ACTA Nº 77-2007
Sesión ordinaria celebrada por el Tribunal Supremo de Elecciones a las diez horas del veintitrés de agosto del dos mil siete, con asistencia del señor Magistrado Luis Antonio Sobrado González, quien preside, la señora Magistrada Eugenia María Zamora Chavarría y el señor Magistrado Max Alberto Esquivel Faerron.
ARTÍCULO PRIMERO.- Se leyó y aprobó el acta de la sesión ordinaria inmediata anterior.
ARTÍCULO SEGUNDO.- Se conocen los siguientes asuntos:
a) De la señora Marisol Castro Dobles, Directora General del Registro Civil, se conoce oficio Nº DG-0715-2007 del 21 del mes en curso, mediante el cual eleva a conocimiento de este Tribunal, el oficio Nº CSR-443-2007 de fecha 13 de agosto del 2007 suscrito por el señor Jefe de la Sección de Coordinación de Servicios Regionales, en el cual y en razón de que el señor Álvaro Pizarro Abarca se acogió a su pensión el pasado 31 de julio, solicita autorización para que el señor Francisco José Monge Arroyo, Coordinador de Gestión de la Sección a su cargo, pueda firmar constancias y certificaciones de hechos civiles, autorización que ostentaba el señor Pizarro Abarca. Sobre el particular y en aras del buen servicio público, la señora Castro Dobles respetuosamente solicita, se conceda la autorización requerida por el licenciado Rodolfo Villalobos Orozco.
Se dispone: De conformidad con lo dispuesto en el párrafo segundo del artículo 110 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil, se autoriza al señor Francisco José Monge Arroyo para que firme constancias y certificaciones del Departamento Civil, a partir de la respectiva publicación en el Diario Oficial. Para esos efectos regístrense ante la Secretaría del despacho la firma y los sellos que utilizará el referido servidor. ACUERDO FIRME.
b) Del señor Fernando Víquez Jiménez, Director Ejecutivo, se conoce oficio Nº DE-895-2007 del 22 de agosto del 2007, en el que indica que, de conformidad con la Circular Nº DGPN-643-2006 del 27 de noviembre del 2006 de la Dirección General de Presupuesto del Ministerio de Hacienda, la próxima fecha límite en que se recibirá solicitudes de traslados de recursos es el viernes 24 del mes en curso. Por tal motivo, la Comisión de Presupuesto, en su reunión N. 9-2007 del 21 de los corrientes, de conformidad con las necesidades institucionales y el comportamiento de la ejecución presupuestaria, ha analizado los distintos rubros y las solicitudes de las dependencias, producto de lo cual en esta propuesta se redistribuyen varias sumas para dar financiamiento a las subpartidas que lo requieren, según detalla. Por las razones expuestas, el señor Víquez Jiménez recomienda lo que se transcribe a continuación:
“(…) 4) RECOMENDACIÓN
Al tenor de lo establecido en los artículos 99 y siguientes y 177 de la Constitución Política de la República de Costa Rica, con arreglo a los principios de gestión financiera y programación contenidos en el artículo 5, incisos b) y e), en ese orden, de la LAFPP, como consecuencia de lo expuesto y con base en el inciso r) del artículo 2º del Reglamento de esta Dirección Ejecutiva, se recomienda al Superior que se dirija atenta instancia a la señora Directora General de Presupuesto Nacional del Ministerio de Hacienda, para que se sirva efectuar los siguientes traspasos presupuestarios:
REBAJAR
TITULO 401
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES
PROGRAMA 850
SUBPROGRAMA 01- TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES
(GASTO OPERATIVO)
REGISTRO CONTABLE 401.850.01
Subpartida /Descripción
|
Clasificaciones Presupuestarias |
Monto ¢ |
10103 Alquiler de equipo de cómputo |
FF=001, CE=1120, CF= 1190 |
1.000.000,oo |
10305 Servicios aduaneros |
FF=001, CE=1120, CF= 1190 |
1.000.000,oo |
10405 Servicio de desarrollo de sistemas informáticos |
FF=001, CE=1120, CF= 1190 |
10.000.000,oo |
10801 Mantenimiento de edificios y locales |
FF=001, CE=1120, CF= 1190 |
10.000.000,oo
|
10808 Mantenimiento y reparación de equipo de cómputo y sistemas de información. |
FF=001, CE=1120, CF= 1190 |
5.000.000,oo |
29999 Otros útiles, materiales y suministros |
FF=001, CE=1120, CF= 1190 |
24.850.000,oo
|
TOTAL REBAJA DEL SUBPROGRAMA 850-01
|
51.850.000,oo |
SUBPROGRAMA 02- ORGANIZACIÓN DE ELECCIONES
REGISTRO CONTABLE 401.850.02
Subpartida /Descripción
|
Clasificaciones Presupuestarias |
Monto ¢ |
00105 Suplencias |
FF= 001, CE=1111, CF= 1190 |
2.500.000,oo |
Coletilla: 132 “Sumas a distribuir para sueldos de personal sustituto”. |
00202 Recargo de funciones |
FF= 001, CE=1111, CF= 1190 |
1.500.000,oo |
Coletilla: 87 “Recargo de funciones”.
