ACTA Nº 189-2006

 

Sesión ordinaria celebrada por el Tribunal Supremo de Elecciones a las nueve horas del veintitrés de noviembre del dos mil seis, con asistencia de los señores Magistrados Oscar Fonseca Montoya, quien preside, Luis Antonio Sobrado González y la señora Magistrada Eugenia María Zamora Chavarría. 

ARTÍCULO PRIMERO.- Se leyó y aprobó el acta de la sesión ordinaria inmediata anterior.

ARTÍCULO SEGUNDO.- Se conocen los siguientes asuntos:

a) Se dispone: Adicionar el acuerdo adoptado por este Tribunal, en el artículo decimotercero, de la sesión número 185-2006, celebrada el 14 de noviembre de 2006, en el sentido de que ese domingo 3 de diciembre y con motivo de la actividad en referencia ni de otra de igual naturaleza, no podrán cerrar total ni parcialmente las vías de comunicación en ningún lugar del país. Esto sólo se podrá hacer en casos de fuerza mayor o de una calamidad pública. Comuníquese al señor Director General de Tránsito y al Ministerio de Seguridad Pública. ACUERDO FIRME.

b) Del señor Alejandro Bermúdez Mora, Secretario del despacho, se conoce oficio Nº 7133-TSE-2006 del 22 de noviembre del 2006, en el cual comunica la resolución de las quince horas con treinta minutos del diecisiete de noviembre del año en curso dictada por la Contraloría General de la República, mediante la cual declara con lugar el recurso de revocatoria interpuesto por este Tribunal en relación con el Concurso Público Nº 01-2006, promovido para el nombramiento del Subauditor Interno de este organismo electoral, y le otorga la aprobación contralora al procedimiento de concurso y consecuentemente a la terna formulada por la Secretaría del despacho en su oportunidad.

Agrega el señor Secretario que la fecha máxima para efectuar el nombramiento del funcionario del que se viene hablando - según lo estableciera la misma Contraloría General de la República - es el próximo 16 de diciembre del año en curso.

Se dispone: Proceder conforme lo recomienda el Secretario del despacho, remitiendo la terna al Auditor Interno para que rinda la recomendación correspondiente, lo cual deberá realizar en el término de tres días hábiles, en virtud de que la fecha máxima para efectuar el nombramiento del Subauditor -según lo estableciera la misma Contraloría General de la República- es el próximo 16 de diciembre del año en curso. ACUERDO FIRME.

c) De la señora Marisol Castro Dobles, Directora General del Registro Civil, se conoce oficio Nº. 961-2006-D.G. del 20 del mes en curso, al que adjunta ejemplar del Estatuto del partido Verde Ecologista, debidamente actualizado con las modificaciones acreditadas por ese despacho. Agrega que enviará comunicación al Departamento de Tecnologías de Información y Comunicaciones para que realice las actualizaciones correspondientes en el sitio web del Tribunal y en la Red Interinstitucional de Transparencia.

Se dispone: Tomar nota. Pase a la Secretaría del despacho para su debida custodia. ACUERDO FIRME.

d) Del señor Fernando Víquez Jiménez, Director Ejecutivo, se conoce oficio Nº DE-1476-2006 del 21 de noviembre del 2006, en el que informa que Jorge Jiménez Villegas, funcionario de la Dirección de Informática del Ministerio de Hacienda, presentó ante esa Dirección Ejecutiva la nota que se acompaña, en la que manifiesta su deseo de que la plaza que ocupa, Grupo b, puesto número 028504, sea trasladada a nuestra institución. Luego de las consideraciones que expone, el señor Víquez Jiménez recomienda que se acepte dicho ofrecimiento, para lo cual el interesado debe aportar los documentos que detalla y seguidamente se proceda conforme lo indica.

Se dispone: De previo, emita criterio al respecto el Jefe del Departamento de Recursos Humanos. ACUERDO FIRME.

e) De la señora Mary Anne Mannix Arnold, Jefa a.i. del Departamento Legal, se conoce:

1) Oficio Nº D.L.-668-2006 del 21 de noviembre del 2006, mediante el cual, rinde el respectivo informe ordenado por este Tribunal, según acuerdo adoptado en el artículo segundo de la sesión Nº 182-2006, referente a la posibilidad del pago de viáticos por excepción, a los asesores electorales, así como de la interpretación que debe hacerse de la distancia de diez kilómetros fijada por el Tribunal, concluyendo lo que se transcribe a continuación:

“…III. Conclusiones.

1.- En principio, para que puedan reconocerse viáticos a un funcionario del Tribunal Supremo de Elecciones, este debe encontrarse fuera del área metropolitana definida por el Reglamento de gastos de viaje y transporte de la Contraloría General de la República, si se trata de la Sede Central, o fuera del cantón en donde esté ubicada la Sede Regional y haber superado además la distancia definida por el Tribunal (10 kilómetros).

2.- El artículo 17 del Reglamento de gastos de viaje y transporte de la Contraloría General de la República propone excepciones al artículo 16 de la misma regulación, a fin de poder sufragar viáticos a funcionarios que aún dentro de la jurisdicción territorial (área metropolitana o cantón) se encuentren en alguna situación especial que a criterio razonado de la Administración justifique el reconocimiento y autorización de viáticos, debiendo tener en cuenta -entre otros- los criterios mínimos como la distancia respecto del centro de trabajo, la facilidad de traslado, la prestación de servicios de alimentación y hospedaje y la importancia de la actividad a desarrollar.

3.- Los criterios que establece el numeral 17 del Reglamento gastos de viaje y transporte de la Contraloría General de la República deben ser analizados por el Encargado del Programa de Asesores con el concurso del Coordinador de Programas Electorales, para determinar si la situación expuesta respecto de los Asesores Electorales realmente se ajusta al procedimiento y requerimientos del citado Reglamento, a fin de que, si corresponde se recomiende al Tribunal la emisión del Reglamento en el que se regule esa situación, de previo al reconocimiento y pago de los viáticos, tal como se hizo en el Decreto Nº. 22-2001 para el caso de la cena a los empleados que participaron en los programas electorales de impresión, revisión y conteo de papeletas que se destacaron en las instalaciones de la Imprenta Nacional, tomando en cuenta la temporalidad de la excepción, la importancia de la actividad, la presencia del funcionario en el lugar y otros criterios que justifiquen un trato excepcional.

4.- Sería recomendable que se establezcan parámetros generales para admitir el pago de viáticos aún dentro del perímetro de los diez kilómetros ya establecidos para el Tribunal y el del área metropolitana o el cantón de que se trate, tomando en cuenta las particulares condiciones que se presentan durante el período electoral o bien otras situaciones que lo ameriten, como por ejemplo la necesidad de permanencia del funcionario en el sitio, etc. a fin de tener normativa interna que lo autorice en forma temporal y restrictiva.

