ACTA Nº 144-2006
Sesión ordinaria celebrada por el Tribunal Supremo de Elecciones a las nueve horas del once de julio del dos mil seis, con asistencia del señor Magistrado Oscar Fonseca Montoya, quien preside, la señora Magistrada Eugenia María Zamora Chavarría, los señores Magistrados Juan Antonio Casafont Odor y Ovelio Rodríguez Chaverri, y la señora Magistrada Zetty Bou Valverde.
ARTÍCULO PRIMERO.- Se leyó y aprobó el acta de la sesión ordinaria inmediata anterior, excepto por la señora Magistrada Bou Valverde por no haber participado de dicha sesión.
ARTÍCULO SEGUNDO.- Se conocen los siguientes asuntos:
a) Se dispone: Con fundamento en lo dispuesto por el párrafo segundo del artículo 148 del Código de Trabajo, se traslada el disfrute de los días 25 de julio, 15 de agosto y 12 de octubre, todos del presente año, para los días 31 de julio, 21 de agosto y 16 de octubre, respectivamente. Se informará al público mediante una publicación en un diario de circulación nacional y se colocarán avisos sobre el particular. ACUERDO FIRME.
b) Del señor Fernando Víquez Jiménez, Director Ejecutivo, se conoce memorando Nº 766–D.E. del 19 de julio del 2006, mediante el cual recomienda la aprobación de la solicitud de pedido Nº 4010620434, para atender la contratación de la actualización y soporte de licencias Oracle, según detalla.
Se dispone: Aprobar. Para efectos de ejecución del respectivo contrato se designa como órgano fiscalizador al señor Jefe a.i. del Departamento de Tecnologías de Información y Comunicaciones. ACUERDO FIRME.
c) Del señor Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, se conoce:
1) Oficio Nº 1213-2006-DRH del 5 de julio de 2006, recibido el 7 de los corrientes, mediante el cual eleva a consideración de este Tribunal, oficio Nº IE-334-2006 que suscribe el señor Luis Fernando Alfaro Martínez, Inspector Electoral a.i., al cual adjunta solicitud del señor Jaime Garita Sánchez, titular del cargo, para disfrutar 13 días de vacaciones a partir del próximo 12 de julio, lo que sería una prórroga de las vacaciones que actualmente y desde el pasado 7 de junio disfruta. Agrega el señor Carías Mora que en caso de aprobarse tal prórroga de vacaciones, se solicita que por el mismo plazo se extienda el recargo autorizado de sus funciones en el señor Alfaro Martínez, es decir, hasta el 28 de julio entrante.
Se dispone: Aprobar. ACUERDO FIRME.
2) Oficio Nº 1214-2006-DRH del 5 de julio del 2006, recibido el 7 de los corrientes, mediante el cual eleva a consideración de este Tribunal, nota del pasado 3 de julio que suscribe el señor Juan Carlos Calvo Chavarría, funcionario del Departamento de Tecnologías de Información y Comunicaciones, en la cual se sirve solicitar, en virtud de los motivos que expone, autorización para disfrutar vacaciones del 17 de julio al 18 de agosto entrante. Asimismo, el señor Carías Mora indica que las vacaciones se suspenderán para todos los trabajadores de la institución, con ocasión de las elecciones que tendrán lugar el primer domingo de diciembre, desde el primero de agosto y hasta el propio día de esos comicios. En virtud de lo anterior, para tramitar la gestión presentada por el señor Calvo Chavarría se requiere que el Tribunal, si a bien lo tiene, aplique la excepción que sobre el particular establece el numeral de cita.
Se dispone: Aprobar por excepción. ACUERDO FIRME.
d) Del señor José Enrique Zamora Picado, Jefe de la Sección de Capacitación, se conoce oficio Nº 307-2006 S.C. del 6 de julio del 2006, mediante el cual remite el borrador del Acuerdo Nº 1, “Convenio de cooperación entre el Tribunal Supremo de Elecciones y el Ministerio de Educación”.
Se dispone: Para su estudio e informe, pase a la Dirección Ejecutiva. En lo sucesivo, este tipo de gestiones se canalizarán a través de la indicada Dirección. ACUERDO FIRME.
e) Del señor Bernal Hernández Sandí, Jefe de Archivo de este Tribunal, se conoce oficio #ATSE-57-2006 del 7 del mes en curso, mediante el cual informa sobre los asuntos pendientes de respuesta, por parte de diferentes dependencias de este Organismo.
Se dispone: Previa verificación, proceda la Secretaría del despacho en la forma usual. ACUERDO FIRME.
f) Del señor Carlos Rodríguez Murillo, Presidente del Partido Auténtico Labrador de Coronado, se conoce oficio sin número del 7 del mes en curso, mediante el cual solicita el envío de un representante de este Tribunal a la Asamblea Cantonal que han programado realizar el próximo 15 de julio, conforme de lo detalla.