|
10501 Transporte dentro del país |
FF= 001, CE=1120, CF= 1190 |
10.000.000,oo |
29906 Útiles y materiales de resguardo y seguridad |
FF= 001, CE=1120, CF= 1190 |
1.500.000,oo |
TOTAL REBAJA DEL SUBPROGRAMA 850-02 |
15.500.000,oo |
|
TOTAL REBAJA DEL TITULO 401 |
67.350.000,oo |
AUMENTAR
TITULO 401
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES
PROGRAMA 850
SUBPROGRAMA 01- TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES
(GASTO OPERATIVO)
REGISTRO CONTABLE 401.850.01
Subpartida /Descripción
|
Clasificaciones Presupuestarias |
Monto ¢ |
00201 Tiempo extraordinario |
FF=001, CE=1111, CF= 1190 |
15.000.000,oo |
10301 Información |
FF=001, CE=1120, CF= 1190 |
15.000.000,oo |
20402 Repuestos y accesorios |
FF=001, CE=1120, CF= 1190 |
2.000.000,oo |
50103 Equipo de comunicación |
FF= 001, CE=2210, CF= 1190 |
1.500.000,oo |
50105 Equipo y programas de cómputo |
FF= 001, CE=2210, CF= 1190 |
10.000.000,oo |
50107 Equipo y mobiliario educacional, deportivo y recreativo |
FF=001, CE=2210, CF= 1190 |
50.000,oo
|
50199 Maquinaria y equipo diverso |
FF= 001, CE=2210, CF= 1190 |
800.000,oo |
50201 Edificios |
FF= 001, CE=2110, CF= 1190 |
7.500.000,oo |
TOTAL AUMENTAR DEL SUBPROGRAMA 850-01 |
51.850.000,oo |
PROGRAMA 850
SUBPROGRAMA 02- ORGANIZACIÓN DE ELECCIONES
REGISTRO CONTABLE 401.850.02
Subpartida /Descripción
|
Clasificaciones Presupuestarias |
Monto ¢ |
00201 Tiempo extraordinario |
FF=001, CE=1111, CF= 1190 |
5.000.000,oo |
10502 Viáticos dentro del país |
FF=001, CE=1120, CF= 1190 |
5.000.000,oo |
10702 Actividades protocolarias y sociales |
FF=001, CE=1120, CF= 1190 |
2.000.000,oo |
10805 Mantenimiento y reparación de equipo de transporte |
FF=001, CE=1120, CF= 1190 |
3.000.000,oo |
20203 Alimentos y bebidas |
FF=001, CE=1120, CF= 1190 |
500.000,oo |
TOTAL AUMENTAR DEL SUBPROGRAMA 850-02 |
15.500.000,oo |
|
TOTAL AUMENTAR DEL TITULO 401 |
67.350.000,oo |
Se acompaña la certificación del saldo de las subpartidas a rebajar emitida por la Contaduría y el cuadro “Uso y Aplicación de Recursos Subprogramas 01 y 02”, documentos que deben adjuntarse al oficio que se remitirá al Ministerio de Hacienda.”
Se dispone: 1. Incorporar al orden del día. 2.- Aprobar conforme lo recomienda el señor Director Ejecutivo. ACUERDO FIRME.
c) De la señora Ana Isabel Fernández Alvarado y el señor Gerardo Hernández Granda, Oficial Mayor Electoral y Jefe a.i. del Departamento de Tecnologías de Información y Comunicaciones, respectivamente, se conoce Oficio Nº. DTIC-1580-2007 del 16 del mes en curso, mediante el cual realizan un informe parcial, en su condición de Órgano Fiscalizador de la Contratación Directa Nº 322-2006: “Contratación de una solución para la Continuidad del Negocio del Sistema Integrado de Cédulas de Identidad (SICI)”, que se suscribió entre este Tribunal y la empresa CR Soluciones, S.A. en el cual señalan los inconvenientes que se han presentado, así como el retraso de 10 días en las actividades del cronograma pactado. Asimismo, indican que procederán “…a dar el visto bueno para que se realice el pago de la segunda factura, en vista que la fase correspondiente a la migración inicial está concluida en su totalidad y que según lo expuesto en la cláusula vigésima primera denominada “Forma de Pago” del contrato convenido, los entregables respectivos se han cumplido a satisfacción.” Finalmente comunican que a partir del 21 de agosto se dará inicio a las pruebas de aceptación de la Solución contratada.
Se dispone: Procedan, a la brevedad posible, el Departamento Legal en conjunto con la Proveeduría a informar y recomendar sobre el particular. ACUERDO FIRME.
d) Del señor Ronny Jiménez Padilla, Proveedor a.i., se conoce:
1) Oficio Nº PROV-1727-2007 del 17 del mes en curso, recibida el 21 de este mismo mes, mediante el cual informa sobre el resultado del estudio a las ofertas sometidas en la Licitación Abreviada N° 2007LA-000270-85001 (número interno Abreviada 03-2007): “Compra de cartulinas, papel bond y papel carbón”, y de conformidad con las razones que expone, recomienda:
“De conformidad con lo que deja expuesto, con el resultado del análisis económico, y por consistir el objeto de contrato en una pluralidad de renglones técnica y legalmente divisibles (artículo 66 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa), es dable para el Tribunal con base en aquel criterio y lo dispuesto en el artículo 86 del citado Reglamento, dictar acto de adjudicación del siguiente modo:
A Jiménez y Tanzi S.A. |
Item |
Cant |
Descripción |
Precio Unitario |
Precio Total |
1 |
200 |
Pliegos de cartulina bristol blanco, base de 180 gramos por metro cuadrado, tamaño 64.77 x 77.52 cms, (25.5” x 30.51”) aproximadamente, debidamente empacado en resmas de 100 pliegos cada una, todas con su respectiva etiqueta que indique: la clase de papel, gramaje y cantidad de pliegos que contiene cada paquete marca Jitan |
¢ 58.00 |
¢ 11,600.00 |
4 |
228 |
Cajas de papel carbón tamaño nota (carta), con 100 pliegos por caja, color negro, de excelente calidad, que garantice la impresión en las copias marca Kores |
¢1,150.00 |
¢ 262,200.00 |
5 |
210 |
Cajas de papel carbón tamaño oficio, con 100 pliegos por caja, color negro, de excelente calidad, que garantice la impresión en las copias marca Kores |
¢1,284.00 |
¢ 269,640.00 |
Total a adjudicar a Jiménez y Tanzi S.A.¢543.440,00 |
A Suministradora de Papel Supapel S.A. |
Item |
Cant |
Descripción |
Precio Unitario |
Precio Total |
3 |
3,000 |
Pliegos de cartulina Lusterkotte conocida como cartulina tipo “C” (C-12), blanca, base de 230 gramos por metro cuadrado, tamaño 61 x 91.4 centímetros (24.01”x 35.98”) aproximadamente, debidamente empacado en resmas de 100 pliegos cada una, todas con su respectiva etiqueta que indique: la clase de papel, gramaje y cantidad de pliegos que contiene cada paquete |
¢ 93.57 |
¢ 280,710.00 |
6 |
200,000 |
Pliegos de papel bond blanco de 75 gramos por metro cuadrado (20 libras) tamaño 86.36 x 55.88 centímetros (34” x 22”) debidamente empacado en resmas de 500 pliegos cada una, todas con su respectiva etiqueta que indique: la clase de papel, gramaje y cantidad de pliegos que contiene cada paquete |
¢ 23.37 |
¢ 4,674,000.00 |
7 |
300,000 |
Pliegos de papel bond blanco de 60 gramos por metro cuadrado (16 libras) tamaño 86.36 x 55.88 centímetros (34” x 22”) debidamente empacado en resmas de 500 pliegos cada una, todas con su respectiva etiqueta que indique: la clase de papel, gramaje y cantidad de pliegos que contiene cada paquete |
¢18.62 |
¢ 5,586,000.00 |
Total a adjudicar a Suministradora de Papel Supapel S.A.: ¢10.540.710,00 |
En caso de que sea acogida la recomendación que antecede es conveniente que se sigan las siguientes actuaciones:
• Que el Departamento Legal elabore el proyecto de resolución para la declaratoria de infructuosidad del ítem N° 2 por inopia de ofertas.
