ACTA Nº 137-2006

 

Sesión ordinaria celebrada por el Tribunal Supremo de Elecciones a las nueve horas del quince de junio del dos mil seis, con asistencia de los señores Magistrados Oscar Fonseca Montoya, quien preside, Luis Antonio Sobrado González, la señora Magistrada Eugenia María Zamora Chavarría y los señores Magistrados Juan Antonio Casafont Odor y Ovelio Rodríguez Chaverri. 

ARTÍCULO PRIMERO.- Se leyó y aprobó el acta de la sesión ordinaria inmediata anterior.

ARTÍCULO SEGUNDO.- Se conocen los siguientes asuntos:

a) Se dispone: Con fundamento en los artículos 99 y 102 .9 de la Constitución Política de la República de Costa Rica y lo dispuesto en la Ley Nº 4519 del 24 de diciembre de 1969, denominada Ley de Salarios y Régimen de Méritos del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil,

CONSIDERANDO

I.- Que el artículo número 10 del Reglamento para el Régimen de Carrera profesional en el Tribunal Supremo de Elecciones contempla, en su inciso h), el reconocimiento de un incentivo denominado “Responsabilidad por el ejercicio profesional de la función electoral”, el cual se aplica para todos los funcionarios que cumplan los requisitos que establece dicha reglamentación y consiste en un plus salarial equivalente al 18% del respectivo sueldo base.

II.- Que el Tribunal Supremo de Elecciones, en su sesión número 134-2006 del 6 de junio de 2006, tomando en consideración las especiales funciones que la Constitución, la Ley Orgánica y el Código Electoral establecen para el cargo de Director General del Registro Civil, estimó procedente reconocer en dicho puesto los altos niveles de responsabilidad que le son inherentes y el calificado grado de la consecuencia del error, motivo por el cual resolvió aumentar para este cargo el reconocimiento por la responsabilidad en el ejercicio profesional de la función electoral a un 25% sobre el salario base.

DECRETA

Artículo 1.- Modifíquese el inciso h) del artículo 10 del Reglamento para el Régimen de Carrera Profesional, aprobado el 12 de octubre de 1999 y publicado en La Gaceta Nº 210 del 29 de octubre de 1999, para que en lo sucesivo se lea de la siguiente manera:

“Articulo 10.- (…)

h)- Responsabilidad por el ejercicio profesional de la función electoral: 

A quienes cumplan con los requisitos que establece el presente reglamento, se les reconocerá un plus salarial equivalente al 18% de su sueldo base, con excepción del cargo de Director General del Registro Civil en cuyo caso el plus será de un 25 % sobre su sueldo base.”.

Artículo 2.- Rige a partir de su publicación en el Diario Oficial, la cual se ordena. ACUERDO FIRME.

b) El señor Magistrado Luis Antonio Sobrado González informa que ha sido invitado por el Centro de Asesoría y Promoción Electoral (CAPEL), para que en representación del Tribunal, intervenga como observador en las elecciones a celebrarse en México el próximo 2 de julio. Agrega que la respectiva misión de observación se prolongará del 28 de junio al 4 de julio, inclusive.

Igualmente la Magistrada Eugenia María Zamora Chavarría, informa que la misión de observación electoral en Bolivia, se prolongará del 30 de junio al 4 de julio, inclusive.

Salen del Salón de Sesiones los señores Magistrados Luis Antonio Sobrado González y Eugenia María Zamora Chavarría.

Se dispone: Para sustituir al Magistrado Sobrado González, previo sorteo se designa al Lic. Fernando del Castillo Riggioni. Infórmese a la Magistrada Marisol Castro Dobles, de los días que específicamente cubrirá su sustitución, oportunamente acordada. ACUERDO FIRME.

Reingresan al Salón de Sesiones los señores Magistrados Luis Antonio Sobrado González y Eugenia María Zamora Chavarría.

c) Del señor Fernando Víquez Jiménez, Director Ejecutivo, se conoce:

1) Oficio Nº 666-DE del 13 de junio del 2006, mediante el cual literalmente dice:

“El señor Gilberto Gómez Guillén, Contador, mediante Oficio Nº 244-2006 del 30 de marzo del año en curso, página 2, informó a esta Dirección -entre otros asuntos- que el componente salarial “Otros sobresueldos” será eliminado a partir de enero del año próximo por el Ministerio de Hacienda como parte del sistema de pagos denominado “INTEGRA”.