Se dispone: Se aprueba la fiscalización correspondiente en la medida de lo posible. La fiscalización que se autoriza no prejuzga sobre la validez de la asamblea por defectos y omisiones en la realización de las asambleas que debieron precederle o por cualquier otro motivo jurídicamente relevante, a determinar, en su oportunidad por la Dirección General del Registro Civil. Póngase en conocimiento de la Coordinación de Programas Electorales, para lo de su cargo. Respecto a la jornada extraordinaria que se genere, pase a la Dirección Ejecutiva para los efectos pertinentes. ACUERDO FIRME.
g) Del señor Rodrigo Arias Gutiérrez, Presidente del Partido Verde Ecologista, se conoce oficio sin número del 7 del mes en curso, mediante el cual informa sobre la convocatoria de la Asamblea Provincial, para el 23, 25 y 30 de julio en curso, conforme lo detalla, por lo cual solicita se nombren los delegados de este Tribunal para esas Asambleas.
Se dispone: Se aprueba la fiscalización correspondiente en la medida de lo posible. La fiscalización que se autoriza no prejuzga sobre la validez de la asamblea por defectos y omisiones en la realización de las asambleas que debieron precederle o por cualquier otro motivo jurídicamente relevante, a determinar, en su oportunidad por la Dirección General del Registro Civil. Póngase en conocimiento de la Coordinación de Programas Electorales, para lo de su cargo. Respecto a la jornada extraordinaria que se genere, pase a la Dirección Ejecutiva para los efectos pertinentes. ACUERDO FIRME.
h) Del señor Rafael Enrique Álvarez Fernández, Presidente del Partido Auténtico Pilarico, se conocen oficios (2) sin número del 3 del mes en curso, mediante los cuales comunica la convocatoria de las Asambleas Distrital y Cantonal, conforme lo detalla.
Se dispone: Se aprueba la supervisión y fiscalización correspondiente en la medida de lo posible. La fiscalización que se autoriza no prejuzga sobre la validez de la asamblea por defectos y omisiones en la realización de las asambleas que debieron precederle o por cualquier otro motivo jurídicamente relevante, a determinar, en su oportunidad por la Dirección General del Registro Civil. Póngase en conocimiento de la Coordinación de Programas Electorales, para lo de su cargo. Respecto a la jornada extraordinaria que se genere, pase a la Dirección Ejecutiva para los efectos pertinentes. ACUERDO FIRME.
i) Del señor Justo Orozco Álvarez, Presidente del Partido Renovación Costarricense, se conoce oficio sin número del 7 de julio del 2006, mediante el cual comunica que esa agrupación política ha reprogramado la Asamblea Cantonal de Los Chiles, conforme lo detalla.
Se dispone: Se aprueba la fiscalización correspondiente en la medida de lo posible. La fiscalización que se autoriza no prejuzga sobre la validez de la asamblea por defectos y omisiones en la realización de las asambleas que debieron precederle o por cualquier otro motivo jurídicamente relevante, a determinar, en su oportunidad por la Dirección General del Registro Civil. Póngase en conocimiento de la Coordinación de Programas Electorales, para lo de su cargo. Respecto a la jornada extraordinaria que se genere, pase a la Dirección Ejecutiva para los efectos pertinentes. ACUERDO FIRME.
j) Del señor José Miguel Villalobos Umaña, Presidente del Partido Alianza Democrática Nacionalista, se conoce oficio sin número del 7 del mes en curso, mediante el cual comunica que esa agrupación política celebrará la Asamblea Cantonal de Corredores, conforme lo detalla.
Se dispone: Se aprueba la fiscalización correspondiente en la medida de lo posible, sujeta a que en el plazo de 24 horas se presente ante la Oficina de Coordinación de Programas Electorales, la autorización para el uso de las instalaciones de la Sala de Sesiones de la Municipalidad de Corredores. La fiscalización que se autoriza no prejuzga sobre la validez de la asamblea por defectos y omisiones en la realización de las asambleas que debieron precederle o por cualquier otro motivo jurídicamente relevante, a determinar, en su oportunidad por la Dirección General del Registro Civil. Póngase en conocimiento de la Coordinación de Programas Electorales, para lo de su cargo. Respecto a la jornada extraordinaria que se genere, pase a la Dirección Ejecutiva para los efectos pertinentes. ACUERDO FIRME.
k) Del señor Alberto Salazar Ugalde, Presidente a.i. del Partido Unión Palmareña, se conoce fax correspondiente a oficio #38 -UP06 del 6 del mes en curso, mediante el cual comunica que han acordado celebrar la Asamblea Distrital de La Granja, conforme lo detalla, para los efectos que indica.
