Contador a partir del próximo primero de febrero y tratándose de un puesto de carácter estratégico, este Tribunal procede a ascender en propiedad en dicho cargo al señor Carlos Alberto Umaña Morales, quien cumple con el perfil requerido, según lo establecido en la Ley Orgánica de estos organismos electorales, así como con los requisitos establecidos en el Manual Descriptivo de Puestos, lo que regirá a partir de esa misma fecha. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO SEXTO.ASUNTOS DE LAS ELECCIONES 2010.

A) Encuesta post – electoral de resultados de los comicios del 2010.De la señora Kerstin von Bremen, representante de la Fundación Konrad Adenauer, se conoce memorial del 20 de enero de 2010, recibido el día siguiente en la Secretaría de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

“La Fundación Konrad Adenauer viene desarrollando una investigación sobre la realidad política costarricense con el apoyo técnico de la empresa Borge y Asociados.

Como parte del proceso en ejecución, se tiene previsto ejecutar una encuesta post-electoral que permita contrastar los resultados generados en los comicios con las tendencias previamente observadas en los distintos estudios de opinión.

Además, hemos conversado con el señor Víctor Borge Carvajal, Presidente de la citada entidad, a efecto de aprovechar esta encuesta para poder medir la valoración ciudadana en torno al proceso electoral como tal.

En ese contexto, respetuosamente elevo a su consideración la posibilidad de que, en el marco de esta encuesta, se pueda también recoger y sistematizar la percepción social existente en torno al papel desempeñado por el Tribunal Supremo de Elecciones como órgano rector del proceso.

Si esta propuesta es aceptada por ustedes, respetuosamente le solicitaríamos nos indiquen los tópicos de su interés, que serían incorporados en el cuestionario que se aplicará en la mencionada encuesta. Asimismo sería pertinente sostener una reunión con la presencia del señor Borge para ahondar sobre este tema, la cual podría programarse en los días posteriores al 7 de febrero.

Agradezco la atención dada a la presente y quedo a la espera de su amable respuesta.”.

Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Aceptar y agradecer la desinteresada colaboración que se propone. Para tales efectos, fungirá como enlace por parte de este Tribunal el funcionario Hugo Picado León, Letrado de este Tribunal. ACUERDO FIRME.

B) Traslado de centros de votación en el cantón de Escazú. Del señor Héctor Fernández Masís, Director General de Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos, se conoce oficio n.° DGRE-062-2010 del 18 de enero de 2010, recibido el día siguiente en la Secretaría de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

“En atención a lo dispuesto en Sesión Ordinaria No. 004-2010, celebrada el doce de enero del año en curso, y comunicado mediante oficio No. STSE-0099-2010, del 12 de enero 2010,y atendiendo lo resuelto por el Tribunal Supremo de Elecciones, en sus sentencias Nos. 0157-E1-2010, y 0159-E1-2010, referente a los escritos de la señora Luisiana Toledo Quirós, en su condición de Vice-presidenta del Partido Yunta Escazuceña, quien presentó recurso de amparo electoral contra la Junta Cantonal de Escazú, el superior dispuso que esta Dirección y la Junta Cantonal Electoral de Escazú procedamos a gestionar de inmediato lo necesario, a fin de asegurar que para la elección que se celebrará el 07 de febrero 2010, los centros de votación de dicho cantón cumplirán cabalmente con lo dispuesto por la ley 7600.

Sobre este particular, el pasado 15 de enero, este despacho se reunió con el Lic. Gustavo Fitoria Mora, Encargado del Programa de Acondicionamiento de Recintos Electoral (sic), quien sugiere se traslade el Centro de Votación del Distrito de San Antonio al Liceo de Escazú que reúne todas las condiciones necesarias para facilitar la labor de los miembros de mesa y la accesibilidad al electorado.

Por otra parte, mediante oficio No. DGRE-053-2010 de fecha 15 de enero 2010, esta Dirección le solicitó al señor Rodolfo Guerra Ruiz, Presidente de la Junta Cantonal de Escazú que reconsiderara la ratificación del Centro de Votación Juan XXIII, tomando en consideración la experiencia del señor Gustavo Fitoria quien recomienda se traslade el Centro de votación del Distrito de San Antonio al Liceo de Escazú.