• Que el Departamento Legal defina la vía de formalización respecto de la adjudicación recaída a favor de Suministradora de Papeles Supapel S.A. por los ítems: 3, 6 y 7.
• Que la Proveeduría proceda a confeccionar el Pedido de Compra a favor de Jiménez y Tanzi S.A. por los ítems 1, 4 y 5, una vez firme el acto de adjudicación.
• Que el suscrito continúe como órgano fiscalizador, con los deberes, atribuciones y responsabilidades descritas en los artículos 13 de la Ley de Contratación Administrativa y 8 inciso g) y último párrafo de su Reglamento.”
Se dispone: Aprobar conforme se recomienda. Procedan los Departamentos Legal y de Proveeduría según corresponda. ACUERDO FIRME.
2) Oficio Nº PROV-1759-2007 del 21 del mes en curso, mediante el cual hace del conocimiento de este Tribunal el oficio Nº SG-397-2007 fechado 25 de julio del 2007, suscrito por el señor Gustavo Fitoria Mora, Jefe del Departamento de Servicios Generales, en el que informa sobre un posible incumplimiento en el plazo de entrega en que pudo haber incurrido la empresa Corporación Luminus S.A., quien resultó adjudicataria de la contratación directa Nº 2007CD-1584-85001: “Adquisición e instalación de los vidrios de las puertas de acceso ubicadas en la salida del Despacho de Cédulas y rampa que comunica a la aplanta (sic) baja del Edificio de Plataformas”. Lo anterior con el fin de que este Tribunal valore la apertura de un procedimiento tendiente a imponer una sanción administrativa a la empresa, cuya dirección estaría a cargo de la Inspección Electoral constituida en Órgano Director según lo ha dispuesto este organismo electoral -en atención a su competencia- en casos similares.
Se dispone: Proceda el señor Inspector Electoral conforme lo recomienda la Proveeduría Institucional. ACUERDO FIRME.
3) Oficio Nº PROV-1790-2007 del 23 del mes en curso, mediante el cual informa a este Tribunal sobre el resultado del estudio efectuado a las ofertas recibidas en la contratación directa número 2007CD-003252-85002, correspondiente al alquiler de vehículos para el Programa de Transmisión de Datos, de cara al proceso de referéndum a celebrarse el próximo 7 de octubre. En el referido oficio, por razones que expone, el señor Jiménez Padilla concluye y recomienda lo siguiente:
“5. CONCLUSIONES.
De lo expuesto tenemos las siguientes conclusiones:
a) Para atender el alquiler de vehículos para el Programa de Transmisión de Datos, esta Proveeduría instauró el procedimiento de contratación directa número 2007CD-003252-85002, a través del cual se fijó como fecha límite para la recepción de ofertas el 16 de agosto del año 2007 a las 15 horas.
b) Que atendieron el llamado de esta administración para participar en el referido concurso las siguientes empresas: Rente un Auto Esmeralda S.A., Alquiler de Carros Tico S.A. y Renta de Automóviles El Indio S.A.
c) Que del cuadro comparativo de precios que se elaboró para tal efecto, se determinó que la oferta dirigida por Rente un Auto Esmeralda S.A., ofrece el mejor precio para todas las líneas promovidas.
d) Que una vez superada la etapa de análisis de ofertas, se estableció que todas las plicas recibidas se ajustaron a las condiciones y especificaciones solicitadas en el pliego de bases, por lo que el único elemento diferenciador entre ellas, estaría dado en el precio cotizado.
e) Que el contenido económico existente en la Solicitud de Pedido 4010720434, resulta suficiente para atender los futuros pagos que se generen por las obligaciones contraídas.
6. RECOMENDACIÓN.
De lo expuesto y con fundamento en el artículo 86 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, esta Proveeduría recomienda que la contratación directa número 2007CD-003252-85002 correspondiente al alquiler de vehículos, se adjudique a favor de la empresa Rente un Auto Esmeralda S.A. y por un monto total de $18.482.40 (dieciocho mil cuatrocientos ochenta y dos dólares con cuarenta centavos), de conformidad con los términos ofertados y los establecidos en el cartel que reglamento dicho concurso.
En caso de que sea acogida la presente recomendación, es indispensable que se comisionen las siguientes actuaciones:
a) Que de conformidad con el punto 9 de las Condiciones Generales del cartel que reglamentó este procedimiento, el Departamento Legal formalice la presente negociación en un documento clausulado.
b) Que se ratifique como órgano fiscalizador de esta contratación al Encargado de la Unidad de Transportes de este Tribunal o quien lo sustituya en sus ausencias temporales o permanentes, con los deberes, atribuciones y responsabilidades contenidas en el ordinal 13 de la Ley de Contratación Administrativa y el artículo 8 inciso g) de su Reglamento.”
