ACTA Nº 188-2006
Sesión ordinaria celebrada por el Tribunal Supremo de Elecciones a las nueve horas del veintiuno de noviembre del dos mil seis, con asistencia de los señores Magistrados Oscar Fonseca Montoya, quien preside, y Luis Antonio Sobrado González.
ARTÍCULO PRIMERO.- La señora Magistrada Eugenia María Zamora Chavarría se integrará posteriormente a la sesión, en virtud de encontrarse representando al Tribunal Supremo de Elecciones en el “Segundo Congreso Nacional de Gestión y Fiscalización de la Hacienda Pública”, organizado por la Contraloría General de la República.
ARTÍCULO SEGUNDO.- Se conocen los siguientes asuntos:
a) Del señor Alejandro Bermúdez Mora, Secretario del despacho, se conoce oficio Nº 7005-TSE-2006 del 15 del mes en curso, mediante el cual comunica a este Tribunal la presentación del presupuesto por parte del MSc. Olman Ramírez Moreira, Coordinador por la Universidad de Costa Rica del proyecto: “La participación ciudadana en la política y las elecciones: 2006 en perspectiva histórica”, desarrollado dentro del marco de la Carta de Entendimiento Nº. 2 del Convenio de Cooperación entre este Tribunal y la UCR, indicando que dado que la Universidad cumplió con el informe de avance y el presupuesto según los lineamientos contenidos en la cláusula décima de dicha carta, y considerando que el Tribunal realizó la previsión presupuestaria para hacer frente a este compromiso, sugiere autorizar la transferencia de los ¢20.000.000,00 (veinte millones de colones) a favor de la UCR, en cumplimiento del compromiso adquirido por este Tribunal en la mencionada carta. Asimismo, informa que el MSc. Ramírez Moreira solicitó nuevamente la remisión de la batería de preguntas dirigidas a conocer la opinión ciudadana sobre la transparencia de este Tribunal, por lo que el señor Secretario pide validar las preguntas que formulara en su oportunidad la Comisión de Asuntos Académicos según el acta Nº. 008-2006, las cuales fueron debidamente consultadas al señor Mario Umaña, Estadístico de la Dirección Ejecutiva.
Se dispone: Autorizar conforme lo recomienda el señor Secretario del despacho. Proceda la Contaduría Institucional a efectuar la transferencia económica a la Universidad de Costa Rica consistente en ¢20.000.000,00 (veinte millones de colones), según los términos de la Carta de Entendimiento Nº. 2 del Convenio de Cooperación suscrito entre este Tribunal y dicha Universidad. Asimismo, se valida la batería de preguntas planteadas por la Comisión de Asuntos Académicos, consignadas en el acta Nº. 008-2006 de esta Comisión. Remita el señor Secretario la información correspondiente al MSc. Olman Ramírez Moreira, en su condición de coordinador del proyecto por parte de la UCR. ACUERDO FIRME.
b) De la señora Marisol Castro Dobles, Directora General del Registro Civil, se conoce:
1) Oficio Nº 943-2006-D.G. del 13 de noviembre del 2006, mediante el cual informa lo siguiente:
“Respetuosamente elevo a conocimiento del Tribunal Supremo de Elecciones, el oficio No.1845-2006-O.M.E. suscrito por la Licda. Ana Isabel Fernández Alvarado, Oficial Mayor Electoral, mediante el cual y con la finalidad de atender las gestiones de cédula para las Elecciones de diciembre próximo, sugiere el siguiente horario:
“…que las gestiones de cédula solicitadas ante las Oficinas Regionales hasta el 24 de noviembre inclusive y en el Despacho Cedular de la Sede Central hasta el 30 de noviembre del año en curso, se procurará la entrega oportuna de la cédula de identidad al ciudadano para el día de las elecciones (…) ampliar la jornada de atención al público en la Sede Central (recepción y entrega de cédula) con el siguiente horario:
• Del 27 de noviembre al primero de diciembre de las 7:00 a las 17:00 horas
• Sábado 2 de diciembre de las 8:00 a las 18:00 horas
• Domingo 3 de diciembre de las 6:00 a las 18:00 horas…”
En aras de brindar facilidad a todas las personas que requieren cédula de identidad en la Sede Central, para votar en las elecciones municipales del 3 de diciembre, muy respetuosamente solicito al Superior, si a bien lo tiene, la aprobación de la jornada extraordinaria solicitada por la Señora Oficial Mayor Electoral.”
Se dispone: Aprobar. La Oficina de Comunicación y Protocolo, preparará, a la mayor brevedad, una publicación sobre el particular. ACUERDO FIRME.
2) Oficio Nº 944-2006-D.G. del 13 de noviembre del 2006, mediante el cual informa lo siguiente:
“Respetuosamente elevo a conocimiento del Tribunal Supremo de Elecciones, el oficio CSR-582-2006 suscrito por el Lic. Rodolfo Villalobos Orozco, Coordinador de Servicios Regionales, mediante el cual y con la finalidad de atender las gestiones de cédula para las Elecciones de diciembre próximo, sugiere el siguiente horario:
“…ampliar de igual manera el horario de las oficinas regionales con el objeto de que puedan también atender la entrega de cédulas con ocasión de la proximidad de las elecciones, según el siguiente horario:
Del 27 de noviembre al 02 de diciembre, de las 8:00 a.m. a las 6:00 p.m.
Domingo 3 de diciembre, de las 6:00 a.m. a las 6:00 p.m….”
En aras de brindar facilidad a todas las personas que requieren cédula de identidad en las Oficinas Regionales, para votar en las elecciones municipales del 3 de diciembre, muy respetuosamente solicito al Superior, si a bien lo tiene, la aprobación del horario solicitado por el Señor Coordinador de Servicios Regionales.”
Se dispone: Aprobar. La Oficina de Comunicación y Protocolo, preparará, a la mayor brevedad, una publicación sobre el particular. ACUERDO FIRME.
3) Oficio Nº 948-2006-D.G. del 14 de octubre del año en curso, al que adjunta ejemplar del Estatuto del Partido Moravia Progresista, debidamente actualizado y detalla los nombramientos en el Comité Ejecutivo Superior de esa agrupación política. Agrega que enviará comunicación al Departamento de Tecnologías de Información y Comunicaciones para que realice las actualizaciones correspondientes en el sitio web del Tribunal y en la Red Interinstitucional de Transparencia.
Se dispone: Tomar nota. Pase a la Secretaría del despacho para su debida custodia. ACUERDO FIRME.
c) Del señor Fernando Víquez Jiménez, Director Ejecutivo, se conoce oficio Nº. DE-1399-2006 del 16 del mes en curso, mediante el cual informa que el Jefe a.i. del Departamento de Tecnologías de Información y Comunicaciones, en oficio Nº 2182 del 14 de este mes, del cual adjunta fotocopia así como de sus antecedentes, solicita se amplíe el ancho de banda del enlace “frame relay” de 1.5 Mbps a 2 Mbps, entre la sede principal de este Tribunal y las oficinas regionales conectadas y, sobre el particular, el señor Víquez Jiménez, con base en las razones que expone, recomienda que el Departamento Legal proceda con los trámites necesarios para modificar el contrato actual en la forma que se indica.
Se dispone: Aprobar la recomendación que formula el señor Director Ejecutivo. En consecuencia, proceda el Departamento Legal conforme se sugiere. ACUERDO FIRME.
d) De la señora Mary Anne Mannix Arnold, Jefa a.i. del Departamento Legal, se conoce:
1) Oficio Nº D.L. 657-2006 del 16 del mes en curso, mediante el cual informa que el pasado 8 de noviembre recibió copia del oficio Nº 1175-DECOB-06 del Departamento de Cobranzas de la Municipalidad de San José, el cual fue dirigido al señor Gilberto Gómez Guillén, Contador del Tribunal, y en el que se detalla el monto que la institución adeuda al ayuntamiento, con el fin de que se valore la posibilidad de acogerse a la amnistía tributaria promulgada mediante la ley Nº 8515, la cual vencerá, para el caso, el 22 de diciembre próximo. Al respecto, informa que acogerse a la amnistía tributaria aludida, implicará ordenar a la Contaduría que devuelva las facturas antiguas, para que así se puedan emitir las nuevas, en las que se aplicaría la moratoria. Asimismo, la señora Mannix Arnold manifiesta que, de acogerse la recomendación expuesta, se podría proceder en definitiva a honrar los adeudos con dicho ayuntamiento, siendo que, tal y como les manifestó verbalmente el señor Contador del Tribunal, existe contenido económico para la cancelación del monto dicho, aplicando la amnistía, subrayando que debe tramitarse lo correspondiente con la celeridad debida.
Se dispone: Proceda la Contaduría institucional conforme lo recomienda el Departamento Legal. ACUERDO FIRME.
