ACTA Nº 145-2006

 

Sesión ordinaria celebrada por el Tribunal Supremo de Elecciones a las nueve horas del trece de julio del dos mil seis, con asistencia de los señores Magistrados Oscar Fonseca Montoya, quien preside, Luis Antonio Sobrado González, Juan Antonio Casafont Odor y Ovelio Rodríguez Chaverri, y la señora Magistrada Zetty Bou Valverde. 

ARTÍCULO PRIMERO.- Se leyó y aprobó el acta de la sesión ordinaria inmediata anterior, excepto por el señor Magistrado Sobrado González, por no haber participado de dicha sesión.

ARTÍCULO SEGUNDO.- Se conocen los siguientes asuntos:

a) Del señor Alejandro Bermúdez Mora, Secretario del despacho, se conoce oficio Nº 4327-TSE-2006 del 12 de julio del 2006, mediante el cual informa de las gestiones realizadas como parte del concurso público Nº 01-2006-E, promovido para reclutar candidatos al cargo de Subauditor Interno de estos organismos electorales, haciendo del conocimiento del Tribunal lo pertinente para los efectos del nombramiento que ahora es necesario hacer, sometiendo a su vez la respectiva terna, según indica.

Se dispone: De previo a que el Tribunal se pronuncie sobre la terna propuesta por la Secretaría, pase al Departamento Legal institucional para que cumpla con lo ordenado en acuerdo adoptado en la sesión extraordinaria Nº 125-2005, artículo primero, del 23 de diciembre del 2005, comunicado mediante oficio Nº 8299-TSE-2005. ACUERDO FIRME.

b) De la señora Marisol Castro Dobles, Directora General del Registro Civil, se conoce:

1) Resolución Nº 042-2006 R.A.D.G. de las 9:00 horas del 5 de julio del dos mil seis, mediante la cual se dispone ascender en propiedad a partir del 16 de julio, a la servidora Jinny Funes Blanco, Auxiliar de Operación de la Sección de Opciones y Naturalizaciones, al cargo de Asistente de Operación en Oficialía Mayor Civil, en sustitución de Mauricio Romero Ramírez, quien fue trasladado al Departamento Electoral.

Se dispone: Aprobar. ACUERDO FIRME.

2) Oficio Nº 508-2006-D.G. del 6 del mes en curso, al que adjunta ejemplar del Estatuto del Partido Acción Ciudadana, debidamente actualizado y comunica que se tuvo por acreditadas a las señoras Teresita Aguilar Mirambell y Beatriz Rodríguez Ortiz, como Secretaria General y Subsecretaria General, respectivamente, en el Comité Ejecutivo Superior de dicha agrupación política. Agrega que enviará comunicación al Departamento de Tecnologías de Información y Comunicaciones para que realice las actualizaciones correspondientes en el sitio Web del Tribunal y en la Red Interinstitucional de Transparencia.

Se dispone: Tomar nota. Pase a la Secretaría del despacho para su debida custodia. ACUERDO FIRME.

3) Oficio Nº 519-2006-D.G. del 10 de julio del 2006, mediante el cual remite los oficios Nº 0733-2006 S.G.R.C. y CSR-353-2006, suscritos por los licenciados Juan Rafael Madrigal Hernández y Rodolfo Villalobos Orozco, Secretario General del Registro Civil y Coordinador de Servicios Regionales, respectivamente, a los que adjuntan el documento impreso y en disquete, correspondiente a los listados donde se detallan los lugares en que se está exhibiendo el padrón nacional electoral provisional.

Se dispone: Tomar nota. La Oficina de Comunicación y Protocolo hará un comunicado de prensa al respecto. Intégrese la información en el sitio web de este Tribunal. ACUERDO FIRME.

c) Del señor Jaime Madriz Muñoz, Contralor Electoral, se conoce oficio Nº 134-2006 C.E. del 12 de julio del 2006, mediante el cual informa que el lunes próximo pasado se inició el reciclaje de la documentación electoral de diciembre de 2002 en las instalaciones de la compañía Scott Paper, asignándose para el cuido del material un grupo de servidores, divididos en dos turnos diarios con dos personas, a los que para facilitarles la labor en la fábrica se les podría suministrar la alimentación, que estaría a cargo de la soda que funciona en la empresa. Para esos efectos, adjunta cotización del servicio que se ofrece, con el detalle de desayuno, almuerzo, café y cena para dos personas con un costo total diario de 4.000 colones, estimándose que la destrucción del material tomará aproximadamente un mes.

Se dispone: Tomar nota. Respecto al pago de viáticos, pase a la Dirección Ejecutiva. ACUERDO FIRME.

d) Del señor Francisco Rodríguez Siles, Coordinador a.i. de Programas Electorales, se conoce oficio Nº 535-C.P.E.-2006 del 11 de julio del 2006, mediante el cual eleva a conocimiento de este Tribunal, oficio Nº 323-2006 OCP del 11 del mes en curso, suscrito por la Licda. Ana María Jiménez Rodríguez, Encargada del Programa de Protocolo, en el que informa se han recibido muy pocas confirmaciones de asistencia al Acto de Convocatoria a Elecciones, y por tal motivo sugiere que se valore la pertinencia de reducir en 100 personas la contratación del servicio de alimentación para el brindis de honor que se ofrecerá a los invitados a dicha actividad, de tal manera que se contrate dicho servicio para 300 personas.

