ACTA Nº 112-2007

 

Sesión ordinaria celebrada por el Tribunal Supremo de Elecciones a las nueve horas del quince de noviembre de dos mil siete, con asistencia del señor Magistrado Luis Antonio Sobrado González, quien preside, la señora Magistrada Eugenia María Zamora Chavarría y el señor Magistrado Max Alberto Esquivel Faerron. 

ARTÍCULO PRIMERO.- Se leyó y aprobó el acta de la sesión ordinaria inmediata anterior.

ARTÍCULO SEGUNDO.- Se conocen los siguientes asuntos:

a) Se dispone: Refiérase el señor Inspector Electoral, a lo que le fuera ordenado mediante acuerdo visible al artículo sétimo de la sesión ordinaria n.º 172-2006 del 03 de octubre del año pasado. ACUERDO FIRME.

Sale del Salón de Sesiones el señor Magistrado Max Alberto Esquivel Faerron.

b) De la señora Marisol Castro Dobles, Directora General del Registro Civil, se conoce oficio n.º DG-0915-2007 del 15 del mes en curso, que literalmente dice:

“Por razones de fuerza mayor, muy respetuosamente solicito al Tribunal Supremo de Elecciones, suspender las vacaciones que la suscrita solicitó disfrutar del 19 al 23 de noviembre, según oficio DG-0871-2007.”.

Se dispone: 1. Incorporar al orden del día. 2. Acoger la solicitud planteada y dejar sin efecto el acuerdo del artículo sétimo de la sesión ordinaria n.º 107-2007, celebrada el 30 de octubre de 2007. ACUERDO FIRME.

Reingresa al Salón de Sesiones el señor Magistrado Max Alberto Esquivel Faerron.

c) Del señor Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, se conoce:

1) Oficio n.º RH-2513-2007 del 12 del mes en curso, mediante el cual somete a consideración de este Tribunal el oficio n.º CPE-761-2007 suscrito por el señor Héctor Fernández Masís, Coordinador de Programas Electorales, en el que solicita autorización para disfrutar los días 19, 29 y 30 de noviembre del presente año, a título de vacaciones. Asimismo, en virtud de las razones que expone, pide que durante su ausencia – del 19 al 30 de noviembre – las funciones que le corresponden se recarguen al señor Francisco Rodríguez Siles, quien se desempeña como Subcoordinador de Programas Electorales. Agrega que, para tales efectos, la gestión cuenta con la anuencia de la Secretaría del Tribunal y el aval presupuestario de la Dirección Ejecutiva y del Departamento de Contaduría.

Se dispone: Autorizar las vacaciones solicitadas por el señor Fernández Masís y el recargo de sus funciones al señor Rodríguez Siles. ACUERDO FIRME.

2) Oficio n.º RH-2515-2007 del 12 del mes en curso, en el que literalmente manifiesta:

“En sesión 106-2007 celebrada el pasado 25 de octubre, oficio número STSE-5308-2007 del 30 de octubre, el Tribunal Supremo de Elecciones aprobó el ascenso interino de la servidora Nancy Gutiérrez Rojas a la plaza de Asistente de Operación que quedó temporalmente vacante en la Oficialía Mayor Civil, dada la licencia sin goce de salario que hasta por cuatro años se le otorgó a la funcionaria Kristi Paola Arias Mora.

Siendo que tal movimiento dejó vacante la plaza de Auxiliar de Operación que Nancy Gutiérrez ocupa en propiedad en la Sección de Archivo, la Licda. Nuria Ugalde Martínez, jefa de esta última unidad administrativa, solicita mediante oficio número AM-222-2007 del 30 de octubre que se nombre también interinamente y por el mismo plazo (sic) a la señora Kathy Sing Córdoba, quien cumple los requisitos que se exigen para el cargo, forma parte del registro de elegibles que tenemos a disposición para ese tipo de puestos y cuenta con interés y disponibilidad para el nombramiento interino que ahora se propone. Además posee experiencia en las tareas a realizar, pues actualmente refuerza a la institución como Auxiliar de Operación de Servicios Especiales de Programas Electorales con un contrato que concluye a finales de diciembre entrante, siendo que durante algunos meses laboró en la Sección de Archivo.