Dicho rubro se utiliza únicamente para los profesionales en ciencias médicas en razón de que a esos puestos se les aplica tanto nuestra escala salarial como lo que corresponde a los pluses que establece la Ley de Incentivos Médicos, situación que ha provocado que sus salarios crezcan a un ritmo acelerado en relación con quienes tienen la misma remuneración básica por lo que, en opinión del señor Contador, resulta necesario revisar la legalidad de esta forma de pago, lo que el suscrito comparte y en razón de lo cual, salvo superior criterio, me permito solicitar que este asunto pase a conocimiento del Departamento Legal para el análisis respectivo.”

Se dispone: Conforme se solicita, pase este asunto al Departamento Legal para su estudio e informe a la mayor brevedad. ACUERDO FIRME.

2) Oficio Nº 44-2006 C. de C. del 13 de junio, al que adjunta copia del acta de la reunión Nº 571-06, celebrada el 12 de junio por la Comisión de Construcciones. Asimismo, de conformidad con lo consignado en el artículo quinto, solicita al Tribunal se comisione al Departamento Legal para que efectúe los trámites de segregación de la propiedad y gestione los planos catastrados de la finca matrícula #026778-000, que según Ley N° 8502, artículo 1º, inciso e), el Consejo Nacional de Producción donó al Tribunal con una extensión de 1.000 m2, que servirán para la instalación de la sede regional de Quepos.

Se dispone: Tomar nota. En cuanto a lo consignado en el artículo quinto, pase al Departamento Legal para el trámite que se sugiere. ACUERDO FIRME.

d) De la señora Mary Anne Mannix Arnold, Jefa a.i. del Departamento Legal, se conoce oficio Nº D.L. 262-2006 del 12 de junio del 2006, suscrito conjuntamente con el señor Gilberto Gómez Guillén, Contador, mediante el cual, en atención a lo dispuesto por este Tribunal en sesión Nº 124-2006, rinden el informe requerido con respecto a la solicitud de reajuste de precio del contrato de mantenimiento preventivo y correctivo de relojes marcadores, recomendando que, en razón de lo expuesto, el Tribunal acuerde el pago del reajuste solicitado, de conformidad con el cálculo y fecha de rige indicados por la Contaduría institucional, en el oficio N°. 284-2006 del 28 de abril del 2006, siendo necesario que, para hacer efectivo este reajuste, la Proveeduría Institucional emita los documentos de ejecución presupuestaria correspondientes.

Se dispone: Tener por rendido el informe que se somete a conocimiento de este Tribunal, cuya recomendación se acoge. En consecuencia se aprueba el reajuste solicitado en los términos indicados en el oficio del Contador de este Tribunal, Nº 284-206 del 28 de abril del 2006. Proceda la Proveeduría según corresponda. ACUERDO FIRME.

e) Del señor Jaime Madriz Muñoz, Contralor Electoral, se conoce oficio Nº. 116-2006 C.E. del 14 del mes en curso, mediante el cual somete a conocimiento de este Tribunal, la División Territorial Electoral que regirá en las próximas elecciones municipales del 3 de diciembre del 2006, cuyo contenido resume. Asimismo, el señor Madriz Muñoz recomienda, dictar el decreto respectivo y ordenar su publicación en el Diario Oficial. Además sugiere se comisione a la Oficina de Comunicación y Relaciones Públicas (sic) a los efectos de formalizar el tiraje de ejemplares que estarán disponibles para quienes lo soliciten y para uso interno.

