ACTA N.º 78-2018
Sesión ordinaria celebrada por el Tribunal Supremo de Elecciones a las diez horas del catorce de agosto de dos mil dieciocho, con asistencia de los señores Magistrados Luis Antonio Sobrado González –quien preside–, Eugenia María Zamora Chavarría y Max Alberto Esquivel Faerron.
ARTÍCULO PRIMERO. APROBACIÓN DE ACTAS ANTERIORES.
A) Se leyó y aprobó el acta de la sesión ordinaria inmediata anterior.
ARTÍCULO SEGUNDO. INFORMES DE LOS SEÑORES MAGISTRADOS.
Sale del salón de sesiones la señora Magistrada Vicepresidenta Zamora Chavarria.
A) Informe de participación como panelista en diálogo entre expertas organizada por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de los Estados Unidos Mexicanos. De la señora Magistrada Eugenia María Zamora Chavarria, se conoce memorial del 8 de agosto de 2018, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual rinde informe relativo a la invitación cursada por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de los Estados Unidos Mexicanos, para participar, como panelista, en el diálogo entre expertas titulado “Desafíos y mecanismos para alcanzar la paridad de género libre de violencia”, dentro del “Foro de Análisis Interamericano: Retos hacia una paridad de género libre de violencia”.
Se dispone: Tener por rendido el informe. Remítanse las publicaciones y documentos que se adjuntan al Centro de Documentación del Instituto de Formación y Estudios en Democracia (IFED) y al Archivo del Tribunal, según corresponda. ACUERDO FIRME.
Reingresa al salón de sesiones la señora Magistrada Vicepresidenta Zamora Chavarria.
ARTÍCULO TERCERO. ASUNTOS DE ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL.
A) Permiso de estudio para la funcionaria Katherine Porras Arguedas. Del señor José Francisco Rodríguez Siles, Director Ejecutivo, se conoce oficio n.° DE-2519-2018 del 9 de agosto de 2018, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"El Tribunal Supremo de Elecciones, en sesión ordinaria n.° 30-2007 del 29 de marzo de 2007, oficio n.° TSE-1567-2007, dispuso que a la Dirección Ejecutiva, como regla de principio, le corresponde aprobar lo concerniente a permisos de estudio de las carreras relacionadas con Administración, Derecho, Ciencias Políticas e Informática, siempre que no se sobrepase el máximo de diez horas por semana, según lo establece el artículo 11 del Reglamento de Facilidades de Capacitación.
Con base en lo anterior y para lo que a bien tenga disponer el Superior, me permito adjuntar el oficio n.° RH-2387-2018 del 8 de los corrientes, suscrito por la señora Mónica Rosales Menjívar, Encargada a. i. del Área de Capacitación del Departamento de Recursos Humanos, en el que indica que la señora Katherine Porras Arguedas, funcionaria del citado departamento, solicita que se le conceda permiso para asistir al curso de referencia, que forma parte del plan de estudios de la carrera de Archivística de la Universidad de Costa Rica.
El permiso sería para los días lunes y jueves, su inició fue el 13 de los corrientes y culminaría el 15 de diciembre del año en curso; dado que el horario es de las 7:00 a las 9:50 horas, se requiere -por razones de traslado a esta sede tal y como se indica en el oficio de cita- que se incorpore a sus labores a las 10:50 horas. Resulta importante señalar que la señora Rosales Menjívar, recomienda: (…) la aprobación de este permiso, pues el logro de este requisito universitario permitirá a la interesada mejorar su desarrollo profesional y por ende contar con nuevas opciones dentro o fuera de su actual puesto de trabajo.
Ante la recomendación que hace la Encargada a. i. del Área de Capacitación, la cual esta Dirección prohíja, no se encuentra inconveniente para que se le otorgue el permiso a la colaboradora Katherine Porras Arguedas, en virtud de que en nuestra institución se tienen varias unidades administrativas afines con la carrera de Archivística, en donde bien podría aprovecharse los conocimientos que adquiera y así coadyuve en las labores que ahí se ejecutan, sin dejar de lado [sic] se estaría fomentando la carrera administrativa y profesional.".
Se dispone: Aprobar conforme se solicita. ACUERDO FIRME.