Si el Tribunal no tiene objeciones, la señora Sing Córdoba podría nombrarse interinamente en el puesto número 45534 como Auxiliar de Operación de la Sección de Archivo, a partir del próximo 16 de noviembre y hasta que la titular de la plaza regrese a ocuparla o haya que nombrar en ella a otro propietario. Puede apreciarse que la gestión cuenta con la anuencia de la señora Directora General del Registro Civil y de la Oficina de Coordinación de Programas Electorales.”.

Se dispone: Aprobar el nombramiento interino de la señora Kathy Sing Córdoba, conforme se propone a partir del 16 de noviembre del año en curso, y por espacio de seis meses, según lo solicita la señora Ugalde Martínez, en su oficio AM-222-2007 que se adjunta. ACUERDO FIRME.

3) Oficio n.º RH-2516-2007, del 12 del mes en curso, mediante el cual, de conformidad con lo dispuesto por este Tribunal en sesión n.º 107-2007, informa que esa dependencia ya había efectuado una revisión con respecto a las resoluciones dictadas por la Contraloría General de la República en relación con: 1.- Directrices Generales relativas al Reglamento de Organización y Funcionamiento de las Auditorías Internas del Sector Público y 2.- Lineamientos sobre los requisitos de los cargos de auditor y subauditor internos y las condiciones para las gestiones de nombramientos en dichos cargos, e indica que únicamente se encontraron dos aspectos que deben ser considerados, que literalmente son:

“1.- En el punto número 3.2 de las Directrices Generales relativas al Reglamento de Organización y Funcionamientos (sic) de las Auditorías Internas del Sector Público se señala literalmente, en lo que interesa, que “ …(sic) El auditor y el subauditor dependerán jerárquicamente del máximo jerarca, sin demérito de su independencia funcional. / Esta relación deberá ser contemplada en la definición de los puestos en el manual institucional de cargos y clases ”(sic). Si bien en nuestra redacción de la clase del auditor interno se señala esa dependencia jerárquica, no sucede lo mismo con la del puesto de subauditor, por lo que se hace necesario practicar el ajuste pertinente.

2.- Por su parte, en relación con los Lineamientos sobre los requisitos de los cargos de auditor y subauditor internos y las condiciones para las gestiones de nombramientos en dichos cargos, encontramos el punto 3.4 que señala que “ La (sic) terna se integrará con los tres candidatos que obtengan las calificaciones más altas. Una vez aprobado el concurso y la correspondiente terna por esta Contraloría General, el jerarca escogerá discrecionalmente a quien corresponda ”.(sic)”.

En este punto el señor Carías Mora señala que el reglamento para esos efectos indica, en su artículo 13, que la terna la conformará la Secretaría del Tribunal basándose en una lista de diez candidatos elegibles disponibles que suministrará la unidad responsable del proceso, y en caso de que la nómina no alcance los diez candidatos elegibles, será integrada por quienes obtuvieron esa condición siempre y cuando sean suficientes para conformar la terna.

El señor Carías Mora indica que la redacción de las clases auditor interno y subauditor interno, lo mismo que el reglamento para el reclutamiento, selección y nombramiento son relativamente recientes (aprobados en sesiones n.º 125-2005 y n.º 11-2006), por lo que no hay mayor diferencia con respecto a las nuevas directrices emanadas del órgano contralor, y en la actualización del Manual Descriptivo de Puestos ya se contempló ese ajuste.

Asimismo informa que, en los próximos días, remitirán el proyecto del nuevo manual primero a la Dirección Ejecutiva y luego al sindicato UNEC para sus respectivas observaciones, desconociéndose el tiempo que éstos emplearán en su revisión, por lo que no se tiene certeza de la fecha en que eventualmente podría entrar en vigencia el nuevo Manual Descriptivo de Puestos, una vez que el Tribunal lo apruebe. Por consiguiente, especifica que para atender la advertencia que formula la Contraloría General de la República, es factible proceder desde ya con la modificación de las clases actuales de auditor y subauditor internos, siendo necesario para ello únicamente variar el párrafo relacionado con la supervisión recibida, de manera que el texto correspondiente se lea como sigue:

En lo que se refiere a la diferencia detectada entre lo que señala el punto 3.4 de los Lineamientos emitidos por la Contraloría General de la República sobre los requisitos de los cargos de auditor y subauditor internos, y las condiciones para las gestiones de nombramientos en dichos cargos, con respecto al artículo 13 del Reglamento de concurso público para el Proceso de Reclutamiento, Selección y Nombramiento del Auditor y Subauditor Internos del Tribunal Supremo de Elecciones, en donde los primeros –lineamientos de la Contraloría General de la República– indican que la terna queda conformada automáticamente con los tres candidatos que obtengan las calificaciones más altas dentro del proceso de selección, mientras el segundo –reglamento del Tribunal Supremo de Elecciones– deja la conformación de la terna en manos del Secretario del Tribunal con base en la lista de los primeros diez candidatos elegibles disponibles, salvo superior criterio sugiere que el Departamento Legal estudie e informe sobre dicha situación, pues de acogerse tales lineamientos se vería afectada la discrecionalidad que le otorga el artículo tercero de la Ley de Salarios y Régimen de Méritos del Tribunal Supremo de Elecciones y Registro Civil al señor Secretario para conformar las ternas necesarias a fin de efectuar nombramientos en las oficinas que dependen del Tribunal. 

Se dispone: Practicar los ajustes que indica el señor Carías Mora en las descripciones de puestos del Auditor y Subauditor Internos de conformidad con lo expuesto. En lo relativo a la dificultad que se plantea con ocasión del artículo 13 del Reglamento, para reclutar y nombrar al auditor y subauditor internos de este Tribunal y los lineamientos de la Contraloría General de la República sobre este mismo particular, conforme se sugiere pase a estudio e informe del Departamento Legal. ACUERDO FIRME.

4) Oficio n.º RH-2521-2007, del 12 del mes en curso, mediante el cual se refiere a lo acordado por este Tribunal en sesión n.º 27-2007, en la que se autorizó el traslado interino del señor Billy Araya Olmos, Auxiliar de Operación de la Contraloría Electoral, a la Secretaría del Tribunal a fin de colaborar con el señor Javier Vega Garrido en su función de Asesor de la Gestión Político Institucional. Para concretar tal movimiento se contó con la colaboración del señor Jaime Madriz Muñoz, Contralor Electoral, quien prestó al funcionario con la respectiva plaza hasta diciembre de este año. No obstante, en sesión n.º 109-2007, este Tribunal aprobó el ascenso interino del señor Araya Olmos a una plaza de Asistente Funcional en la Inspección Electoral.

En virtud de lo anterior, el señor Carías Mora remite el oficio n.º AGPI-036-2007 suscrito por el señor Vega Garrido, en el que – siempre con la anuencia del señor Contralor Electoral – solicita el traslado interino de la señora Ana Beatriz Morales Mora para que continúe ejecutando la labor que tenía a su cargo el servidor Billy Araya Olmos, en el entendido que el nuevo préstamo de la empleada será siempre con su respectiva plaza, a partir del 16 de noviembre del año en curso y hasta diciembre de este año.

Se dispone: Aprobar el traslado interino de la funcionaria Morales Mora, a partir del 16 de noviembre y hasta diciembre del año en curso, conforme se solicita. ACUERDO FIRME.

d) Del señor Gerardo Hernández Granda, Jefe a.i. del Departamento de Tecnologías de Información y Comunicaciones, se conoce oficio n.º 2150-2007 del 09 del mes en curso, mediante el cual recomienda que se inicien las gestiones necesarias a efecto que se prorrogue el “CONVENIO DE COOPERACIÓN INTERINSTITUCIONAL PARA EL PRÉSTAMO DE EQUIPO INFORMÁTICO ENTRE EL INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD Y EL TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES”, suscrito entre ambas partes el 29 de enero de 2007, de conformidad con lo establecido en su cláusula cuarta, lo que justifica en la necesidad de que dicho equipo permanezca en funcionamiento por lo menos por seis meses más, con posterioridad a la puesta en marcha de la migración de los sistemas civil y electoral la cual, en principio, se estaría realizando a partir de la primera semana de diciembre de 2007.

Se dispone: Acoger la recomendación propuesta. Proceda el Departamento Legal a preparar el proyecto de solicitud de prórroga respectivo, el cual se autoriza a suscribir al Magistrado Presidente de este Tribunal. De acoger el ICE la solicitud y con la colaboración del Departamento de Tecnologías de Información y Comunicaciones, procederá el Departamento Legal a tramitar lo necesario para concretar la suscripción del addendum de prórroga correspondiente a un período adicional de doce meses. ACUERDO FIRME.

e) Del señor Gilberto Calderón Alvarado, Procurador de la Ética de la Función Pública se conoce oficio n.º AEP-392-2007, de fecha 13 de noviembre del año en curso, al cual adjunta el resultado de las actuaciones que se han generado con ocasión de la denuncia interpuesta por la Defensoría de los Habitantes contra los señores Kevin Casas Zamora y Fernando Sánchez Campos ante la Procuraduría General de la República.