Se dispone: Aprobar. Procédase conforme se recomienda. ACUERDO FIRME.

f) Del señor Javier Vega Garrido, Proveedor, se conoce:

1) Oficio Nº 1338 del 12 de junio del 2006, quien, con fundamento en los argumentos que se sirve exponer, sugiere se valore la posibilidad de establecer formalmente con el Ministerio de la Presidencia, el posible dictado de un decreto en virtud del cual deban las instituciones públicas facilitar vehículos y choferes al Tribunal para la organización de las elecciones, cuya eficacia surgirá a partir de la convocatoria a elecciones que corresponda y según los requerimientos institucionales de cada momento. Se propone además que el señor Héctor Fernández Masís, Coordinador de Programas Electorales, proponga una agenda de trabajo con la participación de los funcionarios que indica. Asimismo informa sobre el proceso de contratación de vehículos que se lleva a cabo para el Programa de Transmisión de Datos.

Se dispone: Para su estudio y recomendación pase al señor Coordinador de Programas Electorales. ACUERDO FIRME.

2) Oficio Nº 1407-2006 del 14 de junio del 2006, mediante el cual somete a consideración de este Tribunal, el informe relativo a la licitación pública Nº 07-2006: “Reforzamiento de un computador SUN 6500”, y de conformidad con las razones que expone, recomienda lo que se transcribe a continuación:

“… 6. RECOMENDACIÓN

Desde los estudios previos y justificaciones técnicas que determinaron esta contratación, se estableció que, el reforzamiento del computador Sun E6500 constituye actividad primordial como parte del proceso tendiente a asegurar la plataforma destino producto de una virtual migración de datos del A-14, de ahí que tomando ello en consideración y lo recomendado por el DTIC, el suscrito considera que puede recaer el acto de adjudicación sobre la oferta presentada por Control Electrónico S.A. (CESA) por el reforzamiento del computador SUN E6500, por un monto total de US$ 183.729,62, que al tipo de cambio vigente de ¢ 512.43 x US$1.00 equivale a ¢ 94.148.569,18, monto que resulta financiable para dicho acto, según los fondos separados (¢ 98.0 millones) de los cuales solo considera un 4.08% para diferencial cambiario y que en el tiempo, de acuerdo con la proyección realizada, cubriría hasta mediados de noviembre.

En caso de que la recomendación que precede sea acogida, es indispensable que se ordene al Departamento Legal la inmediata formalización del negocio en simple documento que deberá someterse a refrendo contralor por su cuantía. 

Finalmente, en este caso actúa como órgano fiscalizador el Jefe a.i. del DTIC, quien por tener a cargo el seguimiento de la ejecución contractual, deberá informar oportunamente a la Proveeduría sobre la fecha en que se estima concluirán las actividades derivadas del proyecto, de tal manera que con antelación se gestione ante el Jefe de Programa la asignación de recursos adicionales para cubrir la totalidad del eventual diferencial cambiario.”

Se dispone: Adjudicar conforme se propone. Procede la jefatura del Departamento de Tecnologías de Información y Comunicaciones, según se sugiere. Comuníquese a la Proveeduría, al Departamento de Tecnologías de Información y Comunicaciones, a la Dirección Ejecutiva y al Departamento Legal. ACUERDO FIRME.

g) Del señor Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio Nº 1108-2006-DRH del 14 de junio del 2006, mediante el cual eleva a consideración de este Tribunal, nota recibida en el despacho a su cargo el pasado 12 de junio, que suscribe Halley Scott Hernández Bogarín, funcionario interino de la institución, en la cual solicita que se le conceda una licencia sin goce de salario por espacio de tres meses, contados a partir del próximo 16 de junio y en virtud de los motivos que se sirve exponer. Asimismo, el señor Carías Mora efectúa un análisis de la situación que se presenta en el caso concreto, dado que el gestionante ocupa una plaza interina de Servicios Especiales, la cual no podría utilizarse para contratar a otro empleado por las razones que se indican. Además, se comunica que el señor Hernández Bogarín manifiesta que, si por alguna razón no se le pudiera conceder la licencia que pretende, entonces se tramite su renuncia a partir de la misma fecha.