Se dispone: Conforme se propone, se reduce a trescientos la contratación en referencia. ACUERDO FIRME.

e) Del señor Gilberto Gómez Guillén, Contador, se conoce oficio Nº 477-2006 del 10 de julio del 2006, mediante el cual, con fundamento en las razones que expone, anexa informes sobre los extremos salariales que se le adeudan al exservidor Armando Barrantes Acuña, de conformidad con el oficio Nº 1080-2006 DRH del señor Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, con el propósito de que se redacte la resolución administrativa correspondiente.

Se dispone: Para lo de su cargo, pase al Departamento Legal. ACUERDO FIRME.

f) Del señor Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, se conoce:

1) Oficio Nº 1226-2006-DRH del 10 de julio del 2006, mediante el cual eleva a consideración de este Tribunal, oficio Nº AC-001-2006 del pasado 3 de julio que suscribe la Licda. Katia Zamora Guzmán, Jefa a.i. de la Oficina de Archivo Central, mediante el cual solicita que se nombre en forma interina al señor Josué Rojas Rojas, en una de las plazas de Auxiliar de Operación asignadas a esa unidad administrativa, en el entendido de que sería mientras se concretan los trámites para nombrar en propiedad. Agrega el señor Carías Mora, que en caso de que se no tengan objeciones, bien podría ubicarse al señor Rojas Rojas en el puesto número 101896 como Auxiliar de Operación de la Oficina de Archivo Central, lo que se haría con fundamento en el artículo noveno del Reglamento a nuestra Ley de Salarios, a partir del próximo 16 de julio y hasta que se designe al nuevo propietario de esa misma plaza.

Se dispone: Aprobar el nombramiento interino conforme se propone a partir del 16 de julio en curso. ACUERDO FIRME.

2) Oficio Nº 1228-2006-DRH del 10 de marzo (sic) del 2006, mediante el cual eleva a consideración de este Tribunal, oficio CSR-360-2006 del pasado 5 de julio y que suscribe el señor Rodolfo Villalobos Orozco, Coordinador de Servicios Regionales, en el cual solicita que, durante las vacaciones que por espacio de ocho días contados a partir del 17 de julio disfrutará el servidor Jorge Elizondo Soto, sus funciones como Jefe de la Oficina Regional de Jicaral, se le recarguen al servidor Wagner Francisco Zúñiga Chavarría, quien se desempeña como único Auxiliar en dicha sede.

Se dispone: Aprobar el recargo de funciones conforme se solicita. ACUERDO FIRME.

g) Del señor Gerardo Hernández Granda, Jefe a.i. del Departamento de Tecnologías de Información y Comunicaciones, se conoce oficio Nº 1254 DTIC del 10 de julio del 2006, suscrito conjuntamente con el señor Olivier López Jiménez, Jefe de la Sección de Cédulas, quienes en atención a lo dispuesto por este Tribunal en sesión ordinaria Nº 143-2006 del 6 de julio del año en curso, se pronuncian respecto a la recomendación consignada en el punto 1) del oficio Nº 1706-2006 del señor Javier Vega Garrido, Proveedor de este Tribunal, con respecto a la posibilidad de contratar directamente la solución para la continuidad del negocio SICI.

Se conoce conjuntamente con oficio Nº 193-2006-OPT del señor Rodolfo Delgado Rojas, Jefe de la Oficina de Proyectos Tecnológicos, mediante el cual se refiere al supracitado acuerdo, y se pronuncia sobre el punto 2) del indicado oficio Nº 1706-2006, referente a establecer la razonabilidad del precio de la solución aprobada.

Se dispone: Cumplido el requisito que señala la Proveeduría institucional, se dispone contratar directamente la solución para la continuidad del negocio SICI. ACUERDO FIRME.

h) De la señora Ana María Jiménez Rodríguez, Jefa de la Oficina de Comunicación y Protocolo, se conoce oficio Nº 326-2006 OCP del 12 de julio del 2006, mediante el cual, con el propósito de atender la petición para colocar en el salón de sesiones del sexto piso, una fotografía de la señora y señores Magistrados que atendieron las elecciones nacionales del 2006, presenta un cuadro con dos opciones de estudios fotográficos, a fin de que este Tribunal, si a bien lo considera, apruebe la contratación de uno de ellos.

Se dispone: Aprobar la propuesta del estudio fotográfico Rembrandt. ACUERDO FIRME.

i) De la señora Eugenia M. Flores V., Ministra de Ciencia y Tecnología, se conoce oficio Nº DM.124-2006 del 10 de julio del 2006, mediante el cual, con fundamento en las razones que expone, solicita la designación de un representante propietario y otro suplente para que integren el Comité Asesor de Políticas de Firma Digital, los cuales deben reunir los requisitos que indica.

Se dispone: Agradecer a la señora Ministra de Ciencia y Tecnología, su atenta comunicación y para atender su solicitud, se designan a la Licda. Mary Anne Mannix Arnold y al Lic. Rodolfo Delgado Rojas, como representantes propietaria y suplente, respectivamente, de este Tribunal ante el citado Comité. ACUERDO FIRME.

j) De la señora Ana Lorena Brenes Esquivel y el señor Farid Beirute Brenes, Procuradura General y Procurador General Adjunto, respectivamente, de la República, se conoce oficio Nº PGR-113-2006 del 11 de julio del 2006, mediante el cual, de conformidad con las razones que exponen, manifiestan que han asignado tres cupos para que operadores jurídicos de nuestra institución participen en la jornada académica denominada: “Los retos de la Administración Pública frente al Código Procesal Contencioso Administrativo”, que se desarrollará los días 27 de julio, 3 y 10 de agosto del año en curso, de 9:00 a.m. a 12 m.d., en el Auditorio Pablo Casafont del Colegio de Abogados. Agregan la información respectiva con el fin de confirmar la asistencia a dicha actividad -que debe ser a más tardar el 24 de julio-, así como el contacto para aclarar cualquier duda o ampliar información. 