5.- Aparte de la restricción del numeral 16 del Reglamento de gastos de viaje y transporte de la Contraloría (área metropolitana o cantón según se trate), debe tomarse en cuenta para efectos del Tribunal, que solo a partir de una distancia de diez kilómetros contada desde el domicilio o el lugar en que normalmente se trabaja se reconocerán viáticos (gastos por alimentación, hospedaje y otros menores). Entendiendo la distancia, como el espacio entre un punto (lugar de partida: domicilio o sede de trabajo habitual según se trate) y otro (lugar de destino o de trabajo temporal), por lo cual no es viable interpretarlo por recorrido.”

Se dispone: Tener por rendido el informe referido, que será puesto en conocimiento del Coordinador de Programas Electorales y el Encargado del Programa de Asesores Electorales. ACUERDO FIRME.

2) Oficio Nº D.L. 670-2006 del 21 del mes en curso, mediante el cual, en atención a los oficios números 5153-TSE-2006, 5320-TSE-2006 y 6199-TSE-2006 de fechas 29 de agosto, 5 de setiembre y 12 de octubre, todos del año en curso, rinde el informe requerido con respecto a la manifestación del Gerente General de la empresa Tectronic Costa Rica S.A., de dar por terminado el contrato de mantenimiento de los sistemas de aire acondicionado propiedad del TSE; asimismo, se pronuncia respecto al incumplimiento contractual en la prestación del servicio por parte de la citada empresa, según lo indicó el Órgano Fiscalizador del contrato, y con fundamento en las razones que expone, la señora Mannix Arnold recomienda que el Tribunal encargue al Departamento a su cargo, tramitar el debido proceso para que esta Administración resuelva el referido contrato de mantenimiento del sistema de aire acondicionado, suscrito con la empresa Tectronic de Costa Rica S.A., el 15 de febrero del 2000.

Se dispone: Tener por rendido el informe que se somete a conocimiento de este Tribunal, cuya recomendación se acoge. Procédase en consecuencia según corresponda. ACUERDO FIRME.

3) Oficio Nº D.L. 679-2006 del 22 del mes en curso, mediante el cual rinde el informe requerido por este Tribunal, ante la solicitud de la señora Virginia Teresa Chaves Abellán, tendiente a que se le comunique –lo más pronto posible– la resolución respecto de su solicitud para firmar un addendum al contrato de alquiler del local que alberga a la Oficina Regional de esta institución en Liberia, Guanacaste, planteada por ella mediante nota del 27 de julio del 2006, y con base en las razones que expone, la señora Mannix Arnold recomienda:“… que la Secretaría del Tribunal verifique haber comunicado a la señora Chaves Abellán, el acuerdo adoptado por el Tribunal en el inciso a) del artículo quinto de la sesión ordinaria Nº. 162-2006 del 5 de setiembre del 2006 (oficio Nº. 5430-TSE-2006 del 7 del mismo mes y año) al cual sería recomendable adjuntar copia textual del oficio de este Departamento Nº. D.L. 455-2006 del pasado primero de setiembre. Recomendamos además, que la Secretaría del Tribunal dirija atenta solicitud al Departamento de Avalúos del Ministerio de Hacienda, instándolo a la pronta emisión de la referida tasación.” 

Se dispone: Tener por rendido el informe que se somete a conocimiento de este Tribunal, cuyas recomendaciones se acogen. Procédase en consecuencia según corresponda. ACUERDO FIRME.

f) Del señor Javier Vega Garrido, Proveedor, se conoce:

1) Oficio Nº 3002-2006 del 20 del mes en curso, mediante el cual informa sobre el resultado de la Licitación Pública Nº 15-2006: “Alquiler de un local para la Oficina Regional del Tribunal Supremo de Elecciones en Liberia, Guanacaste”, y con base en las razones que se expone, concluye que: “…se considera que ninguna de las ofertas cumple lo requerido por el cartel, porque aun cuando la oferta No. 2 ofrezca el área requerida por la Administración, como lo informa el señor Villalobos Orozco, la mayor cantidad del área ofrecida no se encuentra construida (no existe), por lo que nos encontramos ante una oferta que presenta una condición futura e incierta en cuanto al objeto, de ahí que salvo Superior criterio, con arreglo al artículo 30 de la Ley de Contratación Administrativa y el artículo 30.1 de su Reglamento, el procedimiento resulta infructuoso y así debe declararse en resolución administrativa que corresponde preparar al Departamento Legal.”

Se dispone: Tener por rendido el informe que se somete a conocimiento de este Tribunal. Proceda el Departamento Legal según corresponda. ACUERDO FIRME.

2) Oficio Nº 3032-2006 del 22 de noviembre del 2006, mediante el cual informa sobre el resultado del estudio realizado a las plicas sometidas para la Licitación por Registro Nº 18-2006: “Compra de Licencias varias de software”, concluyendo lo que se transcribe a continuación:

“…5. CALIFICACIÓN Y RECOMENDACIÓN

Valorados los aspectos formales, así como el ajuste técnico de las ofertas al cartel, se procedió a analizarlas en su ámbito económico (precio) como único factor de evaluación, obteniéndose el resultado que luce en el siguiente cuadro:

Ítem
Descripción
Oferente
Precio
1
Licencias EMU (3)
No se cotizó
 
2
Licencias de InfoPower (3)
No se cotizó
 
3
Licencias de Photoshop (1)
Alfa G.P.R Tecnologías, S.A.
$ 657,51
 
4
Licencias de Access (7)
Alfa G.P.R Tecnologías, S.A.
$1.082,90
5
Licencias de Project (3)
Alfa G.P.R Tecnologías, S.A.
$1.771,65
6
Licencias de Cristal (15)
No se cotizó
 
7
Licencias de Acrobat (1)
Alfa G.P.R Tecnologías, S.A.
$ 348,16
8
Licencias de Rational (6)
G Con de Costa Rica , S.A.
$18.697,00
 

De acuerdo con la tabla que antecede, los ítems (sic) 1, 2 y 6 deben ser declarados infructuosos de conformidad con lo que establece el artículo 30 de la Ley de Contratación Administrativa en concordancia con el artículo 30.1 del Reglamento a la misma Ley, por cuanto no fueron cotizados por los oferentes.

Por su lado, de conformidad con el criterio del señor Hernández Granda, Jefe a.i del DTIC y lo dispuesto en los artículos 4 de la LCA y 49.3 del RGCA, resulta posible para el Tribunal, si lo tiene a bien, adjudicar la Licitación por Registro No. 18-2006: “Compra de Licencias Varias”, según el siguiente detalle:

 
 
Adjudicar a Alfa G.P.R Tecnologías, S.A
Precio
Item
Cantidad
Descripción
 
3
1
Licencias de Photoshop
$ 657,51
 
4
7
Licencias de Access
$1.082,90
5
3
Licencias de Project
$1.771,65
7
1
Licencias de Acrobat
$ 348,16
Total a Adjudicar
 
$3.860, 22
 
 
 
Adjudicar a G Con de Costa Rica , S.A.
Precio
Item
Cantidad
Descripción
 
8
6
Licencias de Rational
$18.697,00
Total a Adjudicar
$18.697,00

Corresponderá al Departamento Legal definir la vía de formalización correspondiente al ítem 8 y preparar la resolución de las líneas que resultaron infructuosas.