2) Oficio Nº D.L. 658-2006 del 16 de noviembre del 2006, mediante el cual, en atención a lo dispuesto por este Organismo en sesión Nº 179-2006 de 24 de octubre pasado, relacionado con la solicitud que en su oportunidad hiciera el señor Héctor Fernández Masís, Coordinador de Programas Electorales, para que ese Departamento, por la vía de addendum, modificara el contrato vigente suscrito con la Imprenta Nacional, con la finalidad de que este Tribunal a través de esa figura contractual, adquiera una nueva compra de repuestos para la máquina que numeró las papeletas para la elección de Alcaldes, reitera el criterio vertido en su oficio Nº 543-2006 del 17 de octubre de este año, por lo que en tal sentido y a la luz del documento contractual vigente, no existe procedimiento alguno que permita o justifique atender dicha compra, máxime que la misma carece de interés actual, en vista de que el material se imprimió en tiempo y ya está en proceso de distribución.
Se dispone: Tomar nota. Póngase en conocimiento del señor Héctor Fernández Masís, Coordinador de Programas Electorales. ACUERDO FIRME.
e) De la señora Martha Castillo Víquez, Profesional Especializado del Departamento Legal de este Tribunal, se conoce oficio sin número del 13 de noviembre del 2006, mediante el cual solicita con fundamento en las razones que expone, se revoque el acuerdo adoptado por este Organismo en sesión ordinaria Nº 184-2006, artículo segundo, según el cual se le designó como encargada de continuar atendiendo todo lo relacionado con los procedimientos de pago de jornada extraordinaria, en virtud de la excusa presentada por la señora Mary Anne Mannix Arnold, al considerar que le asiste un interés directo en el asunto.
Se dispone: Acoger la excusa que formula la Licda. Castillo Víquez y, en su lugar, encargar al Lic. Erick Guzmán Vargas, para que continúe atendiendo todo lo relativo al asunto en referencia. ACUERDO FIRME.
f) Del señor Javier Vega Garrido, Proveedor institucional, se conoce:
1) Oficio Nº 2969-2006 del 16 del mes en curso, mediante el cual, con respecto a la Licitación Pública Nº 05-2006 “Compra de nueve estaciones de trabajo para expedir la tarjeta de identidad de menores”, cuyo acto de adjudicación fue anulado por la Contraloría General de la República, con base en las razones que expone, manifiesta que si este Tribunal lo tiene a bien, corresponde trasladar el asunto al Departamento Legal, para que prepare el proyecto de resolución que así lo declare de conformidad con lo previsto en el artículo 56.6 del RGCA.
Se dispone: Conforme se sugiere, pase este asunto al Departamento Legal, para lo que corresponda. ACUERDO FIRME.
2) Oficio Nº 2996 del 17 de noviembre del 2006, mediante el cual informa lo que se transcribe a continuación:
“En atención al acuerdo tomado por el Superior en Sesión Ordinaria N° 185-2006, celebrada el 14 de los corrientes y comunicado mediante oficio 6889-TSE-2006, me permito informar el estado de las adquisiciones de materiales y herramientas vinculadas al informe del señor Carlos Ysaac Márquez que se conoció en dicha sesión:
CANTIDAD |
DESCRIPCIÓN |
DOCUMENTO |
FECHA DE EMISIÓN |
FECHA DE APROBACIÓN |
ESTADO |
01 |
Ratchet Richie |
Compra en efectivo |
09/11/2006 |
El Almacén de Proveeduría |
|
01 |
Juego de 12 llaves corofijas con ratchet 8-19MM |
Orden de pedido interna Nº 9083 |
08/11/2006 |
09/11/2006 |
El Almacén de Proveeduría |
01 |
Juego de 65 cubos y accesorios esp. ¼-1/2-3/4” MM/PULG |
Orden de pedido interna Nº 9083 |
08/11/2006 |
09/11/2006 |
El Almacén de Proveeduría |
01 |
Electricians multimeter and clamp meter combo kit (multímetro) (sic) |
Orden de pedido interna Nº 9084 |
09/11/2006 |
09/11/2006 |
Recibida ayer de Contaduría según memorando Nº215-06 A.T. |
01 |
Bomba para cargar aceite Ritchie 77940 con su respective elemento |
Orden de pedido interna Nº 9085 |
09/11/2006 |
15/11/2006 |
En trámite de compra |
01 |
Hidrolavadora p/agua fría marca Karcher modelo K 340 |
Orden de pedido interna Nº 9086 |
09/11/2006 |
Anulada según Memorando Nº 129 de Contaduría |
Según el cuadro anterior, los trámites de adquisición de esas herramientas y equipos por parte de la Proveeduría son anteriores al supracitado informe del señor Ysaac Márquez. Ahora, respecto a la hidrolavadora no será posible adquirirla por insuficiencia presupuestaria en la subpartida 50101: Maquinaria y Equipo para Producción, sin embargo la situación será atendida por medio de alguna de las 2 máquinas hidrolavadoras que esa Unidad tiene asignadas.
Finalmente, resta que el señor Ysaac Márquez retire los materiales que ya se encuentran a su disposición.”
Se dispone: Tomar nota. Póngase en conocimiento del Ingeniero Ysaac Márquez. ACUERDO FIRME.
g) Del señor Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, se conoce:
1) Oficio Nº 2023-2006-DRH del 20 de noviembre, mediante el cual eleva a consideración las solicitudes de pago de prestaciones laborales que, hasta la fecha y en virtud de haber finalizado los respectivos contratos de trabajo, presentaron ante ese despacho: Johnny Céspedes Carranza, Ana Isabel Gutiérrez Castro, Andrea Moraga Rojas, Ana Grace Morales Corrales, Horacio Murillo Herrera, Ana Leticia Quesada Marín, José Alexander Quirós Cubero y Whillem Villegas Aguilar, quienes laboraron interinamente en puestos de Servicios Especiales en diferentes oficinas de la institución, y tal y como ha sido usual en este tipo de trámites, sugiere trasladar las solicitudes a estudio del Departamento Legal, para determinar su procedencia, y luego al Departamento de Contaduría para calcular los montos que eventualmente haya que cancelar. Con ese propósito, se adjuntan las certificaciones en las que se indican los datos requeridos por ambas oficinas para ejecutar lo que a cada una corresponde.
Se dispone: Procedan los Departamentos Legal y Contaduría según corresponda. En lo sucesivo, el Departamento de Recursos Humanos trasladará este tipo de solicitudes a la mayor brevedad. ACUERDO FIRME.
2) Oficio Nº 2041-2006 DRH del 20 del mes en curso, mediante el cual remite a consideración de este Tribunal, nota recibida en ese despacho el pasado 13 de noviembre, que suscribe Edwin Medina Chavarría, funcionario de la Oficina de Seguridad Integral, mediante la cual, según indica, procede a interponer formal renuncia a su trabajo con responsabilidad patronal, amparado para ello en lo que establecen los numerales 83, incisos b) e i), en concordancia con el artículo 70 inciso i) y 84 del Código de Trabajo, pues aduce que se le ha causado por parte del representante patronal un gravísimo daño y que así lo declaró la Sala Constitucional en sentencia de la cual adjunta copia. Asimismo, el señor Carías Mora informa que el señor Medina Chavarría labora interinamente como Oficial de Seguridad, desde el 16 de marzo de 1998, y señala en su escrito que la citada renuncia se hará efectiva a partir del viernes 15 de diciembre entrante, dando así el preaviso de ley, y en virtud de los argumentos que expone el servidor, sugiere trasladar el caso al Departamento Legal para su estudio e informe. Adicional y verbalmente, el interesado insiste en que se le debe conceder un día de asueto por semana en los términos que indica el artículo 28 del Código de Trabajo, por lo que también se requiere pronunciamiento en ese sentido.
Se dispone: Conforme se sugiere, pase este asunto al Departamento Legal para su estudio e informe en el plazo de quince días. ACUERDO FIRME.
3) Oficio Nº 2043-2006-DRH del 20 de noviembre, mediante el cual eleva a consideración el oficio Nº 958-2006-DG suscrito por la Licda. Marisol Castro Dobles, Directora General del Registro Civil, en el que -por los motivos que se sirve exponer- solicita autorización para disfrutar 3 días de vacaciones del 23 al 27 de noviembre, y durante ese lapso sus funciones se encarguen en el Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.
Se dispone: Aprobar las vacaciones y encargo de funciones conforme se solicita. ACUERDO FIRME.
h) Del señor Héctor Fernández Masís, Coordinador de Programas Electorales, se conoce oficio Nº 863-C.P.E.-2006 del 15 del mes en curso, mediante el cual rinde informe a la solicitud planteada por la señora Rocío Arce Villalobos, Presidenta a.i. de la Junta Cantonal Electoral de San José, relativa a la ampliación en ocho días del plazo para la recepción de nóminas para la acreditación de fiscales, y en virtud de las razones que expone y tomando en consideración que tan sólo faltan 15 días para el día de las elecciones, indica que se puede aceptar la ampliación del plazo para la acreditación de fiscales, bajo las siguientes condiciones:
“Las nóminas se recibirán en forma extemporánea, bajo el entendido de que se le dará prioridad en su estudio, análisis y acreditación a las solicitudes presentadas en el tiempo establecido por este Tribunal, es decir, el pasado 3 de noviembre, aplicando el principio de “primero en tiempo, primero en derecho”.