Se dispone: Agradecer la amable invitación cursada a este Tribunal. Para ocupar los tres cupos ofrecidos se designan a las señoras Martha Castillo Víquez, Teresa Pérez Porta y Arlette Bolaños Barquero. ACUERDO FIRME.

k) Del señor José L. Desanti Montero, Presidente de la Refinadora Costarricense de Petróleo, S.A., se conoce oficio Nº P-1107-2006 del 11 de julio del 2006, en el que manifiesta que, en relación con la Circular Nº. 4043-TSE-2006 de 28 de junio pasado, referente al “Trabajo voluntario de funcionarios públicos para las Elecciones Municipales”, está trasladando la solicitud a la Gerencia de Administración y Finanzas, para que proceda a incentivar a todo el personal en dicha actividad que compete a todos los costarricense.

Se dispone: Acusar recibo y dar las gracias por la atención dispensada a este Tribunal. ACUERDO FIRME.

l) Del señor José Thompson, Director de Centro de Asesoría y Promoción Electoral, se conoce fax correspondiente a oficio sin número del 7 de julio del 2006, mediante el cual, por las razones que expone, solicita evaluar la posibilidad de que el señor Fernando Víquez Jiménez, Director Ejecutivo de este Organismo Electoral, les acompañe en una misión de asistencia técnica electoral al Tribunal Supremo Electoral de Guatemala, que tendrá lugar entre los días 17 y 21 de julio, para lo cual, el IIDH/CAPEL correría con todos los gastos que se deriven de dicha misión de misión de cooperación horizontal.

Se dispone: Aprobar. Se encargan las funciones del señor Víquez Jiménez, en el señor José Gilberto Alvarado Villalobos, Subdirector Ejecutivo. ACUERDO FIRME.

m) De la señora Elena Benavides Santos, Fiscalizadora de la División de Contratación Administrativa de la Contraloría General de la República, se conoce fax correspondiente a oficio Nº 09303 del 11 de julio del 2006, mediante el cual, de conformidad con los argumentos que expone, se imprueba el Addendum al Contrato suscrito entre el Tribunal Supremo de Elecciones y el Consorcio CR Soluciones - ABM integrado por las empresas CR Soluciones GLN, S.A. y Agencias Básicas Mercantiles (ABM de Costa Rica S.A.), para el suministro de los insumos para la elaboración de cédulas de identidad, considerando imprescindible que este Tribunal exponga el fundamento jurídico que permite lo que puntualiza.

Se dispone: Para su estudio y recomendación, con carácter de urgencia, pase al Departamento Legal. ACUERDO FIRME.

n) Del señor Otto Guevara Guth, Presidente del Partido Movimiento Libertario, se conoce oficio Nº PML-005-06 del 5 del mes en curso, mediante el cual comunica, la convocatoria de la Asamblea Nacional de esa agrupación política, conforme lo detalla, por lo que solicita la fiscalización de la misma por parte de miembros de este Tribunal.

Se dispone: Se aprueba la fiscalización correspondiente. La fiscalización que se autoriza no prejuzga sobre la validez de la asamblea por defectos y omisiones en la realización de las asambleas que debieron precederle o por cualquier otro motivo jurídicamente relevante, a determinar, en su oportunidad por la Dirección General del Registro Civil. Póngase en conocimiento de la Coordinación de Programas Electorales, para lo de su cargo. Respecto a la jornada extraordinaria que se genere, pase a la Dirección Ejecutiva para los efectos pertinentes. ACUERDO FIRME.

ñ) Del señor José Merino del Río, Presidente del Partido Frente Amplio, se conoce fax correspondiente a oficio JMR-JFFA-0163-2006 del 10 del mes en curso, mediante el cual comunica, para los efectos legales correspondientes, la convocatoria de las Asambleas Cantonales de esa agrupación política en Pérez Zeledón y Santa Ana.

Se dispone: Se aprueba la fiscalización correspondiente, sujeta la cantonal de Pérez Zeledón, a que en el plazo de 24 horas, presenten ante la Oficina de Coordinación de Programas Electorales, la autorización para el uso de las instalaciones de la Sala de Sesiones del Consejo Municipal. La fiscalización que se autoriza no prejuzga sobre la validez de la asamblea por defectos y omisiones en la realización de las asambleas que debieron precederle o por cualquier otro motivo jurídicamente relevante, a determinar, en su oportunidad por la Dirección General del Registro Civil. Póngase en conocimiento de la Coordinación de Programas Electorales, para lo de su cargo. Respecto a la jornada extraordinaria que se genere, pase a la Dirección Ejecutiva para los efectos. ACUERDO FIRME.

o) Del señor Juan José Vargas Fallas, Presidente del Partido Patria Primero, se conoce oficio Nº 04-072006PP del 3 del mes en curso, en el que comunica que esa agrupación política estará realizando su Asamblea Nacional, conforme lo detalla.