Se dispone: Dadas las limitaciones legales a que se refiere el Lic. Carías Mora se acepta la renuncia planteada. Póngase en conocimiento del interesado, el Departamento de Recursos Humanos y el Departamento Legal. ACUERDO FIRME.

h) Del señor José Merino del Río, Presidente del Comité Ejecutivo del Partido Frente Amplio, se conoce:

1) Oficio Nº JMR-JFFA-121-2006, del 14 del mes en curso, mediante el cual solicita se les facilite con carácter de urgencia, copia del expediente que lleva el Tribunal Supremo de Elecciones, referente a la información contable de esa agrupación política.

Se dispone: Atienda la Secretaría del despacho lo solicitado. ACUERDO FIRME.

2) Nota del 13 de junio del 2006, mediante la cual, por las razones que expone, solicita una audiencia por el Tribunal Supremo de Elecciones lo más pronto posible.

Se dispone: Conceder la audiencia solicitada para el próximo viernes 16 de junio a las 10:00 a.m. ACUERDO FIRME.

i) Del señor Miguel A. Mata Venegas, Presidente del Comité Ejecutivo del Partido Goicoechea en Acción, se conoce oficio sin número del 14 del mes en curso, mediante el cual solicita la asignación de un delegado de este Tribunal, para supervisión de la Asamblea Distrital que han reprogramado realizar el próximo 24 de junio, conforme lo detalla.

Se dispone: Se aprueba la supervisión correspondiente en la medida de lo posible. Póngase en conocimiento de la Coordinación de Programas Electorales, para lo de su cargo. Respecto a la jornada extraordinaria que se genere, pase a la Dirección Ejecutiva para los efectos pertinentes. ACUERDO FIRME.

j) Del señor Alberto Cañas Escalante, Presidente a.i. del Partido Acción Ciudadana, se conoce:

1) Oficio Nº PAC-CE-184-2006 del 13 del mes en curso, mediante el cual suministra los resultados de las asambleas distritales que puntualiza del cantón de Santa Ana.

Se dispone: Póngase en conocimiento de la Dirección General del Registro Civil para lo de su cargo. ACUERDO FIRME.

2) Oficios Nº PAC-CE-185-2006 y PAC-CE-187-2006 ambos del 13 del mes en curso, mediante los cuales solicita la designación de delegados ya que dicha agrupación política realizará asambleas cantonales en Tibás de la provincia de San José y Santa Cruz de Guanacaste, detallando fechas, horas, direcciones y agendas, respectivamente.

Se dispone: Se aprueba la fiscalización correspondiente en la medida de lo posible. La fiscalización que se autoriza no prejuzga sobre la validez de la asamblea por defectos y omisiones en la realización de las asambleas que debieron precederle o por cualquier otro motivo jurídicamente relevante, a determinar, en su oportunidad por la Dirección General del Registro Civil. Póngase en conocimiento de la Coordinación de Programas Electorales, para lo de su cargo. Respecto a la jornada extraordinaria que se genere, pase a la Dirección Ejecutiva para los efectos pertinentes. ACUERDO FIRME.

k) De la señora María Lydia Sánchez Valverde, Secretaria General del Partido Liberación Nacional, se conoce fax correspondiente a oficio sin número y con fecha ilegible recibido en esta Secretaría el 15 del mes en curso, mediante el cual, en atención al oficio Nº 3721-TSE-2006 del 13 de junio en curso, adjunta copia de la carta suscrita por la señora Hazel Córdoba Soto, Asesora del Viceministro de Educación Pública, en la cual les solicita la información que indica, por lo que pide se les otorgue un tiempo prudencial para enviar el respectivo permiso para el uso de las instalaciones correspondientes.

Se dispone: Otorgar prórroga hasta el 23 de junio en curso. ACUERDO FIRME.

l) Del señor Héctor Ramírez Zapata, Secretario General del Comité Ejecutivo del Partido Fuerza Comunal Desamparadeña, se conoce fax correspondiente a oficio sin número y sin fecha recibido en esta Secretaría el 14 del mes en curso, mediante el cual solicita el envío de un delegado de este Tribunal, para la supervisión de la Asamblea Distrital de San Miguel, que han programado realizar el próximo 24 de junio, conforme lo detalla.