B) Solicitud de licencia con goce de salario del funcionario Jonathan Pérez Richmond para realizar estudios en el exterior. Del señor José Francisco Rodríguez Siles, Director Ejecutivo, se conoce oficio n.° DE-2517-2018 del 09 de agosto de 2018, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Esta Dirección ha recibido el oficio n.° RH-2345-2018 del 6 de los corrientes, suscrito por la señora Mónica Rosales Menjívar, Encargada a. i. del Área de Capacitación del Departamento de Recursos Humanos, el cual se adjunta, donde comunica sobre la petición que hace el señor Jonathan Pérez Richmond, funcionario de la Auditoría Interna, para que se le autorice su participación en la actividad referencia, el cual se llevará a cabo en el CIFAL Shangai International Training Center en Shangai, República de China.
Tal como se expone en el oficio de cita, la actividad se estaría llevando a cabo en el exterior del 5 al 25 de setiembre del presente año, es por tanto, que esta Dirección, al igual que como se dijo en el oficio DE-1487-2018 del 15 de mayo del año en curso, no encuentra inconveniente con respecto a la actividad que tiene interés el señor Pérez Richmond, y al igual que en este proceder, también prohíja lo que ahora se recomienda, en el sentido de que de aprobarse la gestión, el peticionario: (…) aumente el acervo de sus conocimientos y por lo tanto su experticia en los temas relacionados a la Seguridad en las Tecnologías de Información, permeando efectivamente las labores que desempeña (…) en la Auditoría Interna. Máxime que como bien se indica en el correo electrónico de ayer (adjunto), remitido por el área referenciada: (…) el Gobierno Chino se hará cargo de los gastos relativos a tiquetes de vuelo (viaje redondo), hospedaje y gastos en transportes, así como un seguro contra accidentes y atención médica (…). De igual manera se indica que: El participante debe cubrir otros gastos de carácter individual como comidas, bebidas, tránsito, seguridad (…) el solicitante solamente pide tramitar la licencia con goce de salario, sin beneficio adicional por parte del Tribunal, en términos de erogación de sumas de dinero para cubrir alguno de los rubros (…).
De acuerdo con lo expuesto, esta Dirección no encuentra inconveniente en recomendar que se le brinde la autorización al señor Pérez Richmond, para que asista el evento de cita. No obstante, dado que este se desarrollará fuera de nuestro país y la petición también está orientada a una licencia con goce de salario, se remite a conocimiento de las señoras Magistradas y señores Magistrados para lo que estimen pertinente.".
Se dispone: Aprobar el permiso de estudio conforme se solicita. ACUERDO FIRME.
C) Propuesta de ascenso en propiedad en el Archivo del TSE. Del señor Erick Adrián Guzmán Vargas, Secretario General de este Tribunal, se conoce oficio n.° STSE-1498-2018 del 9 de agosto de 2018, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Con fundamento en lo dispuesto en nuestra la ley de salarios y su reglamento y, lo expuesto en el oficio que se dirá, me permito proponer el siguiente ascenso en propiedad en Archivo del TSE:
Funcionaria |
Arianna Arroyo Serrano |
Puesto al que se propone ascender |
353674, Asistente en Servicios Administrativos 1, Asistente Funcional 1 |
Clases entre la actual y la propuesta |
2 |
Fecha de rige propuesta |
16 de agosto de 2018 |
Oficio del Departamento de Recursos Humanos |
RH-2300-2018 del 03 de agosto de 2018 |
Oficio de la Secretaria General del TSE |
STSE-1441-2018 |
Quedo atento a lo que a bien estime disponer el Tribunal.".
Se dispone: Ascender conforme se propone. ACUERDO FIRME.
D) Propuesta de ascenso en propiedad en la Auditoría Interna. Del señor Erick Adrián Guzmán Vargas, Secretario General de este Tribunal, se conoce oficio n.° STSE-1495-2018 del 9 de agosto de 2018, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Con fundamento en lo dispuesto en nuestra la ley de salarios y su reglamento y, lo expuesto en el oficio que se dirá, me permito proponer el siguiente ascenso en propiedad en la Auditoría Interna:
Funcionaria |
Nidya Elvira Aguilar Acuña |
Puesto al que se propone ascender |
76361, Profesional Funcional 1, Encargada Área de Auditoría |
Clases entre la actual y la propuesta |
3 |
Fecha de rige propuesta |
1.° de setiembre de 2018 |
Oficio del Departamento de Recursos Humanos |
RH-2301-2018 del 3 de agosto de 2018 |
Oficio de la Auditoria Interna |
AI-141-2018 |
Quedo atento a lo que a bien estime disponer el Tribunal.".