Que el encargado del Programa de Acreditación de Fiscales, el Lic. Carlos Luis Brenes Molina, tenga la potestad de rechazar la recepción de nóminas, en caso de considerar que ello podría sobrepasar las posibilidades materiales y humanas del programa a su cargo, para cumplir con el proceso de acreditación previamente definido.”
Se dispone: Aprobar conforme se sugiere y bajo las condiciones que se indican. Póngase en conocimiento de todos los partidos políticos con candidaturas inscritas. ACUERDO FIRME.
i) De la señora Karla Ramírez Ramírez, funcionaria de este Tribunal y Asesora Electoral del cantón de La Unión, se conoce oficio sin número del 16 del mes en curso, mediante el cual comunica las sustituciones de los miembros de esa Junta Cantonal, pretendidas por los partidos políticos Acción Ciudadana y Liberación Nacional.
Se dispone: Rechazar la gestión, a causa de que el Asesor Electoral no se encuentra legitimado para efectuar la sustitución de los miembros de las juntas cantonales propuestos por los partidos políticos, pues de conformidad con el artículo 46 del Código Electoral la facultad de nombramiento, y en consecuencia la de sustitución, corresponde a la organización política proponente por medio del Presidente del Comité Ejecutivo Superior del Partido o del Presidente del Comité Ejecutivo de la Asamblea de Cantón. Cabe destacar, en apego al numeral 41 de dicho cuerpo normativo, que el cargo de miembro de las Juntas Electorales -que incluye a las juntas cantonales- es obligatorio, por ende la sustitución de los miembros debe ajustarse a los lineamientos establecidos en el numeral 55 del cuerpo normativo de cita, siendo necesario someter la causa de sustitución a conocimiento de este Tribunal para analizar la justificación de ésta. ACUERDO FIRME.
j) Del señor Mario Brizuela Rangel, Director General del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, se conoce oficio Nº. DG-647-06 del 15 del mes en curso, mediante el cual en atención a la solicitud planteada por este Tribunal, ofrece en calidad de préstamo una buseta de carga, conforme lo detalla, para lo cual debe coordinarse con la señora Gladys Solano, Jefe de Servicios Generales.
Se dispone: Agradecer al señor Brizuela Rangel, la atención dispensada a este Tribunal. Póngase en conocimiento de la Coordinación de Programas Electorales, del encargado del respectivo programa y del Departamento Legal para la confección del respectivo convenio de cooperación. ACUERDO FIRME.
k) De la señora Rosa María Vega Campos, Jefa de Área a.i. de la Comisión Especial Dictaminadora de Asuntos Municipales y Desarrollo Local Participativo de la Asamblea Legislativa, se conoce oficio del 8 de noviembre de 2006, mediante el cual, atendiendo instrucciones del señor diputado Gilberto Jerez Rojas, Presidente de esa comisión, consulta el criterio de este Tribunal, sobre el proyecto “Reforma del artículo 31 de la Ley 7794 del 6 de diciembre de 1998”, expediente legislativo número 15.100, proyecto publicado en La Gaceta número 112 del 12 de junio de 2003, cuyo texto se adjuntó y que tiene en estudio dicha Comisión.
SE ACUERDA: contestar la consulta formulada, de conformidad con los artículos 97 de la Constitución Política y 19 inciso f) del Código Electoral, en los siguientes términos:
Objeto del proyecto:
En esencia, el proyecto de ley consultado -a partir de lo indicado en su exposición de motivos- pretende la inclusión de un inciso “e)” al artículo 31 del Código Municipal, a efecto de restringir la posibilidad de que los alcaldes municipales, abusen de su investidura con el fin de “perpetuarse en el poder” y mejorar la transparencia y la sana competencia político-electoral de los candidatos al cargo. La reforma propone que cuando los alcaldes en ejercicio opten por postular sus nombres para reelegirse, deberán solicitar al Concejo Municipal un permiso sin goce de salario como mínimo, 105 días antes de la celebración de la elección (tres meses y medio), de manera que si el funcionario pretende reelegirse, deberá dejar de ejercer su cargo.
El texto que propone incluir es el siguiente:
“Artículo 55.- Prohíbase al alcalde municipal y a los regidores:
a)…
b)…
c)…
d)…
e) En los casos de reelección, desempeñar su puesto ciento cinco días antes de las elecciones, para lo cual deberá solicitar la licencia sin goce de dietas respectiva, ante el Concejo, el cual la autorizará sin más trámite.”
Sobre el fondo:
Examinado el proyecto en consulta, este Tribunal no tiene objeción alguna, en tanto la restricción que pretende establecerse con la reforma propuesta, no pareciera irrazonable o excesiva. En este sentido, dicha reforma persigue que en aquellos casos de funcionarios municipales de elección popular que deseen reelegirse, en la búsqueda de tal objetivo no distraigan su atención en el desempeño de sus funciones, o bien, puedan emplear a favor de sus candidaturas las ventajas que pueda ofrecerle el cargo, cuestión que podría ser contraria a la neutralidad que debe observar en el ejercicio de su cargo.
Pese a que -como se indicó- este Tribunal no objeta la propuesta planteada en el proyecto de ley, sí estima necesario hacer, a modo de sugerencias, algunas observaciones en torno a su texto.
Entre la exposición de motivos y el texto que pretende adicionarse, existe una incongruencia, pues por un lado, de las consideraciones que motivan el proyecto, se desprende que la limitación que el legislador pretende imponer, aplicaría únicamente en el caso de los alcaldes municipales que pretendan reelegirse, mientras que el texto del artículo 31 del Código Municipal, se refiere a varias prohibiciones aplicables tanto al alcalde municipal como a los regidores, con lo cual no queda claro cuál sería la voluntad del legislador, si imponer la limitación solamente a los alcaldes municipales, o bien, si ésta es extensiva a los regidores. Refuerza esa duda el hecho que en el texto que pretende adicionarse haga referencia a “licencia sin goce de dietas respectiva”, pues quienes perciben dietas son los regidores municipales, no los alcaldes, quienes en los términos del artículo 20 del Código Municipal, perciben un salario.
La incongruencia apuntada, en buena medida, podría subsanarse indicándose de manera expresamente en el texto, a cuál o cuáles funcionarios municipales alcanza dicha restricción. Otra de las posibilidades, es que esa limitación sea incluida como una de las causales que imposibiliten la presentación de candidaturas en uno u otro cargo, o en ambos, si esa fuere la voluntad del legislador, tal como se estipula en los artículos 16 y 23 del Código Municipal.
Otra de las observaciones que debe hacerse, es la referida al plazo propuesto en el proyecto, en el que los funcionarios interesados en su reelección deben solicitar el respectivo permiso. Para este Tribunal, dicho plazo de 105 días -3 meses y medio- debe equipararse al plazo de 6 meses previsto en los artículos 16 y 23 del Código Municipal, de manera tal que los funcionarios municipales que deseen reelegirse, tramiten su permiso con dicho plazo de antelación.
CONCLUSIÓN:
Con base en lo expuesto, el Tribunal Supremo de Elecciones con las salvedades indicadas, avala el proyecto Reforma del artículo 31 de la Ley Nº 7794, de 30 de abril de 1998, expediente legislativo número 15.100. ACUERDO FIRME.
l) De la señora Vilma Gamboa Bolaños, Gerente de Área de Seguimientos de Disposiciones de la Contraloría General de la República, se conoce oficio Nº 15971 del 15 del mes en curso, mediante el cual, ante la solicitud planteada por este Tribunal, de una ampliación de tres meses para presentar el proyecto del modelo de arquitectura de información, relacionado al informe Nº DFOE-GU-13/2006, sobre los resultados del estudio realizado en este Tribunal sobre ese modelo, comunica que esa Contraloría General otorga la misma, por lo que el referido modelo deberá estar implementado a más tardar, el 17 de abril de 2007, lo anterior en el entendido de que la Secretaría del despacho deberá enviarles periódicamente, informes sobre el avance en el desarrollo del modelo de arquitectura de información en referencia.
Se dispone: Acusar recibo y dar las gracias por la atención dispensada a este Tribunal. Póngase en conocimiento del Comité Gerencial de Informática para los efectos correspondientes. Asimismo, dicho Comité, oportunamente estará trasladando la información que periódicamente requiere el órgano contralor. ACUERDO FIRME.
m) Del señor José Luis Alvarado Vargas, Gerente de Área de Fiscalización de Servicios Públicos Generales y Ambientales, División de Fiscalización Operativa y Evaluativa, de la Contraloría General de la República, se conoce:
1) Oficio Nº 15902 del 16 de noviembre del 2006, mediante el cual remite informe Nº DFOE-PGA-40/2006, sobre los resultados de la revisión final de gastos de la primera liquidación presentada por el Partido Renovación Costarricense al Tribunal Supremo de Elecciones.
Se dispone: Tener por rendido el informe que se somete a conocimiento de este Tribunal, cuyas recomendaciones se acogen. En consecuencia, póngase en conocimiento del Partido Renovación Costarricense para que cumpla con las mismas. Se fija el próximo 24 de noviembre del 2006, a las 15:00 horas, para la entrega de la respectiva documentación al representante que debidamente se acredite para tales efectos. ACUERDO FIRME.