Finalmente, el señor Gerardo Hernández Granda, Jefe a.i. del DTIC deberá cumplir con las funciones de Órgano Fiscalizador que le fueron asignadas.”

Se dispone: Aprobar. ACUERDO FIRME.

3) Oficio Nº 3050-2006 del 22 de noviembre del 2006, mediante el cual informa del resultado del procedimiento seguido bajo la Contratación Directa N° 495-2006, tramitado para contratar el servicio de hospedaje y alimentación necesario para atender a los observadores internacionales con ocasión de los comicios del 3 de diciembre del año en curso, y de conformidad con las razones que expone, recomienda lo que se transcribe a continuación:

“…5- RECOMENDACIÓN:

De conformidad con lo acordado por el Superior en el artículo segundo de la Sesión Ordinaria N° 173-2006, celebrada el 5 de octubre del año en curso (Oficio Nº 6057-TSE-2006 del 6 de ese mes), según las recomendaciones que oportunamente formularon los señores Héctor Fernández Masís y Javier Matamoros Guevara, la autorización concedida por la División de Contratación Administrativa de la Contraloría General de la República, y la oferta avalada por el respectivo Programa Electoral, es posible para el Tribunal dictar acto de adjudicación sobre la firma Hotelera Tournon S.A. por la suma de USD$12.715.00 (doce mil setecientos quince dólares) correspondiente a 4 noches de alojamiento en 25 habitaciones estándar sencillas, así como 4 días de alimentación para un máximo de 25 personas, de conformidad con las especificaciones y condiciones establecidas en la oferta, y según el criterio del señor Raymondo (sic) Escalante Flores señalado en el punto 3.2 del presente informe, y en el entendido de que la Administración cancelará únicamente por concepto de hospedaje y alimentación de los observadores debidamente acreditados, y por las fechas que efectivamente se hospeden y se alimenten, labor que corresponderá al Órgano Fiscalizador de esta contratación corroborar al momento de la liquidación final con el hotel, previo al pago.

En caso de que esta recomendación sea acogida, es indispensable que se comisione la realización de las siguientes actuaciones:

1- Que la Asesoría Jurídica (sic) elabore de inmediato el proyecto de resolución a que se refiere el artículo 75.3 del RGCA, para lo cual tendrá de esta Proveeduría la cooperación que requiera.

2- Dicho Departamento establezca la vía de formalización del negocio.

3- Que el señor Javier Matamoros Guevara, Encargado del Programa de Atención a Observadores Internacionales, o quien lo sustituya, sea designado como órgano fiscalizador, quien deberá cumplir con lo dispuesto en los numerales 15.2 y 15.3 del RGCA.

Finalmente, si el Superior concede la autorización de rigor, se contratará de inmediato los servicios adicionales referidos en el punto 3.1 de este informe, que de conformidad con el criterio del señor Escalante Flores se estiman en $4.500.00.”

Se dispone: Adjudicar conforme se propone y conceder la autorización solicitada. ACUERDO FIRME.

4) Oficio Nº 3053-2006 del 22 del mes en curso, mediante el cual informa sobre el resultado del estudio a las ofertas sometidas en la Licitación por Registro Nº 13-2006 “Compra e instalación de una unidad ininterrumpida de potencia (U.P.S.)”, recomendando lo que literalmente dice:

“De conformidad con los criterios técnicos vertidos por el Ing. Tito José Alvarado Contreras, en el sentido de que la oferta es técnicamente elegible y el oferente es idóneo, es dable para el Superior, en tanto también lo permite el disponible económico, dictar acto adjudicador y que el mismo recaiga sobre la empresa Grupo Comercial Tectronic S.A., con arreglo al artículo 49.3 del R.G.C.A. por un monto total de $ 36,979.00, que incluye el suministro de materiales, mano de obra e instalación de una Unidad de Potencia Ininterrumpida, marca American Power Conversión (APC), modelo SY40K40F.

En caso de que sea acogida la recomendación que antecede corresponderá al Departamento Legal la formalización del negocio, siendo que la fiscalización contractual estará a cargo del Lic. Tito José Alvarado Contreras, con los deberes, atribuciones y responsabilidades descritas en los artículos 15.2 y 15.3 del R.G.C.A.”

Se dispone: Aprobar. ACUERDO FIRME.

g) Del señor Allan Herrera Herrera, Subproveedor de este Tribunal, se conoce Oficio Nº 3024-2006 del 20 del mes en curso, mediante el cual, en atención a lo acordado en sesión Nº 185-2006, celebrada el 14 de los corrientes, informa sobre las gestiones efectuadas ante la empresa SAVA S.A., con el objeto de que cambien las facturas comerciales correspondientes a la Contratación Directa Nº 265-2002 “Compra de Motocicletas”, cuyos personeros manifestaron la imposibilidad de cambiar las facturas en cuestión, alegando que por motivos aduaneros no las pueden ni anular ni modificar, siendo esta la razón de las leyendas al dorso de estos documentos -trámite por cierto avalado por la Aduana Central según ellos-, lo cual se desprende de la nota aclaratoria que se adjunta. Por lo anterior, remite los documentos que detalla, para que si a bien se tiene, sean firmados por el representante legal del Tribunal.

Se dispone: De previo a resolver, en el plazo improrrogable de tres días, emita criterio sobre el particular el Departamento Legal de este Tribunal. ACUERDO FIRME.

h) Del señor Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, se conoce:

1) Oficio Nº 2083-2006-DRH del 22 del mes en curso, mediante el cual eleva a consideración de este Tribunal, oficios OMC-8263-2006 y OMC-8264-2006 recibidos en ese despacho el pasado 20 de noviembre y que suscribe el señor Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor del Departamento Civil, mediante los cuales solicita -de conformidad con el segundo párrafo del artículo 110 de nuestra Ley Orgánica- que se autorice a la señorita Ana Catalina Fernández Ulate y al señor Andrés Lamboglia Vargas, a firmar las certificaciones que expide dicho Departamento, pues recientemente fueron ascendidos en propiedad a cargos de Coordinador de Apoyo en esa oficina y entre sus nuevas funciones está justamente la de firmar ese tipo de documentos. Asimismo, por las razones que expone, manifiesta que debe dejarse sin efecto la autorización que en su oportunidad se le otorgó al señor Luis Antonio Mora Vindas, para esos mismos propósitos, dado que se acogió a la pensión.