Se dispone: Se omite la designación de delegados en virtud de resultar extemporánea la comunicación que se hace a este Tribunal. Se le recuerda al interesado que este tipo de gestiones deben efectuarse con al menos cinco días hábiles antes al día en que se ha programado celebrar la respectiva asamblea. ACUERDO FIRME.
l) Del señor Alberto Cañas Escalante, Presidente a.i. del Partido Acción Ciudadana, se conoce:
1) Oficios Nº PAC-CE-241-2006, PAC-CE-242-2006 y PAC-CE-243-2006, del 5 y 6 del mes en curso, mediante los cuales comunica la convocatoria de las Asambleas Distritales, conforme lo detalla.
Se dispone: Se aprueba la supervisión correspondiente en la medida de lo posible. Póngase en conocimiento de la Coordinación de Programas Electorales, para lo de su cargo. Respecto a la jornada extraordinaria que se genere, pase a la Dirección Ejecutiva para los efectos pertinentes. ACUERDO FIRME.
2) Oficios Nº PAC-CE-245-2006, PAC-CE-246-2006, PAC-CE-247-2006, PAC-CE-248-2006, PAC-CE-249-2006, PAC-CE-251-2006 adicionado con el PAC-CE-259-2006 de la señora Teresita Aguilar Mirambell, Secretaria General de dicha agrupación política, PAC-CE-252-2006, PAC-CE-253-2006, PAC-CE-254-2006, PAC-CE-255-2006, PAC-CE-257-2006, PAC-CE-258-2006, PAC-CE-258(sic)-2006, PAC-CE-260-2006, PAC-CE-261-2006, y PAC-CE-262-2006 del 6 y 7 de julio del 2006, mediante los cuales comunican que esa agrupación política ha convocado las Asambleas Distritales y Cantonales, conforme lo detallan.
Se dispone: Se aprueba la supervisión y fiscalización correspondientes, sujetas las distritales de El Rosario de Desamparados y Mercedes de Montes de Oca, a que en el plazo de 24 horas, se presente ante la Oficina de Coordinación de Programas Electorales, la autorización para el uso de las instalaciones de los respectivos centros educativos. La fiscalización que se autoriza no prejuzga sobre la validez de la asamblea por defectos y omisiones en la realización de las asambleas que debieron precederle o por cualquier otro motivo jurídicamente relevante, a determinar, en su oportunidad por la Dirección General del Registro Civil. Póngase en conocimiento de la Coordinación de Programas Electorales, para lo de su cargo. Respecto a la jornada extraordinaria que se genere, pase a la Dirección Ejecutiva para los efectos pertinentes. ACUERDO FIRME.
3) Oficios Nº PAC-CE-256-2006, PAC-CE-263-2006 y PAC-CE-264-2006 todos del 7 del mes en curso, mediante los cuales comunica que esa agrupación política ha convocado las Asambleas Distritales de Cahuita, Terile (sic), Sixaola y Bratsy (sic), del cantón de Talamanca, Limón; y las de San Ignacio, Sabanillas, Guatil, Cangrejal y Palmichal, del cantón de Acosta, San José, conforme lo detalla.
Se dispone: Se aprueba la supervisión correspondiente en la medida de lo posible, en el entendido de que la programación para celebrar dichas asambleas, corresponde a fechas del mes de julio en curso, y no junio como se consigna, y sujetas las distritales de Cangrejal y Palmichal de Acosta, a que en el plazo de 24 horas, se presente ante la Oficina de Coordinación de Programas Electorales, la autorización para el uso de las instalaciones de los respectivos centros comunales. Póngase en conocimiento de la citada oficina, para lo de su cargo. Respecto a la jornada extraordinaria que se genere, pase a la Dirección Ejecutiva para los efectos pertinentes. ACUERDO FIRME.
m) De los señores Edgar Cambronero Herrera y Raúl Sánchez Jiménez, Presidente y Tesorero del Partido Acción Cantonal Siquirres Independiente, respectivamente, se conoce oficio sin número y sin fecha, recibido en este Despacho el 6 del mes en curso, mediante el cual solicitan la designación de un delegado para que supervise la Asamblea Cantonal General que han programado realizar el próximo 23 de julio, conforme de lo detallan.