Se dispone: Se aprueba la supervisión correspondiente en la medida de lo posible. Póngase en conocimiento de la Coordinación de Programas Electorales, para lo de su cargo. Respecto a la jornada extraordinaria que se genere, pase a la Dirección Ejecutiva para los efectos pertinentes. ACUERDO FIRME.

m) De la señorita Kattia Oreamuno Bermúdez, del Partido Movimiento Libertario, se conoce fax correspondiente a oficio sin número del 31 de mayo del 2006, mediante el cual solicita una audiencia para el señor Otto Guevara Guth y el Secretario General Ronaldo Alfaro García, con los señores Magistrados, con el fin de realizar consultas varias del Partido.

Se dispone: Fijar al efecto las 11:00 horas del 11 de julio del 2006. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO TERCERO.- La señora Magistrada Eugenia María Zamora Chavarría informa que recibió oficio Nº PE-0869-06 de fecha 7 de junio de 2006, el cual adjunta, suscrito por la Licda. Jeannette Carrillo Madrigal, Presidenta Ejecutiva del Instituto Nacional de las Mujeres, en la que le solicita una audiencia, con el objetivo de expresar su disposición e interés de continuar coordinando acciones con este Organismo Electoral, en vista de las razones que expone.

Se dispone: Tomar nota. Se queda a la espera del informe de la Magistrada Zamora sobre el resultado de la reunión.

ARTICULO CUARTO.- Del señor Alejandro Bermúdez Mora, Secretario del despacho, se conoce oficio Nº 3770-TSE-2006 del 14 de junio del 2006, mediante el cual informa que a hoy, en el volumen Nº 31 del Libro de Actas, se ha logrado poner nuevamente al día la impresión correspondiente. Asimismo, señala el señor Bermúdez Mora que, para los efectos de que se consigne lo necesario en dicho volumen, así como en el anterior, se hace necesario que el Tribunal tome un acuerdo señalando que las razones de apertura que consigna el señor Auditor Interno en los mismos, son de fecha posterior a las actas de las sesiones que incluye, por motivo del atraso provocado por el extravío de los folios del volumen Nº 29, y del cual se informó al Tribunal en oficio Nº 2000-TSE-2006, conocido en la sesión ordinaria Nº 110-2006 del pasado 28 de marzo.

Se dispone: Tomar nota de lo informado por el Secretario del despacho, lo cual se pondrá de inmediato en conocimiento de la Auditoría Interna institucional. En razón de lo solicitado, hágase constar en el Libro de Actas de este Tribunal que los volúmenes Nº 30 y 31, llevan razones de apertura de fecha posterior a las actas que se han vertido en ellas en razón del atraso provocado en la impresión por motivo del extravío señalado.

ARTÍCULO QUINTO.- Del señor Jaime Madriz Muñoz, Contralor Electoral, se conoce oficio Nº 114-2006 C.E. del 13 de junio del 2006, mediante el cual informa sobre el resultado de la labor de fiscalización, verificación y contabilidad de los movimientos al Padrón Nacional Electoral, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 18 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil, correspondiente al mes de abril de 2006.

Se dispone: Tomar nota. Continúese informando oportunamente al Tribunal sobre el particular.

ARTICULO SEXTO.- De la señora Mary Anne Mannix Arnold, Jefa a.i. del Departamento Legal, se conoce:

a) Oficio Nº D.L. 264-2006 del 12 de junio del 2006, mediante el cual, en atención a lo dispuesto por este Tribunal en sesión Nº 125-2006, artículo sétimo, al conocer el oficio N° 290-2006 del señor Gilberto Gómez Guillén, Contador institucional, en relación con el pago de jornada extraordinaria a un grupo de exfuncionarios, encomendándole al despacho a su cargo, el dictado de las resoluciones correspondientes; de conformidad con las razones que expone, indica que dicho Departamento considera que para que el Tribunal pueda reconocer legalmente el pago de la jornada extraordinaria al grupo de exfuncionarios en cuestión, debe existir previamente una solicitud de pago presentada. Agrega la señora Mannix Arnold, que si el Tribunal mantiene la posición de que se debe realizar el pago de oficio, avalando la posición del señor Contador, ese Departamento procedería a realizar lo ordenado a la mayor brevedad posible.

