ACTA Nº 141-2006
Sesión ordinaria celebrada por el Tribunal Supremo de Elecciones a las nueve horas del veintinueve de junio del dos mil seis, con asistencia del señor Magistrado Oscar Fonseca Montoya, quien preside, la señora Magistrada Eugenia María Zamora Chavarría, y los señores Magistrados Juan Antonio Casafont Odor, Ovelio Rodríguez Chaverri y Fernando del Castillo Riggioni.
ARTÍCULO PRIMERO.- Se leyó y aprobó el acta de la sesión ordinaria inmediata anterior, excepto por el señor Magistrado Del Castillo Riggioni, por no haber participado de dicha sesión.
ARTÍCULO SEGUNDO.- Se conocen los siguientes asuntos:
a) Del señor Alejandro Bermúdez Mora, Secretario del despacho, se conoce oficio Nº 3959-TSE-2006 del 27 de junio del 2006, mediante el cual somete a consideración de este Tribunal, terna para llenar la plaza vacante de Auxiliar de Operación en los puestos de información a cargo de la Contraloría de Servicios, a partir del próximo 1º o 16 de julio, según detalla.
Se dispone: Atendiendo la recomendación de la Jefatura respectiva, nombrar a la señora Lidia Conejo Calvo a partir del 1º de julio. ACUERDO FIRME.
b) De la señora Marisol Castro Dobles, Directora General del Registro Civil, se conoce oficio Nº 481-2006-D.G. del 27 de junio del 2006, mediante el cual, de conformidad con lo dispuesto en sesión Nº 137-2006, comunicado por oficio Nº 3810-TSE-2006 del 15 de junio en curso, solicita que durante su ausencia se encarguen sus funciones al Lic. Rodrigo Fallas Vargas.
Se dispone: Aprobar el encargo de funciones conforme se solicita. ACUERDO FIRME.
c) Del señor Fernando Víquez Jiménez, Director Ejecutivo, se conoce:
1) Oficio Nº 732-D.E. del 28 de junio del 2006, mediante el cual manifiesta lo que se transcribe a continuación:
“El Tribunal Supremo de Elecciones, en sesión Nº 139-2006 del 22 de este mes, Oficio Nº 3913-TSE-2006, al conocer el acta Nº 005-2006 de la Comisión de Asuntos Académicos, dispuso que esta Dirección tome las previsiones del caso para efectuar un traslado de recursos a efecto de darle contenido a la actividad denominada “El proceso electoral desde la óptica de la sociedad civil: estudio con grupos focales”, que estará organizando la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales (FLACSO).
Por su parte, en sesión 140-2006 del 27 de los corrientes, Oficio Nº 4005-TSE-2006, el Superior aprobó los movimientos presupuestarios propuestos por el suscrito en Oficio Nº 723-D.E., de lo que dio traslado a la Dirección General de Presupuesto Nacional del Ministerio de Hacienda, a la vez que, con base en el Oficio Nº 3977-TSE-2006, ordenó incluir el contenido necesario para el evento citado.
Por consiguiente y con el propósito de cumplir con lo dispuesto por el Tribunal, me permito recomendar que se adicione el traslado de recursos de referencia en la forma siguiente:
1) SUBPROGRAMA 850-02 ORGANIZACION DE ELECCIONES:
SUBPARTIDA A REBAJAR:
60402 Transferencias corrientes a Fundaciones: una vez concluido el pasado proceso electoral se podrá disponer de parte de los recursos destinados a la Fundación Omar Dengo (IP=200) concerniente a la transmisión de datos, por lo que se rebajan ¢8.0 millones.
SUBPARTIDA A AUMENTAR:
60701 Transferencias corrientes a organismos internacionales: se incrementa en ¢8.0 millones para dar cumplimiento a lo establecido por el Tribunal Supremo de Elecciones, en sesión Nº 139-2006 del 22 de este mes, Oficio Nº 3913-TSE-2006, en el sentido de darle contenido a la actividad denominada “El proceso electoral desde la óptica de la sociedad civil: estudio con grupos focales”, que estará organizando la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales (FLACSO) IP=206.
2) PROGRAMACIÓN PRESUPUESTARIA
No se ve afectada por los movimientos presupuestarios propuestos.
3) RECOMENDACIÓN
Al tenor de lo establecido en los artículos 99 y siguientes y 177 de la Constitución Política de la República de Costa Rica, con arreglo a los principios de gestión financiera y programación contenidos en el artículo 5, incisos b) y e), en ese orden, de la LAFPP, como consecuencia de lo expuesto y con base en el inciso r) del artículo 2º del Reglamento de esta Dirección Ejecutiva, se recomienda dirigir atenta instancia a la Dirección General de Presupuesto Nacional en el sentido que se adicione lo consignado en el Oficio Nº 4005-TSE-2006 en la forma siguiente:
REBAJAR:
TITULO 401
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES
PROGRAMA 850
SUBPROGRAMA 02- ORGANIZACION DE ELECCIONES
REGISTRO CONTABLE 401.850.02
60402 Transferencias corrientes a Fundaciones 8.000.000,oo
IP=200 Fundación Omar Dengo (Convenio soporte técnico y logístico para el programa de transmisión de datos para las elecciones de febrero, abril y diciembre del 2006. Corresponde a gasto electoral de conformidad con el artículo 177 de la Constitución Política). Cédula jurídica 3-006-084-760
TOTAL REBAJA DEL SUBPROGRAMA 850-02 8.000.000,oo
TOTAL REBAJA DEL TITULO 401 8.000.000,oo
AUMENTAR:
PROGRAMA 850
SUBPROGRAMA 02- ORGANIZACION DE ELECCIONES
REGISTRO CONTABLE 401.850.02
60701 Transferencias corrientes a Organismos Internacionales 8.000.000,oo
IP=206 Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales (FLACSO). (Para la realización de la actividad denominada “El proceso electoral desde la óptica de la sociedad civil: estudio con grupos focales”. Corresponde a gasto electoral de conformidad con el artículo 177 de la Constitución Política). Cédula jurídica 3-007-056353
TOTAL AUMENTAR DEL SUBPROGRAMA 850-02.................. 8.000.000,oo
TOTAL AUMENTAR DEL TITULO 401 8.000.000,oo
Se acompaña la certificación del saldo de la subpartida a rebajar emitida por la Contaduría y el cuadro “Uso y Aplicación de Recursos Subprograma 02”.
Se acuerda: Aprobar la recomendación que hace el señor Director Ejecutivo. Procédase en consecuencia conforme se sugiere. ACUERDO FIRME.