Se dispone: De conformidad con lo dispuesto en lo conducente por el artículo 110 del la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil, se concede la autorización que se solicita, a la señorita Ana Catalina Fernández Ulate y al señor Andrés Lamboglia Vargas, en su nueva condición de Coordinadores de Apoyo. Asimismo, se deja sin efecto la autorización oportunamente otorgada al señor Luis Antonio Mora Vindas. Publíquese en el Diario Oficial. ACUERDO FIRME.

2) Oficio Nº 2085-2006-DRH del 22 de noviembre del 2006, mediante el cual eleva a consideración de este Tribunal, nota que suscribe la señora María de los Ángeles Rojas Cambronero, funcionaria de la Sección de Padrón Electoral, en la cual solicita, en virtud de los motivos que expone, autorización para disfrutar seis días de vacaciones a partir del próximo 24 de noviembre. Agrega el señor Carías Mora que de conformidad con el artículo 28 del Reglamento Autónomo de Servicios, las vacaciones se suspendieron para todos los trabajadores, con ocasión de las elecciones nacionales que tendrán lugar en diciembre de este año, desde el primero de agosto y hasta el propio día de esos comicios; por ello, para tramitar la gestión supracitada, se requiere que el Tribunal, si a bien lo tiene, aplique la excepción que sobre el particular establece el numeral indicado.

Se dispone: Aprobar por excepción. ACUERDO FIRME.

i) Del señor Héctor Fernández Masís, Coordinador de Programas Electorales, se conoce:

1) Oficio Nº 880-C.P.E.-2006 del 21 del mes en curso, mediante el cual informa, para la respectiva aprobación, que mediante oficios Nº 073-2006 PAU y Nº 121-2006-PAU, de 8 y 20 de noviembre respectivamente, el encargado del Programa de Acondicionamiento de Recintos Electorales, informó sobre los cambios solicitados por diferentes Juntas Cantonales, de algunos centros de votación, fundamentalmente, por no cumplir con lo dispuesto en la Ley 7600 “Ley de Igualdad de Oportunidades para las Personas con Discapacidad”, según inspección realizada por el señor Fitoria Mora, y que describe. Agrega el señor Fernández Masís que los cambios pretendidos cuentan con el aval, tanto de las respectivas Juntas Cantonales, como del encargado del respectivo programa, por lo que su despacho apoya lo solicitado. 

Se dispone: Aprobar los cambios conforme se proponen. ACUERDO FIRME.

2) Oficio Nº 885-C.P.E.-2006 del 22 de noviembre del 2006, en el que informa que mediante oficio Nº 155-2006-PAOI del 20 de noviembre, el señor Raymond Escalante Flores, asistente del Programa Atención a Observadores Internacionales, remitió a su despacho, cotización de los grupos musicales Editus y Huellas para amenizar la Cena de Gala, que se llevará a cabo el próximo viernes 1º de diciembre en las instalaciones del Hotel Radisson, señalando que el costo, para el primero de ellos, es de $850,00 la hora, amenizando con violín y guitarra, y el segundo cobra $250,00 la hora, amenizando con música jazz clásico, smooth, boleros, entre otros, éste último acepta pago de gobierno y adjunta disco compacto con una demostración de su música. Ambas ofertas incluyen el transporte y el equipo técnico. Al respecto, el señor Fernández Masís recomienda la segunda opción, fundamentalmente por razones de precio, lo cual permitiría contratarla por dos horas.

Se dispone: Aprobar la segunda opción conforme se recomienda. ACUERDO FIRME.

3) Oficio Nº 886-C.P.E. 2006 del 22 del mes en curso, que literalmente dice:

“…A causa de la necesidad de contar con el personal que atienda el desborde del servicio 120 a partir del lunes 27 de noviembre y hasta el domingo 3 de diciembre, para brindar información a los ciudadanos acerca del lugar donde les corresponde ejercer el sufragio, el señor Gerardo Chaves, Coordinador Institucional de Eventos Especiales del Instituto Costarricense de Electricidad ICE, remite la información por correo electrónico, donde se detallan los siguientes datos del personal que laborará en las oficinas del ICE: nombre, cédula, días a laborar, n° (sic) de cuenta, cuenta cliente y banco en el que posee la cuenta.

El costo por hora estimado por el ICE para la atención del desborde del Sistema de Información 120 es de ¢1.500.00 (mil quinientos colones exactos). En total, según los datos suministrados, el costo sería de ¢ 2.493.375 (dos millones cuatrocientos noventa y tres mil trescientos setenta y cinco colones exactos).

En virtud de lo anterior, con todo respeto le solicito se haga del conocimiento de la señora y señores magistrados la información recibida, con el propósito de obtener la debida aprobación para contar con tan importante servicio en los días previos y el propio día de las elecciones municipales.”.

Se dispone: Aprobar conforme se solicita. ACUERDO FIRME.

4) Oficio Nº 891.C.P.-2006 del 23 del mes en curso, al que adjunta propuesta de la cantidad de invitados que asistirán al “coctail” de bienvenida que se llevará a cabo el jueves 30 de noviembre, a partir de las 7 p.m., en las instalaciones del Hotel Raddison. Agrega el señor Fernández Masís, que la lista se ajustó a un máximo de 100 invitados, que es lo contemplado en el presupuesto asignado por la Proveeduría.

Se dispone: Aprobar según se propone. ACUERDO FIRME.

j) Del señor Gerardo Hernández Granda, Jefe a.i. del Departamento de Tecnologías de Información y Comunicaciones, se conoce oficio Nº 2223 DTIC del 20 de noviembre del 2006, mediante el cual informa lo que se transcribe a continuación:

“En atención a su oficio Nº 7007-TSE-2006 del 16 de noviembre, referente al acuerdo del artículo segundo de la sesión Nº 187-2006, que ordena a este Departamento informar sobre la necesidad de incluir en el mantenimiento la ampliación de la memoria contratada para el Computador A-14-521, según nota del 13 de noviembre del año en curso, remitida por la empresa ASCII, S.A., se indica lo siguiente.

En el año 2005, mediante Contratación Directa Nº 285-2005 se realizó la: “Compra de memoria para computador “A-14-521” a la empresa ASCII S.A., específicamente, un módulo de memoria con el fin de ampliar y dar continuidad al servidor A-14-521, para atender y cubrir el período electoral, dadas las cargas de las aplicaciones que se iban a utilizar en esos equipos.

Sin embargo, dado que este Departamento cumplió su tarea rediseñando tales aplicaciones que corrieron en tecnología abierta, la presión sobre la capacidad de procesamiento y memoria se redujo notablemente.

Conociendo que la garantía sobre la ampliación de memoria expiró el pasado mes de julio y revisada la oferta presentada por la empresa, con motivo de la renovación del contrato de mantenimiento de este servidor, formalizado el 18 de mayo del presente año, se observa que no se previó la inclusión del monto que menciona el Señor Jiménez Porras, como rubro para cubrir el mantenimiento de dicho módulo de memoria, por lo que resulta necesario que el Superior considere la aprobación de dicho desembolso, con el fin de contar con un mantenimiento para la memoria referida y así tener el Computador A-14-521 seguro en todas sus partes, mientras se concluye con el proceso de la migración de los sistemas.”