Se dispone: Se aprueba la fiscalización correspondiente en la medida de lo posible. La fiscalización que se autoriza no prejuzga sobre la validez de la asamblea por defectos y omisiones en la realización de las asambleas que debieron precederle o por cualquier otro motivo jurídicamente relevante, a determinar, en su oportunidad por la Dirección General del Registro Civil. Póngase en conocimiento de la Coordinación de Programas Electorales, para lo de su cargo. Respecto a la jornada extraordinaria que se genere, pase a la Dirección Ejecutiva para los efectos pertinentes. ACUERDO FIRME.
n) Del señor Francisco Villegas Villalobos y la señora Marlyn Quesada Jiménez, Presidente y Secretaria, respectivamente, del Partido Independiente Belemita, se conoce oficio sin número del 28 de junio del 2006, recibido el pasado 10 de julio, en el que informan que esa agrupación política efectuará su Asamblea Cantonal, conforme lo detallan.
Se dispone: Se aprueba la fiscalización correspondiente, sujeta que en el plazo de 24 horas, presenten ante la Oficina de Coordinación de Programas Electorales, la autorización para el uso de las instalaciones de la Escuela España, y la agenda a conocer en la respectiva asamblea. La fiscalización que se autoriza no prejuzga sobre la validez de la asamblea por defectos y omisiones en la realización de las asambleas que debieron precederle o por cualquier otro motivo jurídicamente relevante, a determinar, en su oportunidad por la Dirección General del Registro Civil. Póngase en conocimiento de la Coordinación de Programas Electorales, para lo de su cargo. Respecto a la jornada extraordinaria que se genere, pase a la Dirección Ejecutiva para los efectos pertinentes. ACUERDO FIRME.
ñ) De la señora Teresita Aguilar Mirambell, Secretaria General del Partido Acción Ciudadana, se conocen oficios Nº PAC-CE-265-2006 y PAC-CE-266-2006 del 7 de julio del 2006, mediante los cuales comunica que esa agrupación política ha convocado las Asambleas Distritales de Central y Matama, Limón, para el 8 y 9 de julio en curso, respectivamente, conforme lo detalla. Asimismo, informa sobre el motivo por el cual hasta el 7 de los corrientes presentaron dicha comunicación.
Se dispone: Archivar por falta de interés actual. Se le recuerda a la interesada, que este tipo de gestiones, deben ser planteadas con al menos cinco días hábiles antes a la fecha en que se ha programado efectuar la respectiva asamblea. ACUERDO FIRME.
o) Del señor Alfredo Carballo Navarro, representante legal de la sociedad anónima denominada AEC Electrónica S.A., se conoce nota del 5 de julio del 2006, mediante el cual, en relación al oficio Nº 4149-TSE-2006 del 4 de julio en curso, adjunta certificación de personería jurídica y copia de su cédula de identidad, lo anterior ante la prevención efectuada en virtud de su solicitud para que se anule la contratación correspondiente a la Licitación por Registro No. 07-200 (sic): “Compra de un Sistema de Prevención de Intrusos (IPS)”.
Se dispone: Pase al Departamento Legal de este Tribunal, para su estudio e informe. ACUERDO FIRME.
p) De las señoras Roxana Araya Ibarra e Isabel Azofeifa Aguilar se conocen notas del 3 de julio del 2006, mediante las cuales presentan renuncia formal e irrevocable como delegadas del Partido Unidad Social Cristiana.
Se dispone: Se les informa a las gestionantes que, de conformidad con lo dispuesto por este Tribunal en sesión Nº 11653, artículo segundo, inciso l), todo escrito o petición realizada por una persona física deberá estar debidamente autenticada, teniéndose por auténticas cuando sean presentadas personalmente por el firmante.
No obstante lo anterior, se les comunica a las interesadas que la renuncia deben plantearla ante el propio partido político. ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO TERCERO.- Del señor Alejandro Bermúdez Mora, Secretario del despacho, se conoce:
a) Oficio Nº 4239-TSE-2006 del 10 de julio del 2006, mediante el cual eleva en consulta, resolución de las diez horas y cinco minutos del seis de julio del año en curso, en la que se dispone ascender interinamente a la servidora Gabriela Villalobos Retana, a la plaza de Coordinadora de Gestión o Secretaria 2 en la Secretaría General del Registro Civil, a partir del próximo 16 de julio.
Se dispone: Aprobar.
b) Oficio Nº 4242-TSE-2006 del 10 de julio del 2006, mediante el cual, respecto de lo acordado por este Tribunal acerca del cronograma institucional que empezará a regir a partir de julio de este año, señala el error en cuanto a la ubicación de la Coordinación de Programas Electorales, puesto que la vigencia de las modificaciones estructurales practicadas a esa oficina, lo será a partir del próximo año.
Se dispone: Aprobar la modificación conforme se propone.
