ACTA Nº 79-2010
Sesión ordinaria celebrada por el Tribunal Supremo de Elecciones a las nueve horas del dos de setiembre de dos mil diez, con asistencia de los señores Magistrados Luis Antonio Sobrado González, quien preside, Max Alberto Esquivel Faerron, la señora Magistrada Zetty María Bou Valverde y los señores Magistrados Ovelio Rodríguez Chaverri y Fernando del Castillo Riggioni.ARTÍCULO PRIMERO. APROBACION DEL ACTA ANTERIOR.
Se leyó y aprobó el acta de la sesión ordinaria inmediata anterior, excepto por los señores Magistrados Rodríguez Chaverri y Del Castillo Riggioni, quienes no participaron de dicha sesión.
ARTÍCULO SEGUNDO. ASUNTOS DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA.
A) Aclaración al informe de advertencia de la contratación para el “Desarrollo de una aplicación Web Service”. Del señor Óscar Alberto León Alonso, Auditor Interno, se conoce oficio n.º AI-203-2010 del 31 de agosto de 2010, recibido el mismo día en la Secretaría de este Tribunal, mediante el cual se refiere al acuerdo del artículo sétimo de la sesión ordinaria n.º 077-2010, celebrada por este Tribunal el 26 de agosto de 2010, comunicado mediante oficio n.º STSE-2439-2010 de la misma fecha, relativo a las observaciones externadas por dicha Auditoría mediante el oficio n.º AI-194-2010, relativas a la contratación de los Web Services. Con fundamento en una serie de consideraciones, el señor León Alonso, literalmente manifiesta:
"[…] En virtud de lo expuesto, esta Auditoría Interna, respetuosamente se permite aclarar a ese estimable Tribunal, que tanto lo expuesto en la presentación técnica brindada en la reunión del pasado viernes 20 de agosto, como el contenido del apartado A.1. del referido oficio No. DE-943-2010, no justifican las incongruencias mencionadas en nuestro oficio de advertencia No. AI-194-2010, siendo que, por el contrario, generan ambigüedad en el objeto de la contratación, tal como ha sido explicado en el presente oficio.".
Se dispone: Tener por realizadas las manifestaciones del señor Auditor Interno. Al respecto, este Tribunal estima superada la aparente ambigüedad en relación con el objeto de dicha contratación, conforme a las razones expuestas en su oportunidad por el señor Director Ejecutivo. Tome nota el señor Auditor Interno que actualmente se encuentran en conocimiento de la Contraloría General de la República las actuaciones relativas a dicha contratación, por lo que se estará a la espera del criterio del órgano contralor, en relación con lo actuado sobre el particular por la Administración y a la continuación del procedimiento en cuestión. No obstante lo anterior, en atención al interés de la Auditoría Interna por tener claramente definido el objeto de la contratación y a fin de superar cualquier riesgo de ambigüedad, tanto el Departamento de Tecnologías de Información como el Departamento Legal velarán porque el contrato que eventualmente se suscriba al efecto sea, en tal sentido, lo suficientemente preciso. ACUERDO FIRME.
B) Compra de cajas para el Programa de Impresión de Papeletas. Del señor Eric Schmidt Fonseca, Jefe del Departamento de Coordinación de Programas Electorales, se conoce oficio n.º CPE-491-2010 del 1º de setiembre de 2010 -el cual cuenta con el visto bueno del señor Héctor Fernández Masís, Director General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos-, recibido el día siguiente en la Secretaría de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Como es de su estimable conocimiento el Programa de Impresión de Papeletas está por iniciar este 9 de setiembre, por lo que ya se han realizado todas las gestiones necesarias para el inicio de dicho programa. Sin embargo se ha presentado una situación especial con las cajas que se utilizan para empacar las papeletas y enviarlas a la bodega de empaque; ya que para realizar este procedimiento se requieren las cajas de cartón que se han utilizado como urnas de presidente y vicepresidente (color kraft), sin embargo para esta ocasión la existencia de estas cajas no es suficiente para esta labor, ya que se ocupan 1500.
Debido a lo anterior se estudió la posibilidad de utilizar las cajas que se adquirieron para utilizar como urnas en el reciente pasado proceso electoral (cajas blancas), para empacar las papeletas, sin embargo estas presentan un problema, ya que a la hora de empacar las papeletas existe el riesgo de que se arruguen, además al acomodar las papeletas en la caja, quedan espacios vacíos que provocan que la caja se deforme en el momento de cargarla, lo cual puede dañar las papeletas.