Se dispone: Proceda la Proveeduría institucional a realizar el procedimiento de contratación tal y como lo propone el señor Jefe a.i. del Departamento de Tecnologías de Información y Comunicaciones. ACUERDO FIRME.

k) Del señor Eduardo Acosta Cortés, de la Oficina de Seguridad Integral, se conoce oficio Nº 617-S.I.-2006 del 22 del mes en curso, mediante el cual informa que el Ministerio de la Presidencia dio trámite a la solicitud planteada por oficio Nº 4502-TSE-2006, y adjunta copia del oficio Nº 086-2006 de la Unidad Especial de Intervención.

Se dispone: Tomar nota y agradecer la atención dispensada a este Tribunal. ACUERDO FIRME.

l) De los señores Francisco Rodríguez Siles y Rodolfo Villalobos Orozco, Subcoordinador de Programas Electorales y Coordinador de Servicios Regionales, respectivamente, se conoce oficio Nº 883-C.P.E.-2006 del 21 del mes en curso, mediante el cual, en atención a lo dispuesto por este Tribunal en sesión Nº 165-2006, celebrada el 19 de setiembre del año en curso, rinden el informe que se les solicitó, con respecto a la nota de la señora Elida Rodríguez Santos, Registradora Auxiliar de Altos de San Antonio, Corredores, Puntarenas, y con base en lo que exponen, recomiendan remitir a la Licda. Ofelia Taittelbaum Yoselewich, Presidenta de la Comisión de Asuntos Sociales de la Asamblea Legislativa, copia de la denuncia planteada por la señora Rodríguez Santos, a los efectos de que ese documento sea analizado en esa instancia y resuelvan lo que corresponda.

Se dispone: Tener por rendido el informe cuya recomendación se acoge. Procédase conforme se sugiere. ACUERDO FIRME.

m) De la señora Ana Cristina Vinocour Vargas, Encargada (sic) del Programa Atención a Observadores Internacionales, se conoce oficio Nº 157-2006-PAOI del 23 del mes en curso, quien -con el visto bueno de la Coordinación de Programas Electorales- solicita la compra de 40 botellas de vino tinto marca Le Piat D’ or, a fin de completar el número requerido para atender el cóctel y la Cena de Gala que ofrecerá el Tribunal en honor a los Observadores Internacionales. Además, para el mismo efecto, solicita la autorización para que la Proveeduría suministre la cantidad de 15 botellas de vodka Absolut, 30 botellas de ron Bacardí, 35 litros de whisky Old Parr, 15 litros de whisky J y B, 16 botellas de coñac, 90 botellas de vino blanco Le Piat D’or, 15 botellas de licor de Amareto, 20 cremas Baileys, 9 botellas de crema Triple Sec, según el inventario que se adjunta. Al respecto indica que los incrementos que se presentan respecto a la elección del 3 de diciembre, obedecen a que para esta ocasión el Tribunal debe asumir los gastos relativos al cóctel de bienvenida que se le ofrecerá a los observadores internacionales.

Se dispone: Aprobar. ACUERDO FIRME.

n) Del señor Sergio Uriel Piedra Álvarez, Presidente de la Junta Cantonal de Guatuso, se conoce fax del 20 del mes en curso, mediante el cual, con relación al oficio Nº. 6664-TSE-2006 -de la Secretaría del despacho- informa que en sesión ordinaria Nº. 3, efectuada el 16 de los corrientes, por mayoría se acordó no aceptar la nómina de miembros de mesa (sic) presentada a destiempo por el Partido Liberación Nacional. Asimismo, solicitan que sea tomado el Auxiliar Electoral como tercer miembro, y así cumplir con lo que manda el Código Electoral.

Se dispone: Póngase de inmediato en conocimiento de la Coordinación de Programas Electorales. ACUERDO FIRME.

ñ) Del señor Freddy Alberto Pérez Cedeño, Asesor Electoral, se conoce fax correspondiente a oficio sin número del 22 del mes en curso, mediante el cual remite las sustituciones de varios miembros de juntas cantonales presentadas por los partidos Liberación Nacional y Acción Ciudadana, según se detalla a continuación.

De acuerdo con lo anterior, el señor Jonathan Rodríguez Solano, en condición del Presidente del Comité Ejecutivo Cantonal de San Mateo del Partido Liberación Nacional, mediante memorial de fecha 20 de noviembre de los corrientes, solicita sustituir al señor Rodrigo Castillo Rojas, cédula de identidad 2-146-482, como miembro propietario de la junta de ese cantón, y, en su lugar, nombrar al señor Manuel Peraza Rodríguez, cédula de identidad 2-245-335, que actualmente funge como miembro suplente de la referida junta, en virtud de que el señor Castillo Rojas presentó su renuncia a dicho puesto. También, señala el gestionante que estará presentando el nombre de la persona que ocupará el puesto de suplente que quedaría vacante en la junta.

Por su parte, la señora Sara Carmona Robles, en calidad de Presidenta del Comité Ejecutivo Cantonal de Orotina del Partido Acción Ciudadana, mediante memorial de fecha 21 de noviembre en curso, solicita sustituir al señor Miguel Chaves Corrales, cédula de identidad 1-479-263, y, en su lugar, nombrar al señor Alberto Arguedas Gatgens, cédula de identidad 2-329-173, en razón de que el señor Chaves Corrales fue sometido a una operación recientemente, lo cual lo imposibilitará para ejercer el cargo.

Se dispone: Aprobar las sustituciones solicitadas, en el entendido de que el partido político o la persona nombrada deberán coordinar con el Jefe de la Unidad de Proximidad o el Director Regional de la Policía, o en defecto de ambos con el respectivo Asesor Electoral, el acto de juramentación. Aunado a lo anterior, se debe señalar que si las personas que se sustituyen se encuentran juramentadas es necesario que entreguen el carné que los acredita como miembros de la junta cantonal, al representante de la fuerza pública correspondiente o al Asesor Electoral. Asimismo se dispone remitir el asunto al Lic. Luis Bolaños Bolaños, en su condición de Encargado del Programa de Asesores Electorales para que verifique los datos de las sustituciones y proceda según corresponda. Por otra parte, en el caso del Partido Liberación Nacional, se debe mencionar que deberá nombrar el miembro que sustituirá al suplente de la Junta Cantonal de San Mateo, ya que de no hacerlo se tendrá como partido renuente a designarlo, por lo que perderá el derecho de representación en el miembro suplente de la junta, según lo dispuesto por el artículo 46 in fine. ACUERDO FIRME. 

o) De la señorita Marielos Villegas Salas se conoce nota del 22 del mes en curso, quien a nombre del Grupo Católico de la Institución, solicita autorización para llevar a cabo una misa el próximo martes 12 de diciembre a las 7:30 horas, en el salón multiuso. Asimismo indica que del 29 al 12 de diciembre (sic) realizarán una novena a partir de las 7:30 a.m., en honor a Nuestra Señora de Guadalupe, haciendo un recorrido por los diferentes pisos de estos Organismos. Además agradecen el apoyo que se les brinde y cursan cordial invitación para participar en las actividades programadas.