ARTICULO CUARTO.- De la señora Mary Anne Mannix Arnold, Jefa a.i. del Departamento Legal, se conoce oficio Nº D.L. 312-2006 del 5 de julio del 2006, mediante el cual se refiere al acuerdo tomado por este Tribunal en sesión número 71-2006 de 7 de marzo del 2006, artículo segundo, relacionado con el oficio N° 0483-2006 del 6 de marzo del año en curso, del señor Javier Vega Garrido, Proveedor de este Tribunal, mediante el cual amplía el informe rendido por oficio Nº 796 del 23 de mayo del 2005, conforme lo solicitado por acuerdo tomado en sesión Nº 70-2005, del 19 de julio del 2005, respecto al fraccionamiento de contrataciones administrativa, y de conformidad con los argumentos que expone, concluye lo que se transcribe a continuación:
“…c. Conclusión.
Este Departamento mantiene lo externado en el informe A.J. 284-2005, del 13 de julio del 2005. Consecuentemente, la Proveeduría Institucional es la encargada, bajo su absoluta responsabilidad, de la conducción los procedimientos de contratación, garantizando que se de una adecuada satisfacción de los intereses institucionales.”
Se dispone: Tener por rendido el informe del Departamento Legal, cuyas conclusiones se acogen y se ponen en conocimiento de la Proveeduría institucional.
ARTÍCULO QUINTO.- Del señor Javier Vega Garrido, Proveedor, se conoce oficio Nº 1704-2006 del 5 de julio del 2006, al que adjunta notificación de la resolución emitida por la Contraloría General de la República, Nº R-DCA-323-2006 de las once horas del treinta de junio del dos mil seis, según la cual se declara parcialmente con lugar el recurso de objeción presentado contra el cartel de la Licitación por Registro Nº 08-2006: “Contratación de Servicios de Vigilancia y Seguridad para la Sede Regional del Tribunal Supremo de Elecciones en Corredores”. Agrega el señor Vega Garrido, que se ha tomado nota del extremo declarado con lugar y se procederá a realizar la modificación respectiva al pliego, para continuar con el trámite de la contratación suspendido por dicho recurso.
Se dispone: Tomar nota. Póngase en conocimiento de la Dirección Ejecutiva y del Departamento Legal.
ARTICULO SEXTO.- Del señor Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, se conoce:
a) Oficio Nº 1185-2006-DRH del 4 de julio del 2006, en el que informa que Javier Carranza Abarca, quien fue nombrado como Auxiliar de Operación de Servicios Especiales, según acuerdo tomado en sesión Nº 141-2006 del 29 de junio pasado, ha manifestado que no podrá aceptar el nombramiento, por lo que resulta necesario ubicar a otra persona en la plaza correspondiente, sugiriendo el nombre del señor Horacio Murillo Herrera. Agrega el señor Carías Mora que si no hay objeciones, bien se podría concretar tal nombramiento con fundamento en los artículos 9 y 22 del Reglamento a nuestra Ley de Salarios, lo que se haría en la plaza número 97974 como Auxiliar de Operación de Servicios Especiales asignado a la Oficina de Coordinación de Programas Electorales, a partir del próximo lunes 17 de julio y por resto del año.
Se dispone: Aprobar el nombramiento conforme se propone, a partir del 17 de julio en curso.
b) Oficio Nº 1221-2006-DRH del 7 de julio del 2006, mediante el cual eleva a consideración de este Tribunal el oficio Nº DL-292-2006-Sustituir, recibido en ese despacho el pasado 30 de junio y que suscribe la Licda. Mary Anne Mannix Arnold, Jefa a.i. del Departamento Legal, en el cual solicita que en la plaza de Profesional Coordinador o Asistente Legal que temporalmente ha quedado vacante en su oficina, dado el ascenso interino de la señora Teresa Pérez Porta a una plaza de Profesional Especializado, se nombre también en forma interina a partir del 1º de agosto entrante, al señor Vinicio Mora Mora, quien actualmente labora en el despacho de Letrados, posee experiencia y cumple con los requisitos legales y reglamentarios.
Se dispone: Aprobar.
c) Oficio Nº 1222-2006-DRH del 7 de julio del 2006, en el que literalmente expresa:
“En sesión número 141-2006 celebrada el pasado 29 de junio, el Tribunal Supremo de Elecciones conoció el oficio número 1150-2006-DRH de este despacho, con el cual se remitió a consideración del Superior la solicitud del Lic. Fernando Víquez Jiménez, Director Ejecutivo, para que en la plaza de Asistente Funcional que quedó vacante con ocasión del ascenso de la señora Flor Calvo Gómez, se nombrara al señor Rafael Esteban Arce Cubero, quien -según se indicó en ese oficio- cumple los requisitos que el cargo demanda y se desempeñaba entonces como Auxiliar de Operación de Servicios Especiales en la misma Dirección Ejecutiva.