Se dispone: Ascender conforme se propone. ACUERDO FIRME.
E) Propuesta de ascenso en propiedad en el Departamento Civil. Del señor Luis Antonio Bolaños Bolaños, Director General del Registro Civil, se conoce oficio n.° DGRC-0821-2018 del 9 de agosto de 2018, recibido el día siguiente en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Con fundamento en lo dispuesto en nuestra ley de salarios y su reglamento, asimismo lo expuesto en los oficios que se dirá, elevo a conocimiento de las señoras magistradas y señores magistrados del Tribunal Supremo de Elecciones, la aprobación del ascenso en propiedad que se detalla a continuación:
DEPARTAMENTO CIVIL |
|
Funcionario |
Fabián Eugenio Quesada Morales |
Puesto en el que se propone nombrar |
45658, Asistente en Estudios de Expedientes, Asistente Funcional 2 |
Clases entre la actual y la propuesta |
2 |
Fecha de rige propuesta |
16 de agosto de 2018 |
Oficio del Departamento de Recursos Humanos |
RH-2383-2018 del 7 de agosto de 2018. |
Oficio de la jefatura inmediata |
DC-3125-2018 del 27 de julio de 2018. |
Quedo atento a lo que bien estime disponer el Superior.".
Se dispone: Ascender conforme se propone. ACUERDO FIRME.
F) Encargo de funciones de la jefatura del Departamento de Tecnologías de Información y Comunicaciones. Del señor Nicolás Prado Hidalgo, Prosecretario General a. i. de este Tribunal, se conoce oficio n.° STSE-1512-2018 del 10 de agosto de 2018, mediante el cual literalmente manifiesta:
"En atención a lo solicitado por la respectiva jefatura y previo análisis de los requisitos y condiciones, me permito proponer la aprobación del encargo de funciones que se detalla a continuación:
Unidad Administrativa |
Titular |
Sustituto |
Período |
Tipo |
Departamento de Tecnologías de Información y Comunicaciones |
Patricia Chacón Jiménez |
Ana Yansy Gutiérrez Francis |
Del 20 al 24 de agosto de 2018 |
Encargo de funciones |
Quedo atento a lo que a bien estime disponer el Tribunal.".
Se dispone: Aprobar el encargo de funciones conforme se solicita. ACUERDO FIRME.
G) Solicitud de modificación en los días de recargo de funciones de la jefatura de la Sección de Opciones y Naturalizaciones. Del señor Luis Antonio Bolaños Bolaños, Director General del Registro Civil, se conoce oficio n.° DGRC-0826-2018 del 9 de agosto de 2018, recibido el día siguiente en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Respetuosamente elevo a conocimiento de la señora magistrada y señores magistrados el oficio RH-2400-2018 del día de hoy, a través del cual, la señora Jocelyn Brown Pérez, Jefa del Departamento de Recursos Humanos, comunica la solicitud del señor German Alberto Rojas Flores, Jefe de la Sección de Opciones y Naturalizaciones, referente a su periodo de vacaciones aprobado por el Superior en sesión ordinaria no. 76-2018, celebrada el 7 de agosto del año en curso, a efecto de que las mismas rijan a partir del día 9 de agosto de 2018 y no como fuera aprobado por el Superior.
Quedo atento a lo que bien estime disponer el Tribunal.".
Se dispone: Aprobar conforme se solicita. ACUERDO FIRME.
H) Sustitución de la señora Magistrada Vicepresidenta Eugenia María Zamora Chavarría por vacaciones. La señora Magistrada Vicepresidenta Zamora Chavarría, solicita verbalmente se le conceda el disfrute de vacaciones los días 3 y 4 de setiembre de 2018.
Sale del salón de sesiones la señora Magistrada Zamora Chavarría
Se dispone: Aprobar conforme se solicita. Para sustituirla, previo sorteo de rigor, se designa al Magistrado suplente Luis Diego Brenes Villalobos. ACUERDO FIRME.
Reingresa al salón de sesiones la señora Magistrada Zamora Chavarría.
I) Nombramiento de Letrada del TSE. Se dispone: Nombrar a la señora María Marta Brenes Montoya, portadora de la cédula de identidad número 3-0365-0187, en la plaza n.° 60228, la cual corresponde al cargo de Letrada de este Tribunal, de la clase Ejecutivo Funcional 1, a partir del 1.° de octubre de 2018. ACUERDO FIRME.