2) Memorando Nº 736 – D.E. del 28 del mes en curso, mediante el cual recomienda la aprobación de las solicitudes de pedido que se adjuntan, números 4010620261 y 4010620406, para atender la contratación de servicios de migración de datos del computador central y el alquiler de fotocopiadoras con la empresa DIFOTO, respectivamente.
Se dispone: Aprobar. Para efectos de ejecución del respectivo contrato se nombra como órganos fiscalizadores a los señores Jefes del Departamento de Tecnologías de Información y Comunicaciones, Jefatura del Archivo Microfilm, Archivo del Tribunal y Secretaría del TSE y Servicios Generales. ACUERDO FIRME.
d) De la señora Mary Anne Mannix Arnold y los señores Javier Vega Garrido y Fernando Víquez Jiménez, Jefa a.i. del Departamento Legal, Proveedor y Director Ejecutivo, respectivamente, se conoce oficio Nº 738 – D.E. del 28 del mes en curso, mediante el cual se refieren a las directrices para el registro, la validación y el uso de la información sobre la actividad contractual, y por las razones que se indican recomiendan según detallan.
Se dispone: Aprobar conforme se recomienda. Procédase en consecuencia. ACUERDO FIRME.
e) De la señora Mary Anne Mannix Arnold, Jefa a.i. del Departamento Legal, se conoce oficio Nº D.L. 282-2006 del 28 de junio del 2006, suscrito conjuntamente con el señor Gilberto Gómez Guillén, Contador, mediante el cual se refieren al acuerdo adoptado por este Tribunal en el artículo segundo, de la sesión ordinaria Nº 101-2006, celebrada el 23 de marzo del año en curso, relacionado con el oficio Nº SP-2006-013 con fecha 17 de marzo del 2006, suscrito por el Apoderado Generalísimo sin límite de suma de la empresa Unisys de Centro América S.A., según el cual planteó formal reclamo con el fin de que se les reconozca el pago de intereses por el retraso injustificado en el pago de las sumas correspondiente al contrato de “Compra, Arreglo de Discos y Servicio de Traslado de Información del Sistema Integral de Cédulas de Identidad (SICI), recomendando lo que se transcribe a continuación:
“…f. Recomendación.
Recomendamos al Tribunal que de compartirse el contenido del presente oficio, si a bien lo tiene, ordene a la Proveeduría que:
a. Remita al Departamento Legal un informe pormenorizado en relación con las gestiones realizadas por esa dependencia referentes a la cancelación mediante carta de crédito internacional y carta de crédito local, a la firma Unisys de C.A.S.A. a partir del 6 de mayo del 2004 en el primer caso y del 5 de julio del 2005 en el segundo.
b. Indique la fecha en que se ordenó la apertura de dichos documentos, si se requirió alguna información adicional al contratista, la fecha en que ésta fue presentada, la fecha en que efectivamente fueron acreditadas al beneficiario las sumas adeudadas así como cualquier otra información que resulte de interés, en criterio de la Proveeduría.
Una vez que se cuente con la información requerida, se establecerá de ser procedente el monto que se adeuda a la reclamante.
Asimismo con la finalidad de darle contenido económico a la subpartida 1.99.02 “Intereses Moratorios y Multas” , se ordene a la Dirección Ejecutiva se incluya un monto de ¢ 6.000.000,00 en el próximo traslado de partidas que tenga que realizar.”
Se dispone: Tener por rendido el informe. Procedan la Proveeduría y la Dirección Ejecutiva conforme se recomienda. ACUERDO FIRME.
f) Del señor Javier Vega Garrido, Proveedor, se conoce:
1) Oficio Nº 1576-06 del 26 del mes en curso, mediante el cual informa que los contratos suscritos entre el Tribunal Supremo de Elecciones y la empresa SECURE, S.A., por el servicio de SEGURIDAD Y VIGILANCIA en las Oficinas Regionales en San Carlos, Puntarenas, Pérez Zeledón, Heredia, Alajuela, Limón y Cartago, vencen el próximo 20 de setiembre. Asimismo, en la décima cláusula de cada contrato se previó una vigencia de un año contada a partir del refrendo contralor de mérito y la posibilidad de prorrogas por períodos iguales. Agrega el señor Vega que los Órganos Fiscalizadores recomiendan la prórroga de los contratos, y siendo consultada la Contaduría acerca de la existencia de contenido económico, se indicó que para el presente año existen los pedidos N° 4500046729, 4500046731, 4500046732, 4500046733, 4500046742, 4500046743 y la solicitud de pedido 4010620338, todos por la subpartida 10406: SERVICIOS GENERALES, y a nombre del contratista en mención. Asimismo, se aclara que dichos documentos de ejecución presupuestaria contemplan todos los pagos para el año en curso, en caso de que el Tribunal apruebe la prórroga de estos contratos.
Se dispone: Aprobar la prórroga de los respectivos contratos. ACUERDO FIRME.
2) Oficio Nº 1577-2006 del 27 de junio del 2006, mediante el cual informa sobre el resultado del estudio realizado a las ofertas que se sometieron a concurso dentro de la Licitación Restringida Nº 05-2006, promovida para la “Compra de toner (sic)”, y con fundamento en las razones que expone, recomienda lo que se transcribe a continuación:
“… 4.- CALIFICACIÓN Y RECOMENDACIÓN
Con base en lo dispuesto por el artículo 45.1.10 del RGCA se calificaron las ofertas de acuerdo con el precio como único factor de evaluación, lo que permitió seleccionar la mejor oferta con los resultados que lucen en el cuadro que se levantó y que se anexa a este informe, siendo que de conformidad con los artículos 4 de la LCA y 49.3 del RGCA, es posible para el Tribunal dictar el acto de adjudicación del siguiente modo:
A Direx Internacional S.A. lo siguiente |
Precio unitario |
Precio total |
|||
Ítem |
Cant |
Descripción |
||
Único |
240 |
Tonner (sic) par a (sic) impresora Okidata: modelo B6 100 |
$101,35 |
$24.324,00 |
Total a adjudicar a Direx S.A |
$24.324.,00 |
Finalmente, en consideración de la cuantía del negocio a adjudicar, el Departamento Legal definirá la vía de formalización apropiada y el Proveedor Institucional fungirá como Órgano Fiscalizador.”
Se dispone: Adjudicar conforme lo propone el señor Proveedor. Proceda el Departamento Legal según corresponda. ACUERDO FIRME.