No obstante, debo aclarar que hubo error, involuntario desde luego, en la revisión de la documentación del señor Arce Cubero y que en realidad no satisface la totalidad de los requisitos del cargo. El funcionario supera el requisito académico del puesto ya que posee una maestría en Administración de Empresas con énfasis en Recursos Humanos -siendo que lo necesario es el bachillerato universitario- y cuenta con amplia experiencia para el desempeño del cargo Asistente Funcional; sin embargo, aún tiene en trámite su incorporación al Colegio de Profesionales en Ciencias Económicas de Costa Rica, que es el que le corresponde de acuerdo con su profesión.
De acuerdo con lo anterior, al señor Rafael Esteban Arce Cubero se le nombró en un puesto profesional a nivel de bachiller universitario sin cumplir con el requisito de la incorporación al colegio profesional respectivo, situación que motiva al suscrito a solicitar que se revoque en lo conducente el acuerdo adoptado por el Tribunal en el artículo segundo de la sesión 141-2006. En el momento en que cumpla con esa incorporación, se podrá nuevamente tramitar su designación en el cargo de Asistente Funcional, si así lo estima la Dirección Ejecutiva. No omito manifestar que el citado nombramiento rige desde el pasado 1 de julio, por lo que todavía no ha recibido salario en el nuevo puesto.”
Se dispone: Por las razones que señala el señor Jefe del Departamento de Recursos Humanos, se revoca el acuerdo adoptado en la sesión ordinaria Nº 141-2006, artículo segundo, del pasado 29 de junio.
d) Oficio Nº 1223-2006-DRH del 7 de julio del 2006, mediante el cual eleva a consideración de este Tribunal, el oficio Nº 304-2006-SG del pasado 3 de julio que suscribe el Lic. Gustavo Fitoria Mora, Jefe de la Sección de Servicios Generales, en el cual informa que disfrutará 10 días de vacaciones a partir del próximo 17 de julio, y por ello solicita que durante ese lapso, las funciones correspondientes se le recarguen al Lic. Luis Sáenz Venegas, quien se desempeña como Profesional Especializado en la Dirección Ejecutiva y ya en otras oportunidades ha asumido esa misma responsabilidad.
Se dispone: Aprobar.
e) Oficio Nº 1224-2006-DRH del 7 de julio del 2006, mediante el cual eleva a consideración de este Tribunal, nota del pasado 5 de julio que suscribe la señora Pamela Garbanzo Valverde, funcionaria del Departamento de Tecnologías de Información y Comunicaciones, en la cual solicita, en virtud de los motivos que expone, autorización para disfrutar ocho días de vacaciones a partir del próximo 24 de julio y hasta el 4 de agosto entrante. Agrega el señor Carías Mora que de conformidad con el artículo 28 del Reglamento Autónomo de Servicios, las vacaciones se suspenderán para todos los trabajadores, con ocasión de las elecciones que tendrán lugar el primer domingo de diciembre, desde el primero de agosto del mismo año y hasta el propio día de esos comicios. En virtud de lo anterior, para tramitar la gestión supracitada, se requiere que este Tribunal aplique la excepción que sobre el particular establece el numeral indicado.
Se dispone: Aprobar por excepción.
f) Oficio Nº 1225-2006-DRH del 7 de julio del 2006, mediante el cual eleva a consideración de este Tribunal, el oficio Nº 312-2006-OCP de la Licda. Ana María Jiménez Rodríguez, Jefa de la Oficina de Comunicación y Protocolo, en el cual solicita que se le concedan 16 horas en la modalidad de tiempo a compensar para disfrutarlos a partir del próximo 27 de julio. En virtud de lo anterior, recomienda que sus funciones se encarguen en el Lic. Javier Matamoros Guevara, Técnico en Relaciones Públicas, quien en otras oportunidades ha asumido esa responsabilidad.
Se dispone: Aprobar.
ARTICULO SETIMO.- Del señor Max Solórzano Alvarado, Contralor de Servicios, se conoce oficio Nº 274-2006 CS del 6 de julio del 2006, al que adjunta el informe correspondiente al primer semestre del año 2006, de las gestiones presentadas por los usuarios de los servicios institucionales ante el despacho a su cargo.
Se dispone: Tener por rendido el informe se que somete a conocimiento de este Tribunal. Oportunamente se informará sobre el resultado de las respectivas recomendaciones expuestas ante las diferentes jefaturas para su aplicabilidad.
ARTICULO OCTAVO.- De la señora Ana María Jiménez Rodríguez, Jefa de la Oficina de Comunicación y Protocolo, se conoce oficio Nº 313-2006 OCP del 6 de julio del 2006, mediante el cual, en vista de que la Convocatoria a Elecciones Municipales se efectuará el 1º de agosto entrante, a partir de las 17:00 horas, y siendo la oficina a su cargo la encargada de coadyuvar la organización y desarrollo de dicho acto, manifiesta la necesidad de ampliar la jornada laboral de todos sus funcionarios hasta las 20:00 horas, y con el propósito de no exceder la jornada laboral de 12 horas, consulta la posibilidad de que ese día la Oficina de Comunicación y Protocolo inicie labores a las 8:00 horas.