Es por ello, que la encargada del programa, la Licda. Katia Zamora Guzmán, nos consulta sobre la posibilidad de hacer una contratación de cajas que sirvan para este propósito de manera que se resguarde la integridad de las papeletas; estas cajas deberían tener características similares a las que se utilizaban como urnas de presidente y vicepresidente.
A raíz de la consulta de la Licda. Zamora, esta Coordinación considera que se podría realizar una compra de estas cajas por medio de caja chica por hasta ochocientos mil colones, para así subsanar este problema. De esta manera se compraría con este monto, la mayor cantidad de cajas que sea posible, las cuales serían reutilizadas en este mismo proceso.
Expuesto lo anterior de la manera más atenta le solicito elevar a conocimiento del Superior esta situación y así obtener autorización para realizar esta compra por caja chica bajo el monto indicado.".
Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Autorizar conforme se solicita. ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO TERCERO. ASUNTOS DE ADMINISTRACION DE PERSONAL.
A) Nombramientos en propiedad en la Oficialía Mayor Electoral. De la señora Marisol Castro Dobles, Directora General del Registro Civil, se conoce oficio n.° DGRC-0523-2010 del 27 de agosto de 2010, recibido el 31 de agosto en la Secretaría del despacho, en el cual literalmente manifiesta:
“Visto el oficio RH-1832-2010 de fecha 25 de agosto del año en curso, suscrito por el Lic. Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, en el que propone cinco nóminas de candidatos elegibles para proceder a nombrar en propiedad igual cantidad de funcionarios, en plazas de Auxiliares de Operación que se encuentran vacantes en la Oficialía Mayor del Departamento Electoral, en los puestos números 45733, 45767, 72873, 86323 y 101922; correspondiendo los primeros cuatro a puestos que quedaron vacantes en virtud de los ascensos de los servidores Lidia Conejo Calvo, Ligia Zamora Lépiz, José Leonel Obando Vargas y Stephanie Feoli Godínez a puestos de mayor nivel en esa misma sección o en otras unidades administrativas de la institución, mientras que el último corresponde a una plaza nueva; someto a consideración del Superior las ternas siguientes:
PUESTO No. 45733
1.- Quirós Carvajal Luis Carlos
2.- Bagnarello Chaves Melissa
3.- Mora Flores Jorge Eduardo
PUESTO No. 45767
1.- Bagnarello Chaves Melissa
2.- Mora Flores Jorge Eduardo
3.- González Salazar Yendri
PUESTO No. 72873
1.- Mora Flores Jorge Eduardo
2.- González Salazar Yendri
3.- Quirós Naranjo María
PUESTO No. 86323
1.- González Salazar Yendri
2.- Quirós Naranjo María
3.- Mora Hernández Davis Johnny
PUESTO No. 101922
1.- Fonseca Umaña Yesenia
2.- Picado Brenes Shirley
3.- Cárdenas Abarca Daniela
Las personas que ocupan el primer lugar en cada una de las ternas, han sido recomendadas por escrito por la Licda. Ana Isabel Fernández Alvarado, Oficial Mayor del Departamento Electoral, mediante oficio DEL-1581-2010 de fecha 19 de agosto del año en curso.
Quienes resulten seleccionados podrán ubicarse en propiedad como Auxiliares de Operación en el Departamento Electoral, a partir del próximo 16 de setiembre en los puestos citados. Devengarán un salario base de ¢335.400.oo por mes y anualidades a razón de ¢7.090.oo cada una y un complemento del 10% como incentivo por la responsabilidad en el ejercicio de la función electoral, todo de conformidad con el índice salarial vigente para el segundo semestre del año 2010.”
Se dispone: Nombrar a Luis Carlos Quirós Carvajal, en el puesto n.° 45.733; a Melissa Bagnarello Chaves, en el puesto n.° 45.767; a Jorge Eduardo Mora Flores, en el puesto n.° 72.873; a Yendri González Salazar, en el puesto n.° 86.323, y a Yesenia Fonseca Umaña, en el puesto n.° 101.922, todos a partir del 16 de setiembre de 2010. ACUERDO FIRME.