3) Oficio Nº 1581-06 del 27 del mes en curso, mediante el cual informa que “…el contrato suscrito entre el Tribunal Supremo de Elecciones y la empresa ThyssenKrupp, por el servicio de mantenimiento preventivo y correctivo de cinco ascensores marca Sur y uno marca Enor, propiedad del Tribunal, vence el próximo 13 de setiempre (sic). Asimismo, en la sétima cláusula de la convención se previó una vigencia de seis meses contados a partir del día siguiente a aquél en que el Órgano Fiscalizador comunique por escrito al contratista, sobre la aprobación del presente contrato por parte de la Asesoría Jurídica del Tribunal, así como la posibilidad de dos prórrogas por períodos iguales, siendo ésta la última prórroga convenida, misma que operará siempre y cuando ninguna de las partes comunique por escrito a la otra, con al menos un mes de anticipación al vencimiento del plazo, su deseo de ponerle término al contrato.”; asimismo indica que “el indicado Órgano Fiscalizador recomienda la prórroga de los contratos, siendo que al ser consultada la Contaduría acerca de la existencia de contenido económico, el señor Minor Castillo Bolaños, Encargado del Área de Contabilidad, indicó que para el presente año existe el pedido N° 4500046833, por la subpartida 10801: MANTENIMIENTO DE EDIFICIOS Y LOCALES, a nombre del contratista en mención. Asimismo, se aclara que dicho pedido contempla todos los pagos para el año en curso, en caso de que el Tribunal apruebe la prórroga de estos contratos (sic).”
Se dispone: Aprobar la prorroga del respectivo contrato. Se le recuerda al señor Vega Garrido la obligación de informar a este Tribunal, con cuatro meses de anticipación a la fecha del término del respectivo contrato, de conformidad con lo dispuesto en sesión Nº 7553, que cita en su nota. ACUERDO FIRME.
4) Oficio Nº 1582-06 del 27 del mes en curso, mediante el cual informa “…que el contrato suscrito entre el Tribunal Supremo de Elecciones y la empresa I.T. Servicios de Infocomunicación S.A., por el servicio de mantenimiento preventivo y correctivo para el equipo activo de la red del Tribunal, vence el próximo 13 de setiempre (sic). Asimismo, en la décimo segunda cláusula de la convención se previó una vigencia de seis meses, así como la posibilidad de tres prórrogas por períodos iguales, siendo ésta la primera de ellas, misma que operará siempre y cuando ninguna de las partes comunique por escrito a la otra, con al menos un mes de anticipación al vencimiento del plazo, su deseo de ponerle término al contrato.”; asimismo indica que “…el indicado Órgano Fiscalizador recomienda la prórroga de los contratos (sic), siendo que al ser consultada la Contaduría acerca de la existencia de contenido económico, el señor Minor Castillo Bolaños, Encargado del Área de Contabilidad, indicó que para el presente año existe la solicitud de pedido N° 4010620264, por la subpartida 10808: MANTENIMIENTO Y REPARACIÓN DE EQUIPO DE CÓMPUTO Y SISTEMAS DE INFORMACIÓN. Asimismo, se aclara que dicha solicitud de pedido contempla todos los pagos para el año en curso, en caso de que el Tribunal apruebe la prórroga de este contrato.”.
Se dispone: Aprobar la prorroga del respectivo contrato. Se le recuerda al señor Vega Garrido la obligación de informar a este Tribunal, con cuatro meses de anticipación a la fecha del término del respectivo contrato, de conformidad con lo dispuesto en sesión Nº 7553, que cita en su nota. ACUERDO FIRME.
5) Oficio Nº 1585-06 del 27 del mes en curso, mediante el cual informa que “…el contrato suscrito entre el Tribunal Supremo de Elecciones y Radiográfica Costarricense S.A., por el servicio de INTERNET dedicado para la Sede Central, vence el próximo 29 de setiempre (sic). Asimismo, en la octava cláusula de la convención se previó una vigencia de 2 años, a partir de la notificación del primer addendum, así como la posibilidad de prórrogas por períodos iguales, teniéndose de hecho y de derecho por ocurrida la prórroga si ninguna de las partes da aviso en contrario a la otra, por lo menos con un mes de antelación al vencimiento del término original.”; asimismo indica que “…el indicado Órgano Fiscalizador recomienda la prórroga del contrato, siendo que al ser consultada la Contaduría acerca de la existencia de contenido económico, el señor Minor Castillo Bolaños, Encargado del Área de Contabilidad, indicó que para el presente año existe el pedido N° 4500046924, por la subpartida 10204: SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES, a nombre del contratista en mención. Asimismo, se aclara que dicho pedido contempla todos los pagos para el año en curso, en caso de que el Tribunal apruebe la prórroga de este contrato.”.
Se dispone: Aprobar la prórroga del respectivo contrato. Se le recuerda al señor Vega Garrido, la obligación de informar a este Tribunal, con cuatro meses de anticipación a la fecha del término del respectivo contrato, de conformidad con lo dispuesto en sesión Nº 7553, que cita en su nota. ACUERDO FIRME.
6) Oficio Nº 1586-06 del 27 del mes en curso, mediante el cual informa que “…el contrato suscrito con el señor Víctor Manuel García Barquero, por el servicio de mantenimiento preventivo y correctivo de los relojes marcadores propiedad de la Institución, vence el próximo 27 de setiembre. De igual modo, en la décima quinta cláusula de la convención se previó una vigencia de un año contado a partir del refrendo contralor de mérito y la posibilidad de prórrogas por períodos iguales, teniéndose éstas por operadas automáticamente si ninguna de las partes comunica por escrito a la otra su finalización, cuando menos con treinta días naturales de antelación.”; asimismo indica que “…el indicado Órgano Fiscalizador recomienda la prórroga del contrato, siendo que al ser consultada la Contaduría acerca de la existencia de contenido económico, el señor Minor Castillo Bolaños, Encargado del Área de Contabilidad, indicó que para el presente año existe el pedido N° 4500046821, por la subpartida 10807: MANTENIMIENTO Y REPARACIÓN DE EQUIPO Y MOBILIARIO DE OFICINA, a nombre del contratista en mención. Asimismo, se aclara que dicho pedido contempla todos los pagos para el año en curso, en caso de que el Tribunal apruebe la prórroga de este contrato.”
Se dispone: Aprobar la prórroga del respectivo contrato. Se le recuerda al señor Vega Garrido, la obligación de informar a este Tribunal, con cuatro meses de anticipación a la fecha del término del respectivo contrato, de conformidad con lo dispuesto en sesión Nº 7553, que cita en su nota. ACUERDO FIRME.