Se dispone: Llevando razón la jefatura del Departamento Legal, se deja sin efecto el acuerdo visible al artículo sétimo de la sesión Nº 125-2006. Póngase en conocimiento del señor Contador. 

b) Oficio Nº D.L. 269-2006 del 13 de junio del 2006, mediante el cual rinde el informe que le fue solicitado según acuerdo adoptado en sesión ordinaria Nº 18-2005, celebrada el 17 de febrero del año pasado, sobre la situación jurídica de Fernando Valverde Corrales, Oficial de Seguridad institucional, a quien el Departamento de Control de Armas y Explosivos del Ministerio de Seguridad Pública denegó el permiso de portación de armas, y de conformidad con los argumentos que expone recomienda lo que se transcribe a continuación:

“… E) Recomendación.

De conformidad con lo expuesto y considerando lo manifestado por los citados funcionarios del Departamento de Control de Armas y Explosivos del Ministerio de Seguridad Pública, recomendamos que el Tribunal ordene a la Oficina de Seguridad y Vigilancia realizar las gestiones correspondientes a fin de que al señor Valverde Corrales le sea otorgado el respectivo permiso de portación de armas. Para tal efecto, conocedores que el Departamento de Recursos Humanos suele ser quien gestiona la certificación de antecedentes judiciales que la Oficina de Seguridad y Vigilancia adjunta a la solicitud, sugerimos que ese Departamento adjunte a su gestión copia de la sentencia de repetida cita, constante en folios 84 bis a 94 del prontuario del servidor, así como fotocopia de la certificación del Registro de Delincuentes visible a folio 78 del referido prontuario, explicando la discordancia entre ambos documentos indicada en este informe, con el objeto de que el Registro Judicial realice la corrección correspondiente.

En caso que la licencia de portación de armas no sea otorgada, recomendamos que el Departamento de Recursos Humanos determine si resulta conveniente y factible reubicar al señor Valverde Corrales en otra dependencia administrativa, en tanto el Manual de Puestos institucional contempla como requisito para el nombramiento de oficiales de seguridad, contar con la referida licencia.

Si estando en el supuesto anterior el Departamento de Recursos Humanos determinare que no es factible proceder conforme a lo indicado en el párrafo precedente, recomendamos que la Oficina de Seguridad y Vigilancia informe al Tribunal en qué puestos específicos puede destacar al señor Valverde Corrales, por no resultar indispensable el uso de armas.”

Se dispone: Procédase conforme lo recomienda el Departamento Legal institucional.

ARTICULO SETIMO.- Del señor Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, se conoce:

a) Oficio Nº 1100-2006-DRH del 12 de junio del 2006, mediante el cual eleva a consideración de este Tribunal, oficio Nº 950-DTIC del pasado 2 de junio, que suscribe el señor Gerardo Hernández Granda, Jefe a.i. del Departamento de Tecnologías de Información y Comunicaciones (DTIC), según el cual solicita el nombramiento interino del señor Luis Andrés Camacho Montero, en la plaza de Coordinador de Gestión que ha quedado nuevamente vacante en esa oficina, dado el ascenso de su anterior ocupante, señor Esteban Brenes Hernández, a una plaza de Profesional de Apoyo en forma interina. Agrega el señor Carías Mora que, de no existir objeciones, bien se puede nombrar al señor Camacho Montero también en forma interina, en el puesto número 45465 del DTIC, como Coordinador de Gestión, lo que se haría con fundamento en los artículos 9 y 25 del Reglamento a nuestra Ley de Salarios, a partir del próximo 1º de julio y hasta que se designe al nuevo propietario de esa plaza.