Se dispone: 1. Incorporar al orden del día. 2.- Aprobar conforme lo recomienda el señor Subproveedor a.i. de este Tribunal. Procedan según corresponda el Departamento Legal y el Encargado de la Unidad de Transportes o quien lo sustituya. Asimismo tome nota la Contaduría y la Proveeduría para lo de sus respectivos cargos. ACUERDO FIRME.
e) Del señor Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos se conoce oficio Nº RH-1897-2007 del 16 del mes en curso, quien, de conformidad con lo dispuesto en sesión 67-2007 del pasado 26 de julio, en relación con la prórroga de la licencia sin goce de salario de la servidora Magaly Villalobos Mora, remite el oficio INS-722-2007 del 14 de agosto que suscribe el señor Jefe de la Sección de Inscripciones y superior inmediato de la funcionaria, con el cual adjunta el documento enviado por ella para demostrar que efectivamente su hijo sigue un tratamiento médico en Estados Unidos, que fue el argumento utilizado para justificar la solicitud de la referida prórroga de su licencia.
Se dispone: Con vista en el documento que aporta la señora Villalobos Mora, se ratifica la licencia sin goce de salario que se le concedió por acuerdo adoptado en sesión Nº 67-2007 del 26 de julio del año en curso. ACUERDO FIRME.
f) Del señor Héctor Fernández Masís, Coordinador de Programas Electorales, se conoce:
1) Oficio Nº CPE-496-2007 del 17 del mes en curso, recibido en este despacho el 21 del mismo mes, en el que informa que mediante memorando Nº CYP-325-2007 del 14 de agosto, la señora Ana María Jiménez Rodríguez, Encargada del Programa de Publicidad, remitió a su despacho una nota en la que la empresa Garnier BBDO informa que el costo de la donación de los avisos publicitarios es de $25.000.
Se dispone: Póngase de inmediato en conocimiento del Departamento Legal para que, en conjunto con la propia Coordinación de Programas Electorales, procedan con la debida celeridad como corresponda. ACUERDO FIRME.
2) Oficio Nº CPE-497-2007 del 17 del mes en curso, mediante el cual se refiere al plazo para la acreditación de observadores nacionales, indicando que el término para la recepción de nóminas de fiscales y observadores nacionales se estableció con la finalidad de que este organismo electoral tenga un lapso prudente para tramitar todas las solicitudes que se presenten, toda vez que las nóminas han de ser objeto de un determinado tratamiento administrativo, consistente en revisión, confección y expedición de carnés, todo lo cual consume al menos un mes, según la experiencia habida en otros procesos electorales. Pese a lo anterior, manifiesta también que en otras oportunidades se han recibido nóminas fuera de plazo advirtiendo que se dará prioridad a quienes presenten la solicitud en tiempo, solución que el Lic. Fernández Masís recomienda aplicar en esta ocasión.
Se dispone: Tener por rendido el informe que se somete a este Tribunal, sobre cuya base se les hace saber a los señores Eduardo Chinchilla y Roxana Salazar, de la Conferencia Episcopal y Transparencia Costa Rica respectivamente, que las nóminas que no se presenten en tiempo, serán atendidas por este organismo electoral en la medida de lo posible pero sin garantizar la confección y expedición de carnés, toda vez que se le dará prioridad a las solicitudes presentadas dentro del plazo establecido. ACUERDO FIRME.
3) Oficio Nº CPE-500-2007 del 21 del mes en curso, mediante el cual eleva a conocimiento de este Tribunal el oficio nº POI-0036-2007 del pasado 14 de agosto, suscrito por el señor Javier Vega Garrido, encargado del Programa Atención a Observadores Internacionales, en el que remitió a ese despacho el Cronograma de Actividades de la Misión de Observación del Referéndum del 7 de octubre del año en curso, para la correspondiente aprobación y posterior producción gráfica.
Se dispone: Con la corrección que se indica, aprobar según lo propuesto por el encargado del Programa Atención a Observadores Internacionales. Asimismo se encarga al referido programa que coordine con la Oficina de Comunicación y Protocolo la producción gráfica del cronograma de actividades en cuestión. ACUERDO FIRME.
4) Oficio Nº CPE-501-2007 del 21 del mes en curso, mediante el cual indica que esa coordinación tiene en su poder -para efectos de distribución- 278.650 papeletas de muestra, respecto de las cuales solicita autorización para repartirlas a los partidos políticos, municipalidades, organizaciones del no y del sí, oficinas centrales y regionales y delegados ad honorem, según cantidad que especifica en cuadro adjunto.
Se dispone: De previo a resolver, indique el señor Fernández Masís si existe posibilidad de un inserto gratuito en uno o varios periódicos de circulación nacional. ACUERDO FIRME.
g) Del señor Rodolfo Delgado Rojas, Coordinador de Proyectos Tecnológicos, se conoce oficio Nº PTE-176-20007 (sic) del 21 del mes en curso, quien en atención a lo dispuesto por este Tribunal en el artículo segundo de la sesión ordinaria Nº 41-2007, celebrada el 10 de mayo del año en curso, según el cual se le trasladó para su estudio, informe y recomendación el presupuesto del Proyecto Voto Electrónico, correspondiente a los años 2008 y 2009, presentado por el Coordinador del Centro de Investigaciones en Computación del Instituto Tecnológico de Costa Rica (ITCR), indica que para la respectiva valoración fue necesario un proceso de análisis conjunto con los funcionarios del ITCR, razón por la cual presenta el respectivo informe en esta fecha, el cual, con fundamento en los argumentos que expone, contiene las siguientes recomendaciones:
1. Dado que no se cuenta con el presupuesto necesario según las estimaciones realizadas, que el Tribunal valore los alcances establecidos para este proyecto.
2. Que el Tribunal tome en cuenta los resultados de acuerdo a las variaciones en el presupuesto para la gestión presupuestaria correspondiente, y valore la necesidad de renegociar los aportes al proyecto, por parte de ambas Instituciones.
3. Es necesario contar con el compromiso del Tribunal y de los involucrados para las gestiones correspondientes a las actividades planteadas en el cronograma de trabajo; principalmente en la gestión de los recursos necesarios, tanto humanos como materiales para el desarrollo del proyecto, los viajes planteados en la etapa de investigación, las capacitaciones necesarias, y la implementación del Wiki; así como las erogaciones necesarias para las siguientes fases.
4. Se deben tomar en cuenta cada uno de los factores críticos de éxito, señalados en la conclusión No 6, los cuales fueron considerados para la etapa inicial.