En virtud de lo expuesto, esta Dirección avala la recomendación del señor Fitoria Mora, Encargado del Programa de Acondicionamiento de Recintos Electorales, por lo anterior, con todo respeto le solicito elevar lo anterior a conocimiento de las señoras y señores magistrados.”.

Del señor Fernández Masís, en su calidad dicha, se conoce conjuntamente oficio n.º DGRE-070-2010 del 20 de enero de 2010, recibido el mismo día en la Secretaría de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

Mediante oficio No (sic) 062-2010 (sic), de fecha 19 de enero 2010 (sic), esta Dirección General avaló la recomendación del licenciado Gustavo Fitoria, a efectos de que se trasladen las juntas receptoras de votos ubicadas en la Escuela Juan XXIII al Centro de Votación al (sic) Liceo de Escazú. No obstante, a tan pocos días del proceso electoral la Junta Cantonal de Escazú a través de la Municipalidad del cantón se han (sic) dado a la tarea de habilitar los cinco recintos faltantes a fin de no efectuar el traslado de los electores a dicho liceo y así concentrar a todos los electores en un mismo centro de votación.

Aunado a lo anterior, los señores Fernando Víquez Jiménez, y (sic) José Alvarado Villalobos, Coordinador y Asistente de la Comisión de Transmisión de Datos han gestionado ante el Instituto Costarricense de Electricidad (ICE), la instalación de las líneas para transmitir a través de internet (sic) los resultados de la votación de las juntas correspondientes a dicho centro. Razón por la cual, los señores Víquez Jiménez y Alvarado Villalobos, han solicitado dejar, en la medida de lo posible, como centro de Votación el centro la Escuela Juan XXIII (sic).

En virtud de lo expuesto, con todo respeto solicito se restituya el oficio No. (sic) 062-2010 con el propósito de que se conserve la ratificación preliminar que efectuó la Junta Cantonal de Escazú manteniendo como centro de votación a la Escuela Juan XXIII. ”.

Se dispone: Aprobar conforme se propone. Procédase de conformidad. ACUERDO FIRME.

C) Programa de la sesión académica de la Misión de Observación Electoral.Del señor Héctor Fernández Masís, Director General de Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos, se conoce oficio n.° DGRE-069-2010 del 20 de enero del 2010, recibido en la Secretaría del despacho el 21 de este mes, mediante el cual indica lo que se transcribe a continuación:

“Mediante oficio POI-012-2010 de fecha 15 de enero, de la cual se adjunta copia, la Licda. Sandra Mora Navarro, encargada del Programa de Atención a Observadores Internacionales, remitió la propuesta elaborada por el Centro de Asesoría y Promoción Electoral (CAPEL) relativa a la Sesión Académica, que se llevará a cabo como parte de las actividades en las que participará la Misión Oficial de Observación Internacional.

Entre los expositores sugeridos por CAPEL para desarrollar temas de interés para los observadores destacan los señores Miguel Gutiérrez Saxe, Manuel Rojas y Eduardo Ulibarri.La actividad se realizará en las instalaciones del IIDH/CAPEL, el viernes 5 de febrero de 9:30 a.m. a 12:15 p.m., de acuerdo con el cronograma que se adjunta.

En virtud de lo expuesto, respetuosamente le solicito eleve a conocimiento y aprobación de Superior la citada propuesta, a la cual el suscrito no tiene objeciones.”.

Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Aprobar conforme se propone. ACUERDO FIRME.

D) Del corte de totalización de cómputo de votos. Se dispone: Con base en el punto 5 del “POR TANTO” de la resolución n.º 5721-E8-2009, dictada por este Tribunal a las once horas del dieciocho de diciembre de dos mil nueve, en la que se interpretó el artículo 197 del Código Electoral, se fijan las doce horas del ocho de febrero del año en curso como el límite máximo para que el programa de Transmisión de Datos efectúe el último corte de la totalización del cómputo hecho por las juntas receptoras de votos, en el que se incluirán los resultados de las mesas que a esa hora se hayan recibido y hayan sido susceptibles de procesar. ACUERDO FIRME.

A las doce horas terminó la sesión.

 

 

 

Luis Antonio Sobrado González

 

 

 

 

 

Eugenia María Zamora Chavarría

 

 

 

 

 

Max Alberto Esquivel Faerron

 

 

 

 

Mario Seing Jiménez

 

 

 

 

Zetty Bou Valverde