Se dispone: Conceder la autorización gestionada, sujeta a que exista disponibilidad del Salón Multiusos para la fecha indicada y a que cada interesado en participar en las actividades, solicite a su jefe inmediato, el permiso que contempla el artículo 31 o 33 del Reglamento Autónomo de Servicios. ACUERDO FIRME.

p) Del Juzgado de Tránsito del Segundo Circuito Judicial de Alajuela se conoce notificación de la resolución de las 11:11 horas del 2 de noviembre de 2006, mediante la cual se notifica el derecho que le asiste al Tribunal Supremo de Elecciones, representado por el Lic. Oscar Fonseca Montoya, para constituirse como parte dentro del proceso seguido por atropello contra José Pablo Acosta Campos y otro, dado que se encuentra involucrado el vehículo placas TSE 092, propiedad de la institución.

Se dispone: Pase al Departamento Legal para los efectos correspondientes. ACUERDO FIRME.

q) Del señor Otto Guevara Guth, Presidente del Partido Movimiento Libertario, se conoce:

1) Oficio sin número del 21 del mes en curso, mediante el cual solicita la intervención de este Tribunal, en la situación que describe, que se ha presentado con la lista de miembros a las Juntas Receptoras de Votos del cantón de Los Chiles de ese Partido.

Se dispone: De previo a resolver, informe a la mayor brevedad la Junta Cantonal de Los Chiles. ACUERDO FIRME.

2) Nota del 21 del mes en curso, mediante la cual solicita la entrega del Padrón Nacional, separado por cantones y por Junta, preferentemente en formato Access, autorizando al señor Guillermo Delgado Ulloa para su retiro.

Se dispone: Pase a la Sección de Padrón Electoral para su atención, en la medida de lo posible. ACUERDO FIRME.

3) Nota del 21 del mes en curso, mediante la cual solicita se le informe, si los fiscales pueden ostentar camisetas con logotipo del partido al que pertenecen, así como del candidato, en ejercicio de sus funciones durante la próxima semana.

Se dispone: Remítase al gestionante, copia del pronunciamiento que sobre el particular emitió este Tribunal, por resolución Nº 0971-E-2006, de las siete horas con cuarenta y tres minutos del primero de marzo de dos mil seis, cuyos términos son obligatorios y vinculantes erga omnes, y que en su oportunidad se ordenó notificar al partido que representa. ACUERDO FIRME.

r) Del señor Luis Fishman Zonzinski, Presidente del Partido Unidad Social Cristiana, se conoce oficio Nº 141-PUSC-P-2006 del 16 del mes en curso, mediante el cual hace oficial la nueva dirección y números telefónicos del Club de esa agrupación política, con sede en Sabana Norte.

Se dispone: Tome nota la Secretaría del despacho y póngase en conocimiento de la Dirección General del Registro Civil y de la Coordinación de Programas Electorales para lo de sus respectivos cargos. ACUERDO FIRME.

s) De la señora Ligia Elizondo Morales, Secretaria General del Comité Ejecutivo del Partido Alianza por San José, se conocen fax correspondientes a los oficios Nº. PASJ 375-11-06 y PASJ 376-11-06 del 21 del mes en curso, mediante los cuales solicita se les facilite el padrón del Cantón Central de San José, desglosado en la forma que detalla.

Se dispone: Pase a la Sección de Padrón Electoral para su atención en la medida de lo posible y en el entendido de que la información se suministrará en medio magnético. ACUERDO FIRME.

t) Del señor Oscar Fernández Venegas, Tesorero del Comité Ejecutivo del Partido Acción Ciudadana, se conoce:

1) Oficio Nº CE-TE-745 del 21 del mes en curso, mediante el cual remite la documentación para la subsanación de gastos de esa agrupación política, correspondiente a la cuarta liquidación de 2006.

Se dispone: Para lo de su cargo, pase la respectiva documentación a los funcionarios de la Contraloría General de la República, encargados de la revisión correspondiente. ACUERDO FIRME.

2) Oficio Nº CE-TE-746-06 del 21 de noviembre, mediante el cual y en virtud de las razones que expone, solicita se les conceda una extensión del plazo para la entrega de las subsanaciones que indica, de manera que las fechas sean conforme lo indica.

Se dispone: De previo, emita criterio del señor José Luis Alvarado Vargas, Gerente de Área de Servicios Públicos Generales y Ambientales de la Contraloría General de la República. ACUERDO FIRME.

u) Del señor Mario Durán Rojas, Sub-Tesorero del Partido Liberación Nacional, se conoce oficio sin número del 21 del mes en curso, al que adjunta las copias de las notas a que hizo referencia en el oficio con fecha 20 de noviembre de 2006, y que por error no fueron incluidas en su oportunidad.

Se dispone: Remítase copia de la documentación que se aporta al Lic. José Luis Alvarado Vargas, Gerente de Área de Servicios Públicos Generales y Ambientales de la Contraloría General de la República. ACUERDO FIRME.

v) Del señor Edwin Alfaro Quesada, Presidente del Comité Ejecutivo Cantonal de Curridabat, del Partido Acción Ciudadana, se conoce fax del 22 del mes en curso, mediante el cual solicita se les suministre el padrón electoral actualizado para las próximas elecciones del 3 de diciembre, para los efectos que indica.

Se dispone: Pase a la Sección de Padrón Electoral, para su atención, en el entendido que se suministrará el padrón electoral correspondiente al cantón de Curridabat y en medio magnético. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO TERCERO.- Del señor Alejandro Bermúdez Mora, Secretario del despacho, se conoce:

a) Oficio Nº 7030-TSE-2006 del 20 de noviembre del 2006, mediante el cual eleva en consulta, la resolución de las once horas del veinte de noviembre de dos mil seis, mediante la cual resuelve ascender interinamente al servidor Héctor Chacón Barquero, Asistente Funcional, a la plaza vacante de Profesional de Apoyo, puesto Nº 93962 del Departamento de Proveeduría - Servicios Especiales, a partir del próximo 1º de diciembre del presente año y hasta que se designe al nuevo propietario en ese cargo.

Se dispone: Aprobar el nombramiento interino conforme se propone, a partir del 1º de diciembre del año en curso y hasta que el titular de la plaza regrese a ocuparla o haya que nombrar en ella a otro propietario.

b) Oficio Nº 7051-TSE-2006 del 21 de noviembre del 2006, mediante el cual eleva en consulta, la resolución de las quince horas del veinte de noviembre de dos mil seis, mediante la cual resuelve ascender interinamente a la servidora Sandra Mora Navarro, Profesional de Apoyo, a la plaza vacante de Profesional de Gestión, puesto Nº 93970 de la Oficina de Proyectos Tecnológicos, a partir del próximo 1º de enero de 2007 y hasta que el titular del cargo regrese a ocuparlo.