2) Oficio Nº 15915 del 16 de noviembre del 2006, mediante el cual remite informe Nº DFOE-PGA-41/2006, sobre los resultados de la revisión final de gastos de la primera liquidación presentada por el Partido Restauración Nacional al Tribunal Supremo de Elecciones.
Se dispone: Tener por rendido el informe que se somete a conocimiento de este Tribunal, cuyas recomendaciones se acogen. En consecuencia, póngase en conocimiento del Partido Restauración Nacional para que cumpla con las mismas. Se fija el próximo 22 de noviembre, a las 10:00 horas, para la entrega de la respectiva documentación al representante que debidamente se acredite para tales efectos. ACUERDO FIRME.
3) Oficio Nº 15919 del 16 de noviembre del 2006, mediante el cual remite informe Nº DFOE-PGA-42/2006, sobre los resultados de la revisión final de gastos de la octava liquidación presentada por el Partido Acción Ciudadana al Tribunal Supremo de Elecciones.
Se dispone: Tener por rendido el informe que se somete a conocimiento de este Tribunal, cuyas recomendaciones se acogen. En consecuencia, póngase en conocimiento del Partido Acción Ciudadana para que cumpla con las mismas. Se fija el próximo 27 de noviembre, a las 14:00 horas, para la entrega de la respectiva documentación al representante que debidamente se acredite para tales efectos. ACUERDO FIRME.
4) Oficio Nº 15920 del 16 de noviembre del 2006, mediante el cual remite informe Nº DFOE-PGA-43/2006, sobre los resultados de la revisión de gastos de la novena liquidación presentada por el Partido Acción Ciudadana al Tribunal Supremo de Elecciones.
Se dispone: Tener por rendido el informe que se somete a conocimiento de este Tribunal, cuyas recomendaciones se acogen. En consecuencia, póngase en conocimiento del Partido Acción Ciudadana para que cumpla con las mismas. Se fija el próximo 27 de noviembre, las 15:00 horas, para la entrega de la respectiva documentación al representante que debidamente se acredite para tales efectos. ACUERDO FIRME.
5) Oficio Nº 15921 del 16 de noviembre del 2006, mediante el cual remite informe Nº DFOE-PGA-44/2006, sobre los resultados de la revisión de gastos de la octava liquidación presentada por el Partido Unidad Social Cristiana al Tribunal Supremo de Elecciones.
Se dispone: Tener por rendido el informe que se somete a conocimiento de este Tribunal, cuyas recomendaciones se acogen. En consecuencia, póngase en conocimiento del Partido Unidad Social Cristiana para que cumpla con las mismas. Se fija el próximo 28 de noviembre, a las 10:00 horas, para la entrega de la respectiva documentación al representante que debidamente se acredite para tales efectos. ACUERDO FIRME.
6) Oficio Nº 15922 del 16 de noviembre del 2006, mediante el cual remite informe Nº DFOE-PGA-45/2006, sobre los resultados de la revisión de gastos de la sétima liquidación presentada por el Partido Accesibilidad Sin Exclusión al Tribunal Supremo de Elecciones.
Se dispone: Tener por rendido el informe que se somete a conocimiento de este Tribunal, cuyas recomendaciones se acogen. En consecuencia, póngase en conocimiento del Partido Accesibilidad Sin Exclusión para que cumpla con las mismas. Se fija el próximo 24 de noviembre, a las 9:30 horas, para la entrega de la respectiva documentación al representante que debidamente se acredite para tales efectos. ACUERDO FIRME.
7) Oficio Nº 15924 del 16 de noviembre del 2006, mediante el cual remite informe Nº DFOE-PGA-46/2006, sobre los resultados de la revisión de gastos de la novena liquidación presentada por el Partido Movimiento Libertario al Tribunal Supremo de Elecciones.
Se dispone: Tener por rendido el informe que se somete a conocimiento de este Tribunal, cuyas recomendaciones se acogen. En consecuencia, póngase en conocimiento del Partido Movimiento Libertario para que cumpla con las mismas. Se fija el próximo 24 de noviembre, a las 10:30 horas, para la entrega de la respectiva documentación al representante que debidamente se acredite para tales efectos. ACUERDO FIRME.
8) Oficio Nº 15925 del 16 de noviembre del 2006, mediante el cual remite informe Nº DFOE-PGA-47/2006, sobre los resultados de la revisión de gastos de la tercera liquidación presentada por el Partido Restauración Nacional al Tribunal Supremo de Elecciones.
Se dispone: Tener por rendido el informe que se somete a conocimiento de este Tribunal, cuyas recomendaciones se acogen. En consecuencia, póngase en conocimiento del Partido Restauración Nacional para que cumpla con las mismas. Se fija el próximo 22 de noviembre, a las 13:30 horas para la entrega de la respectiva documentación al representante que debidamente se acredite para tales efectos. ACUERDO FIRME.
9) Oficio Nº 15927 del 16 de noviembre del 2006, mediante el cual remite informe Nº DFOE-PGA-48/2006, sobre los resultados de la revisión de gastos de la cuarta liquidación presentada por el Partido Restauración Nacional al Tribunal Supremo de Elecciones.
Se dispone: Tener por rendido el informe que se somete a conocimiento de este Tribunal, cuyas recomendaciones se acogen. En consecuencia, póngase en conocimiento del Partido Restauración Nacional para que cumpla con las mismas. Se fija el 22 de noviembre próximo, a las 14:30 horas, para la entrega de la respectiva documentación al representante que debidamente se acredite para tales efectos. ACUERDO FIRME.
10) Oficio Nº 15930 del 16 de noviembre del 2006, mediante el cual remite informe Nº DFOE-PGA-49/2006, sobre los resultados de la revisión final de gastos de la quinta liquidación presentada por el Partido Restauración Nacional al Tribunal Supremo de Elecciones.
Se dispone: Tener por rendido el informe que se somete a conocimiento de este Tribunal, cuyas recomendaciones se acogen. En consecuencia, póngase en conocimiento del Partido Restauración Nacional para que cumpla con las mismas. Se fija el próximo 24 de noviembre, a las 11:00 horas, para la entrega de la respectiva documentación al representante que debidamente se acredite para tales efectos. ACUERDO FIRME.
11) Oficio Nº 15935 del 16 de noviembre del 2006, mediante el cual remite informe Nº DFOE-PGA-50/2006, sobre los resultados de la revisión final de gastos de la sexta liquidación presentada por el Partido Restauración Nacional al Tribunal Supremo de Elecciones.
Se dispone: Tener por rendido el informe que se somete a conocimiento de este Tribunal, cuyas recomendaciones se acogen. En consecuencia, póngase en conocimiento del Partido Restauración Nacional para que cumpla con las mismas. Se fija el próximo 24 de noviembre, a las 13:30 horas, para la entrega de la respectiva documentación al representante que debidamente se acredite para tales efectos. ACUERDO FIRME.
12) Oficio Nº 15965 del 16 de noviembre del 2006, mediante el cual remite informe Nº DFOE-PGA-51/2006, sobre los resultados de la revisión de gastos de la sétima liquidación presentada por el Partido Acción Ciudadana al Tribunal Supremo de Elecciones.
Se dispone: Tener por rendido el informe que se somete a conocimiento de este Tribunal, cuyas recomendaciones se acogen. En consecuencia, póngase en conocimiento del Partido Acción Ciudadana para que cumpla con las mismas. Se fija el próximo 28 de noviembre, a las 9:00 horas, para la entrega de la respectiva documentación al representante que debidamente se acredite para tales efectos. ACUERDO FIRME.
13) Oficio Nº 15986 del 17 de noviembre del 2006, mediante el cual remite informe Nº DFOE-PGA-52/2006, sobre los resultados de la revisión de gastos de la sétima liquidación presentada por el Partido Unión Nacional al Tribunal Supremo de Elecciones.
Se dispone: Tener por rendido el informe que se somete a conocimiento de este Tribunal, cuyas recomendaciones se acogen. En consecuencia, póngase en conocimiento del Partido Unión Nacional para que cumpla con las mismas. Se fija el próximo 24 de noviembre, a las 13:30 horas, para la entrega de la respectiva documentación al representante que debidamente se acredite para tales efectos. ACUERDO FIRME.
14) Oficio Nº 15992 del 17 de noviembre del 2006, mediante el cual remite informe Nº DFOE-PGA-54/2006, sobre los resultados de la revisión de gastos de la novena liquidación presentada por el Partido Unión Nacional al Tribunal Supremo de Elecciones.
Se dispone: Tener por rendido el informe que se somete a conocimiento de este Tribunal, cuyas recomendaciones se acogen. En consecuencia, póngase en conocimiento del Partido Unión Nacional para que cumpla con las mismas. Se fija el próximo 27 de noviembre, a las 10:00 horas, para la entrega de la respectiva documentación al representante que debidamente se acredite para tales efectos. ACUERDO FIRME.
15) Oficio Nº 15998 del 17 de noviembre del 2006, mediante el cual remite informe Nº DFOE-PGA-53/2006, sobre los resultados de la revisión de gastos de la sexta liquidación presentada por el Partido Unión Nacional al Tribunal Supremo de Elecciones.