J) Solicitud de medida cautelar. Del señor Luis Antonio Bolaños Bolaños, Director General del Registro Civil, se conoce oficio n.° DGRC-0833-2018 del 10 de agosto de 2018, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual -con fundamento en una serie de consideraciones- solicita, en virtud de la tramitación de un procedimiento administrativo, la aplicación de una medida cautelar.
Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Con fundamento en las razones expuestas, autorizar el traslado -por el plazo de seis meses, prorrogables- del funcionario en cuestión, a la dependencia que establezca el señor Director General del Registro Civil. ACUERDO FIRME.
K) Traslado temporal del funcionario William Humberto Aguirre Caballero. De los señores Erick Adrián Guzmán Vargas, Secretario General de este Tribunal y Luis Antonio Bolaños Bolaños, Director General del Registro Civil, se conoce en consulta resolución n.° 0060-STSE-2018 de las doce horas del trece de agosto de dos mil dieciocho, mediante la cual literalmente manifiesta:
"Los suscritos Secretario General del Tribunal Supremo de Elecciones y Director General del Registro Civil, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 15 y 16 de la Ley de Salarios y Régimen de Méritos del Tribunal Supremo de Elecciones y Registro Civil y 37 de su respectivo reglamento, considerándolo oportuno para un mejor servicio público, disponemos efectuar el siguiente traslado temporal, por un período de seis meses prorrogables:
Oficina a la que se traslada |
Clase |
Puesto |
Número de puesto |
Funcionario |
Seguridad Integral |
Asistente Administrativo 1 |
Oficinista 1 |
86323 |
William Humberto Aguirre Caballero |
Consúltese al Superior.".
Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.-Aprobar, a partir de la firmeza del presente acuerdo. ACUERDO FIRME.
L) Recargo de funciones de la Jefatura del Departamento de Recursos Humanos. Del señor Erick Adrián Guzmán Vargas, Secretario General de este Tribunal, se conoce oficio n.° STSE-1518-2018 del 13 de agosto de 2018, mediante el cual literalmente manifiesta:
"En atención a lo solicitado por la respectiva jefatura y previo análisis de los requisitos y condiciones, me permito proponer la aprobación del recargo de funciones que se detalla a continuación:
Unidad Administrativa |
Titular |
Sustituto |
Fechas |
Tipo |
Departamento de Recursos Humanos |
Jocelyn Brown Pérez |
Kattya Varela Gómez |
A partir de las 12 m.d del 20 de agosto al 17 de setiembre de 2018 |
Recargo de funciones |
Quedo atento a lo que a bien estime disponer el Tribunal.".
Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Aprobar el recargo de funciones conforme se solicita. ACUERDO FIRME.
M) Nombramientos interinos en distintas oficinas de la Dirección General de Registro Civil. Del señor Luis Antonio Bolaños Bolaños, Director General del Registro Civil, se conoce oficio n.° DGRC-0837-2018 del 13 de agosto de 2018, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"En atención a lo solicitado por las respectivas jefaturas, según lo planteado por el Departamento de Recursos Humanos y de conformidad con lo estipulado en el artículo 25 del Reglamento a la Ley de Salarios y Régimen de Méritos del TSE, me permito proponer la aprobación de lo siguiente:
1. De los nombramientos interinos que se detallan a continuación:
OFICINA / DEPARTAMENTO |
NÚMERO Y CLASE DEL PUESTO |
CONDICIÓN DE LA PLAZA |
CANDIDATO (A) Y PERÍODO DEL NOMBRAMIENTO |
|
45517, Técnico Funcional 1 |
Plaza de cargos fijos temporalmente vacante en virtud del ascenso interino de su propietaria. |
Johanna Granados Valverde, 16-AGO y hasta que regrese su propietaria, que primera instancia sería el 31-DIC de 2018. La candidata labora en un puesto de la clase Asistente Administrativo 1 en esa misma sección, por lo que existen 4 clases de por medio para llegar a Técnico Funcional 1. |
|
97655, Asistente Administrativo 1 |
Plaza de cargos fijos temporalmente vacante en virtud del ascenso interino de su anterior ocupante. |