Se dispone: Tomando en cuenta el interés que el Tribunal tiene en el proyecto, al cual le reconoce su carácter estratégico, así como la necesidad de concretar avances sustanciales en esta materia de cara a los procesos electorales del 2010, el propio encargado de Proyectos Tecnológicos, en conjunto con el Director Ejecutivo -en su condición de tal y como coordinador de las respectivas comisiones institucionales- presentarán, a la brevedad posible, una propuesta más concreta para abordar la problemática que interesa. ACUERDO FIRME.
h) De la señora Maureen Ballestero Vargas y los señores Fernando Sánchez Campos y Francisco Marín Monge, de la Comisión Especial de Reformas Electorales y Partidos Políticos de la Asamblea Legislativa, se conoce oficio Nº FFSC-009-07 del 1º del mes en curso, mediante el cual se refieren a la reciente inclusión -en el Proyecto de Ley N.º 14268 “Código Electoral”- de varios artículos que establecen los principios de paridad, alternabilidad y secuencialidad, con objeto de que los partidos políticos los incorporen a sus estatutos a efecto de asegurar un trato igualitario, sin discriminación y respetuoso de la paridad tanto en las nóminas de candidatos como en sus estructuras internas.
Señalan asimismo que la paridad generaría la integración del 50% de mujeres y 50% de hombres en los órganos y nóminas pares, y que en el caso de los impares la diferencia entre el total de hombres y mujeres no podría ser superior a uno. Además informan que mediante los mecanismos de alternancia y no secuencialidad se pretende asegurar que esas conformaciones sean hombre-mujer o mujer-hombre, sin que dos personas del mismo sexo puedan estar en forma consecutiva.
En virtud de lo anterior, manifiestan que el avance en el tema de participación política de la mujer es significativo y acorde con nuestra realidad política, sin embargo informan que la Defensoría de la Mujer y el Instituto Nacional de la Mujer (INAMU) proponen que la paridad y alternabilidad se refleje también en la nómina globalmente considerada, con lo cual se implementaría una paridad de forma vertical como horizontal, dentro de cada uno de los partidos en forma independiente.
Así las cosas, solicitan opinión a este organismo electoral respecto a las mociones aprobadas y la propuesta que presentó el INAMU y la Defensoría de la Mujer en la nota que adjuntan, específicamente en el tema de la paridad horizontal.
Se dispone: Pase a estudio individual de los señores Magistrados. Para su discusión, se fijan las 11:00 horas del próximo 28 de agosto. Se cita al Lic. Hugo Picado León a fin de que participe de dicha discusión. ACUERDO FIRME.
i) Del señor Jorge Acosta Cisneros, Presidente del Tribunal Supremo Electoral de la República del Ecuador, se conoce fax correspondiente al oficio Nº. 458-P-JAC-TSE-2007 del 20 del mes en curso, mediante el cual informa que el electorado ecuatoriano, en Consulta Popular de 15 de abril del año en curso, aprobó, por una amplia mayoría, que se reúna una Asamblea Constituyente, para lo que deben realizarse elecciones de Asambleístas, que se realizarán el domingo 30 de setiembre próximo. En virtud de lo anterior, señala que el Tribunal Supremo Electoral debe corresponder a ese anhelo nacional realizando elecciones libres, claras, transparentes y para garantizarlas, considera importante contar con el aval de una observación internacional del más alto y especializado nivel, por lo que cursa invitación al Magistrado Presidente de este organismo electoral a fin de que acompañe a Ecuador en este trascendental evento. Aclara que el ticket aéreo, el alojamiento y la movilización en el país corresponderán al Tribunal Supremo Electoral ecuatoriano.
Se dispone: Dado que tan importante evento electoral se verificará a tan solo una semana en que los costarricenses también acudamos a las urnas, con motivo del referéndum nacional del próximo 7 de octubre, al Magistrado Presidente le resulta imposible acudir personalmente y, por ende, se designa para que concurra en su representación al Magistrado Juan Antonio Casafont Odor. ACUERDO FIRME.
j) Del señor Salvador Romero Ballivián, Presidente de la Corte Nacional Electoral de la República de Bolivia, se conoce oficio Nº DNECCAI-PRES-396/07, del 17 del mes en curso, mediante el cual remite a la señora y señores Magistrados de este Tribunal cinco ejemplares del Atlas Electoral Latinoamericano, edición que forma parte de la serie editorial Cuadernos de Análisis e Investigación.
Se dispone: Agradecer al Dr. Romero Ballivián la remisión de este valioso Atlas Electoral, del cual un ejemplar pasará a la Biblioteca institucional para su clasificación y consulta. Comuníquesele asimismo al Instituto de Investigaciones Sociales de la Universidad de Costa Rica, entidad que conjuntamente con este Tribunal prepara un documento similar, acompañando la comunicación con otro de los ejemplares. ACUERDO FIRME.
k) De la señora Lisbeth Quesada Tristán, Defensora de los Habitantes, se conoce fax correspondiente al oficio Nº DH 686-2007 del 17 del mes en curso, mediante el cual informa que ese organismo está dando especial seguimiento a todo el proceso relacionado con el referéndum convocado para el próximo domingo 7 de octubre, que girará en torno a la aprobación o no del Tratado de Libre Comercio con Estados Unidos, por lo que considera de vital importancia dotar de la información suficiente a las y los costarricenses, de forma tal que se les permita ejercer su derecho al voto conocedores de las argumentaciones que los diferentes grupos interesados refieren tanto en contra como a favor del tratado. Asimismo señala que la Defensoría coincide con este organismo electoral sobre la importancia que tiene el fortalecimiento de la transparencia y la rendición de cuentas de los recursos económicos que utilicen los diferentes grupos involucrados en el proceso.
En virtud de lo anterior, manifiesta que la Defensoría considera oportuno y conveniente la excitativa que puede hacer este organismo electoral para que los grupos organizados identificados sea con la causa del Sí o del No al TLC, rindan un informe financiero donde permitan a las y los habitantes conocer tanto el origen de los recursos que se están utilizando, así como el monto de los mismos, por lo que la Defensoría pone a las órdenes de este Tribunal la Red Interinstitucional de Transparencia existente, para que sean publicados dichos informes en ese sitio de transparencia, del cual forma parte este organismo electoral.