Se dispone: Se aprueba la fiscalización correspondiente en la medida de lo posible. La fiscalización que se autoriza no prejuzga sobre la validez de la asamblea por defectos y omisiones en la realización de las asambleas que debieron precederle o por cualquier otro motivo jurídicamente relevante, a determinar, en su oportunidad por la Dirección General del Registro Civil. Póngase en conocimiento de la Coordinación de Programas Electorales, para lo de su cargo. Respecto a la jornada extraordinaria que se genere, pase a la Dirección Ejecutiva para los efectos pertinentes. ACUERDO FIRME.

p) Del señor Luis Fishman Z., Presidente del Partido Unidad Social Cristiana, se conoce oficio Nº FC.008-06 del 11 de julio del 2006, mediante el cual remite dos libros legales (Diario General y Mayor General), para su respectiva legalización a nombre de dicha agrupación política, y que será utilizados para registrar operaciones de la siguiente campaña electoral 2006-2010.

Se dispone: Pase al Secretario del despacho para que proceda conforme en derecho corresponda. ACUERDO FIRME.

q) Del señor Alberto Salazar Ugalde, Presidente a.i. del Partido Unión Palmareña, se conoce fax correspondiente a oficio #39-UP06 del 9 del mes en curso, mediante el cual comunica que han programado celebrar la Asamblea Distrital de Santiago, conforme lo detalla.

Se dispone: Se aprueba la supervisión correspondiente en la medida de lo posible. Póngase en conocimiento de la Coordinación de Programas Electorales, para lo de su cargo. Respecto a la jornada extraordinaria que se genere, pase a la Dirección Ejecutiva para los efectos pertinentes. ACUERDO FIRME.

r) De la señora Teresita Aguilar Mirambell, Secretaria General del Partido Acción Ciudadana, se conoce:

1) Oficios Nº PAC-CE-269-2006, PAC-CE-270-2006, PAC-CE-271-2006, PAC-CE-272-2006, PAC-CE-273-2006, PAC-CE-274-2006 y PAC-CE-278-2006, todos del 11 del mes en curso, mediante los cuales, con el fin específico de que este Tribunal adopte las previsiones que correspondan en cuanto a la designación de delegados, comunica la convocatoria de las Asambleas Cantonales de San Mateo, Central y Poás de la provincia de Alajuela; Montes de Oro y Parrita de la provincia de Puntarenas; Talamanca de la provincia de Limón; y Abangares de la provincia de Guanacaste, conforme lo detalla.

Se dispone: Se aprueba la fiscalización correspondiente en la medida de lo posible, sujeta la Asamblea del Cantón Central de Alajuela, a que en el plazo de 24 horas, se presente ante la Oficina de Coordinación de Programas Electorales, la autorización para el uso de las instalaciones de la Biblioteca Pública. La fiscalización que se autoriza no prejuzga sobre la validez de la asamblea por defectos y omisiones en la realización de las asambleas que debieron precederle o por cualquier otro motivo jurídicamente relevante, a determinar, en su oportunidad por la Dirección General del Registro Civil. Póngase en conocimiento de la Coordinación de Programas Electorales, para lo de su cargo. Respecto a la jornada extraordinaria que se genere, pase a la Dirección Ejecutiva para los efectos pertinentes. ACUERDO FIRME.

2) Oficio Nº PAC-CE-286-2006 del 12 del mes en curso, mediante el cual, con el fin de que se designen delegados, comunica que han convocado la celebración de las Asambleas Distritales de Cirrí Sur y San José, del cantón de Naranjo de la provincia de Alajuela, conforme lo detalla.

Se dispone: Se aprueba la supervisión correspondiente en la medida de lo posible. Póngase en conocimiento de la Coordinación de Programas Electorales, para lo de su cargo. Respecto a la jornada extraordinaria que se genere, pase a la Dirección Ejecutiva para los efectos pertinentes. ACUERDO FIRME.

s) De la señora Ligia Elizondo Morales, Secretaria General del Partido Alianza por San José, se conoce oficio No. 348-PASJ-06 del 10 del mes en curso, mediante el cual solicita se nombre un delegado para la supervisión de la Asamblea Distrital de San Sebastián, a realizarse el 17 de julio en curso, conforme lo detalla.

Se dispone: Se omite la designación de delegados en virtud de resultar extemporánea la comunicación que se hace a este Tribunal. Se le recuerda a la interesada que este tipo de gestiones deben hacerse con al menos cinco días antes a la fecha en que se ha programado realizar la respectiva asamblea. ACUERDO FIRME.

t) Del señor Alberto Ramírez Zambonini, Presidente del Tribunal Superior de Justicia Electoral del Poder Judicial de la República de Paraguay, se conoce fax correspondiente a oficio sin número del 11 de julio del 2006, mediante el cual cursa cordial invitación para formar parte de la Misión Oficial de Observación de los procesos de Elecciones Internas de la Asociación Nacional Republicana (ANR) y del Partido Liberal Radical Auténtico (PLRA), para Intendentes Municipales de la ciudad de Asunción, que llevarán a cabo en ese país los días 23 de julio y 6 de agosto del presente año.

Se dispone: Agradecer al Dr. Ramírez Zambonini la amable invitación y comunicarle que lamentablemente, por la proximidad del proceso electoral municipal que se efectuará en diciembre de este año, los Magistrados de este Tribunal deben permanecer a tiempo completo en el organismo y, por tanto, no es posible atender la invitación cordial que se hace. ACUERDO FIRME.

u) De la señora Rosario García Mahamut, Directora General de Política Interior del Ministerio del Interior de España, y el señor Daniel Zovatto, Director Regional para América Latina de IDEA International, se conoce oficio sin número del 6 de julio del 2006, mediante el cual cursa cordial invitación para participar en el Segundo Seminario Iberoamericano sobre Partidos Políticos: “Procesos de reforma en los Sistemas de Gobierno, Sistemas Electorales y sus efectos en los Sistemas de Partidos”, que se realizará los días 19 y 22 de septiembre de 2006, en el Centro de formación de la cooperación española en Cartagena de Indias, Colombia. 