Silvia Castro Céspedes, 16-AGO y hasta que regrese su anterior ocupante, que primera instancia sería el 31-DIC de 2018. La candidata no labora actualmente en la institución, no obstante, pertenece al Registro Permanente de Elegibles y ocupa el primer lugar en la lista de los funcionarios que actualmente se encuentran fuera de la institución. |
|
45628, Asistente Funcional 3 |
Plaza de cargos fijos temporalmente vacante en virtud del ascenso interino de su propietario. |
Jinny Funes Blanco, 16-AGO y hasta que regrese su propietario, que primera instancia sería el 31-DIC de 2018. La candidata labora en un puesto idéntico en esa misma sección. |
|
45568, Asistente Administrativo 2 |
Plaza de cargos fijos temporalmente vacante en virtud del ascenso interino de su propietario. |
Yarenis Barrantes Mora, 16-AGO y hasta que regrese su propietario, que primera instancia sería el 03-OCT de 2018. La candidata labora en un puesto idéntico en esa misma sección, pero con un nombramiento que vence el próximo 23 de agosto. |
2. Del nombramiento interino cuya terna se propone, sugiriendo nombrar al primer lugar de cada una [sic]:
N° PUESTO |
NOMBRE |
CLASE |
PUESTO |
DEPARTAMENTO / OFICINA |
370672 (Servicios Especiales) |
Danny Ureña Chacón |
Asistente Administrativo 2 |
Asistente 1 de Oficina Regional |
Regional de Tarrazú |
Marianela Jiménez Naranjo |
||||
Marjorie Castro Barrantes |
||||
Rige: del 16-AGO al 31-DIC de 2018. La jefatura respectiva recomienda a quien ocupa el primer lugar de la terna. No se omite indicar que para este puesto se realizó un estudio de inopia a lo interno de la institución, dando como resultado que actualmente no hay funcionarios /as interesados /as en ocupar el cargo de manera interina, o bien no cumplen con la totalidad de los requisitos que exige el Manual Descriptivo de Clases de Puestos. |
Quedo atento a lo que a bien estime disponer el Tribunal.".
Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Nombrar conforme se propone en el punto 1. 3.-Aprobar el nombramiento de quien figura en el primer lugar de la referida terna, conforme se sugiere en el punto 2, con la observación según la cual eventuales prórrogas deben ser expresamente autorizadas por este Tribunal. ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO CUARTO. ASUNTOS DEL PADRÓN NACIONAL ELECTORAL.
A) Informe de la sumaria de actualizaciones al Padrón Nacional Electoral de junio de 2018. Del señor Javier Ignacio Vega Garrido, Contralor Electoral, se conoce oficio n.° CE-296-2018 del 8 de agosto de 2018, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Para los fines de lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y el Registro Civil, y para que se sirva elevarlo al Superior, me permito informar que por medio del Oficio PE-289-2018, la señora Eugenia Calderón Calderón, Jefa, a.i. [sic] de la Sección Padrón Electoral, remitió a esta Contraloría los archivos que contienen el resumen de las actualizaciones de junio de 2018, al Padrón Nacional Electoral, según el siguiente detalle:
PADRÓN NACIONAL ELECTORAL |
|
PADRÓN NACIONAL ELECTORAL A MAYO 2018 |
3.345.449 |
TOTAL INCLUSIONES |
9.973 |
TOTAL EXCLUSIONES |
5.254 |
VARIACIÓN NETA |
4.719 |
PADRÓN NACIONAL ELECTORAL A JUNIO 2018 |
3.350.168 |
ELECTORES EN EL EXTRANJERO |
34.522 |
TOTAL DE ELECTORES INSCRITOS EN EL PAÍS |
3.315.646 |
Dichas cifras, en atención al desglose mensual de los movimientos que se detallan en el documento adjunto, se basan en los datos del SINCE, los generados por las Secciones Análisis y Control y Padrón Electoral, y las nóminas diarias enviadas por el Centro de Impresión.
Por su lado, esa información también fue cotejada con lo comunicado por el Lic. Luis Antonio Bolaños Bolaños–Director General del Registro Civil- al Tribunal en el anexo al Oficio DGRC-0799-2018, conocido en el Artículo tercero de la sesión ordinaria No.75-2018, celebrada el 31 de julio de 2018, comunicado mediante el Oficio STSE-1437-2018; de ahí que la verificación de los movimientos reportados resultó satisfactoria.".
Se dispone: Tener por rendido el informe; continúese informando sobre el particular. ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO QUINTO. ASUNTOS EXTERNOS.