Se dispone: Tener por rendido el informe que se somete a conocimiento de este Tribunal, cuyas recomendaciones se acogen. En consecuencia, póngase en conocimiento del Partido Unión Nacional para que cumpla con las mismas. Se fija el próximo 27 de noviembre, a las 9:00 horas, para la entrega de la respectiva documentación al representante que debidamente se acredite para tales efectos. ACUERDO FIRME.
16) Oficio Nº 16000 del 17 de noviembre del 2006, mediante el cual remite informe Nº DFOE-PGA-55/2006, sobre los resultados de la revisión de gastos de la sétima liquidación presentada por el Partido Unidad Social Cristiana al Tribunal Supremo de Elecciones.
Se dispone: Tener por rendido el informe que se somete a conocimiento de este Tribunal, cuyas recomendaciones se acogen. En consecuencia, póngase en conocimiento del Partido Unidad Social Cristiana para que cumpla con las mismas. Se fija el próximo 24 de noviembre, a las 10:00 horas, para la entrega de la respectiva documentación al representante que debidamente se acredite para tales efectos. ACUERDO FIRME.
17) Oficio Nº 16013 del 17 de noviembre del 2006, mediante el cual remite informe Nº DFOE-PGA-56/2006, sobre los resultados de la revisión de gastos de la sexta liquidación presentada por el Partido Accesibilidad Sin Exclusión al Tribunal Supremo de Elecciones.
Se dispone: Tener por rendido el informe que se somete a conocimiento de este Tribunal, cuyas recomendaciones se acogen. En consecuencia, póngase en conocimiento del Partido Accesibilidad Sin Exclusión para que cumpla con las mismas. Se fija el próximo 24 de noviembre, a las 9:00 horas, para la entrega de la respectiva documentación al representante que debidamente se acredite para tales efectos. ACUERDO FIRME.
18) Oficio Nº 16014 del 20 de noviembre del 2006, mediante el cual remite informe Nº DFOE-PGA-57/2006, sobre los resultados de la revisión final de gastos de la cuarta liquidación presentada por el Partido Movimiento Libertario al Tribunal Supremo de Elecciones.
Se dispone: Tener por rendido el informe que se somete a conocimiento de este Tribunal, cuyas recomendaciones se acogen. En consecuencia, póngase en conocimiento del Partido Movimiento Libertario para que cumpla con las mismas. Se fija el próximo 22 de noviembre, a las 14:00 horas, para la entrega de la respectiva documentación al representante que debidamente se acredite para tales efectos. ACUERDO FIRME.
19) Oficio Nº 16015 del 17 de noviembre del 2006, mediante el cual remite informe Nº DFOE-PGA-58/2006, sobre los resultados de la revisión de gastos de la quinta liquidación presentada por el Partido Unión Agrícola Cartaginés al Tribunal Supremo de Elecciones.
Se dispone: Tener por rendido el informe que se somete a conocimiento de este Tribunal, cuyas recomendaciones se acogen. En consecuencia, póngase en conocimiento del Partido Unión Agrícola Cartaginés para que cumpla con las mismas. ACUERDO FIRME.
20) Oficio Nº 16046 del 20 de noviembre del 2006, mediante el cual remite informe Nº DFOE-PGA-59/2006, sobre los resultados de la revisión final de gastos de la primera liquidación presentada por el Partido Liberación Nacional al Tribunal Supremo de Elecciones.
Se dispone: Tener por rendido el informe que se somete a conocimiento de este Tribunal, cuyas recomendaciones se acogen. En consecuencia, póngase en conocimiento del Partido Liberación Nacional para que cumpla con las mismas. Se fija el próximo 27 de noviembre, a las 13:30 horas, para la entrega de la respectiva documentación al representante que debidamente se acredite para tales efectos. ACUERDO FIRME.
n) Del señor Alejandro Herrera López, Fiscalizador de la División de Contratación Administrativa de Refrendos de la Contraloría General de la República, se conoce oficio DCA-3625 del 15 del mes en curso, mediante el cual devuelve el contrato suscrito entre el Tribunal Supremo de Elecciones y la empresa CESA, para el reforzamiento del SUN E/6500 (Licitación Pública 07-2006), con el correspondiente refrendo, bajo las observaciones que puntualiza.
Se dispone: Acusar recibo y dar las gracias por la atención dispensada a este Tribunal. Póngase en conocimiento de la Dirección Ejecutiva, de los Departamentos de Proveeduría, Contaduría y Tecnologías de Información y Comunicaciones, de la Oficina de Proyectos Tecnológicos, del Comité Gerencial de Informática y de la empresa Control Electrónico S.A., para los efectos correspondientes. ACUERDO FIRME.
ñ) De la señora Elibeth Varela Fallas, Intendente Municipal del distrito de Peñas Blancas, San Ramón, Alajuela, se conoce oficio sin numero del 16 del mes en curso, mediante el cual consulta si los días 2, 3 y 4 de diciembre de 2006, se pueden realizar ferias con venta de licor o sin ella en las comunidades de ese distrito.
Se dispone: Informar a la interesada, que conforme lo ha dispuesto este Tribunal en forma reiterada, en vista del deber que comparten el gobierno nacional y los gobiernos locales de preservar el orden público, resulta inoportuno que coincidan los principales eventos electorales con actividades como la que se cita; por ello, el día de las elecciones, no deben concederse permisos para turnos, festividades, corridas de toros, o eventos similares. Asimismo se le recuerda a la gestionante, que de acuerdo con el artículo 173 del Código Electoral, es prohibido expender o repartir licores el día de las elecciones; además, debe tomarse en cuenta que el artículo 80 del Código Electoral, también prohíbe el expendio y reparto, en todo el país, de bebidas alcohólicas durante el día anterior y el posterior a las elecciones. ACUERDO FIRME.
o) Del señor Justo Orozco Álvarez, Presidente del Partido Renovación Costarricense, se conoce oficio sin número del 20 del mes en curso, mediante el cual da respuesta al oficio Nº 6886-TSE-2006, referente al informe Nº DFOE-PGA-31/2006, emitido por el Área de Servicios Públicos Generales y Ambientales de la Contraloría General de la República, y adjunta la documentación que detalla, a efectos de subsanar los gastos objetados de la octava liquidación presentada por esa agrupación política.
Se dispone: Pase la documentación que se aporta, a los funcionarios de la Contraloría General de la República, encargados de la revisión correspondiente. ACUERDO FIRME.
p) Del señor José Merino del Río, Presidente del Comité Ejecutivo del Partido Frente Amplio, se conoce fax correspondiente oficio Nº JMR-JFFA-0375-2006 del 17 del mes en curso, mediante el cual, con el fin de subsanar los aspectos indicados por la Contraloría General de la República, referentes a la deuda política de esa agrupación, solicita se autorice la devolución de los documentos que se encuentran en poder del ente contralor, correspondientes a los meses de octubre, noviembre y diciembre.
Se dispone: De previo a resolver, emita criterio sobre el particular el Lic. José Luis Alvarado Vargas, Gerente de Área de Servicios Públicos Generales y Ambientales de la Contraloría General de la República. ACUERDO FIRME.
q) Del señor Antonio Álvarez Desanti, Presidente del Comité Político Nacional del Partido Unión para el Cambio, se conoce oficio Nº 00010-DE-.UPC-2006 del 15 del mes en curso, mediante el cual solicita sustituir a la señora Milady Quintanilla Medina, como miembro de la Junta Cantonal de Liberia y, en su lugar, nombrar a la señora Helena Rojas Jiménez, cédula de identidad 8-049-586, ya que la señora Quintanilla Medina se trasladó a laborar fuera de Guanacaste por lo que le será imposible ejercer el cargo.
Se dispone: Aprobar la sustitución solicitada, en el entendido de que el partido político o la persona nombrada deberán coordinar con el Jefe de la Unidad de Proximidad o el Director Regional de la Policía, o en defecto de ambos con el respectivo Asesor Electoral, el acto de juramentación. Aunado a lo anterior, se debe señalar que si la persona que se sustituye se encuentra juramentada es necesario que entregue el carné que lo acredita como miembro de la junta cantonal al representante de la Fuerza Pública correspondiente o al Asesor Electoral. Asimismo se dispone remitir el asunto al Lic. Luis Bolaños Bolaños, en su condición de Encargado del Programa de Asesores Electorales para que verifique los datos de la sustitución y proceda según corresponda. ACUERDO FIRME.
r) De los señores Oscar Monge Maykall y Orlando Jiménez Jiménez, Secretario General y Fiscal General Adjunto del Partido Organización Laborista de Aguirre, se conoce fax del 20 de noviembre, mediante el cual, por las razones que expone, solicitan se les suministre un padrón electoral impreso.
Se dispone: Atienda la Sección de Padrón Electoral, en el entendido de que se suministrará copia electrónica del mismo. ACUERDO FIRME.
s) De la señora Ana Lorena Fumero Obregón, Tesorera del Partido Liberación Nacional, se conoce oficio sin número del 17 del mes en curso, mediante el cual, debidamente autorizada, presenta una serie de observaciones al Artículo 2º de la Sesión 182-2006, celebrada por este Tribunal el 2 de noviembre, según el cual se les pone en conocimiento el informe de la Contraloría General de la República FOE-PGA-065, referido a la cuarta liquidación de gastos de esa agrupación política, para la campaña electoral 2002-2006.
