ACTA Nº 17-2007
Sesión ordinaria celebrada por el Tribunal Supremo de Elecciones a las nueve horas del quince de febrero del dos mil siete, con asistencia de los señores Magistrados Oscar Fonseca Montoya, quien preside, Luis Antonio Sobrado González y la señora Magistrada Eugenia María Zamora Chavarría.
ARTÍCULO PRIMERO.- Se leyó y aprobó el acta de la sesión ordinaria inmediata anterior.
ARTÍCULO SEGUNDO.- Se conocen los siguientes asuntos:
a) Se dispone: Tomen nota los despachos concernidos de la resolución emitida por la Contraloría General de la República R-CO-4-2007, de las quince horas del treinta y uno de enero del dos mil siete, y publicada en La Gaceta Nº 27, del miércoles 07 de febrero del 2007, mediante la cual se resuelve modificar la resolución D-4-2005-CO-DDI de las diez horas del 14 de diciembre del dos mil cinco, publicada en La Gaceta Nº 243 del viernes 16 de diciembre de 2006, mediante la cual se emitieron las “DIRECTRICES PARA EL REGISTRO, LA VALIDACIÓN Y EL USO DE LA INFORMACIÓN SOBRE LA ACTIVIDAD CONTRACTUAL DESPLEGADA POR LOS ENTES Y ÓRGANOS SUJETOS AL CONTROL Y LA FISCALIZACIÓN DE LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA”. ACUERDO FIRME.
Sale del Salón de Sesiones el señor Magistrado Fonseca Montoya.
b) Del señor Oscar Fonseca Montoya, Magistrado Presidente de este Tribunal, se conoce oficio Nº TSE-0684-2007 del 13 de febrero del 2007, mediante el cual, para los efectos que se estimen pertinentes, manifiesta que la relación laboral de los señores Juan Luis Rivera Sánchez y Romilio Murillo Núñez, quienes se nombraron a su solicitud en puestos de confianza, como letrado y chofer, respectivamente, finaliza el 28 de febrero del año en curso, dado su retiro del cargo de Magistrado de este Organismo Electoral a partir del 1º de marzo entrante. Asimismo, manifiesta su complacencia de reconocer en ambos servidores, excelentes condiciones, tanto profesionales como personales, para el desempeño de sus respectivas labores y considera que mantenerlos en sus cargos sería un merecido reconocimiento a su excelente trabajo y de gran provecho institucional.
Se acuerda: Tomar nota. Se aclara que los indicados servidores seguirán desempeñando sus cargos mas allá de la fecha indicada y hasta tanto este Tribunal no disponga lo contrario. ACUERDO FIRME.
El señor Magistrado Fonseca Montoya reingresa al Salón de Sesiones.
c) De la señora Mary Anne Mannix Arnold, Jefa a.i. del Departamento Legal, se conoce oficio Nº DL 065-2007 del 13 del mes en curso, mediante el cual en atención a lo dispuesto por este Tribunal en el artículo segundo de la sesión ordinaria Nº 12-2007, en el sentido de que ese Departamento estudiara e informara sobre los documentos que el señor Proveedor institucional sugiere sean firmados por el señor Presidente del Tribunal, a fin de que la empresa Grumah Motors Costa Rica S.A. continúe con los trámites de desalmacenaje de un vehículo adquirido en la licitación por registro Nº 17-2006, y con fundamento en las razones que expone, se permite recomendar lo que literalmente dice:
“Que el señor Magistrado Presidente no suscriba el “Contrato de Cesión de Derechos de Disposición de Mercancías” hasta tanto la contratista elimine del mismo la referida cláusula sétima.
Que debido a que la Proveeduría institucional tiene a cargo la tramitación de las contrataciones, así como los trámites de exoneración de impuestos, se encomiende a la misma coordinar lo que corresponda con el contratista para que ajuste el contrato a lo señalado en este informe, así como la leyenda que debe indicarse al dorso de la factura, la cual ya fue aceptada por la contratista.
Que en dicha gestión, la Proveeduría advierta al contratista que en caso de configurarse algún eventual incumplimiento o atraso en la entrega del equipo adjudicado, la Administración podrá proceder a ejecutar la garantía de cumplimiento, así como tomar las acciones necesarias para resarcirse ante eventuales daños y/o perjuicios.
Que una vez que la contratista aporte los citados documentos, la Proveeduría verifique que éstos se ajustan a lo indicado en este informe y los traslade al Señor Presidente para que, sin más trámite, proceda con su rúbrica.”