Se dispone: Aprobar el nombramiento interino de Luis Andrés Camacho Montero, conforme se propone, a partir del 1º de julio del año en curso.

b) Oficio Nº 1103-2006-DRH del 13 de junio del 2006, mediante el cual, en virtud de las razones que expone y para lo que a bien tenga disponer este Tribunal, adjunta copia de los respectivos antecedentes, de las consultas formuladas por las señoras Sunny Cascante Ortega y Arelis Hidalgo Alcázar, exfuncionarias de la institución, quienes al momento de sus respectivos ceses de funciones se encontraban en estado de embarazo.

Se dispone: Para su estudio e informe pase al Departamento Legal institucional.

ARTICULO OCTAVO.- Del señor Gerardo Hernández Granda, Jefe a.i. del Departamento de Tecnologías de Información y Comunicaciones, se conoce oficio Nº 1009 DTIC del 12 de junio del 2006, mediante el cual informa que a la aplicación de consulta por número de cédula al Padrón Nacional Electoral, ubicado en el sitio web institucional, denominada “Donde Votar” se le realizaron mejoras tecnológicas, con el propósito de brindar a los usuarios un mejor servicio sobre la información de la inscripción actual y el histórico de sus ubicaciones electorales anteriores. Además permite la búsqueda a través de diferentes criterios, los que puntualiza.

Se dispone: Tomar nota. La Oficina de Comunicación y Protocolo hará un comunicado de prensa sobre el particular.

ARTICULO NOVENO.- Del señor Olivier López Jiménez, Jefe de la Sección de Cédulas, se conoce oficio Nº 185-C-2006 del 13 de junio del 2006, mediante el cual se refiere al acuerdo tomado en sesión Nº 135-2006 del 8 de junio en curso, en la que se le solicitó que rindiera criterio respecto del informe del traslado pendiente del archivo de sobres fotográficos, indicando que el mismo depende de que la Comisión de Construcciones disponga de un nuevo espacio físico para ubicarlo.

Se dispone: Póngase en conocimiento del señor Contralor de Servicios, de la Jefatura de Padrón Electoral y de la Comisión de Construcciones.

ARTICULO DECIMO.- De la señora Clotilde Fonseca, Directora Ejecutiva de la Fundación Omar Dengo, se conoce fax correspondiente a oficio Nº DE 171-2006 del 16 de mayo del 2006, mediante el cual acusa recibo del oficio Nº 3014-TSE-2006 de la Secretaría del despacho, en el que se les comunica el acuerdo de este Tribunal de participar en el proyecto Desarrollo de Capacidades Ciudadanas en Estudiantes de Secundaria, en calidad de colaborador de implementación. Además agradece el apoyo al proyecto que firma el señor Magistrado Presidente de este Organismo Electoral. Agrega que se está a la espera de la respectiva resolución del Fondo de Naciones Unidas, de cuyo resultado informarán a este Tribunal.

Se dispone: Tomar nota.

ARTICULO DECIMOPRIMERO.- Del señor Luis Alberto Cordero Arias, Director Ejecutivo de la Fundación Arias para la Paz y el Progreso Humano, se conoce oficio Nº FA-157-06 del 8 de mayo del 2006, mediante el cual, de conformidad con las razones que expone, adjunta cinco ejemplares del libro “La cara de la violencia urbana en América Central”, el cual fue presentado en el Centro Cultural de México el día 16 de mayo de 2006.

Se dispone: Agradecer al señor Cordero Arias, el envío de esos importantes documentos.

ARTICULO DECIMOSEGUNDO.- Del señor Rafael Villegas Antillón se conoce nota del 13 de junio del 2006, quien, para conocimiento y lo que en derecho corresponda, acompaña copia de la sentencia número 497-06, dictada por el Juez Omar White, el dos de junio del año en curso, según la cual se condena al señor Víctor Manuel Vargas Meneses, autor responsable del delito de difamación cometido en su perjuicio.

Se dispone: Tomar nota.

A las dieciséis horas terminó la sesión. 

 
 
 
 
Oscar Fonseca Montoya
 
 
 
 
 
 
 
Luis Antonio Sobrado González
 
 
 
 
 
 
 
Eugenia María Zamora Chavarría
 
 
 
 
 
Juan Antonio Casafont Odor
 
 
 
 
 
Ovelio Rodríguez Chaverri