A) Consulta legislativa del proyecto de “LEY GENERAL DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA Y TRANSPARENCIA”, expediente n.° 20.799. De la señora Erika Ugalde Camacho, Jefa de Área de Comisiones Legislativas III de la Asamblea Legislativa, se conoce nuevamente oficio n.° CPEM-021-18 del 1.° de agosto de 2018, recibido el mismo día –vía correo electrónico– en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Con instrucciones de la Presidencia de la Comisión Permanente de Asuntos Municipales y en virtud de la moción aprobada en la sesión N.° 5, se solicita el criterio de esa institución en relación con el expediente N° 20.799 “LEY GENERAL DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA Y TRANSPARENCIA”, el cual se adjunta.
Se le agradece evacuar la consulta en el plazo de ocho días hábiles y, de ser posible, enviar también el criterio de forma digital.".
Se dispone: Contestar la consulta formulada, en los siguientes términos:
Consideraciones preliminares.
El ordinal 97 de la Carta Fundamental dispone en forma preceptiva que tratándose de la “discusión y aprobación de proyectos de ley relativos a la materia electoral” la Asamblea Legislativa deberá consultar al Tribunal Supremo de Elecciones su criterio en torno a la iniciativa formulada y que, para apartarse de esa opinión, “se necesitará el voto de las dos terceras partes del total de sus miembros”. Como parte del desarrollo normativo de la disposición constitucional de cita, el inciso n) del artículo 12 del Código Electoral establece, como función propia de este Organismo Electoral, evacuar las consultas que el órgano legislativo realice al amparo de esa norma de orden constitucional.
A partir de la integración del ordenamiento jurídico conforme al Derecho de la Constitución y, concretamente, en punto a la interpretación de lo que debe considerarse “materia electoral”, este Colegiado ha entendido que los “actos relativos al sufragio” no sólo comprenden los propios de la emisión del voto, sino todos aquellos descritos en la propia Constitución o en las leyes electorales y que, directa o indirectamente se relacionen con los procesos electorales, electivos o consultivos, cuya organización, dirección y vigilancia ha sido confiada a este Organismo Electoral; lo anterior a partir de la armonización de los artículos 9, 99 y 102 de la Norma Suprema.
Sobre el proyecto de ley objeto de la consulta.
Se somete en consulta de este Tribunal el texto del proyecto de ley tramitado en expediente legislativo número 20.799, cuyo objetivo es la aprobación de la “LEY GENERAL DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA Y TRANSPARENCIA”.
A partir de su exposición de motivos, se desprende que esta iniciativa procura garantizar que toda persona ejerza el derecho de acceso a la información pública y a la vez se le asegure el ejercicio pleno al derecho a la transparencia, mediante el control de los actos u omisiones de la Administración Pública.
Sobre el particular resulta necesario indicar que a esta iniciativa le precede el proyecto legislativo número 19.113, llamado “Transparencia y Acceso a la Información Pública”, el cual fue consultado ante este Tribunal en dos ocasiones, la primera mediante oficio CG-152-2014 del 8 de julio de 2014, suscrito por la señora Rosa María Vega Campos, Jefa de Área de la Comisión Permanente de Gobierno y Administración de la Asamblea Legislativa, cuyo texto fue analizado y conocido por este Tribunal en el artículo segundo, inciso c) de la sesión ordinaria número 76-2014, celebrada el 15 de julio de 2014; y la segunda, mediante oficio n.° DH-337-2017 del 21 de noviembre de 2017, cuyo contenido también fue analizado y conocido en el artículo octavo, inciso b) de la sesión ordinaria número 102-2017, celebrada el 28 de noviembre de 2017; siendo que en ambas ocasiones este Tribunal en lo que interesa indicó:
“Del examen de la propuesta legislativa consultada, no se advierte que esta contenga disposición alguna relacionada con la materia electoral, que haga referencia o pretenda regular en modo alguno actos relativos al sufragio o disposiciones que directa o indirectamente modifiquen, menoscaben o incidan en las competencias constitucionalmente asignadas a estos organismos electorales y sobre la cual este Tribunal deba emitir su criterio, en los términos establecidos en los artículos 97 constitucional y 12 del Código Electoral.
Conclusión.
Con base en lo expuesto, al estimar que la propuesta legislativa resulta ajena al Derecho Electoral y al giro de estos organismos electorales, omitimos manifestar criterio alguno en los términos de los artículos 97 constitucional y 12 del Código Electoral. ACUERDO FIRME.”
Conclusión.