7) Oficio Nº 1590-2006 SUSTITUIR del 27 de junio del 2006, mediante el cual informa sobre el resultado del estudio de las ofertas sometidas con ocasión de la Licitación Pública N° 09-2006: “Compra de equipo de cómputo”, y de conformidad con las razones que expone, recomienda lo que se transcribe a continuación:
“… 6.- RECOMENDACIÓN.
De conformidad con el criterio del señor Jefe a.i. del DTIC, y por consistir el objeto de contrato en una pluralidad de renglones técnica y legalmente divisibles (artículo 37.2 del R.G.C.A.), es dable para el Tribunal con base en aquel criterio y lo dispuesto en el artículo 4 de la L.C.A. en relación con el 49.3 del R.G.C.A., dictar acto de adjudicación del siguiente modo:
A Sistemas Analíticos S.A. lo siguiente:
Item N° |
Cantidad |
Descripción |
Precio Unitario: |
Precio Total |
1 |
61 |
Microcomputadoras marca HP modelo dc 7600 PC CMT y demás características de la oferta |
US$ 875.00 |
US$ 53,375.00. |
Total a adjudicar a Sistemas Analíticos S.A.: US$ 53,375.00. |
A Componentes El Orbe S.A. lo siguiente:
Item N° |
Cantidad |
Descripción |
Precio Unitario: |
Precio Total |
2 |
2 |
Servidores para montaje en rack marca HP Proliant modelo DL585 y demás características descritas en la oferta |
US$ 18,810.36 |
US$ 37,620.72 |
3 |
3 |
microcomputadores portátiles marca HP modelo NC8230 y demás características ofertadas |
US$ 2,364.74 |
US$ 7,094.22 |
Total a adjudicar a Componentes El Orbe S.A.: US$ 44,714.94. |
A Importaciones Office de Costa Rica S.A. lo siguiente:
Item N° |
Cantidad |
Descripción |
Precio Unitario: |
Precio Total |
5 |
36 |
Impresoras de matriz de 80 columnas marca Epson modelo FX890 y demás características ofertadas, |
US$340.00 |
US$ 12,240.00 |
6
(parcial) |
8 |
Impresoras láser, velocidad de impresión no inferior a 19ppm, marca HP modelo DN2420 y demás características de la oferta |
US$925.00 |
US$7,400.00 |
7 |
4 |
Fuentes ininterrumpidas de poder (UPS) de 120V, marca Tripa Lite modelo 750 USB y demás características de la oferta |
US$110.00 |
US$ 440.00 |
Total a adjudicar a Importaciones Office de Costa Rica S.A.: US$ 20,080.00 |
En cuanto al ítem N° 4, con arreglo al artículo 29 de la LCA debe declararse desierto, siendo que por su estimación económica (¢ 1,300,000.00) puede adquirirse con base en un procedimiento de contratación directa (artículo 79.4) y en igual sentido se recomienda proceder con el ítem N° 6 para completar la cantidad originalmente requerida (13).
Finalmente, es indispensable que los negocios se formalicen por la vía que defina el Departamento Legal, siendo que la fiscalización contractual estará a cargo del Lic. Gerardo Hernández Granda, con los deberes, atribuciones y responsabilidades descritas en los artículos 15.2 y 15.3 del R.G.C.A.”
Se dispone: Adjudicar conforme lo recomienda el señor Proveedor institucional. Proceda el Departamento Legal según corresponda. ACUERDO FIRME.
8) Oficio Nº 1616-2006 del 28 de junio del 2006, mediante el cual, de conformidad con las razones que expone, solicita prórroga para rendir el informe que se le solicitó por acuerdo tomado en sesión ordinaria Nº 138-2006, celebrada el 20 de junio del año en curso, y comunicado por oficio Nº 3888-TSE-2006 en ese misma fecha, sobre la posibilidad de contratar directamente la solución para la continuidad del negocio SICI, para lo cual pide fijar como fecha para la entrega del mismo, el próximo miércoles 5 de julio.
Se dispone: Conceder la prórroga que se solicita. ACUERDO FIRME.
g) Del señor Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, se conoce:
1) Oficio Nº 1147-2006-DRH del 23 de junio del 2006, mediante el cual eleva a consideración de este Tribunal, oficio de la señora Marisol Castro Dobles, Directora General del Registro Civil, en el cual solicita que en la plaza de Asistente Funcional actualmente vacante en ese despacho, destinada para un profesional en Derecho a nivel de bachillerato universitario, se nombre en forma interina -mientras concluye el trámite para designar al nuevo propietario- al señor Carlos Luis Brenes Molina, quien cumple los requisitos que demanda dicho cargo. Agrega el señor Carías Mora que si no se tienen objeciones, bien se podría nombrar interinamente al señor Brenes Molina en el puesto número 97464 como Asistente Funcional de la Dirección General del Registro Civil, lo que se haría con fundamento en los artículos 9 y 25 del Reglamento a nuestra Ley de Salarios, a partir del próximo 1º de julio y hasta que se concrete la designación del nuevo propietario de esa misma plaza.
Se dispone: Aprobar el nombramiento interino conforme se propone, a partir del 1º de julio del año en curso y hasta que se concrete la designación del nuevo propietario. ACUERDO FIRME.
2) Oficio Nº 1148-2006-DRH del 26 de junio del 2006, mediante el cual eleva a consideración de este Tribunal, oficio del señor Gustavo Fitoria Mora, Jefe de la Sección de Servicios Generales, en el cual, en virtud de las razones que se exponen, solicita se nombre interinamente en la plaza de Trabajador Misceláneo 1 que indica, al señor Kenneth Alvarado Sandí, quien forma parte del registro de elegibles para ese tipo de cargos, cumple los requisitos que exige el Manual Descriptivo de Puestos y cuenta con disponibilidad e interés para el eventual nombramiento, lo mismo que con experiencia pues labora para Servicios Generales en un puesto idéntico desde hace un año, con un contrato que expira el próximo 30 de junio. Señala el señor Carías Mora que en caso de que este Tribunal no tenga objeciones, bien podría ubicarse al señor Alvarado Sandí en el puesto número 97619 como Trabajador Misceláneo 1 de Servicios Especiales en la Sección de Servicios Generales, lo que se haría con fundamento en los artículos 9 y 22 del Reglamento a nuestra Ley de Salarios, a partir del 1º de julio y hasta el 31 de diciembre de 2006.
Se dispone: Aprobar el nombramiento interino conforme se propone, a partir del 1º de julio del año en curso. ACUERDO FIRME.