Señala además que esa iniciativa parte del interés ciudadano de que se rindan cuentas claras y con transparencia sobre la procedencia de los fondos destinados por ambos grupos a esta campaña e igualmente apoyar los esfuerzos emprendidos por este organismo electoral en lograr un compromiso voluntario entre los contendientes, para que los habitantes tengan seguridad de que los dineros recaudados por el grupo del SI y del NO, no provengan de inversión extranjera. Agrega la gestionante que ese acuerdo ético y moral es necesario para los costarricenses, pues como lo ha manifestado el propio Tribunal, no resulta viable el imponer controles y restricciones no previstos legalmente, criterio que comparten.
Manifiesta la señora Defensora de los Habitantes que considera importante que este organismo electoral continúe insistiendo con ambas agrupaciones en la necesidad de que todas las contribuciones deben estar sujetas a los principios de publicidad y transparencia, por lo que eleva como propuesta adicional la necesidad de que las dos agrupaciones establezcan registros de ingresos con el fin de que cualquier habitante interesado pueda conocer con exactitud la procedencia de esos recursos.
Se dispone: Expresarle a la señora Defensora que sus apreciaciones son coincidentes con las aspiraciones de este Tribunal, el cual se ha comprometido con la generación de un marco institucional que le permita a las partes dialogar de cara a la eventual suscripción de un acuerdo cívico que les comprometa a desarrollar campañas de calidad, a aceptar la sentencia de las urnas, a condenar toda forma de violencia y, también, a adoptar mecanismos que permitan transparentar sus finanzas. Sobre el ofrecimiento concreto que hace la señora Defensora, póngase en conocimiento de los señores Eugenio Trejos y Alfredo Volio, a fin de que lo valoren en el marco del precitado proceso de diálogo. ACUERDO FIRME.
l) De la señora Lisbeth Quesada Tristán y el señor Daniel Soley Gutiérrez, Defensora y Defensor Adjunto de los Habitantes, respectivamente, se conoce fax correspondiente al oficio Nº. DH-676-2007 del 15 del mes en curso, mediante el cual informan que con ocasión de la celebración del referéndum sobre el Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica, República Dominicana y Estados Unidos de América, están invitando a los titulares de las Procuradurías de Derechos Humanos y Defensorías del Pueblo de Centroamérica, Belice y Panamá (CCPDH) para que participen en el proceso en calidad de observadores del referéndum. Informan asimismo que están invitando al Secretario General de la Red de Instituciones Nacionales para la Promoción y Protección de los Derechos Humanos del Continente Americano, Dr. José Luis Soberanes Fernández; al Secretario Ejecutivo de la Comisión Nacional de Derechos Humanos de México, Dr. Javier Moctezuma Barragán; al Defensor del Pueblo Español, Dr. Enrique Múgica Herzog; al Director del Centro de Iniciativas de Desarrollo de la Universidad de Alcalá de Henares (CICODE) Dr. Manuel Guedán Menéndez y al Director del Programa Regional de Apoyo a las Defensorías del Pueblo de Iberoamérica, Dr. Guillermo Escobar Roca.
En virtud de lo anterior, solicitan a este organismo electoral la acreditación correspondiente de los observadores visitantes, cuando tengan la confirmación respectiva, para que puedan participar en las actividades paralelas que se programen con ocasión al referendo, así como la reservación de hasta 23 espacios en el Auditorio del Tribunal para los visitantes de la comunidad de Derechos Humanos de los países iberoamericanos.
Se dispone: Este Tribunal recibe con satisfacción y agrado la atenta comunicación que se conoce, dado que la participación de esas reconocidas personalidades contribuirá decisivamente a fortalecer el programa de observación internacional del proceso. Para efectos de acreditación, pase al encargado del respectivo programa electoral. ACUERDO FIRME.
m) De las señoras Lisbeth Quesada Tristán y Hannia Vega Barrantes, Defensora de los y las Habitantes y Viceministra de Planificación Nacional, respectivamente, se conoce nota del 14 del mes en curso, mediante la cual informan que el Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica con su Secretaría Técnica del Sistema Nacional de Contralorías de Servicios y la Defensoría de los Habitantes de la República, en coordinación con la Procuraduría de la Ética, el Proyecto Estado La Nación (sic) y la Escuela Judicial, están organizando el encuentro “Contralorías de Servicios como promotoras de la buena gestión institucional”, el cual se llevará a cabo los lunes 3, 10, 17 y 24 de setiembre próximos, en sesiones de cuatro horas, de 8 a.m. a 12:00 p.m. (sic), en el Auditorio del Instituto de Fomento y Asesoría Municipal (IFAM) en Moravia.
Señalan asimismo que el objetivo de ese encuentro es suministrar a los Contralores de Servicios la información básica sobre el funcionamiento y contribución de las Contralorías de Servicios al mejoramiento de los servicios públicos, desde el punto de vista ético, jurídico y de la calidad del servicio, así como orientarlos a una cultura de defensa y cumplimiento de los derechos humanos, por lo que solicitan que el señor Max Solórzano Alvarado pueda asistir a esa actividad.
Se dispone: Instruir al Lic. Solórzano Alvarado para que asista a tan relevante evento. ACUERDO FIRME.
n) De la señora Marjorie Morera González, Directora General de Presupuesto Nacional y el señor José Adrián Vargas Barrantes, Tesorero Nacional, se conoce circular Nº DGPN-319-2007 / T.N. 825- 2007 del 10 de julio de 2007, recibida en este despacho el 17 del mes en curso, mediante la cual comunican su resolución de modificar -con fundamento en los argumentos que exponen- el punto 3 de la circular Nº 101 emitida por la Dirección General de Presupuesto Nacional con fecha 16 de febrero del 2006, respecto al reconocimiento de pagos por diferencias salariales reconocidas por medio de resoluciones administrativas.
Se dispone: Tomar nota. Póngase en conocimiento de los Departamentos de Contaduría; Legal, y de Recursos Humanos, para lo de sus respectivos cargos. ACUERDO FIRME.