Al advertir que el proyecto consultado en esencia es similar y persigue -en términos generales- los mismos fines que el proyecto número 19.113 “Transparencia y Acceso a la Información Pública” se concluye que este también resulta ajeno al Derecho Electoral y al giro de estos organismos electorales, razón por la cual se reitera la posición de omitir criterio alguno en los términos de los artículos 97 constitucional y 12 del Código Electoral. ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO SEXTO. ASUNTOS DE ORGANISMOS ELECTORALES INTERNACIONALES.
A) Misión de Observación que presencie la Consulta Popular Anticorrupción en la República de Colombia. Del señor José Thompson, Director Ejecutivo del Centro de Asesoría y Promoción Electoral del Instituto Interamericano de Derechos Humanos (IIDH/CAPEL), se conoce oficio n.° CA-354-18 del 13 de agosto de 2018, recibido el mismo día –vía correo electrónico– en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"La Organización Electoral de Colombia, conformada por el Consejo Nacional Electoral y la Registraduría Nacional del Estado Civil, ha solicitado a la Presidencia de la Unión Interamericana de Organismos Electorales (UNIORE) integrar una Misión de Observación que presencie la Consulta Popular Anticorrupción que tendrá lugar el próximo 26 de agosto.
El IIDH/CAPEL, en su condición de Secretaría Ejecutiva, está colaborando con la organización de esta Misión. En este sentido, nos permitimos cursar una invitación al señor Héctor Fernández Masís, Director General del Registro Electoral y de Financiamiento de [sic] Políticos para que la integre en calidad de observador electoral.
Los gastos correspondientes al boleto aéreo, hospedaje, alimentación y traslados internos, serán cubiertos por la Organización Electoral de Colombia. La fecha de llegada de los delegados será el viernes 24 de agosto y el retorno el lunes 27 de agosto de 2018.
Mucho agradeceré remitir la confirmación de su asistencia, de ser posible hasta el miércoles 15 de agosto, a fin de enviar la logística correspondiente, (…)".
Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Agradecer al señor Thompson la cordial invitación que cursa y autorizar al efecto la participación del señor Héctor Fernández Masís, Director General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos, durante su ausencia se encargará sus funciones al señor Gerardo Abarca Guzmán.
3.- De conformidad con lo establecido por este Tribunal en el inciso h) del artículo cuarto de la sesión ordinaria n.º 87-2008, celebrada el 02 de octubre de 2008, en relación con el viaje en cuestión se detalla lo siguiente:
Nombre completo del funcionario (a) |
Cargo que desempeña |
País (es) a visitar |
Período del viaje |
Objetivos del viaje |
Monto del adelanto de gastos de viaje y justificación |
Gastos conexos y justificación |
Héctor Fernández Masís |
Director General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos |
República de Colombia |
24 al 27 de agosto de 2018 |
Misión de Observación que presencie la Consulta Popular Anticorrupción |
Ninguno |
Ninguno |
ACUERDO FIRME.
B) Visita de trabajo al Tribunal Supremo Electoral de la República de Guatemala. De los señores Héctor Fernández Masís, Director General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos y Ronald Chacón Badilla, Jefe Departamento de Financiamiento de Partidos Políticos se conoce oficio n.° DFPP-597-2018 del 14 de agosto de 2018, recibido el día siguiente en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiestan:
"Mediante oficio STSE-1482-2018 del 7 de agosto de 2018, se comunicó a esta instancia el acuerdo adoptado en el artículo sexto de la sesión ordinaria n.° 76-2018, mediante el cual se autoriza la participación del señor Ronald Chacón Badilla, Jefe de este Departamento y el señor Jorge Bolaños Villalobos, Coordinador del Área de Investigaciones, en una visita de trabajo al Tribunal Supremo Electoral de la República de Guatemala, a desarrollarse del 27 al 29 de agosto próximos.
Al respecto, se hace del conocimiento de esa Secretaría para lo que resulte pertinente, que el señor Bolaños Villalobos ha comunicado la imposibilidad de participar en la actividad de cita debido a una situación familiar.
Como resultado de ello, se consultó a la señora Cynthia Fernández, Coordinadora de Proyectos de la Konrad Adenauer Stiftung (Oficina Guatemala), quien cursó invitación, en sustitución del compañero Bolaños Villalobos, a la señorita Alejandra Peraza Retana, Encargada del Área de Liquidaciones. Lo anterior, con fundamento en el conocimiento que posee dicha funcionaria, el cual guarda relación con el tema técnico objeto de interés.".
Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Autorizar a la funcionaria Peraza Retana para que participe en la actividad referida.