B) Solicitud de prórroga en el concurso que se promueve en el Departamento de Financiamiento de Partidos Políticos. Del señor José Francisco Rodríguez Siles, Director Ejecutivo, y de la señora Jocelyn Brown Pérez, Jefa a.i. del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° DE-982-2010 del 31 de agosto de 2010, recibido el 1° de septiembre en la Secretaría del despacho, en el cual literalmente manifiestan:
“De conformidad con lo dispuesto por el Superior en Sesión Ordinaria n.° 051-2010 del 10 de junio del año en curso, comunicado mediante oficio n.° STSE-1601-2010 del 15 de ese mes dirigido al señor Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, y del cual la Dirección Ejecutiva recibió copia, y habida cuenta de que fueron presentados nuevos recursos de revocatoria con apelación en subsidio que han retrasado la culminación del proceso de selección del concurso de cita, por su digno medio hacemos de conocimiento del Tribunal formal solicitud para que, si a bien lo tiene disponer, autorice una prórroga para completar el proceso de selección .
Como se indicó, lo anterior obedece a que la Dirección Ejecutiva debió conocer tres nuevos recursos de apelación, proceso que precisamente finalizó hoy con la comunicación de lo resuelto a las partes. En virtud de lo precitado, y si es de aceptación del Tribunal, correspondería hacer un ajuste al plazo que el señor Carías Mora comunicó mediante oficio n.° RH-1281-2010 del 8 de junio del año en curso, de forma tal que la remisión del resultado final del concurso sea enviado a la Secretaría del Tribunal a más tardar el 21 de setiembre del presente año.”.
Se dispone: Conceder la prórroga solicitada. ACUERDO FIRME.
C) Licencia sin goce de salario del señor Luis Diego Brenes Villalobos. De la señora Jocelyn Brown Pérez, Jefa a.i. del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.º RH-1861-2010 del 30 de agosto de 2010, recibido en la Secretaría de este Tribunal el 1º de setiembre de 2010, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Para los efectos pertinentes, remito a consideración del Tribunal Supremo de Elecciones la nota recibida el pasado 25 de agosto en este despacho que suscribe el Lic. Luis Diego Brenes Villalobos, funcionario de la institución, mediante la cual solicita que se le conceda una licencia sin goce de salario a partir del próximo mes de octubre y hasta octubre de 2011, en virtud de los argumentos que se sirve exponer.
El señor Brenes Villalobos labora para este organismo electoral desde el 1° de setiembre de 2003 y ocupa en propiedad un cargo de Asistente Legal o Profesional Coordinador en la Secretaría del Tribunal. Por los motivos que ya conoce el Superior, en sesión ordinaria número 84-2007, celebrada el 11 de setiembre de 2007, a partir del 8 de octubre de 2007 se le otorgó una licencia con goce de salario por dos años, la cual fue prorrogada un año más (sesión ordinaria 094-2009 del 22 de setiembre de 2009) y concluye el próximo 30 de setiembre. Ahora la intención del señor Brenes Villalobos es que se le conceda una nueva licencia, pero esta vez sin goce de salario y – según indica – la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, le ha renovado la beca de estudio. Asimismo, a modo de informe, adjunta lista de actividades académicas realizadas durante el periodo 2009-2010.
En caso de que el Tribunal no tenga objeciones, bien puede autorizar la nueva licencia con fundamento en los artículos 81 de nuestro Reglamento Autónomo de Servicios y 33 del Reglamento del Estatuto de Servicio Civil, siendo este último el que contempla, en su aparte c-2, la posibilidad de otorgar licencias sin goce de salario hasta por un año cuando se trate de la realización de estudios académicos de nivel superior.".
Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Aprobar conforme se propone y externar los mejores deseos de éxito en el emprendimiento del plan de estudios que ocupa al señor Brenes Villalobos. ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO CUARTO. ASUNTOS RELACIONADOS CON LA CELEBRACIÓN DEL DÍA DEL PERSONAL ELECTORAL Y DE LA SEMANA CULTURAL.
A) Autorización de actividades para la celebración del Día del Personal Electoral. Del señor Francisco Rodríguez Siles, Director Ejecutivo, se conoce oficio n.° DE-964-2010 del 27 de agosto del 2010, recibido en la Secretaría del Tribunal el 30 de ese mes, mediante el cual literalmente manifiesta:
“Me permito hacer del estimable conocimiento del Superior las actividades correspondientes a la celebración del Día del Personal Electoral y de la semana Cultural, que en esta oportunidad se han programado de la siguiente forma.
Lunes 6 Setiembre 15:00 horas. Cine foro (Auditorio).