Se dispone: Aprobar conforme se propone.
ARTICULO NOVENO.- Del señor Rodolfo Delgado Rojas, Jefe de la Oficina de Proyectos Tecnológicos, se conoce oficio Nº 186-2006-OPT del 10 de julio del 2006, al que adjunta informes suscritos por los funcionarios Abraham Paniagua González y Paola Chaves Mora quienes asistieron a las charlas “Los conceptos de ITIL y Normas relacionadas como ISO 20000, BS 15000 y Cobit” y “El conocimiento de los desarrolladores de sistemas: cómo nutrirlo, sistematizarlo y potenciarlo” respectivamente, las cual se realizaron el miércoles 17 de mayo y viernes 30 de junio de este año en el Club Unión -en ese orden- según invitación que envió el Club de Investigación Tecnológica.
Se dispone: Tomar nota.
ARTICULO DECIMO.- De la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia se conoce notificación de la resolución Nº 2006-005061, dictada a las 11:26 horas del 7 de abril del 2006, dentro del recurso de amparo interpuesto por Liseth Brizuela Ruiz, contra el Presidente del Tribunal Supremo de Elecciones y el Jefe del Departamento de Tecnologías de la Información (sic) del Tribunal Supremo de Elecciones, el cual fue declarado sin lugar.
Se dispone: Tomar nota y agregar a sus antecedentes. Póngase en conocimiento de los Departamentos Legal, de Tecnologías de Información y Comunicaciones y de Recursos Humanos.
ARTICULO DECIMOPRIMERO.- Del señor Guillermo Alvarado Herrera, Gerente General del Instituto Costarricense de Turismo, se conoce fax correspondiente a copia de memorando del 4 de julio del 2006, dirigido al señor Luis Guillermo Calvo Campos, del Departamento de Recursos Humanos de dicha institución, según el cual le solicita hacer del conocimiento del personal, la petición del señor Presidente de este Tribunal, efectuada mediante circular Nº 4043-TSE-2006, en el sentido de incentivar a los servidores a efecto de que colaboren en el programa de auxiliares electorales en el proceso electoral de diciembre del presente año.
Se dispone: Acusar recibo y dar las gracias por la atención dispensada a este Tribunal.
ARTICULO DECIMOSEGUNDO.- Del señor José Joaquín Arguedas Herrera, Director General del Servicio Civil, se conoce oficio Nº DG-300-2006/7 del 6 de julio del 2006, mediante el cual solicita se determine la factibilidad de poder contar con la base de datos que contiene la información de la ciudadanía en general y que administran estos Organismos.
Se dispone: Autorizar al Departamento de Tecnologías de Información y Comunicaciones, para que suministre la información requerida, quedando excluida la que de acuerdo con la jurisprudencia de este Tribunal, debe considerarse privada (fotografía, dirección y teléfono).
ARTICULO DECIMOTERCERO.- Del señor Carlos Sancho Villalobos, Director del Despacho Ministro de la Presidencia, se conoce oficio Nº DMP-CSV-165-06 del 4 de julio del 2006, mediante el cual en respuesta a la Circular Nº 4043-TSE-2006, atentamente comunica que el señor Ministro aprobó la solicitud planteada y le ha solicitado girar las instrucciones correspondientes con la finalidad que funcionarios de ese Ministerio colaboren, en la medida de sus posibilidades, con el Tribunal Supremo de Elecciones como Auxiliares Electorales en las próximas Elecciones Municipales a realizarse el 3 de diciembre del año en curso. Asimismo, instar respetuosamente a los Jerarcas de las instituciones públicas para que colaboren con tan noble causa.
Se dispone: Acusar recibo y dar las gracias por la atención dispensada a este Tribunal.
ARTICULO DECIMOCUARTO.- Del señor Johnny Piedra Cordero, funcionario de la Sección de Recuperación de Cuentas Pendientes, Departamento Comercial de la Región Central Oeste, del Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados, se conoce oficio sin número del 10 de julio del 2006, mediante el cual solicita se les facilite una base de datos de los habitantes de Costa Rica, con número de cédula y ordenado por orden alfabético.
Se dispone: Se le informa al gestionante que, de conformidad con lo dispuesto por este Tribunal en sesión Nº 11653, artículo segundo, inciso l), todo escrito o petición realizada por órganos públicos deberá ser planteada por el jerarca de la institución o quién ostente la representación institucional.