3) Oficio Nº 1150-2006-DRH del 26 de junio del 2006, mediante el cual somete a consideración de este Tribunal, solicitud del Director Ejecutivo, para que en la plaza de Asistente Funcional de Servicios Especiales, que quedará vacante por las razones que se exponen a partir del 1º de julio entrante, se nombre a Rafael Esteban Arce Cubero, quien cumple con los requisitos que el cargo demanda y que actualmente labora en dicha Dirección, en una plaza de Auxiliar de Operación de Servicios Especiales. En caso de que no existan objeciones, el señor Carías Mora manifiesta que bien podría ubicarse al señor Arce Cubero en el puesto número 98727 como Asistente Funcional de Servicios Especiales, lo que se haría con fundamento en los artículos 9 y 22 del Reglamento a nuestra Ley de Salarios, a partir del próximo 1 de julio y hasta el 31 de diciembre de 2006.
Se dispone: Aprobar el nombramiento interino que se propone a partir del 1º de julio entrante. ACUERDO FIRME.
4) Oficio Nº 1151-2006-DRH del 26 de junio del 2006, mediante el cual somete a consideración de este Tribunal, solicitud del señor Javier Vega Garrido, Proveedor, para ocupar la plaza de Auxiliar de Operación de Servicios Especiales que se indica, para lo cual propone se nombre al señor Reynaldo Grijalba Sevilla, quien integra el registro de elegibles y cumple los requisitos que para tales efectos se han establecido, y ya conoce a la institución, pues laboró dentro del grupo de funcionarios de Servicios Especiales que reforzaron a este organismo durante el proceso electoral de febrero pasado. Agrega el señor Carías Mora que en caso de no existir objeciones, bien podría ubicarse al señor Grijalba Sevilla en el puesto número 97652 como Auxiliar de Operación de Servicios Especiales en el Departamento de Proveeduría, lo que se haría con fundamento en los artículos 9 y 22 del Reglamento a nuestra Ley de Salarios, a partir del próximo 1º de julio y hasta el 31 de diciembre de 2006.
Se dispone: Aprobar el nombramiento interino que se propone a partir del 1º de julio y hasta el 31 de diciembre del año en curso. ACUERDO FIRME.
5) Oficio Nº 1153-2006-DRH del 26 de junio del 2006, mediante el cual eleva a conocimiento de este Tribunal, solicitudes de recargo de funciones que ha presentado el señor Rodolfo Villalobos Orozco, Coordinador de Servicios Regionales, con ocasión de las vacaciones que disfrutarán próximamente las jefaturas de las oficinas regionales de Atenas y Upala, en los funcionarios Guillermo Quesada Quesada y Salvador Argüello Ruiz, respectivamente y conforme se detalla. Destaca el señor Carías Mora: que el señor Quesada Quesada no es funcionario de la Oficina Regional de Alajuela sino de la de Atenas (sic), pero que se le propone para el recargo de funciones en virtud de las razones que expone el señor Villalobos Orozco.
Se dispone: Aprobar los recargos de funciones conforme se solicitan, en el entendido de que el señor Luis Guillermo Quesada Quesada es funcionario de la Oficina Regional de Alajuela, y no de la de Atenas, como por error lo consigna el Jefe del Departamento de Recursos Humanos. ACUERDO FIRME.
6) Oficio Nº 1154-2006-DRH del 26 de junio del 2006, mediante el cual eleva a consideración de este Tribunal, oficio Nº 507-CPE-2006 que suscribe el señor Héctor Fernández Masís, Coordinador de Programas Electorales, a través del cual formula su recomendación con respecto a las personas que pueden seleccionarse para ocupar las plazas incluidas en el presupuesto de la institución para el presente año -a partir del mes de julio- para contratar Auxiliares de Operación y Conserjes de Servicios Especiales, con el fin de reforzar los diversos programas electorales que se encuentran en ejecución o iniciarán sus actividades próximamente. Manifiesta el señor Carías Mora que si el Tribunal no tiene objeciones, los nombramientos que se recomiendan pueden efectuarse con fundamento en lo que disponen los artículos 9 y 22 (reformado) del Reglamento a nuestra Ley de Salarios, lo que podría hacerse en los puestos anotados, a partir de la fecha que en cada caso se indica y por el resto del año en curso. La fecha 1º de julio es para darle continuidad laboral a aquellos candidatos que actualmente trabajan para la institución con nombramientos que están próximos a concluir; el lunes 3 de julio para quienes no están trabajando ahora en el Tribunal y el 17 de julio para una persona que requiere dar preaviso en su actual trabajo.
Se dispone: Aprobar los nombramientos interinos conforme se propone. ACUERDO FIRME.
7) Oficio Nº 1155-2006-DRH del 26 de junio del 2006, mediante el cual eleva a consideración de este Tribunal, oficio del señor Héctor Fernández Masís, Coordinador de Programas Electorales, mediante el cual solicita que en la plaza de Profesional de Gestión de Servicios Especiales que quedará vacante en esa oficina a partir del mes entrante, dado el nombramiento en propiedad de su actual ocupante en un puesto idéntico pero de otra unidad administrativa, se nombre en forma interina a la Licda. Mariselle Solís Arce, quien -según manifiesta el Lic. Fernández Masís- además de cumplir con el requisito académico que exige el puesto, cuenta con experiencia en el monitoreo de los programas electorales, toda vez que hace algún tiempo desarrolló esa labor en esa Oficina y de que sus conocimientos en procesos de capacitación serán un importante recurso que se aprovecharía en la elaboración de la metodología que se requiere para capacitar, entre otros, a los auxiliares electorales. Asimismo, el señor Carías Mora manifiesta que de no existir objeciones, bien se podría nombrar interinamente a la señora Solís Arce, en el puesto número 47847 como Profesional de Gestión de Servicios Especiales, en la Oficina de Coordinación de Programas Electorales, lo que se haría con fundamento en el artículo 9 del Reglamento a nuestra Ley de Salarios, a partir del próximo 1º de julio y por un lapso de seis meses conforme ha sido solicitado, es decir, hasta el 31 de diciembre del año en curso.
Se dispone: Aprobar el nombramiento interino conforme se propone. ACUERDO FIRME.
8) Oficio Nº 1159-2006 del 27 de junio del 2006, mediante el cual eleva a consideración de este Tribunal, solicitud del Lic. Fernando Víquez Jiménez, Director Ejecutivo, para que se le autorice disfrutar de cuatro días de vacaciones del 4 al 7 de julio entrante, y que durante ese breve lapso sus funciones se encarguen en el Lic. José Gilberto Alvarado Villalobos, Subdirector Ejecutivo.
Se dispone: Aprobar las vacaciones y el encargo de funciones conforme se solicita. ACUERDO FIRME.