Documental “Se Quema el Cielo”
Martes 7 Setiembre 8:30 Santa Misa (Salón Multiusos).
15:00 horas. Cine foro (Auditorio)
Películas
-Una Tarde cualquiera.
-La Bruja.
-La Pasión de Nuestra Señora.
-El Par Veintitrés.
Miércoles 8 Setiembre 16:00 horas Obra de teatro “La Nona”.
Jueves 9 setiembre 16:00 horas Actividad sorpresa (ASOTSE).
Viernes 10 setiembre 16:00 horas Festival de la canción (UNEC).
Lunes 13 setiembre 16:00 horas Acto cultural y entrega de reconocimientos al personal que cumple 20, 25, 30, 35 años de servicios y magnífica asistencia.
Martes 14 setiembre 8:00 horas Día de campo en el centro recreativo.
Además de las actividades programadas, se tendrá la presentación de un grupo folclórico, cimarrona, mascaradas, campeonato de fútbol, campeonato de fútbol 7, carrera de atletismo, campeonato de baloncesto, campeonato de ping pong, campeonato de bola negra y torneo de póker.
Por lo que, si a bien lo tiene el Superior, se solicita la aprobación de las actividades precitadas, así como de lo siguiente:
1. Que se autorice la asistencia del personal que desea asistir, a los cines foro de referencia, a partir del horario indicado, sin que se vea afectada la atención al público.
2. Que el personal que desee participar de la Santa Misa pueda asistir el día y a la hora indicada, sin que se perjudique la atención al público.
3. Que el personal de la institución pueda utilizar ropa típica el 13 de setiembre y las oficinas organicen desayunos o almuerzos típicos para convivio de los (as) colaboradores (as) (sic).
4. Recorrido de la cimarrona por todos los pisos de la Institución, el día 13 de setiembre.
5. Que el personal de las diferentes oficinas decore sus lugares de trabajo con motivos patrióticos, a fin de conmemorar las fiestas de la independencia junto con las de la Semana Cultural, con el debido cuido del edificio.
6. Que el martes 14 de setiembre se otorgue como día de vacaciones al personal de la institución con las excepciones usuales.
7. Que el Área de Protocolo, se encargue de dirigir la actividad del lunes 13 de setiembre próximo.
8. De aprobarse el día 14 de setiembre el otorgamiento a título de vacaciones, que la Oficina de Comunicación confeccione los respectivos avisos dirigidos al público informando del cierre de nuestras instalaciones.
Finalmente, es importante indicar, que dado que la Proveeduría se encuentra en el proceso de contratación del centro de recreo que se llevará a cabo el tradicional día de campo, posteriormente se le estará informando al Superior sobre el lugar que se seleccione.”.
Se dispone: Autorizar el desarrollo de las actividades conforme se solicita, sin afectar la atención al público, lo cual será responsabilidad de las diferentes jefaturas de estos organismos electorales. Se otorga, además, el día 14 de setiembre próximo a título de vacaciones, con las salvedades que establezcan las Direcciones Ejecutiva, de los Registros Civil y Electoral y la Secretaría del despacho, así como las relativas a mantenimiento informático y a la seguridad y custodia de estos organismos electorales. De lo anterior tomarán nota el Departamento de Recursos Humanos para lo de su cargo y la oficina de Comunicación para efectos de la debida información a los usuarios. Este Tribunal queda a la espera de la información relacionada con la contratación del centro de recreo, según lo indica el señor Rodríguez Siles. ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO QUINTO. ASUNTOS DE LAS ELECCIONES DEL 2010.
A) Acreditación de la Misión de Observación de la Universidad para la Paz para las Elecciones Municipales. Del señor Víctor M. Valle, Vice-rector Asociado de la Universidad para la Paz, se conoce oficio n.° UPEACE-VRO/VV-002-2010 del 24 de agosto del 2010, recibido en la Secretaría del Tribunal el 30 de ese mes, mediante el cual remite solicitud para acreditar una Misión de Observación para las elecciones municipales del próximo 5 de diciembre, según las listas de docentes que indica y la de estudiantes que serían observadores internacionales.
Se dispone: Póngase en conocimiento del señor Andrei Cambronero Torres, Encargado del Programa de Atención de Observadores Internacionales, para lo de su cargo. ACUERDO FIRME.