Se dispone: Tener por rendido el informe que se somete a este Tribunal, cuyas recomendaciones se acogen. Proceda en consecuencia la Proveeduría institucional según corresponda. ACUERDO FIRME.
d) Del señor Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio Nº RH-417-2007 del 13 de febrero del 2007, mediante el cual informa la situación presentada con la señora Fiorella Madrigal Gutiérrez, Auxiliar de Operación de Servicios Especiales, quien trabaja para la institución desde el 1º de noviembre de 2006, y su contrato laboral concluye el próximo 31 de marzo del presente año, por las razones que expone, toda vez que ha presentado incapacidad por maternidad por el período comprendido entre el 30 de enero y el 29 de mayo de este año, lo que implica que la misma concluye casi dos meses después de finalizado su contrato. Siendo así, mediante el escrito que se adjunta solicita el pago de la indemnización que pudiera corresponderle dada su incapacidad por maternidad, y en consecuencia, el señor Carías Mora sugiere la remisión de dicha solicitud al Departamento Legal para que se proceda al estudio que determine su eventual procedencia. Además cita un antecedente al respecto.
Se acuerda: Conforme se sugiere, para su estudio e informe, pase este asunto al Departamento Legal de este Tribunal. ACUERDO FIRME.
e) Del señor Héctor Fernández Masís, Coordinador de Programas Electorales, se conoce oficio Nº CPE-069-2007 del 9 del mes en curso, mediante el cual en atención a lo acordado por este Tribunal en sesión Nº 15-2007, celebrada el 8 de febrero en curso, ante la gestión planteada por varios funcionarios del Centro Carteros Alajuela de Correos de Costa Rica, S.A., respecto al pago de sus labores realizadas en las pasadas elecciones municipales, informa -con base en las razones que expone- que nuestra Institución ya realizó el pago debido a Correos de Costa Rica, S.A., y le corresponde directamente a la administración de dicha entidad, el pago individual a sus trabajadores.
Se dispone: Tener por rendido el informe que se somete a este Tribunal, el cual se hará del conocimiento de los gestionantes. ACUERDO FIRME.
f) Del señor José Thompson, Director Ejecutivo de CAPEL, se conoce fax correspondiente a nota del 14 de febrero del 2007, mediante la cual, por las razones que expone, solicita se considere un permiso para que el Lic. Gilberto Gómez, Contador de este Tribunal, pueda viajar a Guatemala, del lunes 19 al viernes 23 del presente mes, para que brinde una asesoría en el tema de auditoría interna e inspección electoral, para lo cual el IIDH/CAPEL cubriría los gastos correspondientes a tiquete aéreo, hospedaje y alimentación.
Se acuerda: Se concede permiso con goce de salario del Lic. Gómez Guillén conforme se gestiona y se encargan sus funciones, por ese periodo, al señor Jorge Villaplana Ramírez, Subcontador. ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO TERCERO.- Se conoce nuevamente oficio Nº 658-02-D.G. del 31 de julio del 2002, suscrito por la señora Ana Isabel Fernández Alvarado, para ese entonces Directora General del Registro Civil, al que adjuntó el proyecto de reformas al Reglamento a la Ley Nº 7688 “Tarjeta de identidad para los costarricenses mayores de doce años y menores de dieciocho”, el cual se encontraba en estudio individual de los señores Magistrados.
Se dispone: En virtud del tiempo transcurrido desde la propuesta formulada por la entonces Directora General del Registro Civil, devuélvase a la titular de dicha Dirección a efectos de que se pronuncie sobre la oportunidad y pertinencia de dichas reformas. Cancélese el respectivo asiento del registro de asuntos en estudio individual de los señores Magistrados.
ARTÍCULO CUARTO.- Se conoce nuevamente oficio Nº 324-C.P.E.-2006 del 22 del mes en curso, suscrito por el Lic. Héctor Fernández Masís, Coordinador de Programas Electorales, con el que sometió a aprobación del Tribunal el “Reglamento para la Celebración de Asambleas de Partidos Políticos”, el cual se pasó a estudio individual de los señores Magistrados, conforme se ordenó en sesión ordinaria n.º 110-2006 del 28 de marzo del 2006.
Se dispone: En atención a la promulgación del “Reglamento de la Oficina de Coordinación de Programas Electorales”, según decreto Nº 21-2006 del 22 de diciembre del año pasado, en cuyo artículo 2º, inciso l), y como parte de las competencias que a dicha oficina se le encargó: “… l) Resolver las solicitudes de los partidos relativas a la supervisión y fiscalización de sus asambleas y designar a los respectivos delegados del Tribunal en ellas, así como organizar la capacitación de éstos y la de los miembros del Cuerpo Nacional de Delegados.”, devuélvase al señor Coordinador de Programas Electorales el borrador de proyecto que se conoce, para que el mismo sea armonizado con la competencia respecto de la designación de delegados de este Tribunal en las asambleas partidarias, que la normativa supracitada otorga. Cancélese el respectivo asiento del registro de asuntos en estudio individual de los señores Magistrados.