No obstante lo anterior, se le comunica al interesado en nuestro sitio web (www.tse.go.cr) se encuentra el Padrón Nacional Electoral, para que el mismo pueda ser fácilmente transferido por cualquier interesado que lo desee.
ARTICULO DECIMOQUINTO.- De los señores Arturo Acosta Mora y Jorge Altmann Borbón, Presidente y Secretario Adjunto, respectivamente, del Partido Unión Nacional, se conoce oficio Nº P-115-06 del 5 de julio del 2006, mediante el cual plantean consulta a este Tribunal, relacionada con la sustitución de los miembros del Directorio Político.
Se dispone: De previo a resolver deberá aportarse el respectivo acuerdo del Comité Ejecutivo, donde se acordó formular dicha consulta.
ARTICULO DECIMOSEXTO.- Del señor Justo Orozco Álvarez, Presidente del Partido Renovación Costarricense, se conoce fax correspondiente a oficio sin número del 7 de julio del 2006, en el que informa que en la Asamblea Cantonal de Central, Puntarenas, que celebrarán conforme lo comunicó oportunamente el 15 de julio, también estarán eligiendo a los candidatos que detalla.
Se dispone: Póngase en conocimiento de la Dirección General del Registro Civil y de la Coordinación de Programas Electorales para lo de sus respectivos cargos.
ARTICULO DECIMOSETIMO.- De la señora Rocío Álvarez Olaso, Subsecretaria General del Partido Unión para el Cambio, se conoce fax correspondiente a oficio Nº UPC-SEC-EL-009-06 del 7 de julio del 2006, mediante el cual solicita los formularios para lo inscripción de candidaturas municipales, de acuerdo al artículo 76 de Código Electoral.
Se dispone: Pase a la Dirección General del Registro Civil, para su atención.
ARTICULO DECIMOCTAVO.- Del señor Carlos Araya Rodríguez, apoderado de la empresa ARTINSOFT ZONA FRANCA, S.A., se conoce copia de memorial del 6 de julio del 2006, dirigido al señor Javier Vega Garrido, Proveedor institucional, mediante el cual, con fundamento en los argumentos que expone, y con relación a la Licitación Pública Nº 06-2006 : “Servicios de Migración de los Sistemas Civil y Electoral del Tribunal Supremo de Elecciones”, le solicita anular los informes técnicos y corregir los graves vicios del procedimiento de esa contratación.
Se dispone: Estése a la espera de lo que resuelva la Proveeduría institucional, cuya decisión será puesta en conocimiento de este Tribunal.
ARTICULO DECIMONOVENO.- De la señora Sonia Soto Barrantes, Apoderada Especial de la empresa Tectronic de Costa Rica, S.A., se conoce oficio Nº GG-073.06 del 4 de julio del 2006, al que adjunta escritura adicional, poder especial y certificación (sic) del Banco Nacional, con el fin de cumplir con la prevención efectuada por acuerdo adoptado por este Tribunal en sesión Nº 140-2006, de 27 de junio pasado, comunicado por oficio Nº 4002-TSE-2006.
Se dispone: Pase al Departamento Legal institucional.
ARTICULO VIGESIMO.- De la señora Patricia Corrales López, Directora del Centro Educativo Buenaventura Corrales, se conoce fax correspondiente a oficio sin número del 6 de julio del 2006, mediante el cual solicita una audiencia, de ser posible para después del 17 de julio en curso, para el fin que indica.
Se dispone: Conceder la audiencia para el próximo martes 18 de julio a las 11:00 horas.
ARTICULO VIGESIMOPRIMERO.- Del señor Danilo Rodríguez Montero, conocido como Edgar Danilo, se conoce nota del 10 de julio del 2006, mediante la cual plantea consulta relacionada con la posible integración de una coalición en los términos que detalla.
Se dispone: El asesoramiento técnico-jurídico que se reclama no puede ser brindado por este Tribunal, puesto que las reglas constitucionales y legales que disciplinan su competencia no le confieren atribuciones de esta naturaleza, como sí sucede con otros órganos o entes consultivos. Téngase en cuenta que la única competencia consultiva de la cual goza el Tribunal Supremo de Elecciones está consagrada en el artículo 19.c del Código Electoral, que lo habilita a evacuar las peticiones de los partidos políticos relativas a la interpretación de las disposiciones constitucionales y legales en materia electoral.
En razón de lo expuesto, el Tribunal no puede acceder a la solicitud planteada.
No obstante lo anterior, la Secretaría del despacho facilitará al gestionante, copia de las resoluciones emitidas por este Tribunal en la materia de sus interés.
A las dieciséis horas terminó la sesión.
Oscar Fonseca Montoya |
Eugenia María Zamora Chavarría |
Juan Antonio Casafont Odor |
Ovelio Rodríguez Chaverri |
Zetty Bou Valverde |