9) Oficio Nº 1168-2006-DRH del 28 de junio del 2006, mediante el cual eleva a conocimiento de este Tribunal, las solicitudes de recargos de funciones que han presentado ante su despacho los señores Víctor Manuel Vargas Meneses, Auditor Interno, Luis Antonio Bolaños Bolaños, Jefe de la Sección de Inscripciones, en los señores Juan Vicente García Matamoros y Carlos Luis Brenes Molina, respectivamente; así como las de encargos presentadas por los señores Max Solórzano Alvarado, Contralor de Servicios, y Bernal Hernández Sandí, Jefe de la Oficina de Archivo de este Tribunal, en los señores Jonnatan González León y Fernando Mora Ureña, también respectivamente, según detalla.
Se dispone: Aprobar las vacaciones solicitadas por el señor Max Solórzano Alvarado, así como los recargos y encargos solicitados. ACUERDO FIRME.
10) Oficio Nº 1173-2006-DRH del 29 de junio del 2006, mediante el cual eleva a consideración de este Tribunal oficio Nº 704-2006-SGRC que suscribe el Lic. Juan Rafael Madrigal Hernández, Secretario General del Registro Civil, en el que solicita que en la plaza de Profesional Coordinador o Jefe que quedará vacante en la Sección de Archivo Microfilm a partir del mes entrante, dado el traslado por seis meses de la Licda. Katia Zamora Guzmán al cargo de jefatura de la nueva oficina denominada Archivo Central, se nombre en forma interina y por el mismo espacio de seis meses a la señora Nuria Ugalde Martínez, quien ha realizado con buen suceso los encargos y recargos en esa Sección. Agrega el señor Carías Mora que la candidata que se propone no cumple el requisito académico del cargo vacante, pero también resulta oportuno indicar que aquí en la institución ningún funcionario tiene formación a nivel de bachillerato o licenciatura en ese campo, salvo la titular del puesto que sí posee el primero de esos grados académicos. Por consiguiente, para autorizar el nombramiento que aquí se pretende, el Tribunal tendría que aplicar la excepción que contempla el artículo 25 del Reglamento a nuestra Ley de Salarios. En consecuencia, si no existen objeciones, bien se podría nombrar interinamente a la señora Ugalde Martínez en el puesto número 45527 de Profesional Coordinador o Jefe de la Sección de Archivo del Registro Civil, lo que se haría con fundamento en los artículos 9 y 25 del reglamento antes citado, a partir del próximo 1º de julio y por un lapso de seis meses conforme ha sido solicitado, es decir, hasta el 31 de diciembre del año en curso.
Se dispone: Aprobar. ACUERDO FIRME.
h) Del señor Gerardo Hernández Granda, Jefe a.i. del Departamento de Tecnologías de Información y Comunicaciones, se conoce oficio Nº 1129 DTIC del 27 de junio del 2006, mediante el cual manifiesta lo que se transcribe a continuación:
“En atención al Oficio No.3482-TSE-2006 del 01 de junio del presente año, mediante cual el Superior ordena proceder de conformidad con lo solicitado por la señora Jefe (sic) a.i. del Departamento Legal mediante Oficio No. D.L. 325-2006, del 29 de mayo del año en curso, en lo correspondiente al punto 2, que la parte técnica se refiera sobre la necesidad de adquirir las actualizaciones tecnológicas, solicitada la colaboración del caso a la señora Ana Yansy Gutiérrez Francis, Administradora de Bases de Datos de este Departamento, se determinó que Técnicamente la actualización tecnológica de 155 licencias Oracle Database Enterprise, Named User Single Server y 5 licencias Oracle Database Enterprise Edition, Named User Perpetual , es necesaria para poder contar siempre con software de tecnología de punta, siendo necesario para el desarrollo de proyectos futuros, como es el caso de la Migración del A14 al Sun6500, para lo cual se requiere migrar de licencias “Named User” a licencias por procesador y de esta forma que todos los usuarios de la aplicación tengan el permiso correspondiente, para lo cual se requiere estar al día con dichas actualizaciones.
Manifestando la disposición de aclarar cualquier duda al respecto.”
Se dispone: Póngase en conocimiento del Departamento Legal para los efectos correspondientes. ACUERDO FIRME.
i) Del señor Marcos Zúñiga Alvarado, Encargado de la Unidad de Transportes institucional, se conoce oficio Nº 04-2006 S.G.T. del 28 de junio del 2006, mediante el cual informa sobre la situación que se presenta con el vehículo placas TSE-66, propiedad de este Tribunal, con respecto al número de chasis de dicho automotor. Asimismo, el señor Zúñiga Alvarado manifiesta que para efectuar la respectiva corrección, se requiere una declaración jurada del Magistrado Presidente de este Organismo, en los términos que indica.
Se dispone: Para su estudio e informe en el plazo de tres días, pase al Departamento Legal. ACUERDO FIRME.
j) Del señor Emilio Eduarte Hernández, Auxiliar Judicial de la Unidad Especializada de Trámite Rápido del Ministerio Público de San José, se conoce fax correspondiente a “Comunicación al ofendido”, recibido el 29 de junio del 2006, en donde se comunica a este Tribunal, como ofendido de la causa contra el Partido Patria Primero, de la acusación y solicitud de apertura a juicio, para que manifieste si desea interponer la querella o acción civil.
Se dispone: Para su debida atención pase al Departamento Legal institucional. ACUERDO FIRME.
k) Del señor Marco Antonio Núñez González, Presidente del Partido Fuerza Democrática, se conoce oficio sin número del 27 del mes en curso, en el que comunica la convocatoria de la Asamblea Cantonal de Nicoya, conforme lo detalla.
Se dispone: Se aprueba la fiscalización correspondiente en la medida de lo posible, sujeta a que en el plazo de veinticuatro horas se comunique a la Coordinación de Programas Electorales, la agenda a conocer en la respectiva asamblea. La fiscalización que se autoriza no prejuzga sobre la validez de la asamblea por defectos y omisiones en la realización de las asambleas que debieron precederle o por cualquier otro motivo jurídicamente relevante, a determinar, en su oportunidad por la Dirección General del Registro Civil. Póngase en conocimiento de la Coordinación de Programas Electorales, para lo de su cargo. Respecto a la jornada extraordinaria que se genere, pase a la Dirección Ejecutiva para los efectos pertinentes. ACUERDO FIRME.
l) De la señora Epsy Campbell Barr, Presidenta del Comité Ejecutivo del Partido Acción Ciudadana, se conocen oficios Nº. PAC-CE-214-2006 y PAC-CE-216-2006 del 26 y 27 -respectivamente- del mes en curso, mediante los cuales comunica que dicha agrupación política realizará asambleas cantonales en Santo Domingo de Heredia y en Puriscal de la provincia de San José, especificando horas, fechas, direcciones y agendas a conocer.