B) Recordatorio del cronograma electoral para octubre. Se dispone: Hágase del conocimiento de los Poderes de la República, de la Contraloría General de la República, de la Procuraduría General de la República, de la Defensoría de los Habitantes, de los partidos políticos, de la Direcciones Ejecutiva y Generales de los Registros Electoral y Civil y de la Oficina de Comunicación -a esta última para el respectivo comunicado de prensa y para su difusión en redes sociales- el siguiente recordatorio de las fechas más relevantes para el mes siguiente, según el cronograma de las elecciones municipales aprobado por este Tribunal:
"OCTUBRE 2010
DÍA 1
Inicia el período para que quien ocupe la tesorería de los partidos políticos mande a publicar en un diario de circulación nacional, un estado auditado de sus finanzas, incluida la lista de sus contribuyentes o donantes, con indicación expresa del nombre, el número de cédula y el monto aportado por cada uno de ellos durante el año (artículo 135 del Código Electoral y acuerdos de los artículos cuarto y noveno de las sesiones ordinarias n° 086-2009 y 097-2009, celebradas por el Tribunal el 27 de agosto de 2009 y el 29 de setiembre de 2009, comunicados mediante circulares n° STSE-051-2009 y STSE-057-2009 de las mismas fechas).
DÍA 5
Fecha límite para que los partidos políticos comuniquen por escrito a la respectiva junta cantonal los nombres de los delegados propietarios y suplentes para conformar las juntas receptoras de votos (artículo 41 del Código Electoral).
Inicia el plazo para que los partidos con candidaturas inscritas soliciten la inscripción de nuevos locales (artículo 141 del Código Electoral).
A partir de esta fecha pueden retirarse de exhibición las listas provisionales de electores (artículo 152 del Código Electoral).
DÍA 8
A esta fecha, la junta cantonal deberá acoger las designaciones que se hayan hecho y publicar el acuerdo en que se declaren integradas las juntas receptoras de votos de su respectivo cantón, siguiendo el orden de la División Territorial Electoral (artículo 41 del Código Electoral).
DÍA 31
Vence el plazo para que quien ocupe la tesorería de los partidos políticos mande a publicar en un diario de circulación nacional, un estado auditado de sus finanzas, incluida la lista de sus contribuyentes o donantes, con indicación expresa del nombre, el número de cédula y el monto aportado por cada uno de ellos durante el año (artículo 135 del Código Electoral).". ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO SEXTO. ASUNTOS DEL PADRON NACIONAL ELECTORAL.
A) Listado de Control de Nuevos Electores en el mes de julio. Del señor Carlos Arguedas Rojas, Jefe de la Sección de Padrón Electoral, se conoce oficio n.° PE-2481-2010 del 31 de agosto de 2010, recibido ese día en la Secretaría del despacho, al que adjunta listado que contiene el Control de Nuevos Electores con totales por provincia, partido especial y naturalizados, conforme al período que se detalla, resultado de la tramitación de gestiones cedulares correspondiente al mes de julio de 2010.
Se acuerda: Tomar nota. Continúese informando oportunamente a este Tribunal sobre el particular.
ARTÍCULO SETIMO. ASUNTOS DEL COMITÉ ASESOR EN TECNOLOGIAS DE LA INFORMACION.
A) Acta n.°15-2010 del Comité Asesor en Tecnologías de la Información. Del señor Rodolfo Delgado Rojas, en su condición de Secretario del Comité Asesor en Tecnologías de Información, se conoce oficio n.° CATI-068-2010 de fecha 23 de agosto de 2010, recibido el 25 de agosto en la Secretaría del despacho, en el cual literalmente manifiesta:
“Para hacerlo del conocimiento del Superior, adjunto copia del acta de la reunión n.°15-2010, celebrada el 17 de agosto del año en curso por el Comité Asesor en Tecnologías de Información.
Asimismo, para los fines consiguientes me permito elevar al Tribunal el artículo cuarto, para lo que a bien estime conveniente.