Se dispone: De previo a resolver, emita criterio sobre el particular el Lic. José Luis Alvarado Vargas, Gerente de Área de Servicios Públicos Generales y Ambientales de la Contraloría General de la República. ACUERDO FIRME.
t) Del señor Mario Durán Rojas, Sub-Tesorero Nacional del Partido Liberación Nacional, se conoce:
1) Oficio sin número del 16 del mes en curso, al que adjunta “…aclaración de la certificación de gastos emitidas (sic) por el Despacho Aymerich-Muñoz & Col. Contadores Públicos Autorizados y Consultores, correspondiente al 30 de Setiembre del 2005, relacionadas con los asientos de reversión aplicados durante el (sic) los meses de enero y agosto del 2003, y el consecuente efecto en saldo el (sic) total en los “Gastos de Dirección, Propaganda y Capacitación”.”
Se dispone: Para lo que corresponda, pase el documento que se aporta, a los funcionarios de la Contraloría General de la República, encargados de la revisión correspondientes. ACUERDO FIRME.
2) Nota del 20 del mes en curso, mediante la cual adjunta todos los documentos solicitados por la Contraloría General de la República, para proceder a la subsanación de los gastos propios a la tercera liquidación y que corresponden al mes de noviembre de 2005.
Se dispone: Para lo de su cargo, pase la respectiva documentación a los funcionarios de la Contraloría General de la República, encargados de la revisión correspondiente. ACUERDO FIRME.
3) Nota del 20 del mes en curso, mediante la cual dentro del término que se les ha conferido para efectuar las subsanaciones de la liquidación de los gastos de esa agrupación política para la Campaña Electoral 2002-2006, y de conformidad con los argumentos que expone, solicita una prórroga de los plazos concedidos, la cual podría consistir en 15 días naturales para cada mes del cual se rinde respuesta al informe solicitado.
Se dispone: De previo a resolver, pronúnciese al respecto el señor José Luis Alvarado Vargas, Gerente de la División de Fiscalización Operativa y Evaluativa de la Contraloría General de la República. ACUERDO FIRME.
u) Del señor Daniel Malavassi Monge, Presidente del Comité Ejecutivo Cantonal de La Unión por parte del Partido Liberación Nacional, se conoce nota del 16 de noviembre, mediante la cual -en virtud de las razones que se sirve exponer- solicita con carácter de urgencia autorización para sustituir a la señora María Haydee Rojas Astorga, por el señor Álvaro Torres Garita, como miembro de la Junta Cantonal de esa comunidad.
Se dispone: Aprobar la sustitución solicitada, en el entendido de que el partido político o la persona nombrada deberán coordinar con el Jefe de la Unidad de Proximidad o el Director Regional de la Policía, o en defecto de ambos con el respectivo Asesor Electoral, el acto de juramentación. Aunado a lo anterior, se debe señalar que si la persona que se sustituye se encuentre juramentada es necesario que entregue el carné que lo acredita como miembro de la junta cantonal al representante de la fuerza pública correspondiente o al Asesor Electoral. Asimismo se dispone remitir el asunto al Lic. Luis Bolaños Bolaños, en su condición de Encargado del Programa de Asesores Electorales para que verifique los datos de la sustitución y proceda según corresponda. ACUERDO FIRME.
v) De los señores Arturo Robles Arias y Jorge Rivera Ureña, candidato a alcalde del Cantón Central y miembro de Electorales, respectivamente, por parte del Partido Acción Ciudadana, se conoce nota del 15 del mes en curso, mediante la cual solicitan la ampliación del plazo de reclutamiento para fiscales (sic), por las razones que exponen.
Se dispone: Se le informa a los gestionantes que, de conformidad con lo dispuesto por este Tribunal en sesión Nº. 11653, artículo segundo, inciso l), todo escrito o petición realizada por los partidos políticos deberá ser planteada por sus representantes, según el registro de personerías que lleva el Registro Civil. ACUERDO FIRME.
w) Del señor Ronald Balma, de la empresa Soluciones Monetarias S.A., se conoce nota del 14 del mes en curso, mediante la cual por las razones que expone y a nombre de la empresa que representa, solicita se les brinde capacitación sobre la detección de identificaciones falsas.
Se dispone: Para su atención, pase este asunto a la Oficialía Mayor Electoral. ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO TERCERO.- De los señores Magistrados Juan Antonio Casafont Odor y Ovelio Rodríguez Chaverri se conoce oficio sin número del 16 de noviembre del 2006, mediante el cual rinden informe sobre su participación como Observadores Internacionales de las elecciones nacionales de la República de Nicaragua. Asimismo, solicitan que se agradezca al Consejo Supremo Electoral de Nicaragua, en especial a su Presidente y a su distinguida esposa, las finas atenciones que se les brindo. Asimismo, adjuntan para la Biblioteca el material que detallan.
Se dispone: Tener por rendido el informe que someten los señores Casafont Odor y Rodríguez Chaverri. Conforme lo solicitan, remítase atenta nota de agradecimiento al Consejo Supremo Electoral de Nicaragua y a su Presidente, por las atenciones dispensadas. Remítase la documentación que aportan a la Biblioteca institucional para su custodia.
ARTÍCULO CUARTO.- Del señor Magistrado Ovelio Rodríguez Chaverri se conoce nota del 16 de noviembre del 2006, a la que adjunta el libro “Derecho e instituciones electorales en Colombia”, del señor Carlos Ariel Sánchez Torres.
Se dispone: Agradecer al señor Rodríguez Chaverri, la donación de ese importante libro. Pase a la Biblioteca institucional para su debida custodia.
ARTÍCULO QUINTO.- De la señora Ana Isabel Fernández Alvarado, Oficial Mayor del Departamento Electoral, se conoce oficio Nº 1972-2006-O.M.E. del 17 de noviembre del 2006, mediante el cual traslada solicitud del señor Víctor Bolívar Fonseca Mora, Gerente General de la Cooperativa de Caficultores de Sabalito R.L., para que se les suministre el información que indica.
Se dispone: Pase al Departamento de Tecnologías de Información y Comunicaciones, para su atención en los términos que lo ha establecido este Tribunal.
ARTÍCULO SEXTO.- Del señor Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, se conoce:
a) Oficio Nº 2016-2006-DRH del 15 de noviembre de 2006, mediante el cual remite a consideración de este Tribunal, nota del pasado 10 de noviembre, que suscribe la señorita Andrea Céspedes González, funcionaria de Servicios Especiales, mediante la cual presenta renuncia a su cargo a partir del próximo 4 de diciembre, por las razones que expone. Agrega el señor Carías Mora que, en este caso es importante indicar, que el Tribunal recién acaba de aprobar un traslado interino, a partir del 16 de noviembre de dicha funcionaria a la Oficialía Mayor Electoral, por lo que su partida en realidad no será perjudicial, ya que es factible reforzar esa misma unidad administrativa con otros empleados de Servicios Especiales o bien autorizar un nuevo nombramiento en la plaza que deja vacante la señorita Céspedes González.
Se dispone: Tener por presentada la renuncia.
b) Oficio Nº CDE-335 del 20 de noviembre, al que adjunta copia del acta Nº 86 de la reunión celebrada por la Comisión de Dedicación Exclusiva el 13 de noviembre, en donde se conocieron las solicitudes de los funcionarios Rafael Segura Carmona, para incorporarse al Régimen de Dedicación Exclusiva, y de Rodrigo Brenes Prendas y Ricardo McDonald Umaña, para que se les ajuste el complemento salarial que por ese concepto perciben, con la recomendación de que se aprueben las peticiones presentadas, en los términos que detalla.
Se dispone: Aprobar.
ARTÍCULO SETIMO.- De los señores Héctor Fernández Masís, Coordinador de Programas Electorales, se conoce oficio Nº 862-C.P.E.-2006 del 15 de noviembre del 2006, en el que informa que mediante nota del 13 de noviembre de 2006, la señora Roxana Salazar, Presidenta de la Organización Transparencia Internacional, indica que están ejecutando una iniciativa que busca fortalecer la participación informada en los procesos de elección de Alcaldes 2006, mediante la ejecución de un proyecto de incidencia en nueve municipios representativos del país, a través de talleres y encuentros con los candidatos y candidatas a la Alcaldía. En virtud de lo anterior, la señora Salazar solicita la autorización del Tribunal Supremo de Elecciones para utilizar las fotografías de los candidatos/as a Alcalde que se encuentran disponibles en nuestra página Web, con el fin de incluirla dentro de la información que dicha Organización está brindando al electorado. Al respecto, el señor Fernández Masís considera que no existe inconveniente, por las razones que expone.
Se dispone: Aprobar.