Se dispone: Agradecer a la señora García Mahamut y al señor Zovatto, la amable invitación y comunicarles que lamentablemente, por la proximidad del proceso electoral municipal que se efectuará en diciembre de este año, los Magistrados de este Tribunal deben permanecer a tiempo completo en el organismo y, por tanto, no es posible atender la invitación cordial que se hace. ACUERDO FIRME.

v) De la señora Diputada Ofelia Taitelbaum Yoselewich, Presidenta de la Comisión Permanente de Asuntos Sociales de la Asamblea Legislativa, se conoce oficio sin número del 3 de julio del 2006, mediante el cual informa que esa Comisión, en la Sesión Ordinaria Nº 11 del 27 de junio del 2006, aprobó la moción para iniciar el proceso relativo a las consultas a realizar en los territorios indígenas, en el marco del proyecto de ley nº 14.352, cuyos talleres se llevarán a cabo del 22 de julio al 27 de agosto del año en curso, según calendario que adjunta, y que por compromisos derivados del Convenio 169 de la OIT, es conveniente que el proceso cuente con supervisión y fiscalización del Tribunal, por lo que solicita se le informe sobre la participación y disponibilidad de personal de este organismo electoral para efectuar las mencionadas consultas.

Se dispone: Contestar la solicitud formulada en los siguientes términos:

Antecedentes:

1. Mediante el oficio nº 3325-2002 de 6 de agosto del 2002, se comunica el acuerdo tomado en la sesión nº 113-2002, celebrada ese mismo día, en el que nos pronunciamos sobre el proyecto de ley denominado “Ley de Desarrollo Autónomo de los Pueblos Indígenas”, tramitado bajo expediente nº 14.352, advirtiendo algunas deficiencias que sugerimos corregir. Se transcribe lo apuntado en esa ocasión:

“… h) De la Licda. Sonia Mata Valle, Jefa de Área de la Comisión Permanente de Asuntos Sociales de la Asamblea Legislativa, se conoce nota de fecha 23 de julio del año en curso, mediante la cual consulta el criterio de este Tribunal en relación con el proyecto “Ley de Desarrollo Autónomo de los Pueblos Indígenas” tramitado bajo expediente N°.14.352.

Se dispone contestar en los siguientes términos: “Este proyecto pretende el reconocimiento legal de la autonomía de los pueblos indígenas y del derecho a la reivindicación de sus culturas, y establece el marco jurídico para su desarrollo, de conformidad con la Constitución Política y los tratados internaciones ratificados por el país.

En lo que constituye materia de este organismo electoral, el proyecto determina, en el artículo 40, que el Tribunal “se encargará de vigilar en cada territorio los procesos de elección del Consejo Directivo del territorio. Además, asesorará a los pueblos indígenas a fin de establecer un padrón indígena para cada territorio, con base en los procedimientos y regulaciones de esta Ley y en los principios del Convenio N°.169 de la Organización Internacional del Trabajo”. El artículo 39 dispone que cada territorio “establecerá los requisitos formales para integrar el padrón electoral y las modificaciones de elección. Los indígenas interesados en participar en los procesos electorales se incorporarán al censo del territorio”. El 41 agrega que en los pueblos indígenas “se levantará un censo de los vecinos mayores de quince años que deseen integrar el padrón electoral, para efectos de elegir a los miembros del Consejo”. Finalmente, el artículo 43 dispone que en “un plazo de noventa días a partir de la aprobación de la presente Ley, el Tribunal publicará un calendario que permita realizar las elecciones de los consejos indígenas en un período máximo de un año, a fin de que estén instalados para iniciar su gestión a más tardar el 1 de enero de 1999”.

Este Tribunal, al igual como lo hace con las consultas populares a nivel municipal, se encuentra en capacidad de asesorar a las comunidades indígenas y supervisar la realización de los procesos de elección de los Consejos Directivos. A diferencia de aquellas consultas, los procesos establecidos en esta Ley se llevarían a cabo no con base en el Padrón Nacional Electoral provisto por el Tribunal, sino en los padrones que cada comunidad indígena elaborará según los requisitos formales que ella misma haya dispuesto, incluyendo a los vecinos mayores de quince años. Ello supone un esfuerzo particular de cada comunidad para la elaboración de sus listados de electores.

Sin embargo, consideramos necesario que la ley indique expresamente a cuáles órganos de la comunidad indígena corresponderá la definición de requisitos, el levantamiento del censo, la elaboración del padrón y la conducción del proceso electivo, para dejar en claro a través de quiénes se canalizará la asesoría y vigilancia que este Tribunal ofrecería. Tal omisión legal puede causar serios problemas prácticos que, inclusive, podrían impedir el cumplimiento de la finalidad normativa.

El artículo 43 presenta dos deficiencias que conviene corregir. Por una parte, dispone que el Tribunal publicará un calendario para la elección de los consejos indígenas en un período máximo de un año. En realidad, tal como ocurre en el caso de las consultas populares a nivel municipal, cada comunidad indígena debería establecer su propio calendario. Ello resulta más acorde con el principio de autonomía que pregona la ley, y que sería lesionado si las comunidades fueran obligadas a realizar sus procesos en fechas dispuestas por un órgano ajeno a ellas. Además, son las propias comunidades las que mejor conocen sus condiciones organizativas, logísticas, geográficas, climáticas y sociales, como para determinar las fechas de sus respectivas elecciones.