ARTÍCULO QUINTO.- De la señora Marisol Castro Dobles, Directora General del Registro Civil, se conoce oficio Nº 001-2007-V.P. del 13 de febrero del 2007, en el que comunica que ha recibido memorial suscrito por cuarenta y siete funcionarios, mediante el cual solicitan autorización para que el Presbítero Roberto Salazar Rodríguez, pueda impartir el “Curso para descubrir el sentido de la vida” Nº 2, fundamentando su petición en razón del aprovechamiento obtenido para mejorar su vida de manera integral, así como también su interés por compartir la experiencia con otros compañeros. Además informa que el Padre Salazar también ha manifestado su interés y disponibilidad para impartir el curso Nº 1, para un nuevo grupo de funcionarios que estén interesados y que no pudieron recibirlo en su oportunidad, y el curso Nº 2 para los funcionarios que ya recibieron el primer curso. Agrega la Licda. Castro Dobles que el Capellán propone impartir ambos cursos durante doce martes, iniciando a partir del próximo 27 de febrero, específicamente el curso Nº 2 con horario de las 8:00 a las 9:00 horas, y el curso Nº 1 de las 9:30 a las 10:30 horas, y con fundamento en las razones que expone, solicita a este Tribunal, autorizar al Pbro. Roberto Salazar, para que pueda continuar impartiendo los cursos indicados, en las fechas y horarios citados.
Se acuerda: Aprobar conforme se propone.
ARTÍCULO SEXTO.- Del señor Fernando Víquez Jiménez, Director Ejecutivo, se conoce oficio Nº DE-AUD-15-2007 del 12 de febrero del 2007, en el que informa sobre el préstamo del auditorio a la Asociación de Profesores de Segunda Enseñanza (APSE), conforme lo detalla.
Se acuerda: Tomar nota.
ARTÍCULO SETIMO.- Del señor Jaime Madriz Muñoz, Contralor Electoral, se conoce oficio Nº C.E.(sic)-028-2007 del 13 de febrero del 2007, mediante el cual, con base en el “Instructivo de fiscalización en la fase de ejecución contractual del Tribunal Supremo de Elecciones”, rinde informe sobre la ejecución del “CONTRATO DE PERMUTA DE MATERIAL ELECTORAL DE DESECHO POR PRODUCTOS DE LIMPIEZA”, en el cual actuó como órgano fiscalizador, concluyendo que considera ejecutado a satisfacción el objeto contractual.
Se dispone: Tener por rendido el informe que se somete a conocimiento de este Tribunal. Para lo de su cargo, póngase en conocimiento de los señores Contador y Proveedor institucionales.
ARTÍCULO OCTAVO.- Del señor Javier Vega Garrido, Proveedor, se conoce oficio Nº PROV-0310-2007 del 14 de febrero del 2007, mediante el cual informa que el contrato suscrito con la empresa I.S. Productos de Oficina S.A., por el arrendamiento de la fotocopiadora marca MITA, modelo DC-1855, asignada a esa Proveeduría, vence el próximo 3 de junio. Asimismo, en la sexta cláusula de la convención se previó una vigencia de un año contado a partir del refrendo contralor de mérito y la posibilidad de prórrogas por períodos iguales, teniéndose éstas por operadas automáticamente si ninguna de las partes comunica por escrito a la otra su finalización, cuando menos con tres meses de antelación. Asimismo, en su calidad de órgano fiscalizador del respectivo contrato, comunica que el mismo se ha venido ejecutando de modo satisfactorio y según lo pactado, por lo que no encuentra impedimento para que se prorrogue el contrato, siendo que al ser consultada la Contaduría institucional sobre la existencia de contenido económico, se indicó que existe el pedido Nº 4500063115, a nombre de la citada contratista, subpartida 10102: Alquiler de Maquinaria, Equipo y Mobiliario, por un monto de ¢486.000,00. Además se informa que dicho pedido cubre todos los posibles pagos para este año, en caso de que el Tribunal apruebe su prórroga.
Se acuerda: Aprobar la prórroga del respectivo contrato.
ARTÍCULO NOVENO.- Del señor Francisco Rodríguez Siles, Coordinador a.i. de Programas Electorales, se conoce oficio Nº 027-C.P.E.-2007 del 11 de enero del 2007, mediante el cual, en atención a lo dispuesto por este Tribunal en sesión Nº 190-2006 de 28 de noviembre del año pasado, adjunta copia del oficio Nº 131-OCND-2006 con fecha 30 de noviembre de 2006, en el que el señor Carlos Rojas Smith, Jefe Nacional del Cuerpo de Delegados, informa sobre los motivos para solicitar la destitución del señor Jaime Vizcaíno Porras, como Delegado de este Tribunal.