ñ) Del señor Manuel Martínez Sequeira y las señoras Silvia María Chanto Castro y Paula Serra Brenes, Gerente de División y Gerentes Asociadas, respectivamente, de la División de Asesoría y Gestión Jurídica de la Contraloría General de la República, se conoce oficio Nº 09434 del 15 del mes en curso, mediante el cual comunican sobre la finalización de un procedimiento administrativo tramitado por ese órgano contralor en contra del señor Reyes Morales Montano, cédula de identidad nº 8-073-841. Señalan que en dicho procedimiento se dictó acto final y se declaró responsable administrativamente al señor Morales Montano, por lo que al amparo del artículo 72 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República, se le impuso la prohibición de ingreso o reingreso a cargos de la Hacienda Pública por el plazo de seis años contados a partir de la firmeza de esa resolución. En virtud de lo anterior, se remite copia certificada de la resolución PA-65-2007 de las 12:00 horas del 26 de julio del 2007, a efectos de que dicha persona no sea nombrada en cargos de la Hacienda Pública.
Se dispone: Tomar nota. Póngase en conocimiento de la Jefatura del Departamento de Recursos Humanos para lo de su cargo. La predicha sanción administrativa impuesta por el órgano contralor se entiende en el marco de la resolución de este Tribunal Electoral Nº 3869-E-2006 de las 13:45 del 15 de diciembre del 2006, en la cual se aclarara los alcances del numeral 72 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República en el sentido de que la prohibición de ingreso o de reingreso a cargos de la Hacienda Pública para infractores a su normativa no resulta aplicable respecto de la postulación y el eventual ejercicio posterior de cargos de elección popular. ACUERDO FIRME.
o) De la señora Maritza Hernández Castañeda y el señor Alex Álvarez Abrahams, miembros del Foro Nacional de Transporte Público Modalidad Autobús, se conoce nota del 21 del mes en curso, mediante la cual ofrecen a este Tribunal la cooperación y la ayuda que se sirven especificar, en orden a que los electores cuenten con transporte el próximo 7 de octubre, así como con información motivante del voto.
Se dispone: Agradecer públicamente a los señores empresarios representados en el Foro Nacional de Transporte Público Modalidad Autobús su valioso ofrecimiento, y la trascendencia cívica que el mismo comporta. Pase a conocimiento del señor Coordinador de Programas Electorales, así como al Lic. Eric Schmidt Fonseca, para lo de sus respectivos cargos. ACUERDO FIRME.
p) Del señor José Antonio Barquero Mora, Presidente de la Asociación Nacional de Educadores (ANDE), se conoce oficio Nº PRE-1764-08-2007 del 17 del mes en curso, recibido el 22 de los corrientes, mediante el cual, respetuosamente solicita una audiencia con los integrantes de este Organismo Electoral, a un grupo de mujeres andinas el próximo 31 de agosto de 2007, a las 12 m.d., quienes quieren presentar algunas inquietudes en relación al Referéndum del próximo 7 de octubre.
Se dispone: Designar a la Magistrada Zamora Chavarría y al Magistrado Esquivel Faerron para que, en representación del Tribunal, atiendan a la comitiva visitante. ACUERDO FIRME.
q) De la señora María R. Vargas se conoce correo electrónico del 21 del mes en curso, mediante el cual se refiere a la respuesta que ha recibido de parte de la Secretaría del Tribunal, con ocasión de las gestiones que formuló el pasado 02 de agosto del año en curso. Asimismo, por las razones que expone manifiesta su preocupación por “…la persecución desatada y sin pruebas contra el Grupo “Los de Abajo”…”, solicita se investigue al grupo denominado “MANDAGÜEVO”.
Se dispone: De acuerdo con lo estipulado en el artículo 113 de la Ley Orgánica de este Tribunal y sus respectivas disposiciones reglamentarias, cualquier gestión o denuncia debe ser presentada por escrito y en forma personal o con la debida autenticación, como requisito para que este Tribunal pueda darle curso. Dado que la interesada insiste en no ajustarse a esas formalidades, continúe el Secretario del Tribunal atendiendo la gestión y proporciónele la información de su interés. ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO TERCERO.- De la señora Marisol Castro Dobles, Directora General del Registro Civil, se conoce:
a) Oficio DG-0704-2007 del 15 de agosto de 2007, recibido el 21 de este mismo mes, mediante el cual eleva a conocimiento de este Tribunal, oficio Nº RH-1880-2007 del señor Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, referido a la solicitud de ascenso interino de la servidora Kattya Somarribas Salgado, Asistente de Operación en la Oficina Regional de Cartago, a la plaza de Coordinador de Apoyo que actualmente está en calidad de préstamo y que presupuestariamente pertenece a la sede regional de Pococí, la cual venía siendo ocupada por la señorita Andrea Quesada Masís, quien fue recientemente trasladada a las oficinas centrales. Asimismo, de conformidad con lo establecido por los artículos 34 y 36 del Reglamento a nuestra Ley de Salarios y con lo acordado por el Tribunal en sesión Nº 129-2002, artículo quinto, manifiesta su aval a la recomendación dada, por lo que solicita la aprobación del referido ascenso, y de contarse con la anuencia de este Organismo, la servidora Somarribas Salgado podría ser ascendida al referido cargo, puesto Nº 76415, a partir del próximo 1º de setiembre.
Se dispone: Aprobar el ascenso interino de la señora Somarribas Salgado, conforme se propone a partir del 1º de setiembre del año en curso.
b) Oficio Nº 710-2007-D.G. (sic), del 17 de agosto de 2007, recibido el 21 de este mismo mes, mediante el cual somete a consideración de este Tribunal, terna para llenar en propiedad -a partir del próximo 1º de setiembre- una plaza de Auxiliar de Operación vacante en la Sección de Actos Jurídicos, dado el ascenso del señor Marvin Benavides Brenes.
Se dispone: Nombrar a la señora Eylen Miranda Guzmán, quien figura en el primer lugar de la terna, a partir del 1º de setiembre del año en curso.