Se dispone: Se aprueba la fiscalización correspondiente en la medida de lo posible. La fiscalización que se autoriza no prejuzga sobre la validez de la asamblea por defectos y omisiones en la realización de las asambleas que debieron precederle o por cualquier otro motivo jurídicamente relevante, a determinar, en su oportunidad por la Dirección General del Registro Civil. Póngase en conocimiento de la Coordinación de Programas Electorales, para lo de su cargo. Respecto a la jornada extraordinaria que se genere, pase a la Dirección Ejecutiva para los efectos pertinentes. ACUERDO FIRME.
m) Del señor Eladio Carranza Picado, Presidente del Partido Solidaridad Ramonense, se conoce oficio sin número del 27 del mes en curso, mediante el cual comunica la convocatoria de las asambleas distritales y cantonal, conforme lo detalla. Asimismo informa sobre la convocatoria automática que se daría en caso de que no se efectúe alguna de ellas por falta de quórum u otro motivo.
Se dispone: Se aprueba la supervisión y fiscalización correspondiente en la medida de lo posible. La fiscalización que se autoriza no prejuzga sobre la validez de la asamblea por defectos y omisiones en la realización de las asambleas que debieron precederle o por cualquier otro motivo jurídicamente relevante, a determinar, en su oportunidad por la Dirección General del Registro Civil. Póngase en conocimiento de la Coordinación de Programas Electorales, para lo de su cargo. Respecto a la jornada extraordinaria que se genere, pase a la Dirección Ejecutiva para los efectos pertinentes. ACUERDO FIRME.
n) Del señor Oscar Campos Castro, Presidente del Comité Ejecutivo del Partido Comunal Pro-Curri, se conoce oficio Nº. PCE 11-2006 del 23 del mes en curso, mediante el cual informa que dicha agrupación política realizará asambleas distritales en Tirrases, Granadilla, Centro y Sánchez, así como asamblea cantonal en Curridabat, detallando horas, fechas, direcciones y agendas a conocer, respectivamente.
Se dispone: Se aprueba la supervisión y fiscalización correspondiente en la medida de lo posible. La fiscalización que se autoriza no prejuzga sobre la validez de la asamblea por defectos y omisiones en la realización de las asambleas que debieron precederle o por cualquier otro motivo jurídicamente relevante, a determinar, en su oportunidad por la Dirección General del Registro Civil. Póngase en conocimiento de la Coordinación de Programas Electorales, para lo de su cargo. Respecto a la jornada extraordinaria que se genere, pase a la Dirección Ejecutiva para los efectos pertinentes. ACUERDO FIRME.
ñ) De la señora Lorena Vásquez Badilla, Presidenta del Comité Ejecutivo del Partido Unidad Social Cristiana, se conoce:
1) Oficio Nº 046-P-PUSC-06 del 27 de junio, al que anexa lista de nombres de las personas que conforman la Asamblea Nacional de esa agrupación política para la próxima Asamblea del 01 de julio de 2006. Además, adjunta listado de las personas que conforman el Directorio Político y los representantes por el artículo 27 del Estatuto.
Se dispone: Póngase en conocimiento de la Dirección General del Registro Civil y de la Coordinación de Programas Electorales para lo de sus respectivos cargos. ACUERDO FIRME.
2) Oficio Nº 047-P-PUSC-06 del 27 de junio, mediante el cual adjunta -para lo que corresponda- copia del Acta de Sesión Ordinaria Nº 482-2006 del Comité Ejecutivo Nacional de esa agrupación política, con fecha martes 20 de junio de 2006.
Se dispone: Póngase en conocimiento de la Dirección General del Registro Civil y de la Coordinación de Programas Electorales para lo de sus respectivos cargos. ACUERDO FIRME.
o) De la señora Patricia Segovia Pinto, Presidenta del Comité Ejecutivo Cantonal del Partido del Sol, se conoce oficio sin número del 26 del mes en curso, mediante el cual informa sobre la convocatoria de la Asamblea Cantonal de esa agrupación política, conforme lo detalla, adicionado por fax con nota del Secretario de ese Partido, en el cual indica la fecha en que realizarán la misma.
Se dispone: Se omite la designación de delegados en virtud de resultar extemporánea la comunicación que se hace a este Tribunal. Se le recuerda a la interesada que este tipo de comunicaciones deben hacerse con al menos cinco días hábiles antes a la fecha en que se ha programado realizar la respectiva asamblea. ACUERDO FIRME.
p) Del señor Ronaldo Alfaro García, Secretario General del Partido Movimiento Libertario, se conoce oficio Nº PML-004-06 del 26 del mes en curso, mediante el cual envía fotocopia del acta Nº 9-2006, referente a la Asamblea Nacional de esa agrupación política, celebrada el 3 de junio del año en curso.
Se acuerda: Pase a la Dirección General del Registro Civil para lo de su cargo. ACUERDO FIRME.
q) De la señora Ligia Elizondo Morales, Secretaria General del Comité Ejecutivo del Partido Alianza por San José, se conoce fax correspondiente al oficio Nº. 345-PASJ-06 del 27 del mes en curso, mediante el cual nuevamente informa sobre la cancelación de la Asamblea Distrital de Mata Redonda, programada para el pasado 26 de junio en curso, la cual han reprogramado para el próximo martes 4 de julio, conforme lo indica.
Se dispone: Se aprueba la supervisión correspondiente en la medida de lo posible. Póngase en conocimiento de la Coordinación de Programas Electorales, para lo de su cargo. Respecto a la jornada extraordinaria que se genere, pase a la Dirección Ejecutiva para los efectos pertinentes. ACUERDO FIRME.
r) Del señor Guillermo Sanabria Ramírez, Presidente de la Cámara Nacional de Patentados de Licores, se conoce nota del 26 de junio, mediante la cual solicita la interpretación por parte de este Tribunal, de lo dispuesto por el inciso c) del artículo 15 y el artículo 22, inciso c), del Código Municipal, en virtud de las razones que expone.
Se dispone: El asesoramiento técnico-jurídico que se reclama no puede ser brindado por este Tribunal, puesto que las reglas constitucionales y legales que disciplinan su competencia no le confieren atribuciones de esta naturaleza, como sí sucede con otros órganos o entes consultivos. Téngase en cuenta que la única competencia consultiva de la cual goza el Tribunal Supremo de Elecciones está consagrada en el artículo 19.c del Código Electoral, que lo habilita a evacuar las peticiones de los partidos políticos relativas a la interpretación de las disposiciones constitucionales y legales en materia electoral.