Se dispone: Túrnese a la Magistrada o al Magistrado que corresponda. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO TERCERO.- De la señora Grace García Muñoz y los señores Fabián de Jesús Pacheco Rodríguez y Jaime Enrique García González se conoce escrito sin número ni fecha, recibido en la Secretaría del despacho el día 13 de noviembre de 2007, mediante el cual presentan solicitud de autorización para recolectar firmas a fin de convocar a referéndum vía iniciativa popular en 2008, en relación con los proyectos de ley con números de expediente legislativo 16.327 y 16.590, que respectivamente corresponden a “Ley de Obtenciones Vegetales” y “Aprobación del Convenio Internacional para la Protección de Obtenciones Vegetales”, de los cuales adjuntan copias simples. Los solicitantes justifican su propuesta mediante una serie de consideraciones y manifiestan que los proyectos de ley en cuestión no son relativos a materia presupuestaria, tributaria, fiscal, monetaria, crediticia de pensiones, seguridad, aprobación de empréstitos y contratos o actos de naturaleza administrativa; además destacan que la solicitud se presenta con la finalidad de que la consulta popular se realice durante el año 2008, considerando que en 2007 ya se realizó un referéndum en el cual, los proyectos predichos no estuvieron comprendidos. Asimismo agregan que los proyectos respecto de los cuales se solicita autorización para recolectar firmas, cuentan con informe del Departamento de Servicios Técnicos de la Asamblea Legislativa, que dicha asamblea ya realizó las consultas obligatorias correspondientes y que en ambos casos los textos fueron debidamente publicados en el diario oficial “La Gaceta” , por lo que estiman que de conformidad con la jurisprudencia de este Tribunal, es posible prescindir del trámite de una nueva publicación. Finalmente procuran la acumulación, en un solo acto comicial, de las consultas sobre ambos expedientes legislativos y solicitan hacer entrega de las hojas para la recolección de firmas “(…) a la mayor brevedad posible, a efecto de permitir la efectiva realización del derecho constitucional de iniciativa popular para la convocatoria de consultas populares bajo la modalidad de referéndum.(…)”.

Se dispone: Túrnese a la Magistrada o al Magistrado que corresponda.

ARTÍCULO CUARTO.- De la señora Roxana Salazar, Presidenta de Transparencia Costa Rica se conoce fax, mediante el cual se refiere a la denominada agenda de implementación, la cual entiende debe ser aprobada sin reclamo alguno, en vista del resultado del referéndum sobre el TLC. Pregunta asimismo la señora Salazar si -con vista en los oficios n.º DPAL-684-2007 de 25 de abril y n.º DPAL-091-2007 de 21 de junio, ambos de este año, los que generaron los acuerdos que el Tribunal adoptó en las sesiones n.º 39-2007, artículo 2º y n.º 57-2007, artículo 2º- la convocatoria a referéndum incluía las leyes complementarias y -de ser así- con base en qué acuerdo legislativo se incluyeron.

Se dispone: Hágasele llegar copia a la gestionante de la resolución n.º 977-E-2007, en que este Tribunal se refiere a la temática que interesa.

ARTÍCULO QUINTO.- Del señor Rafael Carrillo Lara, Presidente de la Unión Costarricense de Cámaras y Asociaciones del Sector Empresarial Privado (UCCAEP) se conoce fax correspondiente a copia de oficio n.º P-112-07 de fecha 09 de noviembre 2007, mediante el cual se refiere al oficio n.º PAC-JF-159-07 que le remitió la señora diputada Elizabeth Fonseca Corrales, Jefa de Fracción del Partido Acción Ciudadana, copia del cual conoció este Tribunal en el artículo quinto de la sesión ordinaria n.º 110-2007, del 08 de los corrientes.

Se dispone: Tomar nota.

A las doce horas terminó la sesión. 

 
 
 
Luis Antonio Sobrado González
 
 
 
 
Eugenia María Zamora Chavarría
 
 
 
 
Max Alberto Esquivel Faerron