ARTÍCULO CUARTO.- Del señor Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio Nº RH-1916-2007 del 16 de agosto de 2007, al que adjunta los oficios Nº CSR-447-2007, CSR-461(sic)-2007 y CSR-457-2007, suscritos por el señor Rodolfo Villalobos Orozco, Coordinador de Servicios Regionales, mediante los cuales informa que la señora Yudleny Brenes Fonseca, Jefa de la Oficina Regional de Coto Brus, fue incapacitada por la Caja Costarricense de Seguro Social del 6 al 21 de agosto, razón por la cual durante ese lapso las funciones correspondientes le han sido recargadas al servidor Eduardo Salazar Álvarez, que es el funcionario que usualmente la sustituye durante sus ausencias. Por lo anterior, solicita la autorización de este Tribunal para proceder a tramitar el pago respectivo del recargo de funciones, por el período de incapacidad de la señora Brenes Fonseca, gestión que cuenta con la anuencia de la señora Directora General del Registro Civil y el aval presupuestario de la Dirección Ejecutiva y del Departamento de Contaduría.
Se dispone: Conceder la autorización que se solicita.
ARTÍCULO QUINTO.- De la señora Ana María Jiménez Rodríguez, Jefa de la Oficina de Comunicación y Protocolo, se conoce oficio Nº CYP-3002007 del 21 de agosto del 2007, en el que informa que, en atención al acuerdo adoptado por este Tribunal en la sesión Nº 72-2007, relativo a brindar a la solicitud de los señores Rolando Zamora González y Edgar Ávila Garita, productores radiofónicos, si bien es muy loable el interés que muestran los señores Zamora y Ávila por establecer espacios de análisis sobre el Tratado de Libre Comercio entre Centro América, República Dominicana y Estados Unidos, en este momento, la institución ya se encuentra realizando una serie de actividades de difusión e información en torno al tema del Tratado y el Referéndum, en algunas de ellas, con la colaboración de otros organismos y el mismo SINART (Canal Oficial del TSE), detallando lo siguiente:
Campaña de Publicidad: consta de dos ejes: motivacional (que se espera lanzar al aire en días próximos. Consta de 6 cortos cuyo propósito es invitar a los ciudadanos a ejercer el voto el próximo 7 de octubre) e informativo (donde se destacarán aquellos aspectos más importantes que los electores deberán tomar en cuenta para el día de la elección)
Cortos informativos: se producen en coordinación con el SINART. Son 13 en total y abarcan temas como las generalidades del Referéndum, los procesos que realiza la institución para organizar esta consulta y cambios en comparación con las elecciones nacionales.
Participación de encargados del Programas Electorales en Radio Nacional. Desde el 10 de julio y hasta el 2 de octubre, todos los martes los encargados de Programas Electorales del Tribunal participan en el programa “Una nueva mañana” que se transmite a las 9 a.m.
Para complementar la pauta que pueda pagar el TSE con su presupuesto, se está solicitando a los medios de radio y televisión cumplir con lo establecido en el artículo 11 de la Ley de Radio, en cuanto a disponer de media hora semanal para que el Tribunal difunda información de interés en torno al proceso.
El día 21 y 22 de agosto se realiza el Seminario “REFERÉNDUM EN COSTA RICA: LECCIONES INTERNACIONALES Y DESAFÍOS NACIONALES.”
Todos los jueves a partir del 23 de agosto y finalizando el martes 2 de octubre, se realiza en coordinación con la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales y el SINART una serie de foros con representantes de los dos sectores en torno al TLC con el fin de discutir sus posiciones sobre temas específicos del Tratado. Estos debates se transmitirán en vivo por Canal 13 y Radio Nacional, para que los ciudadanos tengan un mejor conocimiento del tema en discusión.
En virtud de lo expuesto, afirma la señora Ana María Jiménez Rodríguez que queda en evidencia que la institución realiza diversos esfuerzos con el fin de brindar la mayor y mejor información a todos los ciudadanos y ciudadanas en el tiempo disponible y apoyado tanto por el SINART como por organizaciones cual FLACSO, por lo que recomienda que este Tribunal se sirva agradecer a los señores Zamora y Ávila su interés, aunque en este momento no sea posible acoger la propuesta que formulan.
Se dispone: Procédase según se recomienda.
ARTÍCULO SEXTO.- Del señor Albino Vargas Barrantes, Secretario General de la Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados, se conoce oficio Nº SG 07-09-0037-07 del 22 de agosto del 2007, al cual adjunta una fotografía en colores, que según afirma está circulando por la red internet, en la cual observa lo que sería una especie de propaganda, tipo de calcomanía o rótulo, con la siguiente leyenda: “Yo Sí voto porque amo a Costa Rica TSE”, luego de la sigla TSE, aparece la bandera nacional y el escudo patrio. Señala asimismo que dicho “anuncio” está colocado en una vidriera del edificio de este organismo electoral, expuesto a la vista del público, por lo que solicita a este Tribunal hacer las aclaraciones correspondientes, toda vez que la palabra “Sí”, colocada en ese anuncio, tiene las mismas formas lineales que la palabra “Sí” de la publicidad oficial de los promotores y defensores del TLC, aunque en color azul, por lo que considera que llama a confusión y matricula, subliminalmente, a este organismo electoral con la campaña del Sí al TLC.
Se dispone: Informar al gestionante que este Tribunal realizó la aclaración correspondiente en los medios de comunicación, circulando el comunicado de prensa que se transcribe a continuación para su conocimiento:
“Dado que han circulado por Internet unas fotografías del edificio del Tribunal, en uno de cuyos ventanales se observa una calcomanía que se ha confundido con propaganda a favor de una de las opciones para el Referéndum del próximo 7 de octubre, se aclara que dicha calcomanía data de las elecciones de 1998, como parte de la campaña que hizo el TSE para motivar a los costarricenses a votar, por lo que su texto es “Yo Sí voto porque amo a Costa Rica”, en la que incluso aparece el anterior logotipo del Tribunal que se dejó de usar a partir del 2000, año en que rigió un nuevo Manual de Identidad Gráfica del cual se deriva el logotipo actualmente en uso. Por consiguiente, el referido signo externo tiene varios años de haberse confeccionado y no guarda relación alguna con el actual Referéndum. El Tribunal, por el contrario, reafirma y garantiza su imparcialidad en este proceso consultivo, como lo ha hecho históricamente en las múltiples elecciones que ha organizado.”
A las quince horas terminó la sesión.
Luis Antonio Sobrado González |
Eugenia María Zamora Chavarría |
Max Alberto Esquivel Faerron |