Por otra parte, el mismo artículo 43 señala que los consejos indígenas deberán estar instalados para iniciar su gestión a más tardar el “1 de enero de 1999”, fecha evidentemente errada.

En síntesis, consideramos necesarias las siguientes correcciones:

a) que se defina el órgano indígena encargado de levantar el censo, establecer los requisitos, elaborar y aprobar el padrón y dirigir las elecciones;

b) que se corrija el artículo 43 en el sentido de que las propias comunidades indígenas establezcan el calendario de sus respectivos procesos;

c) que en el artículo 43 se corrija la fecha en que deberán estar instalados los consejos indígenas.

De realizarse tales correcciones, este Tribunal no tendría mayor objeción sobre el citado proyecto.”. ACUERDO FIRME.”

2. En sesión extraordinaria nº 89-2005, celebrada el 16 de setiembre del 2005, comunicada por oficio nº 5836-TSE-2005 de esa fecha, este Tribunal dispuso escoger como asesores a los señores Héctor Fernandez Masís y Rodolfo Villalobos Orozco, ante una solicitud de la entonces Diputada, señora Kyra de la Rosa Alvarado, cuando fuera Presidenta de la Comisión de Asuntos Sociales de la Asamblea Legislativa (oficio CPAD-04-14325 del 07 de setiembre del 2005), para que se designara un representante del organismo electoral con el propósito de conformar una Comisión Consultiva a fin de definir un cronograma de los talleres preparatorios y la posterior colaboración en el seguimiento de la consulta a desarrollarse y dictaminarse, en virtud del proyecto de ley nº 14.352 de cita. En varias ocasiones se reunieron nuestros representantes con el resto de los miembros de esta Comisión sin que se llegaran a definir cuestiones concretas.

Sobre el fondo de la actual consulta:

Consulta la Diputada Taitelbaum Yoselewich si es posible la participación y disponibilidad del Tribunal, supervisando y fiscalizando, en las consultas a realizar en los territorios indígenas del 22 de julio al 27 de agosto del año en curso, en el marco del proyecto de ley tramitado bajo el expediente nº 14.352 en los términos que detalla.

Reiterando lo señalado al remitir el oficio nº 3325-2002 descrito en el primero de los antecedentes, este Tribunal, al igual como lo hace con las consultas populares a nivel municipal, se encuentra en capacidad de asesorar a las comunidades indígenas y supervisar la realización de los diferentes procesos de elección, y agradece que se le tome en cuenta para este importante evento.

Es válido acotar que, como es de todos conocido, actualmente se está trabajando en el proceso electoral para elegir Alcaldes, Síndicos y Concejales de Distrito, a realizarse el día 3 de diciembre de los corrientes. Precisamente, la convocatoria a elecciones municipales se efectuará el primero de agosto próximo y de seguido continuarán todas las actuaciones propias de preparación para los comicios, según se describen en el cronograma electoral aprobado en sesión 117-2006, celebrada el 04 de abril del 2006 (se adjunta una copia; también puede ser consultado en nuestra página web: www.tse.go.cr/cronograma_municipal2006.htm).

Para llevar a buen término el proceso eleccionario en esta institución se instauran diferentes programas electorales en los que participan activamente sus funcionarios, colaborando en la preparación de las elecciones, además de sus funciones ordinarias, por lo que sus jornadas laborales se extienden, lo cual limita la disponibilidad de tiempo para actividades no programadas con la debida antelación, como es el caso de las consultas que ahora nos ocupa.

Se desprende del texto de la moción de la Comisión de Asuntos Sociales, que se adjunta al memorial de la señora Diputada Taitelbaum Yoselewich, que no se efectuarán los talleres previos de los que se hablaba en el año 2005, sino que las consultas se llevarían a cabo directamente durante fines de semana, que van del 22 de julio al 27 de agosto entrantes, lo cual, sin perjuicio del desempeño obligado en el proceso electoral antes descrito, facilita la cooperación del personal de este Tribunal en la realización de esas consultas en los territorios indígenas.

La participación del Tribunal Supremo de Elecciones, puede considerarse como un requisito de validez de toda consulta popular, pues su función es de asesoría, colaboración y fiscalización imparcial y objetiva; además, por el grado de independencia demostrada que goza, otorgada constitucionalmente, el Tribunal garantiza que los procesos se desarrollen con transparencia, legalidad y seguridad, tal y como lo exige la normativa internacional aplicable al tema en estudio -artículo 6 del Convenio nº 169 de la Organización Internacional del Trabajo sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes-, que de seguido se transcribe: 

“Artículo 6

1. Al aplicar las disposiciones del presente Convenio, los gobiernos deberán:

a) consultar a los pueblos interesados, mediante procedimientos apropiados y en particular a través de sus instituciones representativas, cada vez que se prevean medidas legislativas o administrativas susceptibles de afectarles directamente;

b) establecer los medios a través de los cuales los pueblos interesados puedan participar libremente, por lo menos en la misma medida que otros sectores de la población, y a todos los niveles en la adopción de decisiones en instituciones electivas y organismos administrativos y de otra índole responsables de políticas y programas que les conciernan;

c) establecer los medios para el pleno desarrollo de las instituciones e iniciativas de esos pueblos, y en los casos apropiados proporcionar los recursos necesarios para este fin.