Se dispone: Aprobar el nombramiento interino conforme se propone, a partir del 1º de enero del año 2007 y hasta que el titular del cargo regrese a ocuparlo.

ARTÍCULO CUARTO.- Del señor Fernando Víquez Jiménez, Director Ejecutivo, se conoce:

a) Oficio Nº DE-1486-2006 del 21 de noviembre del 2006, mediante el cual, en atención a lo dispuesto en sesión ordinaria Nº 183-2006 del 7 de noviembre del año en curso, referente a que le diera estrecho seguimiento a las medidas de contingencia, que se adoptarían a raíz de lo acontecido con la interrupción del fluido eléctrico que ocurrió el 30 de octubre pasado, informa sobre las acciones llevadas a cabo al respecto.

Se dispone: Tener por rendido el informe.

b) Oficio Nº 109-2006 C. de C. del 21 de noviembre del 2006, al que adjunta copia de acta de la reunión Nº 583-06, celebrada el 20 de noviembre en curso por la Comisión de Construcciones.

Se dispone: Tomar nota.

ARTÍCULO QUINTO.- Del señor Javier Vega Garrido, Proveedor, se conoce oficio Nº 3020-2006 del 20 de noviembre del 2006, mediante el cual informa que el contrato con la empresa ELECTROTÉCNICA, S.A., por el servicio de mantenimiento preventivo y correctivo de la unidad de potencia interrumpida (U.P.S.) marca Liebert, vence el próximo 27 de marzo. Asimismo, en la novena cláusula de la convención se previó una vigencia de un año, contada a partir del refrendo contralor de mérito y la posibilidad de prórrogas por períodos iguales, teniéndose éstas por operadas automáticamente si ninguna de las partes comunica por escrito a la otra su finalización, con por lo menos un mes de antelación. Agrega el señor Vega Garrido que de acuerdo con lo consignado por el Ing. Carlos Ysaac Márquez, en oficio Nº 336-2006-IM, en calidad de Órgano Fiscalizador del respectivo contrato, recomienda su prórroga, y según el Anteproyecto de Presupuesto 2007, subpartida 10808: Mantenimiento y Reparación de Equipo de Cómputo y Sistemas de Información, rubro Unidad de Potencia Ininterrumpida (convenio de mantenimiento de 2 UPS), se previó un monto de ¢8.4 millones donde se incluyen los recursos para atender los pagos correspondientes al año 2007.

Se dispone: Aprobar la prórroga del respectivo contrato.

ARTÍCULO SEXTO.- Del señor Gilberto Gómez Guillén, Contador, se conoce oficio Nº 793-2006 del 17 de noviembre del 2006, mediante el cual rinde el informe sobre el estudio efectuado a la comunicación efectuada por la Tesorera Nacional del Partido Liberación Nacional, en respuesta al acuerdo comunicado por oficio Nº 5098-TSE-2006 del 24 de agosto de 2006, referente a aclaraciones y cursos de acción en cuanto a reportes financieros, y hace las recomendaciones que puntualiza. Finalmente justifica la razón de que el informe que se conoce se presente fuera del plazo establecido por este Tribunal.

Se dispone: Tener por rendido el informe, cuyas conclusiones y recomendaciones se aprueban, debiendo la propia Contaduría dar el seguimiento correspondiente. En tal virtud, se tienen como satisfactorias las explicaciones y correcciones aplicadas y se ordena archivar el presente asunto. Se aclara que los mecanismos dispuestos reglamentariamente sobre la percepción de aportes y donaciones deben acatarse puntualmente y sin excepciones, sin perjuicio que la Contaduría examine periódicamente su funcionalidad y proponga los ajustes reglamentarios que estime oportunos. Comuníquese a la Tesorería del partido concernido y a la Contaduría institucional.  

ARTÍCULO SETIMO.- Del señor Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, se conoce:

a) Oficio Nº 2084-2006-DRH del 22 de noviembre del 2006, mediante el cual eleva a consideración de este Tribunal, oficio Nº ATSE-96-2006, recibido el pasado 15 de noviembre en ese despacho, y que suscribe el señor Bernal Hernández Sandí, Jefe del Archivo del Tribunal, en el cual informa que disfrutará seis días de vacaciones a partir del próximo 5 de diciembre, por lo que solicita que durante ese breve lapso sus funciones se encarguen en el señor Fernando Mora Ureña, quien se desempeña como Archivista en esa oficina y en varias oportunidades ha asumido la responsabilidad que ahora se le pretende endosar.

Se dispone: Aprobar el encargo de funciones conforme se solicita.

b) Oficio Nº 2086-2006-DRH del 22 de noviembre del 2006, mediante el cual eleva a consideración de este Tribunal, oficio Nº 1969-2006-OME, recibido en ese despacho el pasado 17 de noviembre, que suscribe la señora Ana Isabel Fernández Alvarado, Oficial Mayor del Departamento Electoral, en el cual, por las razones que expone, solicita que en sustitución de la señorita Andrea Céspedes González, se nombre a la señora Milena Araya Barrantes. Agrega el señor Carías Mora que en caso de que no se tengan objeciones con respecto a dicha solicitud, el nombramiento pretendido se haría efectivo en el puesto 97757 a partir del próximo 16 de diciembre.

Se dispone: Aprobar el nombramiento interino conforme se propone a partir del 16 de diciembre del año en curso.

ARTÍCULO OCTAVO.- Del señor Héctor Fernández Masís, Coordinador de Programas Electorales, se conoce:

a) Oficio Nº 848-C.P.E.-2006 del 13 de noviembre del 2006, mediante el cual manifiesta lo que se transcribe a continuación:

“En la pasada Sesión Nº 35 de la Comisión de Productos Gráficos Electorales, celebrada el día ocho de noviembre del presente año, se acordó remitirle copia del oficio Nº 528-2006-OCP enviado por la señora Ana María Jiménez Rodríguez, Jefa de la Oficina de Comunicación y Protocolo, en donde manifiesta su preocupación al señor Javier Vega Garrido, Proveedor, que en cuanto a la producción de blocks (sic) de certificaciones de votos (art. 121 inciso k) la empresa adjudicada presentó los artes a un tamaño que no fue el especificado en los requerimientos técnicos, por lo anterior, ruega tomar nota de que revisará y visará únicamente los aspectos relativos a la identidad gráfica del producto; sobre el particular me permito indicar lo siguiente:

La decisión de autorizar que la citada certificación se imprimiera en una hoja un poco más pequeña, sin reducir en absoluto el área de impresión estuvo fundamentada en el hecho de hacer más expedita su producción, en vista del atraso en la producción de este formulario y además esa modificación no perjudicaba la labor del Programa de Empaque. La decisión se tomó el día que visitamos la empresa adjudicada.