“ARTÍCULO CUARTO. De la señora Patricia Chacón Jiménez, Jefa del Departamento de Tecnologías de la Información y Comunicaciones, se conoce oficio n.° DTIC-1632-2010 del 9 de agosto del presente año, que a la letra dice:
“En atención al oficio CATI-053-2010, mediante el cual se informa sobre la aprobación del documento denominado “Planificación para el cambio paulatino y controlado a herramientas sucedáneas a Microsoft”, así como la designación del grupo interdisciplinario para brindar seguimiento al plan que procura herramientas sucedáneas a Microsoft y que tiene enfoque hacia Open Office; se indica que en lo que respecta específicamente a la primera actividad de dicho plan, a saber el: “Definir política de uso de software ofimático, de manera tal que apoye el marco estratégico del DTIC y regule las actividades que se llevan a cabo para la gestión adecuada de esas herramientas de software, facilitando un proceso ordenado y planificado …”; de acuerdo al análisis realizado por la Licda. Ana Y. Gutiérrez Francis, Encargada del Área de Servicios de Información y Gestión, integrante de ese grupo de trabajo, se determinó proponer la siguiente política:
“EL SOFTWARE OFIMÁTICO DE USO EN EL TSE DEBE SER AQUEL QUE POR SUS CARACTERÍSTICAS DE OPERABILIDAD, PORTABILIDAD Y COMPATIBILIDAD, OFREZCA LAS MEJORES OPORTUNIDADES PARA LA INSTITUCIÓN”
La correcta ejecución de esta política será responsabilidad del DTIC, debido a que es parte de nuestras competencias la instalación del software utilizado en los equipos propiedad del TSE.”
SE ACUERDA: hacerlo del conocimiento del Superior (sic), para lo que a bien estime pertinente.”.”
Se conoce asimismo oficio n.° CATI-070-2010 del 30 de agosto del 2010, también suscrito por el Lic. Delgado Rojas, mediante el cual indica -en relación con lo anterior- que ese Comité ha dispuesto recomendarle a este Tribunal la aprobación de la política supra descrita.
Se dispone: Prescindir de la política propuesta, toda vez que este Tribunal estima innecesaria su definición a priori, de cara a la ejecución de las actividades que posibiliten el cambio paulatino y controlado a herramientas sucedáneas a Microsoft.
En su lugar, se insta a todas las oficinas de estos organismos electorales para que colaboren cabalmente en la oportuna ejecución de los estudios, análisis y ajustes que deban realizarse, a fin de concretar satisfactoriamente el cambio paulatino y controlado a herramientas sucedáneas a Microsoft, excepto en los casos en los que -por razones técnicas- se concluya que no debe operar el mismo. ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO OCTAVO. ASUNTOS RELATIVOS AL PROYECTO SER 001 DEL PLAN ESTRATÉGICO INSTITUCIONAL.
A) Informe de Cumplimiento de Recomendaciones del Proyecto SER001/PEI. Del señor Jonathan González León, Contralor de Servicios a.i., se conoce oficio n.° CS-217-2010 de fecha 26 de agosto de 2010, recibido ese día en la Secretaría del despacho, en el cual literalmente manifiesta:
“De conformidad con los acuerdos tomados por el Superior en sesiones N°. 21-2005, artículo cuarto, oficio N°. 1104-TSE-2005, N°. 24-2005, artículo sexto, oficios N0 (sic), 1281-TSE-2005, N°. 1280-TSE-2005 Y (sic) N°. 1279-TSE-2005, N°. 28-2005, artículo cuarto, oficio N°. 1562-TSE-2005, N° 29-2005, artículo quinto, oficios Nº. 1670-TSE-2005, N°. 671-TSE-2005 Y N°. 1672-TSE-2005, N°, 48-2005, artículo quinto, oficios N°. 3205-TSE-2005 Y N°. 3206-TSE-2005 Y N°. 79-2005, artículo cuarto, oficios N°. 5174-TSE-2005 Y N°. 5175-TSE-2005, esta Contraloría de Servicios se permite rendir el séptimo informe sobre el cumplimiento de las recomendaciones aprobadas en su momento por el Superior respecto a la revisión de procesos en las áreas de atención de público de Oficinas Centrales, conforme con el proyecto SER 001 del Plan Estratégico Institucional.
Este informe contempla las recomendaciones parcialmente cumplidas o pendientes según la siguiente estructura:
• Los problemas encontrados,
• Las recomendaciones aprobadas por el Superior,
• Las acciones realizadas al respecto,
• Los oficios enviados y recibidos relacionados a cada una y
• La situación y estado actual de la ejecución de las mismas por parte de las unidades administrativas responsables de su ejecución.
Asimismo se adjunta al presente oficio el cuadro resumen de las recomendaciones parcialmente cumplidas y pendientes, el cual muestra la oficina analizada, el código de recomendación asignado, el estado de la recomendación, a su vez muestra la oficina que debe responder en la actualidad, el porcentaje de cumplimiento por oficina y el incremento o relación de éste con respecto al informe anterior (sexto informe).”.