ARTÍCULO OCTAVO.- De la señora Ana María Jiménez Rodríguez, Jefa de la Oficina de Comunicación y Protocolo, se conoce oficio Nº 574-2006 OCP del 17 de noviembre del 2006, al que adjunta muestra de los volantes con las fotografías de los candidatos a alcalde, correspondientes a los 81 cantones del país. Agrega que dicho material se entregó al Encargado del Programa de Empaque de Material Electoral, para su distribución a las Juntas Cantonales y el sobrante lo distribuirá su despacho de manera que la información llegue a la mayor cantidad de ciudadanos posible.
Se dispone: Tomar nota.
ARTÍCULO NOVENO.- De la señora Rosaura Montero Chacón, Oficial Mayor del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, se conoce copia de oficio Nº DDM-OFIC-3192-2006 del 15 de noviembre del 2006, dirigido al señor Daniel Zeledón Castillo, Director General de la División de Obras Públicas de ese Ministerio, mediante el cual le solicita la coordinación correspondiente para la asignación a nuestra institución, de un operador de equipo pesado y un cabezal con su carreta plataforma, acondicionada acorde con las posibilidades, para el traslado de material electoral.
Se dispone: Tomar nota y agregar a sus antecedentes.
ARTÍCULO DECIMO.- De la señora Silvia María Centeno González, Secretaria del Concejo Municipal de Tilarán, se conoce fax correspondiente oficio Nº SCM 581-2006 del 9 de noviembre del 2006, mediante el cual comunica el acuerdo adoptado por esa corporación en la sesión ordinaria Nº 27, celebrada el 1º de noviembre de 2006, artículo 21, inciso b), según el cual se acuerda solicitar a este Tribunal, criterio de acuerdo con la legislación vigente, sobre si un regidor suplente puede ejercer su labor sin recibir el pago de dieta. Asimismo adjunta copia del oficio Nº C-148-2006 que les envió la Procuraduría General de la República, ante la consulta que plantearon ante esa institución.
Se dispone: El asesoramiento técnico-jurídico que se reclama no puede ser brindado por este Tribunal, puesto que las reglas constitucionales y legales que disciplinan su competencia no le confieren atribuciones de esta naturaleza, como sí sucede con otros órganos o entes consultivos, como lo son la Procuraduría General de la República y el Instituto de Fomento y Asesoría Municipal. Téngase en cuenta que la única competencia consultiva de la cual goza el Tribunal Supremo de Elecciones está consagrada en el artículo 19.c del Código Electoral, que lo habilita a evacuar las peticiones de los partidos políticos relativas a la interpretación de las disposiciones constitucionales y legales en materia electoral.
En razón de lo expuesto, el Tribunal no puede acceder a la solicitud planteada.
ARTÍCULO DECIMOPRIMERO.- De la señora Xinia Carvajal Salazar, Secretaria del Partido Unidad Social Cristiana, se conoce oficio Nº 140-PUSC-P-2006 del 15 de noviembre del 2006, mediante el cual, por las razones que expone, adjunta copia fiel del estatuto de esa agrupación política con las reformas incluidas en el mismo.
Se dispone: Agradecer a la Dra. Carvajal Salazar el envío del Estatuto del Partido Unidad Social Cristiana, debidamente actualizado, el cual se agregará a sus antecedentes.
ARTÍCULO DECIMOSEGUNDO.- De la señora Jeannette Román González, Fiscal del partido Acción Ciudadana, se conoce fax correspondiente a nota del 17 de noviembre del 2006, mediante la cual, comunica que se le ha negado nuevamente la información por ella requerida, según gestión conocida en sesión Nº 187-2006, y comunicado por oficio Nº 6973-TSE-2006, adicionando que al gestionar lo autorizado, se le insinuó que mentía, lo que califica como una falta de respeto.
Se dispone: En el plazo de veinticuatro horas, informe sobre el particular el Lic. Luis Antonio Bolaños Bolaños, Encargado del Programa de Asesores Electorales.
ARTÍCULO DECIMOTERCERO.- De la señora Gabriela Campos Borbón, Asistente de Dirección del Colegio Joaquín García Monge, se conoce oficio sin número del 6 de noviembre del 2006, mediante el cual solicita la donación de los recursos utilizados por este Tribunal.
Se dispone: Para su estudio e informe pase al Coordinador de Programas Electorales.
ARTÍCULO DECIMOCUARTO.- Del señor Pbro. Sergio Valverde Espinoza, Presidente-Director de la Asociación Obras del Espíritu Santo, se conoce oficio Nº AOES-312-06 del 16 de noviembre del 2006, mediante el cual, en virtud de las razones que expone, y dado que uno de sus funcionarios es en este momento candidato a síndico suplente, consulta se les explique por escrito, de ser posible, las implicaciones que tendría, tanto para la Municipalidad como para la Asociación, la elección de esa persona en el puesto.
Se dispone: Turnar al Magistrado que corresponda.
La señora Magistrada Eugenia María Zamora Chavarría se integra a la sesión.
ARTÍCULO DECIMOQUINTO.- Se leyó y aprobó el acta de la sesión ordinaria inmediata anterior, excepto por el señor Magistrado Sobrado González, por no haber participado de la misma.
ARTÍCULO DECIMOSEXTO.- Se conocen los siguientes asuntos:
a) Del señor Alejandro Bermúdez Mora, Secretario del despacho, se conoce oficio Nº 7028-TSE-2006 del 20 del mes en curso, mediante el cual indica -para lo que a bien disponga este Tribunal- de los preparativos, horario y personal del escrutinio, solicitando la aprobación de lo siguiente:
1.- Dar inicio al Programa de Escrutinio el próximo 5 de diciembre.
2.- Realizar dos sesiones de escrutinio a razón de una por la mañana y otra por la tarde, de lunes a viernes.
3.- La sesión de la mañana comprendería de las 8:00 a.m. a las 12:00 m.d.
4.- La sesión de la tarde comprendería de la 1:00 pm a las 5:00 pm.
5.- Desarrollar el escrutinio en el área correspondiente al segundo piso del Edificio de Elecciones.
6.- Realizar las sesiones con tres mesas escrutadoras.
7.- Remitir el reglamento del escrutinio a todos los partidos políticos que estén participando en la elección municipal, para efectos de la acreditación de los fiscales específicos para el escrutinio.
8.- Colocar dicho reglamento con el tamaño propio de un afiche en la entrada del recinto a que se refiere el ítem 5.- de la presente, para lo cual se encarga a la Oficina de Comunicación y Protocolo del diseño correspondiente.
9.- Autorizar la integración de las mesas escrutadoras con el personal seleccionado por el señor Contralor Electoral y como se detalla.
10.- El horario que regiría para las señoras y señores Magistrados, para el cual también se solicita aprobación.
11.- Finalmente se le propone al Superior que las sesiones ordinarias del Tribunal se verifiquen todos los días entre las 12 m.d. y la 1:00 p.m., hasta que se regrese al horario normal.
Se dispone: Aprobar conforme se propone. ACUERDO FIRME.
Sale del Salón de Sesiones el señor Magistrado Fonseca Montoya.
b) Del señor Gilberto Gómez Guillén, Contador, se conoce oficio Nº 785-2006 Contaduría del 13 del mes en curso, al que, con el propósito de que se endose por parte del señor Magistrado Presidente, a favor de “CORPORACION DE PROFESIONALES EN INGENIERÍA S.A.” adjunta la garantía de cumplimiento que consiste en: Certificado de Depósito a Plazo N° 400-01-146-003592-0 por ¢ 145.000,00 (ciento cuarenta y cinco mil colones exactos), extendido por el Banco Nacional de Costa Rica y que fuera presentado por dicha empresa como garantía de cumplimiento para la licitación por registro N° 15-2006.
Se dispone: Autorizar al señor Magistrado Presidente para que efectúe el endoso que se solicita. ACUERDO FIRME.
Se reincorpora al Salón de Sesiones el señor Magistrado Fonseca Montoya.
c) Del señor Héctor Fernández Masís, Coordinador de Programas Electorales, se conoce:
1) Oficio Nº 829-C.P.E.-2006 del 2 del mes en curso, mediante le cual, en atención a lo dispuesto por este Tribunal en sesión Nº 181-2006 del 31 de octubre pasado, emite criterio con respecto a la propuesta para asegurar a los Observadores Internacionales y el número correspondiente, así como la posibilidad de incluir a los Auxiliares Electorales. Además manifiesta que resulta necesario autorizar la suscripción de una póliza de vida para asegurar a los miembros del Cuerpo Nacional de Delegados.
Se dispone: Dado que en el marco del Protocolo de Tikal y la UNIORE la costumbre es que el propio observador suscriba y sufrague un seguro como el que interesa, antes de salir de su país, no se acoge la propuesta. Por las razones advertidas por la Coordinación, también se rechaza el aseguramiento de los Auxiliares Electorales. En cambio, se considera oportuno asegurar, por la vía de riesgos profesionales a los miembros del Cuerpo de Delegados. ACUERDO FIRME.