2. Las consultas llevadas a cabo en aplicación de este Convenio deberán efectuarse de buena fe y de una manera apropiada a las circunstancias, con la finalidad de llegar a un acuerdo o lograr el consentimiento acerca de las medidas propuestas.”

Expuesto lo anterior, el Tribunal manifiesta su anuencia a colaborar con la realización de las consultas en los territorios indígenas, en la medida de sus posibilidades y considerando que está avocado en la actualidad a cumplir con el mandato democrático en las elecciones municipales.

Conclusión:

Este Tribunal, atendiendo la solicitud presentada por la señora Presidenta de la Comisión Permanente de Asuntos Sociales de la Asamblea Legislativa, designa a los señores Francisco Rodríguez Siles, Subcoordinador de Programas Electorales, y Rodolfo Villalobos Orozco, Coordinador de Servicios Regionales, para que brinden la colaboración requerida en las consultas a realizar en los territorios indígenas. Asimismo, lamenta no poder tener una mayor participación en tan importante actividad, debido a las limitaciones impuestas por mandato constitucional y legal, en virtud del proceso electoral municipal que se avecina. ACUERDO FIRME.

w) Del señor José Luis Alvarado Vargas, Gerente de Área de Servicios Gubernamentales, División de Fiscalización Operativa y Evaluativa, de la Contraloría General de la República, se conoce oficio Nº 9360 del 7 de julio del 2006, mediante el cual remite el informe Nº DFOE-GU-13/2006, preparado por ese despacho, en el cual se consignan los resultados del estudio realizado en el Tribunal Supremo de Elecciones sobre el modelo de arquitectura de información.

Se acuerda: Con fundamento en la disposición 4.1 a., proceda el Comité Gerencial de Informática (CGI), en el plazo de quince días hábiles, a preparar y presentar a este Tribunal un plan de trabajo y un cronograma para su cumplimiento, tendiente a construir un modelo de arquitectura de información que deberá ser incorporado al Plan Estratégico de Tecnologías de la Información (PETI) en el plazo que señala la Contraloría General de la República, a la vez que, conforme a los términos que se indican en la disposición 4.1 b., propondrá a este Tribunal la política a dictar en el sentido que se indica. Para estos propósitos y conforme a lo que preceptúa la Ley de Control Interno, la Auditoría Interna brindará asesoría al CGI por medio del Auditor en Tecnologías de Información.

En cuanto a la disposición 4.1 c., proceda de inmediato la Inspección Electoral a iniciar la investigación administrativa correspondiente, en la que considerará los extremos que se señalan en el informe que se conoce. Se comisiona a la señora Arlette Bolaños Barquero para que le dé seguimiento a este asunto y prepare los informes periódicos que se remitirán a la Contraloría General de la República.

El Jefe a.i. del Departamento de Tecnologías de Información y Comunicaciones, cumplirá debidamente con lo que se estipula en la disposición 4.2 a. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO TERCERO.- Se dispone: Aclarar el acuerdo tomado por este Tribunal en sesión ordinaria Nº 143-2006, artículo segundo, celebrada el 6 de julio en curso, comunicado por oficio Nº 4199-TSE-2006, en el sentido de que los dos días de vacaciones concedidos a la señora Magistrada Zamora Chavarría, corresponden a un adelanto de las mismas del período 2005-2006, del cual adquiere derecho en el próximo mes de setiembre.

ARTICULO CUARTO.- Del señor Fernando Víquez Jiménez, Director Ejecutivo, se conoce:

a) Oficio Nº D.L. 799-2006 del 11 de julio del 2006, mediante el cual informa que el Ministerio de Hacienda y el Comité por la Transparencia y la Ética, que coordina el Lic. Víquez Jiménez, según acuerdo de este Tribunal tomado en sesión Nº 115-2005, oficio Nº 7805-TSE-2005 del 6 de diciembre del año pasado, están organizando un Foro sobre “E-Compras Gubernamentales”, el cual se llevará a cabo el 26 de este mes en nuestro Auditorio y cuyo objetivo detalla. Agrega que dicho evento está dirigido a los jerarcas y proveedores de algunas entidades públicas y privadas, conforme al programa que adjunta.

Se dispone: Tomar nota.

b) Oficio Nº 58-2006- C. de C. del 11 de julio del 2006, al que adjunta copia del acta de la reunión Nº 573-06, celebrada el 10 de julio por la Comisión de Construcciones.

Se dispone: Tomar nota.

ARTÍCULO QUINTO.- Del señor Francisco Rodríguez Siles, Coordinador a.i. de Programas Electorales, se conoce oficio Nº 532-C.P.E.-2006 del Coordinador de Programas Electorales a.i., que literalmente dice:

“El señor Carlos Rojas Smith, Jefe Nacional del Cuerpo de Delegados, mediante oficio No. 069-OCND-2006 del 06 de julio del año en curso, remite la renuncia presentada por el señor Luis Barrantes López al puesto de Jefe de Delegados de la Provincia de San José, e informa que la sustitución recayó en la señora Luisa Díaz Mata y a su vez el puesto de la señora Díaz Mata (Subjefe) será ocupado por el señor Luis Santisteban Larrad. Según nos informa el señor Rojas Smith, el señor Barrantes López seguirá desempeñándose como delegado Ad Honorem.”

Se dispone: En virtud de que es al Tribunal a quien le corresponde nombrar a los jefes regionales (artículo 12 del Reglamento del Cuerpo de Delegados), se aprueba la propuesta de la Jefatura Nacional de Delegados.

