ACTA Nº 86-2007

 

Sesión extraordinaria celebrada por el Tribunal Supremo de Elecciones a las diecinueve horas del trece de setiembre del dos mil siete, con asistencia del señor Magistrado Luis Antonio Sobrado González, quien preside, la señora Magistrada Eugenia María Zamora Chavarría y el señor Magistrado Max Alberto Esquivel Faerron. 

ARTÍCULO UNICO.- A las cinco de la tarde del día de hoy, se recibe al señor Ministro de Seguridad y otros oficiales subordinados de la Fuerza Pública, quienes concurren acompañados de un grupo de ciudadanos encabezado por el señor Expresidente de la República Rodrigo Carazo Odio y el señor Rector del Instituto Tecnológico Eugenio Trejos. Manifiestan su deseo de comunicar al Tribunal una posición compartida, que también cuenta con el respaldo del Ing. Alfredo Volio y de las fuerzas políticas que representa, en el siguiente sentido:

1) Que es necesario que la conmemoración de la independencia nacional se celebre en paz y concordia, pero también en condiciones propicias para que todos los costarricenses, independientemente de su posición en torno al T.L.C., se sientan deseosos y seguros de participar bajo el emblema común de la bandera tricolor.

2) Que existe una seria y fundamentada preocupación sobre la posibilidad de que el acalorado debate nacional sobre el futuro de ese Tratado pueda conducir a hechos de violencia que nadie desea y todos reprocharían, con motivo de la sesión pública del Consejo de Gobierno que se verificará a las 6 p.m. en la ciudad de Cartago el día de mañana.

3) Que, en ese contexto, estiman indispensable que el Tribunal tenga presencia, como símbolo de neutralidad y garante del derecho a la participación de todos los asistentes.

4) Que, en particular, instan a que la Institución se involucre en dicha celebración, acreditando delegados suficientes y debidamente identificados, a ser distribuidos dentro de la concurrencia y vigilar el adecuado desarrollo de la actividad, de suerte que fomenten un ambiente de tolerancia y respeto frente al legítimo derecho de todos a manifestarse, conforme a nuestras tradiciones de diálogo y búsqueda permanente de la concordia nacional.

5) Que se comprometen expresamente a respetar la dignidad de los delegados de este Tribunal y a acatar sin reservas sus decisiones, evitando por todos los medios denigrar o cuestionar su autoridad.

El Tribunal, por su parte, toma en consideración lo siguiente:

1) Que la actividad precitada, a pesar de no tener una condición electoral en sentido estricto, por el tiempo y las circunstancias en que se celebra, cuenta como telón de fondo con la disputa preelectoral y las pasiones que suscita.

2) Que no sólo el Ministerio de Seguridad Pública, sino también los líderes más conspicuos de las fuerzas políticas que intervienen en tal disputa, han construido el consenso necesario para solicitar la intervención del Tribunal como medida preventiva para favorecer el mantenimiento del orden público y la más amplia participación popular en los festejos.

3) Que debe reiterar que el denominado “traslado de la Fuerza Pública” que opera dentro de los procesos electorales no significa desconocer la autoridad del Ministerio de Seguridad ni su responsabilidad genérica en pro del mantenimiento del orden público, aún en esa época, sino la constitución excepcional de un mando compartido sobre las autoridades de policía, de suerte que el Tribunal pueda ordenar directamente, sin necesidad que los jerarcas de ese Ministerio lo aprueben, las medidas necesarias para ejecutar sus decisiones en el marco estricto de lo electoral y la buena conducción de las votaciones y sus etapas preliminares.

4) Que en la especialísima circunstancia del día de mañana, en que la celebración puede llegar a tener una clara significación electoral, el Tribunal debe colaborar, en la medida de sus posibilidades legales y constitucionales, a preservar la armonía entre los costarricenses con ocasión de la fiesta patria.

5) Que es esencial a este Tribunal el fomento y garantía de la participación ciudadana.

Se dispone: Hacer un llamado a la participación ciudadana en esta fecha patria, pero recalcando la prudencia y tolerancia que se espera de todos los asistentes, con el propósito de dar un ejemplo ante nuestra comunidad y el mundo, sobre la capacidad de los costarricenses de tender brazos aún en la disidencia. Para contribuir con este propósito, dispone que el Cuerpo de Delegados, bajo la autoridad superior de su Jefe Nacional, señor Carlos Rojas, fiscalice los citados actos conmemorativos, bajo las siguientes condiciones:

1) El indicado Cuerpo tendrá autoridad para organizar la disposición de los distintos grupos concurrentes, tomando las decisiones que resulten necesarias para que unos y otros puedan compartir sin roces innecesarios el espacio común de participación que la actividad en Cartago ofrece. Los delegados actuarán, en la medida de lo posible, como amigables componedores, debiendo las partes designar al efecto un representante con capacidad suficiente de diálogo y decisión. En caso necesario, la Fuerza Pública apoyará y ejecutará sus decisiones.

2) Si la Fuerza Pública entiende necesario adoptar medidas para asegurar el orden público en la ciudad de Cartago, la Jefatura Nacional tiene el derecho de objetarlas si estima que son innecesarias o limitan arbitrariamente derechos fundamentales.

3) La seguridad dentro del círculo de protección del Consejo de Gobierno y el resguardo de la integridad de sus miembros, es responsabilidad exclusiva del señor Ministro de Seguridad. ACUERDO FIRME.

A las veinte horas terminó la sesión. 

 
 
 
Luis Antonio Sobrado González
 
 
 
 
Eugenia María Zamora Chavarría
 
 
 
 
Max Alberto Esquivel Faerron