Se dispone: Para su estudio e informe pase a la Dirección Ejecutiva. ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO NOVENO. ASUNTOS EXTERNOS.
A) Invitación al Segundo Congreso Nacional de Ética. De la señora Vera Solís Gamboa, Directora Ejecutiva de la Comisión Nacional de Rescate de Valores, se conoce oficio n.° CNRV-2010-157 de fecha 24 de agosto de 2010, recibido vía fax el 26 de agosto en la Secretaría del despacho, en el cual literalmente manifiesta:
“La Comisión Nacional de Valores (CNRV) como órgano rector del Estado en Ética y Valores según lo establecido en los Decretos Ejecutivos 17908-J del 3 de diciembre de 1987 y el 23944-J-C del 12 de diciembre de 1994, tiene bajo su cargo la coordinación del Sistema Nacional de Comisiones de Valores (SNCV) conformado por las Comisiones de Valores de todas las Instituciones Públicas, además de aquellas organizaciones privadas que se incorporen al Sistema y con fundamento con (sic) lo establecido en el Decreto Ejecutivo N 28170-J-MEP del 25 de Octubre de 1999, realiza anualmente en el mes de octubre actividades formativas y académicas especiales que fortalezcan y orienten el quehacer de las Comisiones de Valores Institucionales; enmarcándose dentro de este contexto la realización del Segundo Congreso Nacional de Ética denominado "Una Exigencia Ética en la Gestión de las instituciones: Educar en Valores" los días 05, 06 y 07 de Octubre de 2010, en el Instituto Nacional de Aprendizaje, en la (sic) Uruca.
Por lo expuesto, cursamos invitación ante los diferentes jerarcas del Sistema Nacional de comisiones de Valores, con la finalidad de contar con la participación de las personas integrantes de sus comisiones de valores, ética, transparencia, responsabilidad social, gobierno corporativo, secretarías de gestión ética o instancias afines, en este actividad.
De igual manera, consideramos relevante la asistencia de titulares subordinados y jefaturas al Congreso, dada la naturaleza ética de las ponencias que se estarán realizando y lo señalado en la Ley 8292 de Control Interno y las normas de Control Interno emitidas por la Contraloría General de la República. Declarándose por tales motivos este II Congreso Nacional de Ética y Valores de Interés Público mediante el Decreto Ejecutivo No 36111-J publicado en la (sic) Gaceta #155 del 11 de agosto de 2010.
El costo de participación en el Congreso es de ¢25.000 (veinticinco mil colones) para funcionarios y funcionarías de entes del Estado y del sector privado que conforman el SNCV; gracias a (sic) colaboración y apoyo financiero de diferentes Instituciones a la CNRV para llevar a cabo esta actividad. (…)”
Se dispone: Agradecer la cordial invitación cursada. Se autoriza la participación en el referido evento de los miembros de la Comisión de Valores de este Tribunal. ACUERDO FIRME.
B) Reclamo administrativo interpuesto por el señor Luis Daniel Obaldía Zumbado. Del señor Luis Daniel Obaldía Zumbado, se conoce memorial recibido en la Secretaría de este Tribunal el 30 de agosto de 2010, mediante el cual plantea reclamo administrativo contra este Tribunal, con fundamento en los hechos que señala.
Se dispone: Pase a la Inspección Electoral, a fin de que instruya el procedimiento que corresponde al presente reclamo administrativo. ACUERDO FIRME.
C) Actualización de información en la “Red Interinstitucional de Transparencia”. De la señora Ofelia Taitelbaum Yoselewich, Defensora de los Habitantes, se conoce oficio n.º DH-0565-2010 del 26 de agosto de 2010, recibido en la Secretaría de este Tribunal el 1º de setiembre de 2010, mediante el cual se refiere a la "Red Interinstitucional de Transparencia", de la cual forma parte este Tribunal. Según manifiesta, dicha Defensoría determinó que para darle un mejor cumplimiento al objetivo de facilitar a los habitantes el acceso a información clara, confiable y comprensible, se deberá cumplir con los estándares que detalla, por lo que solicita se giren las instrucciones pertinentes, para que en el plazo de treinta días naturales se actualice la información según los criterios descritos.
Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Reiterar el compromiso de este Tribunal con la "Red Interinstitucional de Transparencia". 3.- A fin de cumplir con los criterios indicados en el plazo otorgado, pase a la Administración del sitio Web de estos organismos electorales, la cual podrá requerir de los despachos concernidos la información y colaboración necesaria para tales efectos. ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO DECIMO. ASUNTOS RELATIVOS A LA CEDULA DE IDENTIDAD.
A) Gestión del señor Alberto Cabezas Villalobos. Del señor Alberto Cabezas Villalobos, Presidente de la Fundación Mundial Déjame Vivir en Paz y otra, se conoce memorial recibido en la Secretaría de este Tribunal el 31 de agosto de 2010, mediante el cual literalmente manifiestan:
"Los (as) activistas trans y grupos que firmamos debidamente constituidos solicitamos mediante este documento respetuosamente, en atención de atender el Oficio STE-2394-2010 (sic) del 23 de Agosto del 2010 firmado por el Licenciado Alejandro Bermúdez Mora Secretario del TSE. (sic) Apelando al Derecho a la Identidad de Género se respete a las personas trans en sus cédulas mediante la debida identificación de las mismas.
[…]
Pensamos, además, firmemente, que el TSE no debería tener ninguna competencia sobre nuestros nombres, cuerpos e identidades. Asimismo, es necesario que en las cédulas de todos los costarricenses se le consignen si desean donar órganos o no a la hora de su muerte […]".
Se dispone: Pase a estudio e informe independiente de la Dirección General del Registro Civil y del Departamento Legal, que deberá rendirse en el plazo de 15 días. ACUERDO FIRME.
B) Adición al acuerdo relativo al estudio de factibilidad denominado “Modernización del Sistema de Emisión de Cédulas de Identidad y actualización del Padrón Nacional Electoral”. Se dispone: Adicionar el acuerdo del artículo tercero de la sesión ordinaria n.º 097-2008, celebrada por este Tribunal el 30 de octubre de 2008, comunicado mediante oficio n.º STSE-3496-2008 de la misma fecha, relativo al estudio de factibilidad denominado “Modernización del Sistema de Emisión de Cédulas de Identidad y actualización del Padrón Nacional Electoral”, la variación en los requerimientos funcionales del subsistema de identificación, en relación a los procesos de identificación del ciudadano, solicitudes cedulares y análisis e investigación de solicitudes cedulares, de la siguiente forma:
"Toda persona que porte cédula emitida con el sistema actual, en su oportunidad deberá realizar el trámite en el nuevo sistema, a efecto de actualizar el registro de identidad con sus imágenes de foto, firma y todas las huellas posibles de sus manos; éstas van a ser comparadas una a una contra el total de huellas custodiadas en la base de datos, de manera que, comprobada la unicidad del registro de identidad, se ordene la emisión del documento. Toda emisión posterior puede tramitarse con sólo la comparación positiva de las huellas tomadas al solicitante y las que custodia el Tribunal para ese registro en particular, enviándose al proceso de impresión luego de la comparación uno a uno. Esta comparación puede efectuarse de inmediato en las estaciones que se encuentran en línea con el sistema o en el momento en que la solicitud tramitada fuera de línea o en una estación no conectada al sistema, alcance el proceso de comparación en los servidores de búsqueda y concordancia. Toda solicitud que provenga de cedulación ambulante, servicio a domicilio y consulados mediante el llenado manual de la solicitud, debe pasar por el mismo proceso de comparación uno a uno; no obstante, en los casos de comparación positiva, antes del envío al proceso de impresión, la Sección de Análisis debe comprobar la correspondencia de las imágenes de fotografía y firma del solicitante contra las imágenes custodiadas por el TSE para ese registro en particular. Finalmente, tendrá que ser comprobada la identidad del solicitante por los medios que se dispongan en la Sección de Análisis, en toda aquella solicitud, que no cuente con el registro previo de huellas dactilares en la base de datos del SICI o el TIM. Con respecto a la descentralización de la impresión de la cédula de identidad, se aclara que el sistema contemplará desde su creación, la lógica necesaria para llevar a cabo la misma, no obstante sólo se verificará en aquellas Regionales a las que se le haya dotado de los elementos mínimos de seguridad que permitan un adecuado proceso de impresión de cedulas". ACUERDO FIRME.
A las dieciséis horas terminó la sesión.
Luis Antonio Sobrado González |
|
Max Alberto Esquivel Faerron |
Zetty María Bou Valverde |
Ovelio Rodríguez Chaverri |
Fernando del Castillo Riggioni |