ARTICULO SEXTO.- De la señora Ana Virginia Calzada M., Magistrada Instructora de la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, se conoce notificación de la resolución de las 7:52 horas del 4 de julio del 2006, dentro del recurso de amparo interpuesto por José Francisco Campos Carranza contra el Consejo Municipal de Golfito (Expediente 05-003875-0007-CO), según la cual, ante la solicitud de aclaración planteada por este Organismo, dispone en lo conducente: “Así las cosas se omite por parte del Tribunal Supremo de Elecciones, que inicie procedimiento administrativo en contra de Rigoberto Núñez Salazar… pero en cuanto al trámite de Testimonio de Piezas que debe seguirse en el Ministerio Público se mantiene igual.”

Se dispone: Tomar nota y agregar a sus antecedentes.

ARTICULO SETIMO.- Del señor Vidar Helgesen, Secretario General del Instituto Internacional para la Democracia y la Asistencia Electoral (IDEA), se conoce oficio sin número del 27 de junio del 2006, recibido el pasado 13 de julio, al que adjunta un ejemplar del Reporte Anual 2005, de dicho Instituto. Asimismo informa que asumió el cargo como nuevo Secretario General de IDEA en enero del 2006, e informa que el 14 de junio el Consejo de los 24 estados miembros de esa agrupación aprobó la Estrategia para el período 2006-2011. Manifiesta además el señor Helgesen que serán bienvenidos cualquier comentario y sugerencia que merezcan sus publicaciones.

Se dispone: Agradecer al señor Helgesen el envío de tan importante información. Remítase a la Biblioteca institucional para su debida custodia.

ARTICULO OCTAVO.- De la señora Patricia Jiménez Gómez, Directora Ejecutiva del Instituto Nacional de Fomento Cooperativo (INFOCOOP), se conoce fax correspondiente a oficio Nº D.E.#1791-2006 del 7 de julio del 2006, mediante el cual acusa recibo de la circular Nº 4043-TSE-2006, referente al trabajo voluntario de funcionarios/as públicos/as para las Elecciones Municipales y, con fundamento en la razones que expone, informa que ha iniciado la divulgación de la existencia del Programa de Auxiliares Electorales de este Tribunal, así como una campaña interna para motivar e incentivar la participación en el mismo de todo su personal colaborador.

Se dispone: Acusar recibido y dar las gracias por la atención dispensada a este Tribunal.

ARTICULO NOVENO.- De la señora Isabel Ulloa González, Jefa de Despacho de la Ministra de Obras Públicas y Transportes, se conoce copia de memorando DM-3876-06 del 11 de julio del 2006, dirigido a la señora Rosaura Montero Chacón, Oficial Mayor de ese Ministerio, mediante el cual le traslada para su información y trámite respectivo, el oficio Nº 4043-TSE-2006, suscrito por el señor Magistrado Presidente de este Tribunal, en el cual se solicita incentivar y autorizar a los funcionarios de esa Institución, a prestar trabajo voluntario en las Elecciones Municipales del próximo 3 de diciembre.

Se dispone: Archivar.

ARTICULO DECIMO.- Del señor Juan Carlos Cordero Céspedes, Coordinador Unidad de Cómputo del Instituto Costarricense de Electricidad, se conoce oficio Nº Cómputo CAP-020-2006 del 10 de julio del 2006, mediante el cual solicita se le digitalice en un disco duro compacto un archivo del Padrón Nacional, según formato que adjunta, para los efectos que señala.

Se dispone: Se le informa al gestionante que, de conformidad con lo dispuesto por este Tribunal en sesión Nº 11653, artículo segundo, inciso l), todo escrito o petición realizada por órganos públicos deberá ser planteada por el jerarca de la institución o quién ostente la representación institucional.

No obstante lo anterior, se le comunica al interesado que en nuestro sitio web (www.tse.go.cr) se encuentra el Padrón Nacional Electoral, para que el mismo pueda ser fácilmente transferido por cualquier interesado que lo desee.

ARTICULO DECIMOPRIMERO.- Del señor Vinicio Barrantes Murillo, quien manifiesta ser el Presidente del Comité Político Cantonal del partido Acción Ciudadana en Santa Bárbara de Heredia, se conoce nota del 6 de julio del 2006, mediante la cual solicita se le suministre un desglose de la votación para la elección Presidente de la República en las 42 mesas de dicho cantón, en virtud de tener dudas al respecto.  

Se dispone: Informarle al gestionante, que en nuestro sitio Web (www.tse.go.cr) se encuentran las actas de escrutinio de la elección de Presidente y Vicepresidentes de la República, en donde puede obtener la información que se interesa.

ARTICULO DECIMOSEGUNDO.- De la señora Ana María Jiménez Rodríguez, Jefa de la Oficina de Comunicación y Protocolo, se conoce oficio Nº 311-2006 OCP del 5 de julio del 2006, mediante el cual presenta las ofertas planteadas por diferentes grupos para el acto cultural de la ceremonia de Convocatoria a Elecciones Municipales, que se efectuará el próximo 1º de agosto.

Se dispone: Aprobar la opción del señor Carlos Guzmán.

A las quince horas terminó la sesión.

 
 
 
 
Oscar Fonseca Montoya
 
 
 
 
Luis Antonio Sobrado González
 
 
 
 
Juan Antonio Casafont Odor
 
 
 
 
 
Ovelio Rodríguez Chaverri
 
 
 
 
 
Zetty Bou Valverde