Se dispone: Con fundamento en la solicitud que hace el señor Jefe Nacional de Delegados, se prescinde de los servicios del señor Jaime Vizcaíno Porras, como Delegado de este Organismo.
ARTÍCULO DECIMO.- Del señor Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, se conoce:
a) Oficio Nº RH-418-2007 del 14 de febrero del 2007, mediante el cual eleva a consideración la nota que suscribe el señor Lubín Loría Jiménez, quién labora como Coordinador de Apoyo de la Oficina Regional de Puntarenas, mediante la cual presenta la renuncia a su cargo para acogerse al beneficio de Pensión por el Régimen General de Pensiones Ley Marco (Ley Nº 7302 del 15 de julio de 1992), a partir del 1 de marzo del 2007. Asimismo, solicita el pago de las prestaciones legales que pudieran corresponderle de acuerdo con la legislación laboral vigente, para lo cual se adjunta certificación a nombre del empleado, según lo dispuesto por este Tribunal en sesión Nº 51-2005, del 24 de mayo del 2005.
Se acuerda: Se tiene por presentada la renuncia del señor Lubín Loría Jiménez, a quien se le dan las gracias por los servicios prestados por tantos años a la Institución, deseándole el mayor de los éxitos en su nueva etapa. Proceda oportunamente la Contaduría a realizar los cálculos de rigor para el pago de las prestaciones legales que pudieran corresponderle, así como de las vacaciones a que tenga derecho a la fecha de su retiro, cuyo informe trasladará oportunamente al Departamento Legal, para la confección del respectivo proyecto de resolución.
b) Oficio Nº RH-423-2007 del 14 de febrero del 2007, mediante el cual remite a consideración de este Tribunal, oficio Nº ORTU-100-2007 que vía fax remitió desde el pasado 7 de febrero, el señor Rafael Ángel Cambronero Brenes, Jefe a.i. de la Oficina Regional de Turrialba, en el cual informa que el señor Allan Aguilar Sandí, quien ocupa una plaza en propiedad en esa sede como Asistente de Operación, no se ha presentado a laborar desde el 1º de febrero, fecha en que debió retornar a la oficina luego de disfrutar una licencia sin goce de salario por espacio de un año, conforme lo detalla. Asimismo indica el señor Carías Mora, que al 14 de los corrientes, sus ausencias alcanzan 9 días hábiles consecutivos y con la característica de injustificadas, pues ni ante su jefe inmediato ni ante el Departamento a su cargo, ha presentado documento alguno que excuse sus faltas. Tampoco ha llamado a la oficina o enviado algún mensaje para reportar cualquier problema que le impida presentarse al trabajo, como podría ser por ejemplo una incapacidad, no obstante las diligencias que efectuó al respecto. Por último, agrega que de acuerdo con lo que establecen los artículos 22-c de nuestro Reglamento Autónomo de Servicios y 81-g del Código de Trabajo, el empleado ha incurrido en causal de despido sin responsabilidad patronal.
Se acuerda: Con fundamento en las razones que indica el señor Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, y los artículos 22, inciso c), del Reglamento Autónomo de Servicios institucional, y el 81, inciso g), del Código de Trabajo, se despide, sin responsabilidad patronal, al servidor Allan Aguilar Sandí.
ARTÍCULO DECIMOPRIMERO.- De la señora Patricia Chacón Jiménez, Jefa a.i. del Departamento de Tecnologías de Información y Comunicaciones, se conoce oficio Nº DTIC-267-2007 del 12 de febrero del 2007, mediante el cual, en atención a lo dispuesto por este Tribunal en el artículo segundo de la sesión ordinaria Nº 13-2007, celebrada el 1º de febrero en curso, da respuesta a los aspectos planteados en el informe rendido conjuntamente por el Departamento Legal y el Proveedor institucional, en oficio D.L. 036-2007 del 29 de enero pasado, con respecto al atraso en la entrega de componentes para el “Reforzamiento del computador SUN 6500”, según contrato suscrito con el GRUPO CESA en relación con la licitación pública Nº 07-2006.
Se dispone: Cumplidos los requisitos que echa de menos el Departamento Legal, pase nuevamente a éste, para el pronunciamiento de fondo, cuya emisión se le ordena.
ARTÍCULO DECIMOSEGUNDO.- Del señor Gustavo Fitoria Mora, Coordinador de la Comisión de Eventos Culturales, se conoce oficio Nº CAC-001-2007 del 14 de febrero del 2007, al que adjunta copia del acta Nº 23-2007 C.A.C., correspondiente a la sesión celebrada el viernes 9 de febrero por dicha Comisión.
Se acuerda: Tomar nota.
A las once horas con treinta minutos terminó la sesión.
Oscar Fonseca Montoya |
Luis Antonio Sobrado González |
Eugenia María Zamora Chavarría |