De conformidad con lo establecido por este Tribunal en el inciso h) del artículo cuarto de la sesión ordinaria n.º 87-2008, celebrada el 02 de octubre de 2008, en relación con el viaje en cuestión se detalla lo siguiente:
Nombre completo del funcionario (a) |
Cargo que desempeña |
País (es) a visitar |
Período del viaje |
Objetivos del viaje |
Monto del adelanto de gastos de viaje y justificación |
Gastos conexos y justificación |
Alejandra Peraza Retana |
Encargada del Área de Revisión de Liquidaciones de Gastos en el Departamento de Financiamiento de Partidos Politicos |
República de Guatemala |
27 al 29 de agosto de 2018 |
Visita de trabajo en el marco de la cooperación horizontal establecida en el Protocolo de Tikal |
Ninguno |
Ninguno |
ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO SÉTIMO. ASUNTOS INTERNOS DIVERSOS.
A) Reglamento de salario único del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil. Del señor Ronny Jiménez Padilla, Jefe a. i. del Departamento Legal, se conoce oficio n.° DL-397-2018 del 24 de julio de 2018, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual –según el acuerdo adoptado en el artículo sexto de la sesión ordinaria n.° 69-2018, celebrada por este Tribunal el 10 de julio de 2018– remite proyecto de reglamento para regular el tema de salario único en puestos de servicios especiales de apoyo para los procesos electorales.
Se dispone: Promúlguese el decreto que interesa, cuya publicación se ordena, de conformidad con el texto que de seguido se transcribe y a cuyo tenor debe entenderse el acuerdo previo de este Tribunal:
"N.° XXX-2018
EL TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES
CONSIDERANDO
1.- Que, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 102 inciso 10) de la Constitución Política y 12 inciso ñ) del Código Electoral, el Tribunal Supremo de Elecciones ostenta potestad reglamentaria sobre la materia de su competencia.
2.- Que la relación de empleo de las personas funcionarias del Tribunal Supremo de Elecciones se rige por la Ley de Salarios y Régimen de Méritos del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil, Ley n° 3504 del 30 de abril de 1965 y su Reglamento, aprobado en sesión n° 92-2000 del 22 de diciembre de 2000, así como por el Reglamento Autónomo de Servicios del Tribunal Supremo de Elecciones, Decreto n° 3-1996, publicado en La Gaceta n° 201 de 21 de octubre de 1996.
3.- Que la Dirección Ejecutiva, con base en un estudio técnico realizado por el Departamento de Recursos Humanos, mediante oficio n.° DE-2157-2018 del 9 de julio de 2018, informó –entre otros aspectos– que la implementación de un sistema de remuneración como el salario único, en caso de realizarse siguiendo un adecuado tratamiento, conlleva un ahorro institucional por concepto de salarios y una importante medida de la contención del gasto público en materia presupuestaria.
POR TANTO
Decreta el siguiente:
REGLAMENTO DE SALARIO ÚNICO DEL TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES Y DEL REGISTRO CIVIL
ARTÍCULO 1.- DEL RÉGIMEN DE SALARIO ÚNICO.
Se establece el régimen de salario único en el Tribunal Supremo de Elecciones, de aplicación para todas aquellas personas servidoras que ingresen a laborar en puestos de servicios especiales que se presupuesten de apoyo a los procesos electorales.
ARTÍCULO 2.- DETERMINACIÓN DE LA SUMA ÚNICA GLOBAL.
Las personas servidoras referidas en el artículo anterior que laboren bajo este esquema de pago, serán remuneradas con una suma única global que se fijará a partir del estudio técnico que se realice al efecto.
En el establecimiento del monto único global se tomará en cuenta el rubro por prohibición del ejercicio profesional en aquellos casos que resulte imperativo por ley; y el de dedicación exclusiva será únicamente para los puestos profesionales destinados a los Departamentos de Registro y de Financiamiento de Partidos Políticos.
ARTÍCULO 3.- APLICACIÓN Y VIGENCIA.
El presente reglamento será de aplicación para las personas funcionarias indicadas en los artículos anteriores, a partir del ejercicio presupuestario 2019 y en adelante. Por ello, no afectará los derechos adquiridos de las personas servidoras que actualmente son remuneradas bajo un régimen de salario base más pluses, independientemente de la plaza o condición en que se encuentren. Rige a partir de su publicación.". ACUERDO FIRME.
A las doce horas terminó la sesión.
Luis Antonio Sobrado González |
|
Eugenia María Zamora Chavarría |
Max Alberto Esquivel Faerron |