Para finalizar, lo más importante de recalcar es que lo que aquí debe privar es el plazo de entrega, ya que este producto se atrasó demasiado y con ello todo el proceso de preparación y distribución del material electoral también, por lo que se debe aligerar esta producción en la medida de lo posible.”

Se dispone: De previo a resolver, indague e informe sobre el particular el señor Director Ejecutivo.

b) Oficio Nº 849-C.P.E.-2006 del 13 de noviembre, mediante el cual comunica que en la sesión Nº 35, celebrada el 8 de noviembre por la Comisión de Productos Gráficos Electorales, se acordó remitir copia del Nº 529-2006-OCP enviado por la señora Ana María Jiménez Rodríguez, Jefa de la Oficina de Comunicación y Protocolo, en donde manifiesta su preocupación al Subproveedor de este Tribunal, con respecto al visado del afiche “Cómo Votar” en castellano, manifestando que pese a que las dimensiones y el frente cumplen con lo especificado, el producto trae un retiro que no corresponde a lo descrito en la ficha técnica, ya que fue impreso en el reverso de mácula de papeletas, por lo que expresa que en su condición de órgano fiscalizador, le preocupa que el reverso de estos afiches contenga todos los elementos de seguridad diseñados para las papeletas y que éstos empiecen a circular con anterioridad al uso de las papeletas, en virtud de lo cual manifiesta que el recibido conforme sobre este material, es únicamente en lo que al trabajo gráfico del afiche se refiere y no en la forma inconsulta en que se decidió su impresión. Asimismo, el señor Fernández Masís, informa sobre las razones para tomar la decisión al respecto.

Se dispone: De previo a resolver, indague e informe sobre el particular el señor Director Ejecutivo.

ARTÍCULO NOVENO.- Del señor Gerardo Hernández Granda, Jefe a.i. del Departamento de Tecnologías de Información y Comunicaciones, se conoce oficio Nº 2240 DTIC del 21 de noviembre del 2006, mediante el cual, en atención a lo dispuesto por este Tribunal en sesión Nº 185-2006, informa que se incluyó en el sitio el informe del costo de los Programas Electorales, actualizado al mes de setiembre del 2006.

Se dispone: Tomar nota.

ARTÍCULO DECIMO.- Del señor Max Solórzano Alvarado, Contralor de Servicios, se conoce oficio Nº 472-2006 CS del 21 de noviembre del 2006, mediante el cual, con relación al acuerdo tomado en sesión Nº 180-2006, artículo cuarto, del 26 de octubre de 2006, se refiere a los puntos consignados en los informes emitidos por la Dirección General del Registro Civil y la Oficialía Mayor Civil, y con fundamento de los argumentos que expone, recomienda lo que se transcribe a continuación:

“…Conforme con lo expuesto anteriormente y a fin de mejorar los mecanismos de atención de público conforme con las recomendaciones planteadas en su momento por esta Contraloría de Servicios y a los informes presentados por dichas unidades, respetuosamente esta Contraloría de Servicios se permite recomendar lo siguiente:

a. Que la Dirección General del Registro Civil establezca claramente los servicios sobre los cuales sería factible la formalización de convenios de cooperación interinstitucional para la obtención de documentos requisitos en los trámites institucionales, que hayan sido presentados en otros órganos públicos, conforme con lo dispuesto en el artículo octavo de la Ley Nº. 8220 y acuerdo de la sesión Nº, 2770-2002, artículo sexto, considerando los aspectos de eficiencia y eficacia en el proceso; asimismo determinar el procedimiento que deben seguir las unidades administrativas internas al efecto.

b. Que la Oficialía Mayor Civil realice las acciones pertinentes a fin de lo siguiente:

- Gestionar con la mayor brevedad la instalación del sistema de base local de datos civiles en las estaciones de trabajo para la expedición de certificaciones -base de datos de oficinas regionales fuera de línea- a fin de contar con ese instrumento en caso de que por alguna situación se tengan que desconectar los servidores de datos; lo anterior con el fin de evitar la suspensión del servicio.

- Establecer con claridad y en definitiva el proceder en cuanto a los requisitos de los datos que debe presentar el usuario para el servicio de expedición de certificaciones de hechos civiles de entrega inmediata.”

Se dispone: Refiéranse a las sugerencias del señor Contralor de Servicios, la señora Directora General del Registro Civil y el señor Oficial Mayor del Departamento Civil.

ARTÍCULO DECIMOPRIMERO.- De los señores Manuel Martínez Sequeira, Gabriela Zúñiga Quesada y Alfredo Aguilar Arguedas, Gerente, Fiscalizadora y Fiscalizador Asistente, respectivamente, de la División de Asesoría y Gestión Jurídica de la Contraloría General de la República, se conoce copia de oficio Nº 15893 del 13 de noviembre de 2006, dirigido al licenciado Ronald Ugalde Rojas, Auditor Interno de la Municipalidad de Poás, mediante el cual le dan respuesta a la solicitud de criterio sobre si procede la participación de un auditor interno como miembro en una Junta Receptora de Votos, en representación del Tribunal Supremo de Elecciones.

Se dispone: Tomar nota. Póngase en conocimiento de la Coordinación de Programas Electorales.

ARTÍCULO DECIMOSEGUNDO.- Del señor Oscar Monge Maykall, Secretario General del Partido Organización Laborista de Aguirre, se conoce fax correspondiente a oficio sin número del 13 de noviembre del 2006, mediante el cual, con fundamento en las razones que expone, solicita a este Tribunal, se inste a la Junta de Protección Social, anteponer o posponer el sorteo de la lotería del domingo 3 de diciembre.

Se dispone: Siendo tan poco el tiempo que requiere un ciudadano para emitir su voto (salvo excepciones, por ejemplo el que no hizo a tiempo su traslado electoral), no encuentra el Tribunal razón suficiente para solicitar la suspensión del sorteo de la lotería el domingo 3 de diciembre.

ARTÍCULO DECIMOTERCERO.- De la señora Ana Rosa Ramírez Bonilla, Secretaria Municipal de Paraíso, se conoce fax correspondiente a oficio Nº SCM 531-06 del 15 de noviembre del 2006, mediante el cual transcribe literalmente el acuerdo tomado por el Concejo Municipal, en la sesión Nº 044 del 7 de noviembre del 2006, artículo 07, relacionado con la designación del Presidente esa Corporación como Alcalde Municipal, hasta tanto se le otorgue el permiso correspondiente a la señora Ligia Chaves Solano, Alcaldesa Suplente de ese Ayuntamiento.

Se dispone: Tomar nota.

A las quince horas terminó la sesión. 

 
 
 
 
Oscar Fonseca Montoya
 
 
 
 
 
Luis Antonio Sobrado González
 
 
 
 
 
Eugenia María Zamora Chavarría