En razón de lo expuesto, el Tribunal no puede acceder a la solicitud planteada. No obstante lo anterior, la Secretaría del despacho remitirá al gestionante copia de los pronunciamientos que sobre el particular ha emitido este Organismo Electoral. ACUERDO FIRME.
s) Del señor Giampaolo Ulcigrai Dandri, propietario del inmueble que alberga la oficina regional en Coto Brus, se conoce memorial del 19 del mes en curso, mediante el cual solicita se reajuste el precio del alquiler, según lo establece la cláusula sexta del respectivo contrato, y retroactivo al mes de setiembre el año 2000.
Se dispone: Para su estudio e informe conjunto, pase este asunto a los Departamentos Legal y de Contaduría. ACUERDO FIRME.
t) De la señora María Isabel Agüero Agüero, se conoce fax de fecha 20 de junio recibido el 28 del mismo mes, mediante el cual presenta su renuncia formal e irrevocable como delegada del Partido Unidad Social Cristiana, por las razones que se sirve exponer.
Se dispone: Informar a la gestionante, que la renuncia debe presentarla ante el propio partido político. ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO TERCERO.- Del señor Fernando Víquez Jiménez, Director Ejecutivo, se conoce:
a) Oficio Nº 722 D.E. del 26 de junio del 2006, en el que informa sobre el préstamo del Auditorio y el Salón Multiuso a la Escuela Nacional de Policía del Ministerio de Seguridad Pública, conforme lo detalla.
Se acuerda: Tomar nota.
b) Oficio N. 727-D.E. del 28 de junio del 2006, en el que informa sobre el préstamo del Auditorio a la Asociación de Profesores de Segunda Enseñanza (APSE), conforme lo detalla.
Se acuerda: Tomar nota.
ARTICULO CUARTO.- Del señor Juan Vicente García Matamoros, se conoce oficio Nº 138-A.I.-2006 del 27 de junio del 2006, mediante el cual remite informe parcial suscrito por la Licda. Sara Porras Mora, funcionaria de esa Auditoría, en relación con la capacitación recibida en el Colegio de Contadores Públicos, dentro del marco del proyecto PROMECIF.
Se dispone: Tomar nota.
La señora Magistrada Zamora Chavarría consigna la siguiente nota:
“Agradecer a la Licda. Porras Mora su informe. Póngase en conocimiento de la Dirección Ejecutiva y los Departamentos de Contaduría y Proveeduría.”
ARTÍCULO QUINTO.- Del señor Javier Vega Garrido, Proveedor, se conoce oficio Nº 1586-06 del 27 de junio del 2006, mediante el cual informa que el contrato suscrito con la empresa Documentos y Digitales DIFOTO S.A., por el arrendamiento de una máquina fotocopiadora para el Archivo Microfilm, vence el próximo 29 de octubre. Asimismo, en la sétima cláusula de la convención se previó una vigencia de un año contado a partir de la debida instalación del equipo y la posibilidad de prórrogas por períodos iguales, siendo en esta ocasión la última prórroga convenida, y teniéndose por operadas automáticamente si ninguna de las partes comunica por escrito a la otra su finalización, cuando menos con un mes de antelación. Asimismo, indica el señor Vega Garrido, que el Órgano Fiscalizador del contrato, sea la señora Katia Zamora Guzmán, Jefa de la Sección de Archivo Microfilm, recomienda la prórroga del contrato, siendo que al ser consultada la Contaduría acerca de la existencia de contenido económico, se indicó que para el presente año existe el debido respaldo económico.
Se dispone: Aprobar la prórroga del respectivo contrato.
ARTICULO SEXTO.- Del señor Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio Nº 1149-2006-DRH del 26 de junio del 2006, mediante el cual somete a consideración de este Tribunal, solicitud de la Licda. Katia Villalobos Molina, quien se desempeña en forma interina como Subinspectora Electoral, para que se le excluya del régimen de dedicación exclusiva y en su lugar se le otorgue el complemento de prohibición, dado que su actual puesto pertenece a la clase Profesional Coordinador y, ésta exige como requisito académico el grado de licenciatura. Adiciona el señor Carías Mora, que en caso afirmativo, se dejaría sin efecto el contrato que la citad funcionaria suscribió conjuntamente con el señor Oscar Fonseca Montoya, Magistrado Presidente del TSE en diciembre de 2002, siendo que el ajuste ahora pretendido implicaría pasar de un 20% a un 65% por concepto de prohibición y podría ser efectivo a partir del 20 de abril de 2006, que es la fecha de su nombramiento en el puesto que hoy ocupa, o bien del momento en que el Tribunal disponga.
Se dispone: Aprobar a partir del 20 de abril del 2006.
ARTICULO SETIMO.- De la señora Rocío Álvarez Olaso, Subsecretaria General del Partido Unión para el Cambio, se conoce fax correspondiente a oficio Nº UPC-SEC-EL-008 del 27 de junio del 2006, mediante el cual informa sobre la cancelación de las provinciales de Heredia, Alajuela y San José, programadas para celebrarse el 27 de junio del año en curso.
Se dispone: Archivar por falta de interés actual.
ARTICULO OCTAVO.- Del señor Alfredo Carballo Navarro, quien manifiesta ser el Gerente General de la empresa AEC Electrónica S.A. y en su condición de representante legal de la misma, se conoce memorial del 27 de junio del 2006, solicita se anule la contratación correspondiente a la Licitación por Registro Nº 07-200 (sic): “Compra de un Sistema de Prevención de Intrusos (IPS)”.
Se dispone: Se le informa al gestionante que, de conformidad con lo dispuesto por este Tribunal en sesión N°. 11653, artículo segundo, inciso l), todo escrito o petición realizada por una persona jurídica deberá ser autenticada o presentada por el firmante. Además, deberá formularla el personero con poder suficiente de la entidad, a la cual se adjuntará la certificación que lo acredite como tal. Se le comunica lo anterior para que subsane lo omitido, dentro del plazo de tres días, bajo apercibimiento de archivar la gestión.
ARTICULO NOVENO.- De la señorita María José Tamayo Ayón se conoce nota del 27 de junio del 2006, mediante la cual solicita el pago de las horas extra laboradas en el mes de marzo del año en curso durante el Programa de Escrutinio.
Se acuerda: Pase al Departamento Legal para lo de su cargo.
A las dieciséis horas terminó la sesión.
Oscar Fonseca Montoya |
Eugenia María Zamora Chavarría |
Juan Antonio Casafont Odor |
Ovelio Rodríguez Chaverri |
Fernando del Castillo Riggioni |