2) Oficio Nº 874-C.P.E.-2006 del 20 del mes en curso, mediante el cual se refiere a la solicitud planteada por el programa de Atención a Observadores Internacionales, para que se girara invitación a los candidatos a Alcalde del Cantón Central de San José a participar en un encuentro con los observadores internacionales, en punto a lo cual el Superior dispuso en Sesión No. 185-2006 del 14 de noviembre, que se aprobara, pero que dicha invitación se cursase a todos los partidos políticos con candidaturas inscritas para que designaran a un representante. Por las razones que expone, sugiere que se modifique la agenda propuesta, en el sentido de que en vez de realizar este encuentro, se programa la participación de algunos encargados de programas electorales, como podrían ser el caso de Auxiliares Electorales, Distribución y Recolección del Material Electoral, Equiparación de las Condiciones para el Ejercicio del Voto y dar a conocer la campaña de publicidad contra el abstencionismo, contando para ello con la participación de la Licda. Ana María Jiménez Rodríguez, Jefa de Comunicación y Protocolo. Señala el señor Fernández Masís, que bien puede resultar que muy pocos partidos acepten la invitación de participar en el encuentro, se corre el riesgo de que sean 15, 20 o más partidos los que quisieran participar, lo que efectivamente trastornaría las actividades planificadas, por lo que consideramos que lo más recomendable es la solución propuesta por el señor Matamoros Guevara.
Se dispone: El Tribunal comprende la preocupación del encargado del Programa de Atención a Observadores Internacionales pero, la reunión de éstos con los partidos y candidatos es parte esencial de su labor y por esa razón se mantiene lo dispuesto en el acuerdo tomado en el artículo segundo de la Sesión Ordinaria Nº 185-2006, celebrada el 14 de noviembre en curso. ACUERDO FIRME.
d) Del señor Francisco Rodríguez Siles, Subcoordinador de Programas Electorales, se conoce oficio Nº 864-C.P.E.-2006 del 15 del mes en curso, mediante el cual manifiesta que el encargado del Programa de Asesores Electorales, mediante oficio PAE.224-2006 del 29 de setiembre del presente año, solicita que se dicte un acuerdo en donde se obligue tanto a las Juntas Cantonales como a las Juntas Receptoras de Votos, a realizar la inmediata revisión del material electoral, lo cual comparte el señor Rodríguez Siles por las razones que expone.
Se dispone: Instruir a las juntas electorales para que procedan en el sentido expuesto. La propia Coordinación se hará cargo de comunicar adecuadamente esta instrucción. ACUERDO FIRME.
e) Del señor Luis Antonio Bolaños Bolaños, Coordinador de Asesores Electorales, se conoce oficio Nº PAE-298-2006 del 16 del mes en curso, mediante el cual traslada la consulta que somete la Asesora Electoral destacada en el cantón de Santa Cruz, en virtud de la aceptación del señor William Juárez Camareno, como miembro de la Junta Cantonal por el Partido Unidad Social Cristiana, partido que no cuenta con una candidatura inscrita. Lo anterior en virtud de lo dispuesto por el artículo 46 del Código Electoral, que establece que: “Las Juntas Cantonales estarán integradas por un elector delegado de cada una de los partidos políticos participantes en la elección con candidaturas inscritas”.
Se dispone: A la luz de la disposición citada, cuyo significado es claro e indisputable, se revoca la designación del señor Juárez Camareno. Notifíquese a la Junta respectiva, al Partido Unidad Social Cristiana y al propio señor Juárez. ACUERDO FIRME.
f) Del señor Francisco Antonio Pacheco, Presidente del Comité Ejecutivo del Partido Liberación Nacional, se conoce:
1) Nota del 16 del mes en curso, mediante la cual manifiesta que en estos días la Contraloría General de la República, dentro del proceso de liquidación de gastos, ha venido revisando las cuentas presentadas por esa agrupación política, y han tenido que encarar el hecho de que se les devuelvan documentos para corregir defectos en grandes cantidades, sin concedérseles un plazo razonable para analizarlos y dar respuesta satisfactoria. Por lo anterior y con base en las manifestaciones que hace, el señor Francisco Antonio Pacheco, solicita la intervención de este Tribunal, con el objeto de que se reestablezca el equilibrio imprescindible en materia de liquidación de gastos, por razones de equidad elemental.
Se dispone: De previo a resolver, emita criterio el Lic. José Luis Alvarado Vargas, Gerente del Área de Fiscalización de Servicios Públicos Generales y Ambientales de la Contraloría General de la República. ACUERDO FIRME.
2) Nota del 17 del mes en curso, mediante la cual, en nombre del Comité Ejecutivo de la agrupación política que representa, solicita con urgencia una audiencia con este Tribunal.
Se dispone: Fijar para atenderlo las 11 horas del próximo viernes 24 de noviembre. ACUERDO FIRME.
g) De la señora María de los Ángeles León Aguilar se conoce memorial del 16 del mes en curso, mediante el cual plantea “recurso de amparo electoral” en virtud de que ha sido designada como auxiliar electoral en la Junta Receptora de Votos Nº 394, ubicada en Bello Horizonte, pero le corresponde emitir su voto en la Escuela Yanuario Quesada, de San Rafael, ambos distritos del cantón de Escazú, por lo que deberá trasladarse a ejercer el sufragio. Asimismo, transmite algunos comentarios que escuchó el día en que se juramentó y hace algunas acotaciones al respecto.
Se dispone: Turnar al Magistrado que corresponda. ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO DECIMOSETIMO.- Se dispone: Nombrar al señor Luis Diego Brenes Villalobos como Letrado del Tribunal Supremo de Elecciones en el puesto número 55692 a partir del próximo 1º de diciembre. Para esos efectos se le concede licencia sin goce de salario en el puesto de Asistente Legal de la Secretaría de este Tribunal.
En cuanto al señor Gustavo Román Jacobo, que ocupa actualmente esa plaza de Letrado, se le nombra en forma interina a partir de la misma fecha como Asistente Legal de la Secretaría del Tribunal, en el puesto número 97483 que temporalmente deja vacante el señor Brenes Villalobos. Este último nombramiento se mantendrá vigente mientras persista la licencia sin goce de salario del titular del cargo.
Sale del Salón de Sesiones el señor Magistrado Sobrado González.
ARTÍCULO DECIMOCTAVO.- Del señor Magistrado Dr. Luis Antonio Sobrado González se conoce oficio sin número del 20 de noviembre del 2006, mediante el cual rinde informe sobre su participación en el seminario internacional “Modernización del régimen electoral chileno”, y adjunta la versión en “power point” de su exposición. Además consigna que la organización reconoció honorarios a los disertantes del evento, a los cuales declinó en acatamiento a nuestra legislación y de sus términos restrictivos al respecto.
Se dispone: Tener por rendido el informe que somete el señor Magistrado Sobrado González.
El señor Magistrado Sobrado González reingresa al Salón de Sesiones.
ARTÍCULO DECIMONOVENO.- De la señora Ana María Jiménez Rodríguez, Jefa de la Oficina de Comunicación y Protocolo, se conoce oficio Nº 563-2006 OCP del 14 de noviembre del 2006, mediante el cual, en atención a lo dispuesto por este Tribunal, en el artículo segundo de la sesión ordinaria Nº 182-2006 del 2 de noviembre en curso, se pronuncia con respecto a la gestión del Presidente Ejecutivo del Instituto Costarricense de Pesca y Acuicultura, para que se valore la posibilidad de “sacar del aire” la publicidad que indica en su oficio PESJ-368-10-2006 del 4 de octubre de 2006, recibido en este despacho vía fax el 31 de ese mismo mes, y concluye lo que se transcribe a continuación:
“…En virtud del arduo trabajo y significativo costo económico que para el Tribunal Supremo de Elecciones ha representado llevar adelante esta campaña, la suscrita, al no contar con mayores indicios sobre lo señalado por el señor París Chavarri (sic) solicita a la señora y señores magistrados continuar pautando este aviso como parte de las acciones de divulgación del presente proceso electoral.”
Se dispone: Tener por rendido el informe, cuya conclusión se acoge. Póngase en conocimiento del estimable personero del INCOPESCA.
ARTÍCULO VIGESIMO.- Del señor Diputado José Manuel Echandi Meza se conoce oficio Nº JMEM – 412-11-06 del 12 de noviembre del 2006, mediante el cual expresa su satisfacción al presentar el proyecto de ley que declara el Benemeritazgo del Honorable Cuerpo de Delegados del Tribunal Supremo de Elecciones y, por las razones que expone, espera llevar adelante dicho proyecto en consumo con las voluntades de los Magistrados de este Organismo Electoral, expresando su felicitación por los esfuerzos en pro de la democracia y participación ciudadana, y reiterando que espera el apoyo y coadyuvancia para hacer una realidad el supracitado proyecto.
Se dispone: Este Tribunal saluda con entusiasmo la iniciativa del señor Diputado Echando Meza, a quien se le ofrece todo el respaldo institucional, que hace un justo reconocimiento a ese Cuerpo, cuyos miembros prestan una invaluable y desinteresada colaboración con el pueblo costarricense y sus procesos electorales. No en vano, existe un reconocimiento internacional muy amplio a esa figura, por su originalidad e importancia.
A las dieciséis horas terminó la sesión.
Oscar Fonseca Montoya |
Luis Antonio Sobrado González |
Eugenia María Zamora Chavarría |